Florida
Bancarrota en Florida (2026): Exenciones y Prueba de Medios

La bancarrota es un proceso federal, pero Florida es conocida a nivel nacional por una característica del derecho estatal: una exención de vivienda ilimitada. Florida ha excluido las exenciones federales de bancarrota, por lo que los solicitantes utilizan la lista propia de Florida, anclada en una protección de vivienda constitucional que puede proteger capital ilimitado en una vivienda que reúna los requisitos, sujeta a límites de acreaje y un importante límite federal sobre las viviendas adquiridas recientemente.
Esta guía forma parte de nuestra serie Bancarrota por Estado. Es información jurídica general, no asesoramiento legal, y las cifras en dólares que aparecen a continuación cambian periódicamente, por lo que debe confirmar los montos vigentes antes de basarse en ellos.
¿Florida utiliza exenciones de bancarrota estatales o federales?
Florida es un estado de exclusión. Bajo 11 U.S.C. 522(b), un estado puede prohibir a sus residentes utilizar las exenciones federales, y Florida lo ha hecho. Un solicitante con domicilio en Florida debe utilizar las exenciones del estado y no puede elegir el conjunto federal en 11 U.S.C. 522(d). Esto significa que la protección de vivienda federal y la comodín federal no están disponibles; la propia constitución y los estatutos de Florida proporcionan las protecciones en su lugar.
Las reglas de residencia bajo 11 U.S.C. 522(b)(3) generalmente requieren domicilio en Florida durante los 730 días anteriores a la presentación para reclamar las exenciones de Florida; de lo contrario, pueden aplicarse las reglas de un estado anterior.
La exención de vivienda ilimitada de Florida
La característica principal de Florida es la exención de vivienda en el Artículo X, Sección 4 de la Constitución de Florida, que protege un monto ilimitado en dólares de capital en una vivienda que reúne los requisitos de la venta forzosa por la mayoría de los acreedores. No hay límite en dólares en la constitución misma, razón por la cual Florida, junto con estados como Texas, es conocida por permitir a los solicitantes conservar una vivienda de alto valor.

La protección no está exenta de límites. La constitución restringe la vivienda a media acre si la propiedad está dentro de un municipio, o hasta 160 acres si está fuera de uno. Las propiedades que excedan esos límites de acreaje no están cubiertas por la exención de vivienda.
El límite de 522(p) sobre las viviendas adquiridas recientemente
La exención de vivienda ilimitada de Florida no prevalece sobre la ley federal de bancarrota en un punto clave. Bajo 11 U.S.C. 522(p), un solicitante no puede eximir más de un monto fijo en dólares del capital de vivienda adquirido durante los 1,215 días (aproximadamente 3 años y 4 meses) anteriores a la presentación. Ese límite federal es de $214,000 para casos presentados a partir del 1 de abril de 2025, un monto que los tribunales ajustan periódicamente por inflación.
En términos simples, el capital que ha mantenido en su vivienda en Florida durante más de 1,215 días puede protegerse sin límite en dólares, pero el capital que agregó más recientemente, por ejemplo comprando o pagando sustancialmente una vivienda poco antes de presentar la solicitud, está limitado a la cifra de 522(p). Esta regla fue diseñada para evitar que los solicitantes transfirieran grandes sumas a una vivienda justo antes de la bancarrota. Una disposición relacionada, 11 U.S.C. 522(o), puede reducir la vivienda cuando el capital provino de activos no exentos convertidos con intención de defraudar a los acreedores. Confirme el monto vigente de 522(p) para su fecha de presentación, porque cambia.
Vehículo automotor, comodín y salarios
Florida exime el interés de un deudor en un solo vehículo automotor hasta $5,000 bajo Fla. Stat. 222.25(1). La Constitución de Florida también protege $1,000 en bienes personales. Para los solicitantes que no reclaman o no reciben el beneficio de la exención de vivienda, Fla. Stat. 222.25(4) agrega una comodín de $4,000 en bienes personales, una opción significativa para los arrendatarios u otros que no mantienen vivienda propia.
