New Jersey
Leyes de Pension Alimenticia de Nueva Jersey: Pension de Duracion Abierta y la Reforma de 2014 (2026)

Nueva Jersey reemplazo la pension alimenticia permanente por la "pension de duracion abierta" (open durational alimony) en 2014. Bajo la N.J.S.A. 2A:34-23, la pension de duracion abierta se reserva para matrimonios de 20 o mas anos. Para matrimonios de menos de 20 anos, la pension generalmente no puede exceder la duracion del matrimonio en si.
Informacion verificada por ultima vez el 1 de junio de 2026.
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Que es la pension alimenticia en Nueva Jersey?
En Nueva Jersey, la pension alimenticia es un pago ordenado por el tribunal de un conyuge al otro despues de un divorcio o la disolucion de una union civil. Se rige exclusivamente por la N.J.S.A. 2A:34-23, parte del Titulo 2A de los Estatutos de Nueva Jersey.
La pension no es automatica. Un conyuge debe solicitarla, y el tribunal determina si la otorga, en que monto y por cuanto tiempo en funcion de un conjunto de factores legales. El proposito es atender el impacto economico del matrimonio y permitir que ambas partes mantengan un nivel de vida razonablemente comparable al establecido durante el matrimonio, en la medida en que los ingresos de ambas partes lo permitan.
La pension es completamente independiente de la manutencion de hijos. La manutencion de hijos se calcula bajo las Pautas de Manutencion de Hijos de Nueva Jersey y se basa en los ingresos de los padres y las necesidades de los hijos. La pension se fija primero, y luego el monto se incorpora al calculo de la manutencion de hijos como ingreso de quien la recibe.
La reforma de 2014: duracion abierta frente a pension permanente
Antes del 10 de septiembre de 2014, la ley de Nueva Jersey permitia la "pension permanente", que no tenia fecha de finalizacion fija y podia continuar por el resto de la vida de quien la recibia. La Ley de Reforma de Pension Alimenticia, P.L. 2014, c. 42, promulgada el 10 de septiembre de 2014, reformo la N.J.S.A. 2A:34-23 y elimino del estatuto por completo el termino pension permanente.

En su lugar, la ley creo la "pension de duracion abierta". El nombre senala un cambio importante: la pension permanece abierta en el sentido de que no tiene una fecha de finalizacion fija establecida al momento del divorcio, pero no es permanente en el sentido antiguo. La pension de duracion abierta puede modificarse o terminarse cuando cambian las circunstancias, y conlleva una presuncion rebatible incorporada de terminacion cuando quien paga alcanza la edad plena de jubilacion.
La pension de duracion abierta solo esta disponible para matrimonios y uniones civiles de 20 o mas anos. Para matrimonios mas cortos, el estatuto impone un tope de duracion vinculado a la duracion del matrimonio (vease mas abajo).
La reforma de 2014 tambien facilito la modificacion o terminacion de la pension en funcion de la perdida de empleo, la reduccion de ingresos o la jubilacion de quien paga, y agrego reglas especificas de convivencia que antes no existian.
Los tipos de pension bajo la N.J.S.A. 2A:34-23
Nueva Jersey reconoce cinco tipos de pension alimenticia. Los tribunales pueden otorgar mas de un tipo en el mismo caso.
Pension de duracion abierta
La pension de duracion abierta es la sucesora posterior a 2014 de la pension permanente. Solo esta disponible cuando el matrimonio o la union civil duro 20 o mas anos. No tiene una fecha de finalizacion incorporada al momento de la concesion, pero el tribunal aun puede fijar una fecha de terminacion si las circunstancias lo justifican. La presuncion rebatible de terminacion a la edad plena de jubilacion de quien paga se aplica a la pension de duracion abierta.
Pension de duracion limitada
La pension de duracion limitada se aplica a matrimonios y uniones civiles de menos de 20 anos. El tribunal fija una fecha de finalizacion especifica al momento de la concesion. Bajo la N.J.S.A. 2A:34-23, para cualquier matrimonio o union civil de menos de 20 anos de duracion, la duracion total de la pension no podra, salvo en circunstancias excepcionales, exceder la duracion del matrimonio o la union civil. Un matrimonio de 10 anos, por ejemplo, generalmente no puede producir una pension que dure mas de 10 anos.
Los tribunales pueden superar el tope de duracion del matrimonio en circunstancias excepcionales. El estatuto no define las "circunstancias excepcionales" con una lista fija, dejando esa determinacion al juez en funcion de los hechos especificos del caso.
Pension de rehabilitacion
La pension de rehabilitacion es un apoyo temporal disenado para ayudar a quien la recibe a reincorporarse a la fuerza laboral o a completar su educacion o capacitacion. Quien la recibe debe presentar un plan de rehabilitacion que describa el alcance de la rehabilitacion, los pasos especificos a seguir y el plazo previsto, incluido cualquier periodo de empleo durante la rehabilitacion.
