New York
Leyes de Grabación de Video en Nueva York: Reglas de Vigilancia y Límites de Privacidad

Nueva York permite la grabación de video en espacios públicos donde no existe una expectativa razonable de privacidad. Grabar en secreto a alguien en un dormitorio, un baño o un vestidor viola la Penal Law 250.45 (vigilancia ilegal, delito grave Clase E). El audio captado durante la grabación de video sigue la regla de consentimiento de una sola parte de Nueva York bajo la Penal Law 250.00.
La ley de Nueva York no prohíbe ampliamente la grabación de video. Usted puede filmar en espacios públicos, grabar eventos que presencie y usar cámaras de seguridad en su propia propiedad. Las restricciones se centran en tipos específicos de vigilancia visual invasiva. Las Secciones 250.40 a 250.65 de la Penal Law abordan la vigilancia ilegal, que apunta a la grabación secreta de personas en lugares privados o en estados de desnudez.
Esta guía cubre cuándo la grabación de video es legal en Nueva York, las leyes penales específicas que prohíben la vigilancia invasiva, las sanciones por infracciones y cómo el audio captado durante la grabación de video interactúa con la ley de consentimiento de una sola parte de Nueva York.
Grabación de Video en Espacios Públicos
Su Derecho a Grabar en Público
La Primera Enmienda y la ley de Nueva York protegen su derecho a grabar en espacios públicos. Los tribunales federales del Segundo Circuito, que cubre Nueva York, han reconocido que grabar eventos en público es una forma de expresión protegida. Usted puede legalmente:
- Filmar en calles, aceras, plazas y parques públicos
- Grabar protestas, manifestaciones y concentraciones públicas
- Grabar en video edificios gubernamentales y monumentos desde propiedad pública
- Filmar reuniones públicas, audiencias y procedimientos legislativos
- Grabar interacciones que ocurren en áreas abiertas y observables
- Usar un teléfono, una cámara o cualquier dispositivo de grabación en espacios abiertos al público
No se requiere permiso para la grabación de video personal en espacios públicos. Sin embargo, la filmación comercial (como para películas, anuncios o televisión) puede requerir permisos de las autoridades municipales o locales en algunas jurisdicciones, incluida la Ciudad de Nueva York.
Limitaciones a la Grabación en Público
Incluso en público, se aplican ciertas limitaciones:
- No puede ingresar sin autorización a una propiedad privada para obtener un mejor ángulo de grabación
- No puede obstruir físicamente el tráfico, los vehículos de emergencia ni los pasos peatonales
- No puede interferir con las operaciones de las fuerzas del orden (aunque puede grabarlas desde una distancia razonable)
- Las agencias gubernamentales pueden imponer restricciones razonables de tiempo, lugar y modo sobre la grabación en edificios públicos
- Los tribunales y ciertas instalaciones gubernamentales seguras pueden restringir o prohibir la grabación en su interior
Grabación en Espacios Semipúblicos
Los negocios, restaurantes, centros comerciales y otros espacios de propiedad privada abiertos al público ocupan una zona gris. El propietario o gerente puede establecer reglas sobre la grabación de video. Si un negocio publica una política de "prohibido grabar" o le pide que deje de filmar, puede pedirle que se retire. Negarse a salir después de que se lo pidan constituiría allanamiento, no una infracción de grabación.
Leyes de Vigilancia Ilegal

Definiciones Clave: Penal Law 250.40
La Sección 250.40 de la Penal Law proporciona las definiciones que sustentan las leyes de vigilancia ilegal de Nueva York:
"Dispositivo de captura de imágenes" significa cualquier dispositivo de visualización mecánico, digital o electrónico, cámara, teléfono celular o cualquier otro instrumento capaz de grabar, almacenar o transmitir imágenes visuales que pueda usarse para observar a una persona.
"Lugar y momento en que una persona tiene una expectativa razonable de privacidad" significa un lugar y momento en que una persona razonable creería que podría desvestirse por completo en privado.
