Utah
Derechos del Consumidor Bajo la UCPA: Acceder, Eliminar y Excluirse (Utah)

Bajo la Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (UCPA), los residentes de Utah tienen cuatro derechos fundamentales sobre sus datos personales a partir de 2026: confirmar y acceder a lo que una empresa cubierta posee, eliminar los datos que proporcionaron, obtener una copia portable, y excluirse tanto de la venta de sus datos personales como de la publicidad dirigida. Estos derechos se establecen en la Sección 13-61-201 del Código de Utah, Título 13, Capítulo 61.
Para usar un derecho, un consumidor presenta una solicitud al controlador, quien tiene 45 días para responder según la Sección 13-61-203. Utah es uno de los marcos estatales más limitados: a partir de 2026 no existe un derecho a corregir datos inexactos ni un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles, aunque un derecho de corrección entra en vigor el 1 de julio de 2026 según el HB 418.
Alcance jurisdiccional: Esto cubre la Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (Código de Utah, Título 13, Capítulo 61). Es información legal general, no asesoría legal.
Los cuatro derechos del consumidor bajo la UCPA
La Sección 13-61-201 establece los derechos que tienen los residentes de Utah frente a los controladores cubiertos. Tal como fue promulgada, hay cuatro. El estatuto los describe en términos claros, y siguen los derechos que se encuentran en Virginia y Colorado, menos un par que Utah decidió omitir.
El primero es el derecho a confirmar y acceder. Según la Sección 13-61-201(1), un consumidor tiene derecho a "confirmar si un controlador está procesando los datos personales del consumidor" y a "acceder a los datos personales del consumidor". Este es el punto de entrada: un residente puede averiguar si una empresa posee datos sobre él y ver cuáles son.
El segundo es el derecho a eliminar. La Sección 13-61-201(2) otorga a un consumidor el derecho a eliminar "los datos personales del consumidor que este proporcionó al controlador". Note el límite: el derecho de eliminación alcanza los datos que el consumidor proporcionó, no necesariamente todo lo que un controlador pueda haber inferido u obtenido de terceros. Esto es más limitado que los derechos de eliminación de algunos otros estados.
El tercero es el derecho a la portabilidad de datos. Según la Sección 13-61-201(3), un consumidor puede obtener una copia de los datos personales que proporcionó previamente en un formato que sea portable, fácilmente utilizable en la medida práctica, y que permita transmitir los datos a otro controlador sin impedimentos cuando el procesamiento sea automatizado.
El cuarto es el derecho a excluirse. La Sección 13-61-201(4) permite que un consumidor se excluya del procesamiento de sus datos personales para "publicidad dirigida" o "la venta de datos personales". Estas son las dos categorías de exclusión voluntaria que reconoce Utah.
Lo que Utah omite: sin derecho de corrección (todavía), sin exclusión voluntaria de elaboración de perfiles
Dos derechos que se han vuelto comunes en otros lugares faltan en la lista de Utah a partir de 2026.
No existe un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles. Varias leyes estatales, incluyendo Virginia, Colorado, Connecticut y Texas, permiten que los consumidores se excluyan de la elaboración de perfiles que produce efectos legales o de importancia similar, como decisiones automatizadas sobre crédito, empleo, vivienda o seguros. El derecho de exclusión voluntaria de la UCPA en la Sección 13-61-201(4) cubre únicamente la publicidad dirigida y la venta de datos. La elaboración de perfiles no está en la lista, por lo que un residente de Utah no puede excluirse de ella bajo la UCPA.
Tampoco existe un derecho a corregir, al menos no todavía. Tal como fue promulgada originalmente, la Sección 13-61-201 no contenía ningún derecho de corrección. Eso convirtió a Utah en la única de las primeras leyes estatales integrales sin una forma de que los consumidores corrijan datos inexactos. La omisión fue deliberada y es una de las características que le dio a la UCPA su reputación como la ley estatal más favorable para las empresas.
La ausencia de estos dos derechos es parte de un tema constante. Utah otorgó el núcleo familiar de acceso, eliminación, portabilidad y las dos exclusiones voluntarias, y luego se detuvo. No agregó las protecciones más amplias de corrección y elaboración de perfiles que otros estados fueron incorporando.

El próximo derecho a corregir: HB 418 y el 1 de julio de 2026
La brecha de corrección está en camino de cerrarse. El HB 418, promulgado en la Sesión General de 2025, enmienda la Sección 13-61-201 para agregar un quinto derecho. El estatuto revisado, que lleva la cita "Enmendado por el Capítulo 468, Sesión General de 2025", otorga a un consumidor "el derecho a solicitar que un controlador corrija inexactitudes en los datos personales del consumidor, teniendo en cuenta la naturaleza de los datos personales y los propósitos del procesamiento de los datos personales del consumidor".
La fecha de entrada en vigor es el detalle clave. La versión actual de la Sección 13-61-201 está marcada como "Reemplazada el 1/7/2026", y la versión enmendada está marcada como "Vigente el 1/7/2026". Eso significa que el derecho a corregir no está en vigor a partir de 2026. Comienza el 1 de julio de 2026.
