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Derechos de los abuelos en Luisiana: visitas, custodia y contacto posterior a la adopción

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 3 de septiembre de 20266 min de lectura
Derechos de los abuelos en Luisiana: visitas, custodia y contacto posterior a la adopción

Actualizaciones

Se corrigió la sección posterior a la adopción: el contacto continuo del Capítulo 14-A del Código de Menores requiere un acuerdo voluntario firmado por los padres adoptivos y no una petición, la visitación del Artículo 1264 se limita a dos categorías específicas de abuelos, y el Artículo 136 no cubre a los padres simplemente separados.

Fuentes y referencias

  1. Código Civil de Luisiana, Artículo 136, Concesión de Derechos de Visita(www.legis.la.gov).gov
  2. Estatutos Revisados de Luisiana 9:344, Derechos de Visita de Abuelos y Hermanos(www.legis.la.gov).gov
  3. Código Civil de Luisiana, Artículo 133, Concesión de Custodia a un No Progenitor(www.legis.la.gov).gov
  4. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1218, Efecto del Decreto de Adopción(www.legis.la.gov).gov
  5. Galjour v. Harris, 795 So. 2d 350 (La. App. 1 Cir. 2001)(scholar.google.com)
  6. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1264, Derechos de Visita Posteriores a la Adopción de los Abuelos(www.legis.la.gov)
  7. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1269.2, Contacto Continuo Posterior a la Adopción; Adopciones de Menores en Acogida(www.legis.la.gov)
  8. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1269.1, Acuerdos de Contacto Continuo; Voluntarios(www.legis.la.gov)
  9. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1269.8, Cumplimiento del Acuerdo de Contacto Continuo; Modificación(www.legis.la.gov)
  10. Código de Menores de Luisiana, Artículo 1256, Efecto del Decreto Final (Adopción Intrafamiliar)(www.legis.la.gov)
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