Louisiana
Leyes de Luisiana sobre Mordeduras de Perro: Responsabilidad y Derechos de la Víctima

Según el Artículo 2321 del Código Civil de Luisiana, los dueños de perros enfrentan responsabilidad estricta por lesiones causadas por mordeduras, sin necesidad de probar que el dueño sabía que el perro era peligroso. La víctima debe demostrar que el perro representaba un riesgo irrazonable de daño, que el dueño pudo haber evitado la lesión y que la víctima no provocó al perro.
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Cómo funciona la responsabilidad por mordedura de perro en Luisiana
Luisiana responsabiliza estrictamente a los dueños de perros por lesiones causadas por mordeduras bajo el Artículo 2321 del Código Civil. A diferencia de los estados que siguen la regla de la «primera mordida», Luisiana no exige que la víctima demuestre que el dueño sabía que el perro era peligroso. El dueño es responsable sin importar el comportamiento previo del perro.

El estatuto establece una distinción clara entre los perros y otros animales. Para animales en general, como el ganado, los dueños solo enfrentan responsabilidad si sabían o debían haber sabido que el animal causaría daño. Para los perros, el estándar es más estricto.
Los tres elementos que debe probar la víctima
Para ganar un reclamo por mordedura de perro bajo el Artículo 2321, la víctima debe establecer tres cosas:
- El perro del demandado causó la lesión. La víctima debe demostrar que el perro pertenecía al demandado y que el perro causó el daño.
- El dueño pudo haber evitado la lesión. Los tribunales interpretan esto como que el perro representaba un «riesgo irrazonable de daño». El riesgo de lesión debe superar la utilidad del perro.
- La víctima no provocó al perro. La provocación por parte de la persona lesionada es una defensa completa bajo el estatuto.
La víctima no necesita probar que el dueño fue negligente, que el perro había mordido antes o que el perro había mostrado comportamiento agresivo previo.
Plazo de prescripción para reclamos por mordedura de perro
Luisiana cambió su plazo de prescripción (el término que usa el estado para referirse al plazo legal) para reclamos por lesiones personales mediante la Ley 423 de 2024. La nueva ley creó el Artículo 3493.11 del Código Civil, que reemplazó el antiguo plazo de un año por un plazo de prescripción de dos años.
Qué plazo aplica
| Cuándo ocurrió la mordedura | Plazo para presentar la demanda |
|---|---|
| Antes del 1 de julio de 2024 | Un año desde la fecha de la lesión |
| A partir del 1 de julio de 2024 | Dos años desde la fecha de la lesión |
La Ley 423 aplica solo de manera prospectiva. Si la mordedura ocurrió antes del 1 de julio de 2024, todavía aplica el antiguo plazo de un año. El plazo comienza a contarse desde la fecha de la mordedura.
Reglas especiales pueden extender el plazo en situaciones limitadas. Los menores de edad generalmente tienen tiempo adicional. Los reclamos contra entidades gubernamentales pueden requerir períodos de notificación más cortos. Si no se presenta el reclamo dentro del plazo, este queda permanentemente prescrito.
El sistema de responsabilidad comparativa de Luisiana
Luisiana aplica los principios de responsabilidad comparativa del Artículo 2323 del Código Civil a los casos de mordedura de perro. Si la propia negligencia de la víctima contribuyó a la lesión, el tribunal reduce los daños de manera proporcional.
El cambio de 2026 a la responsabilidad comparativa modificada
A partir del 1 de enero de 2026, el Proyecto de Ley 431 de la Cámara puso fin al sistema de responsabilidad comparativa pura de Luisiana. Bajo la nueva regla de responsabilidad comparativa modificada:
- Una víctima con 51% o más de culpa por su propia lesión no recupera nada.
- Una víctima con menos del 51% de culpa tiene sus daños reducidos según su porcentaje de culpa.
Este es un cambio significativo. Bajo el antiguo sistema de responsabilidad comparativa pura, una víctima con 90% de culpa aún podía recuperar el 10% de los daños. Eso ya no es posible para incidentes ocurridos a partir del 1 de enero de 2026.
