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Leyes de Grabación en España: Consentimiento de una Sola Parte, Art. 197 y RGPD (2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 21 de agosto de 202641 min de lectura
Leyes de Grabación en España: Consentimiento de una Sola Parte, Art. 197 y RGPD (2026)

Preguntas frecuentes

¿España exige el consentimiento de una sola parte o de todas las partes para grabar?

España es un país de consentimiento de una sola parte. Cualquier participante en una conversación puede grabarla sin informar a la otra parte. Este principio fue establecido por el Tribunal Constitucional en la STC 114/1984, que sostuvo que grabar la propia conversación no viola el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones del artículo 18.3 ni el derecho a la intimidad personal y familiar del artículo 18.1. El Tribunal Supremo ha aplicado reiteradamente este estándar en procesos penales, civiles y laborales. La interceptación por terceros, cuando quien graba no es participante de la conversación, es un delito según el artículo 197.1 del Código Penal.

¿Puedo grabar legalmente a agentes de policía en España?

Sí. El Tribunal Constitucional confirmó en la STC 172/2020 que grabar la actuación policial en público no requiere autorización. La sentencia declaró inconstitucional el requisito de 'no autorizado' del artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 (Ley de Seguridad Ciudadana). Usted puede filmar un control de tráfico, grabar una detención o filmar un puesto de control policial. La infracción que subsiste es difundir el material de un modo que ponga genuinamente en riesgo la seguridad personal de agentes identificables, de sus familias, de instalaciones protegidas o del éxito de una operación en curso. Esa difusión puede acarrear multas de 601 a 30.000 euros.

¿Cuál es la sanción por intervenir ilegalmente las comunicaciones de alguien en España?

La interceptación no autorizada de comunicaciones por parte de un tercero se sanciona según el artículo 197.1 del Código Penal con 1 a 4 años de prisión y una multa de 12 a 24 meses. Si el material interceptado se distribuye posteriormente a terceros, la pena aumenta a 2 a 5 años según el artículo 197.3. Cuando el autor actúa con ánimo de lucro y con datos especialmente sensibles, las penas pueden alcanzar los 4 a 7 años según el artículo 197.6. La interceptación digital mediante el acceso no autorizado a sistemas informáticos conlleva de 6 meses a 2 años según el artículo 197 bis.

¿Compartir imágenes íntimas sin consentimiento tiene sanciones penales en España?

Sí. El artículo 197.7 del Código Penal sanciona la difusión no consentida de imágenes íntimas con 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 12 meses. Tras la Ley Orgánica 10/2022, esto se aplica no solo a quien obtuvo originalmente las imágenes, sino también a cualquiera que posteriormente las comparta. Las penas aumentan a la mitad superior del rango cuando la víctima es menor de edad, el autor es o fue pareja íntima de la víctima, o la difusión se realizó con fines de lucro.

¿Las empresas en España necesitan consentimiento para grabar las llamadas de sus clientes?

Las empresas necesitan una base legal válida según el RGPD, pero esa base no tiene que ser el consentimiento. La grabación de llamadas para control de calidad o para la ejecución de un contrato puede proceder bajo las bases del interés legítimo o de la necesidad contractual. Sin embargo, se debe informar a los interlocutores al inicio de la llamada de que se está grabando, indicarles la finalidad y advertirles de sus derechos de protección de datos. La AEPD hace cumplir activamente estos requisitos. No notificar a los interlocutores o no documentar una base legal puede derivar en multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global.

¿Qué remedios civiles existen si alguien me graba en secreto en España?

La Ley Orgánica 1/1982 ofrece remedios civiles independientes de cualquier acción penal. Según el artículo 9, una víctima puede solicitar: una orden judicial inmediata que detenga la grabación o su distribución; el restablecimiento del estado anterior (incluida la eliminación de las grabaciones); la prevención de futuras intromisiones; una indemnización que incluya el daño moral, el cual se presume con la sola prueba de la intromisión; y la restitución de cualquier beneficio que el demandado haya obtenido de la grabación. Se aplica un plazo de prescripción de cuatro años desde que usted tuvo conocimiento de la intromisión y de su autor.

