New Jersey
Leyes de Pornografía en Nueva Jersey

Nueva Jersey permite que los adultos creen y vean pornografía entre personas que consienten, pero tipifica como delito la distribución de material obsceno a menores bajo N.J.S.A. 2C:34-3, la comunicación pública de obscenidad bajo N.J.S.A. 2C:34-4, y todas las formas de material de abuso sexual infantil bajo N.J.S.A. 2C:24-4, con penas de delito grave (felony) asociadas a cada infracción.
¿Es legal la pornografía en Nueva Jersey?
Difundir, publicar o compartir una imagen íntima o desnuda de otra persona sin su consentimiento es un delito penal en Nueva Jersey, y una condena puede incluir tiempo en prisión.

Sin embargo, Nueva Jersey no tiene ninguna ley que prohíba la creación de pornografía para adultos entre personas que consienten. Lo que sí puede constituir un delito es la creación, distribución, visualización y posesión de pornografía infantil. Otras categorías de pornografía que pueden acarrear problemas legales incluyen el material obsceno y las grabaciones de voyerismo.
Resumen rápido: ¿qué elementos de la pornografía son ilegales en Nueva Jersey?
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Ver pornografía en público puede derivar en cargos de "comunicación pública de obscenidad" o de exposición indecente.
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Las víctimas de la difusión no consensuada de imágenes también pueden solicitar la eliminación directamente al sitio web o la plataforma donde se publicaron las imágenes.
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La pornografía de venganza (revenge porn) es un delito grave en Nueva Jersey.
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Cualquier persona bajo investigación debe hablar con un abogado defensor antes de responder preguntas.
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Los residentes de Nueva Jersey tienen la obligación legal, conforme a N.J.S.A. 9:6-8.10, de reportar sospechas de abuso infantil, incluida la explotación sexual, y la pena por no reportarlo está establecida en N.J.S.A. 9:6-8.14.
¿Qué es ilegal ver o descargar en Nueva Jersey?
Las leyes estatales y federales prohíben la creación, la promoción y la posesión de:
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Pornografía infantil. Cualquier contenido, incluidas imágenes o videos manipulados, que represente o describa a menores participando en conducta sexual constituye pornografía infantil. El acusado queda sujeto a procesamiento federal si transporta, transmite, solicita o distribuye pornografía infantil cruzando fronteras estatales o federales. Entre las circunstancias agravantes que elevan la pena se incluyen el transporte de menores para participar en conducta o contacto sexual, el uso de violencia y la edad del acusado y del menor.
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Obscenidad. El contenido obsceno va en contra de los estándares de la comunidad, apela al interés lascivo y carece de valor educativo, legislativo, científico o religioso.
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Pornografía de venganza. Exponer imágenes íntimas o desnudas de otra persona sin su consentimiento puede derivar en un proceso penal y civil.
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Voyerismo/invasión de la privacidad. Espiar o instalar un dispositivo de grabación en lugares donde existe una expectativa razonable de privacidad puede derivar en una demanda y un proceso penal.
¿Es ilegal ver pornografía en público en Nueva Jersey?
Nueva Jersey es uno de los estados que ha prohibido la visualización o exhibición de pornografía en público. La Sección 2C:34-4, "comunicación pública de obscenidad" (public communication of obscenity), establece textualmente lo siguiente (el texto del estatuto se conserva en inglés, seguido de una paráfrasis en español):
“A person who knowingly publicly communicates obscene material, as defined in section 2C:34-3 or causes or permits it to be publicly communicated on property he owns or leases or operates is guilty of a crime of the fourth degree.”
En términos generales, el estatuto dispone que quien comunique públicamente material obsceno a sabiendas, según se define en la sección 2C:34-3, o cause o permita que se comunique públicamente en una propiedad que posee, arrienda u opera, es culpable de un delito de cuarto grado.
Conforme al estatuto, "comunicar públicamente" significa lo siguiente (texto conservado en inglés, seguido de una paráfrasis):
“Means to display, post, exhibit, give away or vocalize material in such a way that its character and content may be readily and distinctly perceived by the public by normal unaided visión or hearing when viewing or hearing it in, on, or from a public street, road, thoroughfare, recreation or shopping center or área, public transportation facility or vehicle used for public transportation.”
En esencia, el estatuto se refiere a exhibir, publicar, mostrar, regalar o expresar oralmente el material de manera que su carácter y contenido puedan percibirse clara y directamente por el público mediante la vista o el oído normal, sin ayuda, al verlo u oírlo en una calle pública, carretera, vía, centro o zona recreativa o comercial, instalación de transporte público o vehículo de transporte público.
En consecuencia, ver pornografía en su casa, vehículo u otro lugar de manera que terceros puedan verla u oírla sin ayuda puede derivar en cargos penales.
