South Carolina
Leyes de Carolina del Sur sobre Grabación con Lentes Inteligentes 2026

Sí, los lentes inteligentes son legales de poseer y usar en Carolina del Sur, pero grabar con ellos conlleva responsabilidades legales ligadas a la regla de consentimiento de una sola parte del estado. Bajo la Ley de Seguridad Nacional de Carolina del Sur (S.C. Code § 17-30-30(C)), usted puede grabar cualquier conversación en la que sea parte sin notificar a los demás participantes, siempre que la captura de audio no se realice con un propósito delictivo o civilmente ilícito. Grabar en espacios privados donde las personas esperan privacidad visual es un delito separado, sin importar el consentimiento.
¿Son Legales los Lentes Inteligentes para Poseer y Usar en Carolina del Sur?
Sí. Carolina del Sur no tiene ninguna ley que restrinja poseer, comprar o usar lentes inteligentes como los lentes con inteligencia artificial Meta Ray-Ban. El dispositivo se vende libremente en todo el estado y su mera posesión no genera ningún problema legal bajo la ley de Carolina del Sur o la ley federal.
El análisis legal comienza solo cuando los lentes se usan para captar audio o video. El resultado depende del contenido que se graba, la ubicación, su rol en cualquier conversación captada y el propósito de la grabación.
Grabación de Video en Espacios Públicos vs. Espacios Privados
Espacios públicos
Grabar video en un espacio público es legal en Carolina del Sur, tanto bajo la ley estatal como la federal. Cuando una persona está en público, ya sea en una calle, acera, parque, festival o cualquier lugar generalmente accesible al público, tiene una expectativa razonable de privacidad disminuida frente a ser vista o filmada. La Ley Federal de Escuchas Telefónicas define la "comunicación oral" bajo el 18 U.S.C. § 2510(2) como el habla emitida bajo circunstancias que justifican una expectativa razonable contra la interceptación. La captura silenciosa de video en público no activa esa ley. La legislación de Carolina del Sur sigue este mismo principio.
Bajo Katz v. United States, 389 U.S. 347 (1967), la prueba constitucional para una expectativa razonable de privacidad tiene dos elementos: una expectativa subjetiva de privacidad, y una que la sociedad reconoce como objetivamente razonable. Las personas en una acera pública, en un mercado al aire libre o dentro de una tienda minorista generalmente no pueden alegar una expectativa razonable de privacidad frente a ser vistas o grabadas en cámara. Los lentes inteligentes usados en esos entornos no generan ninguna exposición legal solo por la captura de video.
Espacios semipúblicos y privados
El panorama legal cambia en espacios semipúblicos o completamente privados. Una residencia privada, un consultorio médico, una habitación de hotel o una sala de reuniones cerrada conllevan una expectativa razonable de privacidad sólida. Incluso los espacios que son técnicamente accesibles al público, como una sala de descanso en el lugar de trabajo durante una conversación tranquila uno a uno o una mesa de restaurante durante una charla personal, pueden generar una expectativa razonable de privacidad sobre el contenido de las palabras habladas allí.
Estos espacios híbridos semipúblicos son donde los lentes inteligentes generan un riesgo legal real, no por la captura de video, sino porque la grabación simultánea de audio de conversaciones privadas activa la ley de escuchas telefónicas de Carolina del Sur.
Grabación en lugares privados
El S.C. Code § 16-17-470 penaliza la grabación subrepticia en lugares donde una persona tiene una expectativa razonable de privacidad frente a la observación visual de su cuerpo o conducta íntima. Usar lentes inteligentes para filmar en secreto a alguien dentro de su casa, un vestidor, un consultorio médico o cualquier otro lugar privado implica directamente esa ley junto con la prohibición de escuchas telefónicas.
Grabación de Audio y la Regla de Consentimiento de Una Sola Parte de Carolina del Sur
Este es el tema legal central para los usuarios de lentes inteligentes en Carolina del Sur.
La ley: S.C. Code §§ 17-30-20 y 17-30-30
La Ley de Seguridad Nacional de Carolina del Sur regula la interceptación de comunicaciones por cable, orales y electrónicas. El S.C. Code § 17-30-20 establece la prohibición general de interceptar ilegalmente comunicaciones por cable, orales o electrónicas. La Sección 17-30-30(C) brinda la excepción de consentimiento de una sola parte para personas particulares: la interceptación no es ilegal cuando una persona que es parte de la comunicación, o cuando una de las partes de la comunicación, consiente la interceptación. (El inciso (B) cubre a las personas que actúan bajo apariencia de autoridad legal, como los oficiales de policía; el inciso (C) es la disposición que se aplica a los ciudadanos particulares comunes.)
