HIPAA y Citaciones Judiciales: Cuando se Puede Divulgar la PHI (2026)

Bajo (e), una entidad cubierta puede divulgar información de salud protegida en respuesta a una citación judicial en dos situaciones: cuando una orden judicial autoriza la divulgación, o cuando una citación emitida por un abogado va acompañada de garantías satisfactorias de notificación al individuo o de una orden de protección calificada.
Recibir una citación judicial para obtener los registros médicos de un paciente coloca a los proveedores de salud, hospitales y planes de salud en una posición difícil. La ley federal bajo HIPAA permite ciertas divulgaciones de información de salud protegida para procedimientos judiciales y administrativos, pero solo cuando se cumplen salvaguardas procesales específicas. Equivocarse puede resultar en una violación de la Regla de Privacidad, una investigación de la OCR y sanciones monetarias civiles.
Este artículo explica con exactitud cuando y como se puede divulgar la PHI en respuesta a citaciones judiciales, órdenes judiciales y otros procesos legales bajo la Regla de Privacidad de HIPAA.
Órdenes Judiciales frente a Citaciones bajo HIPAA
La Regla de Privacidad de HIPAA establece una distinción crítica entre las órdenes judiciales y las citaciones judiciales. Ambas requieren distintos niveles de salvaguardas antes de que una entidad cubierta pueda divulgar la PHI.
Órdenes Judiciales (45 CFR 164.512(e)(1)(i))
Cuando un tribunal o tribunal administrativo emite una orden que ordena la divulgación de PHI, las entidades cubiertas pueden cumplir divulgando la información. Sin embargo, la divulgación se limita a la PHI expresamente autorizada por la orden. Una entidad cubierta no puede tratar una orden judicial como un cheque en blanco para producir un expediente médico completo si la orden solo solicita notas de tratamiento específicas o registros de facturación.
Una orden judicial lleva la autoridad de un juez o magistrado que ya evaluó la necesidad de la información. Debido a esa supervisión judicial, la Regla de Privacidad no exige salvaguardas adicionales como la notificación al paciente o una orden de protección.
Citaciones sin una Orden Judicial (45 CFR 164.512(e)(1)(ii))
Las citaciones emitidas por abogados (en lugar de jueces) presentan una situación distinta. Estas citaciones de descubrimiento de pruebas, citaciones duces tecum e instrumentos similares de proceso legal carecen de la supervisión judicial que conllevan las órdenes judiciales. Antes de divulgar PHI en respuesta a una citación que no va acompañada de una orden judicial, la entidad cubierta debe recibir garantías satisfactorias de la parte solicitante.
Este requisito existe porque una citación emitida por un abogado no involucra a un juez que sopese los intereses de privacidad del paciente frente a la necesidad de los registros.
El Requisito de las Garantías Satisfactorias
Bajo (e)(1)(ii), una entidad cubierta que no es parte del litigio puede divulgar PHI en respuesta a una citación judicial solo después de recibir garantías satisfactorias. La parte solicitante debe demostrar que se ha cumplido una de dos condiciones.
Opción 1: Notificación al Individuo
La parte solicitante proporciona una declaración escrita y documentación que demuestre que se hicieron esfuerzos razonables para notificar al individuo cuya PHI se solicita. Según la HHS FAQ 706, la notificación debe incluir:
- Información suficiente sobre el litigio o procedimiento
- Una descripción de la información que se solicita
- El momento y el lugar para presentar objeciones ante el tribunal o tribunal administrativo
- Prueba de que el plazo para presentar objeciones ha vencido y que no se presentaron objeciones o que todas las objeciones se han resuelto
La notificación puede dirigirse directamente al individuo o a su abogado, tal como lo confirma la HHS FAQ 707. Si el individuo cuenta con representación legal en el procedimiento, la notificación al abogado satisface este requisito.