Ver pornografía en público en Nueva Jersey también puede derivar en otros cargos, entre ellos:
Exposición indecente
NJSA 2C:14-4, "lewdness" (conducta obscena), establece que una persona es culpable de exposición indecente/conducta obscena si "does any flagrantly lewd and offensive act which he knows or reasonably expects is likely to be observed by other nonconsenting persons who would be affronted or alarmed" (es decir, si realiza cualquier acto flagrantemente obsceno y ofensivo que sabe, o razonablemente prevé, que probablemente será observado por otras personas que no consienten y que se sentirían ofendidas o alarmadas).
Los actos "flagrantly lewd and offensive" (flagrantemente obscenos y ofensivos) enumerados en el estatuto incluyen:
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La exposición de los propios genitales para gratificar el deseo sexual.
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Exponerse ante un menor de 13 años cuando el autor le lleva al menos cuatro años de edad, lo cual eleva la infracción de una conducta desordenada a un delito de cuarto grado.
La conducta obscena (lewdness) ordinaria conforme a N.J.S.A. 2C:14-4 es una infracción de conducta desordenada, sancionable con hasta 6 meses en la cárcel del condado y una multa de hasta $1,000. Se convierte en un delito de cuarto grado, sancionable con hasta 18 meses de prisión, únicamente cuando la persona expuesta es un menor de 13 años (y el autor le lleva al menos cuatro años de edad) o una persona que no puede comprender la naturaleza sexual de la conducta debido a una enfermedad o defecto mental.
Requisitos de Nueva Jersey para negocios de orientación sexual
Conforme a la ley estatal, crear y distribuir pornografía para adultos es legal, pero existen requisitos que todo propietario de negocio en el estado debe conocer. Conforme a N.J.S.A. 2C:34-7, si opera un negocio de orientación sexual, debe:
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Asegurarse de que el negocio no esté ubicado a menos de 1,000 pies de un negocio de orientación sexual ya existente, una escuela, una parada de autobús escolar, una iglesia, sinagoga u otro lugar de culto, un hospital, una guardería, un parque infantil público o una zona designada para uso residencial. Este requisito se aplica a los negocios nuevos.
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Rodear el negocio con una zona de amortiguamiento perimetral de al menos 50 pies, mediante una cerca, un divisor físico, plantaciones u otra barrera similar que bloquee la vista del interior desde el exterior.
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Limitar la señalización exterior a dos letreros: uno que identifique el negocio y otro que advierta que el local está prohibido para menores. El letrero de identificación no puede exceder los 40 pies cuadrados.
¿Es la pornografía infantil un delito en Nueva Jersey?
La pornografía infantil, en todas sus formas, es un delito tanto a nivel federal como estatal.
La sección 2C:24-4 de los estatutos de Nueva Jersey prohíbe:
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Creación o producción de pornografía infantil. Causar o permitir que un menor participe en un acto sexual prohibido, sabiendo o con la intención de que el acto sea fotografiado, filmado o reproducido, es un delito de primer grado conforme a N.J.S.A. 2C:24-4b(3). Fotografiar o filmar a un menor en dicho acto, o usar un dispositivo para reproducir o reconstruir la imagen, es un delito de segundo grado conforme a 2C:24-4b(4). Los cargos relacionados incluyen la solicitud de un menor para conducta sexual y la trata de personas con fines sexuales, si el acusado hace que un menor viaje.
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Posesión. Usted es culpable si posee, visualiza o tiene bajo su control cualquier imagen, video u otro medio que represente a un menor participando en un acto sexual prohibido. Esto incluye selfies desnudos creados por un menor.
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Distribución. Se refiere a la distribución intencional de dicho material, su posesión con la intención de distribuirlo, o su almacenamiento mediante un programa de intercambio de archivos designado como disponible para que otras computadoras lo busquen o copien. También puede enfrentar cargos si crea o mantiene un sitio web o programa de intercambio de archivos que trafique con pornografía infantil.
Tenga en cuenta que los padres, cuidadores o cualquier persona que permita que un menor bajo su cuidado cree pornografía puede enfrentar cargos de poner en peligro a un menor.
Al ser condenado por cualquiera de los delitos graves anteriores, el acusado debe registrarse como delincuente sexual. No registrarse conllevará cargos adicionales y una sentencia de prisión más extensa.
¿Es ilegal el lolicon o la pornografía infantil animada en Nueva Jersey?
Las representaciones ficticias, incluidos el lolicon, las caricaturas y el manga, no se tratan automáticamente igual que la pornografía infantil fotográfica. En el caso Ashcroft v. Free Speech Coalition (2002), la Corte Suprema de los Estados Unidos anuló una prohibición federal sobre la pornografía infantil virtual que no representaba a menores reales. El Congreso respondió con , que tipifica como delito los dibujos, caricaturas y representaciones similares de un menor participando en conducta sexualmente explícita únicamente cuando el material es legalmente obsceno conforme al criterio Miller (Miller test).
