Louisiana
Leyes de Manutención Infantil de Luisiana (2026): Guías y Calculadora

Luisiana calcula la manutención infantil utilizando el modelo de ingresos combinados, que combina el ingreso bruto ajustado de ambos padres y lo aplica a un cronograma de obligaciones básicas conforme a la La. Rev. Stat. 9:315.2. Cada padre paga una parte proporcional a su contribución al ingreso combinado.
Las leyes de manutención infantil de Luisiana exigen que ambos padres contribuyan económicamente a la crianza de sus hijos. El estado utiliza el modelo de ingresos combinados, que basa la obligación de manutención en el ingreso bruto combinado de ambos padres. Las guías de manutención infantil de Luisiana se encuentran en el Título 9, Parte V de la La. Rev. Stat., y el estado actualizó su cronograma de manutención infantil a partir del 1 de enero de 2025. Use la calculadora de manutención infantil de Luisiana a continuación para estimar un monto según las guías, o abra la calculadora completa de manutención infantil de Luisiana para un desglose detallado.
Esta guía aborda cómo Luisiana calcula la manutención infantil, qué cuenta como ingreso, cómo solicitar y modificar órdenes de manutención, las sanciones de cumplimiento y cuándo termina la manutención.
Cómo Calcula Luisiana la Manutención Infantil
Luisiana adoptó el método de ingresos combinados para determinar la manutención infantil. Este enfoque reconoce que ambos padres tienen el deber legal de mantener económicamente a sus hijos, y estima lo que los padres habrían gastado en el hijo si la familia hubiera permanecido unida.

El cálculo sigue estos pasos conforme a la La. Rev. Stat. 9:315.2:
- Determinar el ingreso bruto mensual de cada padre
- Restar cualquier obligación previa de manutención infantil o manutención conyugal para obtener el ingreso bruto ajustado de cada padre
- Combinar los ingresos brutos ajustados de ambos padres
- Buscar la obligación básica de manutención infantil en el cronograma según el ingreso combinado y el número de hijos
- Dividir la obligación proporcionalmente según la parte de cada padre en el ingreso combinado
- Sumar los costos de seguro médico, cuidado infantil y gastos extraordinarios
El Cronograma de Manutención Infantil
El cronograma de obligaciones básicas de manutención infantil se encuentra en la La. Rev. Stat. 9:315.19. Esta tabla fue modificada y reincorporada por la Ley 86 (HB 773) durante la Sesión Ordinaria de 2024, con cambios vigentes desde el 1 de enero de 2025.
El cronograma cubre ingresos brutos mensuales ajustados combinados desde $0 hasta $45,500. Para familias con ingresos mensuales combinados superiores a $45,500, el tribunal determina la manutención caso por caso, considerando las necesidades del hijo y la capacidad de pago de cada padre.
A continuación se presentan ejemplos del cronograma de la Ley 86 de 2025 para niveles de ingreso seleccionados:
| Ingreso Mensual Combinado | 1 Hijo | 2 Hijos | 3 Hijos |
|---|---|---|---|
| $1,500 | $310 | $375 | $379 |
| $3,000 | $582 | $894 | $1,089 |
| $5,000 | $933 | $1,426 | $1,730 |
| $10,000 | $1,362 | $2,053 | $2,458 |
| $20,000 | $2,125 | $3,149 | $3,702 |
| $30,000 | $2,637 | $3,960 | $4,722 |
Estas cifras provienen del cronograma de guías vigente. Use el Estimador oficial de Manutención Infantil de Luisiana para cálculos precisos según su situación específica.
Hoja de Trabajo A vs. Hoja de Trabajo B
Luisiana ofrece dos hojas de trabajo para calcular la manutención infantil conforme a la La. Rev. Stat. 9:315.8 y la La. Rev. Stat. 9:315.9:
- La Hoja de Trabajo A aplica cuando un padre tiene la custodia física principal y en arreglos estándar de custodia compartida. El padre sin custodia o no domiciliario paga su parte proporcional de la obligación total al padre custodio.
