New York
Leyes de Divorcio de Nueva York (2026): Causales, Residencia y Proceso

Para divorciarse en Nueva York, uno de los cónyuges puede declarar bajo juramento que el matrimonio ha sufrido una ruptura irreparable durante al menos seis meses, que es la causal sin culpa agregada en 2010 bajo DRL 170(7). Antes de que un juez pueda otorgar el divorcio, todos los asuntos económicos y cualquier asunto de custodia o manutención deben quedar totalmente resueltos. Nueva York tiene varias vías de residencia, y la más común exige dos años de residencia continua.
Causales de divorcio en Nueva York
Nueva York agregó una verdadera causal de divorcio sin culpa en 2010, convirtiéndose en uno de los últimos estados en hacerlo. Bajo DRL 170(7), un cónyuge puede obtener el divorcio presentando una declaración jurada de que la relación ha sufrido una ruptura irreparable durante un periodo de al menos seis meses. El otro cónyuge no necesita estar de acuerdo, y no se debe demostrar ninguna mala conducta específica.
Hay una condición procesal importante vinculada a la causal sin culpa: un tribunal no puede dictar la sentencia de divorcio hasta que se resuelvan todos los asuntos económicos (división de bienes, deudas, pensión alimenticia) y todos los asuntos de custodia y manutención, ya sea por acuerdo escrito o por orden judicial. Esto significa que presentar la solicitud por la causal sin culpa no acelera automáticamente un divorcio si las partes están en desacuerdo sobre las finanzas o los hijos.
Las causales por culpa siguen disponibles bajo DRL 170. Incluyen el trato cruel e inhumano, el abandono durante uno o más años, el encarcelamiento durante tres o más años, el adulterio y vivir separados durante seis o más meses bajo un decreto formal de separación o un acuerdo de separación. Usar una causal por culpa es estratégicamente complejo porque requiere pruebas y puede prolongar el litigio. La mayoría de los neoyorquinos ahora presentan la solicitud por la causal sin culpa, incluso en casos disputados.
Requisito de residencia
Nueva York establece sus reglas de residencia en DRL 230 y ofrece varias vías para calificar. La vía más común son dos años de residencia continua en Nueva York por parte de cualquiera de los cónyuges. El periodo requerido baja a un año si las partes se casaron en Nueva York, si vivieron en Nueva York como pareja casada en algún momento, o si las causales de divorcio surgieron en Nueva York. Si ambos cónyuges son actualmente residentes de Nueva York y las causales surgieron allí, no se exige un periodo mínimo de residencia.

Las peticiones de divorcio en Nueva York se presentan en el Supreme Court. A pesar del nombre, el Supreme Court es el tribunal de primera instancia de jurisdicción general de Nueva York, no un tribunal de apelaciones. Cada condado tiene un Supreme Court, y por lo general usted presenta la solicitud en el condado donde reside usted o su cónyuge.
Periodo de espera y separación
Nueva York no tiene un periodo de reflexión o de espera legal después de presentar la petición de divorcio. No hay un número obligatorio de días que deba esperar entre la presentación y el dictado del decreto final.
Dicho esto, la causal sin culpa bajo DRL 170(7) si contiene un elemento de tiempo incorporado: la ruptura irreparable debe haber existido durante al menos seis meses. Esto no es un requisito de separación en el sentido tradicional. Las partes pueden estar viviendo juntas durante esos seis meses. Es simplemente la duración mínima de la ruptura que debe declararse bajo juramento.
Una situación distinta aplica a las causales de separación bajo DRL 170(5) y 170(6): si los cónyuges optan por solicitar el divorcio con base en un decreto de separación o un acuerdo escrito de separación, deben haber vivido separados bajo ese decreto o acuerdo durante al menos seis meses. Este sí es un verdadero requisito de separación, pero solo aplica si usted elige proceder con esas causales particulares en lugar de la causal estándar sin culpa.