Si se utilizó a un menor real para crear o promover el material, o si la imagen es un deepfake generado por computadora o inteligencia artificial construido a partir de la semejanza de un menor real, el contenido se trata como pornografía infantil y conlleva las penas descritas anteriormente, incluido el registro obligatorio como delincuente sexual.
¿Qué se considera obscenidad en Nueva Jersey?
La Sección 2C:34-2 define la obscenidad de la siguiente manera (el texto del estatuto se conserva en inglés, seguido de una paráfrasis en español):
“Obscene material" means any description, narrative account, display, or depiction of sexual activity or anatomical área contained in, or consisting of, a picture or other representation, publication, sound recording, live performance, or film, which by means of posing, composition, format or animated sensual details: (a)Depicts or describes in a patently offensive way, ultimate sexual acts, normal or perverted, actual or simulated, masturbation, excretory functions, or lewd exhibition of the genitals,(b)Lacks serious literary, artistic, political, or scientific value, when taken as a whole, and (c)Is a part of a work, which to the average person applying contemporary community standards, has a dominant theme taken as a whole, which appeals to the prurient interest.”
En resumen, el estatuto define el "material obsceno" como cualquier descripción, relato narrativo, exhibición o representación de actividad sexual o de un área anatómica contenida en una imagen, publicación, grabación de sonido, actuación en vivo o película que, mediante su composición, formato o detalles sensuales animados: (a) represente o describa de manera patentemente ofensiva actos sexuales explícitos, normales o pervertidos, reales o simulados, masturbación, funciones excretoras o la exhibición obscena de los genitales; (b) carezca de valor literario, artístico, político o científico serio, considerada en su conjunto; y (c) forme parte de una obra que, para la persona promedio que aplica los estándares contemporáneos de la comunidad, tenga como tema dominante, considerado en su conjunto, un atractivo al interés lascivo.
Esa definición de tres partes rige únicamente la infracción para adultos contenida en 2C:34-2, la cual convierte en un delito de cuarto grado vender, distribuir, alquilar o exhibir material obsceno a una persona de 18 años o más. Otras dos infracciones tratadas en esta página utilizan una definición distinta y más amplia, la que figura en N.J.S.A. 2C:34-3a(1): material que, mediante su composición, formato o detalles sensuales animados, transmite sensualidad con un impacto suficiente para concentrar el interés lascivo en un área anatómica específica o una actividad sexual específica. Esa es la definición que 2C:34-4 adopta expresamente para la comunicación pública de obscenidad, de modo que la infracción por exhibición pública descrita anteriormente en esta página se mide conforme al criterio más amplio de 2C:34-3, y no conforme a la definición citada arriba. La misma definición rige la infracción contra menores: vender, distribuir, alquilar o exhibir material obsceno a sabiendas a una persona menor de 18 años es un delito de tercer grado conforme a 2C:34-3b(1), sancionable con 3 a 5 años de prisión.
Conforme a las leyes de obscenidad de Nueva Jersey, es ilegal:
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Distribuir o exhibir material obsceno a menores, conforme a N.J.S.A. 2C:34-3.
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Comunicar públicamente obscenidad (véase más arriba).
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Vender o poner a disposición de menores contenido obsceno.
¿Los mirones (peeping toms) están infringiendo la ley en Nueva Jersey?
Conforme a la ley estatal, instalar una cámara en un lugar donde existe una expectativa razonable de privacidad es un delito. En consecuencia, apuntar una cámara directamente hacia la ventana del dormitorio de su vecino, o instalar una en un baño, dormitorio u otro lugar de interés lascivo, puede derivar en cargos penales y una demanda civil.
Recuerde que N.J.S.A. 2C:14-9, "invasión de la privacidad" (invasión of privacy), establece textualmente lo siguiente (texto conservado en inglés, seguido de una paráfrasis en español):
“An actor commits a crime of the fourth degree if, knowing that he is not licensed or privileged to do so, and under circumstances in which a reasonable person would know that another may expose intimate parts or may engage in sexual penetration or sexual contact, he observes another person without that person's consent and under circumstances in which a reasonable person would not expect to be observed.”
En esencia, una persona comete un delito de cuarto grado si, sabiendo que no tiene licencia ni privilegio para hacerlo, y en circunstancias en las que una persona razonable sabría que otra persona puede exponer partes íntimas o participar en penetración sexual o contacto sexual, observa a esa otra persona sin su consentimiento y en circunstancias en las que una persona razonable no esperaría ser observada.
Observe la división dentro del estatuto. Observar corresponde a la subsección (a) y es un delito de cuarto grado. Grabar corresponde a la subsección (b) y es un delito de tercer grado: fotografiar, filmar, grabar en video o reproducir de cualquier otra manera la imagen de una persona cuyas partes íntimas están expuestas, o que participa en penetración sexual o contacto sexual, sin su consentimiento y en circunstancias en las que una persona razonable no esperaría ser observada.
