¿Puede Grabar a Agentes de ICE? Conozca Sus Derechos por Estado (2026)

Sí, usted puede grabar legalmente a agentes de ICE mientras desempeñan sus funciones en lugares públicos. La Primera Enmienda protege este derecho, tal como lo han confirmado tribunales federales de circuito en todo el país. En el caso Glik v. Cunniffe, el Primer Circuito sostuvo que grabar a oficiales en público es un derecho claramente establecido. Los agentes de ICE no pueden ordenarle legalmente que deje de grabar.
Grabar las interacciones con agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) se ha convertido en una de las preguntas de derechos civiles más importantes de 2026. A medida que las operaciones de aplicación de las leyes de inmigración se expanden en todo Estados Unidos, más personas quieren saber si pueden filmar legalmente estos encuentros.
La respuesta corta es sí. Por lo general, usted tiene el derecho a grabar a agentes de ICE en público. Pero los detalles importan y varían según el estado. Esta guía explica las protecciones constitucionales federales, las leyes de grabación estado por estado y los pasos prácticos para protegerse mientras documenta la aplicación de las leyes de inmigración.
El derecho de la Primera Enmienda a grabar
El fundamento de su derecho a grabar a agentes de ICE proviene de la Primera Enmienda a la Constitución de Estados Unidos. Los tribunales federales de todo el país han reconocido que el derecho a grabar a funcionarios del gobierno mientras desempeñan sus funciones en público es una expresión protegida.

La Primera Enmienda establece que el Congreso no debe aprobar ninguna ley que restrinja la libertad de expresión o de prensa. Los tribunales han interpretado que esto incluye el derecho a recopilar información sobre las actividades del gobierno, lo cual abarca grabar a oficiales de las fuerzas del orden y agentes federales.
Fallos de los tribunales federales de circuito
Múltiples tribunales federales de circuito han reconocido explícitamente el derecho a grabar a oficiales de las fuerzas del orden, incluyendo agentes federales, mientras desempeñan funciones oficiales en público.
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito resolvió en Glik v. Cunniffe, 655 F.3d 78 (1er Cir. 2011) que grabar a oficiales de policía en el desempeño de sus funciones en un espacio público es un derecho claramente establecido bajo la Primera Enmienda. Este caso histórico sentó un precedente sólido que ha influido en tribunales de todo el país.
El Tercer Circuito sostuvo en Fields v. City of Philadelphia, 862 F.3d 353 (3.er Cir. 2017) que la Primera Enmienda protege el acto de fotografiar, filmar o grabar de cualquier otra forma a oficiales de policía mientras realizan sus funciones oficiales en público.
El Quinto Circuito resolvió en Turner v. Lieutenant Driver, 848 F.3d 678 (5.º Cir. 2017) que los principios de la Primera Enmienda, la jurisprudencia vinculante y los precedentes persuasivos demuestran que existe un derecho de la Primera Enmienda a grabar a la policía.
El Séptimo Circuito, en ACLU of Illinois v. Alvarez, 679 F.3d 583 (7.º Cir. 2012), anuló un estatuto de escuchas ilegales de Illinois que penalizaba la grabación de audio de la policía, al considerar que la ley constituía una restricción previa a la libertad de expresión.
Estos fallos se aplican a todos los oficiales de las fuerzas del orden que desempeñan funciones públicas, incluyendo agentes federales como los oficiales de ICE, los agentes de CBP y otro personal del Departamento de Seguridad Nacional.
¿Se aplica este derecho específicamente a los agentes de ICE?
Sí. Los agentes de ICE son oficiales federales de las fuerzas del orden que desempeñan funciones gubernamentales. Las mismas protecciones constitucionales que le permiten grabar a la policía local se aplican a los agentes federales.
El Departamento de Seguridad Nacional ha reconocido esto. La Directiva de Política 024-04 del DHS establece que el personal del DHS no debe impedir que las personas graben sus actividades en espacios públicos, salvo que exista una preocupación específica de que la grabación interferiría con una operación o la pondría en riesgo.
Esto significa que, en general, los agentes de ICE saben que pueden ser grabados. Sin embargo, algunos agentes individuales no siempre siguen esta política, por lo que es fundamental entender sus derechos.
