South Carolina
Leyes de grabación de video de Carolina del Sur: donde puede y no puede grabar (2026)

En Carolina del Sur, la grabación de video es legal en cualquier lugar donde las personas carezcan de una expectativa razonable de privacidad, incluidas las calles públicas, los parques y los edificios gubernamentales. Grabar en espacios privados como los baños viola el estatuto de voyeurismo en S.C. Code Ann. 16-17-470. Cuando su video también capta audio, aplica el consentimiento de una sola parte bajo S.C. Code Ann. 17-30-30.
La ley de Carolina del Sur no tiene un solo estatuto integral que rija toda la grabación de video. En cambio, la legalidad de la grabación de video depende de donde está filmando, de si capta audio junto con el video y del propósito de la grabación. Los espacios públicos por lo general están abiertos a la filmación, mientras que los espacios privados están protegidos tanto por el estatuto de escuchas telefónicas como por la ley de voyeurismo.
Esta guía explica las reglas que aplican a la grabación de video en distintos entornos en Carolina del Sur, incluidas las penas penales que enfrenta por las infracciones y cómo tratan los tribunales la evidencia en video.
Grabación de video en espacios públicos
Regla general: filmar en público es legal
Carolina del Sur no tiene ningún estatuto que prohíba la grabación de video en espacios públicos. Usted es libre de grabar video en:
- Calles, aceras y cruces peatonales públicos
- Parques públicos y áreas recreativas
- Edificios gubernamentales abiertos al público
- Instalaciones de transporte público
- Protestas, mítines y manifestaciones públicas
- Áreas al aire libre visibles desde puntos de vista públicos
Este derecho se fundamenta en la Primera Enmienda de la Constitución de EE. UU., que protege el derecho a recopilar información en entornos públicos. Los tribunales federales han reconocido de forma consistente que grabar en espacios públicos es una forma de expresión protegida.
Video sin audio frente a video con audio
Existe una distinción importante en la ley de Carolina del Sur entre la grabación solo de video y el video con audio:
La grabación solo de video en público no implica el estatuto de escuchas telefónicas en S.C. Code Ann. 17-30-20. La ley de escuchas telefónicas cubre específicamente las "comunicaciones por cable, orales o electrónicas". El material de video que no capta comunicaciones orales queda fuera de su alcance.
La grabación de video con audio está sujeta a la regla de consentimiento de una sola parte bajo S.C. Code Ann. 17-30-30. Si su video capta conversaciones, usted debe ser parte de la conversación o tener el consentimiento de al menos un participante para cumplir con el estatuto de escuchas telefónicas.
En espacios públicos donde las personas no tienen una expectativa razonable de privacidad, incluso la grabación de audio por lo general es permisible porque el estatuto de escuchas telefónicas solo protege las "comunicaciones orales" realizadas con una expectativa razonable de privacidad.
Grabación en propiedad gubernamental
La Ley de Libertad de Información de Carolina del Sur (S.C. Code Ann. 30-4-10 et seq.) exige que la mayoría de las reuniones del gobierno estén abiertas al público. Usted puede llevar equipo de grabación a:
- Reuniones de los concejos municipales y de condado
- Reuniones de la junta escolar
- Audiencias de planificación y zonificación
- Sesiones legislativas estatales
- Otras audiencias públicas y procesos gubernamentales
Los organismos gubernamentales no pueden prohibir la grabación en reuniones que la ley exige que estén abiertas al público, aunque pueden imponer restricciones razonables de tiempo, lugar y forma (como exigir que las cámaras sean estacionarias o se coloquen de modo que no bloqueen la vista de otros asistentes).
