Louisiana
Leyes sobre el timbre Ring en Luisiana: lo que debe saber en 2026

Los timbres Ring son legales en Luisiana. Grabar video de su propia propiedad está permitido, y grabar audio es lícito según La. R.S. 15:1303 cuando usted participa en la conversación. Grabar conversaciones de terceros sin su presencia puede constituir una interceptación ilegal bajo el mismo estatuto.
Las leyes de grabación de Luisiana conllevan algunas de las sanciones más severas del país, por lo que es importante que los dueños de timbres Ring entiendan exactamente donde están los límites legales. La Ley de Vigilancia Electrónica del estado regula la grabación de audio, mientras que estatutos de voyerismo aparte regulan el video. Esta guía cubre como se aplican estas leyes a los timbres Ring, junto con las restricciones de las HOA, los derechos de arrendadores e inquilinos, las reglas de acceso de las fuerzas del orden y las sanciones específicas por infracciones.
Leyes de grabación de audio y timbres Ring en Luisiana
Luisiana es un estado de consentimiento de una sola parte para la grabación de audio. Según la Ley de Vigilancia Electrónica, La. R.S. 15:1303, es ilegal interceptar intencionalmente cualquier comunicación por cable, electrónica u oral. Sin embargo, el estatuto incluye una excepción clave: no es ilegal que una persona intercepte una comunicación cuando esa persona es parte de la comunicación, o cuando una de las partes ha dado su consentimiento previo a la interceptación.
Esto significa que su timbre Ring puede grabar legalmente el audio de cualquier conversación de la que usted forme parte en su puerta principal. Su participación proporciona el consentimiento de una parte que se requiere.

Consentimiento de una parte y audio del timbre Ring
Cuando usted habla con alguien en su puerta a través de la aplicación Ring o en persona, la grabación es lícita porque usted es parte de la conversación. Esto aplica ya sea que el visitante sea un vecino, un repartidor, un vendedor ambulante o cualquier otra persona.
La cuestión legal se vuelve más matizada cuando su timbre Ring capta conversaciones entre terceros en su porche mientras usted no está presente. Bajo una lectura estricta de La. R.S. 15:1303, grabar una conversación sin el consentimiento de al menos una parte de esa conversación podría constituir una interceptación ilegal. Ningún tribunal de apelaciones de Luisiana ha emitido un fallo que aborde específicamente las grabaciones pasivas de timbres de conversaciones de terceros, por lo que el riesgo legal sigue siendo incierto.
Dadas las severas sanciones de Luisiana por infracciones de escuchas ilegales (que se analizan más adelante), los propietarios que quieran minimizar su exposición legal pueden considerar desactivar la grabación de audio en la aplicación Ring cuando no estén monitoreando activamente su timbre.
Expectativa razonable de privacidad
La Ley de Vigilancia Electrónica de Luisiana protege las "comunicaciones orales", que el estatuto define como comunicaciones expresadas por una persona que muestra una expectativa de que la comunicación no está sujeta a interceptación, bajo circunstancias que justifican esa expectativa. Las conversaciones en espacios públicos, donde los hablantes no tienen una expectativa razonable de privacidad, quedan fuera de la protección del estatuto.
Un porche delantero generalmente se considera un área semipublica. Los visitantes que se acercan a su puerta entran en un espacio abierto y visible desde la calle. Los tribunales de otras jurisdicciones han determinado que las conversaciones en porches delanteros abiertos conllevan una expectativa de privacidad disminuida. Aunque los tribunales de Luisiana no han abordado este escenario específico en el contexto del timbre Ring, la naturaleza semipublica de un porche delantero puede reducir el riesgo legal asociado con la captación incidental de audio.
Leyes de grabación de video y timbres Ring en Luisiana
Luisiana no tiene un estatuto general de videovigilancia residencial. La grabación de video con un timbre Ring se rige por la ley de voyerismo con video del estado, La. R.S. 14:283, y por principios generales de privacidad.
Grabar video de su propia propiedad, incluida su puerta principal, porche, acera, entrada de vehículos y la calle frente a su casa, es lícito. Estas son áreas donde las personas no tienen una expectativa razonable de privacidad. Un timbre Ring dirigido a su entrada opera dentro de los límites legales para la videovigilancia.