Los salarios reciben una protección sólida. Bajo Fla. Stat. 222.11, los ingresos disponibles de un jefe de familia están exentos si son de $750 a la semana o menos, y los montos mayores están exentos a menos que el deudor haya acordado por escrito el embargo. Florida también exime una variedad de beneficios y cuentas de jubilación bajo otras disposiciones del Capítulo 222.
La prueba de medios del Capítulo 7 en Florida
La prueba de medios determina la elegibilidad para el Capítulo 7. El primer paso compara el ingreso anualizado de su hogar durante los seis meses anteriores a la presentación con el ingreso familiar medio de Florida para su tamaño de hogar según lo publicado por el Programa de Síndicos de EE. UU. Por debajo o igual al ingreso medio, generalmente aprueba; por encima, un segundo cálculo de ingreso disponible decide si aún puede presentar el Capítulo 7 o si debe optar por el Capítulo 13.

Para casos presentados a partir del 1 de abril de 2026, las cifras de ingreso familiar medio de Florida son:
- 1 perceptor: $69,876
- 2 personas: $86,523
- 3 personas: $97,540
- 4 personas: $114,761
Agregue $11,100 por cada miembro del hogar más allá de cuatro. El Programa de Síndicos de EE. UU. actualiza estas cifras aproximadamente dos veces al año, por lo que verifique la tabla vigente para su fecha de presentación.
Capítulo 7 vs. Capítulo 13 y la suspensión automática
El Capítulo 7 es de liquidación. Un síndico puede vender bienes no exentos para pagar a los acreedores, y la mayor parte de la deuda no garantizada restante se elimina, generalmente en un plazo de cuatro a seis meses. Es adecuado para solicitantes con activos no exentos limitados y deuda principalmente no garantizada.
El Capítulo 13 es de reorganización. Usted conserva sus bienes y reembolsa parte o la totalidad de lo que debe a través de un plan de tres a cinco años, lo que puede ayudar a los propietarios a ponerse al día con un saldo hipotecario atrasado o a solicitantes cuyos ingresos son demasiado altos para el Capítulo 7.
Cualquier presentación activa la suspensión automática bajo 11 U.S.C. 362, que detiene de inmediato la mayoría de los esfuerzos de cobro, incluidas la ejecución hipotecaria, el embargo de salario y las llamadas de cobro, mientras el caso está pendiente.
Dónde presentar la solicitud en Florida
Florida está dividida en tres distritos judiciales federales, por lo que el tribunal correcto depende de dónde vive usted. Los casos se presentan ante el Tribunal de Bancarrota de EE. UU. para el Distrito Norte de Florida (Tallahassee, Pensacola, Panama City, Gainesville), el Distrito Medio de Florida (Jacksonville, Orlando, Tampa, Ocala, Fort Myers) o el Distrito Sur de Florida (Miami, Fort Lauderdale, West Palm Beach). Se requiere un curso de asesoramiento crediticio de un proveedor aprobado antes de presentar la solicitud, y un curso de educación para deudores antes de la eliminación de deudas.
Qué puede y qué no puede hacer la bancarrota
La mayoría de las deudas no garantizadas, como tarjetas de crédito, facturas médicas y préstamos personales, son eliminables. Varias categorías generalmente no lo son, incluidos la mayoría de los préstamos estudiantiles, impuestos sobre la renta recientes, manutención de hijos y pensión alimenticia, y deudas basadas en fraude. Debido a que la protección de vivienda de Florida es poderosa pero interactúa con las reglas federales de 522(p) y 522(o), y porque las cifras de la prueba de medios cambian, muchos solicitantes consultan a un abogado de bancarrota de Florida antes de decidir.

Preguntas frecuentes
¿Florida utiliza exenciones de bancarrota estatales o federales?