Opción 2: Orden de Protección Calificada
Como alternativa a la notificación al individuo, la parte solicitante puede proporcionar documentación de que ha obtenido, o esta solicitando, una orden de protección calificada. Bajo la Regla de Privacidad, una orden de protección calificada debe:
- Prohibir a las partes usar o divulgar la PHI para cualquier propósito distinto al litigio o procedimiento específico
- Exigir la devolución o destrucción de toda la PHI (incluidas todas las copias) al concluir el litigio o procedimiento
La parte solicitante satisface este requisito al demostrar, ya sea que las partes acordaron una orden de protección calificada y la presentaron ante el tribunal, o que la parte solicitante presento una moción solicitando una orden de protección calificada al tribunal.
Cuando la Propia Citación Sirve como Garantía Satisfactoria
La HHS FAQ 708 aclara un punto práctico importante. Si la propia citación, en su texto, demuestra que el individuo recibió notificación adecuada, no se requiere una declaración escrita por separado. Esto aplica cuando la citación demuestra que el individuo es parte del litigio, que el individuo o su abogado fue notificado de la solicitud, y que el plazo para objeciones ha vencido sin que se presentara ninguna.
Lo que las Entidades Cubiertas Pueden Hacer por Cuenta Propia
Una entidad cubierta no tiene que depender únicamente de las garantías de la parte solicitante. Bajo 45 CFR 164.512(e)(1)(ii)(B) y (e)(1)(vi), la propia entidad cubierta puede tomar cualquiera de los siguientes pasos:
- Proporcionar la notificación directamente: La entidad cubierta puede enviar su propia notificación escrita al individuo, incluyendo la información requerida bajo la regla, y esperar a que venza el plazo para objeciones.
- Solicitar una orden de protección calificada: La entidad cubierta puede presentar su propia moción para una orden de protección calificada antes de divulgar los registros.
Esta opción otorga a las entidades cubiertas mayor control sobre el proceso, particularmente cuando no están seguras de si la parte solicitante realmente ha cumplido con el estándar de las garantías satisfactorias.
El Estándar de lo Mínimo Necesario
Todas las divulgaciones de PHI para procedimientos judiciales y administrativos siguen sujetas al estándar de lo mínimo necesario bajo (b) y 164.514(d). Incluso cuando una entidad cubierta tiene la autorización adecuada para divulgar registros en respuesta a una citación judicial u orden judicial, debe limitar la divulgación a la cantidad mínima de PHI razonablemente necesaria para cumplir con la solicitud.
En la práctica, esto significa que una entidad cubierta debe revisar la citación cuidadosamente y producir solo los registros descritos específicamente. Si una citación solicita todos los registros médicos pero el caso subyacente involucra una lesión o periodo de tratamiento específico, la entidad cubierta debe considerar si producir el expediente completo realmente cumple con el estándar de lo mínimo necesario.
Citaciones de un Gran Jurado: Un Marco Distinto
Las citaciones de un gran jurado operan bajo una disposición enteramente distinta de la Regla de Privacidad. Bajo 45 CFR 164.512(f)(1)(ii)(B), las entidades cubiertas pueden divulgar PHI en respuesta a una citación de un gran jurado sin requerir garantías satisfactorias, notificación al individuo ni una orden de protección calificada.
La justificación es sencilla. Los procedimientos del gran jurado se llevan a cabo bajo estricta supervisión judicial y requisitos de secreto. La Federal Rule of Criminal Procedure 6(e) impone obligaciones de secreto a todos los participantes, lo que ofrece protecciones de privacidad integradas que sustituyen a las garantías satisfactorias que de otro modo se requieren.
Esto significa que los proveedores de salud que reciben una citación de un gran jurado federal o estatal para obtener registros de pacientes pueden cumplir sin tomar los pasos adicionales requeridos para las citaciones de litigios civiles. La divulgación sigue limitandose a la información que la citación del gran jurado solicita específicamente.
Divulgaciones a las Fuerzas del Orden (45 CFR 164.512(f))
Más allá de las citaciones judiciales y las órdenes judiciales, la Regla de Privacidad aborda por separado las divulgaciones a las fuerzas del orden bajo 45 CFR 164.512(f). Estas disposiciones cubren situaciones fuera de los procedimientos judiciales estándar.