Cómo se dividen los bienes
Nueva York es un estado de distribución equitativa. Eso significa que los bienes maritales se dividen de forma justa entre los cónyuges, pero no automáticamente en partes iguales. Un tribunal sopesa factores que incluyen la duración del matrimonio, los ingresos y el potencial de ingresos de cada cónyuge, las contribuciones al matrimonio (incluido el trabajo del hogar o el cuidado de la familia) y lo que cada cónyuge necesitará después del divorcio.
Los bienes maritales abarcan la mayoría de los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio, sin importar a nombre de quién estén. Los bienes separados, como los bienes que se poseían antes del matrimonio o que se recibieron como donación o herencia durante el matrimonio, generalmente los conserva el cónyuge que es su propietario y no están sujetos a división. Como la mayoría de los estados de distribución equitativa, Nueva York trata la vivienda conyugal, las cuentas de jubilación acumuladas durante el matrimonio y los intereses comerciales como bienes maritales que deben dividirse.
Como la división se guía por una prueba de múltiples factores en lugar de una regla fija 50/50, los resultados pueden variar considerablemente según los hechos de cada caso. Se exige la divulgación financiera de ambas partes, y los bienes significativos o complejos a menudo requieren una valuación formal.
Pensión alimenticia, custodia y manutención de los hijos
La manutención conyugal (el término que usa Nueva York para la pensión alimenticia) no es automática. Los tribunales usan una fórmula como punto de partida para calcular la manutención temporal y posterior al divorcio, y luego la ajustan con base en factores legales que incluyen la duración del matrimonio, el nivel de vida de cada cónyuge y si uno de los cónyuges sacrificó oportunidades profesionales. Para el marco completo, consulte la página de leyes de pensión alimenticia de Nueva York.

La custodia de los hijos en Nueva York se decide con base en el interés superior del menor. Los tribunales consideran la estabilidad del hogar de cada padre, la calidad de la relación de cada padre con el menor y la capacidad de cada padre para apoyar la relación del menor con el otro padre. Consulte las leyes de custodia de menores de Nueva York para más detalles. La manutención de los hijos se calcula bajo la Child Support Standards Act, principalmente con base en el ingreso parental combinado y el número de hijos. Estime su pago con nuestra calculadora de manutención infantil de Nueva York.
Como se señaló antes, todos estos asuntos deben resolverse u ordenarse por el tribunal antes de que se pueda otorgar una sentencia de divorcio sin culpa.
Cómo solicitar el divorcio en Nueva York
El primer paso es confirmar que cumple con una de las vías de residencia bajo DRL 230. Una vez que lo haga, el peticionario prepara una Citación con Notificación (Summons with Notice) o una Citación y Demanda Verificada (Summons and Verified Complaint) y la presenta ante el Supreme Court en el condado correspondiente, junto con la tarifa de presentación requerida (que varía según el condado y cambia periódicamente).
El otro cónyuge debe ser notificado personalmente dentro de los 120 días siguientes a la presentación. Después de la notificación, el demandado tiene 20 días (si es notificado en Nueva York) o 30 días (si es notificado fuera de Nueva York) para comparecer o responder.
Ambas partes deben completar la divulgación financiera obligatoria, incluida una Declaración de Patrimonio Neto (Statement of Net Worth), que detalla los ingresos, los bienes, las deudas y los gastos. Si hay hijos, se debe preparar un plan de crianza y un cálculo de manutención infantil.
Si ambos cónyuges están de acuerdo en todos los asuntos, firman un Acuerdo de Conciliación o Estipulación de Conciliación. El peticionario luego presenta el acuerdo junto con los formularios de divorcio requeridos ante el tribunal. Una vez que el juez revisa y aprueba todo, el tribunal emite una Sentencia de Divorcio, que es la orden final que termina el matrimonio.
