Virginia
Leyes de Virginia sobre voyerismo y cámaras ocultas: penas y protecciones

Virginia prohíbe filmar en secreto a una persona que no consiente en estado de desvestida o en un lugar con una expectativa razonable de privacidad bajo Va. Code 18.2-386.1, lo que convierte un primer delito en un delito menor de Clase 1 y eleva el cargo a un delito grave de Clase 6 cuando la víctima es menor de 18 años.
Virginia tiene un sólido conjunto de leyes dirigidas al voyerismo, las cámaras ocultas y la creación y distribución no consentida de imágenes íntimas. Estos estatutos protegen a las personas en entornos donde tienen una expectativa razonable de privacidad, incluidos baños, recámaras, vestidores, áreas de cambio y cualquier otro espacio donde una persona razonablemente esperaría no ser observada ni grabada en estado de desvestida.
Esta guía cubre todos los estatutos relacionados con el voyerismo de Virginia, los actos específicos que prohíben, las penas para cada delito, los recursos civiles disponibles para las víctimas y cómo se aplican estas leyes a tecnologías emergentes como los deepfakes y los dispositivos de grabación ocultos.
Estatutos centrales de voyerismo de Virginia
Virginia aborda el voyerismo mediante tres estatutos principales que trabajan en conjunto para cubrir diferentes aspectos de las violaciones de la privacidad:
| Estatuto | Qué cubre | Enfoque clave |
|---|---|---|
| Va. Code 18.2-386.1 | Creación ilegal de imagen de otra persona | Filmación secreta de personas que no consienten en entornos privados |
| Va. Code 18.2-130 | Espiar o mirar furtivamente dentro de una vivienda | Espionaje físico a través de una ventana, puerta o mirilla dentro de edificios ocupados |
| Va. Code 18.2-386.2 | Diseminación ilegal de imágenes | Distribución de imágenes íntimas sin consentimiento |
Cada estatuto se dirige a una etapa diferente de la violación: la creación de la imagen, el acto de espiar y la distribución del contenido.
Creación ilegal de imagen (Va. Code 18.2-386.1)

Qué prohíbe el estatuto
Va. Code Ann. 18.2-386.1 tipifica como delito crear a sabiendas e intencionalmente una imagen videográfica o fija de una persona que no consiente cuando esa persona está:
- Totalmente desnuda en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad
- Vestida con ropa interior en dicho lugar
- En estado de desvestida en dicho lugar
El estatuto también penaliza específicamente filmar las partes íntimas de una persona que no consiente cuando esas partes están cubiertas por ropa y de otro modo no serían visibles para el público. Esta disposición se dirige directamente al upskirting, al downblousing y a actos similares.
Elementos legales clave
Para una condena bajo este estatuto, la fiscalía debe probar:
- Conducta a sabiendas e intencional - Las grabaciones accidentales no están cubiertas
- Persona que no consiente - La persona filmada no aceptó ser grabada
- Expectativa razonable de privacidad - La persona estaba en un lugar donde razonablemente esperaría no ser observada (para grabaciones de desnudez o desvestida)
- Partes íntimas no visibles de otro modo - Para los delitos tipo upskirting, las áreas objetivo normalmente no serían visibles para el público
Dónde existe una expectativa razonable de privacidad
Los tribunales de Virginia reconocen una expectativa razonable de privacidad en lugares como:
- Baños y servicios sanitarios privados
- Recámaras en una residencia
- Vestidores y probadores
- Vestidores y regaderas
- Habitaciones de hotel y motel
- Salas de exploración médica
- Cualquier espacio cerrado donde una persona razonablemente se desvestiría
Los baños públicos, aunque sean accesibles para muchas personas, conservan una expectativa razonable de privacidad contra ser grabados.
