Louisiana
Leyes de Compensación para Trabajadores de Luisiana: Beneficios, Plazos y Sus Derechos

Luisiana exige que la mayoría de los empleadores mantengan un seguro de compensación para trabajadores. Bajo el sistema sin culpa de Luisiana, un trabajador lesionado recibe atención médica garantizada y un reemplazo parcial de salario sin tener que probar que alguien tuvo la culpa, y a cambio renuncia al derecho de demandar al empleador por daños en la mayoría de los casos.
¿Es obligatoria la compensación para trabajadores en Luisiana?
La cobertura de compensación para trabajadores es obligatoria para todos los empleadores de Luisiana con uno o más empleados. No existe un umbral mínimo de nómina o de horas que exima a las pequeñas empresas. La cobertura es administrada por la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana a través de su Oficina de Administración de Compensación para Trabajadores (OWCA). Los empleadores deben mantener una póliza de seguro de compensación para trabajadores de una aseguradora con licencia o, si son lo suficientemente grandes, obtener aprobación para autoasegurarse. Los empleadores que no mantienen la cobertura enfrentan sanciones civiles, y bajo La. R.S. 23:1032.1 se abre una opción limitada: si un empleador directo no aseguró la cobertura de manera intencional y luego no paga un fallo definitivo de compensación para trabajadores dentro de los sesenta días posteriores a que las partes agoten sus apelaciones, el trabajador lesionado puede optar por demandar a ese empleador por daños civiles. Se trata de un remedio posterior a la sentencia, al que se llega después de ganar un reclamo de compensación, y no de un sustituto de presentarlo. La agricultura, los trabajadores domésticos y ciertas otras categorías limitadas pueden tener un trato diferente, pero para la gran mayoría de los lugares de trabajo de Luisiana la ley aplica desde el primer empleado.
Beneficios que puede recibir
La compensación para trabajadores de Luisiana cubre varias categorías de beneficios diseñados para reemplazar el salario y pagar la atención médica mientras usted se recupera.

Los beneficios médicos están completamente cubiertos sin copago ni deducible. Todo el tratamiento médico razonable y necesario relacionado con la lesión laboral es pagado por la aseguradora, incluidas las visitas al médico, la hospitalización, la cirugía, los medicamentos recetados y la rehabilitación.
El reemplazo de salario por Discapacidad Total Temporal (TTD) es del 66 2/3% de su salario semanal promedio previo a la lesión, hasta un máximo que la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana establece cada año. Se aplica un período de espera de 7 días antes de que comiencen los beneficios de salario. Si su discapacidad dura dos semanas o más, la primera semana se paga de forma retroactiva.
Luisiana también reconoce varias categorías de discapacidad:
- Discapacidad Parcial Temporal (TPD): Si regresa a un trabajo de menor exigencia con un salario reducido, puede recibir un beneficio basado en la diferencia salarial.
- Discapacidad Parcial Permanente (PPD): Compensación por una deficiencia permanente después de la mejoría médica máxima, a menudo calculada mediante una tabla de partes del cuerpo o un porcentaje de deficiencia de la persona en su totalidad.
- Discapacidad Total Permanente (PTD): Beneficios para los trabajadores que no pueden regresar a ningún empleo como resultado de la lesión laboral.
- Beneficios por fallecimiento y para sobrevivientes: Si un trabajador fallece por una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo, los dependientes pueden recibir beneficios semanales para sobrevivientes y gastos funerarios.
La mayoría de los reclamos en Luisiana finalmente se resuelven mediante un acuerdo de pago único negociado entre las partes y aprobado por un funcionario de audiencias de la OWCA.
Plazos: cómo reportar su lesión y presentar un reclamo
Dos plazos independientes rigen un reclamo de compensación para trabajadores en Luisiana, y no cumplir con cualquiera de ellos puede poner en riesgo su derecho a los beneficios.
