Michigan
Leyes de conservación de expedientes médicos en Michigan (Guía 2026)

Michigan exige que los proveedores de salud con licencia conserven los expedientes médicos del paciente durante un mínimo de 7 años a partir de la fecha del servicio conforme a MCL 333.16213. Los expedientes que involucran ciertos exámenes sensibles deben guardarse durante 15 años. El estatuto no establece un periodo de conservación separado para los expedientes de pacientes menores; se aplica la misma regla de 7 años/15 años sin importar la edad del paciente.
Michigan tiene leyes específicas que rigen cuanto tiempo deben médicos, hospitales y otros proveedores de salud guardar los expedientes médicos del paciente. Ya sea que usted sea un proveedor de salud que trata de mantenerse en cumplimiento o un paciente que busca acceder a sus propios archivos, comprender estos requisitos es esencial.
Esta guía desglosa cada aspecto de la ley de conservación de expedientes médicos de Michigan, incluidas las diferencias entre profesionales individuales y centros, las reglas especiales para menores, los requisitos federales superpuestos de HIPAA y CMS, los derechos de acceso del paciente, los métodos adecuados de destrucción y que ocurre cuando un consultorio cierra.
Conservación de expedientes médicos en Michigan: los estatutos centrales
Dos estatutos principales rigen la conservación de expedientes médicos en Michigan. Cada uno aplica a una categoría diferente de proveedor de salud.

MCL 333.16213: Profesionales individuales con licencia
MCL 333.16213 aplica a los profesionales de salud con licencia individual, incluidos médicos, dentistas, enfermeros, psicólogos, fisioterapeutas y otros profesionales con licencia conforme al Article 15 del Michigan Public Health Code.
Conforme a este estatuto, todo licenciatario debe llevar y mantener un expediente para cada paciente. Ese expediente debe incluir un relato completo y detallado de todas las pruebas y exámenes realizados, las observaciones hechas y los tratamientos brindados.
El periodo mínimo de conservación es de 7 años a partir de la fecha del servicio. Esto significa que cada anotación individual en el expediente de un paciente debe conservarse durante al menos siete años desde que ocurrió ese servicio específico, no desde la última visita del paciente.
MCL 333.20175: Centros y agencias de salud
MCL 333.20175 aplica a los centros y agencias de salud con licencia. Esta categoría incluye hospitales, hogares de ancianos, centros quirúrgicos ambulatorios independientes, hospicios, agencias de salud a domicilio y laboratorios clínicos.
El requisito de conservación para los centros refleja el estándar de los profesionales individuales: un mínimo de 7 años a partir de la fecha del servicio. Los centros también deben mantener los expedientes de una manera que proteja su integridad, garantice la confidencialidad y el uso adecuado, y asegure la accesibilidad para los pacientes o sus representantes autorizados.
Los hospitales enfrentan una obligación adicional. Deben tomar precauciones para garantizar que los expedientes del paciente no sean indebidamente alterados o destruidos. Un hospital que no cumpla con este requisito de salvaguarda está sujeto a una multa administrativa de $10,000.
La regla de conservación de 15 años para exámenes sensibles
Una enmienda de 2023 a la ley de Michigan (2023 Act 62, con vigencia a partir del 10 de octubre de 2023) agregó un requisito de conservación más largo para ciertos tipos de expedientes médicos.
Los expedientes que documentan un servicio médico que involucra penetración vaginal o anal del paciente deben conservarse durante 15 años a partir de la fecha del servicio, en lugar de los siete años estándar. Este requisito extendido aplica tanto conforme a MCL 333.16213 (profesionales individuales) como a MCL 333.20175 (centros de salud).
La ley define excepciones específicas en las que aplica el periodo estándar de 7 años. La regla de 15 años no aplica cuando el servicio aborda principalmente:
- Salud urologica
- Salud gastrointestinal
- Salud reproductiva o ginecologica
- Salud sexual
- Emergencias médicas que involucran una amenaza inmediata de riesgo grave para la vida o la salud física
- Administración rectal de fármacos o medicamentos
- Procedimientos de medición de temperatura
Para los expedientes sujetos a la regla de 15 años, los proveedores deben indicar expresamente en el expediente del paciente que se realizó penetración vaginal o anal.