En la práctica, una persona que usa lentes inteligentes y que forma parte de una conversación, ya sea un empleado hablando con un supervisor, un consumidor conversando con un representante de una empresa o una persona teniendo una charla en persona con un vecino, puede grabar legalmente esa conversación en Carolina del Sur sin revelar la grabación a los demás participantes.
El marco de consentimiento de Carolina del Sur refleja el estándar federal establecido por el 18 U.S.C. § 2511(2)(d). Debido a que Carolina del Sur no ha promulgado un requisito más estricto de consentimiento de todas las partes, la regla federal de una sola parte y la regla estatal operan en paralelo, permitiendo ambas que el participante que graba capture la conversación sin notificación.
Lo que el consentimiento de una sola parte no cubre
La excepción de una sola parte se aplica únicamente cuando quien graba es un participante genuino de la comunicación. No protege:
- Usar lentes inteligentes para grabar una conversación privada entre otras dos personas de la cual quien los usa no forma parte.
- Captar en secreto comunicaciones orales de otras personas en un espacio privado donde quien usa los lentes no tiene una presencia legítima.
- Grabar con un propósito delictivo o civilmente ilícito, como chantaje, acoso o persecución.
Grabar conversaciones privadas de otras personas sin participar en ellas es una interceptación ilegal bajo el S.C. Code § 17-30-20 y conlleva las mismas sanciones penales que cualquier otra infracción de escuchas telefónicas.
Aplicación práctica
Para un usuario de lentes inteligentes en Carolina del Sur, la regla de consentimiento de una sola parte significa:
- Grabar una conversación que usted mantiene activamente con alguien, en el trabajo, en casa, por teléfono o en un entorno público, es legal. Usted es parte de ella. No se requiere divulgación.
- Grabar la conversación privada de otras dos personas en la que usted no participa es ilegal.
- Grabar su propio contenido de video en público sin captar ninguna conversación no genera ningún problema de consentimiento.
Para un análisis completo del marco de consentimiento de Carolina del Sur, consulte la página Leyes de Grabación de Carolina del Sur.
Dónde No Puede Grabar: Voyerismo Bajo el S.C. Code § 16-17-470
Sin importar las reglas de consentimiento, la ley de Carolina del Sur prohíbe absolutamente grabar en lugares donde una persona tiene una expectativa razonable de privacidad frente a la observación visual de su cuerpo o conducta íntima.
Los tres niveles de la ley de voyerismo de Carolina del Sur
El S.C. Code § 16-17-470 distingue tres categorías de conducta prohibida:
Espiar o husmear: Husmear a través de ventanas, puertas u otras aberturas, o usar equipo de video o audio con el propósito de espiar o invadir la privacidad de las personas en el interior, es un delito menor en la primera infracción, con una multa de hasta $500 o hasta 3 años de prisión, o ambos. La ley abarca expresamente el uso de "cualquier cámara de video, cámara fija o dispositivo de grabación de audio" para lograr el propósito prohibido, lo que convierte a los lentes inteligentes en un dispositivo cubierto.
Voyerismo: Ver, fotografiar, grabar o filmar a otra persona sin su consentimiento a sabiendas, mientras esa persona se encuentra en un lugar donde tendría una expectativa razonable de privacidad, y hacerlo con fines de gratificación sexual, es también un delito menor en la primera infracción, con una multa de hasta $500 o hasta 3 años de prisión. Una segunda infracción o una posterior es un delito grave, con una multa de $500 a $5,000 o hasta 5 años de prisión.
Voyerismo agravado: Vender, distribuir o difundir de cualquier otra forma una fotografía, grabación o filmación obtenida mediante una infracción de voyerismo es un delito grave, con una multa de $500 a $5,000 o hasta 10 años de prisión. Este nivel aborda directamente la difusión posterior de material obtenido de manera encubierta.
Lugares donde grabar está absolutamente prohibido
La prohibición se aplica de manera más clara en baños, vestidores, áreas de cambio de gimnasios, probadores, residencias privadas, habitaciones de hotel y salas de examen médico. Estos son lugares donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad inequívoca frente a la observación visual. Los lentes inteligentes en estos espacios se tratan exactamente igual que las cámaras ocultas.
