Alaska
Leyes de Alaska sobre la grabación de la policía: sus derechos y límites (2026)

En Alaska, usted tiene un derecho protegido por la Constitución a grabar a los oficiales de policía en lugares públicos. El Noveno Circuito afirmó este derecho en Fordyce v. City of Seattle (1995) y Askins v. DHS (2018). La ley de consentimiento de una sola parte de Alaska (AS 42.20.310) además le permite grabar sus propios encuentros con la policía sin avisar a los oficiales.
Grabar a los oficiales de policía en Alaska es legal y está protegido por la Constitución. La Primera Enmienda de la Constitución de EE. UU. protege el derecho a fotografiar y filmar a los oficiales de las fuerzas del orden que cumplen sus funciones oficiales en lugares públicos. La ley de consentimiento de una sola parte de Alaska además le permite grabar el audio de cualquier interacción que tenga con la policía sin informarles.
Esta página cubre el fundamento legal para grabar a la policía en Alaska, pautas prácticas para hacerlo de forma segura, las leyes sobre cámaras corporales, el posible impacto del SB 85 y qué hacer si los oficiales interfieren con su grabación.
El fundamento legal para grabar a la policía
Protección de la Primera Enmienda
El Noveno Circuito, que controla las cuestiones de derecho federal en Alaska, ha sostenido en dos ocasiones que la Primera Enmienda protege el derecho a grabar a la policía mientras cumple sus funciones en público. En Fordyce v. City of Seattle, 55 F.3d 436 (9th Cir. 1995), el tribunal reconoció un derecho de la Primera Enmienda a filmar asuntos de interés público, incluida la actividad policial. El Noveno Circuito sostuvo luego expresamente en Askins v. U.S. Department of Homeland Security, 899 F.3d 1035 (9th Cir. Aug. 14, 2018), que el derecho a grabar a los oficiales de las fuerzas del orden en público está claramente establecido a efectos de inmunidad calificada. Estas dos decisiones, no los casos de otros circuitos, son la autoridad rectora en Alaska.
Decisiones clave de circuitos federales incluyen:
- Glik v. Cunniffe, 655 F.3d 78 (1st Cir. 2011): El Primer Circuito sostuvo que grabar a los oficiales de policía en el cumplimiento de sus funciones en un espacio público es un derecho constitucional claramente establecido.
- Turner v. Driver, 848 F.3d 678 (5th Cir. 2017): El Quinto Circuito afirmó el derecho a grabar la actividad policial, incluso desde una acera pública al otro lado de la calle frente a una comisaría.
- Fields v. City of Philadelphia, 862 F.3d 353 (3rd Cir. 2017): El Tercer Circuito sostuvo que la Primera Enmienda protege el derecho a grabar a la policía sin importar si quien graba tiene una intención expresiva.
El U.S. Department of Justice también ha afirmado este derecho en múltiples declaraciones de interés presentadas en casos de tribunales federales, señalando que el derecho a grabar a los oficiales de policía mientras cumplen funciones en un lugar público, así como el derecho a estar protegido de represalias por hacerlo, son compatibles con la Constitución.
Protecciones de la Constitución de Alaska
La Constitución de Alaska ofrece protecciones adicionales. El Artículo I, Sección 5 garantiza la libertad de expresión y de prensa. El Artículo I, Sección 6 protege el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente. Estas disposiciones, combinadas con la Primera Enmienda federal, crean un marco legal sólido para grabar a la policía en Alaska.
El derecho constitucional a la privacidad de Alaska (Artículo I, Sección 22) es uno de los más fuertes del país, pero los tribunales han sostenido de forma constante que los funcionarios del gobierno que cumplen funciones públicas no tienen un interés de privacidad que prevalezca sobre el derecho del público a observar y grabar sus acciones.
La regla de la orden Glass para la grabación policial
Alaska impone una asimetría inusual del lado de la policía. En State v. Glass, 583 P.2d 872 (Alaska 1978), la Corte Suprema de Alaska sostuvo que las secciones 14 y 22 del Artículo I de la Constitución de Alaska exigen que las fuerzas del orden obtengan una orden judicial Glass antes de monitorear o grabar con consentimiento la conversación de un objetivo, incluso cuando el Title III federal lo permitiría bajo el consentimiento de una sola parte. La Corte de Apelaciones de Alaska reafirmó la regla en Cleveland v. State (Alaska Ct. App. 2020). Esta es la desviación estatal-constitucional más amplia respecto del estándar federal base de una sola parte. La regla limita al estado, no a los ciudadanos particulares que graban a los oficiales en público.
