Oregon
Leyes de Voyerismo y Cámaras Ocultas de Oregón: Delitos, Sanciones y Protecciones

Oregón prohíbe la grabación visual de áreas íntimas sin consentimiento bajo la y la . Grabar en un entorno privado es un delito menor de Clase A; el delito se eleva a uno grave de Clase C si la grabación capta un estado de desnudez total o la persona que graba tiene una condena previa por invasión de la privacidad, indecencia o un delito sexual.
Oregón tiene leyes estrictas contra el voyerismo y las cámaras ocultas. Los estatutos de invasión de la privacidad personal del estado, ORS 163.700 y ORS 163.701, apuntan específicamente a la grabación visual en entornos privados y de áreas íntimas sin consentimiento. Estos estatutos operan de forma independiente a la ley de intervención de comunicaciones de Oregón bajo la ORS 165.540, creando múltiples capas de protección contra la grabación invasiva.
Esta guía explica las leyes de voyerismo y cámaras ocultas de Oregón en 2026, incluyendo qué conducta es ilegal, las sanciones por infracciones, cómo interactúan estas leyes con otros estatutos de grabación y qué protecciones existen para las víctimas.
Los estatutos de invasión de la privacidad personal de Oregón
ORS 163.700: Segundo grado (delito menor de Clase A)
La ORS 163.700 convierte en delito menor de Clase A que una persona haga o grabe a sabiendas una fotografía, película, cinta de video u otra grabación visual de otra persona en estado de desnudez o que muestre el área íntima de otra persona, sin el consentimiento de la persona grabada, en un entorno donde esa persona tenga una expectativa razonable de privacidad.
El estatuto cubre varios escenarios específicos:
Grabación en áreas privadas. Colocar una cámara en un baño, vestidor, casillero, cabina de bronceado o espacio privado similar para grabar a una persona sin su consentimiento.
Grabación debajo o a través de la ropa. Usar una cámara para grabar debajo de la ropa de una persona (comúnmente llamado "upskirting" o "downblousing") para captar imágenes de áreas íntimas.
Grabación a través de barreras. Usar una cámara para grabar a una persona al otro lado de una pared, puerta, ventana u otra barrera donde la persona tenga una expectativa razonable de privacidad.
ORS 163.701: Primer grado (delito grave de Clase C)
La ORS 163.701 eleva la invasión de la privacidad personal a un delito grave de Clase C cuando:
- La grabación capta a la otra persona en un estado de desnudez total, hecha sin consentimiento en un lugar donde la persona tiene una expectativa razonable de privacidad
- La persona que graba tiene una condena previa por invasión de la privacidad personal, indecencia pública, indecencia privada o un delito sexual (o un delito equivalente en otra jurisdicción)
Difundir imágenes grabadas es un delito separado en Oregón bajo la (difusión no autorizada de una imagen íntima), que se analiza más adelante. La difusión no es, por sí sola, un elemento que eleve una grabación bajo la a invasión de la privacidad personal en primer grado.
Qué significa "área íntima"
La ley de Oregón define "área íntima" como desnudez, o ropa interior que una persona lleva puesta y que está cubierta por la ropa. A su vez, "desnudez" significa cualquier parte descubierta o cubierta de forma no opaca de:
- Los genitales
- El área púbica
- El seno femenino por debajo de un punto inmediatamente encima de la parte superior de la areola
Esta definición es lo suficientemente amplia como para cubrir la grabación que capta estas áreas a través de la ropa, debajo de la ropa o mientras una persona está en estado de desnudez parcial.
