Oregon
Leyes de Oregon sobre Grabar a la Policía: Sus Derechos y Límites Legales

La ley de Oregon le permite grabar a los oficiales de policía mientras desempeñan funciones oficiales en público. La Primera Enmienda protege este derecho, y el ORS 165.540 establece las reglas: la grabación de video silenciosa siempre es legal, mientras que la grabación de audio de encuentros en persona requiere mantener su dispositivo visible para cumplir con la excepción de dispositivo no oculto.
Usted tiene derecho a grabar a los oficiales de policía en Oregon cuando desempeñan sus funciones en público. La Primera Enmienda protege este derecho, y los tribunales federales, incluida la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, lo han confirmado repetidamente. Sin embargo, el marco de consentimiento mixto de Oregon bajo el ORS 165.540 añade reglas específicas sobre la grabación de audio que debe entender antes de presionar grabar.
Esta guía explica sus derechos y responsabilidades al grabar a las fuerzas del orden en Oregon en 2026, incluido lo que puede filmar legalmente, cómo se aplica el marco de consentimiento mixto y qué hacer si un oficial le dice que deje de grabar.
Su Derecho de la Primera Enmienda a Grabar a la Policía
El Fundamento Constitucional
El derecho a grabar a funcionarios gubernamentales, incluidos los oficiales de policía, mientras desempeñan sus funciones públicas está protegido por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, que cubre a Oregon, ha reconocido este derecho en múltiples decisiones. En Fordyce v. Seattle, 55 F.3d 436 (9no Cir. 1995), el Noveno Circuito reconoció por primera vez un derecho de la Primera Enmienda a filmar a la policía en público. En Askins v. DHS, 899 F.3d 1035 (9no Cir. 2018), el tribunal reafirmó y amplió ese derecho, sosteniendo que la Primera Enmienda protege el derecho a fotografiar y filmar a funcionarios gubernamentales, incluidos la policía y la patrulla fronteriza, en espacios públicos.
Este derecho se aplica cuando:
- Los oficiales realizan paradas de tránsito en público
- Los oficiales hacen arrestos en calles públicas o edificios públicos
- Los oficiales responden a incidentes en áreas públicas
- Los oficiales interactúan con manifestantes o personas que protestan
- Los oficiales desempeñan cualquier función oficial visible para el público
El derecho a grabar no es ilimitado. No debe interferir físicamente con las operaciones policiales, obstruir a los oficiales en el desempeño de sus funciones, ni ponerse en peligro a usted mismo o a otros.
La Posición de Oregon sobre Grabar a la Policía
Oregon no tiene un estatuto específico que otorgue o prohíba grabar a la policía. En cambio, el derecho se deriva de la Primera Enmienda y está sujeto a las reglas generales de grabación del ORS 165.540. El efecto práctico es que puede grabar a la policía, pero debe estar consciente del marco de consentimiento mixto cuando su grabación capta audio.
Cómo se Aplica el Marco de Consentimiento Mixto de Oregon a Grabar a la Policía

Grabación de Video Silenciosa de la Policía
Grabar video silencioso de oficiales de policía en público es legal y no activa ninguna disposición del ORS 165.540. El estatuto de intervención de comunicaciones regula la interceptación de audio, no la grabación visual. Puede:
- Filmar la actividad policial con la cámara de su teléfono (solo video, sin audio)
- Usar una videocámara o cámara digital para grabar video
- Transmitir video silencioso en vivo a las redes sociales
Grabación de Audio de la Policía en Público y el Consentimiento de Todas las Partes
Cuando su grabación capta audio de una conversación en persona con oficiales de policía o que los involucra, técnicamente se aplica la regla de notificación a todas las partes de Oregon bajo el ORS 165.540(1)(c). Sin embargo, varias excepciones pueden proteger su grabación:
La excepción de dispositivo no oculto bajo el ORS 165.540(2) permite grabar con un dispositivo que no esté oculto en varios eventos y entornos públicos. Cuando levanta visiblemente su teléfono para grabar un encuentro con la policía en una calle pública, el dispositivo no está oculto. Si un encuentro policial específico califica bajo una de las excepciones enumeradas (reuniones públicas, audiencias, discursos públicos, etc.) depende de las circunstancias.
La excepción de participante de las fuerzas del orden bajo el ORS 165.540(5) permite grabar cuando un oficial de las fuerzas del orden es participante de la conversación y se cumplen ciertas condiciones. Esta excepción beneficia principalmente a las fuerzas del orden y a quienes trabajan con ellas, pero refleja el reconocimiento de la legislatura de que grabar las interacciones policiales sirve a propósitos legítimos.
Orientación Práctica para Grabar Audio de la Policía
Dada la complejidad legal, aquí hay orientación práctica:
- Mantenga siempre visible su dispositivo de grabación. No oculte su teléfono o cámara. La excepción de dispositivo no oculto brinda la protección más sólida.