La ley federal añade un piso paralelo: el 18 U.S.C. § 1801, la Ley Federal de Prevención de Voyerismo por Video, prohíbe por separado grabar las áreas privadas de una persona en propiedad federal sin su consentimiento cuando tiene una expectativa razonable de privacidad.
La apariencia encubierta de los lentes inteligentes no crea ninguna excepción a la prohibición de voyerismo. Un dispositivo diseñado para parecer unos lentes comunes satisface directamente el elemento "subrepticio" del § 16-17-470. Si acaso, la apariencia común de los lentes refuerza la evidencia de ocultamiento intencional del acto de grabación.
Imágenes íntimas sin consentimiento
Carolina del Sur penaliza por separado la divulgación de imágenes íntimas bajo el S.C. Code § 16-15-332. Difundir imágenes íntimas sin consentimiento y con la intención de causar daño o con fines de lucro es un delito en la primera infracción, con una multa de hasta $5,000 o hasta 5 años de prisión; una infracción posterior conlleva una multa de hasta $10,000 o de 1 a 10 años de prisión, sin suspensión del mínimo. Los lentes inteligentes que captan contenido íntimo de manera encubierta y luego se usan para grabar o distribuir ese contenido generan exposición tanto bajo el § 16-17-470 como bajo el § 16-15-332.
Reconocimiento Facial y Privacidad Biométrica
Carolina del Sur no cuenta con una ley específica de privacidad biométrica equivalente a la Ley de Privacidad de Información Biométrica de Illinois (BIPA), la Ley de Captura o Uso de Identificadores Biométricos de Texas (CUBI) o la ley de identificadores biométricos de Washington (RCW Capítulo 19.375).
Carolina del Sur no ha promulgado una ley integral de privacidad del consumidor hasta junio de 2026. No existe ninguna ley de Carolina del Sur que exija el consentimiento previo por escrito antes de escanear la geometría facial de una persona, y no existe un régimen de daños estatutarios por persona equivalente a los $1,000 a $5,000 por infracción de la BIPA de Illinois. El Procurador General del estado no tiene una autoridad de aplicación biométrica específica análoga al poder de aplicación de la CUBI del Procurador General de Texas.
Eso no significa que los residentes de Carolina del Sur no tengan recursos legales. Los agravios de privacidad de derecho consuetudinario, en particular la intrusión en la reclusión bajo el Restatement (Second) of Torts § 652B, se aplican sin importar ninguna ley. Una intrusión intencional en la soledad o los asuntos privados de alguien, de una manera muy ofensiva para una persona razonable, genera responsabilidad civil aunque el material nunca se comparta. El acto mismo de la grabación encubierta constituye la intrusión.
El riesgo práctico es mayor a través de integraciones de software de terceros. Los lentes con inteligencia artificial Meta Ray-Ban incluyen una cámara, pero no ejecutan reconocimiento facial de forma nativa. La exposición legal surge cuando un usuario combina los lentes con una aplicación de terceros de búsqueda inversa por reconocimiento facial. En octubre de 2024, estudiantes de Harvard demostraron el sistema "I-XRAY" al combinar lentes Meta Ray-Ban con un motor de búsqueda de reconocimiento facial para identificar a extraños en tiempo real y obtener direcciones domiciliarias y números parciales de seguro social en cuestión de minutos. Esa demostración usó software de terceros, no los sistemas propios de Meta. Los usuarios de Carolina del Sur que desarrollen o usen integraciones similares enfrentan responsabilidad civil por agravios y, si el material se usa para acosar o perseguir, exposición penal bajo las leyes de acoso de Carolina del Sur.
Si un usuario de lentes inteligentes en Carolina del Sur capta el rostro de un residente de Illinois, Texas o Washington, las leyes biométricas de esos estados pueden alcanzar la conducta sin importar dónde ocurra la grabación. Se recomienda consultar a un abogado antes de cualquier implementación comercial de tecnología de reconocimiento facial en Carolina del Sur.