¿Tiene Nueva Jersey una ley sobre pornografía de venganza?
La pornografía de venganza (revenge porn) en Nueva Jersey constituye una invasión de la privacidad.
La subsección (c) de N.J.S.A. 2C:14-9 establece, en su parte pertinente (texto conservado en inglés, seguido de una paráfrasis en español):
“An actor commits a crime of the third degree if, knowing that he is not licensed or privileged to do so, he discloses any photograph, film, videotape, recording, or any other reproduction of the image of another person whose intimate parts are exposed or who is engaged in an act of sexual penetration or sexual contact, unless that person has consented to such disclosure.”
En esencia, una persona comete un delito de tercer grado si, sabiendo que no tiene licencia ni privilegio para hacerlo, divulga cualquier fotografía, película, cinta de video, grabación o cualquier otra reproducción de la imagen de otra persona cuyas partes íntimas están expuestas, o que participa en un acto de penetración sexual o contacto sexual, a menos que esa persona haya consentido dicha divulgación.
El estatuto define "disclose" (divulgar) de manera amplia, e incluye vender, dar, proporcionar, prestar, intercambiar, enviar por correo, entregar, transferir, publicar, distribuir, circular, difundir, presentar, exhibir, anunciar u ofrecer la imagen. La subsección (c) también establece su propio límite de multa: no obstante lo dispuesto en N.J.S.A. 2C:43-3(b), puede imponerse una multa de hasta $30,000.
Qué recordar:
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La defensa afirmativa de la subsección (d) tiene dos partes, y ambas deben cumplirse: el autor notificó previamente a la persona su intención de realizar la conducta, y el autor actuó con un propósito lícito.
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La subsección (e)(1) excluye el pasillo de acceso, el vestíbulo o la entrada de un probador o vestidor operado por un establecimiento comercial, cuando el operador coloca un aviso previo de manera visible en la entrada.
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La multa máxima por pornografía de venganza en Nueva Jersey es de $30,000.
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La víctima también puede demandar en la Corte Superior conforme a N.J.S.A. 2A:58D-1, la disposición civil complementaria promulgada junto con 2C:14-9 en P.L.2003 c.206.
¿La ley de Nueva Jersey cubre la pornografía deepfake?
Sí, pero mediante un estatuto distinto al de invasión de la privacidad. El estatuto de deepfakes de Nueva Jersey es P.L.2025 c.40, promulgado el 2 de abril de 2025, que complementa el Título 2C en N.J.S.A. 2C:21-17.7 y 2C:21-17.8. Cubre los "deceptive audio or visual media" (medios audiovisuales engañosos), definidos como medios que "appears to a reasonable person to realistically depict any speech, conduct, or writing of a person who did not in fact engage in the speech, conduct, or writing" (es decir, que aparentan de manera realista, ante una persona razonable, representar un discurso, conducta o escrito de una persona que en realidad no participó en dicho discurso, conducta o escrito) y cuya producción "was substantially dependent upon technical means, rather than the ability of another person to physically or verbally impersonate the person" (dependió sustancialmente de medios técnicos, en lugar de la capacidad de otra persona para imitar física o verbalmente a la persona representada).
Crear medios engañosos para promover un delito, así como solicitarlos, divulgarlos o usarlos con fines delictivos, son delitos de tercer grado que conllevan una multa de hasta $30,000. Divulgar dichos medios a sabiendas o de manera imprudente es un delito de cuarto grado. Consulte las leyes de deepfakes de Nueva Jersey para obtener más información sobre el estatuto estatal de medios sintéticos.
Tenga cuidado con una afirmación que puede encontrar en otras fuentes: el propio N.J.S.A. 2C:14-9 no contiene ningún lenguaje sobre deepfakes. Un proyecto de ley que lo agregaría, el Assembly Bill 1359 de la 222.ª Legislatura, está marcado como "PRE-FILED FOR INTRODUCTION IN THE 2026 SESSION" (prepresentado para su introducción en la sesión de 2026) e "Introduced Pending Technical Review by Legislative Counsel" (introducido pendiente de revisión técnica por el asesor legislativo). Ese proyecto enmendaría 2C:14-9, 2C:24-4 y 2A:58D-1 para prohibir la pornografía deepfake y agregar sanciones civiles, pero no ha sido promulgado y no es ley.
Cómo lograr que se elimine una imagen conforme a la ley federal
La eliminación de una imagen no depende de que exista un cargo penal. La ley federal TAKE IT DOWN Act, Public Law 119-12, promulgada el 19 de mayo de 2025, exige que las plataformas cubiertas establezcan un proceso de eliminación y que, una vez que reciban una solicitud válida, retiren una representación visual íntima no consensuada lo antes posible y a más tardar dentro de las 48 horas, además de hacer esfuerzos razonables para identificar y eliminar copias idénticas. Las plataformas tuvieron un año a partir de la promulgación de la ley para implementar ese proceso.