En los casos de mordedura de perro, esto significa que los tribunales examinarán de cerca si la conducta de la víctima contribuyó al ataque. Acciones como ignorar señales de advertencia, acercarse a un perro desconocido sin el permiso del dueño, o no supervisar a los niños cerca de los perros podrían reducir o eliminar la compensación.
Defensas legales para los dueños de perros
Incluso bajo responsabilidad estricta, la ley de Luisiana ofrece varias defensas para los dueños de perros.
Provocación
La provocación es la única defensa establecida directamente en el Artículo 2321. Si la víctima molestó, atormentó, golpeó o de alguna otra manera provocó al perro para que mordiera, el dueño no es responsable. La provocación debe ser suficiente para hacer que un perro normalmente tranquilo reaccione de forma agresiva.
Responsabilidad comparativa
Bajo el Artículo 2323, el tribunal asigna un porcentaje de culpa a cada parte. Si el comportamiento descuidado de la propia víctima contribuyó a la mordedura, sus daños se reducen proporcionalmente. Bajo el sistema modificado vigente desde el 1 de enero de 2026, una víctima con el 51% o más de culpa no recupera nada.
Allanamiento
Los dueños de perros generalmente enfrentan responsabilidad reducida o nula cuando la víctima de la mordedura estaba cometiendo allanamiento en la propiedad del dueño. Los tribunales consideran si la víctima tenía derecho legal a estar donde ocurrió la mordedura. Esta defensa puede ser más débil cuando el intruso es un niño demasiado pequeño para entender los límites de una propiedad.
Asunción de riesgo
Si la víctima aceptó conscientemente el riesgo de una mordedura de perro, la compensación puede ser limitada. Esta defensa se aplica más comúnmente a veterinarios, peluqueros caninos, trabajadores de perreras y otras personas que manejan perros de forma profesional.
Designaciones de perros peligrosos y perros viciosos
La ley de Luisiana crea dos niveles de designación para los perros que han causado daño a personas u otros animales.
Perros peligrosos (RS 14:102.14)
Un perro califica como peligroso bajo RS 14:102.14 si cumple con alguno de estos criterios sin haber sido provocado:
- Tuvo un comportamiento que obligó a una persona a tomar medidas defensivas para evitar una lesión, en dos ocasiones dentro de un período de 36 meses (fuera de la propiedad del dueño)
- Mordió a una persona y causó una lesión
- Mató, mordió gravemente o de otra manera lesionó a un animal doméstico en dos ocasiones dentro de un período de 36 meses (fuera de la propiedad del dueño)
Los dueños de perros peligrosos deben mantener al perro dentro de la casa o en un recinto seguro mientras esté en su propiedad. Fuera de la propiedad, el perro debe estar sujeto con una correa que evite que escape o que se acerque a otras personas. Incumplir estos requisitos se castiga con una multa de hasta $300.
Perros viciosos (RS 14:102.15)
Un perro se clasifica como vicioso bajo RS 14:102.15 si fue previamente designado como peligroso y, sin haber sido provocado, causó una lesión corporal grave o la muerte de una persona.
Poseer un perro vicioso es ilegal en Luisiana. Las sanciones incluyen una multa de hasta $500, prisión de hasta seis meses, o ambas. Un perro designado judicialmente como vicioso debe ser sacrificado de manera humanitaria.
El proceso de audiencia de designación (RS 14:102.13)
El fiscal de distrito, el sheriff o el oficial de control de animales pueden presentar una petición ante el tribunal de distrito para que un perro sea declarado peligroso o vicioso bajo RS 14:102.13. El proceso funciona de la siguiente manera:
- Se presenta una petición ante el tribunal de distrito.
- El juez emite una orden de comparecencia al dueño del perro.
- Se programa una audiencia dentro de los cinco días posteriores a la orden, incluyendo fines de semana y días feriados.
- La audiencia tiene prioridad sobre todos los demás casos en el calendario judicial.
- El dueño puede apelar el fallo dentro de los cinco días calendario.
