Arizona
Bancarrota en Arizona (2026): Exenciones y Prueba de Medios

La bancarrota es una ley federal, pero los bienes que usted conserva al declararse en bancarrota en Arizona están determinados por los estatutos de exención del estado. Arizona no ha adoptado las exenciones federales de bancarrota, por lo que quienes declaran aquí utilizan la lista de Arizona, que incluye una de las exenciones de vivienda más generosas del país, de $400,000. Esta guía explica las exenciones de Arizona, la prueba de medios del Capítulo 7 y el lugar donde se presentan los casos, con cifras fechadas para que usted pueda confirmar si siguen vigentes.
Esta es información legal general, no asesoramiento legal, y no predice el resultado de ningún caso individual. Los montos de las exenciones y las cifras de ingreso mediano cambian periódicamente, por lo que se recomienda verificar las cifras actuales antes de basarse en ellas.
Exenciones federales vs. exenciones de Arizona: un estado que no las adopta
Las exenciones determinan qué bienes conserva usted en la bancarrota. La ley federal permite que un estado exija a sus residentes usar la lista de exenciones propia del estado en lugar del conjunto federal establecido en 11 U.S.C. 522(d), y Arizona ha ejercido esa opción. Conforme a A.R.S. 33-1133(B), los residentes de Arizona no tienen derecho a las exenciones federales de 11 U.S.C. 522(d).
Esto significa que quienes declaran en Arizona no pueden elegir el listado de exenciones federales. Utilizan las exenciones de Arizona del Título 33, combinadas con protecciones federales no relacionadas con la bancarrota (por ejemplo, el Seguro Social y la mayoría de las cuentas de jubilación). Aproximadamente 35 estados han optado por no adoptar las exenciones federales, y Arizona es uno de ellos. También se aplica un requisito de residencia: en términos generales, usted debe haber vivido en Arizona el tiempo suficiente para que sus exenciones rijan su caso.
Exención de vivienda de Arizona
La exención de vivienda protege el capital acumulado en su residencia principal, y la de Arizona es considerable. Conforme a A.R.S. 33-1101, la exención de vivienda es de $400,000, monto elevado por los votantes mediante la Proposición 209 en 2022. El estatuto dispone que la cifra se ajuste por inflación cada 1 de enero, a partir de 2024, según el cambio en el Índice de Precios al Consumidor, redondeado al $100 más cercano hacia arriba, por lo que el monto actual es de $400,000 o más.

La exención de vivienda se aplica a una casa, condominio, casa móvil o residencia principal similar. Un límite importante: la exención de vivienda de Arizona generalmente no se duplica para una pareja casada que presenta la declaración en forma conjunta, a diferencia de algunos otros estados. Dado que la cifra se reindexará anualmente, confirme el monto vigente en la fecha de presentación antes de basarse en él.
Exenciones de vehículos de motor y bienes personales
La exención de vehículo de motor de Arizona es de $15,000 en capital conforme a A.R.S. 33-1125, que aumenta a $25,000 si el deudor o un dependiente tiene una discapacidad física. Al igual que la exención de vivienda, este monto se ajusta por inflación cada 1 de enero a partir de 2024, por lo que se recomienda verificar la cifra actual.
Para los bienes del hogar, A.R.S. 33-1123 exime los muebles, enseres, bienes, electrónicos de consumo y electrodomésticos del hogar hasta un total de $15,000. A.R.S. 33-1125 agrega límites por categorías más pequeñas, como ropa de vestir, una asignación para anillos de bodas y compromiso, y armas de fuego. Cabe destacar que Arizona no tiene una exención general de comodín, por lo que los bienes deben encajar en una categoría estatutaria específica para estar protegidos, lo que hace que la selección precisa de exenciones sea importante. Los salarios están bien protegidos: conforme a A.R.S. 33-1131, solo una pequeña fracción de las ganancias disponibles puede ser embargada por la mayoría de los acreedores, lo que deja aproximadamente el 90 por ciento de los salarios disponibles exentos, lo que es más generoso que el umbral federal del 75 por ciento.
