Virginia
Leyes de Manutención Conyugal (Pensión Alimenticia) de Virginia: Como Funciona (2026)

Virginia lo llama manutención conyugal, no pensión alimenticia. Las adjudicaciones finales son totalmente discrecionales bajo Va. Code sección 20-107.1, que enumera 13 factores que los jueces deben sopesar. Una fórmula temporal presuntiva se aplica pendente lite para la mayoría de las parejas de ingresos más bajos, y el adulterio puede impedir el apoyo por completo.
Información verificada por última vez el 1 de junio de 2026.
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¿Qué es la manutención conyugal en Virginia?
Los tribunales de Virginia usan el término manutención conyugal en lugar de pensión alimenticia. Los dos términos describen el mismo concepto: un ex cónyuge paga dinero al otro después de la separación o el divorcio. Las leyes de Virginia han usado la frase manutención conyugal exclusivamente desde que se promulgó el código moderno de relaciones domésticas.
La autoridad para conceder la manutención conyugal proviene de Va. Code sección 20-107.1. Conforme a esa sección, un tribunal de circuito puede decretar el sustento y la manutención de un cónyuge en cualquier procedimiento de divorcio, anulación o manutención por separado. El tribunal tiene discreción para hacer o negar una adjudicación, y para fijar su monto y duración, después de sopesar los 13 factores enumerados en la subsección E.
Virginia reconoce cuatro tipos de adjudicaciones de manutención conyugal:
- Apoyo pendente lite: Apoyo temporal pagado mientras el procedimiento de divorcio está pendiente. Esta diseñado para mantener el statu quo financiero durante el litigio y no predetermina la adjudicación final.
- Apoyo periódico por una duración definida: Pagos regulares que terminan en una fecha especifica o cuando ocurre un evento determinado. Se usa a menudo cuando el cónyuge que recibe necesita tiempo para reincorporarse a la fuerza laboral o completar su educación.
- Apoyo periódico por una duración indefinida: Pagos regulares sin fecha de finalización fija. Más común después de matrimonios largos, particularmente cuando un cónyuge hizo sacrificios profesionales sustanciales o enfrenta condiciones de salud que limitan su capacidad de generación de ingresos.
- Apoyo de suma global: Un solo pago o una serie de pagos que suman un monto fijo. Menos común pero disponible cuando las circunstancias lo justifican.
Los tribunales también pueden combinar tipos, por ejemplo ordenando pagos periódicos por un periodo definido seguidos de un pago de suma global.
La fórmula de apoyo pendente lite (temporal)
La manutención conyugal pendente lite se concede bajo Va. Code sección 20-103 para atender las necesidades financieras inmediatas del cónyuge de menores ingresos mientras el caso está pendiente. Para la mayoría de los casos, los tribunales de Virginia aplican una fórmula presuntiva en lugar de una audiencia probatoria completa sobre el apoyo temporal.

La fórmula se aplica cuando el ingreso bruto mensual combinado de las partes no excede los $10,000. La adjudicación se calcula de la siguiente manera:
Sin hijos menores en común: Adjudicación = 27% del ingreso bruto mensual del pagador menos 50% del ingreso bruto mensual del beneficiario
Con hijos menores en común: Adjudicación = 26% del ingreso bruto mensual del pagador menos 58% del ingreso bruto mensual del beneficiario
El ingreso bruto mensual se define por referencia a Va. Code sección 20-108.2, la misma definición usada para fines de manutención de los hijos. Incluye salarios, sueldos, comisiones, bonos, dividendos, pensiones, intereses, ingresos de fideicomisos y la mayoría de las demás fuentes de ingresos regulares antes de impuestos o deducciones.
La fórmula produce un monto presuntivo. Un tribunal puede apartarse de ella por causa justificada, incluyendo pruebas sobre las circunstancias financieras actuales de las partes o el impacto de cualquier exención fiscal. Cuando tanto la manutención de los hijos como la manutención conyugal están en juego, el tribunal debe determinar primero la manutención conyugal antes de calcular la hoja de trabajo de manutención de los hijos.
