Louisiana
Leyes de Accidentes de Auto de Luisiana: Culpa, Seguro y su Reclamo

Luisiana es un estado con culpa (tort) que sigue la culpa comparativa modificada con una barrera del 51%, de modo que la aseguradora de responsabilidad civil del conductor culpable paga y su recuperación se reduce según su porcentaje de culpa, pero se elimina por completo si usted es 51% o más responsable.
¿Es Luisiana un estado con o sin culpa para accidentes automovilísticos?
Luisiana es un estado con culpa (tort). Cuando usted resulta lesionado en un choque, busca compensación directamente del conductor que lo causó, a través de su aseguradora de responsabilidad civil o en los tribunales. Luisiana no es uno de los 12 estados tradicionales sin culpa o con PIP, y el estado no impone ningún umbral de lesión verbal o monetario que una víctima deba superar antes de demandar por dolor y sufrimiento.
La responsabilidad en Luisiana se rige por las disposiciones delictuales (de agravio) del Código Civil, principalmente los arts. 2315 y 2316 del La. C.C. La parte lesionada puede reclamar todos los daños sufridos como resultado de la culpa de otro, incluidas las pérdidas económicas y los daños no económicos como el dolor y sufrimiento, la angustia emocional y la pérdida del disfrute de la vida. Como Luisiana no exige ningún umbral de lesión, todo caso de lesión por accidente de auto es potencialmente un caso de agravio completo desde el primer día.
Luisiana no exige protección contra lesiones personales (PIP) ni ningún beneficio médico de primera parte sin culpa. La cobertura de pagos médicos (MedPay) está disponible como un complemento opcional, pero no está exigida por ley. Si usted tiene MedPay, esta puede pagar sus facturas médicas sin importar la culpa mientras usted persigue al conductor culpable por separado.
Cómo se reparte la culpa: la regla de negligencia de Luisiana
Luisiana sigue la culpa comparativa modificada, codificada en el art. 2323 del La. C.C. Bajo este sistema, la culpa se distribuye entre todas las partes, y los daños recuperables de cada parte se reducen en proporción a su propio porcentaje de culpa. Un conductor que tiene 30% de culpa recupera el 70% de sus daños totales.

Con vigencia desde el 1 de enero de 2026, la Ley 15 de 2025 modificó el Artículo 2323 para adoptar una barrera del 51%: si se determina que usted tiene 51% o más de culpa, no recupera nada. Antes del 1 de enero de 2026, Luisiana usaba la culpa comparativa pura, que permitía incluso a un demandante mayormente culpable recuperar una parte proporcional de los daños. El cambio de 2025 movió a Luisiana al grupo de estados que usan un sistema modificado con barrera del 51%, alineándola con la mayoría de las jurisdicciones de EE. UU.
La consecuencia práctica es significativa. Si usted tiene 50% de culpa todavía recupera la mitad de sus daños; si el jurado determina que tiene 51% de culpa su recuperación es cero. Los ajustadores de las aseguradoras a menudo intentan empujar su porcentaje de culpa por encima del 50% durante las negociaciones precisamente para activar la barrera. Preservar la evidencia (informes policiales, fotografías, declaraciones de testigos, video de cámaras de tráfico) es esencial para defender su porcentaje de culpa.
Seguro de auto mínimo en Luisiana
La ley de Luisiana exige que todo vehículo motorizado registrado en el estado mantenga un seguro de responsabilidad civil de un mínimo de 15/30/25. Bajo La. R.S. 32:900(B)(2), esos mínimos son $15,000 por lesiones corporales o muerte de una persona en un accidente, $30,000 por lesiones corporales o muerte de dos o más personas en un accidente, y $25,000 por daños a la propiedad. Estos límites han estado vigentes desde el 1 de enero de 2010 y están entre los pisos de límites mínimos más bajos del país. El cumplimiento es obligatorio bajo la Ley de Responsabilidad de Seguridad de Vehículos Motorizados (La. R.S. 32:861 et seq.).
Luisiana no exige PIP, por lo que no hay pisos de beneficios médicos de primera parte requeridos más allá de la propia cobertura de responsabilidad civil.
