South Carolina
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Carolina del Sur (Guía 2026)

La Sección 56-5-5000 del Código de Carolina del Sur prohíbe cualquier material no transparente en el parabrisas que obstruya la vista del conductor, por lo que los soportes con ventosa para dashcams, unidades GPS y soportes para teléfono no están permitidos allí. Monte esos dispositivos en el tablero. Los transpondedores electrónicos de peaje pueden adherirse al parabrisas dentro de las seis pulgadas superiores.
La ley de Carolina del Sur restringe lo que los conductores pueden colocar o montar en su parabrisas para proteger la visibilidad y la seguridad vial. El estatuto principal que rige las obstrucciones del parabrisas es la Sección 56-5-5000 del Código de Leyes de Carolina del Sur, que forma parte del Título 56 (Vehículos Motorizados), Capítulo 5 (Ley Uniforme que Regula el Tránsito en las Carreteras).
Ya sea que esté considerando un soporte de GPS, un soporte para teléfono, una dashcam o polarizado de ventanas, esta guía cubre las reglas específicas, las sanciones y las exenciones que necesita conocer como conductor de Carolina del Sur.
Qué Dice la Ley de Carolina del Sur Sobre las Obstrucciones del Parabrisas
La disposición central se encuentra en la Sección 56-5-5000, titulada "Ventanas sin obstrucciones; limpiaparabrisas". El estatuto establece que ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado con ningún letrero, cartel u otro material no transparente sobre el parabrisas delantero, las ventanillas laterales o las ventanas laterales o traseras que obstruya la vista clara del conductor de la carretera o de cualquier carretera que se cruce.

Este lenguaje es amplio. Cubre no solo calcomanías y letreros, sino cualquier material no transparente que bloquee la visibilidad. El estándar es si el material "obstruye la vista clara del conductor", lo que otorga discreción a la policía para determinar qué constituye una infracción.
El estatuto también exige que todo parabrisas de vehículo motorizado esté equipado con un dispositivo funcional para eliminar lluvia, nieve u otra humedad. Todo limpiaparabrisas debe mantenerse en buen estado de funcionamiento y ser controlable por el conductor.
Soportes de GPS y Dispositivos con Ventosa
Carolina del Sur no permite soportes con ventosa en el parabrisas. Esta restricción se aplica a los dispositivos de navegación GPS, los soportes para teléfono y cualquier herramienta de montaje similar que se adhiera al vidrio del parabrisas.
Si necesita usar un dispositivo de GPS o navegación mientras conduce, debe montarlo en el tablero en lugar del parabrisas. Los soportes de tablero, los clips de rejilla de ventilación y los soportes montados en la consola son alternativas legales que lo mantienen en cumplimiento con la ley.
Esta es una distinción importante respecto a muchos otros estados que permiten dispositivos pequeños en zonas específicas del parabrisas. Carolina del Sur adopta un enfoque más estricto al prohibir por completo los materiales no transparentes en el parabrisas cuando puedan obstruir la vista del conductor.
Reglas de Montaje de Dashcams
Las dashcams son legales en Carolina del Sur, pero no se pueden montar en el parabrisas. La misma restricción que se aplica a los dispositivos GPS y los soportes para teléfono también se aplica a las cámaras de tablero.
Para usar una dashcam legalmente en Carolina del Sur, debe montarla en el tablero mismo. Muchos modelos modernos de dashcam ofrecen opciones de montaje tanto para el parabrisas como para el tablero, así que busque unidades que incluyan un soporte para tablero o una almohadilla adhesiva.
Carolina del Sur es un estado de consentimiento de una sola parte para fines de grabación, por lo que puede grabar legalmente audio y video dentro de su vehículo sin informar a otras partes. Las grabaciones se pueden usar como evidencia en un tribunal. El único requisito es la ubicación física de la cámara en el tablero en lugar del parabrisas.
Leyes de Polarizado del Parabrisas (Sección 56-5-5015)
Carolina del Sur regula el polarizado de ventanas a través de la Sección 56-5-5015, titulada "Dispositivos de protección solar". Las reglas específicas para el parabrisas son estrictas.
Restricciones de Polarizado del Parabrisas
Un dispositivo de protección solar (película de polarizado) solo se puede aplicar a lo largo de la parte superior del parabrisas y no puede extenderse debajo de la línea AS1. La línea AS1 es una marca que se encuentra en la mayoría de los parabrisas e indica el límite recomendado por el fabricante para la aplicación de polarizado. Si su parabrisas no tiene una línea AS1 visible, no se puede aplicar ningún polarizado al parabrisas en absoluto.
