Hawaii
Leyes de grabación entre propietario e inquilino en Hawai: vigilancia y derechos de privacidad

En Hawai, los inquilinos pueden grabar conversaciones con su propietario sin previo aviso bajo el consentimiento de una sola parte (HRS 803-42), mientras que los propietarios no pueden colocar dispositivos de grabación dentro de una unidad de alquiler sin el consentimiento del inquilino porque una unidad de alquiler califica como un lugar privado según HRS 711-1111.
Las leyes de grabación entre propietario e inquilino de Hawai se encuentran en la intersección del estatuto de escuchas telefónicas de consentimiento de una sola parte del estado, su ley de privacidad de lugares privados y las protecciones de los derechos del inquilino. Tanto los propietarios como los inquilinos deben comprender cuándo se permite la grabación legalmente y cuándo cruza al terreno delictivo.
Esta guía cubre cuándo los inquilinos pueden grabar las interacciones con los propietarios, lo que los propietarios pueden y no pueden instalar en las propiedades de alquiler, las reglas específicas para las áreas comunes frente a las unidades privadas y las sanciones por infracciones.
Cómo se aplican las leyes de grabación de Hawai a los alquileres
Los dos estatutos clave
Dos estatutos rigen la grabación en entornos de alquiler:
HRS 803-42 (consentimiento de una sola parte): el estatuto de escuchas telefónicas de Hawai permite a cualquier participante en una conversación grabarla sin informar a las demás partes. Esto se aplica a los inquilinos que graban conversaciones con los propietarios y a los propietarios que graban conversaciones con los inquilinos, siempre que sean participantes.
HRS 711-1111 (lugares privados): un estatuto de privacidad aparte prohíbe instalar o usar dispositivos de grabación en cualquier "lugar privado" sin el consentimiento de todas las personas con derecho a privacidad allí. Una unidad de alquiler es un lugar privado, lo que crea restricciones significativas a la vigilancia del propietario dentro de las unidades ocupadas por inquilinos.
Qué hace que una unidad de alquiler sea un "lugar privado"
El capítulo de la ley de privacidad de Hawai define un lugar privado como "un lugar donde uno razonablemente puede esperar estar a salvo de intrusión o vigilancia casual u hostil." La unidad de alquiler de un inquilino claramente califica como un lugar privado según esta definición. El inquilino tiene derechos exclusivos para ocupar y controlar el espacio, lo que crea una fuerte expectativa de privacidad.
Esto significa que, independientemente de quién sea el propietario de la propiedad, un propietario no puede colocar dispositivos de grabación dentro de la unidad de un inquilino sin el consentimiento del inquilino.

Derechos de grabación del inquilino
Grabar conversaciones con los propietarios
Bajo el consentimiento de una sola parte (HRS 803-42), los inquilinos pueden grabar las conversaciones en las que participan con su propietario, administrador de la propiedad o personal de mantenimiento sin informarles. La Corte Suprema de Hawai confirmó este marco de una sola parte en State v. Okubo, 67 Haw. 197, 682 P.2d 79 (1984). Esto es valioso para documentar:
- Acuerdos verbales sobre reparaciones, mejoras o modificaciones del contrato de arrendamiento
- Acoso o intimidación por parte del propietario
- Discusiones o confrontaciones sobre ingreso ilegal
- Disputas sobre los términos del arrendamiento y compromisos verbales
- Solicitudes de mantenimiento y la respuesta del propietario
- Discusiones sobre el estado de la propiedad al ingresar y al desocupar
Grabar inspecciones de la propiedad
Cuando un propietario realiza una inspección legal de la propiedad, el inquilino que está presente puede grabar la inspección bajo el consentimiento de una sola parte. Según HRS 521-53, los propietarios deben dar al menos dos días de aviso antes de ingresar para inspecciones que no sean de emergencia. Tener una grabación de la inspección puede ser valioso si surgen disputas sobre el estado de la propiedad.
Grabar a los vecinos en áreas comunes
Los inquilinos pueden grabar sus propias conversaciones en áreas comunes de edificios de varias unidades. Sin embargo, grabar de forma encubierta a los vecinos en sus unidades privadas violaría HRS 711-1111.