Divulgaciones Requeridas por Ley
Las entidades cubiertas deben divulgar PHI cuando una ley que obliga a informar lo exige. Los estatutos de reporte obligatorio para heridas de bala, sospecha de abuso o ciertas enfermedades contagiosas caen dentro de esta categoría.
Órdenes Judiciales, Órdenes de Cateo y Solicitudes Administrativas
Bajo 45 CFR 164.512(f)(1)(ii), las entidades cubiertas pueden divulgar PHI en respuesta a:
- Órdenes judiciales
- Órdenes de cateo o registro dictadas por un tribunal
- Citaciones judiciales o emplazamientos emitidos por un funcionario judicial
- Citaciones de un gran jurado
- Solicitudes administrativas, incluidas las citaciones administrativas o las demandas de investigación civil
Para las solicitudes administrativas específicamente, la Regla de Privacidad impone tres condiciones: la información debe ser relevante y material para una investigación legítima de las fuerzas del orden, la solicitud debe ser especifica y limitada en alcance, y la información no identificada no podría razonablemente servir al mismo propósito.
Información Limitada con Fines de Identificación
Las fuerzas del orden pueden obtener información de identificación limitada para localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida. Esto se restringe a identificadores básicos: nombre, dirección, fecha y lugar de nacimiento, número de Seguro Social, tipo de sangre, tipo de lesión, fecha y hora del tratamiento, y una descripción física. El análisis de ADN, los registros dentales y las muestras de tipificación o de tejido quedan excluidos de esta divulgación limitada.
La Desidentificación como Alternativa
En algunas situaciones, las entidades cubiertas pueden responder a solicitudes legales proporcionando información desidentificada en lugar de PHI completa. Bajo , la información califica como desidentificada mediante dos métodos:
- Puerto Seguro (Safe Harbor): Eliminar las 18 categorías de identificadores especificados en la regla, incluyendo nombres, datos geográficos menores que un estado, fechas (distintas al año), números de teléfono, direcciones de correo electrónico, números de Seguro Social y números de expediente médico.
- Determinación por Experto: Un experto estadístico calificado certifica que el riesgo de identificar a cualquier individuo a partir de los datos es muy pequeño.
La información desidentificada ya no se considera PHI bajo HIPAA, y su divulgación no activa los requisitos de la Regla de Privacidad. Para el reporte de infracciones de HIPAA, esta distinción importa porque las divulgaciones de datos correctamente desidentificados no constituyen infracciones.
Leyes Estatales que Ofrecen Protecciones Más Fuertes
HIPAA establece un piso federal, no un techo. Bajo , cuando una ley estatal es más estricta que HIPAA (es decir, ofrece mayores protecciones de privacidad), la ley estatal prevalece. Varios estados imponen requisitos adicionales para las citaciones de registros médicos que van más allá del marco de garantías satisfactorias de HIPAA.
California
La California Confidentiality of Medical Information Act (CMIA), codificada en Cal. Civ. Code Section 56.10, generalmente exige autorización del paciente antes de divulgar información médica, con las mismas excepciones de orden judicial y citación notificada descritas anteriormente. Los registros de salud mental reciben protección de confidencialidad separada y adicional bajo la Lanterman-Petris-Short Act de California (Welf. & Inst. Code Section 5328), que hace confidenciales los registros de tratamiento de salud mental y restringe su divulgación a una lista específica de circunstancias autorizadas, más allá del marco general de citaciones de la CMIA.
Nueva York
La New York Public Health Law Article 27-F exige el consentimiento informado por escrito para cualquier divulgación de información relacionada con el VIH, incluso en respuesta a una citación judicial. Los registros de salud mental reciben protección adicional bajo la Mental Hygiene Law Section 33.13, que generalmente exige una orden judicial (no solo una citación) para su divulgación.