"Transmitir" significa enviar electrónicamente una imagen visual con la intención de que sea vista por una o varias personas.
"Partes íntimas" significa los genitales, el área púbica, los glúteos o el seno femenino desnudos o cubiertos por ropa interior, por debajo de la parte superior del pezón.
Estas definiciones son fundamentales porque establecen el límite entre la grabación de video legal y la vigilancia delictiva. La ley se centra específicamente en las invasiones visuales de la privacidad en entornos íntimos.
Vigilancia Ilegal en Segundo Grado: Penal Law 250.45
La Sección 250.45 de la Penal Law define la vigilancia ilegal en segundo grado. Una persona comete este delito cuando:
-
Usa o instala un dispositivo de captura de imágenes para ver, transmitir o grabar de forma subrepticia a una persona vistiéndose o desvistiéndose, o las partes sexuales u otras partes íntimas de una persona, en un lugar y momento en que la persona tiene una expectativa razonable de privacidad, sin el conocimiento o consentimiento de esa persona
-
Usa o instala un dispositivo de captura de imágenes para ver, transmitir o grabar de forma subrepticia debajo de la ropa de otra persona en un lugar y momento en que una persona razonable creería que sus partes íntimas no serían visibles, sin importar si esa persona se encuentra en un lugar público o privado
-
Usa o instala un dispositivo de captura de imágenes en un dormitorio, vestuario, probador, sanitario, inodoro, baño, lavabo, ducha o cualquier habitación asignada a huéspedes o clientes en un motel, hotel, posada u otro establecimiento de hospedaje, con el propósito de grabar de forma subrepticia
-
Usa o instala un dispositivo de captura de imágenes para ver, transmitir o grabar de forma subrepticia a una persona en un dormitorio, vestuario, probador, sanitario, inodoro, baño, lavabo, ducha o habitación asignada a huéspedes, sin el conocimiento o consentimiento de la persona, con el propósito de diversión, entretenimiento, lucro, excitación sexual, gratificación sexual, o para degradar o abusar de una persona
La vigilancia ilegal en segundo grado es un delito grave Clase E, que se castiga con hasta 4 años de prisión estatal y multas de hasta $5,000.
Vigilancia Ilegal en Primer Grado: Penal Law 250.50
La Sección 250.50 de la Penal Law eleva el delito cuando una persona comete vigilancia ilegal en segundo grado y ha sido condenada previamente por vigilancia ilegal en primer o segundo grado dentro de los 10 años anteriores.
La vigilancia ilegal en primer grado es un delito grave Clase D, que se castiga con:
- De 2 a 7 años de prisión estatal (sentencia indeterminada)
- Multas de hasta $5,000
- Registro obligatorio como delincuente sexual bajo la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales (SORA)
El requisito de registro como delincuente sexual hace que una segunda condena por vigilancia ilegal sea especialmente devastadora, ya que conlleva consecuencias de por vida más allá de la sentencia de prisión.
Difusión de Imágenes de Vigilancia Ilegal
Nueva York penaliza por separado la distribución de imágenes obtenidas mediante vigilancia ilegal:
La difusión en segundo grado (Penal Law 250.55) ocurre cuando una persona difunde intencionalmente una imagen de otra persona que fue obtenida mediante vigilancia ilegal, sabiendo que la imagen se obtuvo de forma ilegal y sin el consentimiento del sujeto. Este es un delito menor Clase A, que se castiga con hasta 1 año de cárcel.
La difusión en primer grado (Penal Law 250.60) aplica cuando una persona, sabiendo que una imagen se obtuvo mediante vigilancia ilegal, la vende o la publica; cuando la persona que creó la imagen de vigilancia ilegal (en violación de la Penal Law 250.45 o 250.50) la difunde intencionalmente; o cuando la persona comete difusión en segundo grado y tiene una condena previa por difusión de imágenes de vigilancia ilegal dentro de los 10 años anteriores. Este es un delito grave Clase E, que se castiga con hasta 4 años de prisión.