Los tribunales pueden modificar la pension de rehabilitacion en funcion de un cambio de circunstancias o de que las circunstancias previstas no se materialicen. El estatuto permite expresamente la modificacion por cualquiera de los dos motivos.
Pension de reembolso
La pension de reembolso puede otorgarse cuando un conyuge apoyo economicamente al otro a traves de una educacion avanzada o un titulo profesional durante el matrimonio, con la expectativa de compartir la mayor capacidad de generar ingresos que el titulo produciria. A diferencia de otras formas de pension, la pension de reembolso no puede modificarse por ningun motivo una vez ordenada.
Pension pendente lite
La pension pendente lite es un apoyo temporal pagado durante la tramitacion del divorcio o de la disolucion. Termina cuando el tribunal dicta una orden final de pension al concluir el caso. El apoyo pendente lite busca mantener el statu quo economico mientras se resuelve el divorcio.
Cuanto y por cuanto tiempo: sin formula y los factores legales
Los tribunales de Nueva Jersey no usan una formula para calcular los montos de la pension. No hay una regla de porcentaje del ingreso ni una tabla. En cambio, la N.J.S.A. 2A:34-23(b) exige que el tribunal considere todos los siguientes factores antes de fijar cualquier pension:

- La necesidad real y la capacidad de pago de las partes
- La duracion del matrimonio o de la union civil
- La edad y la salud fisica y emocional de las partes
- El nivel de vida establecido en el matrimonio y la probabilidad de que cada parte pueda mantener un nivel razonablemente comparable, sin que ninguna parte tenga mayor derecho que la otra
- Las capacidades de generar ingresos, los niveles educativos, las habilidades vocacionales y la empleabilidad de ambas partes
- El tiempo que la parte que solicita la pension ha estado ausente del mercado laboral
- Las responsabilidades parentales respecto de los hijos
- El tiempo y el costo necesarios para adquirir suficiente educacion o capacitacion que permita a la parte que solicita la pension encontrar un empleo adecuado, la disponibilidad de capacitacion y empleo, y la oportunidad de adquirir en el futuro bienes de capital e ingresos
- El historial de aportes financieros y no financieros de las partes al matrimonio, incluidos los aportes al cuidado y la educacion de los hijos y cualquier interrupcion de carreras personales u oportunidades educativas
- La distribucion equitativa de los bienes ordenada y cualquier pago de la distribucion equitativa hecho con el ingreso corriente
- El ingreso disponible para cualquiera de las partes mediante la inversion de los bienes que posee
- El tratamiento y las consecuencias fiscales para ambas partes de cualquier pension, incluido si todo o parte del pago se designa como no gravable
- La naturaleza, el monto y la duracion de cualquier apoyo pendente lite pagado
- Cualquier otro factor que el tribunal considere relevante
Ningun factor por si solo es decisivo. El tribunal esta obligado a abordar cada factor aplicable en el expediente y a explicar como pondero esos factores al llegar a su decision.
Para la pension de duracion limitada, el estatuto tambien exige que el tribunal aborde por separado la duracion de la pension y el monto. Ninguno de los dos componentes se determina automaticamente por los factores; ambos requieren un analisis independiente.
Cuando termina o cambia la pension
Presuncion de edad de jubilacion
Bajo la N.J.S.A. 2A:34-23, existe una presuncion rebatible de que la pension termina cuando el conyuge que paga alcanza la edad plena de jubilacion segun se define en el 42 U.S.C. seccion 416 (la Ley del Seguro Social). La edad plena de jubilacion bajo el Seguro Social es actualmente 67 anos para personas nacidas en 1960 o despues.
La presuncion es rebatible. Quien recibe la pension y busque continuarla mas alla de la edad plena de jubilacion de quien paga debe superar la presuncion demostrando una causa justificada. Los tribunales consideran una lista especifica de factores en esa determinacion, incluidos: las edades de las partes al momento de la solicitud de jubilacion; las edades de las partes al momento del matrimonio y al momento en que se dicto la orden de pension; el grado y la duracion de la dependencia economica de quien recibe durante el matrimonio; si quien recibe renuncio a reclamos o bienes a cambio de una pension mayor o mas prolongada; la duracion y el monto de la pension ya pagada; la salud de ambas partes; los bienes de ambas partes; si quien recibe tambien ha alcanzado la edad plena de jubilacion; y las fuentes de ingreso, devengado y no devengado, disponibles para cada parte.
Los atrasos acumulados antes de la fecha de terminacion no se anulan ni se cancelan por la terminacion de la pension futura.