Grabación de video en propiedad privada

Derechos del propietario
Los propietarios de propiedad privada en Carolina del Sur tienen amplia autoridad para controlar la grabación de video en sus instalaciones. Un negocio, propietario de vivienda o gerente de propiedad puede:
- Prohibir toda grabación de video en su propiedad
- Exigir a los visitantes que guarden sus cámaras y teléfonos
- Pedirle a alguien que se retire si se niega a dejar de grabar
- Colocar letreros que indiquen que no se permite la grabación
Si usted sigue grabando después de que le pidan que se detenga en propiedad privada, podría enfrentar cargos por invasión de propiedad bajo S.C. Code Ann. 16-11-620, que penaliza entrar o permanecer en una propiedad después de haber sido advertido de no hacerlo o después de que se le pida que se retire. El propietario no necesita citar una ley de grabación específica porque su autoridad proviene de los derechos generales de propiedad.
Grabación en su propia casa
Usted puede instalar cámaras de video en su propia casa en Carolina del Sur. Sin embargo, aplican ciertas limitaciones:
- Las áreas comunes como salas, cocinas y pasillos pueden monitorearse con cámaras de video
- Las áreas privadas como baños, dormitorios usados por invitados y áreas para cambiarse de ropa no deben grabarse, ya que esto puede violar el estatuto de voyeurismo
- La captura de audio está sujeta a las reglas de consentimiento de una sola parte. Si usted no está presente durante las conversaciones grabadas, captar el audio puede violar el estatuto de escuchas telefónicas
- Los derechos del inquilino aplican si usted alquila parte de su casa. No puede colocar cámaras en áreas donde los inquilinos tienen una expectativa razonable de privacidad
Grabación en propiedades alquiladas o arrendadas
Si usted alquila una casa o apartamento, por lo general puede instalar cámaras de video dentro de su propia unidad en áreas comunes. No debe instalar cámaras que capten imágenes de los espacios privados de otros inquilinos. Los arrendadores tienen prohibido colocar cámaras dentro de las unidades de alquiler sin el consentimiento del inquilino, en particular en áreas privadas.
Estatuto de voyeurismo de Carolina del Sur: S.C. Code Ann. 16-17-470

Qué prohíbe la ley
La ley de voyeurismo de Carolina del Sur en S.C. Code Ann. 16-17-470 hace ilegal incurrir en espionaje, voyeurismo o escuchas indebidas. Específicamente, el estatuto prohíbe:
- Espiar dentro de una vivienda o edificio ocupado por otra persona mirando a través de ventanas, puertas u otras aberturas
- Usar dispositivos electrónicos para observar o grabar a alguien en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad
- El voyeurismo en video que implica el uso de una cámara o dispositivo de grabación para captar imágenes de alguien en estado de desnudez sin su conocimiento o consentimiento
Penas por voyeurismo
| Delito | Clasificación | Pena máxima |
|---|---|---|
| Espionaje/voyeurismo en primera ofensa | Delito menor | Hasta 3 años de prisión y/o multa a discreción del tribunal |
| Voyeurismo agravado (usando dispositivo) | Delito grave | Hasta 5 años de prisión |
| Voyeurismo que involucra a un menor | Delito grave | Hasta 10 años de prisión |
Los tribunales toman en serio los delitos de voyeurismo, y una condena puede requerir el registro como delincuente sexual según las circunstancias del caso y la edad de la víctima.
Dónde no puede grabar video
Bajo el estatuto de voyeurismo, usted no puede grabar video en lugares donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad, incluidos:
- Baños y servicios sanitarios
- Vestuarios y áreas para cambiarse de ropa
- Probadores en tiendas minoristas
- Habitaciones de hotel y dormitorios (sin el consentimiento del ocupante)
- Cualquier lugar donde alguien este en estado de desnudez y espere privacidad
La ley de imágenes íntimas de 2025: S.C. Code Ann. 16-15-332

Antecedentes
El 12 de mayo de 2025, el gobernador Henry McMaster promulgó S.C. Code Ann. 16-15-332. Carolina del Sur había sido el último estado del país sin una ley que abordara específicamente la distribución no consentida de imágenes íntimas, a veces denominada "pornografía de venganza".