Reportar la lesión a su empleador: Luisiana establece un plazo explícito. Según La. R.S. 23:1301, no se puede mantener ningún proceso de compensación a menos que se haya dado aviso de la lesión al empleador dentro de los treinta días posteriores a la fecha de la lesión o el fallecimiento. La. R.S. 23:1303 exige que ese aviso se dé por escrito, que indique en lenguaje sencillo el momento, el lugar, la naturaleza y la causa de la lesión, y que esté firmado por quien lo presenta. Existen dos atenuantes legales, pero ninguno es algo en lo que deba confiar. Si su empleador no mantuvo exhibido el aviso de notificación de lesiones requerido, La. R.S. 23:1302(B) extiende el plazo de notificación a doce meses desde la fecha de la lesión. Y bajo La. R.S. 23:1305, la falta de aviso o el retraso en darlo no es un impedimento si el empleador o su representante tenía conocimiento del accidente o no se vio perjudicado por el retraso.
El deber de reporte independiente de su empleador: Según La. R.S. 23:1306(A), dentro de los diez días posteriores a tener conocimiento real de una lesión que resulte en la muerte o en tiempo perdido que supere una semana, el empleador debe enviar un primer informe de la lesión a su aseguradora, si la tiene. La aseguradora o el administrador de los reclamos del empleador transmite luego esos datos a la Oficina de Administración de Compensación para Trabajadores en formato EDI. Un empleador aprobado para autoasegurarse no tiene una aseguradora separada, por lo que él mismo se encarga de esa transmisión. En cualquier caso, esta presentación es responsabilidad del empleador y la aseguradora, no suya, y no reemplaza el aviso por escrito que usted le debe a su empleador.
Estatuto de limitaciones para presentar un reclamo formal: Debe presentar un reclamo ante la OWCA dentro de 1 año desde la fecha del accidente. Dos excepciones importantes extienden este período: si se han pagado beneficios de indemnización (salario), tiene 1 año desde la fecha del último pago; si solo se pagaron beneficios médicos, el período se extiende a 3 años desde el último pago médico. Debido a que el plazo básico es de solo un año, no se retrase. El plazo de un año hace que Luisiana sea uno de los estados con el plazo más corto del país. Si tiene alguna duda sobre el tiempo, consulte a un abogado antes de que venza el período.
Cómo elegir a su médico
Luisiana otorga a los trabajadores lesionados un control significativo sobre su atención médica. Bajo la ley de Luisiana, puede elegir un médico tratante por cada especialidad médica. Esto significa que su empleador o aseguradora no le asigna un médico. Si necesita un cirujano, usted elige a su propio cirujano. Si necesita un neurólogo, usted elige a su propio neurólogo. Esto aplica desde el inicio de su reclamo.

La importancia práctica es considerable. Debido a que las opiniones del médico tratante sobre la discapacidad y la causalidad tienen un peso significativo en el proceso del reclamo, tener un médico de su propia elección, en lugar de uno seleccionado por la aseguradora, puede marcar una diferencia importante en cómo avanza su reclamo. Si desea cambiar de médico tratante dentro de una especialidad, generalmente necesita la aprobación de la OWCA.
La aseguradora conserva el derecho de exigir un Examen Médico Independiente (IME) realizado por un médico de su elección, pero ese médico no dirige su tratamiento.
¿Puede demandar a su empleador? La regla del remedio exclusivo
Luisiana workers' compensation es un sistema de remedio exclusivo. El acuerdo sin culpa significa que si su empleador mantiene un seguro de compensación para trabajadores, su derecho a los beneficios bajo la ley de compensación para trabajadores es normalmente su único remedio legal contra su empleador. No puede demandar a su empleador en una demanda estándar por negligencia por la misma lesión laboral.
Existen tres excepciones reconocidas en las que sigue siendo posible una demanda civil contra el empleador:
- Actos intencionales: Si el empleador o uno de sus funcionarios o directores causó su lesión intencionalmente, la barrera del remedio exclusivo no aplica. Los tribunales interpretan "intencional" de forma estricta; la simple negligencia grave no es suficiente.