La prueba de medios del Capítulo 7 en Arizona
La prueba de medios determina si usted es elegible para presentar el Capítulo 7. Primero compara el ingreso mensual actual de su hogar, anualizado, con el ingreso familiar mediano para el tamaño de su hogar en Arizona. Si está por debajo o al nivel del mediano, generalmente aprueba; si está por encima, un segundo cálculo de ingresos disponibles determina la elegibilidad.
El Programa de Síndicos de EE. UU. publica y actualiza periódicamente las cifras medianas. Para casos presentados a partir del 1 de abril de 2026, los medianos de Arizona son $73,935 para un hogar de una persona, $89,027 para dos, $104,965 para tres y $121,174 para cuatro, con $11,100 adicionales por cada persona adicional por encima de cuatro. Estas cifras cambian aproximadamente dos veces al año, por lo que se recomienda consultar la tabla actual en justice.gov/ust para su fecha de presentación.
Capítulo 7 vs. Capítulo 13 en Arizona
El Capítulo 7 es una liquidación. Un síndico puede vender bienes no exentos para pagar a los acreedores, y la mayoría de las deudas que califican son canceladas, generalmente en unos pocos meses. Dado que las exenciones de vivienda y vehículo de Arizona son considerables, muchos declarantes conservan su casa y automóvil, aunque la falta de una exención de comodín significa que los activos no exentos ocasionales pueden quedar expuestos.

El Capítulo 13 es una reorganización basada en un plan de pago de tres a cinco años, que puede subsanar un incumplimiento hipotecario y proteger una vivienda de la ejecución hipotecaria. En cualquiera de los dos capítulos, la presentación activa la paralización automática conforme a 11 U.S.C. 362, que detiene de inmediato la mayoría de las llamadas de cobro, demandas judiciales, embargos de salarios y ejecuciones hipotecarias mientras el caso está pendiente.
Dónde presentar la solicitud en Arizona
Arizona es un único distrito judicial federal, por lo que todas las bancarrotas de Arizona se presentan ante el Tribunal de Bancarrota de EE. UU. para el Distrito de Arizona, que tiene oficinas divisionales en Phoenix, Tucson, Yuma y Flagstaff y atiende a todo el estado. No hay un distrito separado entre el que elegir.
Antes de presentar la solicitud, usted debe completar un curso de asesoramiento crediticio de un proveedor aprobado, y se requiere un curso de gestión financiera personal antes de recibir la cancelación de deudas. Las reglas locales y los formularios del tribunal rigen los aspectos prácticos de una presentación en Arizona.
Qué puede y qué no puede hacer la bancarrota
La bancarrota cancela muchas deudas comunes, incluidas las de tarjetas de crédito, facturas médicas y préstamos personales. No elimina todo. La manutención de hijos y el pago de alimentos, la mayoría de los impuestos recientes y la mayoría de los préstamos estudiantiles generalmente sobreviven a una cancelación, y los acreedores pueden impugnar las deudas relacionadas con fraude.

Dado que Arizona no tiene una exención de comodín y protege los bienes solo a través de categorías específicas, la planificación cuidadosa de las exenciones es importante, y el análisis depende de los hechos particulares de cada caso. Muchas personas consultan con un abogado de bancarrota licenciado en Arizona antes de presentar la solicitud para confirmar qué capítulo les corresponde y qué bienes están protegidos. Las cifras aquí indicadas son actuales a la fecha señalada; confirme los montos más recientes antes de basarse en ellos.
Preguntas frecuentes
¿Utiliza Arizona las exenciones de bancarrota estatales o federales?
Arizona no ha adoptado las exenciones federales de bancarrota conforme a A.R.S. 33-1133(B), que establece que los residentes de Arizona no tienen derecho a las exenciones federales de 11 U.S.C. 522(d). Quienes declaran deben usar las exenciones de Arizona del Título 33, más las protecciones federales no relacionadas con la bancarrota, como el Seguro Social y la mayoría de las cuentas de jubilación.
¿Cuál es la exención de vivienda en Arizona?
La exención de vivienda de Arizona es de $400,000 conforme a A.R.S. 33-1101, elevada por la Proposición 209 en 2022 y ajustada por inflación cada 1 de enero a partir de 2024. Cubre una residencia principal como una casa, condominio o casa móvil y generalmente no se duplica para las parejas casadas. Confirme el monto indexado actual en su fecha de presentación.
