New Mexico
Leyes de Nuevo Mexico sobre Grabar a la Policia: Sus Derechos de la Primera Enmienda (2026)

Los residentes de Nuevo Mexico tienen el derecho, amparado por la Primera Enmienda, de grabar a los agentes de policia en servicio en espacios publicos, tal como lo reconoce el Tribunal de Apelaciones del Decimo Circuito. Los encuentros policiales en persona quedan fuera de la ley de escuchas telefonicas de N.M. Stat. Ann. § 30-12-1, por lo que no se requiere el consentimiento del agente para filmar o fotografiar a las fuerzas del orden.
Los residentes de Nuevo Mexico tienen un derecho claramente establecido a grabar a los agentes de policia que cumplen sus funciones en publico. El Tribunal de Apelaciones del Decimo Circuito, que tiene jurisdiccion sobre Nuevo Mexico, reconocio formalmente este derecho de la Primera Enmienda en Irizarry v. Yehia (2022). Este derecho coexiste con las permisivas leyes de grabacion de Nuevo Mexico, donde la ley de escuchas telefonicas de N.M. Stat. Ann. § 30-12-1 cubre unicamente comunicaciones telefonicas y por cable, y no se aplica a los encuentros en persona.
Esta guia explica sus derechos para grabar a las fuerzas del orden en Nuevo Mexico, lo que los agentes pueden y no pueden hacer en respuesta, como ejercer sus derechos de grabacion de forma segura y que ocurre si un agente viola esos derechos.
El Derecho Constitucional a Grabar a la Policia
Reconocimiento del Decimo Circuito
El Tribunal de Apelaciones del Decimo Circuito, que abarca Nuevo Mexico junto con Colorado, Kansas, Oklahoma, Utah y Wyoming, resolvio en Irizarry v. Yehia, 38 F.4th 1282 (10th Cir. Jul. 11, 2022) que "existe un derecho de la Primera Enmienda a filmar a la policia mientras cumple sus funciones en publico", y que este derecho estaba claramente establecido desde el 26 de mayo de 2019. Esta resolucion consolido el derecho como ley claramente definida dentro del Decimo Circuito, lo que significa que los agentes del orden de Nuevo Mexico estan advertidos de que interferir con una grabacion licita viola derechos constitucionales.
Antes de esta resolucion, varios otros tribunales federales de circuito ya habian reconocido el derecho a grabar a la policia, incluidos el Primer, Tercer, Quinto, Septimo, Noveno y Undecimo Circuitos. Antes de esta resolucion, Frasier v. Evans, 992 F.3d 1003 (10th Cir. 2021) se habia negado a reconocer el derecho como claramente establecido; Irizarry resolvio esa cuestion de manera definitiva. La decision del Decimo Circuito alineo a Nuevo Mexico con la posicion mayoritaria en todo el pais.
Que Cubre Este Derecho
Su derecho de la Primera Enmienda a grabar a la policia en Nuevo Mexico incluye:
- Filmar paradas de transito, incluida su propia parada de transito
- Grabar arrestos que ocurren en espacios publicos
- Documentar las interacciones policiales con miembros de la comunidad
- Transmitir en vivo los encuentros con las fuerzas del orden en redes sociales
- Fotografiar a los agentes, los vehiculos policiales y las estaciones de policia desde propiedad publica
- Grabar conducta policial indebida, uso de la fuerza y tacticas cuestionables
Que NO Cubre Este Derecho
El derecho a grabar a la policia tiene limites:
- No le da derecho a interferir fisicamente con las operaciones policiales
- No le permite traspasar propiedad privada ni entrar en areas restringidas para obtener un mejor angulo
- No anula las ordenes licitas de retroceder a una distancia segura de una escena activa
- No le permite cruzar la cinta policial ni entrar en una escena de crimen activa
- No protege la grabacion en areas con restricciones de seguridad legitimas (por ejemplo, dentro de carceles o tribunales con reglas que prohiben grabar)
Las Leyes de Grabacion de Nuevo Mexico y los Encuentros Policiales

Por Que No Se Aplica la Ley de Escuchas Telefonicas
La ley de escuchas telefonicas de Nuevo Mexico, en N.M. Stat. Ann. § 30-12-1, cubre unicamente comunicaciones "por telegrafo o telefono". Las interacciones cara a cara con los agentes de policia no son comunicaciones telefonicas ni por cable, por lo que la ley de escuchas no restringe su capacidad de grabar encuentros policiales en persona.
Esto significa que:
- Usted no necesita el consentimiento de ningun agente para grabar un encuentro en persona
- Usted no necesita anunciar que esta grabando
- La grabacion es legal sin importar si usted es parte de la interaccion o un transeunte
Grabar Llamadas Telefonicas con la Policia
Si usted esta en una llamada telefonica con un agente de policia (por ejemplo, al llamar a una linea que no es de emergencia o al hablar con un detective por telefono), se aplica la regla de consentimiento de una sola parte de § 30-12-1. Usted puede grabar la llamada como participante sin informar al agente.
