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Leyes de Grabación en Costa Rica: Consentimiento de una Sola Parte, Sanciones y Actualizaciones de 2026

Por Equipo Editorial de Recording Law34 min de lectura
Leyes de Grabación en Costa Rica: Consentimiento de una Sola Parte, Sanciones y Actualizaciones de 2026

Preguntas frecuentes

¿Costa Rica exige el consentimiento de una sola parte o de dos partes para grabar?

Costa Rica es un país de consentimiento de una sola parte en cuanto al acto de grabar. Un participante en una conversación puede grabarla sin notificar ni obtener permiso de la otra parte. Esto se desprende de la estructura del artículo 198 del Código Penal, que tipifica grabar las palabras de 'otra persona no destinadas a la publicidad', una formulación que apunta a la interceptación por terceros y no a la grabación por un participante. Sin embargo, Costa Rica impone límites estrictos sobre la difusión. Compartir o publicar una grabación privada sin el consentimiento de la otra parte puede generar sanciones penales según los artículos 201 y 202 del Código Penal, salvo que aplique una excepción de interés público.

¿Cuáles son las sanciones por grabar ilegalmente a alguien en Costa Rica?

Interceptar o grabar una conversación privada de la que usted no forma parte conlleva de 1 a 3 años de prisión según el artículo 198 del Código Penal. Violar la correspondencia o comunicaciones de otra persona (Art. 196, según la reforma de 2012) conlleva de 3 a 6 años en su forma base, elevándose a 4 a 8 años cuando la comete personal de telecomunicaciones o administradores de sistemas. El manejo no autorizado de datos personales almacenados en sistemas digitales (Art. 196 bis) conlleva el mismo rango de 3 a 6 / 4 a 8 años. Un funcionario público que cometa cualquiera de estas violaciones usando su cargo oficial enfrenta de 2 a 6 años según el artículo 200. El uso indebido de grabaciones obtenidas ilícitamente añade de 6 meses a 1 año según el artículo 201.

¿Puedo grabar una llamada telefónica en Costa Rica sin decírselo a la otra persona?

Sí, si usted es participante en la llamada. El marco de consentimiento de una sola parte de Costa Rica le permite grabar sus propias conversaciones telefónicas, incluidas las llamadas por redes móviles, líneas fijas o plataformas como WhatsApp y Zoom. No necesita informar a la otra parte. La restricción surge cuando desea compartir o publicar la grabación. La difusión de una grabación privada sin el consentimiento de la otra parte puede violar los artículos 201 o 202 del Código Penal, salvo que el contenido califique como un asunto de interés público.

¿Puedo grabar a agentes de policía en Costa Rica?

Sí. La Sala Constitucional sostuvo en el Voto 2019-001105 (23 de enero de 2019) que cualquier persona, periodista o no, tiene el derecho constitucional de filmar las actuaciones policiales en espacios públicos como ejercicio de la libertad de expresión. El tribunal fundamentó este derecho en la rendición de cuentas democrática, señalando que el uso de la fuerza por parte de la policía debe documentarse y que los esfuerzos por ocultar dichas actuaciones son 'más propios de los regímenes autoritarios'. El derecho a grabar aplica en espacios públicos. No se puede obstruir una operación activa de las fuerzas del orden mientras se hace.

¿Puede usarse como prueba un audio grabado en secreto en Costa Rica?

Depende de cómo se haya hecho la grabación. Una grabación hecha por un participante de la conversación generalmente es admisible, porque no fue obtenida mediante interceptación ilegal. La Sala Constitucional confirmó en la Resolución 2022-007502 que no ocurre ninguna violación constitucional cuando un participante aporta voluntariamente su propia grabación como prueba. La regla de exclusión del artículo 24 (que impide la prueba obtenida ilegalmente) no aplica a las grabaciones lícitas de un participante. Una grabación obtenida mediante interceptación no autorizada de un tercero es inadmisible. El artículo 24 de la Constitución establece que la información obtenida mediante la intervención ilegal de comunicaciones 'no producirá efectos legales'.

