Florida
Derechos del Consumidor Bajo la FDBR: Derechos de Privacidad de Datos de Florida

Bajo la Carta de Derechos Digitales de Florida (FDBR), Fla. Stat. 501.705, los residentes de Florida pueden confirmar y acceder a sus datos personales, corregir inexactitudes, eliminarlos, obtener una copia portátil, y optar por no participar en la publicidad dirigida, la venta de datos personales y la elaboración de perfiles. La FDBR agrega dos derechos de exclusión que se encuentran en pocos otros estados: el derecho a optar por no participar en la recopilación de datos sensibles, incluida la geolocalización precisa, y el derecho a optar por no participar en la recopilación de datos personales mediante una función de reconocimiento de voz o reconocimiento facial.
A partir de 2026, estos derechos solo aplican contra empresas que cumplen con la estrecha definición de "controlador" de la FDBR en 501.702(9), generalmente empresas con fines de lucro con más de $1,000 millones en ingresos globales y un perfil de gran tecnológica. Un controlador debe responder dentro de 45 días, puede tomar una prórroga de 15 días, y debe ofrecer un proceso de apelación. El Departamento de Asuntos Legales de Florida hace cumplir estos derechos; no existe un derecho de acción privado.
Alcance jurisdiccional: Esto cubre la Carta de Derechos Digitales de Florida (Fla. Stat. 501.701 y siguientes). Es información legal general, no asesoría legal.
Los derechos fundamentales del consumidor bajo la Carta de Derechos Digitales de Florida (501.705)
La FDBR otorga a los consumidores de Florida un conjunto definido de derechos sobre sus datos personales en 501.705(1). Un "consumidor" bajo 501.702 es una persona que reside o está domiciliada en Florida y que actúa únicamente en un contexto individual o familiar, lo cual excluye los contextos comerciales y de empleo.
El primer grupo de derechos es el de acceso y corrección. Bajo 501.705(1)(a), un consumidor puede confirmar si un controlador está procesando sus datos personales y acceder a esos datos. Bajo 501.705(1)(b), el consumidor puede corregir inexactitudes, teniendo en cuenta la naturaleza de los datos y los fines del procesamiento.
El segundo grupo es el de eliminación y portabilidad. Bajo 501.705(1)(c), un consumidor puede eliminar todos o parte de los datos personales proporcionados por él o sobre él. Bajo 501.705(1)(d), el consumidor puede obtener una copia de los datos personales en un formato portátil y, en la medida técnicamente factible, de fácil uso, que le permita transmitir los datos a otro controlador sin obstáculos.
Estos derechos reflejan la estructura de otras leyes de privacidad estatales de 2023-2024, pero la FDBR los combina con los derechos de exclusión que se detallan a continuación, incluidos dos que son distintivos de Florida.
Los derechos de exclusión: publicidad, venta y elaboración de perfiles
Bajo 501.705(1)(e), un consumidor de Florida puede optar por no participar en el procesamiento de datos personales con fines de publicidad dirigida, la venta de datos personales y la elaboración de perfiles que respalde una decisión que produzca efectos legales o de importancia similar para el consumidor.
La "publicidad dirigida" se define en 501.702 como la presentación de anuncios a un consumidor con base en datos personales obtenidos de las actividades de ese consumidor a lo largo del tiempo y en sitios web o aplicaciones en línea no afiliados, con el fin de predecir preferencias o intereses. Excluye los anuncios contextuales y los anuncios basados en una búsqueda actual del consumidor o en una sola visita.
La "venta de datos personales" se define como el hecho de compartir, divulgar o transferir datos personales a cambio de una contraprestación monetaria u otra contraprestación de valor, por parte del controlador a un tercero, con exclusiones específicas. Debido a que Florida utiliza un estándar amplio de "contraprestación monetaria u otra contraprestación de valor", muchos acuerdos de intercambio de datos pueden considerarse una venta, lo que convierte al derecho de exclusión de la venta en un derecho de importancia práctica para que los consumidores lo ejerzan.