¿Cuál es el ingreso mediano de Arizona para la prueba de medios?
Para casos presentados a partir del 1 de abril de 2026, el Programa de Síndicos de EE. UU. establece el ingreso mediano familiar de Arizona en $73,935 para una persona, $89,027 para dos, $104,965 para tres y $121,174 para cuatro, con $11,100 adicionales por cada persona adicional. Estas cifras se actualizan periódicamente, por lo que se recomienda verificar la tabla actual en justice.gov/ust.
¿Perderé mi casa o automóvil si me declaro en bancarrota en Arizona?
Depende del capital acumulado. Arizona protege hasta $400,000 del capital de la vivienda y hasta $15,000 del capital del vehículo ($25,000 con una discapacidad que califique), ambos indexados anualmente. El capital por encima de esos límites puede estar en riesgo en el Capítulo 7, mientras que el Capítulo 13 puede ayudarle a conservar bienes garantizados mediante el pago a lo largo del tiempo.
¿Tiene Arizona una exención de comodín?
No. Arizona no tiene una exención general de comodín, por lo que los bienes deben encajar en una categoría estatutaria específica, como la exención de vivienda, vehículo o bienes del hogar, para estar protegidos. Eso hace que la selección precisa de exenciones sea importante, y es una de las razones por las que muchos declarantes consultan con un abogado.
¿Dónde presento la solicitud de bancarrota en Arizona?
Arizona es un único distrito federal, por lo que todos los casos se presentan ante el Tribunal de Bancarrota de EE. UU. para el Distrito de Arizona, con oficinas en Phoenix, Tucson, Yuma y Flagstaff que atienden a todo el estado. Se requiere un curso de asesoramiento crediticio antes de presentar la solicitud y un curso de gestión financiera antes de la cancelación de deudas.
¿Qué deudas no se pueden cancelar en la bancarrota de Arizona?
La bancarrota generalmente no puede eliminar la manutención de hijos y el pago de alimentos, la mayoría de las deudas fiscales recientes y la mayoría de los préstamos estudiantiles, y los acreedores pueden impugnar las deudas derivadas de fraude. La mayoría de los saldos de tarjetas de crédito, facturas médicas y préstamos personales son típicamente cancelables en el Capítulo 7 o el Capítulo 13.
¿Cuál es la diferencia entre el Capítulo 7 y el Capítulo 13 en Arizona?
El Capítulo 7 cancela las deudas que califican en unos pocos meses, aunque un síndico puede vender bienes no exentos. El Capítulo 13 establece un plan de pago de tres a cinco años que puede subsanar un incumplimiento hipotecario y proteger los bienes. Ambos activan la paralización automática conforme a 11 U.S.C. 362, que detiene la mayor parte de los cobros y ejecuciones hipotecarias al momento de presentar la solicitud.
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Fuentes y referencias
- A.R.S. 33-1101, exención de vivienda de Arizona ($400,000, ajuste anual por inflación a partir del 1 de enero de 2024)(azleg.gov).gov
- A.R.S. 33-1133(B), opción de salida de Arizona: los residentes no tienen derecho a las exenciones federales de 11 U.S.C. 522(d)(azleg.gov).gov
- A.R.S. 33-1125, exenciones de artículos personales, incluida la exención de capital de vehículo de motor de $15,000 (o $25,000 con discapacidad)(azleg.gov).gov
- A.R.S. 33-1123, exención de $15,000 para muebles, enseres, bienes del hogar y electrodomésticos(azleg.gov).gov
- Programa de Síndicos de EE. UU., ingreso mediano familiar del Census Bureau por tamaño de familia, casos presentados a partir del 1 de abril de 2026 (Arizona: $73,935 / $89,027 / $104,965 / $121,174)(justice.gov).gov
- 11 U.S.C. 522, exenciones y la autoridad de opción de salida estatal conforme a 522(b)(law.cornell.edu)
- 11 U.S.C. 362, la paralización automática que detiene los cobros al momento de presentar la solicitud(law.cornell.edu)