Voyerismo con video según La. R.S. 14:283
El estatuto de voyerismo con video de Luisiana prohíbe usar cualquier cámara, cinta de video o dispositivo de grabación de imágenes para observar, ver, fotografiar, filmar o grabar en video a una persona cuando esa persona no ha dado su consentimiento, si la grabación tiene un propósito lascivo o lujurioso, o si la persona se encuentra en un lugar donde tiene una expectativa razonable de privacidad.
El estatuto también cubre el uso de sistemas de aeronaves no tripuladas (drones) equipados con cámaras. Un timbre Ring montado en una posición estándar en su puerta principal no infringiría esta ley. La preocupación surge cuando las cámaras se colocan para captar a personas a través de ventanas, en baños o en otras áreas donde razonablemente se espera privacidad.
Los condenados por voyerismo con video en Luisiana enfrentan el registro obligatorio como delincuentes sexuales según La. R.S. 15:541, sin importar si el delito es una primera condena. Este requisito de registro hace que las sanciones por voyerismo con video de Luisiana sean particularmente serias.
Privacidad del vecino y ubicación de la cámara
Apuntar una cámara de seguridad hacia la casa de un vecino no es inherentemente ilegal en Luisiana cuando la cámara cumple un propósito legítimo de seguridad del hogar. El frente de la propiedad de un vecino visible desde la calle o desde su propia propiedad no conlleva una expectativa razonable de privacidad.
Sin embargo, apuntar deliberadamente una cámara Ring o una cámara exterior asociada hacia las ventanas de un vecino, un patio cerrado, un patio trasero cercado u otros espacios privados podría dar lugar a una demanda civil por invasión de la privacidad. El Artículo 667 del Código Civil de Luisiana aborda las obligaciones de los propietarios de evitar causar interferencia irrazonable con las propiedades vecinas, y los tribunales podrían aplicar estos principios a la vigilancia intrusiva.
Restricciones de cámaras en alquileres temporales
Luisiana tiene un estatuto específico que aborda las cámaras en propiedades de alquiler temporal. La. R.S. 21:61 restringe, pero no prohíbe por completo, las cámaras en propiedades de alquiler temporal. Un propietario o arrendador solo puede instalar o usar una cámara en "áreas comunes" (todas las áreas de la estructura excepto dormitorios y baños), y únicamente después de colocar de forma visible un aviso que indique que hay equipo de vigilancia electrónica instalado y que la actividad en las áreas comunes está sujeta a grabación. Esta ley afecta directamente el uso del timbre Ring en propiedades listadas en Airbnb, Vrbo y plataformas similares.
Si usted opera un alquiler temporal en Luisiana, un timbre Ring montado en la entrada normalmente entraría dentro de la excepción de área común, pero solo si se coloca el aviso requerido; la excepción no cubre una cámara colocada para captar el interior de un dormitorio o baño. Su aplicación específica a las cámaras de timbre exteriores no se ha probado en los tribunales hasta abril de 2026. Los operadores de alquileres temporales deben consultar con un abogado de Luisiana para entender como se aplica este estatuto a su situación específica.
Reglas de las HOA y timbres Ring en Luisiana
Luisiana no tiene una ley estatal que aborde específicamente la autoridad de las HOA sobre las cámaras de timbre. Las HOA en Luisiana gobiernan a través de sus declaraciones de convenios, condiciones y restricciones (CC&Rs), estatutos y pautas arquitectónicas, que derivan su autoridad de la Ley de Condominios de Luisiana y del marco de derecho de propiedad del estado.
Revisión y aprobación arquitectónica
Muchas HOA de Luisiana exigen que los propietarios presenten una solicitud de modificación arquitectónica antes de instalar dispositivos exteriores como timbres Ring. El comité de revisión arquitectónica (ARC) puede imponer requisitos sobre el color, tamaño, ubicación y visibilidad del dispositivo desde las áreas comunes o la calle.
Algunas comunidades han adoptado políticas específicas de cámaras de seguridad que abordan las cámaras de timbre. Estas políticas pueden permitir la grabación de video mientras restringen la captación de audio, exigir que las cámaras apunten solo hacia la propiedad del propietario, o especificar modelos de dispositivos aprobados que coincidan con los estándares estéticos de la comunidad.
