Texas
Leyes de resbalones y caídas en Texas: cómo probar la responsabilidad del propietario en el Estado de la Estrella Solitaria

Para ganar una demanda por resbalón y caída en Texas, usted debe probar que el propietario del inmueble fue negligente, que tuvo conocimiento real o implícito de la condición peligrosa, y que su omisión de corregirla causó su lesión. Texas usa negligencia comparativa modificada con una barrera del 51%, y dos doctrinas clave, la barrera del peligro abierto y evidente y la regla de sin deber por acumulación natural de hielo y nieve, pueden derrotar una reclamación antes de que llegue a la etapa de reparto de culpa.
Cómo probar una reclamación por resbalón y caída en Texas
Todo caso de resbalón y caída en Texas es una reclamación de responsabilidad del propietario. Para recuperar daños, usted debe establecer cuatro elementos: que el dueño de la tierra le debía un deber de cuidado, que el inmueble contenía una condición peligrosa, que el dueño tuvo conocimiento real o implícito de esa condición y no la remedió, y que la omisión fue una causa próxima de sus lesiones.
La ley de Texas divide a los visitantes en invitados, licenciatarios e intrusos, y el deber que se debe difiere para cada uno. Los invitados, aquellos presentes por invitación expresa o implícita con fines comerciales, como los clientes de una tienda de comestibles, reciben el deber más alto: el dueño debe ejercer cuidado razonable para reducir o eliminar los riesgos irrazonables. Los licenciatarios reciben un deber menor limitado a advertencias sobre condiciones que el dueño realmente conoce. Los intrusos reciben solo el deber de abstenerse de conducta intencional, temeraria o gravemente negligente.
El elemento del conocimiento es crítico y se disputa en la mayoría de los casos de responsabilidad del propietario. El conocimiento real significa que el dueño o un empleado sabía del peligro específico antes de que usted cayera. El conocimiento implícito significa que la condición existió el tiempo suficiente como para que un dueño razonable que ejerce cuidado ordinario debiera haberla descubierto y corregido. Los tribunales analizan cuánto tiempo estuvo presente la condición, si había empleados de la tienda cerca, y si los registros de mantenimiento o las grabaciones de vigilancia pueden establecer la cronología. El marco de la Corte Suprema de Texas en CMH Homes, Inc. v. Daenen, 15 S.W.3d 97 (Tex. 2000), y Austin v. Kroger Texas, L.P. (2015) rige la interacción entre el conocimiento y el elemento del deber en los casos de invitados.
La doctrina del peligro abierto y evidente en Texas
Esta es una barrera de deber en Texas, no un factor de culpa comparativa. Si el peligro era abierto y evidente o ya conocido por usted, el dueño puede no deberle ningún deber en absoluto, y su reclamación puede derrotarse antes de que se haga cualquier comparación de culpa.

La Corte Suprema de Texas restauró y aclaró la regla de sin deber en Austin v. Kroger Texas, L.P., 465 S.W.3d 193 (Tex. 2015). La corte sostuvo que un dueño de la tierra generalmente no debe ningún deber de advertir o proteger a un invitado contra condiciones del inmueble que son abiertas y evidentes o que el invitado ya conoce. El razonamiento es que un invitado que ya está consciente de un riesgo puede tomar precauciones con la misma eficacia que el dueño, por lo que imponer un deber no agrega ningún beneficio de seguridad.
El efecto práctico es significativo. Si un jurado o un juez concluye que el peligro, ya sea un piso mojado, un bordillo claramente visible o un escalón bien iluminado, era abierto y evidente para una persona razonable en su posición, el elemento del deber falla y la reclamación termina. Este es un resultado más estricto que en los estados que tratan el peligro abierto y evidente como un mero factor de culpa comparativa que reduce su recuperación.
