Maryland
Leyes de Protección al Denunciante en Maryland: Protecciones y Cómo Reportar

Maryland protege a los denunciantes a través de varias excepciones estatutarias y de derecho consuetudinario a la doctrina del empleo a voluntad. Los empleados estatales que divulgan una mala gestión grave, un desperdicio de fondos o violaciones de la ley están protegidos contra represalias bajo el Md. Code Ann., State Personnel and Pensions § 5-305, y los trabajadores de atención médica reciben protecciones paralelas bajo el Lab. & Empl. § 1-502.
Resumen de la Ley de Protección al Denunciante en Maryland
Maryland sigue la doctrina del empleo a voluntad. Esto significa que los empleados pueden ser despedidos por cualquier motivo o sin motivo alguno. Sin embargo, el estado de Maryland cuenta con varias protecciones estatutarias y protecciones de derecho consuetudinario que se usan como excepción a esta doctrina. Las protecciones estatutarias son leyes promulgadas por la legislatura del estado para cubrir áreas temáticas específicas, por ejemplo, la discriminación, mientras que las protecciones de derecho consuetudinario son normas creadas por los tribunales para abordar áreas no cubiertas por las leyes promulgadas.

Este es un resumen de las Leyes de Protección al Denunciante en Maryland, asegúrese de revisar también las Leyes Federales de Protección al Denunciante.
Derechos del Denunciante en Maryland
Protecciones de Derecho Consuetudinario
Maryland reconoce una excepción de orden público a la doctrina del empleo a voluntad. Esto significa que es ilegal que los empleadores despidan a los empleados por razones que violen el orden público de Maryland. Para determinar qué constituye orden público, los tribunales generalmente analizan opiniones judiciales previas, reglamentos administrativos o leyes promulgadas por la legislatura. Algunas de las actividades protegidas bajo el orden público incluyen:
- Testificar en un procedimiento o audiencia.- Ejercer un derecho respaldado por un estatuto o cualquier otra ley.- Denunciar una violación de una ley ante la autoridad correspondiente.
Para garantizar una protección segura, los denunciantes deben hacer sus divulgaciones sobre violaciones de la ley por parte de sus empleadores o compañeros de trabajo ante la agencia policial correspondiente. Simplemente discutir la violación con un supervisor o empleador puede reducir la probabilidad de que un denunciante esté protegido bajo el orden público de Maryland.
Protecciones Estatutarias para Denunciantes en Maryland
Empleados Públicos
Ningún supervisor, autoridad nominadora o jefe de una unidad principal puede tomar o dejar de tomar una acción de personal contra un empleado como represalia por:
- Divulgar un abuso de autoridad, una mala gestión grave o un desperdicio de fondos.- Divulgar una violación de una ley.- Divulgar la existencia de un peligro sustancial para la seguridad y la salud del público.
Md. Code Ann., State Personnel, and Pensions § 5-305.
Discriminación en el Empleo
Es ilegal que un empleador despida o discrimine de cualquier manera a un empleado en represalia por:
- Oponerse a prácticas discriminatorias prohibidas por este estatuto.- Presentar un cargo, testificar o participar en una investigación, audiencia o procedimiento bajo este estatuto.
Bajo este estatuto, es ilegal que los empleadores despidan, alteren los términos de empleo, se nieguen a contratar o discriminen de cualquier manera contra un empleado por su raza, color, religión, sexo, edad, origen nacional, estado civil, orientación sexual, información genética, o una discapacidad que no afecte negativamente el desempeño laboral de la persona.
Md. Ann. Code art. 49B, §§ 15, 16(f).
Seguridad y Salud Ocupacional
Ninguna persona o empleador puede despedir ni discriminar de ninguna manera contra un empleado en represalia por:
- Presentar una queja bajo este estatuto.- Iniciar un procedimiento o una acción bajo este estatuto.- Testificar o tener la intención de testificar en una acción o procedimiento relacionado con este estatuto.- Ejercer un derecho respaldado por este estatuto en su propio nombre o en el de otros.
Además, a los empleadores no se les permite tomar represalias de ninguna manera contra un empleado porque el empleado haya obtenido conocimiento a través de su participación en una cobertura médica grupal.
Md. Code. Ann., Lab. & Empl. § 5-604.
Contratistas Estatales
Es contrario a la ley que los empleadores despidan o discriminen de cualquier manera contra un empleado en represalia por:
- Divulgar información sobre un abuso de autoridad, una mala gestión grave o un desperdicio de fondos.- Divulgar la existencia de un peligro sustancial para la salud y la seguridad pública.- Divulgar una violación de una ley.- Negarse a participar en una actividad o práctica que resultaría en una violación de una ley.
Md. Code Ann., State Finance, and Procurement § 11-303.
Discriminación Salarial
Los empleadores no pueden despedir ni discriminar de ninguna manera contra un empleado en represalia por:
- Presentar una queja ante el empleador, el Comisionado de Trabajo u otra persona.- Iniciar un procedimiento o acción relacionada con este estatuto.- Testificar o tener la intención de testificar en un procedimiento bajo este estatuto.
Md. Code. Ann., Lab. & Empl. § 3-308.
Empleados de Escuelas Públicas
Los empleadores de escuelas públicas no pueden despedir, alterar los términos de empleo, ni discriminar de ninguna manera contra un empleado de una escuela pública en represalia por:
- Divulgar o amenazar con divulgar a un supervisor una violación de una norma, ley o reglamento por parte del empleador.- Proporcionar información o testificar ante un organismo público que realice una investigación, consulta o audiencia relacionada con una violación de una norma, ley o reglamento por parte del empleador.- Negarse a participar en una actividad que resultaría en una violación de una ley, norma o reglamento.
Además, el empleado debe notificar al supervisor o a un representante del empleador sobre la violación y darle al empleador un tiempo razonable para corregirla.
Md. Code. Ann., Lab. & Empl. § 6-902.
Trabajadores de Atención Médica
Los empleadores no pueden despedir, alterar los términos de empleo, ni discriminar de ninguna manera contra un trabajador de atención médica con licencia o certificación en represalia por:
- Divulgar o amenazar con divulgar a un supervisor una violación de una norma, ley o reglamento por parte del empleador.- Proporcionar información o testificar ante un organismo público que realice una investigación, consulta o audiencia relacionada con una violación de una norma, ley o reglamento por parte del empleador.- Negarse a participar en una actividad que resultaría en una violación de una ley, norma o reglamento.
Para que la protección sea válida, el denunciante debe tener una creencia razonable y de buena fe de que el empleador ha cometido o sigue cometiendo la violación de una ley. Además, el denunciante debe notificar al supervisor o a un representante del empleador sobre la violación y darle al empleador un tiempo razonable para corregirla.
Md. Code. Ann., Lab. & Empl. § 1-502.
Compensación Laboral
Los empleadores no pueden despedir a los empleados cubiertos en represalia por presentar una reclamación de compensación laboral. Md. Code. Ann., Lab. & Empl. § 9-1105.
Líneas de Ayuda para Denunciantes en Maryland
Para presentar quejas bajo el estatuto de empleados públicos, llame a la Secretaría de Estado de Maryland al 410-974-5521.
Para presentar quejas bajo el estatuto de seguridad y salud ocupacional y el estatuto de discriminación salarial, llame al Comisionado de Trabajo e Industria al 410-767-2992.
Para presentar quejas bajo el estatuto de discriminación, llame a la Comisión de Relaciones Humanas (HRC) al 410-767-8600.
Reclamos por Represalia contra Denunciantes en Maryland
A menos que un estatuto indique lo contrario, los denunciantes que sufran represalias ilegales deben presentar una demanda ante el tribunal correspondiente dentro de 3 años posteriores a la represalia.
Empleados Públicos
Las quejas bajo este estatuto deben presentarse ante el Secretario dentro de 6 meses posteriores a la represalia.
Contratistas Estatales
Las demandas bajo este estatuto deben presentarse dentro de 1 año posterior a la represalia.
Trabajadores de Atención Médica
Los reclamos bajo esta ley deben presentarse ante el tribunal correspondiente dentro de 1 año posterior a la represalia o después de conocerla.
Empleados de Escuelas Públicas
Los reclamos bajo esta ley deben presentarse ante el tribunal correspondiente dentro de 6 meses posteriores a la represalia o después de conocerla. Sin embargo, los denunciantes deben agotar los recursos administrativos antes de proceder con la demanda. El plazo para presentar quejas administrativas es de 15 días.
Seguridad y Salud Ocupacional
Las quejas bajo este estatuto deben presentarse por escrito ante el Comisionado de Trabajo e Industria dentro de 30 días posteriores a la represalia.
Discriminación
Las quejas bajo este estatuto deben presentarse ante la Comisión de Relaciones Humanas (HRC) dentro de 6 meses posteriores a la represalia si el empleador tiene 15 o más empleados. Si el empleador involucrado en la represalia tiene menos de 15 empleados, los denunciantes solo pueden presentar una demanda.
Sanciones por Represalia y Violaciones en Maryland
A menos que un estatuto indique lo contrario, los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por una combinación de, o cualquiera de, los siguientes:
- Reinstalación del empleado al puesto de trabajo anterior.- Restitución de todos los beneficios adicionales y derechos de antigüedad.- Salarios perdidos.- Costos de litigio, incluidos honorarios de abogado.- Medidas cautelares.- Eliminación de anotaciones adversas en el expediente personal relacionadas con la violación.- Además, cualquier otra compensación que el tribunal considere apropiada.
Discriminación
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser responsables ante el empleado afectado por una combinación de, o cualquiera de, los siguientes:
- Reinstalación del empleado al puesto de trabajo anterior.- Restitución de todos los beneficios adicionales y derechos de antigüedad.- Salarios perdidos.- Costos de litigio, incluidos honorarios de abogado.- Medidas cautelares.- Además, cualquier otra compensación que el tribunal considere apropiada.
Las compensaciones monetarias están limitadas a un período de 36 meses.
Compensación Laboral
Los empleadores que lleven a cabo represalias ilegales contra un empleado pueden ser declarados culpables de un delito menor. Tras la condena, pueden ser responsables de una multa que no exceda los $500 o una pena de prisión que no exceda 1 año, o ambas.
Discriminación Salarial
El Comisionado puede iniciar una acción en nombre del demandante para obtener medidas cautelares y daños.
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Fuentes y referencias
- Legislatura del Estado de Maryland(google.com).gov