Louisiana
Leyes de Protección al Denunciante en Luisiana: Protecciones y Cómo Reportar

Luisiana protege a los empleados del sector privado que denuncian violaciones en el lugar de trabajo bajo la La. R.S. 23:967, que prohíbe a los empleadores despedir o discriminar a los trabajadores que revelan prácticas ilegales. Los empleados públicos reciben protecciones similares bajo la La. R.S. 42:1169, y los denunciantes de temas ambientales están cubiertos por separado bajo la La. R.S. 30:2027.
Resumen de las Leyes de Protección al Denunciante en Luisiana
El estado de Luisiana sigue la doctrina del empleo a voluntad. Bajo esta doctrina, los empleados pueden ser despedidos por cualquier motivo o sin motivo alguno. Sin embargo, Luisiana ha establecido excepciones a esta doctrina para proteger a los empleados del despido injustificado o de acciones de represalia. La legislatura del estado ha adoptado protecciones estatutarias para proteger a los empleados que participan en ciertas actividades. Algunos de estos estatutos incluyen una ley general de protección al denunciante para todos los empleados, un estatuto sobre violaciones ambientales y estatutos para empleados públicos. Luisiana también cuenta con varios otros estatutos que cubren acciones de represalia contra empleados. Estos incluyen la compensación laboral, los empleados de atención médica, entre otros.

Este es un resumen de las Leyes de Protección al Denunciante en Luisiana, asegúrese de revisar también las Leyes Federales de Protección al Denunciante.
Derechos del Denunciante en Luisiana
Protecciones Estatutarias para Denunciantes en Luisiana
Ley General de Luisiana de Protección al Denunciante para Todos los Empleados
Bajo este estatuto, los empleadores no pueden despedir ni discriminar de ninguna manera a un empleado en represalia por:
- Divulgar o amenazar con divulgar un acto o práctica en el lugar de trabajo que esté prohibido por una ley estatal.- Proporcionar información a un organismo público que realice una investigación, audiencia o consulta relacionada con una violación de la ley.- Testificar ante un organismo público que realice una investigación, audiencia o consulta relacionada con una violación de la ley.- Negarse a participar en una práctica laboral que resultaría en una violación de la ley.
Antes de divulgar una violación de la ley o de realizar cualquier forma de denuncia, los empleados deben primero notificar a su empleador sobre la violación de la ley. Además, el empleado debe hacer la divulgación de buena fe y estar seguro de que los actos del empleador violaban una ley. La. Rev. Stat. § 23:967.
Empleados Públicos
Los empleadores públicos y los empleados con autoridad para despedir o disciplinar a otros empleados no pueden disciplinar, amenazar con disciplinar, ni llevar a cabo ninguna forma de represalia contra un empleado porque el empleado haya denunciado:
- Una violación de una ley, norma o reglamento.- Presuntos actos de irregularidad en el empleo público.
Violaciones Ambientales
Los empleadores individuales, las empresas, las agencias gubernamentales y otras entidades comerciales no pueden llevar a cabo ninguna forma de represalia contra empleados que, de buena fe:
- Divulguen una práctica del empleador o de otro empleador con quien exista una relación comercial que viole una norma, ley o reglamento ambiental.- Proporcionen información a un organismo público que realice una investigación, audiencia o consulta relacionada con una violación por parte del empleador o de otro empleador con quien exista una relación comercial de una ley, norma o reglamento ambiental.
Los empleados deben hacer las divulgaciones ante un supervisor o un organismo público. La. Rev. Stat. § 30:2027.
Empleados de Atención Médica
Los proveedores de atención médica y las agencias gubernamentales no pueden discriminar ni tomar represalias de ninguna manera contra un empleado porque el empleado haya proporcionado información al Departamento de Hospitales con el objetivo de ayudar al departamento a cumplir con sus responsabilidades. La. Rev. Stat. § 40:2009.17.
Abuso Sexual de un Menor
Ningún empleador puede despedir, degradar, suspender ni discriminar de ninguna manera a un empleado porque el empleado haya denunciado ante las autoridades el abuso sexual de un menor por parte de un compañero de trabajo. La. Rev. Stat. § 23:968.
Ayuda para Derrames de Petróleo
Bajo este estatuto, los empleados no pueden ser despedidos ni discriminados de ninguna manera porque el empleado haya actuado para ayudar en la recuperación de fondos de ayuda por derrames de petróleo que fueron obtenidos de manera fraudulenta. La. Rev. Stat. § 39:2165.12.
Ayuda por Huracanes
Bajo este estatuto, los empleados no pueden ser despedidos ni discriminados de ninguna manera porque el empleado haya actuado para ayudar en la recuperación de fondos de ayuda por huracanes que fueron obtenidos de manera fraudulenta. La. Rev. Stat. § 39:2163.
Empleados de Aseguradoras
Las aseguradoras en Luisiana no pueden despedir, alterar los términos de empleo ni discriminar de ninguna manera a un empleado porque el empleado haya denunciado de buena fe ante el comisionado de seguros u otras autoridades pertinentes una violación de este estatuto u otras leyes relacionadas con seguros. La. Rev. Stat. § 22:14.