- La Hoja de Trabajo B aplica a arreglos de custodia compartida donde cada padre tiene al hijo aproximadamente el mismo tiempo. La obligación básica de manutención infantil se multiplica por 1.5 y luego se divide entre los padres en proporción a sus respectivos ingresos brutos ajustados.
Si el padre no domiciliario tiene la custodia física por más de 73 días al año bajo una orden de custodia compartida, el tribunal puede aplicar un crédito a su obligación para reflejar el tiempo real pasado con el hijo.
Antes de completar cualquiera de las hojas de trabajo, necesitará:
- Documentación de ingresos de ambos padres
- Costos del seguro médico del hijo
- Gastos de cuidado infantil relacionados con el trabajo
- Gastos médicos no reembolsados (más de $250 al año por hijo)
- Gastos educativos por necesidades especiales
- Costos de transporte extraordinarios entre los hogares de los padres
Qué Cuenta como Ingreso en Luisiana
Conforme a la La. Rev. Stat. 9:315, los tribunales de Luisiana consideran el ingreso bruto de todas las fuentes al calcular la manutención infantil, incluidas:
- Salarios, sueldos y comisiones
- Bonos y dividendos
- Pensiones y anualidades
- Ganancias de capital e ingresos por intereses
- Ingresos por trabajo independiente
- Beneficios por desempleo y discapacidad
- Compensación por accidentes laborales
- Beneficios del Seguro Social
- Ingresos de fideicomisos e inversiones
- Ingresos por alquiler
- Subsidios militares de vivienda y subsistencia
- Vehículos de la empresa o vivienda proporcionada por el empleador, cuando son significativos
La manutención infantil recibida por otros hijos y los beneficios de asistencia pública se excluyen del ingreso bruto.
Ingreso Imputado para Padres Desempleados Voluntariamente
Conforme a la La. Rev. Stat. 9:315.11, si un padre está desempleado o subempleado voluntariamente, el tribunal puede calcular la manutención según el potencial de ingresos de ese padre en lugar de su ingreso real.
Al decidir si imputar ingresos, el juez considera:
- La edad y la salud del padre
- El historial laboral y las habilidades laborales
- El nivel educativo
- Las condiciones del mercado laboral local
- La disponibilidad de empleadores dispuestos a contratar al padre
Si no hay evidencia de ingreso real o potencial de ingresos, la ley de Luisiana crea una presunción refutable de que el padre puede ganar un monto bruto semanal equivalente a 32 horas al salario mínimo aplicable (estatal o federal, el que sea mayor).
Actualización de 2025: A partir del 1 de enero de 2025, Luisiana amplió la exención para cuidadores. Un padre no será considerado desempleado o subempleado voluntariamente si tiene responsabilidad de cuidado de un hijo que necesita supervisión y cuidado estrechos debido a una discapacidad intelectual o física grave. Anteriormente, la exención solo aplicaba a padres que cuidaban a un hijo menor de cinco años.
Cómo Solicitar Manutención Infantil en Luisiana
El Departamento de Niños y Servicios Familiares (DCFS) de Luisiana administra los servicios de cumplimiento de manutención infantil. Los padres que no reciben Medicaid, FITAP o KCSP pagan una tarifa de solicitud no reembolsable de $25.
Solicite servicios de manutención infantil en línea o llame al 1-888-524-3578.
El DCFS ofrece los siguientes servicios:
- Establecer la paternidad mediante pruebas genéticas o reconocimiento voluntario
- Localizar a padres ausentes utilizando bases de datos estatales y federales
- Establecer órdenes de manutención infantil trabajando con el sistema judicial
- Cobrar y distribuir pagos mediante retención de ingresos y otros métodos
- Hacer cumplir las órdenes existentes cuando un padre se atrasa en los pagos
- Revisar y ajustar las órdenes cuando cambian las circunstancias
Cómo Modificar la Manutención Infantil en Luisiana
Luisiana permite la modificación de la manutención infantil cuando existe un cambio material de circunstancias sustancial y continuo. El estatuto que rige es la La. Rev. Stat. 9:311.