Florida utiliza solo exenciones estatales. Excluyó el esquema federal, por lo que un deudor con domicilio en Florida debe utilizar la constitución y los estatutos de Florida y no puede elegir las exenciones federales de 11 U.S.C. 522(d).
¿Cuál es la exención de vivienda en Florida?
La exención de vivienda de Florida bajo el Artículo X, Sección 4 de la constitución estatal protege capital ilimitado en una vivienda que reúne los requisitos, pero la propiedad no puede exceder media acre dentro de un municipio o 160 acres fuera de uno. Un límite federal de $214,000 (vigente desde el 1 de abril de 2025) se aplica bajo 11 U.S.C. 522(p) al capital de vivienda adquirido dentro de los 1,215 días anteriores a la presentación. Confirme las cifras vigentes antes de basarse en ellas.
¿Cuál es el ingreso medio de Florida para la prueba de medios?
Para casos presentados a partir del 1 de abril de 2026, el Programa de Síndicos de EE. UU. indica que el ingreso familiar medio de Florida es de $69,876 para un perceptor, $86,523 para dos, $97,540 para tres y $114,761 para cuatro, más $11,100 por cada persona adicional. Estas cifras se actualizan aproximadamente dos veces al año.
¿Perderé mi casa o automóvil si presento bancarrota en Florida?
No automáticamente. La protección de vivienda de Florida puede proteger capital ilimitado en una vivienda que reúne los requisitos dentro de los límites de acreaje, sujeto al límite federal de 522(p) sobre el capital adquirido recientemente. Un vehículo está protegido hasta $5,000. Los resultados dependen de su capital y de si está al corriente de los pagos garantizados. Esta es información general, no asesoramiento sobre su caso.
¿Cómo afecta el límite de 522(p) a la protección de vivienda ilimitada de Florida?
Bajo 11 U.S.C. 522(p), el capital agregado a una vivienda dentro de los 1,215 días anteriores a la presentación está limitado a $214,000 (vigente desde el 1 de abril de 2025), aunque la ley de Florida es ilimitada en otros casos. El capital mantenido por más de 1,215 días no está sujeto a este límite federal. El monto se ajusta periódicamente.
¿Tiene Florida una exención comodín?
Sí, en forma limitada. La constitución protege $1,000 en bienes personales, y Fla. Stat. 222.25(4) agrega una comodín de $4,000 para solicitantes que no reclaman o no reciben el beneficio de la exención de vivienda. Debido a que Florida excluyó las exenciones federales, la comodín federal no está disponible.
¿Dónde presento la bancarrota en Florida?
En el Distrito Norte, Medio o Sur de Florida, dependiendo de su condado. El Distrito Medio sirve a ciudades del centro de Florida como Jacksonville, Orlando y Tampa, mientras que el Distrito Sur cubre Miami y el sureste y el Distrito Norte cubre Tallahassee y el panhandle.
¿Qué deudas no pueden eliminarse en una bancarrota de Florida?
Las categorías no eliminables son federales y se aplican a nivel nacional. Generalmente incluyen la mayoría de los préstamos estudiantiles, impuestos sobre la renta recientes, manutención de hijos y pensión alimenticia, y deudas derivadas de fraude. La mayoría de las deudas de tarjetas de crédito y médicas son eliminables.