Qué cubre la ley
El estatuto convierte en delito distribuir imágenes íntimas o sexualmente explícitas de otra persona sin su consentimiento. Las disposiciones clave incluyen:
- Primera ofensa sin intención de dañar: Delito menor, hasta $5,000 de multa y 1 año de prisión
- Segunda ofensa o subsiguiente: Delito grave, hasta $5,000 de multa y 5 años de prisión
- Distribución con intención de dañar: Delito grave, sin importar si es una primera ofensa
- Deepfakes generados por IA: La ley cubre las imágenes falsificadas digitalmente o alteradas por IA que retratan falsamente a alguien en situaciones íntimas
Esta ley aplica tanto a imágenes como a video. Grabar contenido íntimo con consentimiento pero luego distribuirlo sin consentimiento ahora es un delito en Carolina del Sur.
Recursos civiles
Además de las penas penales, las víctimas pueden buscar recursos civiles que incluyen medidas cautelares para detener la distribución y daños monetarios por el perjuicio causado por el intercambio no autorizado de imágenes íntimas.
Grabación de video y los agentes del orden
Grabar a los agentes de policía
Usted tiene derecho a grabar a los agentes del orden que cumplen sus funciones en espacios públicos en Carolina del Sur. La Primera Enmienda protege esta actividad, y los tribunales de Carolina del Sur no han impuesto restricciones a la grabación pública de la policía.
Usted puede grabar:
- Paradas de tránsito, incluida la suya
- Arrestos que ocurren en público
- Interacciones de agentes en eventos públicos
- Actividad policial visible desde espacios públicos
Limitaciones: Usted no debe interferir físicamente con las operaciones policiales, obstruir las funciones de un agente ni invadir propiedad ajena para obtener un mejor ángulo de grabación. Si un agente le pide que retroceda de una escena activa, cumpla con las solicitudes razonables.
Grabaciones de cámaras corporales de la policía
La Ley de Cámaras Corporales para Agentes del Orden de Carolina del Sur (S.C. Code Ann. 23-1-240) rige como los departamentos de policía usan las cámaras corporales. Bajo esta ley:
- Los agentes deben activar las cámaras corporales durante las actuaciones policiales
- Las grabaciones deben conservarse por un periodo mínimo
- Los datos grabados por una cámara corporal no son un registro público sujeto a divulgación bajo la Ley de Libertad de Información
- Las agencias del orden deben establecer políticas escritas para el uso de las cámaras corporales
El acceso a las grabaciones de cámaras corporales está, en cambio, limitado a una lista enumerada: el SLED, el Fiscal General y un fiscal de circuito para cualquier propósito legítimo de justicia penal; una agencia del orden para una investigación interna de mala conducta o disciplinaria; y, conforme a las reglas de procedimiento penal o civil del estado o una orden judicial, la persona que es objeto de la grabación, un acusado penal o litigante civil en un caso relacionado, una persona cuya propiedad fue incautada o dañada en relación con la grabación, un padre o tutor de un menor o de una persona incapacitada, y los abogados de esas personas. Una solicitud ordinaria conforme a la Ley de Libertad de Información no da derecho a un miembro del público a obtener grabaciones de cámaras corporales.
Uso de grabaciones de video como evidencia
Estándares de admisibilidad
Las grabaciones de video son admisibles como evidencia en los tribunales de Carolina del Sur si cumplen los siguientes requisitos:
Autenticación. La parte que la presenta debe demostrar que el video es una representación precisa de lo que pretende mostrar. Esto puede hacerse mediante el testimonio de la persona que hizo la grabación, el testimonio de alguien que presenció los hechos representados o mediante evidencia técnica sobre el dispositivo de grabación y su fiabilidad.
Relevancia. El video debe ser relevante para un asunto sustancial del caso.
Sin perjuicio indebido. Bajo la Regla 403 de las Reglas de Evidencia de Carolina del Sur, un tribunal puede excluir la evidencia en video si su efecto perjudicial supera sustancialmente su valor probatorio.