- Empleador sin seguro, como una opción limitada posterior a la sentencia: La. R.S. 23:1032.1(A) es mucho más limitado de lo que suele describirse. Solo alcanza a un empleador directo, no a un empleador estatutario o especial, que de manera intencional no aseguró la cobertura de compensación para trabajadores o la certificación adecuada de autoseguro bajo La. R.S. 23:1168. Aun así, el derecho a optar por demandar por daños civiles surge únicamente después de que ese empleador no paga un fallo definitivo de compensación para trabajadores dentro de sesenta días una vez que las partes agotaron sus derechos de apelación y ninguna otra cobertura pagó los beneficios adeudados. En la práctica, esto significa que usted igual debe presentar el reclamo de compensación, dentro del plazo de un año que establece La. R.S. 23:1209, y ganarlo primero. Si más adelante obtiene una sentencia por daños, solo podrá cobrar una de las dos sentencias, no ambas.
- Reclamos contra terceros: La compensación para trabajadores no le impide demandar a un tercero cuya negligencia contribuyó a su lesión. Por ejemplo, si un equipo defectuoso fabricado por otra empresa causó su lesión, puede presentar un reclamo por responsabilidad del producto contra ese fabricante mientras también recibe los beneficios de compensación para trabajadores de la aseguradora de su empleador.
Luisiana no es un estado con exclusión voluntaria al estilo de Texas. Todos los empleadores cubiertos de Luisiana están sujetos a la regla del remedio exclusivo, y la exclusión voluntaria no está disponible.
Si se lesionó en el trabajo en Luisiana
Si sufre una lesión relacionada con el trabajo en Luisiana, estos pasos prácticos protegen su reclamo:

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Reporte de inmediato y por escrito. Informe a su supervisor o empleador sobre la lesión tan pronto como sea posible, y entregue un aviso firmado por escrito con buen margen dentro de los treinta días que permite La. R.S. 23:1301. Incluso si cree que la lesión es leve, documéntela de inmediato. Reportar con retraso genera disputas sobre si la lesión ocurrió en el trabajo.
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Reciba atención médica. Busque tratamiento de inmediato. Dado que tiene derecho a elegir un médico por especialidad, identifique a un médico tratante que maneje su atención. La aseguradora de su empleador debe autorizar y pagar el tratamiento razonable.
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Presente su reclamo dentro de un año. Complete y presente un formulario de reclamo disputado ante la OWCA de la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana antes del primer aniversario del accidente (o el plazo extendido aplicable si se pagaron beneficios). No asuma que esto se manejará automáticamente.
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Conserve registros. Mantenga copias de todos los informes médicos, correspondencia con la aseguradora, talones de pago y cualquier comunicación escrita sobre su lesión. Estos documentos son importantes si hay una disputa.
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Consulte a un abogado de compensación para trabajadores en caso de disputas. Si la aseguradora deniega su reclamo, disputa su calificación de discapacidad, suspende los beneficios, u ofrece un acuerdo, un abogado con experiencia en compensación para trabajadores de Luisiana puede revisar su caso. Las audiencias de la OWCA son realizadas por jueces de compensación para trabajadores, y las reglas de procedimiento pueden ser complejas.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. Las reglas de compensación para trabajadores varían según el estado y cambian, y los montos de los beneficios y los plazos dependen de los hechos específicos. Para asesoría sobre un reclamo específico, consulte a un abogado de compensación para trabajadores con licencia en Luisiana.
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Artículos relacionados:
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la compensación para trabajadores en Luisiana?
Sí. La compensación para trabajadores es obligatoria para prácticamente todos los empleadores de Luisiana con uno o más empleados. Los empleadores deben mantener una póliza de seguro de compensación para trabajadores u obtener aprobación de autoseguro. Un empleador que de manera intencional no mantiene cobertura enfrenta sanciones, y bajo La. R.S. 23:1032.1 el trabajador puede optar por demandar a un empleador directo por daños civiles, pero solo después de que ese empleador no pague un fallo definitivo de compensación para trabajadores dentro de sesenta días una vez agotadas las apelaciones.
¿Cuánto tiempo dura la compensación para trabajadores en Luisiana?
Los beneficios de discapacidad total temporal continúan mientras usted no pueda trabajar, hasta un máximo establecido por la ley de Luisiana. Una vez que alcanza la mejoría médica máxima, sus beneficios pueden cambiar a discapacidad parcial permanente o total permanente, o el caso puede resolverse mediante un acuerdo. La duración depende de la naturaleza y el alcance de sus lesiones.