Para la cobertura de automovilista sin seguro y con seguro insuficiente, La. R.S. 22:1295 exige que las aseguradoras incluyan cobertura UM/UIM en toda póliza de responsabilidad civil de auto en límites que coincidan con los límites de responsabilidad por lesiones corporales de la póliza, salvo que el asegurado nombrado la rechace, seleccione límites más bajos o elija cobertura UM solo económica por escrito en el formulario prescrito por el comisionado. Un formulario de selección o rechazo debidamente ejecutado crea una presunción de renuncia con conocimiento y permanece válido durante la vigencia de la póliza a través de las renovaciones. Las aseguradoras no pueden omitir silenciosamente la UM/UIM; el asegurado debe elegir afirmativamente reducirla o eliminarla.
Luisiana también tiene una notable ley 'no pay, no play'. Bajo La. R.S. 32:866, modificada por la Ley 16 de 2025 (vigente desde el 1 de agosto de 2025), un propietario-conductor sin seguro tiene prohibido recuperar los primeros $100,000 en daños por lesiones corporales y los primeros $100,000 en daños a la propiedad del conductor culpable, aun si el otro conductor tuvo 100% de la culpa. Esta penalidad fue elevada del anterior tope de $15,000/$25,000 por la modificación de 2025. Esta barrera no aplica si el conductor culpable fue citado por conducir bajo la influencia (DUI) y posteriormente condenado (o se declaró nolo contendere), causó el accidente intencionalmente, huyó de la escena, o estaba cometiendo un delito grave (felony) al momento del accidente.
Cuánto tiempo tiene para presentar la demanda: el plazo de prescripción
Luisiana usa el término 'prescripción' en lugar de plazo de prescripción, pero el efecto es el mismo: presente su demanda dentro del periodo de prescripción o pierda su derecho a demandar. Para los reclamos por lesiones personales derivados de choques de auto, el periodo de prescripción liberativa es de 2 años bajo La. C.C. art. 3493.11, promulgado por la Ley 423 de 2024 (HB 315) y vigente desde el 1 de julio de 2024. Este plazo de 2 años aplica de forma prospectiva: rige las causas de acción que surgieron a partir del 1 de julio de 2024.

Si su choque ocurrió antes del 1 de julio de 2024, el anterior periodo de prescripción delictual de 1 año bajo La. C.C. art. 3492 (derogado por completo por la Ley 423 de 2024, §2) todavía aplica. Esa distinción importa en la práctica: un choque del 30 de junio de 2024 tuvo solo un año para presentar la demanda, mientras que un choque del 1 de julio de 2024 tiene dos años. La prescripción generalmente comienza a correr desde el día en que se sufre la lesión o el daño, aunque la regla de descubrimiento y otras doctrinas de suspensión pueden retrasar el inicio de la prescripción en algunas circunstancias.
Si su accidente involucró un vehículo del gobierno o un defecto en una carretera propiedad del gobierno, las demandas contra el estado o una subdivisión política se rigen por reglas especiales bajo los estatutos de reclamos gubernamentales de Luisiana. La. R.S. 13:5106 limita la responsabilidad total del estado a $500,000 por persona por lesión personal y $500,000 por persona por muerte injusta, excluyendo daños a la propiedad, atención médica y beneficios relacionados, pérdida de ingresos y pérdida de ingresos futuros. El periodo de prescripción general descrito anteriormente todavía aplica a su plazo para presentar la demanda, pero los demandados gubernamentales pueden tener requisitos procesales adicionales que un demandado privado no tendría. Consulte a un abogado de Luisiana de inmediato si una entidad gubernamental puede estar involucrada.
Para más información sobre cómo funcionan estos plazos entre los tipos de reclamo, vea la página del plazo de prescripción de Luisiana.