Cadena de custodia. Para los casos penales, la fiscalía por lo general debe establecer una cadena de custodia que demuestre que el video no ha sido alterado desde que se grabó.
Evidencia en video en contextos específicos
- Casos de lesiones personales: El video de vigilancia y el material de cámara de tablero se admiten rutinariamente en casos de lesiones personales y accidentes automovilísticos
- Casos penales: El material de cámaras de seguridad, cámaras corporales y grabaciones de espectadores se usa comúnmente como evidencia de la fiscalía
- Tribunal de familia: Las grabaciones de video que documentan la conducta de un padre pueden admitirse en procesos de custodia
- Disputas laborales: El video del lugar de trabajo puede usarse para respaldar reclamos de acoso, discriminación o condiciones inseguras
Drones y grabación de video aérea
Ley actual de Carolina del Sur
Carolina del Sur no tiene un estatuto integral de privacidad sobre drones, pero varias leyes aplican a las operaciones de drones:
- Las regulaciones de la Administración Federal de Aviación (FAA) rigen donde y como pueden volar los drones. La FAA exige el registro de los drones que pesan más de 0.55 libras e impone restricciones de altitud y espacio aéreo.
- Las ordenanzas locales en algunas ciudades y condados de Carolina del Sur pueden restringir las operaciones de drones en ciertas áreas.
- Las leyes de voyeurismo aún aplican a las cámaras montadas en drones. Usar un dron para grabar a alguien en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad podría violar S.C. Code Ann. 16-17-470.
- La ley de invasión de propiedad puede aplicar si un dron vuela a altitudes muy bajas sobre propiedad privada.
Buenas prácticas para la grabación con drones
Si usted opera un dron con cámara en Carolina del Sur:
- Siga todas las regulaciones de la FAA y obtenga las certificaciones necesarias
- No vuele sobre propiedad privada a baja altitud para captar imágenes de personas en entornos privados
- Evite grabar a través de ventanas o dentro de patios traseros cercados
- Tenga en cuenta que captar audio desde un dron puede implicar el estatuto de escuchas telefónicas si el audio capta conversaciones privadas
Legislación pendiente que afecta la grabación de video
Proyecto de Ley 3042: actualización del estatuto de voyeurismo
El Proyecto de Ley 3042 en la sesión legislativa 2025-2026 actualizaría S.C. Code Ann. 16-17-470 para cubrir las imágenes deepfake generadas por IA y aumentar las penas para los delitos relacionados con el voyeurismo. Al mes de marzo de 2026, este proyecto de ley no se ha promulgado.
Proyecto de Ley 4675: regulación de la vigilancia
El Proyecto de Ley 4675, la Ley de Protección de Datos Comunitarios y Vigilancia Responsable de Carolina del Sur, impondría nuevas reglas a los sistemas de vigilancia de los agentes del orden, incluida la videovigilancia. El proyecto de ley establecería límites de almacenamiento y retención de datos para las grabaciones de vigilancia del gobierno. Este proyecto de ley también está pendiente al mes de marzo de 2026.
Pautas prácticas para la grabación de video en Carolina del Sur
Cuando puede grabar video
- En cualquier espacio público donde tenga derecho a estar
- En su propia propiedad (con limitaciones de privacidad para las áreas de invitados)
- En reuniones y audiencias públicas del gobierno
- Durante interacciones con agentes de policía en público
- Con fines de seguridad en las instalaciones de su negocio
Cuando no puede grabar video
- En áreas privadas donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad (baños, áreas para cambiarse de ropa, vestuarios)
- En propiedad privada después de que el propietario le pida que se detenga
- Usando cámaras ocultas para captar imágenes íntimas sin consentimiento
- A través de ventanas u otras aberturas hacia viviendas privadas
- Usando drones para vigilar espacios privados desde lo alto
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Preguntas frecuentes
¿Es legal grabar video en público en Carolina del Sur?