Un perro no puede ser declarado peligroso o vicioso si la evidencia demuestra que la víctima estaba cometiendo un delito en la propiedad del dueño, estaba molestando o maltratando al perro, o si el perro estaba defendiendo a una persona de un ataque injustificado.
Responsabilidades del dueño del perro
La ley de Luisiana y las ordenanzas locales imponen varias obligaciones a los dueños de perros.
Vacunación contra la rabia
Según el Código Sanitario de Luisiana, todo perro mayor de tres meses debe ser vacunado contra la rabia por un veterinario con licencia. La serie inicial requiere dos vacunas: la primera a los tres meses de edad y la segunda un año después. Los intervalos de refuerzo posteriores siguen el Compendio Nacional de Prevención y Control de la Rabia Animal.
Licencia
Según RS 3:2772, las parroquias y municipios que cobran tarifas de licencia deben emitir una placa metálica que muestre el número de licencia, el organismo emisor y el año calendario. La placa debe estar sujeta al collar del perro.
Leyes locales de correa y confinamiento
Muchos municipios de Luisiana aplican leyes de correa en áreas públicas. Aunque no existe una ley estatal de correa para todos los perros, los dueños de perros designados como peligrosos enfrentan requisitos obligatorios de correa y confinamiento bajo RS 14:102.14. Consulte las ordenanzas de su parroquia o ciudad local para conocer las reglas específicas.
Derechos de la víctima y daños
Las víctimas de mordeduras de perro en Luisiana pueden recuperar tanto daños económicos como no económicos.
Daños económicos
- Gastos médicos, incluyendo atención de emergencia, cirugía y rehabilitación
- Costos médicos futuros para tratamiento continuo o procedimientos reconstructivos
- Salarios perdidos y pérdida de capacidad de ingresos futuros
- Daños a la propiedad, como ropa rota u objetos personales dañados
Daños no económicos
- Dolor y sufrimiento físico
- Angustia emocional y trauma psicológico
- Cicatrices y desfiguración permanente
- Pérdida del disfrute de la vida
Luisiana no impone un límite a los daños en la mayoría de los casos de lesiones personales, incluidos los reclamos por mordedura de perro. La víctima puede recibir el monto total de los daños comprobados, reducido únicamente por su porcentaje de culpa comparativa.
Responsabilidad del propietario por mordeduras de perros de inquilinos
Un propietario puede enfrentar responsabilidad por la mordedura del perro de un inquilino bajo el Artículo 2317.1 del Código Civil, que aborda la responsabilidad de locales. Sin embargo, la responsabilidad del propietario es más limitada que la del dueño del perro.
Un propietario puede ser considerado responsable si:
- El propietario tenía conocimiento real de que el perro del inquilino era peligroso
- El propietario tenía la autoridad para exigir la remoción del perro
- El propietario no tomó medidas razonables para proteger a otras personas
El inquilino dueño del perro sigue siendo el principal responsable bajo el Artículo 2321. Los propietarios deberían incluir políticas sobre mascotas en los contratos de arrendamiento y considerar exigir a los inquilinos que mantengan un seguro de inquilino con cobertura de responsabilidad civil.
Sanciones penales para los dueños de perros
Más allá de la responsabilidad civil, Luisiana impone sanciones penales a los dueños de perros peligrosos y viciosos.
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Posesión ilegal de un perro peligroso (RS 14:102.14) | Multa de hasta $300 |
| Posesión ilegal de un perro vicioso (RS 14:102.15) | Multa de hasta $500, prisión de hasta 6 meses, o ambas |
Pueden aplicarse cargos penales adicionales cuando un dueño usa intencionalmente a un perro como arma o permite a sabiendas que un perro peligroso ande suelto y cause una lesión grave o la muerte.
Cómo presentar un reclamo por mordedura de perro en Luisiana
Si a usted lo mordió un perro en Luisiana y se pregunta qué puede hacer, siga estos pasos para proteger sus derechos legales:
- Reciba atención médica de inmediato. Incluso las mordeduras menores pueden causar infección. Conserve todos los registros médicos y recibos.
- Reporte la mordedura. Contacte al control de animales local y presente un reporte policial. Esto crea un registro oficial del incidente.