Que Pueden y Que No Pueden Hacer los Agentes

Los Agentes NO PUEDEN:
- Ordenarle que deje de grabar. Un agente no puede decirle que guarde su telefono o que deje de filmar, a menos que usted este interfiriendo fisicamente con las operaciones policiales.
- Incautar su dispositivo de grabacion sin una orden judicial. La Cuarta Enmienda protege su telefono y su camara de la incautacion sin orden judicial. La Corte Suprema de los Estados Unidos resolvio en Riley v. California (2014) que la policia generalmente necesita una orden judicial para registrar un telefono celular.
- Borrar sus grabaciones. Destruir evidencia en su dispositivo es una violacion de sus derechos constitucionales y puede constituir destruccion de evidencia.
- Arrestarlo unicamente por grabar. Un arresto basado solo en el acto de grabar en publico violaria la Primera y la Cuarta Enmienda.
- Tomar represalias contra usted por grabar. Presentar cargos falsos, emitir citaciones sin fundamento o tomar otras acciones de represalia contra alguien que graba a la policia es inconstitucional.
Los Agentes SI PUEDEN:
- Ordenarle que retroceda a una distancia razonable de una escena activa por la seguridad de los agentes
- Restringir el acceso a areas que son escenas de crimen activas o que presentan peligros de seguridad genuinos
- Pedirle que se mueva si usted esta bloqueando el transito o el paso de peatones
- Arrestarlo si usted esta cometiendo un delito aparte (traspaso, obstruccion, conducta desordenada) mientras graba
- Obtener su grabacion con una orden judicial mediante el proceso legal adecuado
Como Grabar a la Policia de Forma Segura en Nuevo Mexico

Mejores Practicas
- Permanezca en propiedad publica. Grabe desde aceras, parques y calles publicas donde tenga derecho a estar.
- Mantenga una distancia segura. Quedese lo suficientemente lejos para que los agentes no puedan alegar que usted esta interfiriendo con sus funciones.
- No intervenga fisicamente. Su derecho es observar y grabar, no insertarse fisicamente en una accion policial.
- Mantenga la calma y el respeto. Evite gritar, hacer movimientos bruscos o tener un comportamiento que pueda percibirse como amenazante.
- Identifiquese como persona que graba. Aunque no es un requisito legal, decir "Estoy grabando" puede ayudar a establecer su intencion.
- Use copia de seguridad en la nube. Active la carga automatica al almacenamiento en la nube para que sus imagenes se conserven incluso si su dispositivo es incautado.
- Conozca la informacion de contacto de la ACLU. La ACLU de Nuevo Mexico brinda apoyo legal para casos de derechos de grabacion.
Que Hacer Si un Agente le Dice que Deje de Grabar
- Indique con calma que usted tiene derecho a grabar. Puede decir: "Estoy ejerciendo mi derecho de la Primera Enmienda a grabar. No estoy interfiriendo con sus funciones".
- No se resista fisicamente si un agente intenta tomar su dispositivo. Cumpla fisicamente mientras afirma verbalmente sus derechos.
- Anote el nombre del agente, el numero de placa y el numero de la patrulla.
- Documente el encuentro lo antes posible despues de que termine.
- Presente una queja ante el departamento del agente y comuniquese con la ACLU de Nuevo Mexico o con un abogado de derechos civiles.
Que Hacer Si Su Dispositivo Es Incautado
- No se resista fisicamente a la incautacion.
- Indique con claridad que usted no consiente la incautacion ni el registro de su dispositivo.
- Anote la hora, el lugar y los agentes involucrados.
- Comuniquese con un abogado de inmediato.
- Presente una queja ante la agencia del orden.
- Solicite la devolucion de su propiedad por escrito.
Camaras Corporales y Grabacion Policial
El Panorama de las Camaras Corporales en Nuevo Mexico
Nuevo Mexico exige camaras corporales para todos los agentes del orden segun N.M. Stat. Ann. § 29-1-18 (promulgada como SB 8 de la Primera Sesion Especial de 2020), con un requisito minimo de retencion de imagenes de 120 dias. Las imagenes de las camaras corporales estan sujetas a la Ley de Inspeccion de Registros Publicos de Nuevo Mexico (IPRA), aunque ciertas excepciones pueden aplicarse a las imagenes que involucran investigaciones en curso, agentes encubiertos o victimas.