¿Cuánto paga la compensación para trabajadores en Luisiana?
El reemplazo de salario por discapacidad total temporal es del 66 2/3% de su salario semanal promedio previo a la lesión, hasta un máximo que la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana establece cada año. Se aplica un período de espera de 7 días; si su discapacidad dura 2 semanas o más, la primera semana se paga de forma retroactiva.
¿Qué tan pronto debo reportar una lesión laboral en Luisiana?
La. R.S. 23:1301 exige que se dé aviso de la lesión a su empleador dentro de los treinta días posteriores a la fecha de la lesión o el fallecimiento, y La. R.S. 23:1303 exige que ese aviso sea por escrito, esté firmado y describa el momento, el lugar, la naturaleza y la causa de la lesión. Si su empleador no mantuvo exhibido el aviso requerido, La. R.S. 23:1302(B) extiende el plazo a doce meses, y bajo La. R.S. 23:1305 la falta de aviso o el aviso tardío no es un impedimento si el empleador ya tenía conocimiento del accidente o no se vio perjudicado. Ninguna de las dos excepciones es segura para confiar en ella, así que dé el aviso por escrito de inmediato.
¿Me pueden despedir mientras recibo compensación para trabajadores en Luisiana?
La ley de Luisiana prohíbe a los empleadores tomar represalias contra los empleados por presentar un reclamo de compensación para trabajadores. Despedir o penalizar de otra forma a un trabajador debido a un reclamo legítimo puede exponer al empleador a sanciones. Sin embargo, el empleo a voluntad sigue aplicando y los trabajadores pueden ser despedidos por razones legítimas y no relacionadas con represalias. Si sospecha de represalias, consulte a un abogado de inmediato.
¿Puedo elegir a mi propio médico en Luisiana?
Sí. La ley de Luisiana le permite elegir un médico tratante por cada especialidad médica. No está obligado a usar un médico seleccionado por su empleador o aseguradora. Esto aplica desde el inicio de su reclamo y cubre cada especialidad que necesite (atención primaria, ortopedia, neurología, etc.).
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo de compensación para trabajadores en Luisiana si me lastimé en el trabajo?
Tiene 1 año desde la fecha del accidente para presentar un reclamo formal ante la Oficina de Compensación para Trabajadores de la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana. Si se pagaron beneficios de indemnización, el período se extiende a 1 año desde el último pago. Si solo se pagaron beneficios médicos, el período se extiende a 3 años desde el último pago médico. El plazo básico es uno de los más cortos del país, así que actúe con prontitud.
¿Puedo demandar a mi empleador por una lesión en el lugar de trabajo en Luisiana?
Generalmente, no. La compensación para trabajadores es el remedio exclusivo contra un empleador cubierto. Las excepciones son el daño intencional por parte del empleador; una opción limitada bajo La. R.S. 23:1032.1 contra un empleador directo que de manera intencional no tuvo cobertura y luego no pagó un fallo definitivo de compensación para trabajadores dentro de sesenta días después de agotadas las apelaciones; y los reclamos contra terceros (como un fabricante de equipo) que no sean su empleador. Luisiana no permite que los empleadores privados se excluyan voluntariamente del sistema de compensación para trabajadores.