Penas
| Delito | Clasificación | Pena máxima |
|---|---|---|
| Primer delito (víctima adulta) | Delito menor de Clase 1 | 12 meses de cárcel y/o multa de $2,500 |
| Víctima menor de 18 | Delito grave de Clase 6 | De 1 a 5 años de prisión |
| Segundo delito o subsiguiente (víctima adulta) | Delito grave de Clase 6 | De 1 a 5 años de prisión |
Registro de delincuentes sexuales
Una condena bajo Va. Code 18.2-386.1 puede requerir el registro en el Registro de Delincuentes Sexuales de Virginia, según las circunstancias y la determinación del tribunal. El Registro de Delincuentes Sexuales de la Policía Estatal de Virginia mantiene la base de datos estatal.
Espiar o mirar furtivamente (Va. Code 18.2-130)

Alcance del estatuto
Va. Code Ann. 18.2-130 tipifica como ilegal:
- Entrar a la propiedad de otra persona para espiar o mirar furtivamente a través de cualquier ventana, puerta u otra abertura de cualquier vivienda ocupada
- Usar una mirilla u otra abertura para espiar o mirar furtivamente un baño, vestidor, casillero, habitación de hotel o motel, cama o cabina de bronceado, recámara o lugar similar con el propósito de observar a una persona que no ha dado su consentimiento y que está desnuda, en ropa interior o en estado de desnudez parcial
- Una "mirilla", según la define el estatuto, es cualquier hoyo, grieta u otra abertura similar a través de la cual una persona pueda ver
Este estatuto es más amplio que el estatuto de voyerismo en algunos aspectos. No requiere que la víctima esté desnuda o desvestida. Simplemente espiar dentro de la vivienda de alguien con el propósito de observarla, sin importar su estado de vestimenta, es suficiente para el enjuiciamiento.
Qué significa "mirilla" según el estatuto
Va. Code 18.2-130 define "mirilla" de forma estricta: "cualquier hoyo, grieta u otra abertura similar a través de la cual una persona pueda ver". El estatuto se basa en aberturas físicas, no en tecnología de grabación, ya sea:
- Una ventana, puerta u otra abertura hacia una vivienda ocupada
- Un hoyo, grieta u abertura similar usada para ver uno de los lugares privados enumerados (baños, vestidores, casilleros, habitaciones de hotel o motel, camas o cabinas de bronceado, recámaras)
Grabar a una persona con una cámara oculta, un dron u otro dispositivo electrónico se aborda, en cambio, bajo Va. Code 18.2-386.1, el estatuto de Virginia sobre creación ilegal de imágenes, tratado anteriormente.
Penas
| Delito | Clasificación | Pena máxima |
|---|---|---|
| Primer delito | Delito menor de Clase 1 | 12 meses de cárcel y/o multa de $2,500 |
Distribución no consentida de imágenes íntimas (Va. Code 18.2-386.2)

Qué constituye una violación
Va. Code Ann. 18.2-386.2 prohíbe la diseminación o venta maliciosa de una imagen videográfica o fija de otra persona que fue creada de una manera prohibida por Va. Code 18.2-386.1, o que representa a la persona en estado de desnudez o realizando conducta sexual cuando la persona representada no ha consentido la diseminación.
La ley exige que la persona que distribuye las imágenes lo haga con la intención de coaccionar, hostigar o intimidar a la persona representada, o que la distribución se realice maliciosamente.
Cobertura de contenido generado por IA (deepfakes)
Virginia amplió este estatuto para cubrir las imágenes creadas por cualquier medio, lo que incluye explícitamente:
- Imágenes generadas por IA que representan a una persona real reconocible en un contexto íntimo o sexual
- Fotografías manipuladas digitalmente donde el rostro de una persona se coloca sobre una imagen explícita
- Video generado por computadora (video deepfake) que representa a una persona reconocible
- Cualquier medio sintético que use la imagen de una persona sin consentimiento
Esto hace de Virginia uno de los estados más completos en abordar el contenido íntimo deepfake. La tecnología usada para crear la imagen es irrelevante; lo que importa es que representa a una persona reconocible sin su consentimiento.