Cualquier dispositivo de protección solar aplicado al parabrisas debe ser no reflectante. Tampoco puede ser de color rojo, amarillo o ámbar.
Requisitos de Ventanas Laterales y Traseras
Para las ventanas laterales delanteras (conductor y pasajero), el polarizado posventa debe permitir al menos un 27% de transmisión de luz combinado con el polarizado de fábrica del fabricante.
Las ventanas laterales traseras (detrás del conductor) también deben mantener al menos un 27% de transmisión de luz combinada.
La ventana trasera debe tener al menos un 20% de transmisión de luz.
Certificado de Cumplimiento
Todo vehículo con polarizado posventa debe mostrar en todo momento un certificado de cumplimiento. Este certificado verifica que el polarizado cumple con los requisitos legales de Carolina del Sur.
Sanciones por Infracciones de Polarizado
Las sanciones por polarizado ilegal son más severas de lo que muchos conductores creen. Un consumidor condenado por polarizado ilegal enfrenta un cargo de delito menor en el tribunal de magistrados. Tras la condena, la multa es de no menos de $200, y es posible una prisión de hasta 30 días por cada infracción.
Los instaladores profesionales de polarizado enfrentan sanciones aún más severas: una multa de no menos de $1,000 o prisión de hasta 30 días, o ambas, por cada infracción.
Exenciones Médicas para el Polarizado
Carolina del Sur ofrece una exención médica para los conductores con condiciones físicas que requieren un polarizado de ventanas más oscuro. Para calificar, debe obtener una declaración jurada firmada por un médico u optometrista con licencia que ejerza en Carolina del Sur. La declaración jurada debe indicar que usted tiene una condición física que hace necesario el uso de material de protección solar que de otro modo infringiría los límites de polarizado.
Debe llevar la declaración jurada de exención médica en el vehículo en todo momento y renovarla cada dos años.
Transpondedores Electrónicos de Peaje y Calcomanías Legales
No todo está prohibido en el parabrisas. La ley de Carolina del Sur permite dos categorías de elementos montados en el parabrisas.
Transpondedores de Peaje y Antenas
Los transpondedores electrónicos de peaje (como el Palmetto Pass / PalPass usado en las autopistas de peaje de Carolina del Sur) y las antenas pueden montarse en el parabrisas. Sin embargo, deben cumplir con dos condiciones:
- El dispositivo debe montarse no más abajo de seis pulgadas desde la parte superior del parabrisas.
- El dispositivo no puede estar dentro del área que barre el limpiaparabrisas.
Calcomanías Exigidas por la Ley
Las calcomanías que la ley exige, como las calcomanías de inspección o las calcomanías de validación de registro, están permitidas en el parabrisas en sus ubicaciones designadas.
La Ley de Manos Libres y Conducción Distraída de Carolina del Sur
El 1 de septiembre de 2025 entró en vigor la Ley de Manos Libres y Conducción Distraída de Carolina del Sur. El gobernador Henry McMaster firmó la legislación en julio de 2025, convirtiendo a Carolina del Sur en el estado número 33 en adoptar una ley de manos libres para conducir.
Esta ley tiene un impacto directo en cómo los conductores usan los dispositivos electrónicos en sus vehículos y agrega otra capa a la cuestión del montaje en el parabrisas.
Qué Prohíbe la Ley
Conforme a la Sección 56-5-3890, según fue enmendada por la Ley de Manos Libres, los conductores no pueden:
- Sostener o apoyar un dispositivo electrónico móvil con cualquier parte de su cuerpo mientras conducen
- Leer, redactar o enviar mensajes de texto, correos electrónicos u otras comunicaciones escritas
- Interactuar con aplicaciones o sitios web en un dispositivo móvil
- Ver videos, películas, juegos o videollamadas en un dispositivo electrónico
Qué Está Permitido
Los conductores pueden usar dispositivos electrónicos móviles en modo manos libres, incluidos:
- Funciones activadas por voz, como comandos de voz y conversión de voz a texto
- Dispositivos asegurados en una base, soporte o montaje en el tablero (no en el parabrisas)
- Aplicaciones de navegación GPS, música y podcasts operadas mediante comandos de voz o un solo toque
- Auriculares y dispositivos de muñeca para llamadas de voz
- Reportar emergencias al 911
Cronograma de Aplicación
La policía comenzó a emitir advertencias por infracciones el 1 de septiembre de 2025. Después de un período de gracia de 180 días, las infracciones comenzaron aproximadamente el 1 de marzo de 2026. Los conductores ahora están sujetos a la aplicación total de la ley.