Derechos de vigilancia del propietario
Áreas comunes
Los propietarios tienen derechos más amplios para instalar cámaras de vigilancia en áreas comunes que no son espacios privados:
- Vestíbulos y entradas del edificio: permitidos con fines de seguridad
- Pasillos y corredores: permitidos con el aviso adecuado
- Estacionamientos y garajes: permitidos para el monitoreo de seguridad
- Lavanderías: permitidas pero deben evitar capturar actividades de cambio de ropa o íntimas
- Salas de correo y áreas de paquetes: permitidas para la prevención de robos
- Áreas de piscina y recreativas: permitidas en áreas comunes abiertas, no en vestuarios o baños
Lo que los propietarios no pueden hacer
Los propietarios no pueden instalar ni mantener dispositivos de grabación en:
- Dentro de las unidades de los inquilinos: cámaras o dispositivos de audio en el espacio habitable, el dormitorio, el baño o la cocina de un inquilino sin consentimiento explícito por escrito
- Baños y servicios sanitarios en áreas comunes: estos son lugares privados independientemente de su ubicación
- En cualquier lugar donde se puedan capturar imágenes íntimas: cualquier dispositivo que capture imágenes íntimas está sujeto a responsabilidad penal según HRS 711-1110.9
Requisitos de divulgación
Si bien Hawai no tiene un estatuto específico que exija que los propietarios divulguen las cámaras de seguridad en áreas comunes, las mejores prácticas incluyen:
- Señalización visible que indique vigilancia por cámaras en las áreas monitoreadas
- Divulgación en el contrato de arrendamiento de cualquier sistema de vigilancia
- Documentación al ingresar que identifique todas las cámaras en la propiedad

Alquileres vacacionales y de corto plazo
Consideraciones especiales para los STR
El activo mercado de alquileres vacacionales de Hawai crea problemas específicos en torno a la grabación. Para los alquileres de corto plazo (Airbnb, VRBO, etc.):
- Las cámaras exteriores en los puntos de entrada son generalmente permisibles, pero deben divulgarse en el anuncio
- Las cámaras interiores de cualquier tipo que no se divulguen violan las políticas de la plataforma y pueden violar HRS 711-1111
- Las cámaras ocultas dentro de una unidad de alquiler son ilegales según HRS 711-1111 y potencialmente HRS 711-1110.9
Reglas de la plataforma vs. ley estatal
Las plataformas de alquiler como Airbnb y VRBO tienen sus propias políticas que exigen la divulgación de todas las cámaras. Incluso si una cámara pudiera ser técnicamente permisible según la ley estatal (por ejemplo, una cámara de timbre exterior divulgada), no divulgarla en el anuncio puede resultar en la suspensión de la cuenta o la eliminación de la plataforma. La ley estatal de Hawai y las reglas de la plataforma funcionan juntas para exigir transparencia sobre cualquier dispositivo de grabación en una propiedad de alquiler.
