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Declaración de herederos abintestato: requisitos, plazos y quién hereda (2026)

Por Equipo Editorial de Recording Law7 min de lectura
Declaración de herederos abintestato: requisitos, plazos y quién hereda (2026)

Preguntas frecuentes

¿Quién hereda en España si no hay testamento?

El Código Civil fija el orden: primero los hijos y descendientes, a partes iguales; después los padres y ascendientes; después el cónyuge viudo; después los parientes colaterales hasta el cuarto grado, con preferencia para los hermanos y sus hijos; y por último el Estado. El cónyuge que estuviera separado legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento no hereda nada por vía intestada.

¿Hay que ir a un juzgado para la declaración de herederos?

No. Desde la reforma de la Ley 15/2015, la declaración de herederos abintestato se tramita íntegramente ante notario como acta de notoriedad, también para hermanos, sobrinos y demás parientes colaterales que antes necesitaban la vía judicial.

¿Qué documentos hacen falta para la declaración de herederos?

En esencia: el certificado de defunción, el certificado de actos de última voluntad que acredite que no hay testamento válido, y los certificados del Registro Civil que documenten el parentesco. El acta también requiere la declaración de dos testigos que confirmen los hechos.

¿Cuánto tarda una declaración de herederos?

El notario no puede dictar el acta de declaración hasta que hayan pasado 20 días hábiles desde la solicitud inicial, o desde que finalice el plazo de un mes de oposición cuando fue necesario un edicto. Contando la recopilación de documentos, un caso sencillo suele resolverse en unas semanas o unos meses.

¿Hereda mi pareja de hecho si fallezco sin testamento?

La Ley del Notariado permite a la pareja en una relación análoga al matrimonio SOLICITAR la declaración de herederos, pero el orden de la sucesión intestada del Código Civil nombra al cónyuge, no a la pareja de hecho, de modo que en el régimen común una pareja de hecho no hereda por vía intestada. Algunas leyes forales tratan de forma distinta a las parejas registradas, lo que es una razón más para hacer testamento.

Fuentes y referencias

  1. Ley del Notariado, arts. 55 y 56 (declaración de herederos abintestato en acta de notoriedad)(boe.es).gov
  2. Código Civil, arts. 912 a 958 (orden de la sucesión intestada)(boe.es).gov
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