Sanciones por incumplimiento de la regla de 15 años
MCL 333.16213a establece una estructura de sanciones escalonada por no documentar adecuadamente estos exámenes sensibles:
- Primera violación: Multa administrativa de hasta $1,000
- Segunda violación: Multa administrativa de hasta $2,500
- Tercera o subsiguiente violación: Delito menor punible con hasta 180 días de prisión, una multa de hasta $5,000, o ambos
- Negligencia grave: Delito menor con hasta 180 días de prisión, una multa de hasta $5,000, o ambos
- Violación intencional: Delito grave con hasta 2 años de prisión, una multa de hasta $7,500, o ambos
Reglas de conservación para pacientes menores
El estatuto de expedientes médicos de Michigan no varía el periodo de conservación según la edad del paciente. La mayoría de edad en Michigan es 18 conforme al Age of Majority Act, lo cual es relevante para cuándo un antiguo paciente menor obtiene control total sobre sus propios expedientes, no para cuánto tiempo deben conservarse esos expedientes.

MCL 333.16213(2) enumera de forma exhaustiva solo dos categorías de conservación: un mínimo de 7 años desde la fecha del servicio, y 15 años para los expedientes de ciertos exámenes sensibles, y aplica ambas de la misma manera a todos los pacientes sin importar la edad. No existe ninguna disposición legal que extienda la conservación hasta una edad fija, como los 25 años, para pacientes menores. (MCL 333.20175(2), el estatuto paralelo para los centros de salud, usa la misma estructura de dos categorías, también sin extensión por edad para menores.)
El estatuto sí incluye una cláusula de salvaguarda: la conservación rige "a menos que un periodo de conservación más largo sea exigido de otra manera por leyes o regulaciones federales o estatales, o por estándares generalmente aceptados de la práctica médica". Debido a que los menores generalmente no pueden presentar sus propias reclamaciones legales hasta alcanzar la mayoría de edad, muchos proveedores conservan voluntariamente los expedientes pediátricos mucho más allá del mínimo legal de 7 años como práctica profesional, aunque la ley de Michigan no lo exige.
Los menores que legalmente obtuvieron atención médica sin el consentimiento de los padres también tienen derechos exclusivos sobre los expedientes médicos relacionados con esa atención. Esto significa que los padres y tutores no pueden acceder a esos expedientes específicos sin la autorización del menor.
Hospital vs. médico: diferencias clave
Si bien el periodo base de conservación de 7 años es el mismo tanto para los profesionales individuales como para los centros de salud, existen diferencias prácticas en como aplican las reglas.
Hospitales y centros de salud
- Deben mantener expedientes que incluyan el propósito de la hospitalización además de la documentación estándar
- Deben tomar precauciones afirmativas contra la alteración o destrucción indebida de los expedientes
- Enfrentan una multa administrativa de $10,000 específicamente por no proteger la integridad de los expedientes
- Deben mantener los expedientes de una manera que garantice la accesibilidad para los pacientes o representantes autorizados
- Están sujetos a requisitos de licencia del centro que pueden imponer estándares de documentación adicionales
Médicos individuales y profesionales con licencia
- Deben llevar un expediente completo y detallado para cada paciente, incluidas todas las pruebas, exámenes, observaciones y tratamientos
- Están sujetos a multas administrativas de hasta $10,000 por incumplimiento debido a negligencia grave o mala conducta intencional
- Deben cumplir con los requisitos de notificación de cierre de consultorio conforme a MCL 333.16213
- Pueden enfrentar disciplina profesional mediante la acción de la junta de licencias además de las sanciones estatutarias
Requisitos federales: HIPAA y CMS
HIPAA (Health Insurance Portability and Accountability Act)
Un error común es creer que HIPAA establece un periodo mínimo federal de conservación para los expedientes médicos. No lo hace. Según el U.S. Department of Health and Human Services, la Regla de Privacidad de HIPAA no incluye requisitos de conservación de expedientes médicos. Las leyes estatales rigen cuanto tiempo deben conservarse los expedientes médicos.
Sin embargo, HIPAA si exige que las entidades cubiertas apliquen salvaguardas administrativas, técnicas y físicas apropiadas para proteger los expedientes médicos y otra información médica protegida (PHI) mientras esos expedientes se mantengan. HIPAA también exige que las entidades cubiertas conserven sus políticas, procedimientos y documentación relacionados con HIPAA (como las autorizaciones y los acuerdos con socios comerciales) durante un mínimo de 6 años a partir de la fecha de creación o de la fecha en que el documento estuvo en vigor por última vez, lo que sea posterior, conforme a 45 CFR 164.530(j).