La exclusión de la recopilación mediante reconocimiento de voz y facial
El derecho distintivo de la FDBR para los consumidores aparece en 501.705(1)(g): un consumidor puede optar por no participar en la recopilación de datos personales obtenidos mediante el funcionamiento de una función de reconocimiento de voz o reconocimiento facial. Esto es inusual. La mayoría de las leyes de privacidad estatales regulan el uso o la venta de datos biométricos, pero la FDBR permite que un consumidor bloquee la recopilación de datos mediante esas funciones desde el principio.
El estatuto combina esto con un límite relacionado sobre la vigilancia. Los dispositivos que incluyen funciones de reconocimiento de voz o facial no pueden usar esas funciones con fines de vigilancia por parte del controlador, el procesador o un afiliado cuando las funciones no están en uso activo, a menos que el controlador cuente con la autorización del consumidor.
En conjunto, 501.705(1)(g) y el límite de vigilancia reflejan la preocupación central de la FDBR por la tecnología de consumo que "siempre escucha" y "siempre observa". Son parte de la razón por la que la ley fue redactada para enfocarse en los altavoces inteligentes de consumo y las plataformas de asistentes de voz a través de la definición de controlador en 501.702(9).
La exclusión de recopilación de datos sensibles y el consentimiento previo para procesarlos
Florida trata los datos sensibles de dos maneras a la vez. Por el lado de la recopilación, 501.705(1)(f) otorga al consumidor el derecho a optar por no participar en la recopilación de datos sensibles, incluidos los datos de geolocalización precisa. Por el lado del procesamiento, 501.71(2)(d) establece que un controlador no puede procesar los datos sensibles de un consumidor sin obtener su consentimiento, un modelo de consentimiento previo (opt-in).
Los datos sensibles se definen en 501.702 e incluyen datos personales que revelan el origen racial o étnico, las creencias religiosas, un diagnóstico de salud mental o física, la orientación sexual, o la condición de ciudadanía o estatus migratorio, así como datos genéticos o biométricos procesados para identificar de manera única a una persona, datos personales de un menor conocido, y datos de geolocalización precisa.
El "consentimiento" se define como un acto afirmativo claro que refleja un acuerdo del consumidor otorgado libremente, específico, informado e inequívoco, y el estatuto excluye la aceptación de términos de uso generales y el uso de patrones oscuros (dark patterns). Para un menor conocido, el controlador debe obtener la autorización de un menor entre 13 y 18 años, o cumplir con la Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Línea (Children's Online Privacy Protection Act) para un menor de 13 años. La lista de verificación de cumplimiento de la FDBR guía a las empresas en la implementación tanto del consentimiento previo como de la exclusión.

Cómo ejercer sus derechos: plazo de respuesta y apelaciones
Un consumidor ejerce los derechos de la FDBR presentando una solicitud autenticada a un controlador bajo 501.709. Bajo 501.706(2), el controlador debe responder sin demora indebida y en ningún caso más tarde de 45 días después de recibir la solicitud. El controlador puede prorrogar el plazo una vez por 15 días adicionales cuando sea razonablemente necesario, tomando en cuenta la complejidad y el número de solicitudes, y debe informar al consumidor sobre la prórroga y su motivo dentro de los 45 días iniciales.
Bajo 501.706, la información debe proporcionarse de forma gratuita al menos dos veces al año por consumidor. Un controlador puede cobrar una tarifa razonable o negarse a actuar únicamente cuando una solicitud sea manifiestamente infundada, excesiva o repetitiva, y tiene la carga de demostrarlo.