Autoridad y limitaciones de las HOA
Las HOA de Luisiana tienen amplia autoridad para regular las modificaciones exteriores dentro de sus comunidades. Si los CC&Rs incluyen disposiciones sobre alteraciones exteriores, la instalación de un timbre Ring podría requerir aprobación previa. Los propietarios que instalen sin aprobación se arriesgan a multas, retiro obligatorio o acción legal por parte de la HOA.
Al mismo tiempo, es probable que una HOA no pueda imponer una prohibición total de dispositivos de seguridad. La ley de Luisiana reconoce el interés legítimo de los propietarios en proteger su propiedad, y un tribunal podría considerar que una prohibición general de todas las cámaras de timbre es irrazonable. El enfoque más defendible para las HOA es regular la ubicación y la apariencia en lugar de prohibir por completo los dispositivos de seguridad.
Los propietarios en comunidades con HOA de Luisiana deben revisar los documentos rectores de su comunidad y presentar cualquier solicitud requerida antes de instalar un timbre Ring.

Derechos de arrendadores e inquilinos para timbres Ring en Luisiana
La ley de arrendadores e inquilinos de Luisiana, regida principalmente por el Código Civil de Luisiana (Artículos 2668 a 2729), no aborda específicamente la instalación de cámaras de timbre. Se aplican los principios generales del derecho de arrendamiento y de la modificación de propiedad.
Derechos de instalación del inquilino
Los inquilinos en Luisiana normalmente necesitan el permiso del arrendador antes de instalar un timbre Ring. El Artículo 2692 del Código Civil de Luisiana exige que el inquilino repare cualquier daño o deterioro a la propiedad arrendada causado por un uso que exceda el uso normal y acordado, pero no exige por sí mismo el consentimiento del arrendador para modificaciones exteriores. Aun así, montar una cámara de timbre en el exterior de un edificio, incluso un modelo a batería, es el tipo de alteración para la cual la mayoría de los contratos de arrendamiento de Luisiana exigen aprobación previa del arrendador, ya que fijar equipo a la estructura puede generar exactamente el tipo de daño por uso excesivo del cual el Artículo 2692 hace responsable de reparar al inquilino.
Los inquilinos generalmente pueden instalar cámaras dentro de su propia unidad de alquiler sin el permiso del arrendador, siempre que las cámaras graben solo dentro del espacio privado de vivienda del inquilino. Las cámaras apuntadas hacia áreas comunes, unidades vecinas o el exterior del edificio requieren la aprobación del arrendador.
Restricciones de vigilancia del arrendador
Los arrendadores de Luisiana pueden instalar cámaras de seguridad en áreas comunes de propiedades multifamiliares, como entradas de edificios, pasillos, áreas de estacionamiento y amenidades compartidas. Estas áreas carecen de una expectativa razonable de privacidad.
Los arrendadores no pueden instalar cámaras dentro de la unidad individual de un inquilino sin su consentimiento explícito. Hacerlo podría violar la Ley de Vigilancia Electrónica (por la grabación de audio) y constituir una invasión de la privacidad. Un arrendador que instale un timbre Ring que capte audio o video dentro de la vivienda de un inquilino sin consentimiento enfrenta responsabilidad tanto penal como civil.
Arrendadores de alquileres temporales
Como se señaló anteriormente, La. R.S. 21:61 permite a los propietarios de alquileres temporales instalar cámaras solo en áreas comunes (excluyendo dormitorios y baños) y únicamente con un aviso publicado. Los arrendadores que alquilan propiedades a través de plataformas como Airbnb deben tener en cuenta que este requisito de aviso y área común se aplica a los timbres Ring instalados en o cerca de la propiedad de alquiler.
Acceso de las fuerzas del orden a las grabaciones del timbre Ring en Luisiana
Las fuerzas del orden de Luisiana pueden acceder a las grabaciones del timbre Ring a través de procedimientos legales establecidos. La Cuarta Enmienda y el Artículo I, Sección 5 de la Constitución de Luisiana protegen a los residentes de registros e incautaciones irrazonables, incluidos los registros de grabaciones digitales.
Requisitos de orden judicial y citación
La policía en Luisiana generalmente necesita una orden de registro basada en causa probable para obligar a un propietario a entregar las grabaciones de Ring. La orden debe especificar las grabaciones buscadas y el periodo de tiempo relevante. Las fuerzas del orden también pueden usar una citación de un gran jurado o una orden judicial para obtener las grabaciones.