Cuando un proveedor de Michigan destruye expedientes médicos, HIPAA exige que la destrucción deje la información ilegible, indescifrable e imposible de reconstruir.
CMS (Centers for Medicare and Medicaid Services)
Los proveedores que participan en Medicare o Medicaid enfrentan obligaciones federales adicionales de conservación. CMS exige que los proveedores y suministradores de Medicare conserven los expedientes médicos durante un mínimo de 7 años a partir de la fecha del servicio. Esto se alinea con el requisito estatal de Michigan.
Los patrocinadores de Medicare Part D enfrentan una obligación más larga y deben mantener los expedientes durante un mínimo de 10 años. Los proveedores también deben cumplir con las solicitudes de auditoría y documentación de CMS y sus contratistas.
Como tanto CMS como Michigan exigen un mínimo de 7 años, la mayoría de los proveedores del estado cumplen con ambos requisitos simultáneamente. Sin embargo, los proveedores que participan en Medicare Part D u otros programas especializados deben verificar si el requisito federal más largo de 10 años aplica a sus expedientes específicos.
Derechos de acceso del paciente conforme a la ley de Michigan
La Medical Records Access Act (Act 47 of 2004) de Michigan establece el derecho de los pacientes y sus representantes autorizados a examinar u obtener copias de sus expedientes médicos.
Cómo solicitar expedientes
Un paciente o representante autorizado debe presentar una solicitud escrita, firmada y fechada al proveedor o centro de salud que mantiene el expediente. La solicitud debe tener una fecha no mayor a 60 días antes de su presentación.
Plazo de respuesta del proveedor
Los proveedores y centros de salud deben responder a una solicitud de expedientes dentro de un plazo razonable. Si un proveedor no puede cumplir con prontitud, puede solicitar una única prorroga de hasta 30 días, pero debe proporcionar una explicación por escrito de la demora.
Tarifas por copias
El Michigan Department of Health and Human Services publica tablas de tarifas actualizadas anualmente, ajustadas por el Detroit Consumer Price Index. Según las tablas de tarifas recientes, los proveedores pueden cobrar:
- Una tarifa inicial de búsqueda y recuperación por solicitud
- Una tarifa por página que disminuye para solicitudes más grandes (precios escalonados para las primeras 20 páginas, las páginas 21 a 50 y las páginas 51 en adelante)
- Los costos de franqueo para las copias enviadas por correo
Un proveedor no puede cobrar al paciente la tarifa inicial por sus propios expedientes médicos. Además, las personas médicamente indigentes tienen derecho a una copia gratuita de sus expedientes médicos.
Derecho de acceso de HIPAA
Además de la ley de Michigan, HIPAA otorga a los pacientes un derecho federal a acceder a su información de salud conforme a 45 CFR 164.524. Los proveedores deben responder a las solicitudes de acceso de HIPAA dentro de 30 días (con una prorroga de 30 días permitida). El HHS ha hecho cumplir activamente este derecho, alcanzando múltiples acuerdos con proveedores que no brindaron acceso oportuno.
Destrucción adecuada de expedientes médicos
La ley de Michigan especifica tanto el momento como los métodos para destruir los expedientes médicos.
Cuando pueden destruirse los expedientes
Los expedientes pueden destruirse después de que haya vencido el periodo de conservación aplicable (7 años para expedientes estándar, 15 años para expedientes de exámenes sensibles; el estatuto aplica estos mismos periodos a los expedientes de pacientes menores, sin una regla separada basada en la edad). Los expedientes de menos de 7 años no pueden destruirse sin aviso y autorización por escrito del paciente.
Métodos de destrucción requeridos
Conforme tanto a MCL 333.16213 como a MCL 333.20175, los expedientes deben destruirse usando métodos que garanticen la confidencialidad continua. Los métodos aceptables incluyen:
- Triturado de expedientes en papel
- Incineración de expedientes en papel
- Eliminación electrónica que deje los expedientes digitales irrecuperables
- Cualquier otro método que garantice que la información no pueda reconstruirse ni accederse
Requisitos de aviso antes de la destrucción
Antes de destruir expedientes de menos de 7 años (lo cual solo seria permisible en circunstancias específicas), los proveedores deben:
- Enviar aviso por escrito a la última dirección conocida del paciente
- Dar al paciente 30 días para solicitar copias o designar un lugar de transferencia
- Obtener autorización por escrito del paciente para la destrucción
Si un proveedor no destruye adecuadamente los expedientes, el Michigan Department of Licensing and Regulatory Affairs (LARA) puede intervenir, incluida la contratación de terceros para garantizar la eliminación adecuada a expensas del proveedor.