Dos excepciones estrechas sobreviven a la regla de sin deber. La excepción por actividad delictiva aplica cuando el deber del dueño surge del deber general de ejercer cuidado ordinario para no crear un riesgo irrazonable de daño mediante actividad delictiva. La excepción por uso necesario aplica cuando el invitado debe usar el área peligrosa y no tiene una alternativa razonable, aun conociendo el riesgo, como un trabajador que debe cruzar un muelle de carga resbaladizo para hacer su trabajo. Estas excepciones son interpretadas de manera estricta por los tribunales de Texas. La Corte Suprema de Texas reafirmó en HNMC, Inc. v. Chan (2024) que los tribunales no pueden crear nuevos deberes fuera de las excepciones reconocidas cuando aplica la regla de sin deber.
Si usted cree que una excepción aplica a su situación, necesita argumentarla afirmativamente. Simplemente mostrar que el dueño fue negligente no es suficiente si el peligro era abierto y evidente.
Hielo, nieve y acumulación natural en Texas
Texas aplica una regla de sin deber para el hielo, la aguanieve y la nieve acumulados naturalmente. Las caídas sobre acumulación invernal exterior de origen natural generalmente no sustentan una reclamación de responsabilidad del propietario en Texas.
La Corte Suprema de Texas sostuvo en Scott & White Memorial Hospital v. Fair, 310 S.W.3d 411 (Tex. 2010) que una acumulación natural de hielo, aguanieve o nieve no plantea un riesgo irrazonable de daño como cuestión de derecho. En ese caso, el hielo se había formado naturalmente por una tormenta invernal en una pasarela exterior, y la corte concluyó que ningún deber de responsabilidad del propietario exigía que el hospital lo retirara o advirtiera sobre él. La corte razonó que imponer responsabilidad por acumulaciones puramente naturales pondría una carga demasiado grande sobre los dueños de la tierra en Texas, quienes no pueden realistamente combatir todos los efectos climáticos de origen natural.
La palabra clave es "natural". Si la acumulación fue creada o empeorada significativamente por la propia conducta del dueño, el escudo de sin deber desaparece. Ejemplos de acumulaciones potencialmente "no naturales" incluyen hielo formado por un desagüe de techo con fugas que dirigió agua a una pasarela, hielo acumulado porque un bajante drenaba por diseño hacia una senda peatonal, o nieve que se amontonó por una estructura construida por el dueño que canalizó el viento. Si usted puede demostrar que la construcción, las decisiones de mantenimiento o la negligencia activa del dueño contribuyeron a una acumulación más peligrosa que la que el clima natural por sí solo habría creado, la regla de sin deber de Scott & White no protege al dueño.
Esto significa que las caídas en Texas sobre hielo o nieve exterior enfrentan un umbral empinado. Consultar a un abogado temprano para evaluar si la acumulación era realmente natural es importante porque la respuesta controla si existía siquiera un deber.
Cómo se reparte la culpa: la regla de negligencia de Texas
Texas usa el sistema de responsabilidad proporcional bajo Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ch. 33, que es una regla de negligencia comparativa modificada con una barrera del 51%.

Bajo la Sección 33.001, un demandante cuyo porcentaje de responsabilidad es mayor al 50% no recupera nada. Un demandante que tiene 50% o menos de culpa recupera daños reducidos según su propia parte de culpa. Por ejemplo, si un jurado otorga $80,000 en daños totales pero concluye que usted fue 30% responsable de su caída (quizás porque ignoró una señal de advertencia), usted recupera $56,000. Si el mismo jurado le hallara 51% responsable, usted recupera cero.
Texas también tiene una disposición de responsabilidad solidaria (joint-and-several). Bajo la Sección 33.013, un demandado hallado más del 50% responsable puede ser considerado solidariamente responsable por la totalidad de la sentencia, no solo por su parte proporcional. Esto es relevante cuando hay múltiples demandados, como el dueño de una tienda y un contratista de mantenimiento, y uno es insolvente.
Tenga en cuenta que el marco de responsabilidad proporcional solo importa si usted primero supera los análisis de deber y de peligro abierto y evidente descritos arriba. Ambas barreras operan antes de que siquiera empiece el cálculo de culpa comparativa.