Penas por distribución
| Delito | Clasificación | Pena máxima |
|---|---|---|
| Primer delito | Delito menor de Clase 1 | 12 meses de cárcel y/o multa de $2,500 |
| Segundo delito o subsiguiente | Delito grave de Clase 6 | De 1 a 5 años de prisión |
Recursos civiles para las víctimas
Va. Code 8.01-40.4: acción civil
Va. Code Ann. 8.01-40.4 proporciona a las víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas una causa de acción civil. Las víctimas pueden demandar por:
- Daños compensatorios por angustia emocional, daño a la reputación y otras pérdidas reales
- Daños punitivos por conducta especialmente atroz
- Honorarios y costos razonables de abogados
Este recurso civil es independiente de cualquier enjuiciamiento penal. Una víctima puede buscar daños civiles incluso si el perpetrador no es acusado penalmente, e incluso si un caso penal resulta en absolución.
Va. Code 19.2-69: acción civil por interceptación ilegal
Si la grabación voyeurista también involucró interceptación de audio (violando el estatuto de escuchas telefónicas), las víctimas tienen un recurso civil adicional bajo Va. Code Ann. 19.2-69, que proporciona daños legales de $400 por día ($4,000 mínimo) o $800 por día ($8,000 mínimo) para comunicaciones privilegiadas.
Órdenes de protección
Las víctimas de voyerismo pueden solicitar una orden de protección bajo Va. Code Ann. 19.2-152.8. Una orden de protección puede exigir al perpetrador que:
- Cese todo contacto con la víctima
- Se mantenga alejado del hogar, el lugar de trabajo y la escuela de la víctima
- Se abstenga de más grabación o vigilancia
- Elimine o destruya cualquier imagen en su posesión
Escenarios comunes de voyerismo en Virginia
Cámaras ocultas en baños y vestidores
Instalar cámaras ocultas en servicios sanitarios, baños, vestidores o probadores se encuentra entre los delitos de voyerismo más comúnmente enjuiciados. Estas cámaras a menudo se disfrazan de objetos cotidianos como detectores de humo, ambientadores, cargadores de teléfono o relojes.
Tanto los propietarios de vivienda que graban a invitados como los negocios que graban a clientes o empleados en estos espacios privados enfrentan el enjuiciamiento bajo Va. Code 18.2-386.1.
Cámaras ocultas en propiedades de alquiler
Los propietarios que instalan cámaras ocultas en las unidades de alquiler enfrentan responsabilidad penal bajo Va. Code 18.2-386.1 (creación ilegal de imagen). Si el propietario también espía físicamente a través de una ventana, puerta o mirilla, esa conducta podría violar por separado Va. Code 18.2-130. Los inquilinos que descubran cámaras ocultas deben contactar a los agentes del orden de inmediato y documentar los dispositivos con fotografías antes de que se retiren.
Cámaras ocultas en el lugar de trabajo
Los empleadores que colocan cámaras en baños, vestidores, áreas de cambio o salas de lactancia violan la ley de Virginia. Aunque los empleadores pueden instalar cámaras en áreas de trabajo comunes (vestíbulos, pasillos, pisos de ventas), las áreas donde los empleados tienen una expectativa razonable de privacidad para desvestirse están prohibidas.
Vigilancia de la pareja íntima
Grabar a una pareja íntima sin consentimiento en entornos privados puede constituir voyerismo. Esto incluye:
- Cámaras ocultas en recámaras compartidas colocadas sin el conocimiento de la otra pareja
- Grabar a una pareja mientras se duche o se bañe sin consentimiento
- Compartir grabaciones íntimas de una pareja después de que termina una relación (pornografía de venganza)
Los tribunales de Virginia toman estos casos con seriedad, y a menudo se cruzan con las órdenes de protección por violencia doméstica.