Cuándo se Presume Justificada la Modificación
Existe una presunción refutable de que la modificación está justificada cuando la aplicación estricta de las guías de manutención infantil resultaría en un cambio de al menos 25% respecto de la orden de manutención infantil existente.
Sin embargo, el tribunal conserva discreción en ambos sentidos. Un juez puede:
- Otorgar la modificación incluso sin una diferencia del 25% si se comprueba un cambio material de circunstancias
- Denegar la modificación incluso con una diferencia del 25% si aplicar las guías no sería apropiado según los hechos específicos
Excepción importante: Si el monto original resultó de una desviación de las guías aprobada por el tribunal, la presunción del 25% no aplica a menos que las circunstancias que justificaron la desviación hayan cambiado.
Motivos Válidos para la Modificación
- Cambio sustancial en el ingreso de cualquiera de los padres (aumento o disminución)
- Pérdida de empleo o discapacidad
- Cambios en las necesidades del hijo (médicas, educativas)
- Cambios en los arreglos de custodia o tiempo de crianza
- Encarcelamiento del padre obligado
- Bancarrota
Cómo Solicitar la Modificación
Puede tramitar la modificación por dos vías:
A través del DCFS: Comuníquese con el Proceso de Modificación de Manutención Infantil o llame al 1-888-524-3578 para solicitar una revisión de su orden.
Por su cuenta o con un abogado: Presente una Moción para Modificar la Manutención Infantil ante la oficina del secretario del tribunal en la parroquia donde se emitió su orden. Deberá proporcionar:
- Comprobante de ingresos actuales (talones de pago, declaraciones de impuestos)
- Costos de cuidado infantil
- Información del seguro médico
- Gastos médicos de bolsillo
- Documentación de las circunstancias cambiadas
Advertencia: Presentar una solicitud de modificación frívola puede resultar en que el tribunal le ordene pagar los honorarios de abogado y los costos judiciales de la otra parte.
Cumplimiento: Qué Pasa si No Paga
Luisiana hace cumplir la manutención infantil de manera enérgica. El estado cuenta con herramientas administrativas y penales para cobrar la manutención impaga.
Acciones Administrativas de Cumplimiento
El DCFS y los tribunales pueden tomar las siguientes acciones sin un proceso penal:
- Retención de salario e ingresos (embargo)
- Intercepción de reembolsos de impuestos federales y estatales
- Embargo y confiscación de cuentas bancarias
- Suspensión de la licencia de conducir
- Suspensión de licencias recreativas (caza, pesca)
- Suspensión de licencias profesionales
- Negación o suspensión del pasaporte
- Suspensión del registro del vehículo
- Procedimientos de desacato al tribunal
- Gravámenes sobre propiedades
Sanciones Penales Conforme a la Ley de Castigo a Padres Morosos
La "Ley de Castigo a Padres Morosos" de Luisiana conforme a la La. Rev. Stat. 14:75 impone sanciones penales por el incumplimiento intencional de pagar manutención infantil:
| Infracción | Multa | Prisión |
|---|---|---|
| Primera infracción | Hasta $500 | Hasta 6 meses |
| Segunda infracción o posterior | Hasta $2,500 | Hasta 2 años (con o sin trabajos forzados) |
Pueden aplicarse cargos penales cuando un padre no ha pagado manutención durante más de seis meses o debe más de $2,000 en atrasos.
Si los atrasos superan los $15,000 o permanecen impagos durante al menos un año, las sanciones aumentan a una multa de hasta $2,500 y prisión con o sin trabajos forzados.
La ley sí ofrece una oportunidad de clemencia. Si el padre realiza el pago completo antes de la sentencia (excepto en infracciones segundas o posteriores), el tribunal puede suspender toda o parte de la sentencia.