Los tribunales de Luisiana han reconocido que las personas tienen una expectativa razonable de privacidad en las grabaciones de seguridad de su hogar, incluso cuando esas grabaciones captan actividad en áreas semipúblicas como un porche delantero.
Cooperación voluntaria
Los dueños de Ring en Luisiana pueden compartir voluntariamente las grabaciones con la policía en cualquier momento. Los agentes que investigan un delito en su vecindario pueden tocar a su puerta y pedir revisar sus grabaciones de Ring. Usted tiene derecho a aceptar o rechazar. Compartir voluntariamente no requiere una orden judicial ni ningún proceso legal.
Políticas de Ring para las fuerzas del orden
Ring responde a las solicitudes gubernamentales legalmente válidas, incluidas las órdenes de registro, citaciones y órdenes judiciales. A principios de 2024, Ring puso fin a su función "Solicitud de Asistencia" que permitía a la policía solicitar grabaciones directamente a los usuarios a través de la aplicación Neighbors.
A partir de 2025, Ring se asoció con Axon para reintroducir funciones que permiten a la policía solicitar grabaciones a los usuarios de Ring y solicitar acceso de transmisión en vivo a los dispositivos de seguridad del hogar. Ring también conserva la autoridad de compartir grabaciones sin el consentimiento del usuario en situaciones que involucren "peligro de muerte o lesión física grave", con Amazon tomando esa determinación internamente.
La acción de cumplimiento de la FTC contra Ring en 2023 resultó en un acuerdo de $5.8 millones y exigió a Ring implementar protecciones de privacidad más sólidas, incluidas restricciones sobre el acceso de los empleados a los videos de los clientes y la autenticación de múltiples factores obligatoria.
Sanciones por grabación ilegal en Luisiana
Luisiana impone algunas de las sanciones más severas del país por grabación ilegal.
Infracciones de la Ley de Vigilancia Electrónica (La. R.S. 15:1303)
Violar la Ley de Vigilancia Electrónica de Luisiana al interceptar, grabar o divulgar ilegalmente comunicaciones por cable, electrónicas u orales conlleva una sentencia de prisión de 2 a 10 años con trabajos forzados y una multa de hasta $10,000. Esto aplica a las infracciones de grabación de audio, como usar un timbre Ring para grabar intencionalmente conversaciones privadas sin el consentimiento de ninguna de las partes.
Daños civiles por escuchas ilegales
Más allá de las sanciones penales, las víctimas de interceptación ilegal pueden buscar recursos civiles según La. R.S. 15:1312. El estatuto permite recuperar daños reales, $100 por día de infracción o $1,000 (lo que sea mayor), daños punitivos, y honorarios de abogado razonables y costos de litigio. Este recurso civil proporciona un incentivo financiero significativo para que las víctimas presenten reclamos.
Sanciones por voyerismo con video (La. R.S. 14:283)
Una primera condena por voyerismo con video conlleva una multa de hasta $2,000 y prisión de hasta 2 años, con o sin trabajos forzados. Una segunda condena o condenas posteriores aumentan la sanción a una multa de hasta $2,000 y prisión con trabajos forzados de 6 meses a 3 años, sin beneficio de libertad condicional, libertad a prueba o suspensión de la sentencia.
El voyerismo con video que involucra a un menor de 17 años conlleva una multa de hasta $10,000 y prisión con trabajos forzados de 2 a 10 años. Todas las condenas por voyerismo con video requieren el registro obligatorio como delincuente sexual.

Demandas civiles por invasión de la privacidad
Luisiana reconoce causas de acción civil por invasión de la privacidad bajo su derecho general de responsabilidad civil (tort). Un vecino o visitante que crea que un timbre Ring viola su privacidad podría presentar una demanda civil buscando daños compensatorios, daños punitivos y una orden judicial que exija reubicar o retirar la cámara.
Cómo usar un timbre Ring legalmente en Luisiana
Dadas las severas sanciones de Luisiana por infracciones de grabación, seguir estas pautas es particularmente importante:
Coloque su cámara en su propia entrada. Apunte su timbre Ring hacia su puerta principal, porche y acera. Evite dirigir la cámara hacia las ventanas de un vecino, patios cerrados o áreas privadas cercadas. La cámara puede captar incidentalmente partes de la propiedad visible de un vecino sin crear problemas legales.