Lo que los agentes de ICE no pueden hacer
Cuando usted está grabando legalmente en un espacio público, los agentes de ICE no pueden legalmente hacer lo siguiente:
- Ordenarle que deje de grabar. No existe ninguna ley general que prohíba grabar a agentes federales en público.
- Confiscar su dispositivo de grabación. Bajo Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014), las fuerzas del orden generalmente necesitan una orden judicial para confiscar y registrar dispositivos electrónicos.
- Borrar su grabación. Destruir evidencia o grabaciones es una violación de sus derechos y puede constituir destrucción de evidencia.
- Arrestarlo únicamente por grabar. Grabar por sí solo, sin interferir, no es un delito.
- Exigir su identificación únicamente porque está grabando. En la mayoría de los estados, no está obligado a identificarse ante las fuerzas del orden a menos que esté siendo detenido por sospecha de actividad delictiva.
Leyes de grabación estado por estado que le afectan
Si bien la Primera Enmienda otorga un derecho básico a grabar, las leyes estatales añaden reglas importantes sobre la grabación de audio. La distinción principal es entre los estados de consentimiento de una parte y los estados de consentimiento de todas las partes (a veces llamado consentimiento de dos partes).
Estados de consentimiento de una parte (39 estados + D.C.)
En los estados de consentimiento de una parte, usted puede grabar legalmente una conversación siempre que al menos una persona de la conversación consienta la grabación. Si usted es quien graba, su propio consentimiento cumple con este requisito.
Esto significa que en estos estados usted puede grabar libremente sus propias interacciones con agentes de ICE, incluyendo audio, sin necesidad de informarles.
Los siguientes estados siguen las reglas de consentimiento de una parte:
| Alabama | Alaska | Arizona | Arkansas |
| Colorado | Connecticut | Georgia | Hawai |
| Idaho | Indiana | Iowa | Kansas |
| Kentucky | Luisiana | Maine | Michigan |
| Minnesota | Mississippi | Missouri | Nebraska |
| Nueva Jersey | Nuevo México | Nueva York | Carolina del Norte |
| Dakota del Norte | Ohio | Oklahoma | Oregón |
| Rhode Island | Carolina del Sur | Dakota del Sur | Tennessee |
| Texas | Utah | Vermont | Virginia |
| Virginia Occidental | Wisconsin | Wyoming | Distrito de Columbia |
En todas estas jurisdicciones, usted puede grabar a agentes de ICE con audio sin notificarles, siempre que sea parte de la conversación o esté grabando en un lugar público donde no exista una expectativa razonable de privacidad.
Estados de consentimiento de todas las partes (11 estados)
En los estados de consentimiento de todas las partes, todas las personas de una conversación deben consentir ser grabadas. Esto afecta principalmente la grabación de audio de conversaciones privadas. Por lo general, no prohíbe la grabación de video sin audio en espacios públicos.
Los siguientes estados exigen el consentimiento de todas las partes para grabar audio:
| Estado | Estatuto clave | Notas |
|---|---|---|
| California | Cal. Penal Code § 632 | Se aplica a comunicaciones confidenciales. Las interacciones públicas con las fuerzas del orden generalmente no se consideran confidenciales. |
| Delaware | Del. Code tit. 11, § 2402 | Exige el consentimiento de todas las partes para interceptar comunicaciones. |
| Florida | Fla. Stat. § 934.03 | Se exige el consentimiento de todas las partes. Sin embargo, los tribunales han determinado que los oficiales en funciones en público no tienen una expectativa razonable de privacidad. |
| Illinois | 720 ILCS 5/14-2 | Reformado tras el fallo ACLU v. Alvarez. La ley actual permite grabar a oficiales en público. |
| Maryland | Md. Code, Cts. & Jud. Proc. § 10-402 | Consentimiento de todas las partes, pero los tribunales han resuelto que los oficiales no tienen expectativa de privacidad al desempeñar funciones públicas. |
| Massachusetts | Mass. Gen. Laws ch. 272, § 99 | Una de las leyes de escuchas ilegales más estrictas. Sin embargo, el fallo Glik (Primer Circuito) estableció el derecho a grabar a la policía en público. |
| Montana | Mont. Code Ann. § 45-8-213 | Se requiere el consentimiento de todas las partes para comunicaciones en persona. |
| Nevada | Nev. Rev. Stat. § 200.620 | Consentimiento de una parte para comunicaciones en persona, pero de todas las partes para llamadas telefónicas. Los encuentros en persona con ICE generalmente requieren solo una parte. |
| Nuevo Hampshire | N.H. Rev. Stat. Ann. § 570-A:2 | Consentimiento de todas las partes para escuchas telefónicas e interceptación de comunicaciones. |
| Pensilvania | 18 Pa. Cons. Stat. § 5703 | Consentimiento de todas las partes. Uno de los estados más estrictos. |
| Washington | Wash. Rev. Code § 9.73.030 | Consentimiento de todas las partes para conversaciones privadas. Los encuentros públicos pueden estar exentos. |
Matiz importante para los estados de consentimiento de todas las partes
Incluso en los estados de consentimiento de todas las partes, existe un sólido argumento legal de que los agentes de ICE que desempeñan funciones de aplicación de la ley en público no tienen una expectativa razonable de privacidad. Varios tribunales estatales y federales han resuelto que los oficiales que actúan en su capacidad oficial en espacios públicos no pueden alegar que sus conversaciones son privadas o confidenciales.
