Leyes de derechos de autor e IA por país: guía global 2026

Ningún tratado establece una sola norma global para la IA y los derechos de autor. El Convenio de Berna armoniza los aspectos básicos en más de 180 países, pero cada nación decide por su cuenta dos preguntas en rápida evolución: ¿puede ser objeto de propiedad una obra generada por IA, y puede la IA entrenarse con material protegido? Las respuestas divergen marcadamente.
Información verificada por última vez el 2026-06-25. Este artículo presenta información jurídica general, no asesoramiento legal. El derecho de autor en materia de IA está cambiando rápidamente; varios de los regímenes aquí descritos se encuentran en reforma activa.
Ámbito jurisdiccional: Este artículo compara cómo las principales jurisdicciones abordan dos preguntas: la posibilidad de registrar derechos de autor sobre los resultados generados por IA y la legalidad del entrenamiento de IA, en los Estados Unidos, la Unión Europea, el Reino Unido, Japón, Canadá, China y Australia. Es una comparación general; consulte la guía de cada país para más detalles y citas. Para información detallada sobre los Estados Unidos, véase AI copyright law in the United States.
¿Existe una ley global sobre IA y derechos de autor?
No. El derecho de autor es territorial, lo que significa que cada país aplica su propia ley a los usos que ocurren en su territorio, y no existe ningún tratado internacional redactado para la inteligencia artificial. Lo que existe en cambio es un piso común. El Convenio de Berna exige a sus miembros, más de 180 países, que protejan las obras originales automáticamente en el momento de su creación, sin formalidades de registro, y que reconozcan a los autores extranjeros. El Acuerdo sobre los TRIPS de la OMC añade que los programas de ordenador están protegidos como obras literarias en el marco del Convenio de Berna. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual administra estos instrumentos pero no ha producido un tratado específico sobre IA.
Ese piso deja las preguntas más difíciles de la modernidad al derecho nacional, y las brechas son amplias. Si una imagen o un bloque de código generado por IA puede ser objeto de propiedad, y si un desarrollador puede entrenar un modelo con libros, imágenes o repositorios protegidos por derechos de autor, se responden de formas muy distintas en Tokio, Bruselas, Londres y Washington. Las dos secciones siguientes analizan esos dos ejes.
¿Pueden los resultados de la IA ser objeto de derechos de autor? Comparación por país
La norma dominante es que el derecho de autor protege la autoría humana, por lo que los resultados generados exclusivamente por IA no pertenecen a nadie. Las dos excepciones notables van en direcciones opuestas: el Reino Unido protege las obras generadas por ordenador por ley, y China ha protegido los resultados asistidos por IA a través de sus tribunales.

| País o región | ¿Los resultados generados exclusivamente por IA son objeto de derechos de autor? | Base |
|---|---|---|
| Estados Unidos | No | Thaler v. Perlmutter (D.C. Cir. 2025); Copyright Office (2025) |
| Unión Europea | No | "creación intelectual propia del autor" (TJUE, Infopaq, C-5/08) |
| Reino Unido | Sí, plazo de 50 años, pero controvertido | CDPA 1988, s.9(3) y s.12(7) |
| Japón | No | Orientación de la Agencia de Asuntos Culturales (2024) |
| Canadá | No, requiere "habilidad y juicio" humanos | CCH Canadian (2004 SCC 13) |
| China | Obras asistidas por IA: sí, cuando se demuestra participación humana | Li v. Liu (Tribunal de Internet de Pekín, 2023) |
| Australia | No | Telstra v. Phone Directories Co. (2010 FCAFC 149) |
La conclusión práctica es coherente incluso entre las divisiones: cuanto mayor es la elección creativa humana genuina en una obra, más probable es que sea protegible, y las partes que una máquina produjo por sí sola son las que corren mayor riesgo de no ser protegibles.
¿Puede entrenarse la IA con obras protegidas por derechos de autor?