Sanciones penales por infracciones de grabación en alquileres
Delito menor: HRS 711-1111
Instalar o usar un dispositivo de grabación dentro de la unidad de un inquilino sin consentimiento es un delito menor según HRS 711-1111:
- Hasta 1 año de cárcel
- Multas de hasta $2,000
- Destrucción de grabaciones ordenada por el tribunal
Delito grave: HRS 711-1110.9
Si la grabación involucra imágenes íntimas (como una cámara colocada en un baño o dormitorio que captura contenido íntimo), el delito escala a un delito grave Clase C según HRS 711-1110.9:
- Hasta 5 años de prisión
- Multas de hasta $10,000
- Posible registro como delincuente sexual
Delito grave: HRS 803-42
Instalar un dispositivo encubierto de grabación de audio dentro de la unidad de un inquilino para interceptar sus conversaciones sin el consentimiento de ningún participante es interceptación ilegal según HRS 803-42, un delito grave Clase C:
- Hasta 5 años de prisión
- Multas de hasta $10,000
Daños civiles: HRS 803-48
Los inquilinos que son víctimas de una grabación ilegal pueden buscar daños civiles según HRS 803-48:
- Daños reales y ganancias de la infracción
- Daños legales del mayor de $100 por día o $10,000
- Honorarios de abogado y costos
Remedios del inquilino por infracciones de vigilancia del propietario
Pasos inmediatos para los inquilinos
Si descubre dispositivos de grabación no autorizados en su unidad de alquiler:
- Documente el dispositivo con fotografías sin tocarlo ni moverlo
- Comuníquese con la policía local para presentar una denuncia penal
- Conserve la prueba y deje que las fuerzas del orden manejen el dispositivo
- Comuníquese con un abogado sobre los remedios civiles y las opciones de rescisión del arrendamiento
Derechos de rescisión del arrendamiento
El descubrimiento de dispositivos de vigilancia no autorizados en una unidad de alquiler puede constituir un incumplimiento sustancial del arrendamiento, lo que potencialmente permite al inquilino rescindir el arrendamiento sin penalización. El Código Residencial de Propietario e Inquilino de Hawai (HRS Capítulo 521) proporciona remedios para las infracciones del propietario.
Reparación y daños
Además de los cargos penales, los inquilinos pueden buscar:
- Reclamaciones civiles por invasión de la privacidad bajo el derecho consuetudinario de Hawai
- Inflicción intencional de angustia emocional por infracciones particularmente atroces
- Rescisión del arrendamiento con devolución del depósito de seguridad
- Costos de mudanza y vivienda temporal si la infracción hace insostenible la ocupación continua
Orientación práctica para ambas partes
Para los inquilinos
- Grabe las conversaciones con su propietario sobre asuntos importantes. Almacene las grabaciones de forma segura con fechas y notas sobre el contexto.
- Use su grabación como documentación para el tribunal de reclamos menores si surgen disputas sobre depósitos, reparaciones o términos del arrendamiento.
- Busque la divulgación de cámaras en áreas comunes. Si encuentra dispositivos no divulgados en su unidad, comuníquese con la policía de inmediato.
- Comprenda los límites: puede grabar las conversaciones en las que participa, pero colocar un dispositivo en el apartamento de otro inquilino es ilegal.
Para los propietarios
- Nunca instale cámaras dentro de las unidades de los inquilinos sin el consentimiento explícito por escrito del inquilino.
- Divulgue todas las cámaras en la propiedad en el contrato de arrendamiento y en los anuncios de alquiler.
- Mantenga las cámaras en áreas comunes visibles y colocadas para evitar capturar actividades privadas.
- Consulte a un abogado antes de implementar cualquier nueva medida de vigilancia en una propiedad de alquiler.
Desarrollos federales
La ley de deepfake electoral de Hawai, Act 191 SLH 2024, fue prohibida permanentemente por ser inconstitucional en su totalidad en Babylon Bee LLC v. Lopez, No. 1:25-cv-00234 (D. Haw. Jan. 30, 2026) (Park, J.). La Ley Federal TAKE IT DOWN (vigente el 19 de mayo de 2026) impone obligaciones de aviso y eliminación a las plataformas para imágenes íntimas no consentidas. Si bien estas leyes afectan principalmente el intercambio de contenido digital, los propietarios e inquilinos que usan dispositivos de grabación deben conocer el contexto legal más amplio sobre cómo se pueden usar o distribuir las grabaciones.
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Preguntas frecuentes
¿Puede mi propietario poner cámaras dentro de mi apartamento en Hawai?
No. Una unidad de alquiler es un lugar privado según HRS 711-1111, y su propietario no puede instalar dispositivos de grabación dentro de su unidad sin su consentimiento. Las cámaras colocadas dentro de una unidad de alquiler sin consentimiento son un delito menor, y las cámaras que capturan imágenes íntimas son un delito grave Clase C según HRS 711-1110.9.
¿Puedo grabar conversaciones con mi propietario en Hawai?