Resumen de Sanciones

| Delito | Ley | Clasificación | Sanción Máxima |
|---|---|---|---|
| Vigilancia ilegal, 2do grado | PL 250.45 | Delito grave Clase E | Hasta 4 años de prisión |
| Vigilancia ilegal, 1er grado | PL 250.50 | Delito grave Clase D | Hasta 7 años; registro de delincuente sexual |
| Difusión, 2do grado | PL 250.55 | Delito menor Clase A | Hasta 1 año de cárcel |
| Difusión, 1er grado | PL 250.60 | Delito grave Clase E | Hasta 4 años de prisión |
Audio Captado Durante la Grabación de Video

Cuando su grabación de video capta audio, la ley de consentimiento de una sola parte de Nueva York bajo la Penal Law 250.00 se aplica al componente de audio. Esto significa:
- Si usted participa en la conversación que se capta en el video, puede grabar el audio sin informar a los demás
- Si su video capta de forma involuntaria conversaciones entre otras personas de las que usted no forma parte, la porción de audio podría plantear inquietudes de escuchas ilegales
- Las cámaras de seguridad que también graban audio en espacios privados requieren una consideración cuidadosa tanto de las leyes de vigilancia como de las de escuchas ilegales
En espacios públicos donde no hay una expectativa razonable de privacidad, la captura incidental de audio durante la grabación de video generalmente no es una preocupación legal.
Grabación de Video en Propiedad Privada
Su Propia Propiedad
Usted tiene amplios derechos para instalar y operar cámaras de video en una propiedad que posea. Los propietarios e inquilinos pueden:
- Instalar cámaras de seguridad exteriores que capten video de su propiedad y de las áreas públicas adyacentes
- Usar cámaras de timbre (como Ring o Nest) que graben a los visitantes y la actividad en la puerta principal
- Colocar cámaras interiores en las áreas comunes de su propio hogar
- Monitorear con video a niñeras, personal de limpieza u otros proveedores de servicios en las áreas comunes
Sin embargo, incluso en su propia propiedad, no puede colocar cámaras en áreas donde los huéspedes o residentes tienen una expectativa razonable de privacidad, incluyendo:
- Baños e inodoros
- Dormitorios de huéspedes (especialmente cuando hay huéspedes alojándose)
- Áreas para cambiarse de ropa
La Propiedad de Otra Persona
La grabación en la propiedad privada de otra persona se rige por las reglas del propietario. El propietario puede prohibir la grabación por completo o establecer condiciones. Grabar en áreas diseñadas para la privacidad en la propiedad de otra persona puede activar las leyes de vigilancia ilegal.
Grabación de Video en Lugares Específicos
Tiendas Minoristas y Negocios
Las tiendas minoristas en Nueva York usan rutinariamente la videovigilancia para la prevención de pérdidas y la seguridad. Esto es generalmente legal siempre que las cámaras no se coloquen en los probadores, los baños u otras áreas privadas. Los empleados y clientes en las áreas comunes no tienen una expectativa razonable de privacidad visual que impida el uso de cámaras de seguridad estándar.
Hoteles y Alquileres a Corto Plazo
Las cámaras ocultas en habitaciones de hotel, propiedades de Airbnb u otros establecimientos de hospedaje están explícitamente prohibidas bajo la Penal Law 250.45. Los huéspedes en las habitaciones que se les asignan en hoteles, moteles, posadas y hospedajes similares tienen una expectativa razonable de privacidad. Los propietarios que instalan cámaras ocultas en las habitaciones de los huéspedes se enfrentan a cargos por delito grave Clase E.
Transporte
La grabación de video en el transporte público, incluidos los autobuses de la MTA y los andenes del metro, generalmente está permitida ya que estos son espacios públicos. La MTA no prohíbe la fotografía o grabación de video personal con fines no comerciales en sus andenes y estaciones. La filmación comercial requiere un permiso.