Cuando el ingreso bruto mensual combinado excede los $10,000, o cuando la fórmula produciría un número cero o negativo, el tribunal realiza un análisis más abierto de las circunstancias financieras de las partes para fijar el apoyo temporal.
Cómo se decide la manutención conyugal final: los 13 factores
Para la manutención conyugal final (posterior al decreto), no hay fórmula. Conforme a Va. Code sección 20-107.1(E), el tribunal debe considerar todos los siguientes 13 factores al determinar la naturaleza, el monto y la duración de cualquier adjudicación:
- Las obligaciones, las necesidades y los recursos financieros de las partes, incluyendo entre otros los ingresos de pensiones, participación en utilidades o planes de jubilación de cualquier tipo.
- El nivel de vida establecido durante el matrimonio.
- La duración del matrimonio.
- La edad, la condición física y la condición mental de las partes y cualquier circunstancia especial de la familia.
- La medida en que la edad, la condición física o la condición mental de cualquier hijo de las partes haría apropiado que una parte renuncie al empleo.
- Las contribuciones, monetarias y no monetarias, de cada parte al bienestar de la familia.
- Los intereses patrimoniales de las partes, tanto reales como personales, tangibles e intangibles.
- Las disposiciones tomadas con respecto a los bienes matrimoniales bajo Va. Code sección 20-107.3.
- La capacidad de generación de ingresos de cada parte, incluyendo las habilidades, la educación y la capacitación de las partes y las oportunidades de empleo actuales para personas que poseen tal capacidad de generación de ingresos.
- La oportunidad, la capacidad y el tiempo y los costos involucrados para que una de las partes adquiera la educación, la capacitación y el empleo apropiados para obtener las habilidades necesarias para mejorar su capacidad de generación de ingresos.
- Las decisiones sobre empleo, carrera, economía, educación y arreglos de crianza tomadas por las partes durante el matrimonio y su efecto en el potencial de ingresos presente y futuro, incluyendo el tiempo que una de las partes pudo haber estado ausente del mercado laboral.
- La medida en que cualquiera de las partes ha contribuido al logro de la educación, la capacitación, la posición profesional o la profesión de la otra parte.
- Otros factores, incluyendo las consecuencias fiscales para cada parte y las circunstancias y factores que contribuyeron a la disolución del matrimonio, incluyendo específicamente cualquier causa de divorcio conforme a las disposiciones de Va. Code sección 20-91(A)(3) o (6) o sección 20-95, que sean necesarios para considerar la equidad entre las partes.
Ningún factor por sí solo es determinante. Los tribunales deben abordar cada factor en el expediente, y los tribunales de apelaciones han revocado adjudicaciones cuando un tribunal de primera instancia no consideró uno o más de ellos. El factor 13 permite expresamente al tribunal sopesar las circunstancias que causaron el fin del matrimonio, incluyendo cualquier causa de divorcio basada en culpa, una disposición que funciona en paralelo con el impedimento por adulterio que se analiza en la siguiente sección.
La investigación de 13 factores rige tanto la cuestión umbral de si conceder apoyo en absoluto como las cuestiones posteriores de cuanto apoyo conceder y por cuanto tiempo. Los tribunales tienen amplia latitud para conceder una adjudicación de plazo fijo corto, una adjudicación indefinida o ninguna adjudicación, según los hechos del caso particular.
La culpa y el impedimento por adulterio
Virginia es uno de los pocos estados que conserva un impedimento estricto por culpa sobre la manutención conyugal. Conforme a Va. Code sección 20-107.1(B), no se puede conceder manutención conyugal permanente a un cónyuge si existe una causa de divorcio a favor del otro cónyuge bajo Va. Code sección 20-91(A)(1). Esa disposición cubre el adulterio. Un tribunal que constata el adulterio impide al cónyuge culpable cualquier adjudicación.

El impedimento es automático. Una vez que un tribunal constata que el cónyuge que busca apoyo cometió adulterio, la regla por defecto es que no se concede apoyo. El cónyuge culpable no solo recibe una adjudicación reducida; la adjudicación esta categóricamente prohibida.