Cierre de consultorio y transferencia de expedientes
Cuando un proveedor de salud de Michigan vende un consultorio, se jubila o de otro modo deja de ejercer, la ley prohíbe abandonar los expedientes del paciente.
Pasos requeridos para el cierre de un consultorio
Conforme a MCL 333.16213, un profesional que cierra o su representante personal debe:
- Notificar al departamento por escrito, especificando quien tendrá la custodia de los expedientes y como pueden los pacientes solicitar acceso
- Transferir los expedientes a otro proveedor de salud con licencia, centro o agencia de salud, o si lo solicita el paciente, directamente al paciente o a un proveedor designado
- Si los expedientes se destruirán en lugar de transferirse, notificar a cada paciente a su última dirección conocida y dar 30 días para solicitar copias o designar un destino de transferencia
Cierre de un centro de salud
Conforme a MCL 333.20175, los centros y agencias de salud enfrentan la misma prohibición contra el abandono de expedientes. Un centro que cierra debe notificar al departamento y gestionar la custodia continua y el acceso del paciente. El departamento conserva la autoridad para intervenir y garantizar que los expedientes se manejen adecuadamente si un centro no cumple.
Profesionales fallecidos
Si un licenciatario fallece, el representante personal de su sucesión asume la responsabilidad de los expedientes médicos. Aplican los mismos requisitos de notificación y transferencia o destrucción.
Sanciones por violaciones
Michigan impone sanciones significativas por no cumplir con los requisitos de conservación de expedientes médicos.
Multas administrativas
- Profesionales individuales (MCL 333.16213): Hasta $10,000 por incumplimiento debido a negligencia grave o mala conducta intencional y desconsiderada
- Hospitales (MCL 333.20175): Multa de $10,000 por no prevenir la alteración o destrucción indebida de los expedientes
- Violaciones de documentación (MCL 333.16213a): $1,000 por la primera violación, $2,500 por la segunda violación
Sanciones penales
- Tercera o subsiguiente violación de documentación: Delito menor, hasta 180 días de prisión o multa de $5,000
- Violación de documentación por negligencia grave: Delito menor, hasta 180 días de prisión o multa de $5,000
- Violación intencional de documentación: Delito grave, hasta 2 años de prisión o multa de $7,500
Disciplina profesional
Más allá de las sanciones estatutarias, las juntas de licencias y los subcomites disciplinarios conservan la autoridad para imponer sanciones profesionales adicionales, incluida la suspensión o revocación de la licencia.
Mejores prácticas para los proveedores de salud de Michigan
Para mantener el cumplimiento con las leyes de conservación de expedientes médicos de Michigan, los proveedores deben considerar las siguientes prácticas:
- Adoptar un cronograma de conservación que tenga en cuenta el estándar de 7 años y la regla de 15 años para exámenes sensibles; considerar conservar los expedientes pediátricos más allá del mínimo legal como práctica, ya que el estatuto de Michigan no establece una regla separada basada en la edad para menores
- Rastrear las fechas de conservación por anotación del expediente en lugar de por paciente, ya que el reloj de 7 años comienza a partir de cada fecha individual del servicio
- Implementar almacenamiento seguro que proteja los expedientes contra el acceso no autorizado, la alteración y la destrucción accidental tanto para formatos en papel como electrónicos
- Documentar la destrucción manteniendo un registro de que expedientes se destruyeron, cuando y con que método
- Desarrollar un plan de cierre que aborde la transferencia de expedientes y la notificación al paciente mucho antes de jubilarse o cerrar un consultorio
- Mantenerse al día con las actualizaciones anuales de la tabla de tarifas del Michigan Department of Health and Human Services
- Considerar una conservación más prolongada de forma voluntaria, ya que el plazo de prescripción para las reclamaciones por negligencia médica en Michigan puede extenderse más allá del mínimo de conservación de expedientes de 7 años en algunos casos
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo deben los médicos de Michigan guardar los expedientes médicos del paciente?