Grabación de Procedimientos Gubernamentales
La Ley de Reuniones Abiertas de Nueva York exige que la mayoría de las reuniones gubernamentales estén abiertas al público. La grabación de reuniones abiertas, incluida la grabación de video, generalmente está permitida. Los organismos gubernamentales pueden adoptar reglas razonables sobre la ubicación de las cámaras y el equipo, pero no pueden prohibir la grabación por completo.
Se ha presentado legislación reciente (S6773A) para permitir la cobertura audiovisual de los procedimientos judiciales, lo que ampliaría el derecho a grabar en las salas de tribunales de Nueva York.
Responsabilidad Civil por Grabación de Video Invasiva
Las víctimas de videovigilancia ilegal en Nueva York pueden buscar recursos civiles además del enjuiciamiento penal. Los daños disponibles incluyen:
- Daños reales por angustia emocional, daño psicológico y perjuicio a la reputación
- Daños punitivos por conducta intencional o maliciosa
- Medidas cautelares que exijan la retirada de cámaras, la eliminación de grabaciones y la prevención de futura vigilancia
- Honorarios de abogados y costas judiciales
Los tribunales de Nueva York también han reconocido reclamos de agravio de privacidad de derecho común por intrusión en la intimidad, que pueden aplicarse a la grabación de video invasiva incluso en situaciones que no encajan limpiamente dentro de las leyes penales.
Grabación de Video y Tecnología
Drones
El uso de drones para la grabación de video en Nueva York está sujeto tanto a la ley estatal como a las regulaciones de la Administración Federal de Aviación (FAA). Aunque Nueva York no tiene una ley integral de privacidad de drones, usar un dron para grabar a alguien en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad podría constituir vigilancia ilegal bajo la Penal Law 250.45. Las reglas de la FAA exigen que los operadores de drones registren su aeronave, mantengan la línea visual directa y sigan las restricciones del espacio aéreo.
Gafas Inteligentes y Cámaras Portátiles
Las cámaras portátiles, incluidas las gafas inteligentes como las Meta Ray-Bans, pueden grabar video en espacios públicos sin violar la ley de Nueva York. Sin embargo, usar estos dispositivos para grabar en espacios privados, debajo de la ropa o en áreas donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad activa las leyes de vigilancia ilegal. Nueva York no tiene actualmente una ley de privacidad biométrica equivalente a la BIPA de Illinois, por lo que los datos de geometría facial captados por las gafas inteligentes no conllevan el mismo riesgo de daños legales establecidos por ley.
Cámaras Ring y Cámaras de Timbre
Las cámaras de timbre que graban el área inmediatamente fuera de su puerta y los espacios públicos adyacentes son legales. Pueden surgir disputas cuando una cámara de timbre capta una cantidad significativa de imágenes de la propiedad de un vecino. La ley de Nueva York no prohíbe esto, pero la grabación persistente dirigida a los espacios privados de un vecino podría potencialmente respaldar un reclamo de acoso o molestia.
Ley Federal y Grabación de Video
La ley federal no impone una prohibición amplia sobre la grabación de video. Las leyes federales relevantes se centran en la interceptación de audio en lugar de la grabación visual. Sin embargo, la ley federal puede aplicarse en contextos específicos:
- La Ley de Prevención del Voyeurismo en Video (18 U.S.C. 1801) prohíbe fotografiar o grabar las áreas íntimas de otra persona sin consentimiento en propiedad federal o en jurisdicción marítima y territorial especial
- La Cuarta Enmienda restringe la videovigilancia gubernamental realizada sin una orden judicial, como aclaró la Corte Suprema en Carpenter v. United States (2018)
- El Título III de la Ómnibus Crime Control Act rige la interceptación de audio pero no aborda directamente la grabación de video silenciosa
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Preguntas frecuentes
¿Es legal grabar en video a alguien en Nueva York sin su consentimiento?