Lista de los Más Buscados por Morosidad
Si debe seis meses de manutención atrasada o al menos $10,000, su nombre, fotografía, dirección y ocupación pueden publicarse en la página de los Más Buscados por Morosidad del estado.
Cargos Penales Federales
Los padres morosos también pueden enfrentar cargos federales si se niegan deliberadamente a pagar manutención infantil y viven en un estado diferente al del hijo o han viajado a otro estado para evitar el pago. El procesamiento federal generalmente requiere que el padre no haya pagado durante más de un año o deba al menos $5,000 en manutención atrasada.
¿Cuándo Termina la Manutención Infantil en Luisiana?
La manutención infantil en Luisiana no siempre termina automáticamente a los 18 años. Conforme a la La. Rev. Stat. 9:315.22, las reglas generales son:
- 18 años: La manutención termina cuando el hijo alcanza la mayoría de edad (18 años) o se emancipa
- 19 años: La manutención continúa hasta los 19 años si el hijo no está casado, depende de cualquiera de los padres, y está inscrito a tiempo completo en buen estado académico en una escuela secundaria o su equivalente
Manutención para Hijos con Discapacidad (Actualización de 2025)
A partir del 1 de enero de 2025, la Ley 448 (HB 770) creó la La. Rev. Stat. 9:315.22.1, que estableció nuevas reglas para la manutención infantil de hijos con discapacidad:
- Discapacidad del desarrollo: La manutención continúa mientras el hijo sea menor de 22 años y siga siendo estudiante a tiempo completo en la secundaria
- Discapacidad intelectual o física: La manutención continúa indefinidamente para un hijo no casado que es incapaz de mantenerse por sí mismo y requiere cuidado sustancial y supervisión personal, siempre que la discapacidad se haya manifestado antes de que el hijo cumpliera 18 años
Una acción para establecer o continuar la manutención bajo esta sección puede presentarse sin importar la edad del hijo. El abuso de sustancias o la adicción no califican como discapacidad conforme a este estatuto. El tribunal también puede considerar la elegibilidad del hijo para beneficios públicos y puede establecer fideicomisos que sirvan al interés superior del hijo.
Cambio clave: Bajo la ley anterior, la manutención para hijos con discapacidad se abordaba de manera menos específica. El nuevo estatuto crea un marco legal más claro y permite explícitamente presentar acciones sin importar la edad actual del hijo.
Emancipación en Luisiana
Los menores pueden emanciparse y potencialmente terminar las obligaciones de manutención infantil mediante tres métodos:
- Matrimonio con consentimiento parental
- Audiencia judicial donde el menor demuestra estar listo para la independencia
- Acto auténtico (documento notariado firmado por el padre)
Para calificar para la emancipación judicial, el menor debe tener al menos 16 años, ser económicamente independiente y tener una fuente legal de ingresos. La emancipación no afecta las leyes basadas en la edad, como la edad legal para consumir alcohol.
Terminación de los Derechos Parentales
Luisiana permite que los padres renuncien voluntariamente a los derechos parentales, pero los estándares son estrictos. Si se terminan los derechos parentales, el padre no tiene obligación financiera hacia el hijo ni voz en cómo se cría al hijo.
La terminación voluntaria generalmente ocurre en el contexto de una adopción. La terminación involuntaria puede ocurrir si el tribunal determina que:
- El padre ha abandonado al hijo
- El padre es adicto a drogas
- El padre ha cometido un delito grave que resultó en lesiones corporales o la muerte
- Existe evidencia de abuso, negligencia, incesto u otra conducta grave
Más Leyes de Luisiana
- Leyes de Grabación en Reuniones con IA de Luisiana
- Leyes de Pensión Alimenticia Conyugal de Luisiana
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la manutención infantil en Luisiana por un hijo?