Resumen de Sanciones
| Infracción | Ley | Clasificación | Sanción Máxima |
|---|---|---|---|
| Interceptación ilegal de comunicación por cable, oral o electrónica | S.C. Code § 17-30-20 / § 17-30-50 | Delito grave | Hasta 5 años / multa de hasta $5,000 |
| Espiar / husmear (primera infracción) | S.C. Code § 16-17-470 | Delito menor | Hasta 3 años / multa de hasta $500 |
| Voyerismo (primera infracción) | S.C. Code § 16-17-470 | Delito menor | Hasta 3 años / multa de hasta $500 |
| Voyerismo (segunda infracción o posterior) | S.C. Code § 16-17-470 | Delito grave | Hasta 5 años / multa de $500 a $5,000 |
| Voyerismo agravado (distribución de contenido grabado) | S.C. Code § 16-17-470 | Delito grave | Hasta 10 años / multa de $500 a $5,000 |
| Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento (primera infracción, con intención de dañar) | S.C. Code § 16-15-332 | Delito grave | Hasta 5 años / multa de hasta $5,000 |
| Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento (infracción posterior) | S.C. Code § 16-15-332 | Delito grave | 1 a 10 años / multa de hasta $10,000 |
Los recursos civiles bajo el S.C. Code § 17-30-135 son independientes del proceso penal. Un demandante puede recuperar daños reales no menores a la mayor cantidad entre $500 por día de infracción o $25,000, daños punitivos, y honorarios de abogados y costos de litigio. Las demandas civiles deben presentarse dentro de los cinco años desde la fecha en que el demandante tuvo por primera vez una oportunidad razonable de descubrir la infracción.
A nivel federal, la Ley de Escuchas Telefónicas (18 U.S.C. § 2511) impone hasta 5 años de prisión por infracciones penales y responsabilidad civil de al menos $10,000 en daños estatutarios por cada interceptación ilegal.
Consejos Prácticos para Usuarios de Lentes Inteligentes en Carolina del Sur
Confirme que es participante antes de grabar audio. La regla de consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur protege únicamente a los participantes genuinos de una conversación. Si la otra persona se dirige a usted directamente y ustedes intercambian palabras, usted es participante y se aplica la regla de una sola parte. Si posiciona los lentes para captar una conversación cercana en la que no participa, queda fuera de la excepción y enfrenta exposición a delito grave bajo el § 17-30-20.
Mantenga el propósito dentro de la legalidad. La excepción de una sola parte de Carolina del Sur no protege las grabaciones hechas con propósitos delictivos o civilmente ilícitos. Si la razón por la que graba podría describirse como facilitar el acoso, el chantaje o la persecución, la excepción de consentimiento no se aplica y se genera exposición penal. Mantenga el propósito de cualquier grabación dentro de límites legales.
Mantenga el LED activo. Los lentes con inteligencia artificial Meta Ray-Ban incluyen un LED blanco de captura integrado cerca del armazón derecho que se ilumina siempre que la cámara está grabando video activamente, tomando una foto o transmitiendo en vivo. La ley de Carolina del Sur actualmente no exige indicadores de grabación para dispositivos vestibles, pero cubrir el LED deliberadamente elimina la única señal visible de que se está grabando. Esto refuerza la evidencia de intención de grabación encubierta sin consentimiento si surge una disputa.
Divulgue antes de reuniones sensibles. La ley de Carolina del Sur no le exige divulgar las grabaciones de conversaciones en las que participa, pero revelar la grabación al inicio de cualquier reunión formal o sensible, como una entrevista de trabajo, una cita médica o una consulta legal, elimina cualquier ambigüedad sobre el consentimiento, evita por completo la exposición civil por intrusión en la reclusión y protege la admisibilidad de la grabación si más adelante necesita usarla.
Nunca grabe en espacios privados. La prohibición bajo el § 16-17-470 de grabación subrepticia en lugares donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad visual es absoluta. Quítese los lentes antes de entrar a vestidores, baños, áreas de cambio o cualquier otro espacio donde las personas esperan privacidad frente a ser observadas. Las sanciones de nivel de delito grave por infracciones reiteradas y por distribuir contenido grabado hacen que incluso las infracciones accidentales sean extremadamente graves.
Tenga cuidado con las llamadas transfronterizas. La regla de consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur rige las llamadas donde ambas partes están en Carolina del Sur. Cuando una de las partes de una llamada se encuentra en un estado de consentimiento de todas las partes, puede aplicarse la ley más estricta del otro estado. Florida, que comparte proximidad regional con Carolina del Sur, exige consentimiento de todas las partes bajo el Florida Statutes § 934.03. Si usted está en Carolina del Sur pero la otra parte está en Florida, los tribunales de Georgia han sugerido que puede regir la ley más estricta de cualquiera de los dos estados. En caso de duda, divulgue antes de grabar o confirme la ubicación de la otra parte.