En la práctica, esto significa:
- Grabar video sin audio es legal en todas partes en espacios públicos.
- Grabar video con audio de encuentros públicos con las fuerzas del orden probablemente está protegido incluso en estados de consentimiento de todas las partes, aunque la ley no está definida en todas las jurisdicciones.
- Si se encuentra en un estado de consentimiento de todas las partes y quiere ser precavido, puede grabar video sin audio, o anunciar que está grabando antes de comenzar a capturar audio.
¿Dónde puede grabar a agentes de ICE?
El lugar del encuentro afecta significativamente sus derechos de grabación.
Espacios públicos (los derechos más sólidos)
Tiene el derecho más claro a grabar en espacios públicos, incluyendo:
- Aceras y calles públicas- Parques y plazas públicas- Afuera de tribunales y edificios gubernamentales- Estacionamientos abiertos al público- Estaciones y paradas de transporte público
En estos lugares, nadie, incluidos los agentes de ICE, tiene una expectativa razonable de privacidad. Puede grabar libremente.
Su propio hogar
Si agentes de ICE llegan a su puerta, usted tiene derechos sólidos para grabar el encuentro. Está en su propia propiedad y es parte de la interacción. Los tribunales han sostenido de manera consistente que los propietarios pueden grabar las interacciones en la entrada de su casa.
Sin embargo, si los agentes ingresan a su casa con una orden judicial válida (no solo una orden administrativa), debe continuar grabando pero cumplir con las órdenes legales. Grabar no le da derecho a interferir físicamente con la ejecución de una orden válida.
Lugares de trabajo y negocios
Los derechos de grabación en negocios privados dependen de las reglas del propietario y de la ley estatal. Si agentes de ICE ingresan a un lugar de trabajo, los empleados y dueños de negocios generalmente tienen derecho a grabar lo que ocurre en su propia propiedad.
El Immigrant Legal Resource Center recomienda que los dueños de negocios puedan y deban grabar cualquier visita de ICE a sus instalaciones, ya que la grabación puede ser importante para procesos legales.
Tribunales y edificios gubernamentales
Grabar dentro de tribunales y ciertos edificios federales puede estar restringido por reglas o reglamentos específicos. Estas restricciones existen independientemente de sus derechos de la Primera Enmienda y pueden ser legalmente exigibles.
Siempre verifique las reglas del edificio específico. Por lo general, puede grabar afuera de estos edificios en propiedad pública.
Consejos prácticos para grabar encuentros con ICE
Conocer sus derechos solo es útil si puede ejercerlos de manera efectiva. A continuación, algunos pasos prácticos para grabar encuentros con ICE de forma segura y legal.
Antes de un encuentro
- Conozca la ley de grabación de su estado. Determine si se encuentra en un estado de consentimiento de una parte o de todas las partes usando las tablas anteriores.
- Configure su teléfono para grabar rápidamente. Practique abrir la aplicación de la cámara con rapidez. Muchos teléfonos inteligentes permiten acceder a la cámara desde la pantalla de bloqueo.
- Active la copia de seguridad en la nube. Use la carga automática a la nube (iCloud, Google Photos, o una aplicación dedicada como Mobile Justice de la ACLU) para que su grabación se guarde incluso si le quitan el teléfono.
- Comparta su ubicación. Avísele a un contacto de confianza dónde está y qué está haciendo.