Qué significa "expectativa razonable de privacidad"
El estándar de "expectativa razonable de privacidad" examina si una persona en el entorno grabado razonablemente creería que no estaba siendo observada o grabada. Los lugares con una fuerte expectativa de privacidad incluyen:
- Baños y sanitarios privados (en el hogar, el trabajo, lugares públicos)
- Vestidores en tiendas minoristas
- Casilleros en gimnasios, escuelas y centros recreativos
- Habitaciones de hotel y dormitorios privados
- Instalaciones de duchas y baño
- Salas de examen médico
- Cabinas de bronceado y recintos cerrados similares
- Áreas de cambio en piscinas y playas
Los espacios públicos generalmente no conllevan una expectativa razonable de privacidad respecto a lo que es visible a simple vista. Sin embargo, grabar áreas íntimas a través o debajo de la ropa viola la ORS 163.700 sin importar el entorno público.
Sanciones por delitos de voyerismo

Segundo grado (ORS 163.700)
| Sanción | Máximo |
|---|---|
| Clasificación | Delito menor de Clase A |
| Tiempo en la cárcel | Hasta 364 días |
| Multa | Hasta $6,250 |
| Libertad condicional | Hasta 5 años |
Primer grado (ORS 163.701)
| Sanción | Máximo |
|---|---|
| Clasificación | Delito grave de Clase C |
| Tiempo de prisión | Hasta 5 años |
| Multa | Hasta $125,000 |
| Libertad condicional | Hasta 5 años tras la liberación |
Registro de delincuentes sexuales
Bajo la ORS 163A.005, el tribunal puede clasificar la invasión de la privacidad personal en primer grado como delito sexual. Si se clasifica como delito sexual, la persona condenada debe registrarse como delincuente sexual, lo que conlleva:
- Registro obligatorio ante la Unidad de Registro de Delincuentes Sexuales de la Policía Estatal de Oregón
- Inclusión pública en el registro de delincuentes sexuales
- Restricciones de residencia
- Limitaciones de empleo
- Requisitos continuos de reporte
- Un período de registro basado en el nivel de clasificación
Cargos penales adicionales
La conducta de voyerismo también puede resultar en cargos adicionales:
- Acecho (stalking) bajo la ORS 163.732 si la grabación forma parte de un patrón de contacto no deseado
- Acoso bajo la ORS 166.065 si la conducta tiene la intención de acosar, molestar o alarmar
- Violaciones de la si la cámara oculta también captó audio de conversaciones en persona
- Cargos de pornografía infantil bajo la ORS 163.684 si la víctima es menor de edad y la grabación es sexualmente explícita
Escenarios comunes de cámaras ocultas

Cámaras ocultas en baños
Colocar una cámara oculta en cualquier baño es una violación de la ORS 163.700. Esto incluye:
- Instalar cámaras disfrazadas como objetos cotidianos (detectores de humo, tomacorrientes, ambientadores)
- Usar cámaras tipo alfiler ocultas en paredes o accesorios
- Dejar un teléfono o dispositivo de grabación en una posición para grabar
- Colocar cámaras tanto en baños residenciales como comerciales
La violación aplica sin importar si se llegaron a captar imágenes en realidad. El acto de hacer o grabar la grabación visual a sabiendas activa el estatuto.
Cámaras ocultas en vestidores
Los probadores y vestidores minoristas están específicamente protegidos. Las cámaras ocultas en estos lugares violan la ORS 163.700. Los minoristas y sus empleados enfrentan responsabilidad penal, y las víctimas pueden presentar reclamos civiles por daños.
