EnglishEspañol
Spain flag

Spain

Comunidades de propietarios: juntas, mayorías, derramas y morosos (2026)

Por Equipo Editorial de Recording Law7 min de lectura
Comunidades de propietarios: juntas, mayorías, derramas y morosos (2026)

Preguntas frecuentes

¿Qué ley regula la comunidad de propietarios en España?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), junto con el art. 396 del Código Civil, que explica por qué ser propietario de un piso o local lleva aparejada una cuota de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio.

¿Qué pasa si falto a una junta de la comunidad?

El propietario ausente que haya sido debidamente notificado se considera que vota a favor si no manifiesta su discrepancia dentro de los 30 días siguientes a ser informado, salvo que el gasto no pueda repercutirse a quien no vota o el cambio beneficie solo a un particular (art. 17.8 LPH).

¿Qué pasa si no pago las cuotas de comunidad?

Pierdes el derecho de voto, aunque no el de asistencia (art. 15.2 LPH). La comunidad también puede reclamar la deuda mediante un proceso monitorio específico, y el importe queda garantizado sobre el propio piso (arts. 9.1.e y 21 LPH).

¿Puede la comunidad prohibir el alquiler turístico de corta duración?

Sí. Desde la reforma de la LO 1/2025, la comunidad puede aprobar, limitar, condicionar o prohibir el alquiler turístico de corta duración por mayoría de tres quintos (art. 17.12 LPH). Alquilar sin esa aprobación puede desencadenar la acción de cesación empleada frente a otras actividades molestas (art. 7.3 LPH).

Fuentes y referencias

  1. Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal (LPH), arts. 7, 9, 10, 15, 17 y 18(boe.es).gov
  2. Código Civil, art. 396 (elementos comunes de la propiedad horizontal)(boe.es).gov
Compartir: