South Carolina
Leyes de Eliminación de Antecedentes Penales de Carolina del Sur: Quién Califica y Cómo Solicitar

La ley de Carolina del Sur permite que las personas elegibles eliminen los récords de arresto y condena bajo S.C. Code § 17-22-910 y siguientes, con la reforma legislativa de 2018 (Act 254) que amplió las categorías de delitos elegibles y fortaleció las protecciones de eliminación automática para los cargos desestimados.
Información verificada por última vez el 29 de mayo de 2026. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Alcance jurisdiccional: Este artículo cubre únicamente la ley de eliminación de antecedentes penales de Carolina del Sur. Las reglas varían significativamente según el estado. Consulte Leyes de Eliminación de Antecedentes Penales por Estado para una comparación completa.
Qué Cambió la Reforma de 2018
El marco de eliminación de antecedentes penales de Carolina del Sur experimentó una expansión significativa mediante la legislación promulgada en 2018 (Act 254), que enmendó varias secciones del Título 17 y el Título 22 del Código de Carolina del Sur. Antes de la reforma, la eliminación estaba disponible solo para un grupo reducido de infractores. La ley de 2018 amplió la elegibilidad de tres maneras clave.
Primero, codificó las categorías de delitos elegibles para eliminación bajo el marco centralizado de S.C. Code § 17-22-910(A), facilitando la administración de las solicitudes a través de la oficina del fiscal de cada circuito. Segundo, fortaleció el requisito de eliminación automática para las desestimaciones y absoluciones en el tribunal sumario bajo S.C. Code § 17-22-950, exigiendo que los tribunales actúen dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento de la apelación sin necesidad de petición alguna del acusado. Tercero, extendió la aplicación retroactiva para que las personas condenadas antes de la fecha de vigencia de la reforma pudieran solicitar la eliminación bajo las nuevas reglas si cumplían con los criterios de elegibilidad. Bajo S.C. Code § 17-22-910(B), la elegibilidad se determina por el delito por el cual la persona fue efectivamente condenada, no por ningún cargo previo o pendiente.
Eliminación Automática para Cargos Desestimados
Carolina del Sur ofrece las protecciones automáticas más sólidas para los cargos que nunca resultaron en una condena. Bajo S.C. Code § 17-22-950, cuando un caso en el tribunal sumario termina en una absolución o los cargos son desestimados o sobreseídos (nolle prossed), y el acusado fue fichado (fingerprinted), el tribunal debe emitir de inmediato una orden de eliminación sin costo. La eliminación debe ocurrir no antes de la fecha de vencimiento de la apelación y no después de 30 días posteriores a esta. Es importante destacar que los récords digitales deben eliminarse de todos los récords públicos basados en internet dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la disposición, independientemente de si el acusado presenta una solicitud.

Bajo S.C. Code § 17-1-40, se aplica la misma destrucción automática de los récords de arresto y fichaje, las órdenes de detención (bench warrants) asociadas, las fotos policiales y las huellas dactilares cuando los cargos son desestimados, descargados o resultan en absolución en cualquier tribunal. Las agencias de las fuerzas del orden pueden conservar los récords sellados hasta por tres años y 120 días con fines de defensa en litigios, después de lo cual los materiales sellados deben destruirse. Bajo S.C. Code § 17-22-950(F), una fiscalía o agencia de las fuerzas del orden puede presentar una objeción a una eliminación del tribunal sumario; si se presenta una objeción, la eliminación debe ser escuchada por el juez de un tribunal de sesiones generales (general sessions court). Los motivos válidos de objeción son que la persona acusada tiene otros cargos pendientes, o que los cargos no son elegibles para eliminación.
Finalización de Programas de Desvío: PTI, Descargo Condicional y Programas Educativos
Carolina del Sur creó varias vías de desvío cuya finalización exitosa resulta en una disposición no criminal y un récord elegible para eliminación. Cada programa se rige por un estatuto separado, pero todos alimentan el proceso de eliminación de la § 17-22-910.
Intervención Previa al Juicio (PTI): Bajo S.C. Code § 17-22-150(a), cuando un acusado completa exitosamente un programa PTI, el fiscal (solicitor) efectúa una disposición no criminal del cargo. El acusado puede entonces solicitar una orden que destruya el récord de arresto. La finalización del PTI restaura a la persona al estatus legal que tenía antes del arresto y no constituye una condena penal para ningún propósito. La tarifa administrativa de $250 no aplica a las eliminaciones por PTI, y la verificación de SLED no se requiere en los casos de PTI.
Descargo Condicional: Bajo S.C. Code § 44-53-450(b), un infractor de posesión de drogas por primera vez puede ser puesto en libertad condicional (probation). La finalización exitosa resulta en el descargo y la desestimación de los cargos. Esa desestimación es entonces elegible para eliminación a través del proceso de la § 17-22-910. La tarifa de verificación de SLED de $25 se exime en los casos de descargo condicional.
Programa de Educación sobre Alcohol (S.C. Code § 17-22-530(A)): Las personas de 17 a 20 años acusadas de delitos de alcohol para menores de edad que completan el programa reciben una disposición no criminal. No se mantiene ningún récord público permanente, salvo internamente por la Commission on Prosecution Coordination. Los participantes pueden solicitar una orden judicial que destruya los récords restantes.
Programa de Educación Vial (S.C. Code § 17-22-330(A)): La finalización resulta en una disposición no criminal, con destrucción de récords disponible mediante orden judicial. No aplica ninguna tarifa de verificación.
Períodos de Espera para Eliminaciones Basadas en Condenas
Cuando sí ocurrió una condena, Carolina del Sur impone períodos de espera que varían según el tipo de delito. No puede ocurrir ninguna condena de ningún tipo durante el período de espera, incluidas las condenas fuera del estado.

Condenas de primera ofensa en el tribunal de magistrado (S.C. Code § 22-5-910): Elegibles tres años después de la fecha de la condena para delitos que conllevan una sanción no mayor a 30 días de prisión o una multa de $1,000, o ambas. La violencia doméstica de tercer grado conlleva un período de espera de cinco años bajo la misma sección. Los delitos de conducción de vehículos motorizados están completamente excluidos. Cada persona puede usar esta disposición solo una vez.
Condenas de delincuente juvenil (S.C. Code § 22-5-920): Una condena de primera ofensa sentenciada bajo la Youthful Offender Act puede eliminarse cinco años después de completar la sentencia, incluidas la libertad condicional (probation) y la libertad vigilada (parole). Se excluyen los delitos violentos según se definen en S.C. Code § 16-1-60, los delitos de violencia doméstica y los delitos sexuales que requieren registro.
Posesión simple de drogas de primera ofensa (S.C. Code § 22-5-930): Tres años después de completar todas las condiciones de la sentencia. La posesión con intención de distribuir conlleva un período de espera de 20 años después de completar la sentencia. Una persona no puede usar esta disposición si usó un descargo condicional por un delito de marihuana dentro de los cinco años, o por cualquier otra sustancia controlada dentro de los diez años, de la fecha de arresto del delito que se está eliminando. Cada persona puede usar esta disposición solo una vez.
No detenerse ante la señal de las fuerzas del orden, primera ofensa (S.C. Code § 56-5-750(F)): Tres años después de completar todas las condiciones de la sentencia, siempre que no haya resultado en lesión corporal grave o muerte y no hayan ocurrido condenas posteriores.
Cheque fraudulento de primera ofensa (S.C. Code § 34-11-90(e)): Un año después de la fecha de la condena, sin otra condena durante ese período. Cada persona puede usar esta disposición solo una vez.
El Proceso de Solicitud y el Rol de SLED
La oficina del fiscal (solicitor) del circuito judicial donde se manejó el caso administra todas las solicitudes de eliminación bajo S.C. Code § 17-22-920 y § 17-22-940. Los secretarios del tribunal deben dirigir todas las consultas sobre eliminación a la oficina del fiscal correspondiente. Los solicitantes obtienen los formularios de orden de eliminación en blanco requeridos de esa oficina; el uso de esos formularios oficiales es obligatorio.

Antes de que un fiscal o un juez del tribunal de circuito firme una solicitud de eliminación basada en condena, SLED debe verificar y documentar que el cargo es apropiado para la eliminación bajo S.C. Code § 17-22-940. La verificación de SLED no se requiere en los casos de PTI, descargo condicional, educación sobre alcohol y programas de educación vial. Las tarifas estándar son $250 (tarifa administrativa no reembolsable pagadera a la oficina del fiscal), $25 (verificación de SLED, pagada mediante cheque certificado o giro postal), y las tarifas de presentación del secretario del tribunal bajo S.C. Code § 8-21-310(C)(4). Los fiscales pueden establecer cuentas de donación para ayudar a los solicitantes a cubrir hasta el 50 por ciento de la tarifa administrativa. La tarifa de $250 se exime para los cargos de sesiones generales desestimados, descargados o sobreseídos bajo S.C. Code § 17-1-40, a menos que la desestimación haya sido parte de un acuerdo de declaración de culpabilidad sobre otros cargos.
Bajo la regla del "incidente único" en S.C. Code § 17-22-940, cada orden de eliminación puede cubrir solo un cargo, con una excepción: múltiples cargos que surjan del mismo incidente y sean elegibles bajo S.C. Code § 17-1-40 o § 17-22-150(a) pueden incluirse en una sola orden.
Después de que el fiscal y un juez del tribunal de circuito firman la orden, el fiscal distribuye copias a la agencia que realizó el arresto, cualquier centro de detención involucrado, el secretario del tribunal y SLED. SLED entonces actualiza sus récords centrales. Bajo S.C. Code § 17-22-960, los empleadores que contratan trabajadores con récords eliminados reciben inmunidad frente a reclamos derivados de esos delitos eliminados y no pueden usar la información eliminada en contra de un empleado.
Qué No Se Puede Eliminar en Carolina del Sur
La ley de Carolina del Sur no ofrece un remedio general de eliminación para las condenas por delitos graves fuera del marco de delincuente juvenil. La mayoría de las condenas por tráfico de drogas graves, los delitos graves violentos bajo S.C. Code § 16-1-60, los delitos graves de violencia doméstica y los delitos sexuales que requieren registro no son elegibles, sin importar el tiempo transcurrido. Los delitos de conducción de vehículos motorizados están excluidos de la vía de primera ofensa del tribunal de magistrado. Una persona que ya haya usado una disposición de eliminación en particular no puede usar esa misma disposición nuevamente, ya que la mayoría de las secciones incluyen una limitación explícita de uso único. La tarifa administrativa de $250 no se reembolsa si SLED determina que un cargo no es elegible.
Aviso legal: Este artículo proporciona información legal general sobre la ley de eliminación de antecedentes penales de Carolina del Sur basada en estatutos verificados a fecha del 29 de mayo de 2026. Las leyes cambian; este artículo puede no reflejar las enmiendas más recientes. Este artículo no constituye asesoría legal y no crea una relación abogado-cliente. Consulte a un abogado de Carolina del Sur con licencia antes de tomar cualquier decisión sobre su récord.
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RecordingLaw.com proporciona información legal general, no asesoría legal. Las leyes cambian; verifique las leyes vigentes con fuentes oficiales o un abogado de Carolina del Sur con licencia.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se elimina su récord en Carolina del Sur?
Usted solicita a través de la oficina del fiscal (solicitor) del circuito judicial donde se manejó el caso. El secretario del tribunal lo dirigirá allí. Usted obtiene los formularios oficiales de orden de eliminación de la oficina del fiscal, paga las tarifas correspondientes ($250 de tarifa administrativa más $25 de verificación de SLED para la mayoría de los casos basados en condena), y el fiscal coordina la verificación de SLED y la firma del juez del tribunal de circuito antes de distribuir la orden completada a todas las agencias pertinentes.
¿Qué es la reforma de eliminación de antecedentes de Carolina del Sur y qué cambió?
La reforma legislativa de 2018 de Carolina del Sur (Act 254) amplió la elegibilidad para la eliminación al codificar todas las categorías de delitos elegibles bajo S.C. Code § 17-22-910, fortalecer el requisito de eliminación automática para las desestimaciones del tribunal sumario bajo la § 17-22-950, y agregar la aplicación retroactiva para que las condenas previas que cumplan con los nuevos criterios sean elegibles. También reforzó que la elegibilidad se basa en el delito de la condena, no en ningún cargo por el cual la persona pudo haber sido acusada.