La ley alcanza tanto a las falsificaciones digitales como a las imágenes auténticas, es decir, al contenido íntimo producido mediante software, aprendizaje automático, inteligencia artificial u otros medios generados por computadora que resulte indistinguible de una representación auténtica para una persona razonable. La Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission) la hace cumplir y trata el incumplimiento como una práctica desleal o engañosa.
¿Cuál es la pena por pornografía ilegal en Nueva Jersey?
Nueva Jersey clasifica los delitos graves (indictable crimes) en cuatro grados, y N.J.S.A. 2C:43-6(a) establece los términos ordinarios de prisión: de 10 a 20 años para un delito de primer grado, de 5 a 10 años para un delito de segundo grado, de 3 a 5 años para un delito de tercer grado, y hasta 18 meses para un delito de cuarto grado. Las sentencias de primer, segundo y tercer grado incluyen un término mínimo además de un término máximo.
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Comunicación pública de obscenidad/ver pornografía en público. Delito de cuarto grado (felony), sancionable con hasta 18 meses en prisión estatal y una multa máxima de $10,000, para una primera infracción.
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Exposición indecente/conducta obscena (lewdness). Una infracción de conducta desordenada, sancionable con hasta 6 meses en la cárcel del condado y una multa de hasta $1,000, para una primera infracción típica; un delito de cuarto grado, sancionable con hasta 18 meses de prisión, si la persona expuesta es un menor de 13 años y el autor le lleva al menos cuatro años de edad.
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Penetración sexual a sabiendas de estar infectado. Esta infracción ya no existe. N.J.S.A. 2C:34-5, que tipificaba la penetración sexual sin revelar una infección por VIH como un delito de tercer grado, y la misma conducta con otra enfermedad venérea como un delito de cuarto grado, fue derogado por P.L.2021, c.409, con vigencia a partir del 19 de marzo de 2022. La Oficina del Fiscal General de Nueva Jersey ya había emitido, en 2021, una guía que limitaba la aplicación de esa ley contra las personas que viven con VIH. La conducta que crea a sabiendas o de manera imprudente un riesgo sustancial de transmitir una enfermedad infecciosa o transmisible todavía puede ser procesada conforme al estatuto general de puesta en peligro, N.J.S.A. 2C:24-7.1, y P.L.2021, c.409 exige que los tribunales, en esos procesos, mantengan la información de identificación de la presunta víctima fuera de los registros judiciales públicos.
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Infracciones de negocios de orientación sexual. Operar un negocio para adultos que no cumpla con las reglas de ubicación, zona de amortiguamiento o señalización conforme a N.J.S.A. 2C:34-7 es un delito de cuarto grado.
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Pornografía infantil, producción. Causar o permitir que un menor participe en un acto sexual prohibido que la persona sabe que puede ser fotografiado o filmado es un delito de primer grado conforme a N.J.S.A. 2C:24-4b(3), sancionable con 10 a 20 años de prisión y una multa de hasta $200,000. Fotografiar o filmar al menor es un delito de segundo grado conforme a 2C:24-4b(4), sancionable con 5 a 10 años de prisión.
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Pornografía infantil, distribución. Distribuir un artículo que represente la explotación o el abuso sexual de un menor, poseerlo con la intención de distribuirlo, o almacenarlo mediante un programa de intercambio de archivos abierto a otras computadoras, es un delito de primer grado (10 a 20 años) si involucra 1,000 artículos o más, y un delito de segundo grado (5 a 10 años) en caso contrario, conforme a N.J.S.A. 2C:24-4b(5)(a). Una infracción que involucre al menos 25 pero menos de 1,000 artículos conlleva un término mínimo obligatorio fijado en un tercio a la mitad de la sentencia impuesta, o cinco años, lo que sea mayor, sin posibilidad de libertad condicional durante ese término. A partir de 1,000 artículos, ese piso mínimo obligatorio aumenta a 10 años.
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Pornografía infantil, posesión. Poseer, visualizar o controlar a sabiendas dichos artículos es una infracción independiente conforme a N.J.S.A. 2C:24-4b(5)(b): un delito de tercer grado (3 a 5 años) con menos de 1,000 artículos, un delito de segundo grado (5 a 10 años) con entre 1,000 y 99,999 artículos, y un delito de primer grado (10 a 20 años) con 100,000 artículos o más. Una infracción que involucre 100 artículos o más conlleva una presunción de prisión. El mínimo obligatorio de 25 artículos descrito anteriormente se aplica al subpárrafo de distribución, no a la simple posesión. Una condena también conlleva el registro obligatorio como delincuente sexual, y las personas acusadas de pornografía infantil no califican para la eliminación de antecedentes penales.
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Invasión de la privacidad, observar. Delito de cuarto grado conforme a N.J.S.A. 2C:14-9(a), sancionable con hasta 18 meses de prisión.