Upskirting y transporte público
La disposición de Virginia dirigida a la grabación de las partes íntimas cubiertas por ropa aborda específicamente el upskirting. Esto puede ocurrir en el transporte público, en tiendas, en eventos o en cualquier lugar público. Aunque la víctima esté en un espacio público, el acto de grabar áreas que de otro modo no serían visibles constituye un delito penal.
Preocupaciones específicas de la tecnología
Cámaras espía y dispositivos de grabación en miniatura
La miniaturización de las cámaras ha hecho que los dispositivos de grabación ocultos sean cada vez más difíciles de detectar. La ley de Virginia se aplica sin importar el tamaño o la sofisticación del dispositivo. Ya sea que el dispositivo sea una cámara de orificio, una cámara disfrazada de cargador USB o un sistema de vigilancia instalado profesionalmente, el análisis legal es el mismo: si capta imágenes de una persona que no consiente en un entorno privado, viola la ley de Virginia.
Dispositivos de hogar inteligente
Las cámaras de hogar inteligente, incluidas las cámaras de timbre y los sistemas de seguridad interiores, pueden plantear problemas de voyerismo cuando:
- Están apuntadas a áreas donde otros tienen una expectativa razonable de privacidad
- Un miembro del hogar las usa para grabar de forma encubierta a otro miembro en entornos privados
- Captan imágenes visibles a través de las ventanas de un vecino
El uso legítimo de seguridad de estos dispositivos es legal, pero captar imágenes de un vecino en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad puede violar Va. Code 18.2-386.1.
Redes sociales y distribución
Compartir imágenes voyeuristas en plataformas de redes sociales, a través de aplicaciones de mensajería, en sitios web o por cualquier medio electrónico constituye distribución bajo Va. Code 18.2-386.2. Cada acto de compartir puede enjuiciarse por separado, y la difusión de las imágenes por internet puede aumentar significativamente el daño a la víctima y los daños otorgados en los procesos civiles.
Defensas y excepciones
Consentimiento
El consentimiento es una defensa completa contra los cargos de voyerismo. Si la persona grabada aceptó a sabiendas y voluntariamente la grabación, los estatutos no se aplican. Sin embargo, el consentimiento debe ser genuino e informado. El consentimiento obtenido mediante fraude, coacción o engaño puede no reconocerse como válido.
Fines legítimos de seguridad
La videovigilancia con fines legítimos de seguridad en áreas donde no hay una expectativa razonable de privacidad contra la observación visual no es voyerismo. Las cámaras de tiendas en los pasillos de compras, las cámaras de estacionamiento y las cámaras de vestíbulo sirven fines legítimos y no violan estos estatutos.
Grabación accidental
El estatuto de voyerismo requiere conducta a sabiendas e intencional. Si un dispositivo de grabación capta accidentalmente contenido que de otro modo violaría el estatuto, la falta de intención es una defensa. Sin embargo, retener o distribuir contenido íntimo captado accidentalmente podría constituir un delito separado.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es la pena por voyerismo en Virginia?
La filmación voyeurista de un adulto es un delito menor de Clase 1 bajo Va. Code 18.2-386.1, castigada con hasta 12 meses de cárcel y una multa de $2,500. Si la víctima es menor de 18 años, es un delito grave de Clase 6 con 1 a 5 años de prisión. El segundo delito y los subsiguientes contra adultos también son delitos graves de Clase 6.
¿Es ilegal poner una cámara oculta en un baño en Virginia?
Sí. Instalar una cámara oculta en un baño donde alguien tiene una expectativa razonable de privacidad viola Va. Code 18.2-386.1 (creación ilegal de imagen). No violaría por separado Va. Code 18.2-130 (espiar o mirar furtivamente), que cubre el espionaje físico a través de una ventana, puerta o mirilla, no dispositivos de grabación. Las penas van desde un delito menor de Clase 1 hasta un delito grave de Clase 6 según la edad de la víctima y el historial previo del infractor.
¿Es ilegal la pornografía de venganza en Virginia?
