Oregon
Leyes de Voyerismo y Cámaras Ocultas de Oregón: Delitos, Sanciones y Protecciones

Oregón prohíbe la grabación visual de áreas íntimas sin consentimiento bajo la ORS 163.700 y la ORS 163.701. Grabar en un entorno privado es un delito menor de Clase A; difundir las imágenes o grabar a una víctima menor de 18 años eleva el delito a uno grave de Clase C.
Oregón tiene leyes estrictas contra el voyerismo y las cámaras ocultas. Los estatutos de invasión de la privacidad personal del estado, ORS 163.700 y ORS 163.701, apuntan específicamente a la grabación visual en entornos privados y de áreas íntimas sin consentimiento. Estos estatutos operan de forma independiente a la ley de intervención de comunicaciones de Oregón bajo la ORS 165.540, creando múltiples capas de protección contra la grabación invasiva.
Esta guía explica las leyes de voyerismo y cámaras ocultas de Oregón en 2026, incluyendo qué conducta es ilegal, las sanciones por infracciones, cómo interactúan estas leyes con otros estatutos de grabación y qué protecciones existen para las víctimas.
Los estatutos de invasión de la privacidad personal de Oregón
ORS 163.700: Segundo grado (delito menor de Clase A)
La ORS 163.700 convierte en delito menor de Clase A que una persona haga o grabe a sabiendas una fotografía, película, cinta de video u otra grabación visual de otra persona en estado de desnudez o que muestre el área íntima de otra persona, sin el consentimiento de la persona grabada, en un entorno donde esa persona tenga una expectativa razonable de privacidad.
El estatuto cubre varios escenarios específicos:
Grabación en áreas privadas. Colocar una cámara en un baño, vestidor, casillero, cabina de bronceado o espacio privado similar para grabar a una persona sin su consentimiento.
Grabación debajo o a través de la ropa. Usar una cámara para grabar debajo de la ropa de una persona (comúnmente llamado "upskirting" o "downblousing") para captar imágenes de áreas íntimas.
Grabación a través de barreras. Usar una cámara para grabar a una persona al otro lado de una pared, puerta, ventana u otra barrera donde la persona tenga una expectativa razonable de privacidad.
ORS 163.701: Primer grado (delito grave de Clase C)
La ORS 163.701 eleva la invasión de la privacidad personal a un delito grave de Clase C cuando:
- La persona difunde, muestra o usa las imágenes grabadas más allá del propio acto de grabar
- La víctima es menor de 18 años
La difusión incluye compartir imágenes o video a través de cualquier medio: redes sociales, mensajes de texto, correo electrónico, sitios web o distribución física. Inclusive mostrar la grabación a una sola persona más puede constituir difusión.
Qué significa "área íntima"
La ley de Oregón define "área íntima" para incluir:
- Genitales
- Glúteos
- Área del pecho (para personas de presentación femenina)
- Cualquier área del cuerpo normalmente cubierta por ropa interior
Esta definición es lo suficientemente amplia como para cubrir la grabación que capta estas áreas a través de la ropa, debajo de la ropa o mientras una persona está en estado de desnudez parcial.
Qué significa "expectativa razonable de privacidad"
El estándar de "expectativa razonable de privacidad" examina si una persona en el entorno grabado razonablemente creería que no estaba siendo observada o grabada. Los lugares con una fuerte expectativa de privacidad incluyen:
- Baños y sanitarios privados (en el hogar, el trabajo, lugares públicos)
- Vestidores en tiendas minoristas
- Casilleros en gimnasios, escuelas y centros recreativos
- Habitaciones de hotel y dormitorios privados
- Instalaciones de duchas y baño
- Salas de examen médico
- Cabinas de bronceado y recintos cerrados similares
- Áreas de cambio en piscinas y playas
Los espacios públicos generalmente no conllevan una expectativa razonable de privacidad respecto a lo que es visible a simple vista. Sin embargo, grabar áreas íntimas a través o debajo de la ropa viola la ORS 163.700 sin importar el entorno público.
