New Jersey
Prescripción en Nueva Jersey: Plazos para Presentar Demandas por Tipo de Caso

Nueva Jersey le da a la mayoría de los demandantes civiles dos años para presentar una demanda por lesiones personales bajo el N.J.S.A. 2A:14-2 y seis años para demandar por incumplimiento de contrato, daños a la propiedad o fraude bajo el N.J.S.A. 2A:14-1. Si no cumple con ninguno de estos plazos, el demandado puede solicitar la desestimación, lo que termina el reclamo de forma permanente.
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¿Qué Es la Prescripción en Nueva Jersey?
La prescripción es una ley que establece el tiempo máximo que una persona tiene para presentar una demanda o el estado para presentar cargos penales. En Nueva Jersey, estos plazos varían según el tipo de caso.

Una vez que vence la prescripción en una demanda civil, el demandado puede pedirle al tribunal que desestime el caso. Si el tribunal concede esa moción, el demandante pierde de forma permanente el derecho de continuar con el reclamo. En los casos penales, los fiscales pierden la capacidad de presentar cargos una vez que vence el plazo.
Nueva Jersey organiza sus plazos civiles de presentación bajo el Título 2A de los Estatutos Anotados de Nueva Jersey (N.J.S.A.), principalmente en las secciones 2A:14-1 a 2A:14-5. Los límites de tiempo penales se encuentran en el Código Penal de Nueva Jersey en el N.J.S.A. 2C:1-6.
Prescripción Civil en Nueva Jersey
La prescripción civil de Nueva Jersey regula los plazos para presentar demandas en tribunales estatales. Estos límites generalmente van de uno a veinte años según el tipo de reclamo. El plazo suele comenzar en la fecha del incidente o, en algunos casos, en la fecha en que se descubrió la lesión.
Si no cumple con el plazo de presentación, la parte contraria puede alegar la prescripción como defensa afirmativa y presentar una moción de desestimación de su caso. Una vez que el tribunal concede esa moción, el reclamo legal desaparece para siempre.
Lesiones Personales y Demandas por Agravios
Nueva Jersey le da a los demandantes dos años para presentar la mayoría de las demandas por lesiones personales. Este plazo aplica a accidentes automovilísticos, incidentes de resbalones y caídas, agresión y otros reclamos que involucran daño corporal.
| Tipo de Caso | Límite de Tiempo | Estatuto |
|---|---|---|
| Lesiones Personales | 2 años | N.J.S.A. 2A:14-2 |
| Muerte por Negligencia | 2 años desde la fecha de la muerte | N.J.S.A. 2A:31-3 |
| Negligencia Médica | 2 años (aplica la regla de descubrimiento) | N.J.S.A. 2A:14-2 |
| Responsabilidad por Productos | 2 años | N.J.S.A. 2A:14-2 |
| Difamación Escrita/Verbal (Difamación) | 1 año | N.J.S.A. 2A:14-3 |
El plazo para la muerte por negligencia comienza en la fecha del fallecimiento de la persona, no en la fecha del acto que causó la muerte. Las demandas por negligencia médica siguen la regla de descubrimiento, lo que significa que el período de dos años puede no comenzar hasta que el paciente supo, o debería haber sabido, sobre la lesión.
Demandas por Contrato y Propiedad
La mayoría de las demandas relacionadas con contratos y propiedad deben presentarse dentro de los seis años posteriores al incumplimiento o al daño. Nueva Jersey no distingue entre contratos escritos y verbales a efectos de la prescripción.
| Tipo de Caso | Límite de Tiempo | Estatuto |
|---|---|---|
| Contratos Escritos | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Contratos Verbales | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Daños a la Propiedad (Personal o Inmueble) | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Allanamiento | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Fraude | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Cobro de Deudas | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Apropiación Indebida de Propiedad | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
Otros Plazos Civiles
Varias demandas civiles quedan fuera de las categorías estándar de dos y seis años.
| Tipo de Caso | Límite de Tiempo | Estatuto |
|---|---|---|
| Cobro de Alquileres | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Sentencias (Tribunal de Registro) | 20 años | N.J.S.A. 2A:14-5 |
| Defectos de Construcción | 10 años (plazo de caducidad) | N.J.S.A. 2A:14-1.1 |
| Negligencia Profesional (No Médica) | 6 años | N.J.S.A. 2A:14-1 |
| Abuso Sexual (Civil, Víctimas Adultas) | 7 años | N.J.S.A. 2A:14-2b |
| Abuso Sexual (Civil, Víctimas Menores) | Hasta los 55 años, o 7 años desde el descubrimiento | N.J.S.A. 2A:14-2a |
| Compensación Laboral | 2 años | N.J.S.A. 34:15-51 |
El gobernador Phil Murphy firmó en 2019 una ley que amplió de forma permanente la prescripción civil para las demandas por agresión sexual. Las víctimas adultas ahora tienen siete años para presentar una demanda civil. Los sobrevivientes de abuso sexual infantil tienen hasta los 55 años o siete años desde la fecha en que conectaron por primera vez su trauma con un daño económico, lo que ocurra después.