Sí. Va. Code 18.2-386.2 penaliza la distribución maliciosa de imágenes íntimas sin consentimiento, incluidos los deepfakes generados por IA. Un primer delito es un delito menor de Clase 1, y los delitos subsiguientes son delitos graves de Clase 6. Las víctimas también pueden demandar por daños compensatorios y punitivos bajo Va. Code 8.01-40.4.
¿La ley de voyerismo de Virginia cubre las imágenes íntimas deepfake?
Sí. Virginia amplió Va. Code 18.2-386.2 para cubrir las imágenes creadas por cualquier medio, incluido el contenido generado por IA y las imágenes manipuladas digitalmente. Distribuir o vender maliciosamente una imagen íntima deepfake de una persona reconocible sin su consentimiento es ilegal; el estatuto se enfoca en la diseminación, no en el acto de crear la imagen.
¿Puedo demandar a alguien por voyerismo en Virginia?
Sí. Va. Code 8.01-40.4 proporciona una causa de acción civil para las víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas. Las víctimas pueden recuperar daños compensatorios, daños punitivos y honorarios de abogados. Si el voyerismo también involucró interceptación de audio, hay daños civiles adicionales disponibles bajo Va. Code 19.2-69.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Se corrigió la descripción del estatuto de espionaje/mirar furtivamente de Virginia (Va. Code 18.2-130): se aplica a aberturas físicas y mirillas, no a dispositivos electrónicos, y es un delito menor de Clase 1 fijo sin agravante por reincidencia ni por arma mortal; también se aclaró que el estatuto de distribución de imágenes deepfake (18.2-386.2) penaliza la diseminación, no la creación.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 6 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Code of Virginia, Title 18.2: Crimes and Offenses Generally
§ 18.2-130Peeping or spying into dwelling or enclosureVigentecitada en 9 de nuestros artículos
A. It shall be unlawful for any person to enter upon the property of another and secretly or furtively peep, spy or attempt to peep or spy into or through a window, door or other aperture of any building, structure, or other enclosure of any nature occupied or intended for occupancy as a dwelling, whether or not such building, structure or enclosure is permanently situated or transportable and whether or not such occupancy is permanent or temporary, or to do the same, without just cause, upon property owned by him and leased or rented to another under circumstances that would violate the occupant's reasonable expectation of privacy. B.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
§ 18.2-386.1Unlawful creation of image of another; penaltyVigentecitada en 16 de nuestros artículos
A. It is unlawful for any person to knowingly and intentionally create any videographic or still image by any means whatsoever of any nonconsenting person if (i) that person is (a) totally nude; (b) clad in undergarments; (c) in a state of undress so as to expose the genitals, pubic area, buttocks, or female breast; or (d) not exposed to show the genitals, pubic area, buttocks, or female breast but such videographic or still image is obscene, as defined in § 18.2-372, when such nonconsenting person is in a restroom, dressing room, locker room, hotel room, motel room, tanning bed, tanning booth, bedroom, or other location; or (ii) the videographic or still image is created by placing the lens or image-gathering component of the recording device in a position directly beneath or between a person's legs for the purpose of capturing an image of the person's intimate parts or undergarments covering those intimate parts when the intimate parts or undergarments would not otherwise be visible to the general public; and when the circumstances set forth in clause (i) or (ii) are otherwise such that the person being recorded would have a reasonable expectation of privacy. B.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
§ 18.2-386.2Unlawful dissemination or sale of images of another; penaltyVigentecitada en 9 de nuestros artículos
A. Any person who, with the intent to coerce, harass, or intimidate, maliciously disseminates or sells any videographic or still image created by any means whatsoever that depicts another person (i) who is totally nude; (ii) who is in a state of undress so as to expose the genitals, pubic area, buttocks, or female breast; or (iii) whose genitals, pubic area, buttocks, or female breast are not exposed but such videographic or still image is obscene as defined in § 18.2-372 where such person knows or has reason to know that he is not licensed or authorized to disseminate or sell such videographic or still image is guilty of a Class 1 misdemeanor. For purposes of this subsection, "another person" includes a person whose image was used in creating, adapting, or modifying a videographic or still image with the intent to depict an actual person and who is recognizable as an actual person by the person's face, likeness, or other distinguishing characteristic. B.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
