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Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana: el 99 por ciento y sus condiciones (2026)

Por Equipo Editorial de Recording Law7 min de lectura
Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana: el 99 por ciento y sus condiciones (2026)

Preguntas frecuentes

¿Pagan los hijos impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana?

Muy poco. Los herederos del Grupo I y II, incluidos los hijos y los adoptados, aplican una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria conforme al art. 12 bis.1.a de la Ley 13/1997.

¿Grava Valencia las donaciones además de las herencias?

La bonificación del 99% de Valencia se extiende a las donaciones en vida conforme al art. 12 bis.1.b para cónyuges, padres, hijos, abuelos y nietos, un alcance familiar más amplio que el que aplica la mayoría de las comunidades a las donaciones.

¿Cuánto pagan los hermanos de impuesto de sucesiones en Valencia?

Esto no está resuelto a partir de la revisión actual. La bonificación del Grupo III parece estar en proceso de cambio, con dos versiones posteriores del art. 12 bis pendientes para el 1 de junio de 2026 y el 1 de junio de 2027 junto al texto base vigente; conviene comprobar en la Agència Tributària Valenciana de la Generalitat Valenciana o en el texto vigente del BOE la cifra que realmente se aplica hoy antes de dar una por buena.

Fuentes y referencias

  1. Ley 29/1987, art. 20.2.a) (grupos de parentesco a efectos del ISD)(boe.es).gov
  2. Ley 13/1997 de la Comunitat Valenciana, art. 12 bis (bonificaciones en la cuota)(boe.es).gov
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