- Documente todo. Fotografíe sus lesiones, el lugar y al perro si es posible. Tome fotos en los días siguientes a medida que se desarrollen los moretones y la hinchazón.
- Identifique al perro y al dueño. Obtenga el nombre, la dirección, el número de teléfono y la información del seguro de propietario de vivienda del dueño.
- Recopile información de testigos. Obtenga nombres y datos de contacto de cualquier persona que haya visto el ataque.
- Conserve la evidencia física. Guarde la ropa rota o ensangrentada en una bolsa sellada.
- No dé declaraciones grabadas a la compañía de seguros del dueño del perro sin asesoría legal.
- Presente su reclamo dentro del plazo. Recuerde: dos años para mordeduras ocurridas a partir del 1 de julio de 2024. Un año para mordeduras antes de esa fecha.
Legislación específica por raza en Luisiana
Algunos municipios de Luisiana han promulgado legislación específica por raza (BSL, por sus siglas en inglés) dirigida a ciertas razas, más comúnmente los pit bulls. Sin embargo, la tendencia en Luisiana se ha alejado de las prohibiciones por raza hacia ordenanzas de perros peligrosos basadas en el comportamiento.
Las reglas locales varían según la parroquia y la ciudad. Consulte las ordenanzas de su municipio específico para conocer cualquier restricción o requisito por raza en su área.
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Preguntas frecuentes
¿Luisiana es un estado de responsabilidad estricta por mordeduras de perro?
Sí. Bajo el Artículo 2321 del Código Civil, los dueños de perros son estrictamente responsables por las lesiones causadas por sus perros. La víctima no necesita probar que el dueño sabía que el perro era peligroso. Sin embargo, la víctima debe demostrar que el perro representaba un riesgo irrazonable de daño y que el dueño pudo haber evitado la lesión.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por mordedura de perro en Luisiana?
Para mordeduras ocurridas a partir del 1 de julio de 2024, usted tiene dos años desde la fecha de la mordedura bajo la Ley 423 de 2024. Para mordeduras antes de esa fecha, el plazo es de un año. Si no presenta el reclamo dentro del plazo, este queda permanentemente prescrito.
¿Qué pasa si a mí me mordió un perro y yo tuve parte de la culpa?
Luisiana aplica la responsabilidad comparativa bajo el Artículo 2323 del Código Civil. Desde el 1 de enero de 2026, si se determina que usted tiene el 51% o más de la culpa, no recupera nada. Si tiene menos del 51% de culpa, sus daños se reducen según su porcentaje de culpa.
¿Cuál es la diferencia entre un perro peligroso y un perro vicioso en Luisiana?
Un perro peligroso ha mordido a una persona, o en dos ocasiones ha requerido acción defensiva o ha lesionado animales domésticos dentro de un período de 36 meses (RS 14:102.14). Un perro vicioso fue previamente designado como peligroso y luego causó una lesión corporal grave o la muerte de una persona (RS 14:102.15). Poseer un perro vicioso es un delito penal sancionado con multas y prisión.
¿Puede un propietario ser responsable por la mordedura del perro de un inquilino en Luisiana?
Un propietario puede ser responsable bajo la responsabilidad de locales (Artículo 2317.1 del Código Civil) si sabía que el perro del inquilino era peligroso, tenía la autoridad para exigir su remoción y no actuó. El dueño del perro sigue siendo el principal responsable bajo el Artículo 2321.
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Fuentes y referencias
- Louisiana Civil Code Article 2321 - Damage caused by animals(legis.la.gov).gov
- Act 423 of 2024 - Two-year prescriptive period for delictual actions(legis.la.gov).gov
- Louisiana Civil Code Article 2323 - Comparative fault(legis.la.gov).gov
- RS 14:102.14 - Unlawful ownership of dangerous dog(legis.la.gov).gov
- RS 14:102.13 and RS 14:102.15 - Dangerous and vicious dog hearings and penalties(legis.la.gov).gov
- Governor Landry signs tort reform legislation including HB 431(gov.louisiana.gov).gov
- Louisiana Sanitary Code - Rabies vaccination requirements(ldh.la.gov).gov