¿Puedo grabar a mi jefe o a mis compañeros en el trabajo en España?

Sí, si usted es participante de la conversación. Los tribunales laborales españoles admiten regularmente las grabaciones hechas por trabajadores de audiencias disciplinarias, reuniones de recursos humanos y conversaciones en el lugar de trabajo como prueba en reclamaciones por despido improcedente y acoso. La grabación debe presentarse sin editar. Los empleadores, en cambio, enfrentan límites estrictos para la vigilancia de audio: el artículo 89.3 de la LOPDGDD permite el monitoreo de audio en el lugar de trabajo únicamente cuando las actividades de esa área generen riesgos relevantes para la seguridad de las instalaciones, los bienes o las personas. El monitoreo rutinario de las conversaciones de oficina no está permitido.

¿Tiene España una ley contra los deepfakes?

España aún no cuenta con un estatuto específico sobre deepfakes hasta mayo de 2026. Una propuesta parlamentaria para crear delitos en el Código Penal por imágenes íntimas generadas por IA sin consentimiento fue registrada en la XV legislatura, pero no había sido aprobada. A nivel de la UE, el artículo 50 del Reglamento de IA exige a los responsables del despliegue de sistemas de IA que generan audio o video sintético divulgar que el contenido fue generado por IA, obligaciones que se aplican a partir del 2 de agosto de 2026. Los fiscales han perseguido algunos casos de imágenes no consentidas generadas por IA mediante las disposiciones ya existentes de los artículos 197.7 y 173 del Código Penal, caso por caso.

Si grabo una llamada con alguien en España desde otro país, ¿qué ley se aplica?

A efectos penales, el Código Penal español se aplica a las conductas que ocurren en territorio español o que producen efectos en España. Si usted es participante de la llamada desde fuera de España, la regla española de consentimiento de una sola parte cubre la conducta del lado español. Si usted es un tercero que intercepta la llamada, pueden aplicarse tanto la ley penal española como la de su propio país. A efectos del RGPD, si usted es una organización que ofrece servicios a personas en España, el RGPD se aplica al tratamiento de los datos de esas personas sin importar dónde esté constituida su empresa.

Actualizaciones

Se agregó una resolución de la AEPD de 2026 (EXP202413968 / PS-00153-2025): multa de 6.000 euros que sostiene que una cláusula del contrato de arrendamiento no puede crear un consentimiento válido del artículo 6 del RGPD para grabar las zonas comunes de un edificio.