El consentimiento de una sola parte de Alaska y los encuentros con la policía
Conforme a AS 42.20.310, usted puede grabar el audio de cualquier conversación en la que participe sin informar a las demás partes. Esto significa:
- Puede grabar su propia parada de tránsito sin avisar al oficial
- Puede grabar en audio su propio arresto
- Puede grabar conversaciones con oficiales en la puerta de su casa
- Puede grabar llamadas telefónicas con las fuerzas del orden
Dado que usted es parte de la interacción, su consentimiento por sí solo cumple el requisito legal.
Dónde puede grabar a la policía

Espacios públicos
Usted tiene el derecho más amplio a grabar a la policía en espacios públicos donde tiene derecho a estar:
- Calles y aceras públicas
- Parques y plazas públicas
- Edificios gubernamentales abiertos al público (vestíbulos, salas de audiencias)
- Paradas y vehículos de transporte público
- Estacionamientos públicos
- Su propia propiedad (incluido su patio delantero y la entrada)
Desde su vehículo
Usted puede grabar a la policía desde el interior de su vehículo durante paradas de tránsito, retenes o cuando presencia actividad policial desde su auto. Las cámaras de tablero que graban de forma continua son legales en Alaska y comúnmente captan encuentros con la policía.
Desde propiedad privada
Usted puede grabar la actividad policial que sea visible desde una propiedad privada que posea u ocupe. Por ejemplo, puede filmar a los oficiales realizando un arresto en la calle debajo de la ventana de su apartamento. Sin embargo, no puede invadir la propiedad privada de otra persona para obtener una mejor vista de la actividad policial.
Limitaciones a la grabación de la policía

Aunque el derecho a grabar es amplio, no es absoluto. Las limitaciones importantes incluyen:
No interfiera con las operaciones policiales
Usted no debe interferir físicamente con los oficiales que cumplen sus funciones. La interferencia podría incluir:
- Pararse tan cerca que impida un arresto o una investigación
- Cruzar la cinta policial o los perímetros establecidos
- Tocar a los oficiales o su equipo
- Bloquear el paso de vehículos de emergencia
- Negarse a cumplir órdenes legales de retroceder
Conforme a AS 11.56.700 (Resistir o interferir con un arresto), interferir físicamente con un oficial puede resultar en cargos penales. La distinción clave es entre la observación pasiva (protegida) y la interferencia activa (no protegida).
Cumpla con las órdenes legales
Los oficiales pueden ordenarle legalmente que se mueva a una distancia segura durante emergencias activas, escenas del crimen o situaciones peligrosas. Una orden legal de retroceder no significa que deba dejar de grabar. Usted puede cumplir con el requisito de distancia mientras continúa filmando.
Sin embargo, una orden de dejar de grabar o guardar su teléfono generalmente no es una orden legal, ya que los tribunales han sostenido de forma constante que grabar por sí solo no constituye interferencia con las funciones policiales.
No invada propiedad privada
Usted no puede invadir propiedad privada para grabar la actividad policial. Si ingresa a una propiedad privada sin permiso para obtener un mejor punto de vista, puede ser arrestado por invasión conforme a AS 11.46.320-330, sin importar lo que intentaba filmar.
Qué hacer si la policía le dice que deje de grabar

Si un oficial le dice que deje de grabar, considere estos pasos:
- Mantenga la calma y sea cortes. No discuta, no grite ni haga movimientos bruscos.
- Exprese su posición con claridad. Puede decir: Estoy ejerciendo mi derecho de la Primera Enmienda a grabar. No estoy interfiriendo con sus funciones.
- No se resista físicamente. Si un oficial intenta físicamente tomar su teléfono o detenerlo, no se resista. La resistencia física puede dar lugar a cargos adicionales.
- Continúe grabando si es posible. Si no se lo impiden físicamente, siga grabando.
- Anote números de placa y nombres. Documente las identidades de los oficiales que interfieren con su grabación.
- Presente una queja después. Si se violaron sus derechos, presente una queja ante la división de asuntos internos del departamento y considere consultar a un abogado de derechos civiles.
¿Qué pasa si la policía incauta su dispositivo de grabación?