Depende del lugar. Puede grabar a cualquier persona en un espacio público sin su consentimiento. En espacios privados, grabar a alguien sin consentimiento puede ser ilegal. La vigilancia ilegal bajo la Penal Law 250.45 apunta a la grabación secreta en lugares donde una persona tiene una expectativa razonable de privacidad, como dormitorios, baños, vestidores y habitaciones de hotel. Este es un delito grave Clase E con hasta 4 años de prisión.
¿Puedo grabar video en una tienda o restaurante de Nueva York?
Generalmente, sí. Las tiendas y restaurantes son espacios semipúblicos, y los clientes y empleados no tienen una expectativa razonable de privacidad visual en las áreas comunes de estos negocios. Sin embargo, el dueño del negocio puede pedirle que deje de grabar y pedirle que se retire. Grabar en probadores, baños u otras áreas privadas dentro de un negocio es ilegal.
¿Son legales las cámaras ocultas en Nueva York?
Las cámaras ocultas son legales en su propio hogar en áreas comunes para fines como el monitoreo de seguridad o la supervisión de proveedores de cuidado infantil. Son ilegales en cualquier lugar donde una persona tiene una expectativa razonable de privacidad, incluidos baños, dormitorios (cuando hay huéspedes presentes), vestidores y habitaciones de hotel. También son ilegales si se usan para grabar debajo de la ropa de alguien o para captar partes íntimas sin consentimiento.
¿Cuál es la sanción por videovigilancia ilegal en Nueva York?
La vigilancia ilegal en segundo grado es un delito grave Clase E que conlleva hasta 4 años de prisión y multas de hasta $5,000. Una segunda condena dentro de 10 años eleva el cargo a vigilancia ilegal en primer grado, un delito grave Clase D con hasta 7 años de prisión y registro obligatorio como delincuente sexual. Difundir imágenes de vigilancia ilegal es un delito separado que conlleva hasta 1 año de cárcel por una primera infracción.
¿El audio de mi grabación de video sigue reglas diferentes a las del video?
Sí. El video y el audio se rigen por leyes separadas en Nueva York. El componente de video se rige por las leyes de vigilancia ilegal (Penal Law 250.40 a 250.65), mientras que el componente de audio cae bajo las leyes de escuchas ilegales y telefónicas (Penal Law 250.00 a 250.05). Para el audio, Nueva York sigue el consentimiento de una sola parte, lo que significa que puede captar audio si usted participa en la conversación. Si su video graba conversaciones de las que usted no forma parte, el componente de audio podría plantear problemas de escuchas ilegales.
Actualizaciones
Se corrigió la descripción de la difusión en primer grado, que presentaba la vía de condena previa como la única forma de cometer el delito; el estatuto también alcanza a quien vende o publica una imagen que sabe fue obtenida ilegalmente, y a quien creó la imagen ilegal y la difunde, ninguna de las cuales requiere condena previa.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 5 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
United States Code Title 18
§ 1801Video voyeurismVigentecitada en 79 de nuestros artículos
Whoever, in the special maritime and territorial jurisdiction of the United States, has the intent to capture an image of a private area of an individual without their consent, and knowingly does so under circumstances in which the individual has a reasonable expectation of privacy, shall be fined under this title or imprisoned not more than one year, or both. In this section— the term “capture”, with respect to an image, means to videotape, photograph, film, record by any means, or broadcast; the term “broadcast” means to electronically transmit a visual image with the intent that it be viewed by a person or persons; the term “a private area of the individual” means the naked or undergarment clad genitals, pubic area, buttocks, or female breast of that individual; the term “female breast” means any portion of the female breast below the top of the areola; and the term “under circumstances in which that individual has a reasonable expectation of privacy” means— circumstances in which a reasonable person would believe that he or she could disrobe in privacy, without being concerned that an image of a private area of the individual was being captured; or circumstances in which a…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en uscode.house.gov
New York Penal Law
§ 250.00Eavesdropping; definitions of termsVigentecitada en 18 de nuestros artículos