Sí. Bajo la ley de consentimiento de una sola parte de Hawai (HRS 803-42), puede grabar cualquier conversación en la que participe con su propietario, administrador de la propiedad o personal de mantenimiento sin informarles. Esto incluye conversaciones en persona, llamadas telefónicas y discusiones durante las inspecciones de la propiedad.
¿Son legales las cámaras de seguridad en las áreas comunes de mi edificio en Hawai?
Sí. Los propietarios pueden instalar cámaras de seguridad en áreas comunes como vestíbulos, pasillos, estacionamientos y lavanderías. Las cámaras no deben colocarse en baños, vestuarios u otras áreas privadas. La mejor práctica es que los propietarios divulguen las ubicaciones de las cámaras en el contrato de arrendamiento.
¿Qué debo hacer si encuentro una cámara oculta en mi unidad de alquiler?
Documente el dispositivo con fotos sin tocarlo, luego comuníquese con la policía local para presentar una denuncia penal. Instalar cámaras ocultas en una unidad de alquiler viola HRS 711-1111 (delito menor) o HRS 711-1110.9 (delito grave si se capturan imágenes íntimas). También puede tener remedios civiles que incluyen reclamaciones por daños y posible rescisión del arrendamiento.
¿Los anfitriones de alquileres vacacionales deben divulgar las cámaras en Hawai?
Sí. Las cámaras ocultas dentro de una unidad de alquiler vacacional violan HRS 711-1111. Los anfitriones deben divulgar todas las cámaras en los anuncios de alquiler. Las cámaras exteriores en los puntos de entrada son generalmente permisibles si se divulgan. Las cámaras interiores de cualquier tipo que no se divulgan a los huéspedes son ilegales según la ley de Hawai.
Actualizaciones
Se corrigió la definición de "lugar privado" atribuida erróneamente: no aparece en HRS 711-1111 (que solo define "áreas íntimas" y "lugar público"), por lo que la cita ahora se atribuye de forma genérica al capítulo de la ley de privacidad de Hawai en lugar de a la sección incorrecta.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 5 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Hawaii Revised Statutes, Chapter 521: RESIDENTIAL LANDLORD-TENANT CODE
§ 521-53AccessVigente
(a) The tenant shall not unreasonably withhold the tenant's consent to the landlord to enter into the dwelling unit in order to inspect the premises; make necessary or agreed repairs, decorations, alterations, or improvements; supply services as agreed; or exhibit the dwelling unit to prospective purchasers, mortgagees, or tenants. (b) The landlord shall not abuse this right of access nor use it to harass the tenant. Except in case of emergency or where impracticable to do so, the landlord shall give the tenant at least two days notice of the landlord's intent to enter and shall enter only during reasonable hours. (c) The landlord shall have no other right of entry, except by court order, unless the tenant appears to have abandoned the premises, or as permitted by section 521-70(b). [L 1972, c 132, pt of §1; gen ch 1985]
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en capitol.hawaii.gov
Hawaii Revised Statutes, Chapter 711: OFFENSES AGAINST PUBLIC ORDER
§ 711-1110.9Violation of privacy in the first degreeVigentecitada en 15 de nuestros artículos
(1) A person commits the offense of violation of privacy in the first degree if, except in the execution of a public duty or as authorized by law: (a) The person intentionally or knowingly installs or uses, or both, in any private place, without consent of the person or persons entitled to privacy therein, any device for observing, recording, amplifying, or broadcasting another person in a stage of undress or sexual activity in that place; (b) The person knowingly discloses or threatens to disclose an image or video of another identifiable person either in the nude, as defined in section 712‑1210, or engaging in sexual conduct, as defined in section 712-1210, without the consent of the depicted person, with intent to harm substantially the depicted person with respect to that person's health, safety, business, calling, career, education, financial condition, reputation, or personal relationships or as an act of revenge or retribution; or (c) The person intentionally creates or discloses or threatens to disclose an image or video of a composite fictitious person depicted in the nude as defined in section 712-1210, or engaged in sexual conduct as defined in section 712-1210, that…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en capitol.hawaii.gov
§ 711-1111Violation of privacy in the second degreeVigentecitada en 17 de nuestros artículos