Cuánto vale un reclamo por accidente de auto en Luisiana
El valor de un reclamo por accidente de auto en Luisiana depende de la naturaleza y el alcance de sus lesiones, sus pérdidas económicas documentadas, la distribución de la culpa bajo el Artículo 2323 y la cobertura de seguro disponible. Los daños económicos incluyen todas las pérdidas de bolsillo: facturas de sala de emergencias y hospital, cirugía, terapia física, medicamentos recetados, atención médica futura si la lesión es permanente, salarios perdidos durante la recuperación, y la pérdida de capacidad de ingresos futuros si usted no puede regresar a su ocupación anterior. Los daños no económicos compensan el dolor y sufrimiento, la angustia emocional, la pérdida del disfrute de la vida, y la desfiguración o discapacidad permanente.
La regla de culpa comparativa modificada con barrera del 51% de Luisiana afecta tanto los veredictos de juicio como las negociaciones de acuerdo. Una aseguradora que cree que puede atribuirle el 51% de la culpa argumentará que usted no le debe nada. Mantener evidencia sólida de la culpa del otro conductor no es solo preparación para el juicio: es su herramienta principal en las discusiones de acuerdo previas al juicio.
Los límites mínimos de 15/30 por lesiones corporales del conductor culpable son bajos en relación con el costo de cualquier lesión grave. Las lesiones catastróficas rutinariamente superan la póliza mínima por muchos múltiplos. Si el conductor culpable solo lleva cobertura mínima, su propia cobertura UM/UIM (si no la rechazo bajo La. R.S. 22:1295) llena parte de la brecha. La ley 'no pay, no play' de Luisiana también afecta la recuperación si usted estaba sin seguro al momento del choque.
Use la calculadora de acuerdos por accidente de auto de Luisiana para modelar los daños según sus lesiones específicas y la distribución de culpa.
Qué hacer después de un accidente de auto en Luisiana
Priorice la seguridad primero. Mueva los vehículos fuera del tráfico cuando sea seguro, revise si hay lesiones y llame al 911. La ley de Luisiana exige que los conductores se detengan y permanezcan en la escena de cualquier accidente que involucre lesiones, muerte o daños a la propiedad, y que presten asistencia razonable. Un informe policial crea un registro oficial que es difícil de contradecir para las aseguradoras.

Documente la escena a fondo. Fotografíe las posiciones de los vehículos antes de moverlos, los daños visibles a todos los vehículos, las marcas de derrape, las condiciones de la carretera, los dispositivos de control de tráfico y cualquier lesión visible. Recopile los nombres, la información de contacto, los números de licencia de conducir y los datos del seguro de todos los demás conductores. Obtenga los nombres y la información de contacto de cualquier testigo mientras todavía estén en la escena.
Busque atención médica de inmediato. Algunas lesiones, en particular el daño de tejidos blandos, las conmociones cerebrales y las lesiones internas, no producen síntomas obvios en la escena. Retrasar la atención médica le da a las aseguradoras una oportunidad para argumentar que sus lesiones no fueron causadas por el choque o que no fueron graves. Una evaluación médica el mismo día o al día siguiente crea un registro contemporaneo que vincula su condición con el accidente.
Tenga cuidado con las declaraciones grabadas. La aseguradora del conductor culpable puede llamar rápidamente pidiendo una declaración grabada. En general, usted no está obligado a dar una a la aseguradora contraria. Cualquier cosa que diga puede usarse para inflar su porcentaje de culpa comparativa y reducir o eliminar su recuperación bajo el Artículo 2323.
Contacte a un abogado antes de aceptar una oferta de acuerdo. Las aseguradoras de Luisiana a veces hacen ofertas tempranas y bajas, y firmar una liberación es definitivo: usted no puede reabrir el reclamo si sus lesiones resultan ser más graves. Un abogado de Luisiana puede evaluar si una oferta refleja el valor total de sus pérdidas económicas y no económicas, incluido el efecto de la barrera del 51% y los límites de la cobertura disponible. La mayoría de los abogados de accidentes de auto de Luisiana trabajan por honorarios de contingencia, por lo que la consulta suele ser gratuita por adelantado.