Como Solicitar Imagenes de Camaras Corporales
Usted puede solicitar imagenes de camaras corporales mediante una solicitud bajo la IPRA a la agencia del orden correspondiente. La oficina del Procurador General de Nuevo Mexico ofrece orientacion sobre las solicitudes de registros publicos. Puntos clave:
- Las solicitudes deben identificar el incidente especifico, la fecha y los agentes involucrados
- Las agencias tienen 15 dias para responder a las solicitudes bajo la IPRA
- Las agencias pueden tachar partes de las imagenes para proteger investigaciones en curso o la privacidad de las victimas
- Las solicitudes denegadas pueden apelarse
Recursos Legales por Violaciones
Demandas bajo la Seccion 1983
Si un agente del orden de Nuevo Mexico viola su derecho a grabar, usted puede presentar una demanda bajo 42 U.S.C. § 1983, que permite a las personas demandar a los funcionarios del gobierno que violan derechos constitucionales mientras actuan bajo color de la ley. Los posibles recursos incluyen:
- Daños compensatorios por cualquier perjuicio sufrido
- Daños nominales incluso sin un perjuicio monetario comprobable
- Daños punitivos por conducta especialmente atroz
- Honorarios de abogado bajo 42 U.S.C. § 1988
- Medidas cautelares que ordenen al departamento cambiar sus politicas
Consideraciones sobre la Inmunidad Calificada
Los agentes pueden invocar la inmunidad calificada como defensa, alegando que el derecho no estaba "claramente establecido" al momento de la violacion. Sin embargo, desde la decision del Decimo Circuito en Irizarry v. Yehia en 2022, el derecho a grabar a la policia en publico esta claramente establecido en Nuevo Mexico. Esto hace que las defensas de inmunidad calificada sean considerablemente mas dificiles de sostener para los agentes en los casos de derechos de grabacion.
Presentacion de Quejas
Antes de una demanda, o ademas de ella, usted puede presentar quejas ante:
- La division de asuntos internos del departamento del agente
- La ACLU de Nuevo Mexico
- La Division de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos
- Las Oficinas Legales del Defensor Publico de Nuevo Mexico si se presentaron cargos penales en su contra
Grabacion en Protestas y Eventos Publicos
Sus Derechos en las Protestas
La Primera Enmienda protege tanto el derecho a protestar como el derecho a grabar protestas. En Nuevo Mexico, usted puede:
- Filmar protestas desde cualquier lugar publico
- Grabar las interacciones de la policia con los manifestantes
- Transmitir eventos en vivo en tiempo real
- Documentar tacticas de control de multitudes y uso de la fuerza
Derechos de los Periodistas y los Medios
Los periodistas y los profesionales de los medios tienen los mismos derechos de grabacion que cualquier miembro del publico. Nuevo Mexico no exige credenciales de prensa para ejercer los derechos de grabacion de la Primera Enmienda. Sin embargo, los profesionales de los medios deben portar identificacion e identificarse claramente como prensa si se les pregunta.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo grabar a los agentes de policia en Nuevo Mexico?
Si. El Tribunal de Apelaciones del Decimo Circuito ha reconocido el derecho de la Primera Enmienda a grabar a los agentes de policia que cumplen sus funciones en publico. Usted puede filmar desde cualquier lugar publico donde tenga derecho a estar, sin necesitar el consentimiento de ningun agente.
¿Puede un agente de policia decirme que deje de grabar en Nuevo Mexico?
No. Un agente no puede ordenarle que deje de grabar a menos que usted este interfiriendo fisicamente con las operaciones policiales. Indique con calma que esta ejerciendo su derecho de la Primera Enmienda. Si un agente insiste, cumpla fisicamente pero anote los detalles para una queja posterior.
¿Puede la policia incautar mi telefono por grabarlos en Nuevo Mexico?
No sin una orden judicial. La Cuarta Enmienda protege su dispositivo de la incautacion sin orden judicial. La Corte Suprema resolvio en Riley v. California (2014) que la policia generalmente necesita una orden judicial para registrar un telefono celular. Si incautan su telefono, indique que usted no consiente y comuniquese con un abogado.
¿Que debo hacer si la policia viola mis derechos de grabacion en Nuevo Mexico?
Documente el encuentro, anote el nombre y el numero de placa del agente, y presente una queja ante la division de asuntos internos del departamento. Comuniquese con la ACLU de Nuevo Mexico para obtener apoyo legal. Tambien puede presentar una demanda bajo la Seccion 1983 por violaciones de derechos civiles.
¿Puedo solicitar las imagenes de la camara corporal de la policia en Nuevo Mexico?
Si. Las imagenes de las camaras corporales estan sujetas a la Ley de Inspeccion de Registros Publicos de Nuevo Mexico (IPRA). Presente una solicitud por escrito a la agencia del orden identificando el incidente especifico. Las agencias tienen 15 dias para responder, aunque pueden aplicarse algunas excepciones.
Fuentes y referencias
- N.M. Stat. Ann. § 30-12-1(nmonesource.com).gov
- Procurador General de NM - Gobierno Abierto(nmag.gov).gov
- Division de Derechos Civiles del DOJ(justice.gov).gov
- Legislatura de Nuevo Mexico(nmlegis.gov).gov
- Irizarry v. Yehia, 38 F.4th 1282 (10th Cir. 2022)(law.cornell.edu)
- N.M. Stat. Ann. § 29-1-18 Camaras Corporales(nmonesource.com).gov
- ACLU de Nuevo Mexico(aclu-nm.org)