Si un controlador se niega a actuar sobre una solicitud, 501.706 le exige informar al consumidor la justificación dentro del plazo de 45 días y proporcionar instrucciones sobre cómo apelar bajo 501.707. El mecanismo de apelación en 501.707 brinda al consumidor una vía para que la decisión sea revisada. Estos pasos se resumen a continuación.
| Paso | Disposición de la FDBR | Detalle clave |
|---|---|---|
| Presentar la solicitud | 501.709 | Solicitud autenticada del consumidor al controlador |
| Respuesta del controlador | 501.706(2) | Dentro de 45 días; se permite una prórroga de 15 días |
| Costo | 501.706 | Gratuito al menos dos veces al año; tarifa solo si es manifiestamente infundada o excesiva |
| Negativa | 501.706 | Justificación más instrucciones de apelación dentro de 45 días |
| Apelación | 501.707 | El consumidor puede apelar la negativa del controlador a actuar |
| Cumplimiento | 501.72 | Solo el Departamento de Asuntos Legales; sin derecho de acción privado |
Protecciones para menores y los límites de estos derechos
La FDBR incorpora protección adicional para los menores. Mediante la definición de datos sensibles, los datos personales de un menor conocido son sensibles, por lo que su procesamiento requiere consentimiento bajo 501.71(2)(d), y su venta como datos sensibles activa la regla de consentimiento en 501.715. Por separado, 501.1735 protege a los menores en plataformas en línea que probablemente sean utilizadas predominantemente por menores, independientemente del umbral de controlador.
El límite práctico más importante de los derechos del consumidor bajo la FDBR es contra quién aplican. Los derechos en 501.705 corresponden a los "controladores", y un controlador bajo 501.702(9) generalmente debe superar los $1,000 millones en ingresos brutos anuales globales y cumplir con uno de los criterios de gran tecnológica. Un consumidor no puede usar 501.705 para obligar a una empresa pequeña o mediana de Florida que no sea un controlador a atender una solicitud de acceso o eliminación, aunque otras leyes y las disposiciones más amplias de la FDBR aún podrían aplicar.
Finalmente, estos derechos son aplicados únicamente por el estado. Bajo 501.72, el Departamento de Asuntos Legales de Florida tiene autoridad exclusiva de cumplimiento, y 501.72(8) confirma que esta parte no establece una causa de acción privada. Un consumidor que crea que un controlador ha violado la FDBR puede presentar una queja ante el Departamento de Asuntos Legales en lugar de demandar directamente.
Más Leyes de Florida
- Leyes de Grabación en Reuniones con IA de Florida
- Leyes de Pensión Alimenticia Conyugal de Florida
- Leyes de Empleo a Voluntad de Florida
- Leyes de Accidentes Automovilísticos de Florida
- Leyes de Asientos de Auto para Niños de Florida
- Leyes de Custodia de Menores de Florida
- Leyes de Manutención Infantil de Florida
- Leyes de Matrimonio de Hecho de Florida
- Leyes sobre Deepfakes de Florida
- Leyes de Divorcio de Florida
- Leyes sobre Mordeduras de Perro de Florida
- Leyes de Emancipación de Florida
- Leyes de Eliminación de Antecedentes Penales de Florida
- Leyes sobre Choque y Fuga de Florida
- Leyes de Propietarios e Inquilinos de Florida
- Leyes de Vehículos Defectuosos (Lemon Law) de Florida
Guías relacionadas
Preguntas frecuentes
¿Qué derechos tienen los consumidores de Florida bajo la FDBR?
Bajo Fla. Stat. 501.705, los consumidores de Florida pueden confirmar y acceder a sus datos personales, corregir inexactitudes, eliminarlos, obtener una copia portátil, y optar por no participar en la publicidad dirigida, la venta de datos personales y la elaboración de perfiles. La FDBR también permite a los consumidores optar por no participar en la recopilación de datos sensibles, incluida la geolocalización precisa, y en la recopilación de datos personales mediante una función de reconocimiento de voz o reconocimiento facial.
¿Puedo optar por no participar en la recopilación de datos de reconocimiento de voz o facial en Florida?