Actualizaciones
Se corrigieron las reglas de notificación de la lesión y la excepción del empleador sin seguro: Luisiana exige un aviso por escrito y firmado al empleador dentro de 30 días (La. R.S. 23:1301, 23:1303), el primer informe de la lesión del empleador en 10 días va a su aseguradora y no directamente al estado (La. R.S. 23:1306), y el derecho a demandar a un empleador sin seguro bajo La. R.S. 23:1032.1 es una opción limitada posterior a la sentencia, no una alternativa independiente a presentar un reclamo de compensación para trabajadores.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Louisiana Revised Statutes
§ 23:1031Employee's right of action; joint employers, extent of liability; borrowed employeesVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. If an employee not otherwise eliminated from the benefits of this Chapter receives personal injury by accident arising out of and in the course of his employment, his employer shall pay compensation in the amounts, on the conditions, and to the person or persons hereinafter designated. B. In case any employee for whose injury or death payments are due is, at the time of the injury, employed and paid jointly by two or more employers subject to the provisions of this Chapter, such employers shall contribute to such payments in proportion to their several wage liabilities to the employee; but nothing in this Section shall prevent any arrangement between the employers for different distribution, as between themselves, of the ultimate burden of such payments. If one or more but not all the employers are subject to this Chapter, then the liability of such of them as are so subject shall be to pay that proportion of the entire payments which their proportionate wage liability bears to the entire wages of the employee; but such payment by the employers subject to this Chapter shall not bar the right of recovery against any other joint employer. C.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-07 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legis.la.gov
§ 23:1209Prescription; timeliness of filing; dismissal for want of prosecutionVigentecitada en 4 de nuestros artículos
A.(1) In case of personal injury, including death resulting therefrom, all claims for payments shall be forever barred unless within one year after the accident or death the parties have agreed upon the payments to be made under this Chapter, or unless within one year after the accident a formal claim has been filed as provided in Subsection B of this Section and in this Chapter. (2) Where such payments have been made in any case, the limitation shall not take effect until the expiration of one year from the time of making the last payment, except that in cases of benefits payable pursuant to R.S. 23:1221(3) this limitation shall not take effect until three years from the time of making the last payment of benefits pursuant to R.S. 23:1221(1), (2), (3), or (4). (3) When the injury does not result at the time of or develop immediately after the accident, the limitation shall not take effect until expiration of one year from the time the injury develops, but in all such cases the claim for payment shall be forever barred unless the proceedings have been begun within three years from the date of the accident.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legis.la.gov
Citada en 250 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Lester v. Southern Cas. Ins. Co. (Supreme Court of Louisiana 1985, 466 So. 2d 25)“…the judge found that Lester's claims had prescribed under La.R.S. 23:1209 and rendered judgment dismissing Lester…”
- Falgout v. Dealers Truck Equipment Co. (Supreme Court of Louisiana 1999, 748 So. 2d 399)“…i to determine whether the prescriptive period contained in La. R.S. 23:1209 applies to actions to modify a workers'…”
- Craig v. Bantek West, Inc. (Louisiana Court of Appeal 2004, 2003 La.App. 1 Cir. 2757)“…o claims for workers' compensation benefits is set forth in La. R.S. 23:1209. Pursuant to section A of this statute,…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Plazo de Prescripción en Luisiana: Plazos de Presentación por Tipo de Caso
§ 23:1301Notice as prerequisite to institution of proceedingsVigentecitada en 2 de nuestros artículos
No proceeding under this Chapter for compensation shall be maintained unless notice of the injury has been given to the employer within thirty days after the date of the injury or death. This notice may be given or made by any person claiming to be entitled to compensation or by anyone on his behalf.
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Citada en 8 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2009
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- J.P. Morgan Chase v. Louis (Louisiana Court of Appeal 2009, 12 So. 3d 440)“…nth delay in reporting the alleged work injury. Chase cites La. R.S. 23:1301, which prohibits any proceeding for com…”
- Green v. WAL-MART STORE NO. 1163 (Louisiana Court of Appeal 1996, 684 So. 2d 966)“…his injury to Wal-Mart within the 30 day period mandated by La. R.S. 23:1301. Wal-Mart supported its motion with the…”
- Love v. East Jefferson General Hosp. (Louisiana Court of Appeal 1997, 96 La.App. 1 Cir. 1558)“…accident within 30 days of its occurrence as is required by La. R.S. 23:1301; [2] (2) found that Love was entitled…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 23:1306Employer reportsVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. Within ten days of actual knowledge of injury resulting in death or in lost time in excess of one week after the injury, the employer shall send a report to the insurer, if any, on a form prescribed by the assistant secretary, providing the following information: (1) The name, address, and business of the employer. (2) The name, Social Security number, street, mailing address, telephone number, and occupation of the employee. (3) The cause and nature of the injury or death. (4) The date, time, and the particular locality where the injury or death occurred. (5) The wages, as defined in R.S. 23:1021, the worker was earning at the time of the injury. (B)(1)(a) The insurer or the administrator of the employer's workers' compensation claims, upon receipt of the first report of injury, shall submit the data in electronic data interchange or EDI format to the office of workers' compensation administration at a frequency to be determined by the assistant secretary. (b) For the purposes of this Subsection, electronic data interchange or EDI format shall be based on the International Association of Industrial Accident Boards and Commissions (IAIABC) standards.