La excepción de injusticia manifiesta. El impedimento por adulterio tiene una válvula de seguridad. Conforme a la sección 20-107.1(B), un tribunal aún puede conceder apoyo si, con base en pruebas claras y convincentes, constata que la denegación constituiría una injusticia manifiesta. Para llegar a esa conclusión, el tribunal debe sopesar dos consideraciones específicas: (1) los grados respectivos de culpa durante el matrimonio, y (2) las circunstancias económicas relativas de las partes.
El estándar de injusticia manifiesta es exigente. Los tribunales de Virginia lo han aplicado de manera limitada. Un cónyuge que busca superar el impedimento debe presentar pruebas claras y convincentes: una carga más alta que el estándar de preponderancia usado para la mayoría de los asuntos civiles. El peso combinado de la comparación de culpa y la disparidad económica hace que una denegación total sea inconcebiblemente dura.
Virginia también reconoce otras causas de divorcio basadas en culpa, incluyendo la crueldad, el abandono y la condena por delito grave. Aunque estas no impiden automáticamente el apoyo de la manera en que lo hace el adulterio, el factor 13 del análisis de 13 factores requiere que los tribunales consideren las circunstancias que causaron el fin del matrimonio, lo que significa que la conducta culpable menor al adulterio aún puede reducir o eliminar una adjudicación de apoyo a discreción del tribunal.
Como termina o cambia el apoyo
Nuevas nupcias
La manutención conyugal termina automáticamente con las nuevas nupcias del cónyuge beneficiario a menos que la orden o un acuerdo de separación disponga expresamente lo contrario. Conforme a Va. Code sección 20-109(D), el beneficiario tiene el deber afirmativo de notificar al pagador inmediatamente al volver a casarse. El pagador no necesita obtener una orden judicial para la terminación: la obligación termina por imperio de la ley. Es aconsejable presentar una solicitud para confirmar la terminación y evitar disputas futuras.
Cohabitación
Conforme a Va. Code sección 20-109(A), un tribunal debe terminar la manutención conyugal al haber pruebas claras y convincentes de que el beneficiario ha estado cohabitando habitualmente con otra persona en una relación análoga al matrimonio durante un año o más. Esta regla se aplica a todas las órdenes de apoyo sin importar cuando se dictó el divorcio.
Se aplican dos excepciones. Primero, si el acuerdo de separación de las partes establece expresamente que la cohabitación no afectará el apoyo, esa disposición contractual controla. Segundo, incluso sin tal acuerdo, el tribunal puede negarse a terminar si el beneficiario prueba por preponderancia de la evidencia que la terminación seria inconcebible. La excepción de inconcebibilidad es carga del beneficiario establecerla una vez que el pagador demuestra la cohabitación que califica.
Muerte
El apoyo termina con la muerte de cualquiera de las partes a menos que la orden disponga expresamente lo contrario. Si el pagador fallece, la obligación no pasa al patrimonio del pagador como regla general. Las partes que desean protección contra ese riesgo suelen negociar un seguro de vida u otras disposiciones de garantía como parte del acuerdo de divorcio, con esas disposiciones incorporadas a la orden judicial.
Modificación
Conforme a Va. Code sección 20-109(A), un tribunal puede aumentar, disminuir o terminar la manutención conyugal a petición que demuestre un cambio material de circunstancias. Para las órdenes de duración definida dictadas después del 1 de julio de 1998, un tribunal también puede modificar al constatar que un evento que se esperaba que ocurriera para esa fecha no ha ocurrido de hecho. El tribunal aplica los mismos factores de la sección 20-107.1(E) al considerar cualquier modificación.
A diferencia de otros estados, Virginia no requiere que la orden original reserve expresamente la jurisdicción de modificación. Cualquier tribunal que haya dictado una orden de manutención conyugal puede atender una petición posterior de modificación.
Jubilación
Alcanzar la edad plena de jubilación según la definen las reglas del Seguro Social se trata como un cambio material de circunstancias que justifica considerar la modificación. Conforme a Va. Code sección 20-109(F), los tribunales evalúan si la jubilación fue contemplada al momento de la orden original, si es obligatoria o voluntaria, como cambia los ingresos, y las edades y la salud de las partes al decidir si modificar una adjudicación existente y como hacerlo.