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Invasión de la privacidad, grabar. Delito de tercer grado conforme a N.J.S.A. 2C:14-9(b), sancionable con 3 a 5 años de prisión.
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Pornografía de venganza, divulgación. Delito de tercer grado conforme a N.J.S.A. 2C:14-9(c), sancionable con 3 a 5 años de prisión y una multa de hasta $30,000. La víctima también puede iniciar una acción civil conforme a N.J.S.A. 2A:58D-1.
Las defensas comunes para los delitos anteriores incluyen:
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Error de hecho: todas las personas representadas son o eran mayores de 18 años en el momento correspondiente (se recomienda conservar registros de la edad de los participantes).
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Entrampamiento (entrapment). Las autoridades indujeron al acusado a cometer el delito.
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Si la visualización fue accidental, puede argumentar que realizó un esfuerzo razonable por reportar el contenido o la actividad a las autoridades o a una persona con autoridad sobre el menor involucrado.
Recomendamos consultar con un abogado defensor de inmediato.
Temas legales relacionados de Nueva Jersey
Para obtener más información sobre leyes relacionadas de Nueva Jersey, consulte:
Preguntas frecuentes
¿Es legal ver pornografía en Nueva Jersey?
Sí, los adultos pueden crear y ver pornografía de manera privada en Nueva Jersey. Se convierte en un delito únicamente si el material se comunica públicamente en un lugar donde otras personas puedan verlo u oírlo sin su consentimiento, una infracción de cuarto grado conforme a N.J.S.A. 2C:34-4, o si involucra a un menor.
¿Es la pornografía de venganza un delito grave en Nueva Jersey?
Sí. Divulgar una imagen íntima de otra persona sin su consentimiento es un delito de tercer grado conforme a N.J.S.A. 2C:14-9(c), sancionable con 3 a 5 años de prisión y una multa de hasta $30,000. La víctima también puede iniciar una acción civil conforme a N.J.S.A. 2A:58D-1.
¿Cuál es la pena por poseer pornografía infantil en Nueva Jersey?
La posesión se clasifica según la cantidad de artículos conforme a N.J.S.A. 2C:24-4b(5)(b): un delito de tercer grado (3 a 5 años) con menos de 1,000 artículos, un delito de segundo grado (5 a 10 años) con entre 1,000 y 99,999 artículos, y un delito de primer grado (10 a 20 años) con 100,000 artículos o más, con una presunción de prisión a partir de 100 artículos. El mínimo obligatorio vinculado a al menos 25 artículos se aplica a las infracciones de distribución en 2C:24-4b(5)(a), no a la simple posesión. Una condena también conlleva el registro obligatorio como delincuente sexual.
¿Puedo ser acusado de exposición indecente por conducta obscena (lewdness) en Nueva Jersey?
La conducta obscena ordinaria conforme a N.J.S.A. 2C:14-4 es una infracción de conducta desordenada, sancionable con hasta 6 meses de cárcel y una multa de $1,000. Se convierte en un delito de cuarto grado, sancionable con hasta 18 meses de prisión, si la persona expuesta es un menor de 13 años y el autor le lleva al menos cuatro años de edad, o si la persona no puede comprender la naturaleza sexual de la conducta debido a una enfermedad o defecto mental.
¿La ley de Nueva Jersey cubre la pornografía deepfake generada por inteligencia artificial?
Sí, pero mediante P.L.2025 c.40 y no mediante el estatuto de invasión de la privacidad. Esa ley complementa el Título 2C en N.J.S.A. 2C:21-17.7 y 2C:21-17.8, y convierte en una infracción de tercer grado, sancionable con una multa de hasta $30,000, crear, solicitar, divulgar o usar medios audiovisuales engañosos para promover un delito. N.J.S.A. 2C:14-9 no contiene ningún lenguaje sobre deepfakes. Un proyecto de ley que lo agregaría, el A1359, está prepresentado para la sesión de 2026 y no es ley.
¿Tengo la obligación de reportar pornografía infantil si la veo en Nueva Jersey?
Sí. N.J.S.A. 9:6-8.10 exige que cualquier persona con causa razonable para creer que un menor ha sido objeto de abuso lo reporte. La pena se encuentra en una sección distinta, N.J.S.A. 9:6-8.14: no reportarlo generalmente es una infracción de conducta desordenada, y no reportar un acto de abuso sexual contra un menor es un delito de cuarto grado.
¿Cómo logro que se elimine una imagen íntima no consensuada?
La ley federal TAKE IT DOWN Act, Public Law 119-12, exige que las plataformas cubiertas eliminen una representación visual íntima no consensuada lo antes posible y a más tardar dentro de las 48 horas posteriores a una solicitud de eliminación válida, y que hagan esfuerzos razonables por eliminar copias idénticas. Cubre tanto las falsificaciones digitales generadas por inteligencia artificial como las imágenes auténticas, y la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission) la hace cumplir.