Cámaras ocultas en propiedades de alquiler
Los arrendadores y administradores de propiedades que instalen cámaras ocultas en unidades de alquiler enfrentan un proceso penal bajo la ORS 163.700 y posibles cargos de primer grado bajo la si la grabación capta un estado de desnudez total o el arrendador tiene una condena previa por invasión de la privacidad, indecencia o un delito sexual. Esto incluye:
- Cámaras ocultas en dormitorios o baños de unidades de alquiler
- Cámaras colocadas en propiedades de Airbnb o de alquiler a corto plazo
- Cámaras ocultas en detectores de humo, relojes u otros objetos
- Cualquier dispositivo de grabación colocado donde los inquilinos tengan una expectativa razonable de privacidad
Los inquilinos que descubran cámaras ocultas deben:
- No tocar ni mover la cámara
- Documentar la ubicación de la cámara con fotografías tomadas desde su propio dispositivo
- Contactar de inmediato a las autoridades policiales locales
- Contactar a la división de protección al consumidor del Departamento de Justicia de Oregón
- Consultar con un abogado sobre remedios civiles
Cámaras ocultas en el lugar de trabajo
Los empleadores que colocan cámaras en baños de empleados, vestidores o áreas privadas similares violan la ORS 163.700. Esto aplica a las cámaras en:
- Baños de empleados
- Vestidores y áreas de casilleros del personal
- Salas de lactancia
- Cualquier espacio de trabajo donde los empleados se cambien de ropa
Las cámaras en el lugar de trabajo en áreas comunes (pasillos, vestíbulos, pisos de venta) son generalmente legales para la grabación de solo video.
"Upskirting" y "downblousing"
Grabar debajo o a través de la ropa de una persona para captar imágenes de áreas íntimas es ilegal bajo la ORS 163.700 sin importar el lugar. Esta conducta está prohibida en:
- Transporte público
- Escaleras eléctricas y escaleras
- Tiendas y áreas comerciales
- Escuelas y universidades
- Lugares de trabajo
- Cualquier lugar, público o privado
Interacción con la ley de intervención de comunicaciones de Oregón

Cómo funcionan juntas la ORS 165.540 y la ORS 163.700
Los estatutos de voyerismo de Oregón y la ley de intervención de comunicaciones son leyes separadas que pueden aplicarse simultáneamente:
ORS 163.700/701 apunta a la grabación visual de áreas íntimas y entornos privados. Se aplica sin importar si se capta audio.
apunta a la grabación de audio de conversaciones. Se aplica cuando un dispositivo de grabación capta conversaciones en persona sin notificación a todas las partes.
Una cámara oculta que graba tanto video como audio en un entorno privado podría violar ambos estatutos simultáneamente, resultando en:
- Un delito menor de Clase A bajo la ORS 163.700 por la invasión visual de la privacidad
- Un delito menor de Clase A bajo la ORS 165.540 por la grabación de audio sin notificación
- Posibles cargos graves bajo la ORS 163.701 si la grabación capta un estado de desnudez total o la persona que graba tiene una condena previa por invasión de la privacidad, indecencia o un delito sexual
- Responsabilidad civil bajo la ORS 133.739 (intervención de comunicaciones) y bajo reclamos de responsabilidad civil extracontractual
La conexión con el marco de consentimiento dividido
El marco de consentimiento dividido de Oregón es principalmente relevante para la ORS 165.540 (audio), no para la ORS 163.700 (visual). Sin embargo, cuando una cámara oculta capta tanto audio como contenido visual:
- El componente de audio requiere notificación a todas las partes bajo la regla en persona
- El componente visual requiere consentimiento cuando se graban áreas íntimas o en entornos privados
- Las llamadas telefónicas no son relevantes para el estatuto de voyerismo (sin grabación visual)
Protecciones para las víctimas
Reporte penal
Las víctimas de voyerismo en Oregón deben:
- Reportar el delito a las autoridades policiales locales
- Conservar cualquier evidencia, incluidas las comunicaciones sobre la grabación
- Solicitar una orden de protección si se conoce al perpetrador
- Contactar al Programa de Derechos de las Víctimas de Delitos de Oregón a través del Departamento de Justicia de Oregón
Remedios civiles
Las víctimas pueden presentar demandas civiles contra los perpetradores:
- Reclamos de responsabilidad civil extracontractual: Invasión de la privacidad, imposición intencional de angustia emocional
- ORS 133.739: Si se captó audio, daños civiles por violación de la ley de intervención de comunicaciones
- Daños estatutarios: Daños mínimos bajo los estatutos aplicables
- Daños compensatorios: Por angustia emocional, costos de terapia y otros daños reales
- Daños punitivos: Para castigar la conducta atroz
Órdenes de protección
Los tribunales de Oregón pueden emitir órdenes de protección bajo la ORS 163.738 (órdenes de protección contra el acecho) cuando la conducta de voyerismo constituya acecho. Estas órdenes pueden prohibir al infractor:
- Contactar a la víctima
- Acercarse a una distancia específica de la víctima
- Poseer el material grabado
- Compartir o difundir el material grabado
Pornografía de venganza y leyes sobre deepfakes
Si se comparten imágenes íntimas sin consentimiento, la ORS 163.472 de Oregón (difusión no autorizada de una imagen íntima) proporciona protección adicional. Este estatuto convierte en delito menor de Clase A difundir intencionalmente una fotografía o video de una persona en estado de desnudez o participando en conducta sexual sin su consentimiento, cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad.