Sanciones por delitos de voyerismo

Segundo grado (ORS 163.700)
| Sanción | Máximo |
|---|---|
| Clasificación | Delito menor de Clase A |
| Tiempo en la cárcel | Hasta 364 días |
| Multa | Hasta $6,250 |
| Libertad condicional | Hasta 5 años |
Primer grado (ORS 163.701)
| Sanción | Máximo |
|---|---|
| Clasificación | Delito grave de Clase C |
| Tiempo de prisión | Hasta 5 años |
| Multa | Hasta $125,000 |
| Libertad condicional | Hasta 5 años tras la liberación |
Registro de delincuentes sexuales
Bajo la ORS 163A.005, el tribunal puede clasificar la invasión de la privacidad personal en primer grado como delito sexual. Si se clasifica como delito sexual, la persona condenada debe registrarse como delincuente sexual, lo que conlleva:
- Registro obligatorio ante la Unidad de Registro de Delincuentes Sexuales de la Policía Estatal de Oregón
- Inclusión pública en el registro de delincuentes sexuales
- Restricciones de residencia
- Limitaciones de empleo
- Requisitos continuos de reporte
- Un período de registro basado en el nivel de clasificación
Cargos penales adicionales
La conducta de voyerismo también puede resultar en cargos adicionales:
- Acecho (stalking) bajo la ORS 163.732 si la grabación forma parte de un patrón de contacto no deseado
- Acoso bajo la ORS 166.065 si la conducta tiene la intención de acosar, molestar o alarmar
- Violaciones de la ORS 165.540 si la cámara oculta también captó audio de conversaciones en persona
- Cargos de pornografía infantil bajo la ORS 163.684 si la víctima es menor de edad y la grabación es sexualmente explícita
Escenarios comunes de cámaras ocultas

Cámaras ocultas en baños
Colocar una cámara oculta en cualquier baño es una violación de la ORS 163.700. Esto incluye:
- Instalar cámaras disfrazadas como objetos cotidianos (detectores de humo, tomacorrientes, ambientadores)
- Usar cámaras tipo alfiler ocultas en paredes o accesorios
- Dejar un teléfono o dispositivo de grabación en una posición para grabar
- Colocar cámaras tanto en baños residenciales como comerciales
La violación aplica sin importar si se llegaron a captar imágenes en realidad. El acto de hacer o grabar la grabación visual a sabiendas activa el estatuto.
Cámaras ocultas en vestidores
Los probadores y vestidores minoristas están específicamente protegidos. Las cámaras ocultas en estos lugares violan la ORS 163.700. Los minoristas y sus empleados enfrentan responsabilidad penal, y las víctimas pueden presentar reclamos civiles por daños.
Cámaras ocultas en propiedades de alquiler
Los arrendadores y administradores de propiedades que instalen cámaras ocultas en unidades de alquiler enfrentan un proceso penal bajo la ORS 163.700 y posibles cargos de primer grado bajo la ORS 163.701 si las grabaciones se difunden. Esto incluye:
- Cámaras ocultas en dormitorios o baños de unidades de alquiler
- Cámaras colocadas en propiedades de Airbnb o de alquiler a corto plazo
- Cámaras ocultas en detectores de humo, relojes u otros objetos
- Cualquier dispositivo de grabación colocado donde los inquilinos tengan una expectativa razonable de privacidad
Los inquilinos que descubran cámaras ocultas deben:
- No tocar ni mover la cámara
- Documentar la ubicación de la cámara con fotografías tomadas desde su propio dispositivo
- Contactar de inmediato a las autoridades policiales locales
- Contactar a la división de protección al consumidor del Departamento de Justicia de Oregón
- Consultar con un abogado sobre remedios civiles
Cámaras ocultas en el lugar de trabajo
Los empleadores que colocan cámaras en baños de empleados, vestidores o áreas privadas similares violan la ORS 163.700. Esto aplica a las cámaras en:
- Baños de empleados
- Vestidores y áreas de casilleros del personal
- Salas de lactancia
- Cualquier espacio de trabajo donde los empleados se cambien de ropa
Las cámaras en el lugar de trabajo en áreas comunes (pasillos, vestíbulos, pisos de venta) son generalmente legales para la grabación de solo video.
"Upskirting" y "downblousing"
Grabar debajo o a través de la ropa de una persona para captar imágenes de áreas íntimas es ilegal bajo la ORS 163.700 sin importar el lugar. Esta conducta está prohibida en:
- Transporte público
- Escaleras eléctricas y escaleras
- Tiendas y áreas comerciales
- Escuelas y universidades
- Lugares de trabajo
- Cualquier lugar, público o privado
Interacción con la ley de intervención de comunicaciones de Oregón

Cómo funcionan juntas la ORS 165.540 y la ORS 163.700
Los estatutos de voyerismo de Oregón y la ley de intervención de comunicaciones son leyes separadas que pueden aplicarse simultáneamente:
ORS 163.700/701 apunta a la grabación visual de áreas íntimas y entornos privados. Se aplica sin importar si se capta audio.
