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Derechos del Consumidor Bajo la UCPA: Acceder, Eliminar y Excluirse (Utah)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 15 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 15 de agosto de 2026. · 9 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Derechos del Consumidor Bajo la UCPA: Acceder, Eliminar y Excluirse (Utah)

Preguntas frecuentes

¿Qué derechos tienen los residentes de Utah bajo la UCPA?

Según la Sección 13-61-201, los residentes de Utah tienen cinco derechos a partir de 2026: confirmar y acceder a sus datos personales, eliminar los datos que proporcionaron al controlador, obtener una copia portable de esos datos, corregir inexactitudes (vigente desde el 1 de julio de 2026 según el HB 418), y excluirse de la publicidad dirigida y la venta de sus datos personales. No existe un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles.

¿Puedo corregir datos inexactos bajo la UCPA?

Sí. Tal como fue promulgada originalmente, la UCPA no tenía ningún derecho de corrección, lo que convirtió a Utah en la única de las primeras leyes estatales integrales sin uno. El HB 418 (2025) enmendó la Sección 13-61-201 para agregar un derecho a corregir inexactitudes, vigente desde el 1 de julio de 2026. Desde esa fecha, los consumidores de Utah pueden solicitar que un controlador corrija datos personales inexactos según la Sección 13-61-201(4).

¿Cómo hago una solicitud de datos bajo la UCPA?

Según la Sección 13-61-202, usted presenta una solicitud al controlador por los medios que este prescriba, generalmente un formulario web, un correo electrónico de privacidad, o una línea telefónica indicada en su aviso de privacidad, especificando qué derecho está ejerciendo. Para un niño conocido, un padre o tutor legal presenta la solicitud. El controlador puede necesitar verificar su identidad antes de actuar sobre solicitudes de acceso o eliminación.

¿Cuánto tiempo tiene una empresa para responder a una solicitud bajo la UCPA?

Según la Sección 13-61-203, un controlador debe actuar sobre una solicitud e informarle dentro de 45 días de recibirla. Puede extender una vez por 45 días adicionales (90 días en total) cuando sea razonablemente necesario debido a la complejidad o el volumen, pero debe informarle de la extensión dentro de la ventana original de 45 días. Si se niega a actuar, debe explicar por qué dentro de 45 días.

¿Me permite la UCPA excluirme de la elaboración de perfiles?

No. El derecho de exclusión voluntaria de la UCPA en la Sección 13-61-201(5) cubre únicamente la publicidad dirigida y la venta de datos personales. A diferencia de Virginia, Colorado, Connecticut y Texas, Utah no otorga a los consumidores un derecho a excluirse de la elaboración de perfiles que produce efectos legales o de importancia similar. Esa omisión es una de las razones por las que la UCPA se considera la ley estatal de privacidad más favorable para las empresas.

¿Cómo afecta la regla de datos sensibles de Utah a los consumidores?

Utah utiliza un modelo de exclusión voluntaria. Según la Sección 13-61-302(3), un controlador puede procesar sus datos sensibles después de darle un aviso claro y una oportunidad de excluirse, en lugar de pedir consentimiento previo como en otros estados. Esto significa que usted debe estar atento al aviso y tomar el paso de exclusión voluntaria si no quiere que se procesen sus datos sensibles. Los datos sensibles incluyen información de salud, biométrica, geolocalización, religiosa y de estatus migratorio.

¿Puedo demandar a una empresa por violar mis derechos bajo la UCPA?

No. La UCPA no tiene un derecho de acción privado. Según la Sección 13-61-402, solo el Fiscal General de Utah puede hacer cumplir la ley. Si considera que una empresa violó sus derechos, puede presentar una queja ante la División de Protección al Consumidor de Utah según la Sección 13-61-401, que puede investigar y remitir el asunto al fiscal general. No puede demandar directamente a la empresa bajo el Capítulo 61.

¿Hay una tarifa por hacer una solicitud bajo la UCPA?

Por lo general, no. Según la Sección 13-61-203(4), un controlador no puede cobrar por responder a su primera solicitud en cualquier período de 12 meses. Puede cobrar una tarifa razonable por una segunda solicitud o posterior en los mismos 12 meses, o negarse a una solicitud que sea excesiva, repetitiva, técnicamente inviable o manifiestamente infundada, pero debe justificarlo.

Actualizaciones

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Se actualizó la página para reflejar que el derecho de corrección de la UCPA (HB 418) entró en vigor el 1 de julio de 2026 y ya está vigente, y se corrigió la cita de subsección del derecho de exclusión voluntaria de 13-61-201(4) a 13-61-201(5) en todo el texto.

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. Código de Utah, Título 13, Capítulo 61: Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (Texto Completo)(le.utah.gov).gov
  2. Código de Utah, Sección 13-61-201: Derechos del Consumidor (Acceso, Eliminación, Portabilidad, Exclusión Voluntaria)(le.utah.gov).gov
  3. Código de Utah, Sección 13-61-202: Ejercicio de los Derechos del Consumidor(le.utah.gov).gov
  4. Código de Utah, Sección 13-61-203: Respuesta del Controlador a las Solicitudes (Plazo de 45 Días)(le.utah.gov).gov
  5. Código de Utah, Sección 13-61-302: Responsabilidades de los Controladores (Exclusión Voluntaria de Datos Sensibles)(le.utah.gov).gov
  6. Código de Utah, Sección 13-61-401: Facultades de Investigación de la División de Protección al Consumidor(le.utah.gov).gov
  7. Código de Utah, Sección 13-61-402: Facultades de Aplicación del Fiscal General(le.utah.gov).gov
  8. Utah HB 418 (2025): Enmiendas de Intercambio de Datos, Proyecto de Ley Registrado(le.utah.gov).gov
  9. División de Protección al Consumidor de Utah: Ley de Privacidad del Consumidor de Utah (UCPA)(commerce.utah.gov).gov
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