¿A qué distancia de una escuela debe estar un negocio de orientación sexual en Nueva Jersey?
Conforme a N.J.S.A. 2C:34-7, un negocio de orientación sexual generalmente no puede operar a menos de 1,000 pies de una escuela, una parada de autobús escolar, un lugar de culto, un hospital, una guardería, un parque infantil público, otro negocio de orientación sexual o una zona residencial, y debe mantener una zona de amortiguamiento perimetral de 50 pies.
¿Es ilegal poseer lolicon o pornografía infantil animada en Nueva Jersey?
Depende. Conforme a la ley federal, los dibujos y caricaturas que representan a un menor en conducta sexualmente explícita son ilegales únicamente cuando el material cumple con el criterio legal de obscenidad conforme a 18 U.S.C. sección 1466A. Si se utilizó la semejanza de un menor real o un menor real para crear el material, se trata como pornografía infantil conforme a la ley de Nueva Jersey y la ley federal.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Se reconstruyó por completo la versión en español para reflejar que N.J.S.A. 2C:34-5 (penetración sexual a sabiendas de estar infectado) fue derogado en marzo de 2022 y ya no es un delito vigente, y para indicar en cada grado el rango completo de la pena, incluido el piso mínimo de 10 años para los delitos de primer grado conforme a N.J.S.A. 2C:43-6(a).
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 3 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
United States Code Title 18
§ 1466AObscene visual representations of the sexual abuse of childrenVigente
Any person who, in a circumstance described in subsection (d), knowingly produces, distributes, receives, or possesses with intent to distribute, a visual depiction of any kind, including a drawing, cartoon, sculpture, or painting, that— depicts a minor engaging in sexually explicit conduct; and is obscene; or depicts an image that is, or appears to be, of a minor engaging in graphic bestiality, sadistic or masochistic abuse, or sexual intercourse, including genital-genital, oral-genital, anal-genital, or oral-anal, whether between persons of the same or opposite sex; and lacks serious literary, artistic, political, or scientific value; or attempts or conspires to do so, shall be subject to the penalties provided in section 2252A(b)(1), including the penalties provided for cases involving a prior conviction.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en uscode.house.gov
Citada en 82 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: United States v. Jason M. Moriarty (Court of Appeals for the Eleventh Circuit 2005, 429 F.3d 1012) · United States v. Schales (Court of Appeals for the Ninth Circuit 2008) · United States v. Whorley (Court of Appeals for the Fourth Circuit 2008, 550 F.3d 326)
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New Jersey Statutes (Unannotated)
§ 9:6-8.10Report of abuse.Vigente
3. Any person having reasonable cause to believe that a child has been subjected to child abuse, including sexual abuse, or acts of child abuse shall report the same immediately to the Division of Child Protection and Permanency by telephone or otherwise. Such reports, where possible, shall contain the names and addresses of the child and his parent, guardian, or other person having custody and control of the child and, if known, the child's age, the nature and possible extent of the child's injuries, abuse or maltreatment, including any evidence of previous injuries, abuse or maltreatment, and any other information that the person believes may be helpful with respect to the child abuse and the identity of the perpetrator.
Texto oficial (extracto) · al 2026-08-01 · Lea la sección completa en lis.njleg.state.nj.us
Citada en 143 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: G.S. v. Department of Human Services (Supreme Court of New Jersey 1999, 157 N.J. 161) · New Jersey Department of Children & Families v. A.L. (Supreme Court of New Jersey 2013, 213 N.J. 1) · Frugis v. Bracigliano (Supreme Court of New Jersey 2003, 177 N.J. 250)
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§ 9:6-8.14Violations, degree of crime.Vigente
7. a. Except as provided in subsection b. of this section any person knowingly violating the provisions of this act including the failure to report an act of child abuse having reasonable cause to believe that an act of child abuse has been committed, is a disorderly person. b. Any person who knowingly fails to report an act of sexual abuse against a child and who has reasonable cause to believe that an act of sexual abuse has been committed is guilty of a crime of the fourth degree.