El monto depende del ingreso bruto ajustado combinado de ambos padres. Por ejemplo, si el ingreso mensual combinado es de $5,000, la obligación básica para un hijo es de aproximadamente $677. Luisiana utiliza un cronograma que aumenta la obligación a medida que sube el ingreso combinado. Use el Estimador oficial de Manutención Infantil de Luisiana en dcfs.louisiana.gov para calcular su obligación específica.
¿El tiempo de crianza afecta la manutención infantil en Luisiana?
Sí. Luisiana utiliza distintas hojas de trabajo según el arreglo de custodia. La Hoja de Trabajo A aplica cuando un padre tiene la custodia principal o bajo custodia compartida estándar. La Hoja de Trabajo B aplica a la custodia compartida donde ambos padres tienen aproximadamente el mismo tiempo; multiplica la obligación básica por 1.5 antes de dividirla proporcionalmente. Si el padre no domiciliario tiene custodia por más de 73 días al año, el tribunal también puede aplicar un crédito a la obligación para reflejar el tiempo real pasado con el hijo.
¿Los padres pueden acordar renunciar a la manutención infantil en Luisiana?
No. La manutención infantil se considera un derecho que pertenece al hijo, no a los padres. Aunque los padres pueden acordar un monto distinto al de las guías, un juez debe aprobar cualquier acuerdo y asegurarse de que sirva al interés superior del hijo. Un padre no puede renunciar ni negociar el derecho del hijo a recibir manutención.
¿Qué pasa con la manutención infantil si un padre va a la cárcel en Luisiana?
El encarcelamiento puede servir como motivo para modificar una orden de manutención infantil conforme a la La. Rev. Stat. 9:311. Sin embargo, la obligación no se detiene automáticamente. El padre encarcelado debe presentar una moción para modificar la orden. La manutención impaga sigue acumulándose como atrasos hasta que el tribunal modifique la orden.
¿Existe un plazo de prescripción para los atrasos de manutención infantil en Luisiana?
Los fallos de manutención infantil en Luisiana son exigibles durante 10 años a partir de la fecha en que se vuelven definitivos. Sin embargo, el fallo puede renovarse antes de que expire para continuar el cumplimiento. La manutención infantil atrasada no desaparece simplemente porque haya pasado el tiempo. Comuníquese con un abogado o con el DCFS al 1-888-524-3578 para obtener ayuda con el cumplimiento de la manutención atrasada.
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Fuentes y referencias
- Estatutos Revisados de Luisiana, Título 9, Parte V - Guías de Manutención Infantil(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.19 - Cronograma de Obligaciones Básicas de Manutención Infantil(legis.la.gov).gov
- Ley 86 (HB 773) - Sesión Ordinaria de 2024 (Actualización del Cronograma de Manutención Infantil)(legis.la.gov).gov
- Cumplimiento de Manutención Infantil del DCFS de Luisiana(dcfs.louisiana.gov).gov
- Servicios de Cumplimiento de Manutención Infantil del DCFS(dcfs.louisiana.gov).gov
- Proceso de Modificación de Manutención Infantil del DCFS(dcfs.louisiana.gov).gov
- Estimador de Manutención Infantil de Luisiana (Calculadora Oficial)(dcfs.louisiana.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:311 - Modificación de la Manutención(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 14:75 - Ley de Castigo a Padres Morosos(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.22 - Terminación de la Manutención Infantil(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315 (Definiciones)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.2 (Cálculo de la Obligación Básica de Manutención Infantil)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.8 (Obligación Total de Manutención Infantil; Hoja de Trabajo A)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.9 (Custodia Compartida; Hoja de Trabajo B)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.11 (Parte Desempleada Voluntariamente)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.22 (Terminación de la Manutención Infantil)(legis.la.gov).gov
- La. Rev. Stat. 9:315.22.1 (Manutención para Hijos con Discapacidad)(legis.la.gov).gov
- Ley 448, HB 770 (Sesión Ordinaria de 2024) - Manutención para Hijos con Discapacidad(legis.la.gov).gov
- Servicios de Manutención Infantil del DCFS de Luisiana(dcfs.louisiana.gov).gov