Oregón modificó la en 2024-2025 para abordar las imágenes íntimas generadas por IA y alteradas digitalmente (deepfakes). Las enmiendas extienden la prohibición a las imágenes sintéticas o manipuladas que muestren a una persona real en estado de desnudez o participando en conducta sexual sin consentimiento, tratando los deepfakes de IA de la misma manera que las fotografías y videos auténticos.
La Ley TAKE IT DOWN, promulgada como ley federal el 19 de mayo de 2026, añade una capa federal de protección. Esta ley convierte en delito federal publicar o amenazar con publicar representaciones visuales íntimas de una persona sin su consentimiento, incluyendo imágenes deepfake generadas por IA. También exige a los sitios web y plataformas eliminar el contenido cubierto dentro de 48 horas de la solicitud de una víctima. Las víctimas de Oregón de imágenes íntimas no consentidas (NCII) cuentan con remedios estatales bajo la ORS 163.472 y remedios federales bajo la Ley TAKE IT DOWN.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es la sanción por cámaras ocultas en Oregón?
Colocar una cámara oculta para grabar a alguien en un entorno privado es invasión de la privacidad personal en segundo grado bajo la ORS 163.700, un delito menor de Clase A con hasta 364 días de cárcel y una multa de $6,250. Si la grabación capta un estado de desnudez total, o la persona que graba tiene una condena previa por invasión de la privacidad, indecencia o un delito sexual, se convierte en un delito grave de Clase C bajo la ORS 163.701 con hasta 5 años de prisión y una multa de $125,000.
¿Es ilegal el upskirting en Oregón?
Sí. Grabar debajo o a través de la ropa de una persona para captar imágenes de áreas íntimas viola la ORS 163.700 sin importar si la grabación ocurre en un entorno público o privado. Esto incluye el upskirting, el downblousing y cualquier grabación similar de áreas íntimas sin consentimiento.
¿Puedo estar obligado a registrarme como delincuente sexual por voyerismo en Oregón?
Sí. Si es condenado por invasión de la privacidad personal en primer grado bajo la ORS 163.701, el tribunal puede clasificar el delito como delito sexual bajo la ORS 163A.005. Una clasificación de delito sexual exige el registro obligatorio como delincuente sexual ante la Policía Estatal de Oregón.
¿Qué debo hacer si encuentro una cámara oculta en mi alquiler?
No toque ni mueva la cámara. Documente su ubicación con fotografías tomadas desde su propio dispositivo. Contacte de inmediato a las autoridades policiales locales. Luego contacte a la división de protección al consumidor del Departamento de Justicia de Oregón y consulte con un abogado sobre remedios civiles por invasión de la privacidad.
¿Tiene Oregón una ley contra la pornografía de venganza?
Sí. La ORS 163.472 convierte en delito menor de Clase A difundir intencionalmente imágenes íntimas de una persona sin su consentimiento cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad. Esto aplica a fotografías y videos que muestren desnudez o conducta sexual.