Code of Virginia, Title 19.2: Criminal Procedure
§ 19.2-152.8Emergency protective orders authorizedVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. Any judge of a circuit court, general district court, juvenile and domestic relations district court or magistrate may issue a written or oral ex parte emergency protective order pursuant to this section in order to protect the health or safety of any person. B. When a law-enforcement officer or an alleged victim asserts under oath to a judge or magistrate that such person is being or has been subjected to an act of violence, force, or threat and on that assertion or other evidence the judge or magistrate finds that (i) there is probable danger of a further such act being committed by the respondent against the alleged victim or (ii) a petition or warrant for the arrest of the respondent has been issued for any criminal offense resulting from the commission of an act of violence, force, or threat, the judge or magistrate shall issue an ex parte emergency protective order imposing one or more of the following conditions on the respondent: 1. Prohibiting acts of violence, force, or threat or criminal offenses resulting in injury to person or property; 2.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
§ 19.2-69Civil action for unlawful interception, disclosure, or useVigentecitada en 9 de nuestros artículos
Any person whose wire, electronic, or oral communication is intercepted, disclosed, or used in violation of this chapter shall (i) have a civil cause of action against any person who intercepts, discloses, or uses, or procures any other person to intercept, disclose, or use, such communications and (ii) be entitled to recover from any such person: 1. Actual damages but not less than liquidated damages computed at the rate of $400 a day for each day of violation or $4,000, whichever is higher, provided that liquidated damages shall be computed at the rate of $800 a day for each day of violation or $8,000, whichever is higher, if the wire, electronic, or oral communication intercepted, disclosed, or used is between (i) persons married to each other; (ii) an attorney and client; (iii) a licensed practitioner of the healing arts and patient; (iv) a licensed professional counselor, licensed clinical social worker, licensed psychologist, or licensed marriage and family therapist and client; or (v) a clergy member and person seeking spiritual counsel or advice; 2. Punitive damages; and 3. A reasonable attorney fee and other litigation costs reasonably incurred.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
Code of Virginia, Title 8.01: Civil Remedies and Procedure
§ 8.01-40.4Civil action for unlawful creation of image of another or unlawful dissemination or sale of images of anotherVigentecitada en 8 de nuestros artículos
A. Any person injured by an individual who engaged in conduct that is prohibited under § 18.2-386.1 or 18.2-386.2, whether or not the individual has been charged with or convicted of the alleged violation, may sue therefor and recover compensatory damages, punitive damages, and reasonable attorney fees and costs. B. No action shall be commenced under this section more than two years after the later of (i) the date of the last act in violation of § 18.2-386.1 or 18.2-386.2, (ii) the date on which such person attained 18 years of age, or (iii) the date on which such person discovered or reasonably should have discovered the prohibited conduct. C. Nothing in this section shall be construed to impose liability on an interactive computer service, as defined in 47 U.S.C. § 230(f), for content provided by another person.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
Fuentes y referencias
- Va. Code Ann. 18.2-386.1 - Creación ilegal de imagen de otra persona(law.lis.virginia.gov).gov
- Va. Code Ann. 18.2-130 - Espiar o mirar furtivamente dentro de una vivienda o recinto(law.lis.virginia.gov).gov
- Va. Code Ann. 18.2-386.2 - Diseminacion ilegal de imágenes de otra persona(law.lis.virginia.gov).gov
- Va. Code Ann. 8.01-40.4 - Acción civil por imágenes íntimas no consentidas(law.lis.virginia.gov).gov
- Va. Code Ann. 19.2-69 - Acción civil por interceptación ilegal(law.lis.virginia.gov).gov
- Registro de Delincuentes Sexuales de la Policía Estatal de Virginia(sex-offender.vsp.virginia.gov).gov