- No interfiera con la actividad policial. Mantenga una distancia razonable. Grabe desde la acera u otras áreas públicas.
- Esté preparado para identificarse. Aunque Oregon no tiene un estatuto de "detener e identificar" para los transeúntes, la cooperación puede evitar una escalada.
- Si le piden que deje de grabar, afirme su derecho con calma. Puede decir: "Estoy ejerciendo mi derecho de la Primera Enmienda a grabar en un lugar público". No discuta ni se vuelva confrontativo.
Lo Que los Oficiales de Policía Pueden y No Pueden Hacer

Los Oficiales No Pueden:
- Ordenarle que deje de grabar sus actividades públicas únicamente porque esté filmando
- Confiscar su dispositivo de grabación sin una orden judicial o circunstancias exigentes
- Borrar sus grabaciones bajo ninguna circunstancia
- Arrestarlo únicamente por grabar sus actividades públicas
- Exigir que desbloquee su teléfono para revisar las grabaciones sin una orden judicial
Los Oficiales Pueden:
- Pedirle que retroceda si está interfiriendo físicamente con su trabajo o creando un riesgo de seguridad
- Establecer un perímetro y exigir que los transeúntes permanezcan fuera de él
- Arrestarlo por obstrucción bajo el ORS 162.247 si sus actividades de grabación realmente interfieren con sus funciones
- Confiscar su dispositivo con una orden judicial como parte de una investigación penal
- Ordenarle que se mueva si está en un área que representa un peligro inmediato
ORS 162.247: Interferir con un Oficial de Policía
El estatuto de interferencia de Oregon establece que es un delito menor de Clase A actuar intencionalmente de una manera que impida o intente impedir que un oficial de policía desempeñe funciones legales. Simplemente grabar desde una distancia segura no constituye interferencia. Sin embargo, lo siguiente podría considerarse interferencia:
- Bloquear físicamente el camino de un oficial mientras graba
- Meter la mano en un vehículo policial para obtener un mejor ángulo
- Gritarle a los oficiales para distraerlos durante un arresto
- Cruzar una línea policial o entrar a un área restringida
- Pararse tan cerca que impida el movimiento del oficial
Grabar a la Policía Durante Protestas y Manifestaciones

Derechos de los Manifestantes y Transeúntes
Oregon ha visto una actividad de protesta significativa, particularmente en Portland. Durante protestas y manifestaciones:
- Puede grabar la actividad policial desde áreas públicas
- La excepción de dispositivo no oculto respalda la grabación en mítines y manifestaciones públicas con un dispositivo visible
- La prensa y los periodistas ciudadanos tienen los mismos derechos de grabación que otros miembros del público
- Se pueden grabar las acciones de control de multitudes, el uso de la fuerza y los arrestos de la policía
Uso de Vigilancia por Parte de la Policía Durante Protestas
La ley de Oregon establece algunos límites a la vigilancia de las fuerzas del orden. El ORS 181A.250 restringe a las agencias de las fuerzas del orden de recopilar o mantener información sobre las actividades políticas, religiosas o sociales de las personas a menos que haya sospecha razonable de conducta delictiva. Este estatuto limita el alcance de la vigilancia policial en protestas y manifestaciones.
La ciudad de Portland tiene ordenanzas adicionales que rigen la tecnología de vigilancia. El Código de la Ciudad de Portland Capítulo 34.10 exige que las agencias municipales obtengan aprobación antes de adquirir o usar tecnologías de vigilancia.
Cámaras Corporales de las Fuerzas del Orden
Políticas de Cámaras Corporales en Oregon
La ley de Oregon no exige cámaras corporales a nivel estatal, pero muchos departamentos las han adoptado. El Departamento de Normas y Capacitación de Seguridad Pública de Oregon proporciona estándares de capacitación que incluyen orientación sobre el uso de cámaras corporales.
Las grabaciones de cámaras corporales por parte de las fuerzas del orden se rigen por el ORS 133.741, que establece estándares para las cámaras corporales de las fuerzas del orden, y también están sujetas a la excepción para las fuerzas del orden del ORS 165.540(5), que permite grabar cuando un oficial de las fuerzas del orden participa en la conversación bajo condiciones específicas.
Solicitudes de Registros Públicos para Video de Cámaras Corporales
Las grabaciones de cámaras corporales en poder de las agencias de las fuerzas del orden de Oregon generalmente son registros públicos sujetos a divulgación bajo la Ley de Registros Públicos de Oregon (ORS 192.311-192.478). Sin embargo, varias excepciones pueden limitar el acceso:
- Excepciones de privacidad personal bajo el ORS 192.345(1)
- Excepciones por investigaciones en curso
- Excepciones para grabaciones hechas dentro de residencias privadas
- Excepciones relacionadas con menores
Para solicitar video de cámaras corporales, presente una solicitud de registros públicos a la agencia de las fuerzas del orden específica. Las agencias pueden cobrar tarifas por la revisión y producción de los registros.