Considere los riesgos de la grabación de audio. La sanción por delito grave de 2 a 10 años de Luisiana por interceptación ilegal hace que la grabación de audio sea una preocupación seria. Si le preocupa captar conversaciones de terceros cuando no está presente, desactive la grabación de audio a través de la configuración de privacidad de la aplicación Ring.
Conozca las reglas de los alquileres temporales. Si opera un alquiler temporal en Luisiana, La. R.S. 21:61 le exige colocar un aviso específico antes de usar cualquier cámara, incluido un timbre Ring, y limita el uso de cámaras a las áreas comunes fuera de dormitorios y baños. Consulte a un abogado antes de instalar una cámara en una propiedad de alquiler listada en plataformas como Airbnb.
Revise las pautas de su HOA. Revise los CC&Rs y los requisitos de revisión arquitectónica en su comunidad antes de instalar un timbre Ring. Presente una solicitud formal si se requiere y conserve una copia de cualquier aprobación escrita.
Obtenga el permiso del arrendador si alquila. Los inquilinos deben obtener la aprobación escrita del arrendador antes de montar un timbre Ring en el exterior de una propiedad de alquiler. Analice las obligaciones de retiro y cualquier expectativa de reparación de daños antes de la instalación.
Use las funciones de privacidad de Ring. Configure las zonas de movimiento para limitar la detección a su propiedad. Habilite el cifrado de extremo a extremo para las grabaciones almacenadas. Mantenga actualizados el software y el firmware de su Ring para protegerse contra vulnerabilidades de seguridad.
Entienda el acceso de las fuerzas del orden. Puede compartir grabaciones voluntariamente, pero la policía generalmente necesita una orden judicial para obligar a la entrega. Si recibe una solicitud legal formal de grabaciones, consultar a un abogado antes de responder es un paso prudente.
Más leyes de Luisiana
Las regulaciones del timbre Ring son solo una parte del panorama legal de Luisiana. Estas guías relacionadas cubren otros temas importantes:
- Leyes de grabación de Luisiana explican el alcance completo de las reglas de consentimiento de una parte para llamadas telefónicas, conversaciones en persona y grabaciones en el lugar de trabajo en todo el estado.
- Leyes de atropello y fuga de Luisiana detallan lo que los conductores deben hacer después de un accidente y las sanciones por abandonar el lugar.
- Ley limón de Luisiana cubre las protecciones para los compradores que adquieren vehículos nuevos o usados defectuosos.
Este artículo proporciona información legal general sobre las leyes de cámaras de timbre Ring en Luisiana. Las leyes pueden cambiar, y su aplicación depende de circunstancias específicas. Consulte a un abogado con licencia en Luisiana para obtener asesoramiento específico para su situación. La información está vigente a abril de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Es legal tener un timbre Ring en Luisiana?
Sí, los timbres Ring son legales en Luisiana para uso residencial. Grabar video de su propia propiedad está permitido, y grabar audio es lícito bajo la regla de consentimiento de una parte en La. R.S. 15:1303 cuando usted participa en la conversación. Coloque la cámara en su propia entrada y evite grabar áreas privadas de propiedades vecinas.
¿Puede mi vecino grabarme con un timbre Ring en Luisiana?
Un vecino puede grabar legalmente video de áreas visibles desde su propiedad, lo que puede incluir partes de su jardín visibles desde la calle. Si la cámara de un vecino apunta deliberadamente hacia sus ventanas o espacios privados, o capta audio de sus conversaciones sin su consentimiento, podría violar la Ley de Vigilancia Electrónica de Luisiana o dar lugar a una demanda civil por privacidad.
¿Cuáles son las sanciones por grabación ilegal en Luisiana?
Luisiana impone algunas de las sanciones de grabación más severas del país. Violar la Ley de Vigilancia Electrónica conlleva de 2 a 10 años con trabajos forzados y una multa de $10,000. El voyerismo con video conlleva hasta 2 años por un primer delito, con registro obligatorio como delincuente sexual. Los daños civiles por escuchas ilegales incluyen daños reales, daños legales, daños punitivos y honorarios de abogado.
¿Puedo usar un timbre Ring en mi Airbnb en Luisiana?