Hasta que llegue esa fecha, un consumidor de Utah que encuentre datos inexactos en los registros de una empresa no tiene ningún derecho bajo la UCPA para exigir una corrección. Después del 1 de julio de 2026, el derecho de corrección se sumará a los derechos existentes y se manejará mediante el mismo proceso de solicitud y la misma ventana de respuesta de 45 días. El HB 418 no agrega una exclusión voluntaria de elaboración de perfiles ni cambia el modelo de datos sensibles; agrega el derecho de corrección y, por lo demás, deja intacto el marco limitado de Utah.
Cómo ejercer un derecho de la UCPA
La Sección 13-61-202 establece cómo un consumidor presenta una solicitud. Un consumidor "puede ejercer un derecho presentando una solicitud a un controlador, por los medios prescritos por el controlador, especificando el derecho que el consumidor pretende ejercer". En la práctica, esto significa usar el canal que ofrezca la empresa, a menudo un formulario web, una dirección de correo electrónico de privacidad, o una línea gratuita descrita en su aviso de privacidad.
El estatuto también aborda las solicitudes en representación de otros. Según la Sección 13-61-202(2), cuando los datos conciernen a un niño conocido, "el padre o tutor legal del niño conocido debe ejercer un derecho en representación del niño". Según la Sección 13-61-202(3), para un consumidor sujeto a tutela o curaduría, el tutor o curador ejerce el derecho.
Antes de atender ciertas solicitudes, un controlador puede necesitar verificar la identidad. El estatuto define "autenticar" como usar medios razonables para confirmar que una solicitud de ejercer los derechos de la Sección 13-61-201 realmente proviene del consumidor con derecho a ejercerlos. Si un controlador no puede autenticar una solicitud mediante esfuerzos comercialmente razonables, no está obligado a cumplirla, aunque puede pedir al consumidor información adicional para permitir la autenticación.
La ventana de respuesta de 45 días y las tarifas
La Sección 13-61-203 rige la respuesta del controlador. Dentro de 45 días después de recibir una solicitud, el controlador debe tomar acción sobre la solicitud e informar al consumidor de cualquier acción tomada. El reloj comienza a contar desde la recepción.
El controlador puede extender una vez, por 45 días adicionales, cuando sea razonablemente necesario debido a la complejidad de la solicitud o al volumen de solicitudes recibidas. Si extiende el plazo, debe informar al consumidor de la extensión y de las razones dentro del período original de 45 días. Eso coloca el límite máximo en 90 días. Si un controlador se niega a actuar sobre una solicitud, debe, dentro de 45 días, informar al consumidor de las razones para no tomar acción.
En cuanto al costo, la primera solicitud en un período de 12 meses es generalmente gratuita. Según la Sección 13-61-203(4), un controlador no puede cobrar una tarifa por información en respuesta a una solicitud a menos que sea la segunda solicitud o posterior del consumidor durante el mismo período de 12 meses. Un controlador también puede cobrar una tarifa razonable, o negarse a actuar, si una solicitud es excesiva, repetitiva, técnicamente inviable o manifiestamente infundada, pero tiene la carga de demostrar que la solicitud cumplió uno de esos criterios.

Cómo afecta a los consumidores el modelo de exclusión voluntaria de datos sensibles
El tratamiento que Utah da a los datos sensibles determina lo que los consumidores pueden esperar. Según la Sección 13-61-302(3), un controlador no puede procesar datos sensibles recopilados de un consumidor sin antes presentarle un aviso claro y una oportunidad de excluirse del procesamiento. Para un niño conocido, el controlador debe seguir COPPA en su lugar.
Para los consumidores, esto significa que el punto de partida funciona al revés que en la mayoría de los estados. En Virginia, Colorado, Connecticut y Texas, una empresa no puede procesar sus datos sensibles a menos que usted dé su consentimiento primero. En Utah, una empresa puede procesarlos después de darle aviso, y la carga recae en usted para excluirse si no desea que se procesen. Los datos sensibles aquí incluyen información que revela origen racial o étnico, creencias religiosas, orientación sexual, ciudadanía o estatus migratorio, condiciones de salud, identificadores genéticos o biométricos utilizados para identificarlo, y datos de geolocalización específica con precisión de 1,750 pies.
El efecto práctico es que un residente de Utah que quiera evitar que se procesen sus datos sensibles tiene que estar atento al aviso y tomar el paso de exclusión voluntaria. No hay una puerta automática de consentimiento que funcione a favor del consumidor antes de que comience el procesamiento.
Sin demanda privada: cómo se hace cumplir la UCPA
La UCPA otorga derechos a los consumidores, pero no una vía judicial. No existe un derecho de acción privado. Un consumidor que cree que una empresa violó sus derechos no puede demandar directamente a la empresa bajo el Capítulo 61.
En cambio, la aplicación pasa por el estado. Según la Sección 13-61-401, la División de Protección al Consumidor establece y administra un sistema para recibir quejas de consumidores sobre presuntas infracciones y puede investigarlas. Si el director de la división tiene causa razonable para creer que existe evidencia sustancial de una infracción, el director remite el asunto al fiscal general. Según la Sección 13-61-402(1), el Fiscal General de Utah tiene "la autoridad exclusiva para hacer cumplir este capítulo". Un consumidor que desee que se tome acción presenta una queja ante la División de Protección al Consumidor en lugar de acudir a los tribunales.