Qué Hacer si se Violan sus Derechos
Durante el Encuentro
- Mantenga la calma y no resista físicamente
- Declare claramente que cree que se están violando sus derechos de grabación
- No consienta a registros del dispositivo
- Anote el número de placa, el nombre y el número de la patrulla del oficial
- Busque testigos que hayan observado el encuentro
Después del Encuentro
- Documente todo por escrito lo antes posible
- Si su dispositivo fue confiscado, no intente recuperarlo sin asesoría legal
- Presente una queja ante la división de asuntos internos de la agencia de las fuerzas del orden
- Comuníquese con la ACLU de Oregon para obtener orientación sobre violaciones de derechos civiles
- Consulte con un abogado de derechos civiles sobre posibles reclamos bajo el 42 U.S.C. 1983, que permite demandas contra funcionarios gubernamentales que violan derechos constitucionales
Sanciones Relacionadas con Grabar Encuentros con la Policía
Sanciones por Obstruir a la Policía
Si su actividad de grabación cruza la línea hacia la interferencia con las funciones policiales bajo el ORS 162.247:
| Infracción | Clasificación | Sanción Máxima |
|---|---|---|
| Interferir con un oficial de policía | Delito menor de Clase A | 364 días de prisión, multa de $6,250 |
Sanciones por Grabación Ilegal de Audio
Si la grabación de audio de un encuentro con la policía viola el ORS 165.540:
| Sanción | Máximo |
|---|---|
| Tiempo en prisión | Hasta 364 días |
| Multa | Hasta $6,250 |
Sanciones para los Oficiales que Violan sus Derechos
Los oficiales que confiscan ilegalmente su dispositivo, borran grabaciones o lo arrestan por una actividad de grabación legal pueden enfrentar:
- Medidas disciplinarias internas del departamento
- Responsabilidad civil bajo el 42 U.S.C. 1983
- Las defensas de inmunidad calificada pueden limitar la recuperación, pero los derechos claramente establecidos (como el derecho a grabar a la policía) debilitan los reclamos de inmunidad
Leyes de Grabación de Oregon por Tema
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Preguntas frecuentes
¿Puedo grabar a los oficiales de policía en Oregon?
Sí. Usted tiene un derecho de la Primera Enmienda a grabar a los oficiales de policía mientras desempeñan sus funciones en público. La grabación de video silenciosa siempre es legal. Para la grabación de audio, mantenga su dispositivo visible para aprovechar la excepción de dispositivo no oculto bajo el ORS 165.540(2), y no interfiera físicamente con las operaciones policiales.
¿Puede un oficial de policía decirme que deje de grabar en Oregon?
Un oficial no puede ordenarle que deje de grabar únicamente porque esté filmando. Sin embargo, un oficial puede pedirle que se mueva si está interfiriendo físicamente con sus funciones, creando un riesgo de seguridad o dentro de un perímetro establecido. Si le piden que retroceda, cumpla mientras continúa grabando desde una distancia segura.
¿Puede la policía confiscar mi teléfono en Oregon?
Por lo general, la policía no puede confiscar su teléfono sin una orden judicial. Si alegan circunstancias exigentes, la confiscación debe estar justificada. Los oficiales no pueden borrar sus grabaciones bajo ninguna circunstancia. Si le confiscan el teléfono, no consienta un registro y contacte a un abogado.
¿Puedo grabar a la policía durante una protesta en Oregon?
Sí. La Primera Enmienda protege la grabación en protestas y manifestaciones. La excepción de dispositivo no oculto de Oregon también respalda la grabación en mítines y manifestaciones públicas con un dispositivo visible. Manténgase a una distancia segura, no interfiera con las operaciones policiales y mantenga visible su dispositivo de grabación.
¿Qué debo hacer si la policía viola mis derechos de grabación en Oregon?
Mantenga la calma durante el encuentro y no resista. Anote el número de placa y el nombre del oficial. Documente todo por escrito después. Presente una queja ante la división de asuntos internos del departamento. Comuníquese con la ACLU de Oregon o un abogado de derechos civiles sobre posibles reclamos bajo el 42 U.S.C. 1983.
Fuentes y referencias
- ORS 165.540 - Obtención del Contenido de Comunicaciones(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 162.247 - Interferir con un Oficial de Policía(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 181A.250 - Límites a la Vigilancia de las Fuerzas del Orden(oregonlegislature.gov).gov
- ORS 192.311-478 - Ley de Registros Públicos de Oregon(oregonlegislature.gov).gov
- DPSST de Oregon(oregon.gov).gov
- 42 U.S.C. 1983 - Acción Civil por Privación de Derechos(law.cornell.edu)
- Project Veritas v. Schmidt - Opinión en Pleno del Noveno Circuito(cdn.ca9.uscourts.gov).gov