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Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2003
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Bergeron v. Watkins (Louisiana Court of Appeal 1999, 731 So. 2d 399)“…had a duty to report Mr. Bergeron's accident. According to La.R.S. 23:1306, within ten days of actual knowledge of…”
- Scott v. Walmart Stores, Inc. (Louisiana Court of Appeal 2003, 851 So. 2d 1210)“…t did not report her work related injury in accordance with La. R.S. 23:1306 and therefore her claim should not be d…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 23:1021Terms definedVigentecitada en 2 de nuestros artículos
As used in this Chapter, unless the context clearly indicates otherwise, the following terms shall be given the meaning ascribed to them in this Section: (1) "Accident" means an unexpected or unforeseen actual, identifiable, precipitous event happening suddenly or violently, with or without human fault, and directly producing at the time objective findings of an injury which is more than simply a gradual deterioration or progressive degeneration. (2) "Brother" and "sister" includes step-brothers and step-sisters, and brothers and sisters by adoption. (3) "Child" or "children" covers only children born of marriage, step-children, posthumous children, adopted children, and children born outside of marriage who have been acknowledged under the provisions of the Civil Code. (4) "Dependent" means the person or persons to whom, under the provisions of Part II of this Chapter, compensation shall be paid upon the death of the injured employee. (5) " Assistant secretary" means the assistant secretary of the office of workers' compensation administration.
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Citada en 777 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Brown v. Texas-LA Cartage, Inc. (Supreme Court of Louisiana 1998, 721 So. 2d 885)“…rown's average weekly wage was incorrectly calculated under La. R.S. 23:1021(10)(a)(iii) instead of under La. R.S. 2…”
- Daigle v. Sherwin-Williams Co. (Supreme Court of Louisiana 1989, 545 So. 2d 1005)“…week period prior to the date of his accident pursuant to La.R.S. 23:1021(10)(d). We granted a writ of certiorari…”
- Sparks v. Tulane Med. Ctr. Hosp. & Clinic (Supreme Court of Louisiana 1989, 546 So. 2d 138)“…and producing at the time objective symptoms of an injury." La.R.S. 23:1021(1). Secondly, defendant argues that bec…”
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§ 23:1032.1Failure of employer to secure payment; penaltiesVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. When a direct employer, not the statutory employer or special employer, knowingly fails to secure workers' compensation insurance or proper certification of self-insured status pursuant to R.S. 23:1168, and fails to pay a final judgment for sixty days after the parties have exhausted their rights of appeal and no other insurance or self-insurance policy or contract of workers' compensation coverage has paid the benefits due under this Chapter, then the employee or the legal dependent of a deceased employee may elect to sue the direct employer for all legal damages.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legis.la.gov
Citada en 9 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2016
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Eads v. Chartis Specialty Ins. Co. (Louisiana Court of Appeal 2014, 13 La.App. 3 Cir. 224)“…was not paid, and Eads sued Spriggs LLC in tort pursuant to La. R.S. 23:1032.1. |fiSpriggs LLC was the named insured…”
- Hector v. Mo-Dad Environmental Serv., LLC (Louisiana Court of Appeal 2014, 13 La.App. 3 Cir. 1184)“…clude claims: (1) asserting a claim for damages pursuant to La.R.S. 23:1032.1 for failure to secure workers’ compensa…”
- Harris v. Olivier's Contractors (Louisiana Court of Appeal 2014, 14 La.App. 3 Cir. 765)“…Harris filed suit for damages in district court pursuant to La.R.S. 23:1032.1 asserting that his employer neither had…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 23:1302Employer's duty to advise employees as to necessity of noticeVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A. The employer shall have printed and keep posted at some convenient and conspicuous point in his place of business a notice reading substantially as follows: "In case of accidental injury or death, an injured employee or any person claiming to be entitled to compensation either as a claimant or as a representative of a person claiming to be entitled to compensation must give notice to (name and address of employer) within thirty days. If notice is not given to the above party within thirty days, no payments will be made under the law for such injury or death. In addition, any fraudulent action by the employer, employee, or any other person for the purpose of obtaining or defeating any benefit or payment of worker's compensation shall subject such person to criminal as well as civil penalties." B. If the employer fails to keep such a notice posted, the time in which the notice of injury shall be given as provided in R.S. 23:1301 shall be extended to twelve months from the date of injury. The assistant secretary may by rule require inclusion of additional information in the notice required by this Section.