La ley de Michigan (MCL 333.16213) exige que los profesionales de salud con licencia conserven los expedientes médicos del paciente durante un mínimo de 7 años a partir de la fecha de cada servicio. Los expedientes que involucran ciertos exámenes sensibles deben guardarse durante 15 años. El estatuto aplica los mismos periodos de conservación a los expedientes de pacientes menores; no establece una extensión separada basada en la edad.
¿Exige HIPAA un periodo mínimo de conservación de expedientes médicos en Michigan?
No. La Regla de Privacidad de HIPAA no establece un periodo de conservación para los expedientes médicos. Según el U.S. Department of Health and Human Services, las leyes estatales rigen la conservación de expedientes médicos. En Michigan, el mínimo es de 7 años. HIPAA si exige que las entidades cubiertas conserven su documentación de cumplimiento (políticas, autorizaciones y acuerdos) durante 6 años.
¿Qué ocurre con mis expedientes médicos si mi médico se jubila o cierra su consultorio en Michigan?
La ley de Michigan prohíbe que los proveedores de salud abandonen los expedientes del paciente. Un profesional que cierra debe notificar por escrito al departamento estatal, especificando quien tendrá la custodia de los expedientes. Debe transferir los expedientes a otro proveedor o notificar a cada paciente a su última dirección conocida y darle 30 días para solicitar copias o designar un destino de transferencia antes de que cualquier expediente pueda destruirse.
¿Puedo obtener una copia gratuita de mis expedientes médicos en Michigan?
La ley de Michigan prohíbe que los proveedores cobren a los pacientes la tarifa inicial de búsqueda y recuperación por sus propios expedientes, aunque aún pueden aplicar tarifas de copia por página. Las personas médicamente indigentes tienen derecho a una copia gratuita de sus expedientes médicos completos conforme a la Medical Records Access Act (Act 47 of 2004).
¿Cuáles son las sanciones por destruir indebidamente los expedientes médicos en Michigan?
Los proveedores de salud que destruyen expedientes por negligencia grave o mala conducta intencional enfrentan multas administrativas de hasta $10,000. Los hospitales que no protegen los expedientes contra la alteración o destrucción indebida enfrentan una multa de $10,000. Para las violaciones relacionadas con la documentación de exámenes sensibles, las sanciones escalan desde $1,000 por una primera infracción hasta cargos por delito grave que conllevan hasta 2 años de prisión por violaciones intencionales.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Se eliminó una regla fabricada de 'los expedientes deben conservarse hasta los 25 años' para pacientes menores que no tenía respaldo en MCL 333.16213 ni en MCL 333.20175; ambos estatutos aplican los mismos periodos de conservación de 7 años y 15 años a todos los pacientes sin importar la edad, y se reformularon todas las repeticiones (introducción, KeyTakeaways, sección dedicada, sección de destrucción, mejores prácticas y preguntas frecuentes).
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 3 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Michigan Compiled Laws
§ 333.16213Retention of recordsVigentecitada en 3 de nuestros artículos
(1) A licensee shall keep and maintain a record for each patient for whom the licensee has provided medical services, including a full and complete record of tests and examinations performed, observations made, and treatments provided. If a medical service provided to a patient on or after the effective date of the amendatory act that added this sentence involves the vaginal or anal penetration of the patient, a licensee shall expressly state in the patient's record that vaginal or anal penetration was performed unless the medical service meets any of the circumstances described in subsection (2)(b)(i), (ii), (iii), or (iv). (2) Unless a longer retention period is otherwise required under federal or state laws or regulations or by generally accepted standards of medical practice, a licensee shall keep and retain each record required under subsection (1) as follows: (a) Except as otherwise provided in subdivision (b), for a minimum of 7 years from the date of service to which the record pertains.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en legislature.mi.gov
Citada en 9 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2024