También revise la página de leyes de fuga del lugar del accidente de Luisiana si el conductor culpable huyó de la escena, y vea el centro de leyes de accidentes de auto para una comparación a nivel nacional.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. La ley de accidentes de auto varía según el estado y cambia, y los valores de acuerdo dependen de los hechos específicos. Para asesoría sobre un choque específico, consulte a un abogado con licencia en Luisiana.
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Preguntas frecuentes
¿Es Luisiana un estado sin culpa?
No. Luisiana es un estado con culpa (tort). No hay requisito de PIP ni umbral de lesión que superar antes de demandar por dolor y sufrimiento. Los conductores lesionados buscan compensación directamente de la aseguradora de responsabilidad civil del conductor culpable o mediante una demanda. Luisiana no exige beneficios sin culpa de primera parte de ningún tipo.
¿Es Luisiana un estado con culpa?
Sí. Luisiana es un estado con culpa regido por las disposiciones delictuales del Código Civil (La. C.C. arts. 2315-2316). La aseguradora de responsabilidad civil del conductor culpable paga los daños de la parte lesionada, y la parte lesionada puede demandar directamente por perdidas económicas y no económicas, incluido el dolor y sufrimiento.
¿Cuál es el plazo de prescripción para un accidente de auto en Luisiana?
Dos años para choques ocurridos a partir del 1 de julio de 2024, bajo La. C.C. art. 3493.11 (Ley 423 de 2024). Luisiana llama a este periodo 'prescripción' en lugar de plazo de prescripción. Los choques anteriores al 1 de julio de 2024 todavía están sujetos al antiguo periodo de prescripción de 1 año. Si una entidad gubernamental está involucrada, pueden aplicar requisitos procesales adicionales y un tope de daños (La. R.S. 13:5106) bajo los estatutos de reclamos gubernamentales de Luisiana, por lo que debe consultar a un abogado de inmediato.
¿Puedo recuperar daños si tuve parte de la culpa en Luisiana?
Sí, siempre que tenga menos del 51% de culpa. Luisiana sigue la culpa comparativa modificada bajo La. C.C. art. 2323 (vigente desde el 1 de enero de 2026): sus daños se reducen según su porcentaje de culpa. Si usted tiene 30% de culpa, recupera el 70% de los daños totales. Si se determina que tiene 51% o más de culpa, no recupera nada.
¿Cuáles son los requisitos mínimos de seguro en Luisiana?
Luisiana exige cobertura de responsabilidad civil de 15/30/25: $15,000 por lesiones corporales por persona, $30,000 por lesiones corporales por accidente, y $25,000 por daños a la propiedad (La. R.S. 32:900(B)(2)). La cobertura UM/UIM debe incluirse en su póliza en sus límites de responsabilidad civil salvo que usted la rechace o seleccione límites más bajos por escrito en el formulario prescrito por el estado (La. R.S. 22:1295).
¿Qué es la ley 'no pay, no play' de Luisiana?
Bajo La. R.S. 32:866 (modificada por la Ley 16 de 2025, vigente desde el 1 de agosto de 2025), un propietario-conductor sin seguro tiene prohibido recuperar los primeros $100,000 en daños por lesiones corporales y los primeros $100,000 en daños a la propiedad del conductor culpable. Esta barrera aplica aun si el otro conductor tuvo 100% de la culpa, salvo que el conductor culpable haya sido condenado por DUI, haya actuado intencionalmente, haya huido de la escena, o estuviera cometiendo un delito grave (felony) al momento del accidente. La modificación de 2025 elevó el tope desde el anterior límite de $15,000/$25,000.
¿Cuánto vale mi reclamo por accidente de auto en Luisiana?
El valor depende de sus pérdidas económicas (facturas médicas, salarios perdidos, costos de tratamiento futuro, daños a la propiedad) y pérdidas no económicas (dolor y sufrimiento, angustia emocional), reducidas según su porcentaje de culpa comparativa bajo el Artículo 2323. Los límites mínimos de 15/30 del conductor culpable son bajos; las lesiones graves a menudo requieren un reclamo UM/UIM contra su propia póliza. Use la calculadora de acuerdos de Luisiana para una estimación basada en sus hechos específicos.