ORS 165.540 apunta a la grabación de audio de conversaciones. Se aplica cuando un dispositivo de grabación capta conversaciones en persona sin notificación a todas las partes.
Una cámara oculta que graba tanto video como audio en un entorno privado podría violar ambos estatutos simultáneamente, resultando en:
- Un delito menor de Clase A bajo la ORS 163.700 por la invasión visual de la privacidad
- Un delito menor de Clase A bajo la ORS 165.540 por la grabación de audio sin notificación
- Posibles cargos graves bajo la ORS 163.701 si las imágenes se difunden o la víctima es menor de edad
- Responsabilidad civil bajo la ORS 133.739 (intervención de comunicaciones) y bajo reclamos de responsabilidad civil extracontractual
La conexión con el marco de consentimiento dividido
El marco de consentimiento dividido de Oregón es principalmente relevante para la ORS 165.540 (audio), no para la ORS 163.700 (visual). Sin embargo, cuando una cámara oculta capta tanto audio como contenido visual:
- El componente de audio requiere notificación a todas las partes bajo la regla en persona
- El componente visual requiere consentimiento cuando se graban áreas íntimas o en entornos privados
- Las llamadas telefónicas no son relevantes para el estatuto de voyerismo (sin grabación visual)
Protecciones para las víctimas
Reporte penal
Las víctimas de voyerismo en Oregón deben:
- Reportar el delito a las autoridades policiales locales
- Conservar cualquier evidencia, incluidas las comunicaciones sobre la grabación
- Solicitar una orden de protección si se conoce al perpetrador
- Contactar al Programa de Derechos de las Víctimas de Delitos de Oregón a través del Departamento de Justicia de Oregón
Remedios civiles
Las víctimas pueden presentar demandas civiles contra los perpetradores:
- Reclamos de responsabilidad civil extracontractual: Invasión de la privacidad, imposición intencional de angustia emocional
- ORS 133.739: Si se captó audio, daños civiles por violación de la ley de intervención de comunicaciones
- Daños estatutarios: Daños mínimos bajo los estatutos aplicables
- Daños compensatorios: Por angustia emocional, costos de terapia y otros daños reales
- Daños punitivos: Para castigar la conducta atroz
Órdenes de protección
Los tribunales de Oregón pueden emitir órdenes de protección bajo la ORS 163.738 (órdenes de protección contra el acecho) cuando la conducta de voyerismo constituya acecho. Estas órdenes pueden prohibir al infractor:
- Contactar a la víctima
- Acercarse a una distancia específica de la víctima
- Poseer el material grabado
- Compartir o difundir el material grabado
Pornografía de venganza y leyes sobre deepfakes
Si se comparten imágenes íntimas sin consentimiento, la ORS 163.472 de Oregón (difusión no autorizada de una imagen íntima) proporciona protección adicional. Este estatuto convierte en delito menor de Clase A difundir intencionalmente una fotografía o video de una persona en estado de desnudez o participando en conducta sexual sin su consentimiento, cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad.
Oregón modificó la ORS 163.472 en 2024-2025 para abordar las imágenes íntimas generadas por IA y alteradas digitalmente (deepfakes). Las enmiendas extienden la prohibición a las imágenes sintéticas o manipuladas que muestren a una persona real en estado de desnudez o participando en conducta sexual sin consentimiento, tratando los deepfakes de IA de la misma manera que las fotografías y videos auténticos.
La Ley TAKE IT DOWN, promulgada como ley federal el 19 de mayo de 2026, añade una capa federal de protección. Esta ley convierte en delito federal publicar o amenazar con publicar representaciones visuales íntimas de una persona sin su consentimiento, incluyendo imágenes deepfake generadas por IA. También exige a los sitios web y plataformas eliminar el contenido cubierto dentro de 48 horas de la solicitud de una víctima. Las víctimas de Oregón de imágenes íntimas no consentidas (NCII) cuentan con remedios estatales bajo la ORS 163.472 y remedios federales bajo la Ley TAKE IT DOWN.