- Guarde números de líneas legales de emergencia. Organizaciones como el National Immigration Law Center (NILC) y las sociedades de asistencia legal locales pueden brindarle orientación inmediata.
Durante un encuentro
- Mantenga una distancia segura. No interfiera físicamente con los agentes de ICE. Manténgase a una distancia de al menos 3 a 5 metros si es un espectador.
- Anuncie que está grabando si se encuentra en un estado de consentimiento de todas las partes. Basta con una declaración simple como "Estoy grabando esta interacción".
- Manténgase calmado y no discuta. Su objetivo es documentar, no intervenir.
- No obstruya físicamente a los agentes. La interferencia física puede resultar en un arresto por obstrucción, sin importar sus derechos de grabación.
- Grabe de manera continua. No detenga ni reinicie la grabación. Un video continuo es más creíble y más difícil de cuestionar en un tribunal.
- Capture números de placa e identificaciones. Haga acercamiento (zoom) a la información de identificación cuando sea posible.
- Registre la hora y el lugar. La mayoría de las cámaras de los teléfonos lo hacen automáticamente mediante metadatos, pero decir en voz alta la fecha, la hora y el lugar crea un respaldo.
Después de un encuentro
- Guarde la grabación de inmediato. Transfiérala a la nube o a una computadora. No dependa únicamente de su teléfono.
- No edite la grabación. El video sin editar es la evidencia más creíble.
- Contacte a un abogado si presenció una violación de derechos. Organizaciones como la ACLU, el National Immigrant Justice Center y los servicios legales de inmigración locales pueden ayudarlo.
- Presente una queja si los agentes violaron sus derechos. Puede presentar quejas ante la Oficina del Inspector General del DHS o la Oficina de Derechos Civiles y Libertades Civiles del DHS.
¿Qué pasa si los agentes de ICE le dicen que deje de grabar?
Si un agente de ICE le ordena que deje de grabar, debe saber que casi con seguridad esa orden no es legal en un espacio público. Sin embargo, la respuesta más segura depende de la situación.
No se resista físicamente. Si un agente intenta quitarle el teléfono, no se involucre en un forcejeo físico. Diga verbalmente que no consiente la confiscación, pero no se resista de forma física.
Haga valer sus derechos con calma. Puede decir: "Tengo un derecho de la Primera Enmienda a grabar en público. No estoy interfiriendo con sus funciones."
Recuerde los detalles. Anote el nombre del agente, el número de placa y la agencia. Escriba lo que se dijo tan pronto como sea posible.
Presente una queja después. Una orden ilegal de dejar de grabar puede ser la base de una queja de derechos civiles o una demanda.
Grabar a ICE en lugares sensibles
En 2025, el Departamento de Seguridad Nacional revisó sus políticas sobre la aplicación de la ley en lo que antes se designaba como "lugares sensibles", como escuelas, hospitales y lugares de culto. Bajo el cambio de política del DHS de enero de 2025, los agentes de ICE ya no están categóricamente restringidos para realizar operaciones de aplicación de la ley en estos lugares.
Este cambio de política hace que grabar sea aún más importante en estos lugares. Si se encuentra en una escuela, un hospital, una iglesia o un centro comunitario y llegan agentes de ICE, grabar el encuentro crea un registro de lo ocurrido y puede ser vital para cualquier disputa legal posterior.
Su derecho a grabar en estos lugares sigue las mismas reglas que cualquier otro espacio público o semipúblico. El permiso del propietario puede ser relevante para estar en la propiedad, pero el acto de grabar en sí sigue estando protegido.
Consecuencias legales de interferir frente a grabar
Es fundamental entender la diferencia entre grabar legalmente e interferir de forma ilegal.
| Actividad | Estado legal |
|---|---|
| Pararse a distancia y grabar video | Protegido por la Primera Enmienda |
| Grabar audio en un estado de consentimiento de una parte | Legal siempre que usted sea parte de la conversación o esté en un lugar público |
| Grabar audio en un estado de consentimiento de todas las partes | Legal en espacios públicos donde no existe expectativa de privacidad; para mayor seguridad, anuncie que está grabando |
| Bloquear físicamente a los agentes | Ilegal; puede resultar en cargos por obstrucción |
| Negarse a entregar su teléfono | Legal; los agentes necesitan una orden judicial para confiscar su dispositivo |
| Gritar o incitar a otros a interferir | Puede procesarse como incitación o conducta desordenada |
| Ingresar a un área restringida para grabar | Puede resultar en cargos de allanamiento |
Recursos para conocer sus derechos
Varias organizaciones ofrecen tarjetas de bolsillo, aplicaciones y orientación legal específicamente para grabar a las fuerzas del orden y encuentros de inmigración:
- Conozca sus derechos, de la ACLU ofrece orientación específica por estado sobre cómo grabar a las fuerzas del orden.