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Actualizaciones
Se corrigió el pasaje sobre La. R.S. 13:5106 (que se presentaba erróneamente como un estatuto de notificación y de prescripción de 1 año) para reflejar que en realidad es el tope de responsabilidad del estado de $500,000 con su lista completa de exclusiones (daños a la propiedad, atención médica y beneficios relacionados, pérdida de ingresos y pérdida de ingresos futuros), y se agregaron las excepciones legales a la barrera 'no pay, no play' de R.S. 32:866 (condena por DUI, acto intencional, fuga de la escena, delito grave) en los tres lugares donde la página la menciona.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 9 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Louisiana Civil Code
§ 2315Liability for acts causing damagesVigentecitada en 10 de nuestros artículos
A. Every act whatever of man that causes damage to another obliges him by whose fault it happened to repair it. B. Damages may include loss of consortium, service, and society, and shall be recoverable by the same respective categories of persons who would have had a cause of action for wrongful death of an injured person. Damages do not include costs for future medical treatment, services, surveillance, or procedures of any kind unless such treatment, services, surveillance, or procedures are directly related to a manifest physical or mental injury or disease. Damages shall include any sales taxes paid by the owner on the repair or replacement of the property damaged.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 567 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: MJ Farms, Ltd. v. Exxon Mobil Corp. (Supreme Court of Louisiana 2008, 998 So. 2d 16) · Naylor v. La. Dept. of Public Highways (Louisiana Court of Appeal 1982, 423 So. 2d 674) · Johnson v. St. Paul Mercury Insurance Company (Supreme Court of Louisiana 1970, 256 La. 289)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Grabación Arrendador-Inquilino de Luisiana: Derechos y Restricciones, Leyes de Voyerismo y Cámaras Ocultas en Luisiana: Delitos, Sanciones y Protecciones, Leyes de difamación en Luisiana: libelo, calumnia y cómo demandar (2026)
§ 2316Negligence, imprudence or want of skillVigentecitada en 2 de nuestros artículos
Every person is responsible for the damage he occasions not merely by his act, but by his negligence, his imprudence, or his want of skill.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 39 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Verdun v. Hebert (Louisiana Court of Appeal 2003, 848 So. 2d 138) · Hickman Ex Rel. Iles v. Southern Pacific Transport Co. (Supreme Court of Louisiana 1972, 262 La. 102) · Spott v. Otis Elevator Co. (Supreme Court of Louisiana 1992, 601 So. 2d 1355)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 2323Comparative faultVigentecitada en 18 de nuestros artículos
A.(1) In any action for damages where a person suffers injury, death, or loss, the degree or percentage of fault attributable to all persons causing or contributing to the injury, death, or loss shall be determined, regardless of whether the person is a party to the action or a nonparty, and regardless of the person's insolvency, ability to pay, immunity by statute, including but not limited to the provisions of R.S. 23:1032, or that the other person's identity is not known or reasonably ascertainable. (2) If a person suffers injury, death, or loss partly as the result of his own negligence and partly as a result of the fault of another person or persons, then the following shall apply: (a) If the degree or percentage of negligence attributable to the person suffering injury, death, or loss is equal to or greater than fifty-one percent, then the person suffering injury, death, or loss shall not be entitled to recover damages.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 187 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Murray v. Ramada Inns, Inc. (Supreme Court of Louisiana 1988, 521 So. 2d 1123) · Miller v. Lammico (Supreme Court of Louisiana 2008, 973 So. 2d 693) · Keith v. US Fidelity & Guar. Co. (Supreme Court of Louisiana 1997, 694 So. 2d 180)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Luisiana sobre Mordeduras de Perro: Responsabilidad y Derechos de la Víctima, Leyes de Atropello y Fuga en Luisiana: Sanciones y Qué Hacer, Leyes de Cámaras de Tablero de Luisiana: Reglas de Montaje, Grabación y Evidencia
§ 3492Derogadacitada en 11 de nuestros artículos