Texto oficial (extracto) · al 2026-08-01 · Lea la sección completa en lis.njleg.state.nj.us
Citada en 14 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: F.A. v. W.J.F. (New Jersey Superior Court Appellate Division 1995, 280 N.J. Super. 570) · Fa by Pa v. Wjf (New Jersey Superior Court Appellate Division 1995, 280 N.J. Super. 570) · New Jersey Department of Children & Families v. A.L. (Supreme Court of New Jersey 2013, 213 N.J. 1)
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Fuentes y referencias
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Obscenidad para Personas Menores de 18 Años (Promoción de Material Obsceno) (N.J.S.A. 2C:34-3b(1)), que cita el estatuto y la definición de material obsceno de 2C:34-3a(1)(njcourts.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Comunicación Pública de Obscenidad (N.J.S.A. 2C:34-4)(njcourts.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Conducta Obscena (Lewdness) (N.J.S.A. 2C:14-4)(njcourts.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Conducta Obscena (Víctima Menor de 13 Años) (N.J.S.A. 2C:14-4b(1))(njcourts.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Conducta Obscena (Víctima con Enfermedad o Defecto Mental) (N.J.S.A. 2C:14-4b(2))(njcourts.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Invasión de la Privacidad (Observar) (N.J.S.A. 2C:14-9(a))(njcourts.gov).gov
- P.L.2003 c.206, ley relativa a la invasión de la privacidad, que promulga N.J.S.A. 2C:14-9 (observar, cuarto grado; grabar y divulgar, tercer grado; multa de $30,000; defensa afirmativa de dos partes; excepción de probador) y la acción civil de N.J.S.A. 2A:58D-1(pub.njleg.gov).gov
- P.L.2017 c.141 (S3219 1R), que enmienda N.J.S.A. 2C:24-4: la clasificación de producción y distribución, los mínimos obligatorios de 25 y 1,000 artículos conforme a 2C:24-4b(5)(a), y los niveles de posesión de 1,000 / 100,000 artículos conforme a 2C:24-4b(5)(b)(pub.njleg.gov).gov
- Instrucción modelo para el jurado de los Tribunales de Nueva Jersey, Poner en Peligro el Bienestar de un Menor (Pornografía) (N.J.S.A. 2C:24-4b(5)(b)), la infracción de posesión y visualización(njcourts.gov).gov
- P.L.2025 c.40 (A3540), la ley de Nueva Jersey sobre medios audiovisuales engañosos, codificada en N.J.S.A. 2C:21-17.7 y 2C:21-17.8(pub.njleg.gov).gov
- Assembly Bill 1359, 222.ª Legislatura, prepresentado para su introducción en la sesión de 2026, que enmendaría N.J.S.A. 2C:14-9, 2C:24-4 y 2A:58D-1 para prohibir la pornografía deepfake (no promulgado)(pub.njleg.gov).gov
- Oficina del Fiscal General de Nueva Jersey, guía de 2021 que limita la aplicación de N.J.S.A. 2C:34-5 contra las personas que viven con VIH (estatuto derogado posteriormente por P.L.2021, c.409)(njoag.gov).gov
- 18 U.S.C. § 1466A y la Guía del Ciudadano del Departamento de Justicia sobre la Ley Federal de Obscenidad de los Estados Unidos(justice.gov).gov
- Ley TAKE IT DOWN, Public Law 119-12 (19 de mayo de 2025), que impone a las plataformas la obligación de eliminar en 48 horas las representaciones visuales íntimas no consensuadas y las falsificaciones digitales, y que hace cumplir la Comisión Federal de Comercio (FTC)(govinfo.gov).gov
- N.J.S.A. 2C:34-2, Obscenidad para personas de 18 años de edad o más, texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos de la Legislatura de Nueva Jersey(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:34-3, Obscenidad para personas menores de 18 años, incluida la definición de material obsceno del inciso a(1), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:34-4, Comunicación pública de obscenidad, texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:34-7, Negocio de orientación sexual; ubicación, requisitos de construcción; pena (restricción de 1,000 pies, zona de amortiguamiento perimetral de 50 pies, límites de dos letreros y 40 pies cuadrados, delito de cuarto grado), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:43-3, Multas y restituciones (multas máximas según el grado del delito), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:43-6, Sentencia de prisión por delito; términos ordinarios (10 a 20 años primer grado, 5 a 10 años segundo grado, 3 a 5 años tercer grado, hasta 18 meses cuarto grado), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 2C:43-8, Sentencia de prisión por infracciones de conducta desordenada (hasta 6 meses), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 9:6-8.10, Reporte de abuso (obligación de reportar sospechas de abuso infantil, incluido el abuso sexual, a la División de Protección y Permanencia del Menor), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- N.J.S.A. 9:6-8.14, Infracciones, grado del delito (no reportar es una infracción de conducta desordenada; no reportar a sabiendas un acto de abuso sexual contra un menor es un delito de cuarto grado), texto completo de la sección en la base de datos oficial de estatutos(lis.njleg.state.nj.us).gov
- P.L.2019, c.40 (S641), ley relativa al abuso infantil, que enmienda N.J.S.A. 9:6-8.10 y agrega la clasificación de cuarto grado por no reportar el abuso sexual de un menor a N.J.S.A. 9:6-8.14(pub.njleg.gov).gov
- P.L.2021, c.409 (S3707), aprobado el 18 de enero de 2022, que deroga N.J.S.2C:34-5 (penetración sexual a sabiendas de estar infectado) y protege la identidad de las víctimas en los procesos por transmisión de enfermedades conforme a N.J.S.A. 2C:24-7.1(pub.njleg.gov).gov