Texas
El Texas Health and Safety Code Chapter 181 (la Texas Medical Records Privacy Act) otorga a los pacientes derechos más amplios que HIPAA en varias áreas. Las instalaciones de Texas generalmente deben responder a las solicitudes de registros dentro de 15 días, en comparación con el estándar de 30 días de HIPAA.
Principio General
Las entidades cubiertas que operan en varios estados deben identificar y cumplir con la ley aplicable más protectora para cada divulgación. Cuando una ley estatal exige una orden judicial donde HIPAA permitiría la divulgación solo con garantías satisfactorias, la ley estatal controla.
Sanciones por Divulgación Indebida
Divulgar PHI en respuesta a una citación judicial sin cumplir con los requisitos de la Regla de Privacidad constituye una violación de HIPAA. La Oficina de Derechos Civiles (OCR) de HHS investiga las quejas y puede imponer sanciones monetarias civiles bajo la Regla de Aplicación de HIPAA.
La OCR ha documentado casos en los que las entidades cubiertas divulgaron indebidamente PHI en respuesta a citaciones judiciales. En un ejemplo de aplicación, un hospital publico divulgó la PHI de un paciente en respuesta a una citación que no iba acompañada de una orden judicial, sin verificar primero que la parte solicitante hubiera proporcionado garantías satisfactorias de notificación al individuo o una orden de protección calificada.
Los niveles de sanciones bajo la HITECH Act van de $141 a $2,134,831 por violación (ajustados por inflación), dependiendo del nivel de culpabilidad. El descuido intencional no corregido conlleva las sanciones más altas. Hasta 2024, la OCR ha resuelto 152 casos de aplicación por un total de más de $144.8 millones en acuerdos y sanciones monetarias civiles.
Pasos Prácticos para las Entidades Cubiertas
Los proveedores de salud y planes de salud que reciben citaciones judiciales para obtener registros médicos pueden seguir un enfoque estructurado para mantener el cumplimiento.
Paso 1: Determinar el tipo de proceso legal. Identifique si la solicitud es una orden judicial, una citación emitida por un abogado, una citación de un gran jurado o una demanda administrativa. Cada una sigue una vía distinta bajo la Regla de Privacidad.
Paso 2: Verificar las garantías satisfactorias (para citaciones sin orden judicial). Solicite y revise la declaración escrita y la documentación de la parte solicitante. Confirme que el individuo recibió la notificación adecuada o que existe una orden de protección calificada.
Paso 3: Aplicar el estándar de lo mínimo necesario. Revise el alcance de la solicitud y límite la divulgación a los registros específicos identificados. No produzca un expediente médico completo cuando la citación solicita registros de un rango de fechas específico o relacionados con una condición especifica.
Paso 4: Verificar la ley estatal. Determine si el estado donde se trato al paciente o donde se ubica el proveedor impone requisitos adicionales. Si la ley estatal es más restrictiva, siga la ley estatal.
Paso 5: Documentar el proceso. Mantenga registros de la citación, las garantías satisfactorias recibidas, la PHI divulgada y el fundamento legal de la divulgación. HIPAA exige que las entidades cubiertas conserven la documentación de las divulgaciones durante seis años bajo (j).
Comprender estos requisitos es parte del marco más amplio de protecciones de privacidad de HIPAA que rigen como las entidades cubiertas manejan la información de salud protegida en todos los contextos, no solo en los procedimientos legales.
Este artículo ofrece información legal, no asesoría legal. Las leyes y regulaciones cambian, y su aplicación depende de hechos y circunstancias específicos. Consulte a un abogado para obtener asesoría especifica a su situación.
Preguntas frecuentes
¿Puede un abogado citar registros médicos sin una orden judicial?
Bajo HIPAA, un abogado puede emitir una citación judicial para obtener registros médicos sin una orden judicial, pero la entidad cubierta no puede divulgar los registros hasta que reciba garantías satisfactorias. El abogado debe demostrar que el paciente recibió notificación adecuada de la solicitud (con tiempo para objetar) o que se ha obtenido o solicitado una orden de protección calificada. Sin estas garantías, la entidad cubierta no debe divulgar la PHI (45 CFR 164.512(e)(1)(ii)).