Sanciones por Infracciones de Manos Libres
| Infracción | Multa | Puntos en la Licencia |
|---|---|---|
| Primera infracción | $100 (no es posible la suspensión) | Ninguno |
| Segunda infracción o posteriores (dentro de 3 años) | $200 (no es posible la suspensión) | 2 puntos |
Se necesitan 12 puntos para provocar una suspensión de licencia en Carolina del Sur. Aunque una sola infracción de manos libres no resultará en una suspensión, las infracciones reiteradas pueden contribuir a la acumulación de puntos junto con otras infracciones de tránsito.
Exenciones de la Ley de Manos Libres
Las siguientes personas y situaciones están exentas:
- Oficiales de policía, bomberos y personal médico de emergencia en el desempeño de sus funciones oficiales
- Conductores que reportan accidentes de tránsito, emergencias médicas o condiciones peligrosas en la carretera
- Conductores que usan navegación GPS mediante un dispositivo montado (no sostenido con la mano)
- Uso de radios de banda ciudadana, radios amateur y radios comerciales de dos vías
Requisitos de Vidrio de Seguridad del Parabrisas
La Sección 56-5-5010 exige que todos los vehículos motorizados registrados en Carolina del Sur estén equipados con vidrio de seguridad aprobado en todas las puertas, ventanas y parabrisas. El Departamento de Vehículos Motorizados de Carolina del Sur no registrará un vehículo que no cumpla con este requisito y puede suspender el registro de cualquier vehículo que se determine que no cumple.
Parabrisas Agrietados
Carolina del Sur no tiene una inspección vehicular anual obligatoria para la mayoría de los vehículos de pasajeros. Sin embargo, un parabrisas agrietado o dañado aún puede resultar en una parada de tránsito y una infracción si el daño obstruye la vista del conductor sobre la carretera.
Un vehículo con un parabrisas agrietado que no obstruye la vista del conductor generalmente no se considera inseguro conforme a la ley. La pregunta clave es si la grieta o astilla interfiere con la capacidad del conductor para ver con claridad.
Como pauta general, las grietas mayores a media pulgada en la línea directa de visión del conductor pueden considerarse obstrucciones. Las astillas menores a tres cuartos de pulgada de diámetro que no estén ubicadas dentro de tres pulgadas de otra grieta generalmente no se consideran problemáticas.
Sanciones por Infracciones de Obstrucción del Parabrisas
Las infracciones de la Sección 56-5-5000 (obstrucción del parabrisas) quedan comprendidas en la disposición de sanción general de tránsito de la Sección 56-5-6190.
Una persona condenada por infringir la ley de obstrucción del parabrisas es culpable de un delito menor. Las sanciones máximas son:
- Una multa de hasta $100
- Prisión de hasta 30 días
En la práctica, la mayoría de las infracciones de obstrucción del parabrisas resultan en una citación de tránsito y una multa en lugar de tiempo en prisión. Sin embargo, la clasificación como delito menor significa que la infracción queda registrada en su antecedente penal, una consecuencia importante que muchos conductores no reconocen.
Los oficiales también pueden emitir una advertencia por obstrucciones menores, dándole al conductor tiempo para retirar el elemento infractor antes de que se emita una citación formal.
Consideraciones para Vehículos Comerciales
Los vehículos motorizados comerciales que operan en Carolina del Sur deben cumplir tanto con las leyes estatales del parabrisas como con las regulaciones federales conforme al 49 CFR Parte 393 (Regulaciones Federales de Seguridad para Transportistas Motorizados).
Las reglas federales exigen que los vehículos comerciales tengan parabrisas libres de grietas, decoloración u otros daños que puedan reducir la visibilidad. Los vehículos comerciales están sujetos a inspecciones de seguridad regulares que incluyen revisiones de la condición del parabrisas.
Los dispositivos de registro electrónico (ELD) y otra tecnología exigida deben montarse en cumplimiento tanto con las reglas federales del DOT como con el estatuto de obstrucción del parabrisas de Carolina del Sur. El montaje en el tablero es la opción más segura para cumplir con ambos conjuntos de regulaciones.
Consejos para Mantener el Cumplimiento
Seguir estas pautas prácticas le ayudará a evitar infracciones relacionadas con el parabrisas en Carolina del Sur:
- Monte los dispositivos en el tablero. Las unidades GPS, los soportes para teléfono y las dashcams deben colocarse todos en el tablero, no en el parabrisas.