Leyes de grabación de Oregón por tema
Grabación de llamadas telefónicas | Grabación de audio | Grabación de video | Grabación en el trabajo | Grabación a la policía | Cámaras de seguridad | Grabación en lugares públicos | Propietario e inquilino | Leyes de cámaras de tablero | Escuelas | Grabación médica | Voyerismo y cámaras ocultas
Volver a las leyes de grabación de Oregón
Más leyes de Oregón
- Leyes de grabación de reuniones con IA de Oregón
- Leyes de pensión alimenticia conyugal de Oregón
- Leyes de empleo a voluntad de Oregón
- Leyes de accidentes automovilísticos de Oregón
- Leyes de asientos de auto para niños de Oregón
- Leyes de custodia de menores de Oregón
- Leyes de manutención infantil de Oregón
- Leyes de matrimonio de hecho de Oregón
- Leyes de privacidad de datos de Oregón
- Leyes sobre deepfakes de Oregón
- Leyes de divorcio de Oregón
- Leyes de mordeduras de perro de Oregón
- Leyes de emancipación de Oregón
- Leyes de eliminación de antecedentes penales de Oregón
- Leyes de choque y fuga de Oregón
- Leyes de propietarios e inquilinos de Oregón
Más temas de grabación de Oregón
- Leyes de grabación de Oregón
- Grabación de audio en Oregón
- Grabación de video en Oregón
- Grabación médica en Oregón
- Grabación escolar en Oregón
- Grabación en el trabajo en Oregón
- Grabación a la policía en Oregón
- Grabación de llamadas telefónicas en Oregón
- Cámaras de seguridad en Oregón
- Propietario e inquilino en Oregón
- Cámaras de tablero en Oregón
- Grabación en público en Oregón
- Leyes de privacidad biométrica de Oregón
- Leyes de cámaras de vigilancia
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la sanción por cámaras ocultas en Oregón?
Colocar una cámara oculta para grabar a alguien en un entorno privado es invasión de la privacidad personal en segundo grado bajo la ORS 163.700, un delito menor de Clase A con hasta 364 días de cárcel y una multa de $6,250. Si las imágenes se difunden o la víctima es menor de 18 años, se convierte en un delito grave de Clase C bajo la ORS 163.701 con hasta 5 años de prisión y una multa de $125,000.
¿Es ilegal el upskirting en Oregón?
Sí. Grabar debajo o a través de la ropa de una persona para captar imágenes de áreas íntimas viola la ORS 163.700 sin importar si la grabación ocurre en un entorno público o privado. Esto incluye el upskirting, el downblousing y cualquier grabación similar de áreas íntimas sin consentimiento.
¿Puedo estar obligado a registrarme como delincuente sexual por voyerismo en Oregón?
Sí. Si es condenado por invasión de la privacidad personal en primer grado bajo la ORS 163.701, el tribunal puede clasificar el delito como delito sexual bajo la ORS 163A.005. Una clasificación de delito sexual exige el registro obligatorio como delincuente sexual ante la Policía Estatal de Oregón.
¿Qué debo hacer si encuentro una cámara oculta en mi alquiler?
No toque ni mueva la cámara. Documente su ubicación con fotografías tomadas desde su propio dispositivo. Contacte de inmediato a las autoridades policiales locales. Luego contacte a la división de protección al consumidor del Departamento de Justicia de Oregón y consulte con un abogado sobre remedios civiles por invasión de la privacidad.
¿Tiene Oregón una ley contra la pornografía de venganza?
Sí. La ORS 163.472 convierte en delito menor de Clase A difundir intencionalmente imágenes íntimas de una persona sin su consentimiento cuando la persona tenía una expectativa razonable de privacidad. Esto aplica a fotografías y videos que muestren desnudez o conducta sexual.
Fuentes y referencias
- ORS 163.700 - Invasión de la Privacidad Personal en Segundo Grado(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163.701 - Invasión de la Privacidad Personal en Primer Grado(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163A.005 - Clasificación de Delito Sexual(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 163.472 - Difusión No Autorizada de una Imagen Íntima(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 165.540 - Obtención del Contenido de Comunicaciones(oregonlegislature.gov).gov
- DOJ de Oregón - Derechos de las Víctimas de Delitos(doj.state.or.us).gov
- ORS 133.739 - Remedios Civiles por Intercepción Intencional(oregonlegislature.gov).gov