Sí. Bajo 501.705(1)(g), un consumidor de Florida puede optar por no participar en la recopilación de datos personales obtenidos mediante el funcionamiento de una función de reconocimiento de voz o reconocimiento facial. La FDBR también prohíbe usar dichas funciones para vigilancia cuando no están en uso activo sin la autorización del consumidor. Este es un derecho distintivo de Florida que no se encuentra en la mayoría de las leyes de privacidad estatales.
¿Cuánto tiempo tiene una empresa para responder a una solicitud bajo la FDBR?
Bajo 501.706(2), un controlador debe responder sin demora indebida y a más tardar 45 días después de recibir la solicitud. Puede tomar una prórroga adicional de 15 días cuando sea razonablemente necesario y debe notificar al consumidor sobre la prórroga dentro de los primeros 45 días. Las respuestas deben ser gratuitas al menos dos veces al año por consumidor.
¿Puedo apelar si una empresa de Florida niega mi solicitud de privacidad?
Sí. Si un controlador se niega a actuar sobre su solicitud, 501.706 le exige informarle la justificación dentro de 45 días y proporcionar instrucciones sobre cómo apelar. El proceso de apelación está establecido en 501.707. Si se niega la apelación, puede presentar una queja ante el Departamento de Asuntos Legales de Florida, que hace cumplir la FDBR.
¿La FDBR exige consentimiento para los datos sensibles?
Sí, de dos maneras. Bajo 501.71(2)(d), un controlador no puede procesar los datos sensibles de un consumidor sin su consentimiento, una regla de consentimiento previo. Bajo 501.705(1)(f), un consumidor también puede optar por no participar en la recopilación de datos sensibles, incluida la geolocalización precisa. Los datos sensibles bajo 501.702 incluyen datos de salud, religiosos, de orientación sexual, migratorios, genéticos, biométricos, de menores conocidos y de geolocalización precisa.
¿Puedo demandar a una empresa bajo la Carta de Derechos Digitales de Florida?
No. Bajo 501.72(8), la FDBR no establece una causa de acción privada. El cumplimiento es exclusivo del Departamento de Asuntos Legales de Florida bajo 501.72. Un consumidor que crea que un controlador violó la ley puede presentar una queja ante esa oficina, la cual puede buscar sanciones civiles de hasta $50,000 por infracción, que pueden triplicarse en casos definidos.
¿Quién debe respetar los derechos del consumidor bajo la FDBR?
Solo las empresas que cumplen con la definición de controlador en 501.702(9), generalmente empresas con fines de lucro con más de $1,000 millones en ingresos brutos anuales globales que también cumplen con uno de los criterios de gran tecnológica (publicidad en línea, asistente de voz de altavoz inteligente, o una tienda de aplicaciones con 250,000 aplicaciones). Las empresas más pequeñas de Florida que no son controladores no están obligadas a atender las solicitudes bajo 501.705, aunque otras leyes podrían aplicar.
¿Hay un costo por hacer una solicitud de datos bajo la FDBR?
Generalmente no. Bajo 501.706, un controlador debe proporcionar la información de forma gratuita al menos dos veces al año por consumidor. Un controlador puede cobrar una tarifa razonable o negarse a actuar únicamente cuando una solicitud sea manifiestamente infundada, excesiva o repetitiva, y tiene la carga de demostrar que la solicitud cumple con ese estándar.
Fuentes y referencias
- Fla. Stat. 501.705: Derechos del consumidor, incluida la exclusión de reconocimiento de voz y facial(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.706: Respuesta del controlador a las solicitudes del consumidor(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.707: Apelación(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.709: Presentación de solicitudes del consumidor(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.71: Deberes del controlador (consentimiento de datos sensibles, no discriminación)(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.702: Definiciones (consumidor, datos sensibles, venta, publicidad dirigida)(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.715: Requisitos para datos sensibles(flsenate.gov).gov
- Fla. Stat. 501.72: Cumplimiento e implementación por el Departamento de Asuntos Legales(flsenate.gov).gov
- Departamento de Asuntos Legales de Florida: Informe Anual de Cumplimiento de la Carta de Derechos Digitales de Florida(myfloridalegal.com).gov