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legis.la.gov
Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2017
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Carter v. Duhe (Supreme Court of Louisiana 2006, 921 So. 2d 963)“…ded the penalties where it intended to do so. For instance, La. R.S. 23:1302 requires the employer to post a notice…”
- J.P. Morgan Chase v. Louis (Louisiana Court of Appeal 2009, 12 So. 3d 440)“…n thirty days after the date of the injury or death.” Under La. R.S. 23:1302, the employer must print and post at so…”
- Smith v. Graphic Packaging, Inc. (Louisiana Court of Appeal 2017, 244 So. 3d 755)“…on to pay for medical care. According to the supreme court, La. R.S. 23:1302 and 23:1203.1 are not "irreconcilably i…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 23:1303Contents of noticeVigentecitada en 2 de nuestros artículos
The notice required by R.S. 23:1301 shall (1) be made in writing, (2) contain the name and address of the employee, (3) state in ordinary language the time, place, nature, and cause of the injury, and (4) be signed by the person giving or making the notice.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legis.la.gov
§ 23:1305Inaccuracies as to time, nature, place, or cause, of injury; effect of delay or lack of noticeVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A notice given under this Subpart shall not be held invalid or insufficient by reason of any inaccuracy in stating the time, place, nature, or cause of the injury, or otherwise, unless it is shown that the employer was in fact misled to his detriment thereby. Lack of notice or delay in giving notice shall not be a bar to proceedings under this Chapter if it is shown that the employer, or his agent or representative, had knowledge of the accident or that the employer has not been prejudiced by such delay or lack of notice.
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Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2009
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- J.P. Morgan Chase v. Louis (Louisiana Court of Appeal 2009, 12 So. 3d 440)“…d to create prejudice. Ms. Louis responds that under La. R.S. 23:1305, a delay in reporting an incident will…”
- Hammock v. Weyerhaeuser (Louisiana Court of Appeal 2005, 917 So. 2d 733)“…o be entitled to compensation or by anyone on his behalf. La. R.S. 23:1305 provides: A notice given under this S…”
- Bolton v. Angelle Concrete (Louisiana Court of Appeal 1994, 93 La.App. 3 Cir. 667)“…as found not to have given notice of his injury to Angelle, La.R.S. 23:1305 states that lack of notice of the injur…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana, Oficina de Administración de Compensación para Trabajadores (OWCA)(laworks.net).gov
- Estatutos Revisados de Luisiana, Título 23 (Ley de Compensación para Trabajadores), La. R.S. 23:1021 et seq.(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 23:1301, Aviso como requisito previo para iniciar el proceso (aviso de 30 días al empleador)(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1303, Contenido del aviso (por escrito y firmado)(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1302, Deber del empleador de informar a los empleados sobre la necesidad del aviso (extensión de doce meses cuando el aviso no está exhibido)(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1305, Efecto del retraso o la falta de aviso(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1306, Informes del empleador (primer informe de la lesión a la aseguradora en diez días; la aseguradora transmite a la OWCA por EDI)(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1032.1, Falta del empleador de asegurar el pago; sanciones(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1209, Prescripción; oportunidad de la presentación (plazo de un año para el reclamo)(legis.la.gov)
- La. R.S. 23:1031, Derecho de acción del empleado; empleadores conjuntos; empleados prestados(legis.la.gov)
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