Fuentes y referencias

  1. España es un país de consentimiento de una sola parte para la grabación. Cualquier participante en una conversación puede grabarla sin informar a las demás partes.(hj.tribunalconstitucional.es).gov
  2. El artículo 18.3 de la Constitución Española protege el secreto de las comunicaciones frente a la intromisión de terceros, pero no protege a un participante de una conversación frente a otro participante que graba lo que se dice.(boe.es).gov
  3. El artículo 197.1 del Código Penal sanciona a quien, sin consentimiento, se apodera de documentos o intercepta telecomunicaciones o utiliza dispositivos técnicos para grabar sonido, imagen o señales, con el fin de descubrir secretos o vulnerar la intimidad de otra persona. Pena: 1 a 4 años de prisión y multa de 12 a 24 meses.(boe.es).gov
  4. El artículo 197.2 sanciona el apoderamiento, uso o modificación no autorizados de datos personales en archivos o bases de datos. Pena: 1 a 4 años de prisión + multa de 12 a 24 meses.(boe.es).gov
  5. El artículo 197.3 aumenta las penas por la difusión del material interceptado a 2 a 5 años de prisión.(boe.es).gov
  6. El artículo 197.4 aumenta las penas a 3 a 5 años cuando los delitos son cometidos por personas responsables de archivos o sistemas, o mediante el uso no autorizado de datos personales.(boe.es).gov
  7. El artículo 197.6 prevé penas en la mitad superior cuando los delitos se cometen con ánimo de lucro; hasta 4 a 7 años cuando se involucran datos especialmente sensibles (salud, orientación sexual, opiniones políticas, afiliación religiosa).(boe.es).gov
  8. El artículo 197.7 sanciona la difusión no consentida de imágenes íntimas originalmente obtenidas con consentimiento. Pena: 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 12 meses. Tras la Ley Orgánica 10/2022, los distribuidores secundarios (quienes comparten imágenes que no captaron originalmente) enfrentan la misma responsabilidad.(boe.es).gov
  9. El artículo 197 bis, introducido por la Ley Orgánica 1/2015, sanciona el acceso no autorizado a sistemas informáticos o de telecomunicaciones, incluida la interceptación de transmisiones no públicas de datos informáticos. Pena: 6 meses a 2 años de prisión.(boe.es).gov
  10. El artículo 197 ter sanciona la producción, adquisición, importación o posesión de programas o herramientas informáticas diseñadas para facilitar el acceso no autorizado a sistemas informáticos según los artículos 197 o 197 bis. Pena: 6 meses a 2 años de prisión.(boe.es).gov
  11. El artículo 197 quinquies establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos de los artículos 197 a 197 quater cuando se cometen en nombre o en beneficio de una persona jurídica. Las penas siguen el marco general de responsabilidad de personas jurídicas del artículo 31 bis del Código Penal.(boe.es).gov
  12. La STC 172/2020, de 19 de noviembre de 2020, declaró inconstitucional la expresión 'no autorizado' del artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 (Ley de Seguridad Ciudadana). Tras esta sentencia, grabar la actuación policial en público no requiere autorización. La infracción que subsiste es la difusión del material bajo determinadas circunstancias.(tribunalconstitucional.es).gov
  13. A la fecha de publicación del artículo, las propuestas de reforma de la Ley Orgánica 4/2015 (la Ley Mordaza) se encontraban ante la XV legislatura del Congreso de los Diputados. Las propuestas buscaban una reforma estructural del marco de seguridad ciudadana. El artículo 36.23, modificado por la STC 172/2020, seguía vigente.(congreso.es).gov
  14. La Ley Orgánica 1/1982, artículo 7, enumera ocho categorías de intromisiones ilegítimas contra los derechos al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen. Relevante para la grabación: el artículo 7.1 prohíbe la colocación de aparatos de escucha, filmación, dispositivos ópticos o de grabación diseñados para captar la vida íntima de las personas.(boe.es).gov
  15. La Ley Orgánica 1/1982, artículo 7.5, clasifica como intromisión ilegítima la captación, reproducción o publicación de la imagen de una persona en momentos o lugares de su vida privada. Esto aplica incluso en lugares públicos cuando la grabación capta a una persona en un momento inherentemente privado.(boe.es).gov
  16. La Ley Orgánica 1/1982, artículo 9, establece que los remedios civiles para las intromisiones ilegítimas incluyen: la declaración de la intromisión y su cese inmediato; el restablecimiento del estado anterior; la prevención de futuras intromisiones; la indemnización de daños, incluido el daño moral (presumido con la prueba de la intromisión); y la restitución del enriquecimiento.(boe.es).gov