Actualizaciones
Corrected the flagship fabrication of Oregon's first-degree invasion-of-privacy felony triggers (dissemination, victim under 18) to the statute's actual triggers (full state of nudity or a qualifying prior conviction) in six places, and corrected the definition of "intimate area," which does not include buttocks under Oregon law.
Removed a backwards parenthetical comparing ORS 163.701's nudity felony trigger to ORS 163.700's "intimate area" definition. ORS 163.700 defines "intimate area" as nudity OR covered undergarments, so nudity is the narrower category, not a "broader standard."
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 5 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Oregon Revised Statutes, Chapter 163: Offenses Against Persons
§ 163.472Unlawful dissemination of an intimate imageVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1) A person commits the crime of unlawful dissemination of an intimate image if: (a) The person, with the intent to harass, humiliate or injure another person, knowingly causes to be disclosed an image of the other person whose intimate parts are visible or who is engaged in sexual conduct; (b) The person knows or reasonably should have known that the other person does not consent to the disclosure; (c) The other person is harassed, humiliated or injured by the disclosure; and (d) A reasonable person would be harassed, humiliated or injured by the disclosure. (2)(a) Except as provided in paragraph (b) of this subsection, unlawful dissemination of an intimate image is a Class A misdemeanor. (b) Unlawful dissemination of an intimate image is a Class C felony if the person has a prior conviction under this section at the time of the offense. (3) As used in this section: (a) “Disclose” includes, but is not limited to, transfer, publish, distribute, exhibit, advertise and offer.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en oregonlegislature.gov
Citada en 6 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: State v. Scott (Court of Appeals of Oregon 2025, 344 Or. App. 562) · State v. Davidson (Oregon Supreme Court 2016, 360 Or. 370) · State v. Serrano (A173250) (Court of Appeals of Oregon 2023, 324 Or. App. 453)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 163.700Invasion of personal privacy in the second degreeVigentecitada en 11 de nuestros artículos
(1) Except as provided in ORS 163.702, a person commits the crime of invasion of personal privacy in the second degree if: (a)(A) For the purpose of arousing or gratifying the sexual desire of the person, the person is in a location to observe another person in a state of nudity without the consent of the other person; and (B) The other person is in a place and circumstances where the person has a reasonable expectation of personal privacy; or (b)(A) The person knowingly makes or records a photograph, motion picture, videotape or other visual recording of another person’s intimate area without the consent of the other person; and (B) The person being recorded has a reasonable expectation of privacy concerning the intimate area. (2) As used in this section and ORS 163.701: (a) “Intimate area” means nudity, or undergarments that are being worn by a person and are covered by clothing.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en oregonlegislature.gov
Citada en 16 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2023
Casos destacados: State v. Parra-Sanchez (Court of Appeals of Oregon 2023, 324 Or. App. 712) · State v. Rodriguez-Ganegar (Court of Appeals of Oregon 2003, 186 Or. App. 530) · State v. Mayes (Court of Appeals of Oregon 2008, 220 Or. App. 385)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 163.701Invasion of personal privacy in the first degreeVigentecitada en 6 de nuestros artículos
(1) Except as provided in ORS 163.702, a person commits the crime of invasion of personal privacy in the first degree if: (a)(A) The person knowingly makes or records a photograph, motion picture, videotape or other visual recording of another person in a state of nudity without the consent of the other person; and (B) At the time the visual recording is made or recorded the person being recorded is in a place and circumstances where the person has a reasonable expectation of personal privacy; or (b) The person violates ORS 163.700 and, at the time of the offense, has a prior conviction for: (A) Invasion of personal privacy in any degree, public indecency, private indecency or a sex crime as defined in ORS 163A.005; or (B) The statutory counterpart of an offense described in subparagraph (A) of this paragraph in another jurisdiction. (2)(a) Invasion of personal privacy in the first degree is a Class C felony. (b) The Oregon Criminal Justice Commission shall classify invasion of personal privacy in the first degree as crime category 6 of the sentencing guidelines grid of the commission.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en oregonlegislature.gov