Si la policía incauta su teléfono o cámara:
- Los oficiales generalmente necesitan una orden judicial para registrar el contenido de su teléfono, según estableció la Corte Suprema de EE. UU. en Riley v. California, 573 U.S. 373 (2014)
- No proporcione su código de acceso de forma voluntaria
- Solicite un recibo de cualquier propiedad incautada
- Comuníquese con un abogado de inmediato
- Si usa copia de seguridad en la nube, su grabación puede conservarse incluso si se llevan el dispositivo físico
Leyes sobre cámaras corporales en Alaska
Requisitos a nivel estatal
No existe un estatuto estatal de cámaras corporales en Alaska. El marco se construye a partir de la política de cada agencia y de la ordenanza municipal: el Department of Public Safety adoptó la DPS Policy 241 (vigente desde el 1 de mayo de 2023) que cubre las cámaras corporales de los troopers; el Anchorage Police Department mantiene su propia política de activación y conservación; y la Anchorage Assembly adoptó la Anchorage Ordinance 2024-69 (codificada en el Anchorage Municipal Code 3.102), el marco municipal de cámaras corporales, el 31 de julio de 2024. Otras agencias de Alaska establecen sus propias políticas respecto a:
- Si los oficiales están obligados a usar cámaras
- Cuándo deben activarse las cámaras
- Cómo se almacenan las imágenes y por cuánto tiempo
- Quién tiene acceso a las imágenes
- Cuándo se divulgan las imágenes al público
Política de cámaras corporales del Anchorage Police Department
El Anchorage Police Department (APD), la agencia de las fuerzas del orden más grande de Alaska, ha implementado cámaras corporales. La Municipality of Anchorage establece políticas para la activación de las cámaras, la conservación y el acceso público a las imágenes.
Solicitud de imágenes de cámaras corporales
Las imágenes de cámaras corporales de los departamentos de policía de Alaska pueden estar disponibles mediante solicitudes de registros públicos conforme a la Alaska Public Records Act (AS 40.25.110). Para solicitar imágenes:
- Identifique la agencia de las fuerzas del orden que tiene las imágenes
- Presente una solicitud escrita de registros públicos citando AS 40.25.110
- Especifique la fecha, la hora, el lugar y el incidente con la mayor precisión posible
- Esté preparado para que la agencia censure partes que están exentas de divulgación
Las exenciones pueden aplicarse a imágenes que:
- Forman parte de una investigación en curso
- Contienen información sobre menores
- Muestran el interior de residencias privadas
- Están sujetas a otras protecciones de privacidad establecidas por ley
El impacto del SB 85 propuesto en la grabación de la policía
El Senate Bill 85, pendiente en el Senate Labor and Commerce Committee a mayo de 2026, convertiría a Alaska en un estado de consentimiento de todas las partes y crearía una asimetría significativa en los derechos de grabación policial:
Qué cambiaría el SB 85
- Los oficiales de policía quedarían exentos del requisito de consentimiento de todas las partes al interactuar con el público, recopilar pruebas o investigar delitos. Los oficiales podrían seguir grabando sin el consentimiento de nadie.
- Los miembros del público necesitarían el consentimiento de todas las partes, incluido el oficial, antes de grabar. Esto significa que usted no podría grabar legalmente un encuentro con la policía sin el permiso del oficial.
Críticas a la propuesta
Este enfoque asimétrico ha generado fuertes críticas de:
- Periodistas y organizaciones de medios que dependen de la capacidad de grabar a la policía para la recopilación de noticias
- Grupos de libertades civiles incluida la American Civil Liberties Union (ACLU) de Alaska, que sostiene que la disposición socavaria la rendición de cuentas de la policía
- Defensores de la supervisión comunitaria que ven la grabación por parte de los ciudadanos como esencial para documentar la mala conducta
- Estudiosos del derecho que cuestionan si restringir el derecho del público a grabar a la policía sobreviviría a impugnaciones de la Primera Enmienda en un tribunal federal
A mayo de 2026, el SB 85 no se ha promulgado y no se han programado audiencias de comité.
Grabación de la policía en situaciones específicas
Paradas de tránsito
Usted puede grabar su propia parada de tránsito desde el momento en que el oficial se acerca a su vehículo. Muchos conductores usan cámaras de tablero que graban de forma continua, captando toda la interacción automáticamente. Consejos para grabar durante las paradas de tránsito:
- Monte su teléfono en un soporte de tablero visible antes de la parada
- No alcance su teléfono de una manera que pueda confundirse con buscar un arma
- Informe al oficial si necesita alcanzar su teléfono
- Mantenga las manos visibles en todo momento
Protestas y manifestaciones
El derecho a grabar a la policía en protestas y manifestaciones públicas está especialmente bien establecido. Tanto la Primera Enmienda como las protecciones constitucionales de Alaska para la reunión (Artículo I, Sección 6) respaldan la grabación en estos eventos. Sin embargo:
- Manténgase detrás de cualquier línea o barrera policial
- No bloquee las calles ni interfiera con las operaciones de control de multitudes
- Tenga en cuenta que las condiciones de la multitud pueden dificultar mantener una distancia segura
- Considere usar transmisión en vivo para preservar las imágenes en caso de que su dispositivo se pierda o sea incautado
Arrestos y usos de la fuerza
Las grabaciones de transeúntes de arrestos e incidentes de uso de la fuerza han desempeñado un papel fundamental en la rendición de cuentas a nivel nacional. En Alaska, usted puede grabar los arrestos que presencie en espacios públicos. Ubíquese a una distancia segura donde pueda ver con claridad sin estar en el área de trabajo inmediata de los oficiales.
En la puerta de su casa
Cuando la policía llega a su puerta, usted puede grabar la interacción desde el interior de su hogar. Usted tiene un derecho absoluto a grabar en su propia propiedad. Los timbres con video y las cámaras de timbre similares comúnmente captan estos encuentros. No está obligado a abrir la puerta a la policía a menos que tengan una orden judicial.
Represalias por grabar a la policía
Si un oficial de policía toma represalias contra usted por grabar, usted puede tener reclamos legales conforme a:
- 42 U.S.C. Section 1983: Un reclamo federal de derechos civiles por la violación de sus derechos de la Primera Enmienda y la Cuarta Enmienda
- Reclamos de agravio estatal: Incluidos arresto falso, agresión e incautación de propiedad
- Quejas de asuntos internos: Recursos administrativos dentro del departamento de policía
Los daños en los casos de la Sección 1983 pueden incluir daños compensatorios, daños punitivos y honorarios de abogado. Los tribunales han otorgado daños significativos en casos donde los oficiales arrestaron, detuvieron o agredieron ilegalmente a personas por grabar la actividad policial.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo grabar a la policía en Alaska?
Sí. La Primera Enmienda protege su derecho a grabar a los oficiales de las fuerzas del orden que cumplen sus funciones en espacios públicos. La ley de consentimiento de una sola parte de Alaska también le permite grabar el audio de sus propias interacciones con la policía sin avisarles. Usted no debe interferir físicamente con las operaciones policiales mientras graba.
¿Puede un oficial de policía decirme que deje de grabar en Alaska?
Un oficial puede pedirle que se mueva a una distancia segura durante una emergencia activa, pero una orden de dejar de grabar generalmente no es una orden legal. Los tribunales han sostenido de forma constante que grabar por sí solo no constituye interferencia con las funciones policiales. Si un oficial le dice que deje de grabar, exprese con calma su derecho a grabar y continúe si no se lo impiden físicamente.
¿Puede la policía incautar mi teléfono por grabarlos en Alaska?
Los oficiales generalmente no pueden incautar su teléfono solo porque usted está grabando. Conforme a Riley v. California (2014), la policía necesita una orden judicial para registrar el contenido de su teléfono. Si incautan su teléfono, no proporcione su código de acceso de forma voluntaria, solicite un recibo y comuníquese con un abogado.
¿El SB 85 haría ilegal grabar a la policía en Alaska?
De aprobarse, el SB 85 exigiría el consentimiento de todas las partes para grabar, pero incluye una exención para las fuerzas del orden. La policía podría grabar al público sin consentimiento, pero los ciudadanos necesitarían el permiso del oficial para grabar. El proyecto de ley no ha avanzado a principios de 2026, y los estudiosos del derecho cuestionan si tal restricción sobreviviría a impugnaciones de la Primera Enmienda.
¿Cómo obtengo imágenes de cámaras corporales de la policía en Alaska?
