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Leyes de Patinetas Eléctricas en el Distrito de Columbia: Reglas de Acera, Casco y Edad (2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 7 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Patinetas Eléctricas en el Distrito de Columbia: Reglas de Acera, Casco y Edad (2026)

Actualizaciones

Se corrigió el alcance de las reglas de patinetas eléctricas de DC: la edad mínima de 16 años y la prohibición de acera en el Distrito Central de Negocios aplican, por su propio texto, a los dispositivos de movilidad personal y a los alquileres de flota compartida, no a los dispositivos de movilidad eléctricos de propiedad privada, y el artículo ahora explica que el Título 18 de las Regulaciones Municipales de DC, y no el Código de DC, establece el límite de velocidad real, el límite del Distrito Central de Negocios y los montos de las multas.

Fuentes y referencias

  1. Código de DC, sección 50-2201.02, definiciones: dispositivo de movilidad personal, dispositivo de movilidad eléctrico, dispositivo de flota compartida(code.dccouncil.gov).gov
  2. Código de DC, sección 50-2201.04a, reglas de operación de dispositivos de movilidad personal (PMD)(code.dccouncil.gov).gov
  3. Código de DC, sección 50-2201.03c, reglas de operación de flota compartida y de dispositivos de movilidad eléctricos(code.dccouncil.gov).gov
  4. Código de DC, sección 50-2201.03a, autoridad reglamentaria de DDOT(code.dccouncil.gov).gov
  5. Código de DC, sección 50-2201.03b(a)(5), sanciones y multas por infracciones al permiso de dispositivo de flota compartida y a la sección 50-2201.03c establecidas por reglamento(code.dccouncil.gov)
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