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Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 4 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
United States Code Title 11
§ 362Automatic stayVigentecitada en 51 de nuestros artículos
Except as provided in subsection (b) of this section, a petition filed under section 301, 302, or 303 of this title, or an application filed under section 5(a)(3) of the Securities Investor Protection Act of 1970, operates as a stay, applicable to all entities, of— the commencement or continuation, including the issuance or employment of process, of a judicial, administrative, or other action or proceeding against the debtor that was or could have been commenced before the commencement of the case under this title, or to recover a claim against the debtor that arose before the commencement of the case under this title; the enforcement, against the debtor or against property of the estate, of a judgment obtained before the commencement of the case under this title; any act to obtain possession of property of the estate or of property from the estate or to exercise control over property of the estate; any act to create, perfect, or enforce any lien against property of the estate; any act to create, perfect, or enforce against property of the debtor any lien to the extent that such lien secures a claim that arose before the commencement of the case under this title; any act to…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en uscode.house.gov
§ 522ExemptionsVigentecitada en 52 de nuestros artículos
In this section— “dependent” includes spouse, whether or not actually dependent; and “value” means fair market value as of the date of the filing of the petition or, with respect to property that becomes property of the estate after such date, as of the date such property becomes property of the estate. Notwithstanding section 541 of this title, an individual debtor may exempt from property of the estate the property listed in either paragraph (2) or, in the alternative, paragraph (3) of this subsection. In joint cases filed under section 302 of this title and individual cases filed under section 301 or 303 of this title by or against debtors who are husband and wife, and whose estates are ordered to be jointly administered under Rule 1015(b) of the Federal Rules of Bankruptcy Procedure, one debtor may not elect to exempt property listed in paragraph (2) and the other debtor elect to exempt property listed in paragraph (3) of this subsection. If the parties cannot agree on the alternative to be elected, they shall be deemed to elect paragraph (2), where such election is permitted under the law of the jurisdiction where the case is filed.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en uscode.house.gov
Florida Statutes
§ 222.11Exemption of wages from garnishment.Vigente
(1) As used in this section, the term:(a) “Earnings” includes compensation paid or payable, in money of a sum certain, for personal services or labor whether denominated as wages, salary, commission, or bonus. (b) “Disposable earnings” means that part of the earnings of any head of family remaining after the deduction from those earnings of any amounts required by law to be withheld. (c) “Head of family” includes any natural person who is providing more than one-half of the support for a child or other dependent. (2)(a) All of the disposable earnings of a head of family whose disposable earnings are less than or equal to $750 a week are exempt from attachment or garnishment. (b) Disposable earnings of a head of a family, which are greater than $750 a week, may not be attached or garnished unless such person has agreed otherwise in writing. The agreement to waive the protection provided by this paragraph must:1. Be written in the same language as the contract or agreement to which the waiver relates; 2. Be contained in a separate document attached to the contract or agreement; and 3.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leg.state.fl.us
§ 222.25Other individual property of natural persons exempt from legal process.Vigente
The following property is exempt from attachment, garnishment, or other legal process:(1) A debtor’s interest, not to exceed $5,000 in value, in a single motor vehicle as defined in s. 320.01(1). (2) A debtor’s interest in any professionally prescribed health aids for the debtor or a dependent of the debtor. (3) A debtor’s interest in a refund or a credit received or to be received, or the traceable deposits in a financial institution of a debtor’s interest in a refund or credit, pursuant to s. 32 of the Internal Revenue Code of 1986, as amended. This exemption does not apply to a debt owed for child support or spousal support. (4) A debtor’s interest in personal property, not to exceed $4,000, if the debtor does not claim or receive the benefits of a homestead exemption under s. 4, Art. X of the State Constitution. This exemption does not apply to a debt owed for child support or spousal support.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leg.state.fl.us
Fuentes y referencias
- Fla. Const. art. X, sec. 4 (protección de vivienda ilimitada; límites de media acre municipal / 160 acres; $1,000 en bienes personales)(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. cap. 222 (222.25 vehículo $5,000 y comodín de $4,000; 222.11 salarios del jefe de familia)(leg.state.fl.us).gov
- 11 U.S.C. 522 (autoridad de exclusión; límite de vivienda 522(p); 522(o))(law.cornell.edu)
- Registro Federal, Ajuste de Montos en Dólares (límite de 522(p) de $214,000 vigente desde el 1 de abril de 2025)(federalregister.gov).gov
- Programa de Síndicos de EE. UU., Ingreso Familiar Medio de la Oficina del Censo (casos presentados del 1 de nov. de 2025 al 31 de mar. de 2026)(justice.gov).gov
- Tribunal de Bancarrota de EE. UU. para el Distrito Medio de Florida(flmb.uscourts.gov).gov