Sí. Carolina del Sur no tiene ninguna ley que prohíba la grabación de video en espacios públicos. Usted puede filmar en calles públicas, en parques, en edificios gubernamentales y en eventos públicos. La grabación solo de video en público no cae bajo el estatuto estatal de escuchas telefónicas, que cubre las comunicaciones orales y por cable. Si su video también capta audio de conversaciones privadas, aplican las reglas de consentimiento de una sola parte.
¿Puedo grabar video en la propiedad privada de otra persona en Carolina del Sur?
Solo si el propietario lo permite. Los propietarios de propiedad privada pueden prohibir la grabación de video y pedirle que se retire si se niega a detenerse. Continuar grabando después de que le pidan que se detenga podría dar lugar a cargos por invasión de propiedad bajo S.C. Code Ann. 16-11-620. Algunos negocios y lugares colocan letreros que prohíben la grabación.
¿Cuáles son las penas por voyeurismo en video en Carolina del Sur?
El voyeurismo en video se castiga bajo S.C. Code Ann. 16-17-470. Una primera ofensa puede dar lugar a hasta 3 años de prisión. El voyeurismo agravado usando un dispositivo electrónico es un delito grave con hasta 5 años. Si la víctima es un menor, la pena aumenta hasta 10 años. Las condenas también pueden requerir el registro como delincuente sexual.
¿Es ilegal compartir videos íntimos sin consentimiento en Carolina del Sur?
Sí. Desde mayo de 2025, S.C. Code Ann. 16-15-332 convierte en delito distribuir imágenes o video íntimos o sexualmente explícitos sin el consentimiento de la persona representada. Una primera ofensa es un delito menor (hasta 1 año de prisión y $5,000 de multa), mientras que las ofensas repetidas o la distribución con intención de dañar son delitos graves (hasta 5 años y $5,000 de multa). La ley también cubre los deepfakes generados por IA.
¿Puedo instalar cámaras de seguridad en mi propiedad en Carolina del Sur?
Sí. Usted puede instalar cámaras de seguridad de video en su propia propiedad en Carolina del Sur. Las cámaras deben apuntar a su propia propiedad y a las áreas comunes, no a los espacios privados de los vecinos. Debe evitar colocar cámaras en áreas donde los invitados o miembros del hogar tienen una expectativa razonable de privacidad, como baños y dormitorios. Si las cámaras captan audio, aplican las reglas de consentimiento de una sola parte.
Actualizaciones
Se corrigieron dos errores: los datos de las cámaras corporales expresamente NO son un registro público bajo S.C. Code Ann. 23-1-240(G)(1) (el acceso está limitado a una lista enumerada, no a solicitudes ordinarias de la Ley de Libertad de Información); y la cita de invasión de propiedad por negarse a retirarse se corrigió de S.C. Code Ann. 16-11-610 (una ley de invasión relacionada con caza/pesca/tala) a 16-11-620 (la ley real de invasión de propiedad tras advertencia/negativa a retirarse).
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Fuentes y referencias
- Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 17, Capítulo 30 -- Intercepción de comunicaciones por cable, electrónicas u orales(scstatehouse.gov).gov
- Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 16, Capítulo 17 -- Delitos contra el orden público (Voyeurismo)(scstatehouse.gov).gov
- El gobernador McMaster promulga la ley de divulgación no autorizada de imágenes íntimas (mayo de 2025)(governor.sc.gov).gov
- Ley de Libertad de Información de Carolina del Sur, Título 30, Capítulo 4(scstatehouse.gov).gov
- Ley de Cámaras Corporales para Agentes del Orden de Carolina del Sur (S.C. Code Ann. 23-1-240)(scstatehouse.gov).gov
- Proyecto de Ley 3042 de 2025-2026: actualizaciones sobre escuchas indebidas, espionaje y voyeurismo(scstatehouse.gov).gov
- Registro y reglas de drones de la FAA(faa.gov).gov