Si las partes están en desacuerdo sobre cualquier asunto, el caso se vuelve disputado. Un juez programará conferencias y, de ser necesario, un juicio para resolver los asuntos pendientes. Solo después de que se decidan todos los asuntos se puede dictar la sentencia de divorcio.
Este artículo es información legal general, no asesoramiento legal. Las leyes de divorcio varían según el estado y dependen de los hechos específicos de su matrimonio. Para obtener asesoramiento sobre su situación, consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Nueva York.

Más leyes de Nueva York
- Leyes de Grabación de Reuniones con IA de Nueva York
- Leyes de Pensión Alimenticia de Nueva York
- Leyes de Empleo a Voluntad de Nueva York
- Leyes de Accidentes de Auto de Nueva York
- Leyes de Asientos de Seguridad para Niños de Nueva York
- Leyes de Custodia de Menores de Nueva York
- Leyes de Manutención Infantil de Nueva York
- Leyes de Matrimonio de Hecho de Nueva York
- Leyes de Privacidad de Datos de Nueva York
- Leyes de Deepfake de Nueva York
- Leyes de Mordeduras de Perro de Nueva York
- Leyes de Emancipación de Nueva York
- Leyes de Eliminación de Antecedentes de Nueva York
- Leyes de Atropello y Fuga de Nueva York
- Leyes de Arrendador e Inquilino de Nueva York
- Leyes Limón de Nueva York
Para una visión general de las leyes de divorcio en todos los estados, visite el centro de Leyes de Divorcio por Estado. Páginas relacionadas de Nueva York: leyes de pensión alimenticia de Nueva York y leyes de custodia de menores de Nueva York.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda obtener un divorcio en Nueva York?
Un divorcio no disputado en Nueva York en el que ambos cónyuges están de acuerdo en todos los términos por lo general toma de tres a seis meses desde la presentación hasta la sentencia final, dependiendo del tiempo de procesamiento del tribunal. Los divorcios disputados que requieren resolver desacuerdos sobre bienes, manutención o custodia pueden tomar de uno a tres años o más.
¿Cuánto cuesta un divorcio en Nueva York?
Las tarifas de presentación en el Supreme Court suelen ser de alrededor de $210 por el número de índice más tarifas adicionales por presentar la sentencia. Los honorarios de abogado para un divorcio no disputado pueden ir de unos pocos cientos a unos pocos miles de dólares, mientras que los divorcios disputados habitualmente cuestan decenas de miles de dólares en honorarios legales. Las tarifas exactas del tribunal varían según el condado.
¿Necesito un motivo para divorciarme en Nueva York?
No. Desde 2010, Nueva York tiene una verdadera causal sin culpa: usted simplemente declara bajo juramento que el matrimonio ha sufrido una ruptura irreparable durante al menos seis meses. No necesita probar que su cónyuge hizo algo malo. Sin embargo, todos los asuntos financieros y de custodia deben quedar resueltos antes de que el tribunal otorgue el divorcio.
¿Es Nueva York un estado de bienes mancomunados?
No. Nueva York es un estado de distribución equitativa, no un estado de bienes mancomunados. Los bienes maritales se dividen de forma justa con base en múltiples factores, pero la división no es automáticamente 50/50. Un juez sopesa los ingresos, la duración del matrimonio, las contribuciones y otros factores para llegar a una división justa.
¿Cuánto tiempo debo estar separado para divorciarme en Nueva York?
No necesita estar físicamente separado antes de presentar la solicitud bajo la causal estándar sin culpa (DRL 170(7)). La causal sin culpa solo requiere que usted declare bajo juramento que la relación ha estado irreparablemente rota durante al menos seis meses; pueden estar viviendo juntos durante ese tiempo. Solo se requiere una separación formal de seis meses si elige presentar la solicitud por las causales de acuerdo de separación o decreto de separación.
¿Puedo divorciarme sin que mi cónyuge esté de acuerdo?