¿Qué cubre S.C. Code § 17-22-910?
La Sección 17-22-910 es el estatuto central que enumera todas las categorías de delitos elegibles para eliminación en Carolina del Sur y asigna la administración a la oficina del fiscal. Hace referencia cruzada a estatutos separados para cada categoría, incluyendo la § 22-5-910 (condenas de primera ofensa en el tribunal de magistrado), la § 22-5-930 (posesión de drogas de primera ofensa), la § 17-22-150(a) (finalización de PTI), la § 44-53-450(b) (descargo condicional) y la § 17-1-40 (cargos desestimados).
¿Se puede eliminar un delito grave en Carolina del Sur?
La mayoría de las condenas por delitos graves no pueden eliminarse en Carolina del Sur. La excepción principal es una condena de primera ofensa sentenciada bajo la Youthful Offender Act (S.C. Code § 22-5-920), que es elegible cinco años después de completar la sentencia, incluidas la libertad condicional y la libertad vigilada, siempre que no involucre un delito violento, violencia doméstica o un delito sexual. El tráfico de drogas grave, los delitos graves violentos y los delitos sexuales que requieren registro no son elegibles.
¿Cuánto tiempo toma eliminar un récord en Carolina del Sur?
Para las eliminaciones automáticas de cargos desestimados en el tribunal sumario, el tribunal debe actuar dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento de la apelación. Para las eliminaciones basadas en solicitud, el cronograma depende del procesamiento de verificación de SLED y la programación del tribunal de circuito. Muchos solicitantes reportan que el proceso completo toma de varias semanas a unos pocos meses desde el momento de la solicitud.
¿Existe la eliminación automática en Carolina del Sur?
Sí, para los cargos que resultan en absolución o son desestimados o sobreseídos en el tribunal sumario después de que el acusado fue fichado. Bajo S.C. Code § 17-22-950, el tribunal sumario debe emitir una orden de eliminación sin costo dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento de la apelación. Los récords públicos basados en internet deben eliminarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la disposición. No se requiere ninguna solicitud del acusado.
¿Cuál es el período de espera para la eliminación en Carolina del Sur?
Los períodos de espera varían según el delito: 1 año para cheques fraudulentos de primera ofensa (§ 34-11-90(e)); 3 años para condenas de primera ofensa en el tribunal de magistrado (§ 22-5-910), posesión simple de drogas de primera ofensa (§ 22-5-930), y no detenerse de primera ofensa (§ 56-5-750(F)); 5 años para violencia doméstica de tercer grado (§ 22-5-910) y condenas de delincuente juvenil (§ 22-5-920); 20 años para posesión con intención de distribuir de primera ofensa (§ 22-5-930). Las finalizaciones de PTI, descargo condicional y programas educativos no tienen período de espera.
¿La eliminación sella o destruye el récord en Carolina del Sur?
Los estatutos de Carolina del Sur usan el término eliminación (expungement) para referirse a la destrucción del récord de arresto y fichaje, las órdenes de detención asociadas, las fotos policiales y las huellas dactilares. SLED conserva un archivo confidencial no público en ciertas categorías únicamente para evitar que una persona use la misma disposición más de una vez. El récord no se sella simplemente; se elimina del acceso público y debe borrarse de los récords basados en internet dentro de los 30 días posteriores a la fecha aplicable.
Fuentes y referencias
- S.C. Code § 17-22-910 a § 17-22-960 (Eliminación Uniforme de Antecedentes Penales)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 22-5-910 (Condenas de primera ofensa, tribunal de magistrado)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 22-5-920 (Eliminaciones bajo la Youthful Offender Act)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 22-5-930 (Eliminaciones de condenas de drogas de primera ofensa)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 17-1-40 (Destrucción de récords por absolución o desestimación)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 44-53-450 (Descargo condicional por posesión de drogas)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 34-11-90(e) (Eliminación de cheque fraudulento de primera ofensa)(scstatehouse.gov)
- S.C. Code § 56-5-750(F) (Eliminación por no detenerse, primera ofensa)(scstatehouse.gov)