Es gravable la manutención conyugal y como se diferencia de la manutención de los hijos en Virginia
Tratamiento fiscal federal

La Tax Cuts and Jobs Act cambio como se trata la manutención conyugal para fines del impuesto federal sobre la renta. Para los acuerdos de divorcio o separación ejecutados después del 31 de diciembre de 2018, los pagos de manutención conyugal no son deducibles para el cónyuge que paga y no son incluibles en el ingreso bruto del beneficiario. Ninguna de las partes tiene una consecuencia fiscal federal sobre la renta por los pagos de apoyo en si mismos.
Para los acuerdos ejecutados el 31 de diciembre de 2018 o antes, las reglas anteriores siguen aplicando: el pagador podía deducir los pagos y el beneficiario los reportaba como ingreso gravable. Esas reglas más antiguas permanecen vigentes para los acuerdos que no se han modificado para optar por el nuevo tratamiento. El impuesto estatal sobre la renta de Virginia generalmente sigue el tratamiento federal.
El factor 13 del análisis de la sección 20-107.1(E) requiere que los tribunales de Virginia consideren las consecuencias fiscales para cada parte al fijar el monto del apoyo. Para los divorcios finalizados después de 2018, este factor tiene menos importancia financiera inmediata, pero los tribunales aún pueden sopesar el panorama fiscal general de ambos cónyuges.
Consulte a un profesional fiscal con licencia sobre su situación especifica, particularmente si su acuerdo es anterior a 2019 o se esta modificando después de esa fecha.
Cómo se diferencia la manutención conyugal de la manutención de los hijos en Virginia
La manutención conyugal y la manutención de los hijos son obligaciones legales separadas bajo la ley de Virginia. Las distinciones clave son:
- Propósito: La manutención conyugal atiende las necesidades financieras de un ex cónyuge. La manutención de los hijos atiende las necesidades de un hijo menor.
- Cálculo: La manutención de los hijos se calcula usando el modelo de reparto de ingresos bajo Va. Code sección 20-108.2, con hojas de trabajo y tablas específicas. La manutención conyugal no tiene fórmula para las adjudicaciones finales; es enteramente discrecional bajo el análisis de 13 factores.
- Pendente lite: Ambas tienen fórmulas temporales presuntivas para casos de ingresos más bajos, pero la manutención de los hijos usa tablas diferentes. Cuando ambas están en juego, los tribunales de Virginia deben fijar primero la manutención conyugal.
- Tratamiento fiscal: La manutención de los hijos nunca ha sido deducible para el pagador ni gravable para el beneficiario conforme a la ley federal, sin importar cuando se ejecutó el acuerdo.
- Terminación: La manutención de los hijos termina con la emancipación del hijo. La manutención conyugal termina con los eventos descritos arriba.
Para detalles sobre como Virginia calcula la manutención de los hijos, consulte nuestra página sobre leyes de manutención de los hijos de Virginia.
Para una visión más amplia de como manejan los 50 estados la manutención conyugal, consulte el centro de leyes de pensión alimenticia por estado.
Aviso legal: Esta página proporciona información legal general sobre la ley de manutención conyugal de Virginia y no constituye asesoramiento legal. Las determinaciones de manutención conyugal son altamente específicas de cada caso y dependen de las circunstancias individuales. Para asesoramiento sobre su situación particular, consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Virginia.
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Última actualización: 1 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Tiene Virginia pensión alimenticia?
Virginia no usa el término 'pensión alimenticia' en sus leyes. El término legal correcto es 'manutención conyugal' bajo Va. Code sección 20-107.1. El concepto es el mismo: un ex cónyuge paga apoyo financiero al otro después de la separación o el divorcio. No hay fórmula para las adjudicaciones finales; los tribunales ejercen plena discreción con base en 13 factores legales.
¿Cómo se calcula la manutención conyugal en Virginia?