Citada en 6 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2023
Casos destacados: State v. Parra-Sanchez (Court of Appeals of Oregon 2023, 324 Or. App. 712) · State v. McQueen (Court of Appeals of Oregon 2020, 307 Or. App. 540) · State v. Murphy (Court of Appeals of Oregon 2022, 319 Or. App. 330)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Oregon Revised Statutes, Chapter 163A: Sex Offender Reporting and Classification
§ 163A.005Definitions for ORS 163A.005 to 163A.235Vigente
As used in ORS 163A.005 to 163A.235: (1) “Another United States court” means a federal court, a military court, the tribal court of a federally recognized Indian tribe or a court of: (a) A state other than Oregon; (b) The District of Columbia; (c) The Commonwealth of Puerto Rico; (d) Guam; (e) American Samoa; (f) The Commonwealth of the Northern Mariana Islands; or (g) The United States Virgin Islands. (2) “Attends” means is enrolled on a full-time or part-time basis. (3)(a) “Correctional facility” means any place used for the confinement of persons: (A) Charged with or convicted of a crime or otherwise confined under a court order. (B) Found to be within the jurisdiction of the juvenile court for having committed an act that if committed by an adult would constitute a crime. (b) “Correctional facility” applies to a state hospital or a secure intensive community inpatient facility only as to persons detained therein charged with or convicted of a crime, or detained therein after being found guilty except for insanity under ORS 161.290 to 161.373 or responsible except for insanity under ORS 419C.411.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en oregonlegislature.gov
Citada en 25 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: State v. Carlton (Oregon Supreme Court 2017) · State v. Davidson (Oregon Supreme Court 2016, 360 Or. 370) · State v. Smith (Court of Appeals of Oregon 2016, 277 Or. App. 709)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Oregon Revised Statutes, Chapter 165: Offenses Involving Fraud or Deception
§ 165.540Obtaining contents of communicationsVigentecitada en 18 de nuestros artículos
(1) Except as otherwise provided in ORS 133.724 or 133.726 or subsections (2) to (8) of this section, a person may not: (a) Obtain or attempt to obtain the whole or any part of a telecommunication or a radio communication to which the person is not a participant, by means of any device, contrivance, machine or apparatus, whether electrical, mechanical, manual or otherwise, unless consent is given by at least one participant. (b) Tamper with the wires, connections, boxes, fuses, circuits, lines or any other equipment or facilities of a telecommunication or radio communication company over which messages are transmitted, with the intent to obtain unlawfully the contents of a telecommunication or radio communication to which the person is not a participant. (c) Obtain or attempt to obtain the whole or any part of a conversation by means of any device, contrivance, machine or apparatus, whether electrical, mechanical, manual or otherwise, if not all participants in the conversation are specifically informed that their conversation is being obtained.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en oregonlegislature.gov
Citada en 76 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: State v. Klein (Oregon Supreme Court 2012, 352 Or. 302) · North Pacific Lumber Co. v. Oliver (Oregon Supreme Court 1979, 286 Or. 639) · State v. Fleetwood (Oregon Supreme Court 2000, 331 Or. 511)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- ORS 163.700 - Invasión de la Privacidad Personal en Segundo Grado(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163.701 - Invasión de la Privacidad Personal en Primer Grado(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163A.005 - Clasificación de Delito Sexual(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163.472 - Difusión No Autorizada de una Imagen Íntima(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 165.540 - Obtención del Contenido de Comunicaciones(oregonlegislature.gov).gov
- DOJ de Oregón - Derechos de las Víctimas de Delitos(doj.state.or.us).gov
- ORS 133.739 - Remedios Civiles por Intercepción Intencional(oregonlegislature.gov).gov