- Use un clip de rejilla de ventilación o un soporte de consola para su teléfono. Estas alternativas mantienen su teléfono accesible para uso en modo manos libres sin infringir las leyes del parabrisas.
- Mantenga el polarizado del parabrisas por encima de la línea AS1. Si su parabrisas no tiene una marca AS1, no aplique ningún polarizado.
- Lleve su declaración jurada de exención médica si tiene un polarizado más oscuro por razones médicas.
- Inspeccione su parabrisas con regularidad. Repare las grietas y astillas de inmediato, especialmente las que estén en su línea directa de visión.
- Coloque los transpondedores de peaje correctamente. Móntelos dentro de las seis pulgadas superiores y fuera del área de barrido del limpiaparabrisas.
- Retire los permisos temporales y las calcomanías vencidas. Los antiguos permisos de estacionamiento y los registros vencidos que quedan en el parabrisas pueden provocar una parada de tránsito.
Más Leyes de Carolina del Sur
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Carolina del Sur?
No. La Sección 56-5-5000 del Código de Carolina del Sur prohíbe colocar materiales no transparentes en el parabrisas que obstruyan la vista del conductor. Los soportes con ventosa para dispositivos GPS, teléfonos y electrónicos similares no están permitidos en el parabrisas. Debe usar un soporte de tablero, un clip de rejilla de ventilación o un soporte montado en la consola en su lugar.
¿Es legal tener una dashcam en Carolina del Sur?
Sí, las dashcams son legales en Carolina del Sur, pero deben montarse en el tablero en lugar del parabrisas. Carolina del Sur es un estado de consentimiento de una sola parte, por lo que puede grabar audio y video dentro de su vehículo sin informar a otras partes, y las grabaciones son admisibles como evidencia en un tribunal.
¿Cuáles son las sanciones por polarizado ilegal de ventanas en Carolina del Sur?
Un consumidor condenado por polarizado ilegal de ventanas enfrenta un cargo de delito menor con una multa de al menos $200 y una posible prisión de hasta 30 días por infracción conforme a la Sección 56-5-5015. Los instaladores profesionales de polarizado enfrentan multas de al menos $1,000 o prisión de hasta 30 días, o ambas cosas. Existen exenciones médicas disponibles con una declaración jurada firmada por un médico u optometrista.
¿Qué exige la ley de manos libres de Carolina del Sur para el uso del teléfono mientras se conduce?
La Ley de Manos Libres y Conducción Distraída de Carolina del Sur, vigente desde el 1 de septiembre de 2025, prohíbe sostener o apoyar un dispositivo electrónico móvil con cualquier parte del cuerpo mientras se conduce. Los conductores pueden usar dispositivos mediante Bluetooth, comandos de voz o cuando el teléfono está asegurado en una base o soporte montado en el tablero. Las primeras infracciones conllevan una multa de $100, y la segunda infracción o posteriores dentro de tres años resultan en una multa de $200 más dos puntos en la licencia de conducir.
¿Puedo poner un transpondedor de peaje en mi parabrisas en Carolina del Sur?
Sí. Los transpondedores electrónicos de peaje (como el Palmetto Pass) y las antenas se pueden montar en el parabrisas, pero deben ubicarse no más abajo de seis pulgadas desde la parte superior del parabrisas y no pueden estar dentro del área que barre el limpiaparabrisas. Las calcomanías exigidas por la ley, como las de inspección o registro, también están permitidas en sus ubicaciones designadas.
Fuentes y referencias
- Sección 56-5-5000 del Código de S.C. - Ventanas sin obstrucciones; limpiaparabrisas(scstatehouse.gov).gov
- Sección 56-5-5015 del Código de S.C. - Dispositivos de protección solar (polarizado de ventanas)(law.justia.com)
- Sección 56-5-5010 del Código de S.C. - Vidrio de seguridad en vehículos motorizados(law.justia.com)
- Sección 56-5-6190 del Código de S.C. - Sanción general por infracciones(law.justia.com)
- Hands Free SC - Página Oficial del SCDPS(scdps.sc.gov).gov
- Sección 56-5-3890 del Código de S.C. - Ley de Manos Libres y Conducción Distraída(law.justia.com)
- El Gobernador McMaster Firma el Proyecto de Ley de Manos Libres(governor.sc.gov).gov
- Código de Leyes de Carolina del Sur - Título 56 Vehículos Motorizados(scstatehouse.gov).gov