Convivencia
La pension puede suspenderse o terminarse si quien la recibe convive con otra persona. Nueva Jersey define la convivencia de manera amplia: es una relacion personal intima de apoyo mutuo en la que la pareja ha asumido deberes y privilegios comunmente asociados con el matrimonio o la union civil, pero la pareja no necesariamente mantiene un unico hogar comun.
Cuando quien paga plantea la convivencia, el tribunal pondera varios factores: finanzas entrelazadas como cuentas conjuntas o responsabilidades conjuntas; el reparto o la responsabilidad conjunta de los gastos de vida; el reconocimiento de la relacion en el circulo social y familiar de la pareja; vivir juntos, la frecuencia del contacto, la duracion de la relacion y otros indicios de una relacion personal intima de apoyo mutuo; el reparto de las tareas del hogar; y si quien recibe ha recibido una promesa ejecutable de apoyo de otra persona.
El tribunal tambien considera la duracion de la relacion. Es importante destacar que un tribunal no puede determinar la ausencia de convivencia unicamente porque la pareja no vive junta a tiempo completo.
Nuevo matrimonio y fallecimiento
La pension termina automaticamente con el nuevo matrimonio de quien la recibe o con el fallecimiento de cualquiera de las partes, salvo que la orden judicial o el acuerdo dispongan lo contrario. No se requiere mocion ni orden judicial para hacer efectiva la terminacion por nuevo matrimonio.
Modificacion por cambio de circunstancias
Cualquiera de las partes puede solicitar la modificacion de la pension ante un cambio sustancial de circunstancias. Los fundamentos comunes incluyen un cambio significativo en el ingreso o el empleo de cualquiera de las partes, una enfermedad o discapacidad grave, o la perdida involuntaria de empleo de quien paga. El tribunal tambien puede modificar o terminar la pension cuando quien paga se jubila, incluso antes de alcanzar la edad plena de jubilacion, siempre que la jubilacion sea de buena fe y las circunstancias financieras justifiquen el alivio.
Es gravable la pension, y en que se diferencia de la manutencion de hijos de Nueva Jersey
Tratamiento fiscal federal

La Tax Cuts and Jobs Act of 2017 cambio el tratamiento fiscal federal de la pension para acuerdos de divorcio celebrados despues del 31 de diciembre de 2018. Bajo el IRS Topic 452, la pension pagada bajo un acuerdo posterior a 2018 no es deducible para quien paga y no se incluye en el ingreso bruto de quien la recibe. Ambas partes deben aun proporcionar al IRS el numero de Seguro Social de la otra.
Para acuerdos celebrados el 31 de diciembre de 2018 o antes, se aplican las reglas anteriores: quien paga deduce los pagos de pension y quien recibe los declara como ingreso gravable. Un acuerdo anterior a 2019 puede perder su deducibilidad si luego se modifica y la modificacion declara expresamente que se aplica el nuevo tratamiento federal.
Nueva Jersey se aparta de la ley federal en la tributacion de la pension. Bajo la N.J.S.A. 54A:5-1(n), la pension recibida por quien la recibe es ingreso gravable para fines del impuesto sobre la renta estatal de Nueva Jersey, y quien paga puede deducir la pension pagada del ingreso bruto de Nueva Jersey. Esta regla se aplica sin importar cuando se celebro el acuerdo de divorcio. Esto es lo opuesto al tratamiento federal posterior a 2018 de la TCJA: Nueva Jersey no se ajusta al cambio federal que elimino la deduccion y la inclusion. Una excepcion reconocida por los tribunales de Nueva Jersey: si ambas partes acuerdan en su convenio de divorcio que quien paga no reclamara la deduccion estatal, quien recibe puede no estar obligado a declarar el ingreso. Consulte a un profesional tributario para orientacion especifica a su situacion.
En que se diferencia la pension de la manutencion de hijos
La pension y la manutencion de hijos cumplen propositos distintos y siguen marcos legales totalmente diferentes. La pension atiende la relacion financiera entre los exconyuges. La manutencion de hijos atiende las necesidades de los hijos dependientes.
En Nueva Jersey, la manutencion de hijos se calcula usando las Pautas de Manutencion de Hijos de Nueva Jersey, que se basan en los ingresos de ambos padres, el tiempo de crianza y ciertos gastos. Los tribunales fijan la pension primero y luego la tratan como ingreso de quien la recibe al calcular la manutencion de hijos.
La manutencion de hijos nunca es deducible para quien paga ni ingreso gravable para quien la recibe bajo la ley federal o de Nueva Jersey, sin importar cuando se firmo el acuerdo de divorcio.
Para mas informacion sobre como Nueva Jersey calcula el apoyo para los hijos, consulte leyes de manutencion de hijos de Nueva Jersey.
Para una comparacion entre todos los estados, consulte Leyes de pension alimenticia por estado.