¿Se le tiene que notificar a un paciente antes de que sus registros médicos sean citados?
En la mayoría de los casos que involucran citaciones de litigios civiles, si. La Regla de Privacidad de HIPAA exige que la parte solicitante proporcione notificación escrita al individuo (o a su abogado) con tiempo suficiente para presentar objeciones, o que exista una orden de protección calificada. Las citaciones de un gran jurado son la excepción notable, ya que no requieren notificación al individuo debido a las protecciones de secreto integradas en los procedimientos del gran jurado (45 CFR 164.512(f)(1)(ii)(B)).
¿Qué es una orden de protección calificada bajo HIPAA?
Una orden de protección calificada es una orden judicial o estipulación entre las partes que restringe como se puede usar la PHI en un litigio. Debe prohibir el uso o divulgación de PHI para cualquier propósito más allá del procedimiento específico y exigir la devolución o destrucción de todas las copias de la PHI cuando el procedimiento termine. Obtener una orden de protección calificada es una de las dos formas de satisfacer el requisito de garantías satisfactorias para citaciones sin órdenes judiciales.
¿Puede un hospital negarse a cumplir con una citación de registros médicos?
Una entidad cubierta puede y debe negarse a producir registros médicos en respuesta a una citación judicial si la parte solicitante no ha proporcionado garantías satisfactorias de notificación al individuo o de una orden de protección calificada. Producir registros sin estas salvaguardas viola la Regla de Privacidad de HIPAA y puede dar lugar a acciones de aplicación de la OCR. La entidad cubierta debe notificar a la parte solicitante de la deficiencia en lugar de simplemente ignorar la citación.
¿Prevalecen las leyes estatales sobre HIPAA cuando se trata de citaciones de registros médicos?
Las leyes estatales prevalecen sobre HIPAA solo cuando son más estrictas, es decir, cuando ofrecen mayores protecciones de privacidad para los individuos. Bajo 45 CFR 160.203, la ley más protectora controla. Por ejemplo, Nueva York exige una orden judicial (no solo una citación con notificación) para registros relacionados con el VIH, y California impone protecciones de confidencialidad adicionales para los registros de salud mental bajo la Lanterman-Petris-Short Act (Welf. & Inst. Code Section 5328), separadas del marco general de citaciones de la CMIA. Las entidades cubiertas deben cumplir tanto con HIPAA como con la ley estatal aplicable, siguiendo la que sea más restrictiva.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Se corrigió la regla de divulgación de registros de salud mental en California, que el artículo atribuía incorrectamente al Cal. Civ. Code 56.10; la protección reforzada proviene en realidad de la Lanterman-Petris-Short Act (Welf. & Inst. Code 5328).