¿Permite Costa Rica las escuchas telefónicas por parte de las autoridades?

Solo con una orden judicial y únicamente para delitos graves. La Ley 7425 (1994) autoriza la interceptación judicial cuando se investigan corrupción, secuestro, narcotráfico, trata de personas, terrorismo y homicidio calificado. Un juez debe emitir una resolución fundada a solicitud del Fiscal General. La autorización inicial dura hasta 4 meses, con un tope absoluto de 1 año según la Ley 7425. Para investigaciones de delincuencia organizada, la Ley 8754 (2009) permite períodos de interceptación de 12 meses, renovables con aprobación judicial. Los funcionarios que abusan de la facultad de interceptación enfrentan de 1 a 3 años de prisión según el artículo 24 de la Ley 7425.

¿Es ilegal compartir imágenes íntimas de alguien sin su consentimiento en Costa Rica?

Sí. La Ley 9877 (vigente desde el 27 de agosto de 2020) creó el artículo 175 quinquies del Código Penal, que tipifica grabar, capturar o producir material sexual de otra persona en un espacio público sin su consentimiento (10 a 18 meses de prisión). Si ese material se distribuye o transmite posteriormente, la pena aumenta a 18 a 36 meses. Además, el artículo 196 bis del Código Penal cubre la distribución no autorizada de datos personales, incluidas las imágenes íntimas, almacenados en sistemas digitales, con sanciones de 3 a 6 años de prisión en su forma base.

¿Son ilegales los deepfakes en Costa Rica?

No existe una ley independiente sobre deepfakes en Costa Rica a mayo de 2026. La ley vigente puede alcanzar algunos casos: el artículo 196 bis del Código Penal (manejo no autorizado de datos personales en sistemas digitales) puede cubrir el uso no autorizado de la imagen o voz de una persona para generar contenido con IA, y el artículo 230 cubre la suplantación de identidad en plataformas digitales. La Estrategia Nacional de IA del gobierno (ENIA 2024-2027) prohíbe formalmente los deepfakes sin consentimiento como asunto de política pública, pero eso no es una ley penal. Tres proyectos de regulación de IA están pendientes en la Asamblea Legislativa, pero ninguno ha sido promulgado.

Fuentes y referencias

  1. Constitución Política de la República de Costa Rica, 1949 (rev. 2020), Artículo 24(constituteproject.org)
  2. Código Penal de Costa Rica (Ley No. 4573), Artículos 196 a 203, Delitos Contra el Ámbito de Intimidad(pgrweb.go.cr).gov
  3. Reforma a la Sección VIII, Delitos Informáticos y Conexos, Código Penal (2012), Artículos 196 y 196 bis actualizados (penas de 3 a 6 años)(pgrweb.go.cr).gov
  4. Ley No. 7425, Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones (1994)(pgrweb.go.cr).gov
  5. Ley No. 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada (2009), Artículos 15-16, intervención de comunicaciones para crimen organizado(pgrweb.go.cr).gov
  6. Ley No. 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (2011)(pgrweb.go.cr).gov
  7. Ley No. 9877, Ley contra el Acoso Sexual Callejero (2020), Artículo 175 quinquies, captación de material sexual sin consentimiento(pgrweb.go.cr).gov
  8. Sala Constitucional, Voto 2019-001105 (23 enero 2019), Derecho a filmar acciones policiales en espacios públicos(semanariouniversidad.com)
  9. Sala Constitucional, Resoluciones 2022-007502 y 2022-020707, Publicación de audios por interés público(nacion.com)
  10. Freedom House, Costa Rica: Freedom on the Net 2024(freedomhouse.org)
  11. Procuraduría General de la República de Costa Rica, Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ)(pgrweb.go.cr).gov
  12. JURIST, Costa Rica elections court urges lawmakers to strip president Chaves of immunity (octubre de 2025)(jurist.org)
  13. DLA Piper, Data Protection Laws of the World: Costa Rica(dlapiperdataprotection.com)
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