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Preguntas frecuentes
¿Qué derechos tienen los residentes de Utah bajo la UCPA?
Según la Sección 13-61-201, los residentes de Utah tienen cuatro derechos a partir de 2026: confirmar y acceder a sus datos personales, eliminar los datos que proporcionaron al controlador, obtener una copia portable de esos datos, y excluirse de la publicidad dirigida y la venta de sus datos personales. Un derecho a corregir inexactitudes entra en vigor el 1 de julio de 2026 según el HB 418. No existe un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles.
¿Puedo corregir datos inexactos bajo la UCPA?
Todavía no. Tal como fue promulgada originalmente, la UCPA no tenía ningún derecho de corrección, lo que convirtió a Utah en la única de las primeras leyes estatales integrales sin uno. El HB 418 (2025) enmienda la Sección 13-61-201 para agregar un derecho a corregir inexactitudes, pero no entra en vigor hasta el 1 de julio de 2026. Hasta esa fecha, los consumidores de Utah no pueden exigir la corrección de datos inexactos bajo la UCPA.
¿Cómo hago una solicitud de datos bajo la UCPA?
Según la Sección 13-61-202, usted presenta una solicitud al controlador por los medios que este prescriba, generalmente un formulario web, un correo electrónico de privacidad, o una línea telefónica indicada en su aviso de privacidad, especificando qué derecho está ejerciendo. Para un niño conocido, un padre o tutor legal presenta la solicitud. El controlador puede necesitar verificar su identidad antes de actuar sobre solicitudes de acceso o eliminación.
¿Cuánto tiempo tiene una empresa para responder a una solicitud bajo la UCPA?
Según la Sección 13-61-203, un controlador debe actuar sobre una solicitud e informarle dentro de 45 días de recibirla. Puede extender una vez por 45 días adicionales (90 días en total) cuando sea razonablemente necesario debido a la complejidad o el volumen, pero debe informarle de la extensión dentro de la ventana original de 45 días. Si se niega a actuar, debe explicar por qué dentro de 45 días.
¿Me permite la UCPA excluirme de la elaboración de perfiles?
No. El derecho de exclusión voluntaria de la UCPA en la Sección 13-61-201(4) cubre únicamente la publicidad dirigida y la venta de datos personales. A diferencia de Virginia, Colorado, Connecticut y Texas, Utah no otorga a los consumidores un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles que produce efectos legales o de importancia similar. Esa omisión es una de las razones por las que la UCPA se considera la ley estatal de privacidad más favorable para las empresas.
¿Cómo afecta la regla de datos sensibles de Utah a los consumidores?
Utah utiliza un modelo de exclusión voluntaria. Según la Sección 13-61-302(3), un controlador puede procesar sus datos sensibles después de darle un aviso claro y una oportunidad de excluirse, en lugar de pedir consentimiento previo como en otros estados. Esto significa que usted debe estar atento al aviso y tomar el paso de exclusión voluntaria si no quiere que se procesen sus datos sensibles. Los datos sensibles incluyen información de salud, biométrica, geolocalización, religiosa y de estatus migratorio.
¿Puedo demandar a una empresa por violar mis derechos bajo la UCPA?
No. La UCPA no tiene un derecho de acción privado. Según la Sección 13-61-402, solo el Fiscal General de Utah puede hacer cumplir la ley. Si considera que una empresa violó sus derechos, puede presentar una queja ante la División de Protección al Consumidor de Utah según la Sección 13-61-401, que puede investigar y remitir el asunto al fiscal general. No puede demandar directamente a la empresa bajo el Capítulo 61.
¿Hay una tarifa por hacer una solicitud bajo la UCPA?
Por lo general, no. Según la Sección 13-61-203(4), un controlador no puede cobrar por responder a su primera solicitud en cualquier período de 12 meses. Puede cobrar una tarifa razonable por una segunda solicitud o posterior en los mismos 12 meses, o negarse a una solicitud que sea excesiva, repetitiva, técnicamente inviable o manifiestamente infundada, pero debe justificarlo.
Fuentes y referencias
- Código de Utah, Título 13, Capítulo 61: Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (Texto Completo)(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-201: Derechos del Consumidor (Acceso, Eliminación, Portabilidad, Exclusión Voluntaria)(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-202: Ejercicio de los Derechos del Consumidor(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-203: Respuesta del Controlador a las Solicitudes (Plazo de 45 Días)(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-302: Responsabilidades de los Controladores (Exclusión Voluntaria de Datos Sensibles)(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-401: Facultades de Investigación de la División de Protección al Consumidor(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Sección 13-61-402: Facultades de Aplicación del Fiscal General(le.utah.gov).gov
- Utah HB 418 (2025): Enmiendas de Intercambio de Datos, Proyecto de Ley Registrado(le.utah.gov).gov
- División de Protección al Consumidor de Utah: Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (UCPA)(commerce.utah.gov).gov