Este es el eje más controvertido, y la diferencia es enorme, desde la amplia autorización legal de Japón hasta la ausencia total de excepciones en Australia.
| País o región | ¿Excepción legal de entrenamiento / minería de texto y datos? | Notas |
|---|---|---|
| Japón | Sí, amplia (Ley de Derechos de Autor, Art. 30-4) | La más permisiva; limitada por una cláusula de "perjuicio irrazonable" |
| Unión Europea | Sí, minería de texto y datos con fines comerciales, con derecho de exclusión del titular (DSM Art. 4) | La Ley de IA añade deberes de transparencia y cumplimiento de la exclusión |
| Reino Unido | Solo para investigación no comercial (CDPA s.29A) | Sin excepción comercial; reforma debatida durante 2026 |
| Estados Unidos | Ninguna; uso legítimo decidido caso por caso | Tribunales divididos (Thomson Reuters v. Ross frente a Bartz v. Anthropic) |
| Canadá | Ninguna; consultas en curso | El trato justo puede o no cubrir el entrenamiento; no probado |
| China | Ninguna; las Medidas Provisionales exigen datos de fuente lícita | Sin puerto seguro para entrenamiento |
| Australia | Ninguna; trato justo limitado, sin uso justo general | La más restrictiva en materia de entrenamiento |
Europa establece las normas más estrictas
La Unión Europea tiene el marco más desarrollado, que combina tres instrumentos. La Directiva sobre derechos de autor en el Mercado Único Digital (2019/790) permite la minería de texto y datos para cualquier propósito, incluido el entrenamiento comercial de IA, pero solo cuando los titulares de derechos no han reservado sus derechos de forma legible por máquina (artículo 4). La Ley de IA (Regulation (EU) 2024/1689) convierte el respeto de esa exclusión en una obligación vinculante para los proveedores de IA de uso general y les exige que publiquen un resumen suficientemente detallado del contenido de entrenamiento, respaldado por multas de hasta el 3% de la facturación anual mundial o 15 millones de euros, la cifra que sea mayor. Por encima de ambos se sitúa el exclusivo derecho europeo "sui generis" sobre bases de datos (Directiva 96/9/EC), que puede proteger una base de datos en la que se ha invertido mucho incluso cuando los elementos individuales no son protegibles por derechos de autor. El Reino Unido, ahora fuera de la UE, sigue un rumbo separado cubierto en su propia guía, incluida la inusual disposición sobre obras generadas por ordenador.
El extremo permisivo: Japón y Estados Unidos
Japón y Estados Unidos se sitúan en el extremo permisivo, pero por razones diferentes y en ejes distintos. Japón es permisivo en materia de entrenamiento: el artículo 30-4 de su Ley de Derechos de Autor, en vigor desde 2019, permite a cualquier persona utilizar obras para el "análisis de información", lo que el gobierno ha confirmado que incluye la creación de conjuntos de datos de entrenamiento de IA, sujeto a una cláusula que protege a los titulares de derechos de daños irrazonables. Estados Unidos no cuenta con dicha norma y deja en cambio el entrenamiento al uso legítimo, que los tribunales aplican de forma inconsistente. En el eje de la titularidad, ambos niegan el derecho de autor a los resultados generados exclusivamente por IA. Por lo tanto, un modelo entrenado libremente en Japón puede aun así producir resultados que ni Japón ni Estados Unidos permitan que nadie posea.
El camino diferente de China sobre los resultados de IA
China se distingue en la cuestión de la titularidad. En Li v. Liu (Tribunal de Internet de Pekín, 2023), un tribunal sostuvo que una imagen generada con Stable Diffusion era protegible porque la selección y disposición de indicaciones, las elecciones de parámetros y el perfeccionamiento iterativo del usuario reflejaban suficiente inversión intelectual personal como para constituir una obra original, con la autoría atribuida al usuario humano en lugar del modelo. Un caso anterior que involucraba a "Dreamwriter" de Tencent llegó a un resultado similar para un artículo asistido por IA, mientras que una resolución separada negó la protección a los resultados generados exclusivamente por software. El hilo conductor es la contribución humana, pero los tribunales chinos han sido más propensos que las autoridades de Estados Unidos a considerar que la elaboración de indicaciones y la curación la proporcionan.
Por qué esto importa si crea o distribuye productos en varios países
Dado que el derecho de autor es territorial, un producto vendido en varios países está expuesto a la legislación de cada uno de ellos al mismo tiempo. El código no protegible en Estados Unidos puede estar protegido en el Reino Unido; el entrenamiento lícito en Japón puede infringir una exclusión en la Unión Europea. Las empresas que operan internacionalmente a menudo optan por cumplir con el mercado más estricto en el que operan, ya que la infracción o la violación de las normas de entrenamiento en una jurisdicción puede interrumpir un lanzamiento global. Las guías de cada país establecen en detalle cada régimen.