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 6 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
California Civil Code
§ 56.10Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) A provider of health care, health care service plan, or contractor shall not disclose medical information regarding a patient of the provider of health care or an enrollee or subscriber of a health care service plan without first obtaining an authorization, except as provided in subdivision (b) or (c). (b) A provider of health care, a health care service plan, or a contractor shall disclose medical information if the disclosure is compelled by any of the following: (1) (A) A court order issued by a court of this state or a federal court, including, but not limited to, a court order issued by a court of this state pursuant to Section 2029.300 of the Code of Civil Procedure relating to a foreign subpoena. (B) A provider of health care, health care service plan, or contractor shall not comply with a court order that constitutes a foreign subpoena, absent a court order issued pursuant to Section 2029.300 of the Code of Civil Procedure. (2) A board, commission, or administrative agency for purposes of adjudication pursuant to its lawful authority.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leginfo.legislature.ca.gov
Citada en 74 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Heller v. Norcal Mutual Insurance (California Supreme Court 1994, 8 Cal. 4th 30) · Inabnit v. Berkson (California Court of Appeal 1988, 199 Cal. App. 3d 1230) · California Consumer Health Care Council v. Kaiser Foundation Health Plan, Inc. (California Court of Appeal 2006, 47 Cal. Rptr. 3d 593)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Code of Federal Regulations Title 45
§ 160.203General rule and exceptions.Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
A standard, requirement, or implementation specification adopted under this subchapter that is contrary to a provision of State law preempts the provision of State law. This general rule applies, except if one or more of the following conditions is met: (a) A determination is made by the Secretary under § 160.204 that the provision of State law: (1) Is necessary: (i) To prevent fraud and abuse related to the provision of or payment for health care; (ii) To ensure appropriate State regulation of insurance and health plans to the extent expressly authorized by statute or regulation; (iii) For State reporting on health care delivery or costs; or (iv) For purposes of serving a compelling need related to public health, safety, or welfare, and, if a standard, requirement, or implementation specification under part 164 of this subchapter is at issue, if the Secretary determines that the intrusion into privacy is warranted when balanced against the need to be served; or (2) Has as its principal purpose the regulation of the manufacture, registration, distribution, dispensing, or other control of any controlled substances (as defined in 21 U.S.C.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en ecfr.gov
Citada en 113 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Samuel Zean v. Fairview Health Services (Court of Appeals for the Eighth Circuit 2017, 858 F.3d 520) · Law v. Zuckerman (District Court, D. Maryland 2004, 307 F. Supp. 2d 705) · Thomas v. 1156729 Ontario Inc. (District Court, E.D. Michigan 2013, 979 F. Supp. 2d 780)
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§ 164.502Uses and disclosures of protected health information: General rules.Vigentecitada en 14 de nuestros artículos
(a) Standard. A covered entity or business associate may not use or disclose protected health information, except as permitted or required by this subpart or by subpart C of part 160 of this subchapter. (1) Covered entities: Permitted uses and disclosures. A covered entity is permitted to use or disclose protected health information as follows: (i) To the individual; (ii) For treatment, payment, or health care operations, as permitted by and in compliance with § 164.506; (iii) Incident to a use or disclosure otherwise permitted or required by this subpart, provided that the covered entity has complied with the applicable requirements of §§ 164.502(b), 164.514(d), and 164.530(c) with respect to such otherwise permitted or required use or disclosure; (iv) Except for uses and disclosures prohibited under § 164.502(a)(5)(i), pursuant to and in compliance with a valid authorization under § 164.508; (v) Pursuant to an agreement under, or as otherwise permitted by, § 164.510; and (vi) As permitted by and in compliance with any of the following: (A) This section. (B) Section 164.512 and, where applicable, § 164.509. (C) Section 164.514(e), (f), or (g).
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en ecfr.gov
Citada en 290 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Northwestern Memorial Hospital v. John Ashcroft, Attorney General of the United States (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2004, 362 F.3d 923) · Opis Management Resources, LLC v. Secretary, Florida Agency for Health Care Administration (Court of Appeals for the Eleventh Circuit 2013, 713 F.3d 1291) · United States ex rel. Baltazar v. Warden (District Court, N.D. Illinois 2014, 302 F.R.D. 256)
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§ 164.512Uses and disclosures for which an authorization or opportunity to agree or object is not required.Vigentecitada en 3 de nuestros artículos