Sí. La causal sin culpa de Nueva York permite que un cónyuge obtenga el divorcio a pesar de la objeción del otro. Si su cónyuge se niega a cooperar, el caso se vuelve disputado y un juez decidirá los asuntos no resueltos. No se le puede impedir obtener el divorcio en sí, pero su cónyuge puede impugnar los términos de la división de bienes, la manutención o la custodia.
¿Tengo que vivir en Nueva York para solicitar el divorcio aquí?
Generalmente sí, aunque el requisito exacto depende de cuál vía de residencia aplique. El requisito más común es que un cónyuge haya vivido continuamente en Nueva York durante dos años. El periodo baja a un año en varias situaciones vinculadas a la conexión entre el matrimonio y Nueva York. Si ambos cónyuges viven actualmente en Nueva York y las causales surgieron allí, no se exige un periodo mínimo.
Hable con un abogado de derecho familiar en New York: revisión gratuita del caso
Cada caso tiene detalles que una fórmula no puede captar. Obtenga una revisión gratuita y sin compromiso de un abogado de derecho familiar en New York.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 2 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
New York Domestic Relations Law
§ 170Action for divorceVigentecitada en 2 de nuestros artículos
Action for divorce. An action for divorce may be maintained by a husband or wife to procure a judgment divorcing the parties and dissolving the marriage on any of the following grounds: (1) The cruel and inhuman treatment of the plaintiff by the defendant such that the conduct of the defendant so endangers the physical or mental well being of the plaintiff as renders it unsafe or improper for the plaintiff to cohabit with the defendant. (2) The abandonment of the plaintiff by the defendant for a period of one or more years. (3) The confinement of the defendant in prison for a period of three or more consecutive years after the marriage of plaintiff and defendant. (4) The commission of an act of adultery, provided that adultery for the purposes of articles ten, eleven, and eleven-A of this chapter, is hereby defined as the commission of an act of vaginal sexual contact, oral sexual contact or anal sexual contact, voluntarily performed by the defendant, with a person other than the plaintiff after the marriage of plaintiff and defendant.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
Citada en 428 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Anglin v. Anglin (New York Court of Appeals 1992, 80 N.Y.2d 553) · Hoffer-Adou v. Adou (Appellate Division of the Supreme Court of the State of New York 2014, 121 A.D.3d 618) · Rinzler v. Rinzler (Appellate Division of the Supreme Court of the State of New York 2012, 97 A.D.3d 215)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 230Required residence of partiesVigente
Required residence of parties. An action to annul a marriage, or to declare the nullity of a void marriage, or for divorce or separation may be maintained only when: 1. The parties were married in the state and either party is a resident thereof when the action is commenced and has been a resident for a continuous period of one year immediately preceding, or 2. The parties have resided in this state as husband and wife and either party is a resident thereof when the action is commenced and has been a resident for a continuous period of one year immediately preceding, or 3. The cause occurred in the state and either party has been a resident thereof for a continuous period of at least one year immediately preceding the commencement of the action, or 4. The cause occurred in the state and both parties are residents thereof at the time of the commencement of the action, or 5. Either party has been a resident of the state for a continuous period of at least two years immediately preceding the commencement of the action.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legislation.nysenate.gov
Citada en 54 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Unanue v. Unanue (Appellate Division of the Supreme Court of the State of New York 1988, 141 A.D.2d 31) · Black v. Black (Appellate Division of the Supreme Court of the State of New York 2013, 108 A.D.3d 842) · Capdevilla v. Capdevilla (Appellate Division of the Supreme Court of the State of New York 1989, 149 A.D.2d 312)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- N.Y. Domestic Relations Law, Sección 170 (Causales de Divorcio)(nysenate.gov).gov
- N.Y. Domestic Relations Law, Sección 230 (Requisitos de Residencia)(nysenate.gov).gov
- Autoayuda de los Tribunales de Nueva York: Divorcio(nycourts.gov).gov