Prescripción Penal en Nueva Jersey
La prescripción penal de Nueva Jersey establece límites de tiempo sobre cuándo los fiscales pueden presentar cargos. A diferencia de muchos estados, Nueva Jersey clasifica los delitos como "delitos acusables" (similares a los delitos graves en otros estados), "delitos de conducta desordenada" (similares a los delitos menores) y "delitos leves de conducta desordenada". Estas categorías tienen plazos de presentación diferentes bajo el N.J.S.A. 2C:1-6.
Delitos Sin Límite de Tiempo
La ley de Nueva Jersey permite a los fiscales presentar cargos en cualquier momento para los delitos más graves. Estos delitos no tienen prescripción:
- Homicidio (N.J.S.A. 2C:11-3)
- Homicidio sin premeditación (N.J.S.A. 2C:11-4)
- Agresión sexual (N.J.S.A. 2C:14-2)
- Trata de personas (N.J.S.A. 2C:13-8)
- Delitos relacionados con el terrorismo (P.L.2002, c.26, secciones 1 a 5)
Esto significa que una persona puede ser acusada de cualquiera de estos delitos sin importar cuántos años hayan pasado desde el presunto acto.
Delitos Acusables (Delitos Graves)
La mayoría de los delitos acusables tienen una prescripción de cinco años. El plazo comienza cuando se comete el delito. Algunas categorías tienen plazos extendidos:
| Tipo de Delito | Límite de Tiempo | Estatuto |
|---|---|---|
| La Mayoría de los Delitos Acusables | 5 años | N.J.S.A. 2C:1-6(b)(1) |
| Mala Conducta Oficial | 7 años | N.J.S.A. 2C:1-6(b)(3) |
| Soborno y Delitos Relacionados | 7 años | N.J.S.A. 2C:1-6(b)(3) |
| Delitos Ambientales | 5 años | N.J.S.A. 2C:1-6(b)(1) |
Delitos de Conducta Desordenada y Delitos Leves
Los delitos menos graves tienen un plazo de presentación más corto:
| Tipo de Delito | Límite de Tiempo | Estatuto |
|---|---|---|
| Delito de Conducta Desordenada | 1 año | N.J.S.A. 2C:1-6(c) |
| Delito Leve de Conducta Desordenada | 1 año | N.J.S.A. 2C:1-6(c) |
Delitos Contra Menores
Nueva Jersey establece plazos extendidos para los delitos cometidos contra menores. Si la víctima de contacto sexual criminal (N.J.S.A. 2C:14-3) o de puesta en peligro de un menor (N.J.S.A. 2C:24-4) era menor de 18 años al momento del delito, los fiscales deben presentar cargos dentro de los cinco años después de que la víctima cumpla 18 años o dentro de los dos años posteriores al descubrimiento del delito por parte de la víctima, lo que ocurra después.
Disposiciones de Suspensión: Cuándo Se Pausa el Plazo
Ciertas circunstancias pueden pausar o "suspender" la prescripción en Nueva Jersey. La suspensión detiene efectivamente el plazo, dándole al demandante o al fiscal más tiempo para actuar.
Menores de Edad
Bajo el N.J.S.A. 2A:14-21, la prescripción no comienza a correr hasta que el menor cumple 18 años. Por ejemplo, si un niño de 10 años sufre una lesión personal, la prescripción de dos años no comienza hasta el cumpleaños número 18 de ese niño. El niño tendría entonces hasta los 20 años para presentar una demanda.
Existe una excepción para la negligencia médica que involucra lesiones al nacer. En esos casos, la demanda debe presentarse antes del cumpleaños número 13 del niño.
Discapacidad Mental
Si una persona tiene una discapacidad mental que le impide comprender sus derechos legales o presentar una demanda, la prescripción se suspende hasta que se elimine esa discapacidad. Esta disposición también se encuentra en el N.J.S.A. 2A:14-21.
Demandado Ausente del Estado
Bajo el N.J.S.A. 2A:14-22, si el demandado abandona Nueva Jersey después del incidente y no puede ser notificado, el tiempo que pasa fuera del estado no cuenta para la prescripción. El plazo se pausa durante la duración de la ausencia del demandado.
Regla de Descubrimiento
Los tribunales de Nueva Jersey aplican la "regla de descubrimiento" en los casos en que el demandante no pudo razonablemente haber sabido sobre la lesión en el momento en que ocurrió. Bajo esta regla, la prescripción no comienza hasta que el demandante supo, o debería haber sabido, sobre la lesión mediante una diligencia razonable.
La Corte Suprema de Nueva Jersey adoptó esta regla en el caso Lopez v. Swyer, y los tribunales la han aplicado desde entonces a casos de negligencia médica, exposición a sustancias tóxicas y otros en los que las lesiones no son evidentes de inmediato.