(1) A person commits the offense of violation of privacy in the second degree if, except in the execution of a public duty or as authorized by law, the person intentionally: (a) Trespasses on property for the purpose of subjecting anyone to eavesdropping or other surveillance in a private place; (b) Peers or peeps into a window or other opening of a dwelling or other structure adapted for sojourn or overnight accommodations for the purpose of spying on the occupant thereof or invading the privacy of another person with a lewd or unlawful purpose, under circumstances in which a reasonable person in the dwelling or other structure would not expect to be observed; (c) Trespasses on property for the sexual gratification of the actor; (d) Installs or uses, or both, in any private place, without consent of the person or persons entitled to privacy therein, any means or device for observing, recording, amplifying, or broadcasting sounds or events in that place other than another person in a stage of undress or sexual activity; provided that this paragraph shall not prohibit a person from making a video or audio recording or taking a photograph of a law enforcement officer while the…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en capitol.hawaii.gov
Hawaii Revised Statutes, Chapter 803: ARRESTS, SEARCHES, SEARCH WARRANTS
§ 803-42Interception, access, and disclosure of wire, oral, or electronic communications, use of pen register, trap and trace device, and mobile tracking device prohibitedVigentecitada en 19 de nuestros artículos
(a) Except as otherwise specifically provided in this part, any person who: (1) Intentionally intercepts, endeavors to intercept, or procures any other person to intercept or endeavor to intercept, any wire, oral, or electronic communication; (2) Intentionally uses, endeavors to use, or procures any other person to use or endeavor to use any electronic, mechanical, or other device to intercept any wire, oral, or electronic communication when: (A) Such a device is affixed to, or otherwise transmits a signal through, a wire, cable, or other similar connection used in wire communication; or (B) Such a device transmits communications by radio, or interferes with the transmission of such communication; (3) Intentionally discloses, or endeavors to disclose, to any other person the contents of any wire, oral, or electronic communication, knowing or having reason to know that the information was obtained through the interception of a wire, oral, or electronic communication in violation of this part; (4) Intentionally uses, or endeavors to use, the contents of any wire, oral, or electronic communication, knowing or having reason to know that the information was obtained through the…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en capitol.hawaii.gov
§ 803-48Recovery of civil damages authorizedVigentecitada en 13 de nuestros artículos
Any person whose wire, oral, or electronic communication is accessed, intercepted, disclosed, or used in violation of this part shall[:] (1) Have a civil cause of action against any person who accesses, intercepts, discloses, or uses, or procures any other person to access, intercept, disclose, or use the communications[;] and (2) Be entitled to recover from any such person: (A) The greater of[:] (i) The sum of the actual damages suffered by the plaintiff and any profits made by the violator as a result of the violation[;] or (ii) Statutory damages of the greater of $100 a day for each day of violation or $10,000; (B) Punitive damages, where appropriate; and (C) A reasonable attorney's fee and other litigation costs reasonably incurred. The aggrieved person may also seek and be awarded such preliminary, and other equitable or declaratory relief as may be appropriate. A good faith reliance on a court order shall constitute a complete defense to any civil action brought under this part. [L 1978, c 218, pt of §2; am L 1986, c 303, §8; am L 1989, c 164, §10; am L 2006, c 200, pt of §4]
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-30 · Lea la sección completa en capitol.hawaii.gov
Fuentes y referencias
- Estatutos Revisados de Hawai 711-1111 - Violación de la privacidad en segundo grado(capitol.hawaii.gov).gov
- Estatutos Revisados de Hawai 711-1110.9 - Violación de la privacidad en primer grado(capitol.hawaii.gov).gov
- Estatutos Revisados de Hawai 803-42 - Interceptación de comunicaciones(capitol.hawaii.gov).gov
- Estatutos Revisados de Hawai 803-48 - Recuperación de daños civiles(capitol.hawaii.gov).gov
- Código Residencial de Propietario e Inquilino de Hawai (Capítulo 521)(capitol.hawaii.gov).gov
- Estatutos Revisados de Hawai 521-53 - Acceso del propietario(capitol.hawaii.gov).gov