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Multas de la DGT: cuantías, el 50 por ciento de descuento y cómo recurrir (2026)

Por Equipo Editorial de Recording Law8 min de lectura
Multas de la DGT: cuantías, el 50 por ciento de descuento y cómo recurrir (2026)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa por exceso de velocidad?

El exceso de velocidad no se tarifica con las cifras fijas de las bandas: el art. 80.1 TRLTSV remite las multas por velocidad a su propia tabla del Anexo IV, por tramos según cuánto se supere el límite, con pérdida de puntos asociada a los tramos más altos. El resto de infracciones sigue la escala base: hasta 100 € leves, 200 € graves, 500 € muy graves.

¿Conviene pagar la multa con el 50 por ciento?

El pronto pago a 20 días reduce la multa a la mitad, pero es un intercambio: renuncias a las alegaciones, la sanción queda firme al pagar, y solo queda abierta la vía contencioso-administrativa. Si la multa parece defectuosa (conductor equivocado, notificación tardía, mala señalización), el descuento es el precio de renunciar precisamente a esos argumentos. Si la multa es simplemente correcta, pagar pronto suele ser la opción más razonable.

¿Cómo recurro una multa de la DGT?

Dentro de los 20 días naturales desde la notificación, presenta alegaciones, que son gratuitas. Frente a la resolución posterior, puedes presentar un recurso de reposición opcional dentro de un mes (el silencio durante un mes se entiende como desestimación), y después el recurso contencioso-administrativo ante los tribunales dentro de dos meses. Pagar con el descuento del 50 por ciento cierra por completo las vías administrativas.

¿Qué pasa si no pago una multa?

Tras la fase voluntaria, el periodo ordinario da 45 días para pagar el importe completo, según la DGT, y una multa impagada se traslada a la Agencia Tributaria para su cobro por vía de apremio con un recargo del 20 por ciento. Aparte, una multa firme que nunca se cobra prescribe a los cuatro años (art. 112 TRLTSV).

¿Todas las multas tienen descuento del 50 por ciento?

Casi todas, incluidas el exceso de velocidad, el alcohol, el móvil y el cinturón. Las exclusiones fijadas por ley (art. 93.2 TRLTSV) son una lista corta de infracciones especiales: circular con inhibidores de radar o instalarlos, falsear la identificación del conductor responsable, el grupo de obras no autorizadas y manipulación de señales, y algunas otras infracciones de centros y operadores.

Fuentes y referencias

  1. RDL 6/2015 (TRLTSV), arts. 74 a 81 (infracciones y sanciones), arts. 93 a 96 (procedimiento y pronto pago) y arts. 112 y 113 (prescripción y anotaciones)(boe.es).gov
  2. DGT, qué hacer si has recibido una multa (pago, plazos y recargo)(dgt.es).gov
  3. Ley 29/1998 (LJCA), art. 46 (plazo del recurso contencioso-administrativo)(boe.es).gov
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