Aviso legal: Esta pagina ofrece informacion legal general sobre la ley de pension alimenticia de Nueva Jersey y no constituye asesoramiento legal. Las decisiones sobre pension alimenticia dependen en gran medida de los hechos y de circunstancias que solo un abogado de derecho de familia con licencia en Nueva Jersey puede evaluar. Nada en esta pagina crea una relacion abogado-cliente.
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Ultima actualizacion: 1 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
Todavia tiene Nueva Jersey la pension alimenticia permanente?
No. Nueva Jersey elimino la pension permanente en 2014 con la aprobacion de la P.L. 2014, c. 42. El estatuto, N.J.S.A. 2A:34-23, usa ahora el termino pension de duracion abierta en su lugar. La pension de duracion abierta no tiene fecha de finalizacion fija, pero puede modificarse o terminarse y conlleva una presuncion rebatible de terminacion cuando quien paga alcanza la edad plena de jubilacion del Seguro Social.
Cuanto puede durar la pension para un matrimonio de menos de 20 anos en Nueva Jersey?
Para matrimonios o uniones civiles de menos de 20 anos, la pension generalmente no puede exceder la duracion del matrimonio, salvo en circunstancias excepcionales. Un tribunal debe hacer determinaciones especificas para justificar cualquier pension que dure mas que el matrimonio en si.
Cuando termina la pension en Nueva Jersey?
La pension termina automaticamente con el nuevo matrimonio de quien la recibe o con el fallecimiento de cualquiera de las partes. Tambien existe una presuncion rebatible de que la pension termina cuando el conyuge que paga alcanza la edad plena de jubilacion del Seguro Social. Un tribunal tambien puede terminar la pension en funcion de la convivencia de quien la recibe con otra persona o de un cambio sustancial de circunstancias.
Como decide un tribunal de Nueva Jersey cuanta pension otorgar?
Nueva Jersey no tiene formula de pension. Los tribunales ponderan los factores legales enumerados en la N.J.S.A. 2A:34-23(b), que incluyen las necesidades reales y la capacidad de pago de las partes, el nivel de vida durante el matrimonio, las capacidades de generar ingresos, los aportes al matrimonio, la distribucion equitativa otorgada y el tratamiento fiscal de los pagos, entre otros. Cada factor aplicable debe abordarse en el expediente.
Puede reducirse la pension si quien paga pierde su empleo o se jubila?
Si. Quien paga y pierde su empleo de forma involuntaria, se jubila de buena fe o sufre una reduccion significativa de ingresos puede solicitar la modificacion en funcion de un cambio sustancial de circunstancias. Cuando quien paga alcanza la edad plena de jubilacion del Seguro Social, existe una presuncion rebatible bajo la N.J.S.A. 2A:34-23 de que la pension termina, y quien la recibe tiene la carga de superar esa presuncion.
Termina la pension si quien la recibe vive con una nueva pareja en Nueva Jersey?
Puede. Si quien recibe convive con otra persona en una relacion intima de apoyo mutuo, quien paga puede presentar una mocion para suspender o terminar la pension. El tribunal examina factores como las finanzas compartidas, los gastos de vida compartidos, la duracion de la relacion y como se reconoce a la pareja en su circulo social. El tribunal no puede negar la convivencia unicamente porque la pareja no vive junta a tiempo completo.
Es la pension ingreso gravable en Nueva Jersey en 2026?
Bajo la ley federal, la pension pagada bajo acuerdos celebrados despues del 31 de diciembre de 2018 no es deducible para quien paga ni gravable para quien la recibe. El impuesto sobre la renta estatal de Nueva Jersey funciona distinto: bajo la N.J.S.A. 54A:5-1(n), Nueva Jersey grava la pension recibida como ingreso y permite a quien paga deducirla, sin importar cuando se firmo el acuerdo de divorcio. Nueva Jersey no se ajusta al cambio federal de la TCJA. Las partes pueden acordar en su convenio de divorcio que quien paga renunciara a la deduccion estatal, lo que puede liberar a quien recibe de la obligacion fiscal estatal. Consulte siempre a un profesional tributario para su situacion especifica.
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Fuentes y referencias
- N.J.S.A. 2A:34-23, Pension alimenticia, manutencion(lis.njleg.state.nj.us)
- P.L. 2014, c. 42 (Ley de Reforma de Pension Alimenticia de NJ)(pub.njleg.gov)
- NJ Courts - Divorcio(njcourts.gov)
- IRS Topic 452 - Pension Alimenticia(irs.gov)
- 42 U.S.C. 416 - Edad de Jubilacion de la Ley del Seguro Social(ssa.gov)
- New Jersey Courts, Modificacion de una Orden de Divorcio(njcourts.gov).gov
- N.J.S.A. 54A:5-1(n), Ley del Impuesto sobre el Ingreso Bruto de Nueva Jersey (pension gravable para quien la recibe, deducible para quien paga)(nj.gov).gov