Para las adjudicaciones finales posteriores al divorcio no hay fórmula. Los tribunales sopesan los 13 factores de Va. Code sección 20-107.1(E) y tienen amplia discreción sobre el monto y la duración. Para el apoyo temporal (pendente lite) cuando el ingreso bruto mensual combinado no excede los $10,000, los tribunales usan una fórmula presuntiva: sin hijos menores, 27% del ingreso bruto mensual del pagador menos 50% del beneficiario; con hijos menores, 26% menos 58%.
¿Puede el adulterio afectar la manutención conyugal en Virginia?
Sí, de manera significativa. Conforme a Va. Code sección 20-107.1(B), un cónyuge que cometió adulterio generalmente esta impedido de recibir manutención conyugal permanente. Un tribunal puede anular el impedimento solo con pruebas claras y convincentes de que la denegación constituiría una injusticia manifiesta, con base en los grados relativos de culpa y las circunstancias económicas relativas de las partes. El impedimento se aplica a las adjudicaciones permanentes; la excepción es limitada.
¿Cuánto dura la manutención conyugal en Virginia?
La duración es enteramente discrecional para las adjudicaciones finales. Los tribunales pueden ordenar una adjudicación de plazo definido, una adjudicación indefinida o una suma global. Cuando un tribunal se reserva el derecho de conceder apoyo futuro en lugar de hacer una adjudicación inmediata, existe una presunción rebatible de que la reserva dura el 50% de la duración del matrimonio. Las adjudicaciones indefinidas son más comunes después de matrimonios largos; los matrimonios más cortos a menudo producen adjudicaciones de plazo fijo cortas o ninguna.
¿Se detiene la manutención conyugal si el beneficiario se muda con alguien nuevo?
Sí, en la mayoría de los casos. Conforme a Va. Code sección 20-109, un tribunal debe terminar el apoyo al haber pruebas claras y convincentes de que el beneficiario ha estado cohabitando habitualmente con otra persona en una relación similar al matrimonio durante un año o más. La terminación solo puede evitarse si el acuerdo de las partes dispone expresamente lo contrario o si el beneficiario prueba que la terminación seria inconcebible.
¿Es la manutención conyugal de Virginia ingreso gravable?
Para los acuerdos ejecutados después del 31 de diciembre de 2018, la manutención conyugal no es deducible para el pagador y no es ingreso gravable para el beneficiario conforme a la ley federal (y por lo tanto de Virginia). Para los acuerdos ejecutados el 31 de diciembre de 2018 o antes, las reglas anteriores siguen aplicando: el pagador podía deducir los pagos, y el beneficiario los reportaba como ingreso. Consulte a un profesional fiscal si su situación involucra un acuerdo anterior a 2019 o una modificación posterior a 2018.
¿Se puede modificar la manutención conyugal de Virginia después del divorcio?
Sí. Conforme a Va. Code sección 20-109, cualquiera de las partes puede solicitar aumentar, disminuir o terminar una adjudicación al demostrar un cambio material de circunstancias. Virginia no requiere que la orden original reserve expresamente la jurisdicción de modificación. Para las órdenes de duración definida dictadas después del 1 de julio de 1998, un tribunal también puede modificar si un evento anticipado no ocurrió.
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Actualizaciones
Se reemplazó el factor 10 fabricado de la lista de 13 factores de manutención conyugal por el texto real del estatuto (tiempo y costos para adquirir educación, capacitación y empleo que mejoren la capacidad de generación de ingresos), se corrigió la referencia cruzada por culpa del factor 13 a Va. Code 20-91(A)(3) o (6), y se corrigió la cita de la lista de factores de modificación por jubilación de 20-109(E) a 20-109(F).