Esta es información jurídica general, no asesoramiento legal. Compara la legislación de varias jurisdicciones a fecha de 2026-06-25 y no aborda sus circunstancias específicas. Estos regímenes están evolucionando y varios se encuentran en activa reforma legislativa. Consulte a un abogado cualificado en el país correspondiente antes de actuar.
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Última actualización: 2026-06-25. Las leyes, directivas y casos citados reflejan su estado a fecha de 2026-06-25; varios regímenes se encuentran en reforma activa.
Preguntas frecuentes
¿Existe una ley internacional de derechos de autor para la IA?
No. No existe ningún tratado redactado para la inteligencia artificial. El Convenio de Berna y el Acuerdo sobre los TRIPS de la OMC establecen estándares mínimos comunes en más de 180 países, pero las normas específicas sobre IA en materia de titularidad y entrenamiento se deciden a nivel nacional y varían considerablemente.
¿Qué país es más permisivo respecto al entrenamiento de IA con obras protegidas?
Japón. El artículo 30-4 de su Ley de Derechos de Autor permite ampliamente el uso de obras protegidas para el análisis de información, incluido el entrenamiento de IA, sujeto a una cláusula que protege a los titulares de derechos de daños irrazonables. Es ampliamente considerado el régimen más permisivo.
¿Se puede registrar el derecho de autor de arte generado por IA en algún lugar?
En algunos lugares. El Reino Unido protege las obras generadas por ordenador por ley (CDPA s.9(3)), y los tribunales chinos han protegido imágenes asistidas por IA cuando el usuario demostró una aportación creativa significativa (Li v. Liu, 2023). La mayoría de los demás países exigen autoría humana y niegan la protección a los resultados generados exclusivamente por IA.
¿Se aplica la Ley de IA de la UE a empresas ubicadas fuera de la UE?
Sí. La Ley de IA se aplica a los proveedores que comercializan modelos de IA de uso general en el mercado de la UE independientemente de dónde esté establecido el proveedor, por lo que los desarrolladores no pertenecientes a la UE que prestan servicios a usuarios de la UE pueden estar sujetos a sus obligaciones de transparencia sobre el entrenamiento y de cumplimiento de los derechos de autor.
¿Está el software protegido por derechos de autor internacionalmente?
Sí. En virtud del Convenio de Berna y del Acuerdo sobre los TRIPS, los programas de ordenador están protegidos como obras literarias en los países miembros. La protección abarca el código expresivo, no las ideas subyacentes, los algoritmos ni los lenguajes de programación.
¿Qué legislación nacional se aplica a mi producto de IA transfronterizo?
El derecho de autor es territorial, por lo que la ley de cada país se aplica a los usos que se producen allí. Un producto vendido en varios países está sujeto a las normas de cada uno de ellos al mismo tiempo, razón por la cual muchos desarrolladores cumplen con el mercado más estricto en el que operan.
Fuentes y referencias
- Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (WIPO)(wipo.int)
- Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS), Art. 10(wto.org)
- Thaler v. Perlmutter, No. 23-5233 (D.C. Cir. Mar. 18, 2025)(media.cadc.uscourts.gov)
- Regulation (EU) 2024/1689 (Ley de IA de la UE), Art. 53(artificialintelligenceact.eu)
- Directive (EU) 2019/790 (Directiva DSM sobre derechos de autor), Art. 4(eur-lex.europa.eu)
- Copyright, Designs and Patents Act 1988 (UK), s.9(3)(legislation.gov.uk)
- Ley de Derechos de Autor de Japón, Art. 30-4 (Agencia de Asuntos Culturales)(bunka.go.jp)
- CCH Canadian Ltd v Law Society of Upper Canada, 2004 SCC 13(canlii.org)
- Tribunal de Internet de Pekín, Li v. Liu (2023)(chinaiplawupdate.com)
- Telstra Corporation Ltd v Phone Directories Company Pty Ltd [2010] FCAFC 149(austlii.edu.au)