Eavesdropping; definitions of terms. The following definitions are applicable to this article: 1. "Wiretapping" means the intentional overhearing or recording of a telephonic or telegraphic communication by a person other than a sender or receiver thereof, without the consent of either the sender or receiver, by means of any instrument, device or equipment. The normal operation of a telephone or telegraph corporation and the normal use of the services and facilities furnished by such corporation pursuant to its tariffs or necessary to protect the rights or property of said corporation shall not be deemed "wiretapping." 2. "Mechanical overhearing of a conversation" means the intentional overhearing or recording of a conversation or discussion, without the consent of at least one party thereto, by a person not present thereat, by means of any instrument, device or equipment. 3.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
§ 250.45Unlawful surveillance in the second degreeVigentecitada en 18 de nuestros artículos
Unlawful surveillance in the second degree. A person is guilty of unlawful surveillance in the second degree when: 1. For his or her own, or another person's amusement, entertainment, or profit, or for the purpose of degrading or abusing a person, he or she intentionally uses or installs, or permits the utilization or installation of an imaging device to surreptitiously view, broadcast or record a person dressing or undressing or the sexual or other intimate parts of such person at a place and time when such person has a reasonable expectation of privacy, without such person's knowledge or consent; or 2. For his or her own, or another person's sexual arousal or sexual gratification, he or she intentionally uses or installs, or permits the utilization or installation of an imaging device to surreptitiously view, broadcast or record a person dressing or undressing or the sexual or other intimate parts of such person at a place and time when such person has a reasonable expectation of privacy, without such person's knowledge or consent; or 3.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
§ 250.50Unlawful surveillance in the first degreeVigentecitada en 6 de nuestros artículos
Unlawful surveillance in the first degree. A person is guilty of unlawful surveillance in the first degree when he or she commits the crime of unlawful surveillance in the second degree and has been previously convicted within the past ten years of unlawful surveillance in the first or second degree. Unlawful surveillance in the first degree is a class D felony.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
§ 250.60Dissemination of an unlawful surveillance image in the first degreeVigentecitada en 2 de nuestros artículos
Dissemination of an unlawful surveillance image in the first degree. A person is guilty of dissemination of an unlawful surveillance image in the first degree when: 1. He or she, with knowledge of the unlawful conduct by which an image or images of the sexual or other intimate parts of another person or persons were obtained and such unlawful conduct would satisfy the essential elements of the crime of unlawful surveillance in the first or second degree, as defined, respectively, in section 250.50 or 250.45 of this article, sells or publishes such image or images; or 2. Having created a surveillance image in violation of section 250.45 or 250.50 of this article, or in violation of the law in any other jurisdiction which includes all of the essential elements of either such crime, or having acted as an accomplice to such crime, or acting as an agent to the person who committed such crime, he or she intentionally disseminates such unlawfully created image; or 3.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
Fuentes y referencias
- N.Y. Penal Law Article 250 - Delitos Contra el Derecho a la Privacidad(nysenate.gov).gov
- N.Y. Penal Law 250.45 - Vigilancia Ilegal en Segundo Grado(nysenate.gov).gov
- N.Y. Penal Law 250.50 - Vigilancia Ilegal en Primer Grado(nysenate.gov).gov
- N.Y. Penal Law 250.40 - Definiciones de Vigilancia Ilegal(law.justia.com)
- N.Y. Penal Law 250.55 - Difusión de Imagen de Vigilancia Ilegal(law.justia.com)
- N.Y. Penal Law 250.60 - Difusión en Primer Grado(nysenate.gov).gov
- Ley de Reuniones Abiertas de Nueva York(dos.ny.gov).gov
- 18 U.S.C. 1801 - Ley de Prevención del Voyeurismo en Video(law.cornell.edu)
- N.Y. Penal Law 250.00 - Definiciones de Escuchas Ilegales(nysenate.gov).gov