- National Immigration Law Center (NILC) ofrece recursos sobre los derechos durante las acciones de aplicación de las leyes de inmigración.
- Immigrant Legal Resource Center (ILRC) publica guías para miembros de la comunidad y empleadores sobre cómo responder a encuentros con ICE.
- United We Dream opera una línea directa y ofrece materiales sobre cómo conocer sus derechos en varios idiomas.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los agentes de ICE impedirme legalmente que los grabe?
No. En espacios públicos, usted tiene un derecho de la Primera Enmienda a grabar a agentes de ICE mientras desempeñan sus funciones. Múltiples tribunales federales de circuito han confirmado este derecho. Los agentes de ICE no pueden ordenarle legalmente que deje de grabar, confiscar su dispositivo ni borrar su grabación sin una orden judicial.
¿Debo decirles a los agentes de ICE que los estoy grabando?
En los 39 estados de consentimiento de una parte y en D.C., no necesita informarle a nadie que está grabando. En los 11 estados de consentimiento de todas las partes (California, Delaware, Florida, Illinois, Maryland, Massachusetts, Montana, Nevada, Nuevo Hampshire, Pensilvania y Washington), lo más seguro es anunciar que está grabando, aunque los tribunales generalmente han sostenido que las interacciones públicas con las fuerzas del orden no son conversaciones privadas.
¿Qué debo hacer si un agente de ICE me quita el teléfono?
No se resista físicamente. Diga verbalmente que no consiente la confiscación. Anote el nombre del agente, el número de placa y la agencia. Después del encuentro, contacte a un abogado y presente una queja ante la Oficina del Inspector General del DHS o la Oficina de Derechos Civiles y Libertades Civiles del DHS. Bajo Riley v. California, los agentes generalmente necesitan una orden judicial para confiscar y registrar su teléfono.
¿Puedo grabar a agentes de ICE en la puerta de mi casa?
Sí. Usted tiene derechos sólidos para grabar en su propia propiedad. Es parte de la interacción y está en su propia casa, lo cual le da un fundamento legal claro para grabar. Esta grabación puede ser evidencia importante si surgen dudas sobre si los agentes tenían una orden válida o si actuaron correctamente.
¿Es legal transmitir en vivo (livestream) un encuentro con ICE?
Sí. La transmisión en vivo se trata de la misma manera que la grabación bajo la Primera Enmienda. De hecho, transmitir en vivo puede brindar protección adicional porque la grabación se transmite de inmediato a los servidores de una plataforma, lo que hace imposible que los agentes destruyan la evidencia al confiscar su teléfono. Las mismas reglas estatales de consentimiento para audio se aplican a las transmisiones en vivo.
Fuentes y referencias
- Glik v. Cunniffe, 655 F.3d 78 (1er Cir. 2011)(law.justia.com)
- Fields v. City of Philadelphia, 862 F.3d 353 (3.er Cir. 2017)(law.justia.com)
- Turner v. Lieutenant Driver, 848 F.3d 678 (5.º Cir. 2017)(law.justia.com)
- ACLU of Illinois v. Alvarez, 679 F.3d 583 (7.º Cir. 2012)(law.justia.com)
- Directiva de Política 024-04 del DHS(dhs.gov).gov
- Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014)(supreme.justia.com)
- Cal. Penal Code § 632(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Fla. Stat. § 934.03(leg.state.fl.us).gov
- 720 ILCS 5/14-2(ilga.gov).gov
- Oficina del Inspector General del DHS(oig.dhs.gov).gov
- Oficina de Derechos Civiles y Libertades Civiles del DHS(dhs.gov).gov
- Conozca sus Derechos, ACLU(aclu.org)
- National Immigration Law Center(nilc.org)
- Cambio de Política del DHS de Enero de 2025(dhs.gov).gov