Casos destacados: People of Michigan v. Tyisha Monika Toliver (Michigan Court of Appeals 2019) · Lucas v. Awaad (Michigan Court of Appeals 2013, 299 Mich. App. 345) · Patrick-Joseph Groulx v. Rashid Iqbal (Michigan Court of Appeals 2024)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 333.16213aViolation of record retention; medical service involving vaginal or anal penetration; penaltiesVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1) Except as otherwise provided in subsections (2) and (3), a person that violates section 16213(1) regarding the documentation of a medical service involving vaginal or anal penetration in a patient's medical record is subject to an administrative fine or guilty of a crime as follows: (a) For a first violation, an administrative fine of not more than $1,000.00. (b) For a second violation, an administrative fine of not more than $2,500.00. (c) For a third or subsequent violation, a misdemeanor punishable by imprisonment for not more than 180 days or a fine of not more than $5,000.00, or both. (2) A person that violates section 16213(1) regarding the documentation of a medical service involving vaginal or anal penetration in a patient's medical record is guilty of a misdemeanor punishable by imprisonment for not more than 180 days or a fine of $5,000.00, or both, if the violation was the result of gross negligence.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en legislature.mi.gov
§ 333.20175Maintaining record for each patient; confidentiality; wrongfully altering or destroying records; noncompliance; fine; licensing and certification records as public records; confidentiality; disclosure; report or notice of disciplinary action; information provided in report; nature and use of certain records, data, and knowledgeVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1) A health facility or agency shall keep and maintain a record for each patient, including a full and complete record of tests and examinations performed, observations made, treatments provided, and in the case of a hospital, the purpose of hospitalization. If a medical service provided to a patient on or after the effective date of the amendatory act that added this sentence involves the vaginal or anal penetration of the patient, a health facility or agency shall ensure that the patient's medical record expressly states that vaginal or anal penetration was performed unless the medical service meets any of the circumstances described in subsection (2)(b)(i)(A), (B), (C), or (D). (2) Unless a longer retention period is otherwise required under federal or state laws or regulations or by generally accepted standards of medical practice, a health facility or agency shall keep and retain each record required under subsection (1) as follows: (a) Except as otherwise provided in subdivision (b), for a minimum of 7 years from the date of service to which the record pertains.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en legislature.mi.gov
Citada en 27 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Dorris v. Detroit Osteopathic Hospital Corp. (Michigan Supreme Court 1999, 460 Mich. 26) · Feyz v. Mercy Memorial Hospital (Michigan Supreme Court 2006, 475 Mich. 663) · Attorney General v. Bruce (Michigan Supreme Court 1985, 422 Mich. 157)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Explore la ley
Las leyes citadas arriba hacen referencia a estas secciones relacionadas en su propio texto:
- Michigan Compiled Laws § 750.145c — Definitions; child sexually abusive activity or material; penalties; possession of child sexually abusive material; expert testimony; defenses; acts of commercial film or photographic print processor; report to law enforcement agency by computer technician; reasonable availability of evidence to defendant; applicability and uniformity of section; enactment or enforcement of ordinance, rule, or regulation prohibited ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Michigan Compiled Laws § 750.520b — Criminal sexual conduct in the first degree; circumstances; felony; consecutive terms ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Michigan Compiled Laws § 750.520c — Criminal sexual conduct in the second degree; felony ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Michigan Compiled Laws § 750.520d — Criminal sexual conduct in the third degree; felony ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Michigan Compiled Laws § 750.520e — Criminal sexual conduct in the fourth degree; misdemeanor ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Michigan Compiled Laws § 750.520g — Assault with intent to commit criminal sexual conduct; felony ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
Leyes relacionadas para lectura adicional; no forman parte de las citas de este artículo.
Fuentes y referencias
- MCL 333.16213 - Conservación de Expedientes (Licenciatarios Individuales)(legislature.mi.gov).gov
- MCL 333.20175 - Requisitos de Expedientes de Centros de Salud(legislature.mi.gov).gov
- MCL 333.16213a - Violaciones y Sanciones por Requisitos de Documentación(legislature.mi.gov).gov
- Michigan Medical Records Access Act (Act 47 of 2004)(legislature.mi.gov).gov
- HHS FAQ: Exige HIPAA la Conservación de Expedientes?(hhs.gov).gov
- Resumen de la Regla de Privacidad de HIPAA(hhs.gov).gov
- Derecho de Acceso de HIPAA (45 CFR 164.524)(hhs.gov).gov
- CMS Requisitos de Mantenimiento y Acceso a Expedientes Médicos(cms.gov).gov
- Tarifas de la Michigan Medical Records Access Act(michigan.gov).gov
- Michigan DTMB Cronogramas de Conservación y Eliminación(michigan.gov).gov