Plazos: prescripción y reclamaciones contra el gobierno
El plazo para presentar una demanda por lesiones personales en Texas, incluidas las reclamaciones por resbalón y caída, es de dos años desde la fecha en que se genera la causa de acción, bajo Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 16.003(a). El reloj generalmente empieza en la fecha de la caída. Texas reconoce excepciones estrechas de suspensión: el plazo se suspende durante la minoría de edad de un niño lesionado (empieza a correr en su cumpleaños número 18), y la regla de descubrimiento puede aplicar en circunstancias limitadas donde la naturaleza de la lesión era inherentemente indetectable.
Para más detalle sobre cómo funcionan los plazos de prescripción de Texas según el tipo de caso, vea la página de prescripción de Texas.
Las caídas en propiedad del gobierno requieren un cumplimiento estricto del aviso antes de que usted pueda demandar. La Texas Tort Claims Act, Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 101.101(a), exige aviso por escrito a la unidad gubernamental responsable dentro de los seis meses (180 días) del incidente. Sin embargo, la Sección 101.101(b) autoriza expresamente que las disposiciones de las cartas orgánicas (charter) de las ciudades con autonomía (home-rule) impongan plazos de aviso más cortos, y la mayoría de las grandes ciudades de Texas hacen exactamente eso.
La carta orgánica de la Ciudad de Houston exige aviso dentro de los 90 días. Otras ciudades de Texas imponen plazos de aviso que van de 45 a 100 días. Si usted cayó en propiedad de la que es dueña o que mantiene una ciudad, necesita identificar de inmediato el plazo de aviso aplicable para esa ciudad específica, porque perderlo renuncia a su reclamación de agravio contra esa unidad gubernamental. La cifra de 90 días citada aquí es el requisito de Houston; no es el estándar estatal. La Sección 101.101(c) ofrece una salida estrecha: se excusa el aviso formal si la unidad gubernamental ya tenía conocimiento real de la muerte, la lesión o el daño a la propiedad. Perder el plazo de aviso aplicable es una renuncia completa; actúe rápido.
Cuánto vale una reclamación por resbalón y caída en Texas
Un acuerdo o veredicto por resbalón y caída en Texas puede incluir daños económicos (gastos médicos, atención médica futura, salarios perdidos, pérdida de capacidad de ingresos) y daños no económicos (dolor y sufrimiento, deterioro físico, desfiguración, angustia mental, pérdida de consorcio). Texas no pone tope a los daños no económicos en los casos ordinarios de lesiones personales; el tope en Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 74.301 aplica solo a las reclamaciones de responsabilidad médica (negligencia médica), no a la responsabilidad del propietario.

Su recuperación se reduce por su propio porcentaje de culpa bajo el sistema de responsabilidad proporcional. Con 51% o más de culpa, la recuperación es cero. Más allá de la culpa comparativa, las barreras del peligro abierto y evidente y de la acumulación natural discutidas arriba pueden impedir la recuperación por completo si el elemento del deber falla.
Los casos que involucran fracturas, lesiones cerebrales traumáticas, lesiones de columna, o cirugías y rehabilitación prolongadas típicamente producen valores más altos. Los casos con periodos de recuperación cortos, condiciones preexistentes, o donde el peligro era discutiblemente evidente conllevan valores más bajos y mayor riesgo de que la reclamación sea derrotada en la etapa del deber.
Use la calculadora de acuerdos por resbalón y caída de Texas para modelar sus posibles daños antes de consultar a un abogado. Regrese al centro de leyes de resbalones y caídas para comparaciones entre los 50 estados.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. La ley de responsabilidad del propietario varía según el estado y cambia, y los valores de los casos dependen de los hechos específicos. Para asesoría sobre una caída concreta, consulte a un abogado con licencia en Texas.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo pruebo un resbalón y caída en Texas?
Usted debe probar cuatro elementos: que el dueño le debía un deber de cuidado (usted era invitado o licenciatario), que el inmueble tenía una condición peligrosa, que el dueño tuvo conocimiento real o implícito de ella y no la corrigió, y que esa omisión causó su lesión. El conocimiento suele ser el elemento más difícil: necesita evidencia de que el peligro existió el tiempo suficiente como para que un dueño razonable debiera haberlo descubierto y corregido, o de que el dueño realmente sabía de él.
¿Es Texas un estado de peligro abierto y evidente?