Presente una solicitud escrita de registros públicos ante la agencia de las fuerzas del orden correspondiente conforme a la Alaska Public Records Act (AS 40.25.110). Especifique la fecha, la hora, el lugar y el incidente. La agencia puede censurar partes de las imágenes que estén exentas de divulgación, como las imágenes relacionadas con investigaciones en curso o que muestren a menores.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 4 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Alaska Statutes, Title 11. Criminal Law, Chapter 56. Offenses Against Public Administration
§ 11.56.700Resisting or interfering with arrestVigente
(a) A person commits the crime of resisting or interfering with arrest if, knowing that a peace officer is making an arrest, with the intent of preventing the officer from making the arrest, the person resists personal arrest or interferes with the arrest of another by (1) force; (2) committing any degree of criminal mischief; or (3) any means that creates a substantial risk of physical injury to any person. (b) Resisting or interfering with arrest is a class A misdemeanor.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-31 · Lea la sección completa en akleg.gov
Alaska Statutes, Title 40. Public Records and Recorders, Chapter 25. Public Record Disclosures
§ 40.25.110Public records open to inspection and copying; feesVigente
(a) Unless specifically provided otherwise, the public records of all public agencies are open to inspection by the public under reasonable rules during regular office hours. The public officer having the custody of public records shall give on request and payment of the fee established under this section or AS 40.25.115 a certified copy of the public record. (b) Except as otherwise provided in this section, the fee for copying public records may not exceed the standard unit cost of duplication established by the public agency. (c) If the production of records for one requester in a calendar month exceeds five person-hours, the public agency shall require the requester to pay the personnel costs required during the month to complete the search and copying tasks. The personnel costs may not exceed the actual salary and benefit costs for the personnel time required to perform the search and copying tasks. The requester shall pay the fee before the records are disclosed, and the public agency may require payment in advance of the search. (d) A public agency may reduce or waive a fee when the public agency determines that the reduction or waiver is in the public interest.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-31 · Lea la sección completa en akleg.gov
Alaska Statutes, Title 42. Public Utilities and Carriers and Energy Programs, Chapter 20. Telegraph and Telephone Systems and Cable Lines; Eavesdropping
§ 42.20.310EavesdroppingVigentecitada en 14 de nuestros artículos
(a) A person may not (1) use an eavesdropping device to hear or record all or any part of an oral conversation without the consent of a party to the conversation; (2) use or divulge any information which the person knows or reasonably should know was obtained through the illegal use of an eavesdropping device for personal benefit or another's benefit; (3) publish the existence, contents, substance, purport, effect, or meaning of any conversation the person has heard through the illegal use of an eavesdropping device; (4) divulge, or publish the existence, contents, substance, purport, effect, or meaning of any conversation the person has become acquainted with after the person knows or reasonably should know that the conversation and the information contained in the conversation was obtained through the illegal use of an eavesdropping device. (b) In this section eavesdropping device means any device capable of being used to hear or record oral conversation whether the conversation is conducted in person, by telephone, or by any other means; provided that this definition does not include devices used for the restoration of the deaf or hard-of-hearing to normal or partial hearing.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-31 · Lea la sección completa en akleg.gov
United States Code Title 42
§ 1983Civil action for deprivation of rightsVigentecitada en 47 de nuestros artículos
Every person who, under color of any statute, ordinance, regulation, custom, or usage, of any State or Territory or the District of Columbia, subjects, or causes to be subjected, any citizen of the United States or other person within the jurisdiction thereof to the deprivation of any rights, privileges, or immunities secured by the Constitution and laws, shall be liable to the party injured in an action at law, suit in equity, or other proper proceeding for redress, except that in any action brought against a judicial officer for an act or omission taken in such officer’s judicial capacity, injunctive relief shall not be granted unless a declaratory decree was violated or declaratory relief was unavailable. For the purposes of this section, any Act of Congress applicable exclusively to the District of Columbia shall be considered to be a statute of the District of Columbia.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en uscode.house.gov
Fuentes y referencias
- AS 42.20.310 - Estatuto de escucha ilegal(akleg.gov).gov
- AS 40.25.110 - Alaska Public Records Act(akleg.gov).gov
- AS 11.56.700 - Resistir o interferir con un arresto(akleg.gov).gov
- Senate Bill 85 - 34th Alaska Legislature(akleg.gov).gov
- Constitución de Alaska(ltgov.alaska.gov).gov
- U.S. DOJ - Abordar la mala conducta policial(justice.gov).gov
- 42 U.S.C. Section 1983(uscode.house.gov).gov
- Askins v. DHS, 899 F.3d 1035 (9th Cir. Aug. 14, 2018)(cdn.ca9.uscourts.gov).gov
- Fordyce v. City of Seattle, 55 F.3d 436 (9th Cir. 1995)(cdn.ca9.uscourts.gov).gov