Precaución al conducir. Ninguna ley de Carolina del Sur, hasta junio de 2026, aborda específicamente los dispositivos vestibles con pantalla mientras se conduce. El uso de navegación a través de lentes inteligentes es análogo a una unidad de GPS montada. Usar lentes inteligentes para transmitir en vivo, publicar en redes sociales o hacer videollamadas mientras se conduce genera la misma exposición por conducción distraída que cualquier dispositivo electrónico y sigue siendo un tema legalmente sin resolver.
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Preguntas frecuentes
¿Carolina del Sur es un estado de consentimiento de una sola parte o de dos partes para grabar?
Carolina del Sur es un estado de consentimiento de una sola parte bajo el S.C. Code § 17-30-30(C). Si usted es participante de una conversación, puede grabarla sin notificar a las demás partes. La excepción de una sola parte no se aplica si la grabación se hace con un propósito delictivo o civilmente ilícito.
¿Puedo grabar una conversación con mis lentes inteligentes en Carolina del Sur sin decírselo a la otra persona?
Sí, siempre que usted sea un participante genuino de la conversación. El S.C. Code § 17-30-30(C) permite que una persona particular que es parte de la comunicación la grabe sin el conocimiento de los demás participantes. Usted no puede usar esta excepción para grabar conversaciones de las que no forma parte, y el propósito de la grabación no debe ser delictivo ni civilmente ilícito.
¿Cuál es la sanción por grabación ilegal en Carolina del Sur?
Interceptar ilegalmente una comunicación por cable, oral o electrónica bajo el S.C. Code § 17-30-20 y § 17-30-50 conlleva hasta 5 años de prisión y una multa de hasta $5,000. Los recursos civiles bajo el § 17-30-135 permiten por separado que un demandante recupere la mayor cantidad entre $500 por día de infracción o $25,000 en daños liquidados, más daños punitivos, honorarios de abogados y costos de litigio.
¿Puedo filmar en secreto a alguien con lentes inteligentes en Carolina del Sur?
En espacios públicos, la grabación de video únicamente es generalmente legal. En espacios privados donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad frente a la observación visual, incluyendo baños, vestidores y residencias privadas, la grabación subrepticia es un delito bajo el S.C. Code § 16-17-470. La primera infracción es un delito menor con hasta 3 años; las infracciones reiteradas son delitos graves. La apariencia encubierta de los lentes inteligentes no crea ninguna excepción.
¿Carolina del Sur tiene una ley de privacidad biométrica para los lentes inteligentes?
No. Carolina del Sur no cuenta con una ley específica de privacidad biométrica hasta junio de 2026. No existe un equivalente a la BIPA de Illinois, la CUBI de Texas o la ley de identificadores biométricos de Washington. Usar lentes inteligentes con reconocimiento facial en Carolina del Sur no conlleva exposición directa a daños estatutarios, pero los agravios de derecho consuetudinario por intrusión en la reclusión siguen aplicándose a la grabación encubierta.
¿Son legales los lentes inteligentes Meta Ray-Ban para usar en Carolina del Sur?
El dispositivo es legal de poseer y usar. La legalidad del uso depende de qué graba, dónde y su rol en cualquier conversación que capte. El LED de captura de Meta ofrece un indicador externo de grabación. La ley de Carolina del Sur no exige su uso, pero cubrirlo deliberadamente refuerza la evidencia de intención de grabación encubierta sin consentimiento si surge una disputa.
¿Qué sucede si grabo a alguien en Carolina del Sur que está en Florida?
Florida es un estado de consentimiento de todas las partes bajo el Florida Statutes § 934.03. Cuando una llamada o conversación incluye a un participante ubicado en Florida, puede regir la regla más estricta de todas las partes de Florida. El consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur no necesariamente lo protege de la ley de otro estado si la otra parte está en un estado de consentimiento de todas las partes. Divulgar la grabación antes de que comience es el enfoque más seguro para cualquier conversación transfronteriza.
¿Puedo grabar a oficiales de policía con lentes inteligentes en Carolina del Sur?