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 4 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Code of Virginia, Title 16.1: Courts Not of Record
§ 16.1-278.17:1Formula for determination of pendente lite spousal supportVigente
A. There shall be a presumption in any judicial proceeding for pendente lite spousal support and maintenance under this title that the amount of the award that would result from the application of the formula set forth in this section is the correct amount of spousal support to be awarded. The court may deviate from the presumptive amount as provided in subsection D. B. If the court is determining both an award of pendente lite spousal support and maintenance and an award of child support, the court shall first make a determination of the amount of the award of pendente lite spousal support, if any, owed by one party to the other under this section. C. If the parties have minor children in common, the presumptive amount of an award of pendente lite spousal support and maintenance shall be the difference between 26 percent of the payor spouse's monthly gross income and 58 percent of the payee spouse's monthly gross income. If the parties have no minor children in common, the presumptive amount of the award shall be the difference between 27 percent of the payor spouse's monthly gross income and 50 percent of the payee spouse's monthly gross income.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
Code of Virginia, Title 20: Domestic Relations
§ 20-103Court may make orders pending suit for divorce, custody or visitation, etcVigente
A. In suits for divorce, annulment and separate maintenance, and in proceedings arising under subdivision A 3 or subsection L of § 16.1-241, the court having jurisdiction of the matter may, at any time pending a suit pursuant to this chapter, in the discretion of such court, make any order that may be proper (i) to compel a spouse to pay any sums necessary for the maintenance and support of the petitioning spouse, including (a) an order that the other spouse provide health care coverage for the petitioning spouse, unless it is shown that such coverage cannot be obtained, or (b) an order that a party pay secured or unsecured debts incurred jointly or by either party, (ii) to enable such spouse to carry on the suit, (iii) to prevent either spouse from imposing any restraint on the personal liberty of the other spouse, (iv) to provide for the custody and maintenance of the minor children of the parties, including an order that either party or both parties provide health care coverage or cash medical support, or both, for the children, (v) to provide support, calculated in accordance with § 20-108.2, for any child of the parties to whom a duty of support is owed and to pay or continue…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
§ 20-107.1Court may decree as to maintenance and support of spousesVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. Pursuant to any proceeding arising under subsection L of § 16.1-241 or upon the entry of a decree providing (i) for the dissolution of a marriage, (ii) for a divorce, whether from the bond of matrimony or from bed and board, (iii) that neither party is entitled to a divorce, or (iv) for separate maintenance, the court may make such further decree as it shall deem expedient concerning the maintenance and support of the spouses, notwithstanding a party's failure to prove his grounds for divorce, provided that a claim for support has been properly pled by the party seeking support. However, the court shall have no authority to decree maintenance and support payable by the estate of a deceased spouse. B. Any maintenance and support shall be subject to the provisions of § 20-109, and no permanent maintenance and support shall be awarded from a spouse if there exists in such spouse's favor a ground of divorce under the provisions of subdivision A (1) of § 20-91.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
§ 20-109Changing maintenance and support for a spouse; effect of stipulations as to maintenance and support for a spouse; cessation upon cohabitation, remarriage, or death; effect of retirementVigente
A. Upon petition of either party the court may increase, decrease, or terminate the amount or duration of any spousal support and maintenance that may thereafter accrue, whether previously or hereafter awarded, as the circumstances may make proper. Upon order of the court based upon clear and convincing evidence that the spouse receiving support has been habitually cohabiting with another person in a relationship analogous to a marriage for one year or more commencing on or after July 1, 1997, the court shall terminate spousal support and maintenance unless (i) otherwise provided by stipulation or contract or (ii) the spouse receiving support proves by a preponderance of the evidence that termination of such support would be unconscionable. The provisions of this subsection shall apply to all orders and decrees for spousal support, regardless of the date of the suit for initial setting of support, the date of entry of any such order or decree, or the date of any petition for modification of support. B.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en law.lis.virginia.gov
Fuentes y referencias
- Va. Code sección 20-107.1: El tribunal puede decretar el sustento y la manutención de los cónyuges(law.lis.virginia.gov)
- Va. Code sección 20-103: Órdenes temporales de custodia, visitas, manutención, etc.(law.lis.virginia.gov)
- Va. Code sección 20-109: Cambio del sustento y la manutención de un cónyuge; cese por cohabitación, nuevas nupcias o muerte(law.lis.virginia.gov)
- Va. Code sección 16.1-278.17:1: Guía de manutención conyugal(law.lis.virginia.gov)
- El divorcio o la separación puede afectar los impuestos(irs.gov)
- Tema No. 452, Pensión Alimenticia y Manutención por Separado(irs.gov)