Investigaciones y Procedimientos Laborales
Es contrario a la ley que los empleadores despidan o discriminen de ninguna manera a un empleado en represalia por proporcionar información o testificar en un procedimiento o investigación relacionada con la aplicación de las leyes laborales del estado. La. Rev. Stat. § 23:964.
Compensación Laboral
Ninguna empresa, corporación o persona puede despedir o negarse a contratar a una persona porque esta haya presentado una reclamación de compensación laboral bajo la ley de Luisiana, la ley federal o la ley de otro estado. La. Rev. Stat. § 23:1361.
Líneas de Ayuda para Denunciantes en Luisiana
Para presentar una queja bajo el estatuto de Investigaciones y Procedimientos Laborales, llame a la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana (Louisiana Workforce Commission) al (225) 342-3111.
Para presentar una queja relacionada con programas de ayuda por derrames de petróleo, llame a la oficina del Fiscal General al 225-326-6709.
Para presentar una queja bajo el estatuto de empleados públicos, llame a la Junta de Ética de Luisiana (Louisiana Board of Ethics) al (225) 219-5600 o al 1-800-842-6630.
Reclamos por Represalia en Luisiana
A menos que un estatuto indique lo contrario, los denunciantes que consideren haber sufrido represalias ilegales deben presentar una demanda dentro de 1 año posterior a la represalia. El período de 1 año no aplica a menores de edad.
Ley General de Protección al Denunciante para Todos los Empleados
Las demandas bajo este estatuto deben presentarse ante un tribunal competente dentro de 1 año posterior a la represalia.
Violaciones Ambientales
Las demandas bajo este estatuto deben presentarse ante un tribunal competente dentro de 1 año posterior a la represalia.
Empleados de Atención Médica
Las demandas bajo este estatuto deben presentarse ante un tribunal competente dentro de 1 año posterior a la represalia.
Compensación Laboral
Las demandas bajo este estatuto deben presentarse ante un tribunal competente dentro de 1 año posterior a la represalia.
Sanciones por Represalia y Violaciones en Luisiana
A menos que un estatuto indique lo contrario, los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por una combinación de, o cualquiera de, los siguientes:
- Daños, por ejemplo, salarios perdidos.- Reinstalación al puesto de trabajo anterior.- Restitución de todos los beneficios adicionales y privilegios.- Costos de litigio.- Además de cualquier otro remedio civil o penal que el tribunal considere apropiado.
Compensación Laboral
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por honorarios razonables de abogado y costos judiciales, además de una sanción civil equivalente al monto que el empleado hubiera ganado si la discriminación no hubiera ocurrido. La sanción se basará en el salario inicial del puesto al que el demandante aplicó o en los ingresos del empleado al momento del despido, y también estará limitada a las ganancias de un año.
Empleados de Aseguradoras
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables por una multa que no exceda los $10,000.
Violaciones Ambientales
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por:
- El triple de los daños.- Costos de litigio, incluidos los honorarios razonables de abogado.- Además de cualquier otro remedio civil o penal que el tribunal considere apropiado.
El pago de daños a cargo del infractor está restringido al período del daño y tiene un límite de 3 años.
Investigaciones y Procedimientos Laborales
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables de una multa que va de $100 a $250, o una pena de prisión de 30 a 90 días, o ambas.
Empleados de Atención Médica
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser declarados culpables de un delito menor y, tras la condena, ser sancionados con una multa que va de $100 a $500.
Ayuda por Huracanes
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por el triple de los daños. Además, los infractores de este estatuto pueden recibir las siguientes sanciones:
- Pago de daños reales equivalentes a la diferencia entre el valor de los beneficios recibidos de los programas de ayuda por huracanes y el valor de los beneficios que la persona debería haber recibido si no hubiera cometido la infracción.- Multa civil que no exceda 3 veces el monto del daño sufrido por los programas de ayuda por huracanes.- Una sanción civil que no exceda los $10,000 por cada infracción.- Costos de litigio, incluidos los honorarios de abogado relacionados con las investigaciones y procedimientos de la infracción.
Ayuda para Derrames de Petróleo
Los denunciantes que proporcionen información sobre fraude y abuso de fondos relacionados con programas de ayuda por derrames de petróleo al fiscal general pueden recibir una recompensa de hasta $2,000. Los demandantes qui tam (denunciantes que demandan en nombre del estado) pueden recibir entre el 10 y el 20 por ciento de los daños reales y las multas civiles otorgadas por el tribunal. Sin embargo, el monto otorgado al demandante puede variar según el nivel de contribución del demandante en el caso.
Empleados Públicos
Los empleadores que violen este estatuto al llevar a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden recibir las siguientes sanciones:
- Remoción del puesto de trabajo.- Una suspensión.- Una degradación.- Ser censurado.- Una reducción salarial o una multa que no exceda los $10,000, o ambas.
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Fuentes y referencias
- Legislatura del Estado de Luisiana(google.com).gov