Suspensión Penal
En los casos penales, el plazo de la prescripción deja de correr si el acusado está huyendo de la justicia, está ausente del estado, o ya está siendo procesado por la misma conducta.
Cómo Comienza a Correr la Prescripción (Momento de Origen)
Comprender cuándo comienza la prescripción es tan importante como conocer el plazo en sí. En Nueva Jersey, la regla general es que el plazo comienza en la fecha del incidente.
Para las disputas contractuales, el período de prescripción comienza en la fecha del incumplimiento. Para los casos de lesiones personales, comienza en la fecha de la lesión. Para la muerte por negligencia, el plazo comienza en la fecha del fallecimiento.
Sin embargo, la regla de descubrimiento puede cambiar la fecha de inicio. Si una persona no pudo haber descubierto la lesión a pesar de ejercer un cuidado razonable, los tribunales de Nueva Jersey pueden determinar que la prescripción no comenzó hasta la fecha del descubrimiento.
Qué Sucede Si No Cumple con el Plazo
Si la prescripción vence antes de que presente una demanda, las consecuencias son graves. El demandado puede presentar una moción de desestimación basada en el plazo vencido, y los tribunales de Nueva Jersey casi siempre la conceden.
Existen muy pocas excepciones a un plazo vencido. Las disposiciones de suspensión (para menores de edad, discapacidad mental o demandados ausentes) pueden aplicar en algunos casos, pero deben ser planteadas y probadas por el demandante.
Para los casos penales, una prescripción vencida significa que los fiscales no pueden presentar cargos. Si se presentan cargos después del plazo, el acusado puede solicitar que se desestimen.
La mejor manera de proteger sus derechos es consultar con un abogado de Nueva Jersey mucho antes de que se acerque el plazo. Un abogado puede evaluar si aplica alguna disposición de suspensión y ayudar a garantizar que su reclamo se presente a tiempo.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es la prescripción para lesiones personales en Nueva Jersey?
Nueva Jersey le da dos años desde la fecha de la lesión para presentar una demanda por lesiones personales bajo el N.J.S.A. 2A:14-2. Esto aplica a accidentes automovilísticos, casos de resbalones y caídas, demandas por agresión y otros asuntos de lesiones personales. La regla de descubrimiento puede extender este plazo si la lesión no fue evidente de inmediato.
¿Existe prescripción para el homicidio en Nueva Jersey?
No. El homicidio, el homicidio sin premeditación, la agresión sexual y la trata de personas no tienen prescripción en Nueva Jersey bajo el N.J.S.A. 2C:1-6. Los fiscales pueden presentar cargos por estos delitos en cualquier momento, sin importar cuántos años hayan pasado.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por incumplimiento de contrato en Nueva Jersey?
Tiene seis años desde la fecha del incumplimiento para presentar una demanda por incumplimiento de contrato en Nueva Jersey bajo el N.J.S.A. 2A:14-1. Esto aplica tanto a contratos escritos como verbales.
¿La prescripción se pausa para los menores de edad en Nueva Jersey?
Sí. Bajo el N.J.S.A. 2A:14-21, la prescripción no comienza a correr hasta que el menor cumple 18 años. Una vez que llega a los 18, se aplica el plazo de prescripción estándar. Por ejemplo, un menor con una demanda por lesiones personales tendría hasta los 20 años para presentar la demanda.
¿Qué es la regla de descubrimiento en Nueva Jersey?
La regla de descubrimiento retrasa el inicio de la prescripción hasta que el demandante supo, o debería haber sabido, sobre la lesión. Los tribunales de Nueva Jersey aplican esta regla en casos como negligencia médica y exposición a sustancias tóxicas, donde el daño puede no ser evidente de inmediato. La regla fue establecida por la Corte Suprema de Nueva Jersey en el caso Lopez v. Swyer.
Fuentes y referencias
- N.J.S.A. 2A:14-1 (Plazo de Prescripción de 6 Años)(law.justia.com)
- N.J.S.A. 2A:14-2 (Plazo de Prescripción de 2 Años para Lesiones Personales)(njcourts.gov).gov
- N.J.S.A. 2C:1-6 (Límites de Tiempo Penales)(law.justia.com)
- Tribunales de Nueva Jersey: Preguntas Frecuentes sobre la Prescripción(njcourts.gov).gov
- N.J.S.A. 2A:14-1.1 (Plazo de Caducidad para Defectos de Construcción)(law.justia.com)
- N.J.S.A. 2A:14-22 (Suspensión de la Prescripción)(law.justia.com)
- El Gobernador Murphy Firma la Ampliación de la Prescripción por Abuso Sexual (2019)(nj.gov).gov
- P.L. 2019, c.120 (Ampliación de la Prescripción Civil por Agresión Sexual)(pub.njleg.gov).gov
- Estatutos de la Legislatura de Nueva Jersey(lis.njleg.state.nj.us).gov