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 411 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Harvey v. Dixie Graphics, Inc. (Supreme Court of Louisiana 1992, 593 So. 2d 351) · Bailey v. Khoury (Supreme Court of Louisiana 2005, 891 So. 2d 1268) · David v. Our Lady of the Lake Hosp., Inc. (Supreme Court of Louisiana 2003, 849 So. 2d 38)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de resbalones y caídas en Luisiana: la responsabilidad del propietario bajo el Código Civil, Plazo de Prescripción en Luisiana: Plazos de Presentación por Tipo de Caso
Louisiana Revised Statutes
§ 13:5106LimitationsVigentecitada en 4 de nuestros artículos
A. No suit against the state or a state agency or political subdivision shall be instituted in any court other than a Louisiana state court. B.(1) The total liability of the state and political subdivisions for all damages for personal injury to any one person, including all claims and derivative claims, exclusive of property damages, medical care and related benefits and loss of earnings, and loss of future earnings, as provided in this Section, shall not exceed five hundred thousand dollars, regardless of the number of suits filed or claims made for the personal injury to that person. (2) The total liability of the state and political subdivisions for all damages for wrongful death of any one person, including all claims and derivative claims, exclusive of property damages, medical care and related benefits and loss of earnings or loss of support, and loss of future support, as provided in this Section, shall not exceed five hundred thousand dollars, regardless of the number of suits filed or claims made for the wrongful death of that person.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 195 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Chamberlain v. State, Through DOTD (Supreme Court of Louisiana 1993, 624 So. 2d 874) · Jacobs v. City of Bunkie (Supreme Court of Louisiana 1999, 737 So. 2d 14) · Lockett v. STATE, DOTD (Supreme Court of Louisiana 2004, 869 So. 2d 87)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 22:1295Uninsured motorist coverageVigentecitada en 2 de nuestros artículos
The following provisions shall govern the issuance of uninsured motorist coverage in this state: (1)(a)(i) No automobile liability insurance covering liability arising out of the ownership, maintenance, or use of any motor vehicle shall be delivered or issued for delivery in this state with respect to any motor vehicle designed for use on public highways and required to be registered in this state or as provided in this Section unless coverage is provided therein or supplemental thereto, in not less than the limits of bodily injury liability provided by the policy, under provisions filed with and approved by the commissioner, for the protection of persons insured thereunder who are legally entitled to recover nonpunitive damages from owners or operators of uninsured or underinsured motor vehicles because of bodily injury, sickness, or disease, including death resulting therefrom; however, the coverage required under this Section is not applicable when any insured named in the policy either rejects coverage, selects lower limits, or selects economic-only coverage, in the manner provided in Item (ii) of this Subparagraph.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Referencias cruzadas en el propio texto legal: § 32:900
Citada en 179 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Bernard v. Ellis (Supreme Court of Louisiana 2012, 111 So. 3d 995) · Gillmer v. Parish Sterling Stuckey (Louisiana Court of Appeal 2009, 2009 La.App. 1 Cir. 0901) · Guillory v. Progressive Ins. (Louisiana Court of Appeal 2013, 12 La.App. 3 Cir. 1284)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 32:861Security requiredVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A.(1) Every self-propelled motor vehicle registered in this state except those motor vehicles used as agricultural or forest vehicles during seasons when they are not used on the highway, those used primarily for exhibit or kept primarily for use in parades, exhibits, or shows, and lease-bound mobile rig haulers as defined in Subsection D of this Section, shall be covered by an automobile liability policy with liability limits as defined by R.S. 32:900(B)(2) or 900(M), or a binder for same, or by a motor vehicle liability bond as defined by Subsection B of this Section, or by a certificate of the state treasurer stating that cash or securities have been deposited or securitized with said treasurer as provided by Subsection C of this Section, or by a certificate of self-insurance as provided by R.S. 32:1042. (2)(a) It shall be the duty of the registered owner of a motor vehicle to maintain the security hereinabove required. Failure to maintain said security shall subject the registered owner to the sanctions provided in R.S. 32:863, 864, and 865.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Referencias cruzadas en el propio texto legal: § 32:900