Except as provided by § 164.502(a)(5)(iii), a covered entity may use or disclose protected health information without the written authorization of the individual, as described in § 164.508, or the opportunity for the individual to agree or object as described in § 164.510, in the situations covered by this section, subject to the applicable requirements of this section and § 164.509. When the covered entity is required by this section to inform the individual of, or when the individual may agree to, a use or disclosure permitted by this section, the covered entity's information and the individual's agreement may be given verbally. (a) Standard: Uses and disclosures required by law. (1) A covered entity may use or disclose protected health information to the extent that such use or disclosure is required by law and the use or disclosure complies with and is limited to the relevant requirements of such law. (2) A covered entity must meet the requirements described in paragraph (c), (e), or (f) of this section for uses or disclosures required by law. (b) Standard: Uses and disclosures for public health activities —(1) Permitted uses and disclosures.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en ecfr.gov
Citada en 580 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Northwestern Memorial Hospital v. John Ashcroft, Attorney General of the United States (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2004, 362 F.3d 923) · Law v. Zuckerman (District Court, D. Maryland 2004, 307 F. Supp. 2d 705) · Bayne v. Provost (District Court, N.D. New York 2005, 359 F. Supp. 2d 234)
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§ 164.514Other requirements relating to uses and disclosures of protected health information.Vigente
(a) Standard: De-identification of protected health information. Health information that does not identify an individual and with respect to which there is no reasonable basis to believe that the information can be used to identify an individual is not individually identifiable health information. (b) Implementation specifications: Requirements for de-identification of protected health information. A covered entity may determine that health information is not individually identifiable health information only if: (1) A person with appropriate knowledge of and experience with generally accepted statistical and scientific principles and methods for rendering information not individually identifiable: (i) Applying such principles and methods, determines that the risk is very small that the information could be used, alone or in combination with other reasonably available information, by an anticipated recipient to identify an individual who is a subject of the information; and (ii) Documents the methods and results of the analysis that justify such determination; or (2)(i) The following identifiers of the individual or of relatives, employers, or household members of the individual,…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en ecfr.gov
Citada en 53 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Northwestern Memorial Hospital v. John Ashcroft, Attorney General of the United States (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2004, 362 F.3d 923) · In re Zyprexa Products Liability Litigation (District Court, E.D. New York 2008, 254 F.R.D. 50) · Nat'l Abortion Fed v. Ashcroft, John D. (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2004)
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§ 164.530Administrative requirements.Vigentecitada en 40 de nuestros artículos
(a)(1) Standard: Personnel designations. (i) A covered entity must designate a privacy official who is responsible for the development and implementation of the policies and procedures of the entity. (ii) A covered entity must designate a contact person or office who is responsible for receiving complaints under this section and who is able to provide further information about matters covered by the notice required by § 164.520. (2) Implementation specification: Personnel designations. A covered entity must document the personnel designations in paragraph (a)(1) of this section as required by paragraph (j) of this section. (b)(1) Standard: Training. A covered entity must train all members of its workforce on the policies and procedures with respect to protected health information required by this subpart and subpart D of this part, as necessary and appropriate for the members of the workforce to carry out their functions within the covered entity. (2) Implementation specifications: Training.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en ecfr.gov
Citada en 23 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: Baum v. KEYSTONE MERCY HEALTH PLAN (District Court, E.D. Pennsylvania 2011, 826 F. Supp. 2d 718) · Surprise v. Innovation Group, Inc. (District Court, D. Massachusetts 2013, 925 F. Supp. 2d 134) · Michael Terpin v. at and T Mobility LLC (Court of Appeals for the Ninth Circuit 2024, 118 F.4th 1102)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- 45 CFR 164.512(e) - Divulgaciones para procedimientos judiciales y administrativos(law.cornell.edu)
- HHS FAQ - Procedimientos judiciales y administrativos(hhs.gov).gov
- HHS FAQ 706 - Garantías satisfactorias para responder a una citación(hhs.gov).gov
- HHS FAQ 708 - Cuando la propia citación es garantía satisfactoria(hhs.gov).gov
- HHS FAQ 505 - Divulgaciones a las fuerzas del orden bajo la Regla de Privacidad(hhs.gov).gov
- HHS - Órdenes judiciales y citaciones (para individuos)(hhs.gov).gov
- HHS - Como la OCR aplica las Reglas de Privacidad y Seguridad de HIPAA(hhs.gov).gov
- HHS - Guía sobre la desidentificación de PHI bajo HIPAA(hhs.gov).gov
- HHS FAQ 399 - Prevalece HIPAA sobre las leyes estatales?(hhs.gov).gov
- California Confidentiality of Medical Information Act - Cal. Civ. Code 56.10(leginfo.legislature.ca.gov).gov