  17. Según el artículo 6 del RGPD, el tratamiento de grabaciones de voz requiere una base legal válida. Para las empresas, las bases más utilizadas son el interés legítimo (control de calidad en centros de atención telefónica) y la necesidad contractual. La AEPD ha confirmado que las grabaciones de voz constituyen datos personales según el RGPD, porque una voz puede identificar a una persona.(boe.es).gov
  18. Cuando las grabaciones de voz se usan con fines de identificación o autenticación biométrica, constituyen datos de categoría especial según el artículo 9 del RGPD (datos biométricos tratados con el fin de identificar de manera unívoca a una persona física). El tratamiento requiere consentimiento explícito u otro fundamento del artículo 9(2).(boe.es).gov
  19. El artículo 89 de la LOPDGDD regula el monitoreo en el lugar de trabajo. La videovigilancia está permitida con notificación a los trabajadores, finalidad legítima, sin cámaras en áreas de descanso, vestidores o baños (Art. 89.2), y un plazo máximo de conservación de un mes. La vigilancia de audio (Art. 89.3) solo se permite cuando las actividades del lugar de trabajo generen riesgos relevantes.(boe.es).gov
  20. El artículo 88 de la LOPDGDD establece el derecho a la desconexión digital de los trabajadores. Los empleadores deben implementar una política interna sobre el uso de dispositivos digitales y definir el derecho de los trabajadores a no ser contactados fuera de la jornada laboral. Las políticas de monitoreo en el lugar de trabajo, incluidas las de grabación, deben ser coherentes con este derecho.(boe.es).gov
  21. El 10 de marzo de 2026, la AEPD emitió una resolución sancionando a la empresa de verificación de edad Yoti con un total de 950.000 euros por infracciones del RGPD: 500.000 euros por tratamiento ilícito de datos biométricos de categoría especial según el artículo 9; 200.000 euros por consentimiento inválido según el artículo 7; y 250.000 euros por conservación excesiva de datos.(aepd.es).gov
  22. La AEPD publicó directrices el 20 de abril de 2026 sobre la transcripción de voz mediante IA, exigiendo a los responsables que utilizan herramientas de transcripción por IA: seleccionar herramientas con garantías de cumplimiento del RGPD; corregir proactivamente las imprecisiones; y proporcionar un aviso transparente y continuo durante la grabación (indicadores en pantalla, luces o señales sonoras).(aepd.es).gov
  23. El Reglamento de IA de la UE (Reglamento 2024/1689), artículo 50, exige a los responsables del despliegue divulgar cuando el contenido de imagen, audio o video sea generado o manipulado artificialmente (deepfakes). Para el audio deepfake específicamente, los responsables deben proporcionar avisos audibles. Se exige divulgación para el texto generado por IA publicado con fines informativos de interés público.(eur-lex.europa.eu).gov
  24. Una propuesta parlamentaria española de Ley Orgánica sobre la regulación de simulaciones de imágenes y voces de personas generadas mediante inteligencia artificial (Proposición de Ley Orgánica de regulación de las simulaciones de imágenes y voces de personas generadas por medio de la inteligencia artificial) fue registrada en la XV legislatura.(congreso.es).gov
  25. Una grabación hecha por un participante es admisible como prueba en los procesos judiciales españoles según la STC 114/1984. El Tribunal Supremo ha confirmado reiteradamente que dichas grabaciones (hechas sin el conocimiento de la otra parte) no violan el artículo 18.3 ni el 18.1 de la Constitución y no constituyen prueba ilícita.(hj.tribunalconstitucional.es).gov
  26. Las grabaciones transfronterizas dentro de la UE están sujetas a la ley del país donde se encuentra la parte interceptada a efectos penales. A efectos del RGPD, se aplica la ley del Estado miembro de la UE donde el responsable del tratamiento esté establecido o donde el titular de los datos resida habitualmente.(boe.es).gov
  27. Tribunal Constitucional - STC 114/1984, de 29 de noviembre (consentimiento de una sola parte en las grabaciones)(hj.tribunalconstitucional.es).gov
  28. Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (Artículo 36.23 - Ley Mordaza)(boe.es).gov
  29. Circular 3/2019, Fiscalía General del Estado - captación y grabación de comunicaciones orales(boe.es).gov
  30. AEPD, Resolución PS-00153-2025 (expediente EXP202413968): una cláusula del contrato no crea consentimiento válido del art. 6 RGPD para cámaras en zonas comunes(aepd.es).gov
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