Grabar a oficiales de policía mientras realizan sus funciones en un espacio público está generalmente protegido bajo la Primera Enmienda. Como participante en cualquier encuentro, como una parada de tráfico o una interacción en la calle pública, la regla de consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur también permite la grabación de audio. Usted no puede usar los lentes para grabar en espacios privados, y no debe interferir físicamente con ninguna actividad policial.
¿Cuáles son las sanciones por compartir grabaciones hechas con lentes inteligentes en Carolina del Sur?
Si la grabación capta contenido íntimo obtenido mediante voyerismo, distribuirlo es voyerismo agravado bajo el S.C. Code § 16-17-470, un delito grave con hasta 10 años de prisión y una multa de $500 a $5,000. Por separado, difundir imágenes íntimas sin consentimiento bajo el S.C. Code § 16-15-332 conlleva hasta 5 años en la primera infracción y hasta 10 años en infracciones posteriores cuando se hace con intención de dañar o con fines de lucro.
¿La ley de escuchas telefónicas de Carolina del Sur cubre la grabación de audio con lentes inteligentes?
Sí. El S.C. Code § 17-30-20 prohíbe la interceptación ilegal de comunicaciones orales, lo que incluye el audio grabado mediante cualquier dispositivo, incluyendo los lentes inteligentes. La excepción de consentimiento de una sola parte en el § 17-30-30(C) permite grabar cuando usted es participante de la conversación. Grabar conversaciones privadas de otras personas de las que no forma parte es un delito grave bajo el § 17-30-50.
Fuentes y referencias
- S.C. Code § 17-30-20 (Ley de Seguridad Nacional de Carolina del Sur, Prohibición de interceptación ilegal de comunicaciones por cable, orales o electrónicas). Establece la prohibición general de interceptar comunicaciones sin consentimiento.(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 17-30-30(C) (Excepción de consentimiento de una sola parte para personas particulares). Una persona que no actúa bajo apariencia de autoridad legal puede interceptar una comunicación cuando es parte de ella o cuando una de las partes ha dado su consentimiento previo. El inciso (B) cubre a la aplicación de la ley. Establece el marco de consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur para ciudadanos particulares.(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 17-30-50 (Sanciones penales por interceptación ilegal). Infracción estándar: prisión de hasta 5 años o multa de hasta $5,000, o ambas.(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 17-30-135 (Acción civil por interceptaciones ilícitas). El demandante puede recuperar la mayor cantidad entre $500 por día de infracción o $25,000 en daños liquidados, más daños punitivos, honorarios de abogados y costos. Plazo de prescripción de cinco años desde el descubrimiento.(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 16-17-470 (Voyerismo). Prohíbe espiar/husmear y la grabación subrepticia en lugares donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad. Primera infracción: delito menor, hasta 3 años / multa de hasta $500. Segunda infracción o posterior: delito grave, hasta 5 años / multa de $500-$5,000. Agravado (distribución): delito grave, hasta 10 años / multa de $500-$5,000.(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 16-15-332 (Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento). Primera infracción con intención de dañar: hasta 5 años / multa de hasta $5,000. Infracción posterior: 1-10 años / multa de hasta $10,000, sin suspensión del mínimo. Cubre imágenes falsificadas digitalmente.(scstatehouse.gov)
- 18 U.S.C. § 2511 (Ley Federal de Escuchas Telefónicas). Excepción de consentimiento de una sola parte en el § 2511(2)(d); sanción penal de hasta 5 años; responsabilidad civil de al menos $10,000 por interceptación ilegal.(law.cornell.edu)
- 18 U.S.C. § 2510(2) (Definición de comunicación oral como el habla emitida bajo circunstancias que justifican una expectativa razonable contra la interceptación). Base de la regla de que la grabación silenciosa de video únicamente en público no infringe la Ley de Escuchas Telefónicas.(law.cornell.edu)
- 18 U.S.C. § 1801 (Ley Federal de Prevención de Voyerismo por Video). Prohíbe grabar las áreas privadas de personas en propiedad federal sin su consentimiento cuando tienen una expectativa razonable de privacidad.(law.cornell.edu)
- Página oficial de privacidad de los lentes con inteligencia artificial Meta Ray-Ban. Documenta el sistema de notificación del LED de captura y la orientación de Meta de que los usuarios deben dejar que el LED brille, detener la grabación si se les pide y cumplir con la ley aplicable.(meta.com)