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Leyes de Compensación para Trabajadores de Nueva York: Beneficios, Plazos y Sus Derechos

Por Equipo Editorial de Recording Law7 min de lectura
Leyes de Compensación para Trabajadores de Nueva York: Beneficios, Plazos y Sus Derechos

Preguntas frecuentes

¿Se requiere la compensación para trabajadores en Nueva York?

Sí. Nueva York exige que casi todos los empleadores cuenten con cobertura de compensación para trabajadores comenzando desde el primer empleado. No hay exención por número mínimo de empleados para los empleadores privados, y la sanción por no contar con cobertura incluye tanto multas civiles como procesamiento penal.

¿Cuánto paga la compensación para trabajadores en Nueva York?

Los beneficios de reemplazo salarial equivalen al 66 2/3% de su salario semanal promedio multiplicado por su grado de incapacidad, hasta un máximo que la Junta de Compensación para Trabajadores fija cada 1 de julio. Un trabajador totalmente incapacitado recibe la tasa completa del 66 2/3%; un trabajador parcialmente incapacitado recibe un monto proporcionalmente reducido.

¿Cuánto dura la compensación para trabajadores en Nueva York?

La duración depende de la naturaleza y gravedad de su incapacidad. Los beneficios de incapacidad total temporal continúan mientras usted esté completamente incapacitado para trabajar y reciba tratamiento médico activo. Los beneficios de incapacidad parcial permanente pueden durar un período fijado por el programa de la Junta o hasta que se alcance un umbral máximo en dólares. La incapacidad total permanente puede ofrecer beneficios de por vida. No existe una fecha de finalización fija que aplique a todos los reclamos.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo de compensación para trabajadores en Nueva York?

Debe presentar el Formulario C-3 (Reclamo del Empleado) ante la Junta de Compensación para Trabajadores dentro de los 2 años desde la fecha de la lesión, o dentro de los 2 años de cuando supo que la condición estaba relacionada con el trabajo. También debe dar aviso por escrito a su empleador dentro de los 30 días posteriores al accidente. No cumplir con cualquiera de los dos plazos puede costarle sus beneficios.

¿Puedo elegir a mi propio médico en Nueva York?

Sí, en Nueva York puede elegir a cualquier médico tratante que esté autorizado por la Junta de Compensación para Trabajadores. Si su empleador utiliza una red de PPO, es posible que comience con un proveedor de la red, pero generalmente conserva el derecho de elegir a cualquier médico autorizado por la WCB después de esa primera visita. Siempre confirme que su proveedor esté autorizado por la WCB antes de su cita.

¿Me pueden despedir mientras recibo compensación para trabajadores en Nueva York?

La ley de Nueva York prohíbe que los empleadores tomen represalias contra los empleados por presentar un reclamo de compensación para trabajadores. Despedir o discriminar a un trabajador porque ejerció sus derechos de compensación para trabajadores es ilegal bajo la Ley de Compensación para Trabajadores. Si cree que fue despedido en represalia por presentar un reclamo, puede reportar la violación a la Junta de Compensación para Trabajadores y podría tener remedios legales adicionales.

¿Puedo demandar a mi empleador después de una lesión laboral en Nueva York?

Generalmente no. La compensación para trabajadores es el remedio exclusivo contra su empleador, por lo que no puede además demandarlo en un tribunal civil por negligencia. Las excepciones aplican si el empleador actuó con la intención de lesionarlo, si un tercero (que no sea su empleador) causó su lesión, o si su empleador no mantuvo el seguro de compensación para trabajadores requerido.

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Si la negligencia de otra persona causó su lesión, podría tener derecho a compensación por gastos médicos, salarios perdidos y dolor y sufrimiento. Obtenga una revisión gratuita y sin compromiso de un abogado de lesiones personales en New York. La mayoría trabaja por honorarios contingentes, así que no hay costo inicial.

Fuentes y referencias

  1. Junta de Compensación para Trabajadores del Estado de Nueva York(wcb.ny.gov).gov
  2. Ley de Compensación para Trabajadores de Nueva York (texto completo)(wcb.ny.gov).gov
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