Sí, y la regla es estricta. Bajo Austin v. Kroger Texas, L.P., 465 S.W.3d 193 (Tex. 2015), Texas usa una regla de sin deber: si un peligro es abierto y evidente o ya conocido por usted, el dueño de la tierra generalmente no le debe ningún deber de advertir o proteger contra él, y su reclamación puede derrotarse por completo. Esta es una barrera de deber, no solo un factor que reduce sus daños. Existen dos excepciones estrechas: la excepción por actividad delictiva y la excepción por uso necesario.
¿Puedo demandar por caer sobre hielo o nieve en Texas?
Generalmente no si la acumulación era puramente natural. Bajo Scott & White Memorial Hospital v. Fair, 310 S.W.3d 411 (Tex. 2010), el hielo, la aguanieve y la nieve acumulados naturalmente no constituyen un riesgo irrazonable de daño como cuestión de derecho, por lo que los dueños no deben ningún deber de retirarlos o advertir sobre ellos. Puede tener una reclamación si la acumulación era 'no natural', lo que significa que la propia construcción, el diseño de drenaje o la negligencia activa del dueño crearon una condición más peligrosa que la que el clima por sí solo habría causado.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por resbalón y caída en Texas?
Dos años desde la fecha de la caída bajo Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 16.003(a). Si la caída ocurrió en propiedad del gobierno, también debe dar aviso por escrito de su reclamación dentro del plazo establecido por la unidad gubernamental aplicable antes de poder presentar la demanda. Para muchas ciudades de Texas, ese plazo de aviso es de 90 días o menos, y perderlo renuncia a su derecho de demandar.
¿Puedo recuperar si fui parcialmente culpable de mi caída?
Sí, si usted tenía 50% o menos de culpa. Bajo el sistema de responsabilidad proporcional de Texas (Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ch. 33), sus daños se reducen según su porcentaje de culpa. Si tiene más del 50% de culpa, no recupera nada. Tenga en cuenta que la doctrina del peligro abierto y evidente es una barrera separada que puede derrotar su reclamación antes de que siquiera se asignen los porcentajes de culpa.
¿Cuánto vale una reclamación por resbalón y caída en Texas?
El valor depende de sus lesiones, costos médicos, salarios perdidos, y porcentaje de culpa. Texas no pone tope a los daños no económicos en los casos ordinarios de responsabilidad del propietario. Su recuperación se reduce según su parte de culpa bajo la regla de responsabilidad proporcional del 51%. Las fracturas, lesiones de columna y lesiones cerebrales traumáticas típicamente producen valores más altos. Use la calculadora de acuerdos por resbalón y caída de Texas para modelar una estimación antes de hablar con un abogado.
¿Qué pasa si me caí en un edificio del gobierno o en una acera pública en Texas?
Usted debe presentar un aviso de reclamación por escrito ante la unidad gubernamental responsable antes de poder demandar. La Texas Tort Claims Act establece un plazo base de 6 meses (180 días) bajo Sec. 101.101(a), pero la mayoría de las grandes ciudades de Texas imponen plazos mucho más cortos a través de sus cartas orgánicas. Houston exige 90 días; otras ciudades exigen tan solo 45 días. Perder el plazo aplicable renuncia a su reclamación. Luego tiene el plazo estándar de prescripción de 2 años para presentar la demanda después de dar aviso oportuno.
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Fuentes y referencias
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ch. 33 (Responsabilidad Proporcional, barrera del 51%)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 16.003 (plazo de prescripción de 2 años por lesiones personales)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Sec. 101.101 (Texas Tort Claims Act, aviso de reclamación, base de 6 meses acortada por la carta orgánica municipal)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Austin v. Kroger Texas, L.P., 465 S.W.3d 193 (Tex. 2015) (regla de sin deber por peligro abierto y evidente, excepciones por actividad delictiva y uso necesario)(search.txcourts.gov)
- Scott & White Memorial Hospital v. Fair, 310 S.W.3d 411 (Tex. 2010) (la acumulación natural de hielo/nieve no es irrazonablemente peligrosa como cuestión de derecho)(search.txcourts.gov)