Citada en 92 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2019
Casos destacados: Progressive SEC. Ins. Co. v. Foster (Supreme Court of Louisiana 1998, 711 So. 2d 675) · Hearty v. Harris (Supreme Court of Louisiana 1991, 574 So. 2d 1234) · Simms v. Butler (Supreme Court of Louisiana 1997, 702 So. 2d 686)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 32:866Compulsory motor vehicle liability security; failure to comply; limitation of damagesVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A.(1) There shall be no recovery for the first one hundred thousand dollars of bodily injury and no recovery for the first one hundred thousand dollars of property damage based on any cause or right of action arising out of a motor vehicle accident, for such injury or damages occasioned by an owner or operator of a motor vehicle involved in such accident who fails to own or maintain compulsory motor vehicle liability security. (2) For purposes of this Section, the meaning of "bodily injury" and "property damage" is governed by the applicable motor vehicle liability insurance policy or, in the event of security other than an insurance policy, the meaning of such terms is that which is commonly ascribed thereto. (3)(a) The limitation of recovery provisions of this Subsection do not apply if the driver of the other vehicle: (i) Is cited for a violation of R.S. 14:98 as a result of the accident and is subsequently convicted of or pleads nolo contendere to such offense. (ii) Intentionally causes the accident. (iii) Flees from the scene of the accident. (iv) At the time of the accident, is in furtherance of the commission of a felony offense under the law.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 52 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2024
Casos destacados: Progressive SEC. Ins. Co. v. Foster (Supreme Court of Louisiana 1998, 711 So. 2d 675) · AK DURNIN CHRYSLER-PLYMOUTH v. Jones (Louisiana Court of Appeal 2002, 818 So. 2d 867) · Rogers v. Commercial Union Ins. Co. (Louisiana Court of Appeal 2001, 1 La.App. 3 Cir. 0443)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 32:900"Motor Vehicle Liability Policy" definedVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. A "Motor Vehicle Liability Policy" as said term is used in this Chapter, shall mean an owner's or an operator's policy of liability insurance, certified as provided in R.S. 32:898 or 899 as proof of financial responsibility, and issued except as otherwise provided in R.S. 32:899, by an insurance carrier duly authorized to transact business in this state, to or for the benefit of the person named therein as insured. B. Such owner's policy of liability insurance: (1) Shall designate by explicit description or by appropriate reference all motor vehicles with respect to which coverage is thereby to be granted; and (2) Shall insure the person named therein and any other person, as insured, using any such motor vehicle or motor vehicles with the express or implied permission of such named insured against loss from the liability imposed by law for damages arising out of the ownership, maintenance, or use of such motor vehicle or motor vehicles within the United States of America or the Dominion of Canada, subject to limits exclusive of interest and costs with respect to each such motor vehicle as follows: (a) Fifteen thousand dollars because of bodily injury to or death of one…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 183 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Bernard v. Ellis (Supreme Court of Louisiana 2012, 111 So. 3d 995) · Marcus v. Hanover Ins. Co., Inc. (Supreme Court of Louisiana 1999, 740 So. 2d 603) · Progressive SEC. Ins. Co. v. Foster (Supreme Court of Louisiana 1998, 711 So. 2d 675)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Explore la ley
Las leyes citadas arriba hacen referencia a estas secciones relacionadas en su propio texto:
- Louisiana Revised Statutes § 14:98 — Operating a vehicle while impaired ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
Leyes relacionadas para lectura adicional; no forman parte de las citas de este artículo.
Fuentes y referencias
- La. R.S. 32:900(B)(2) (límites mínimos de responsabilidad 15/30/25)(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 22:1295 (oferta UM/UIM y rechazo por escrito)(legis.la.gov).gov
- La. C.C. art. 3493.11 (prescripción de agravio de 2 años, Ley 423 de 2024, vig. 1 de julio de 2024)(legis.la.gov).gov
- La. C.C. art. 2323 (culpa comparativa, barrera modificada del 51%, Ley 15 de 2025, vig. 1 de enero de 2026)(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 32:866 (no pay, no play, barrera de $100k/$100k, Ley 16 de 2025, vig. 1 de agosto de 2025)(legis.la.gov).gov