La ley de Luisiana (La. R.S. 21:61) permite a un propietario de alquiler temporal usar una cámara solo en áreas comunes (todas las áreas excepto dormitorios y baños) y únicamente después de colocar un aviso específico sobre el equipo de vigilancia. Un timbre Ring en la entrada normalmente calificaría como una cámara de área común si se coloca el aviso, pero su aplicación a las cámaras de timbre exteriores no se ha probado de forma definitiva en los tribunales, por lo que se recomienda consultar a un abogado de Luisiana.
¿Puede la policía de Luisiana acceder a las grabaciones de mi timbre Ring?
La policía generalmente necesita una orden judicial o una orden de un tribunal para obligar el acceso a sus grabaciones de Ring. Usted puede compartir voluntariamente las grabaciones con las fuerzas del orden. Ring también puede divulgar grabaciones a la policía sin su consentimiento en situaciones de emergencia que involucren un peligro inminente de muerte o lesión física grave, con Amazon tomando esa determinación internamente.
Actualizaciones
Se corrigió la descripción de La. R.S. 21:61, de una prohibición total de cámaras a su regla real de área común con aviso publicado (corregido en los puntos clave, dos secciones del cuerpo, la lista de cumplimiento y las preguntas frecuentes), y se corrigió una regla fabricada de consentimiento del "buen administrador" atribuida al Artículo 2692 del Código Civil, que en realidad solo cubre el deber del inquilino de reparar daños por uso excesivo.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 7 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Louisiana Civil Code
§ 2692Lessee's obligation to make repairsVigentecitada en 2 de nuestros artículos
The lessee is bound to repair damage to the thing caused by his fault or that of persons who, with his consent, are on the premises or use the thing, and to repair any deterioration resulting from his or their use to the extent it exceeds the normal or agreed use of the thing.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 15 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2023
Casos destacados: MJ Farms, Ltd. v. Exxon Mobil Corp. (Supreme Court of Louisiana 2008, 998 So. 2d 16) · Burmaster v. Plaquemines Parish Government (Supreme Court of Louisiana 2008, 982 So. 2d 795) · New Orleans Hat Attack, Inc. v. New York Life Ins. Co. (Louisiana Court of Appeal 1995, 665 So. 2d 1186)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 667Limitations on use of propertyVigentecitada en 4 de nuestros artículos
Although a proprietor may do with his estate whatever he pleases, still he cannot make any work on it, which may deprive his neighbor of the liberty of enjoying his own, or which may be the cause of any damage to him. However, if the work he makes on his estate deprives his neighbor of enjoyment or causes damage to him, he is answerable for damages only upon a showing that he knew or, in the exercise of reasonable care, should have known that his works would cause damage, that the damage could have been prevented by the exercise of reasonable care, and that he failed to exercise such reasonable care. Nothing in this Article shall preclude the court from the application of the doctrine of res ipsa loquitur in an appropriate case. Nonetheless, the proprietor is answerable for damages without regard to his knowledge or his exercise of reasonable care, if the damage is caused by an ultrahazardous activity. An ultrahazardous activity as used in this Article is strictly limited to pile driving or blasting with explosives.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 72 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2026
Casos destacados: Suire v. Lafayette City-Parish Government (Supreme Court of Louisiana 2005, 907 So. 2d 37) · LEJEUNE BROS. v. Goodrich Petroleum Co. (Louisiana Court of Appeal 2007, 6 La.App. 3 Cir. 1557) · Grace Ranch, LLC v. BP Am. Prod. Co. (Louisiana Court of Appeal 2018, 252 So. 3d 546)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de cámaras de seguridad en Luisiana: reglas residenciales y comerciales
Louisiana Revised Statutes
§ 14:283Video voyeurism; penaltiesVigentecitada en 30 de nuestros artículos
A. Video voyeurism is any of the following: (1) The use of any camera, videotape, photo-optical, photo-electric, or any other image recording device, or an unmanned aircraft system equipped with any camera, videotape, photo-optical, photo-electric, or any other image recording device, for the purpose of observing, viewing, photographing, filming, or videotaping a person where that person has not consented to the specific instance of observing, viewing, photographing, filming, or videotaping and either: (a) It is for a lewd or lascivious purpose. (b) The observing, viewing, photographing, filming, or videotaping is as described in Paragraph (B)(3) of this Section and occurs in a place where an identifiable person has a reasonable expectation of privacy. (2) The transfer of an image obtained by activity described in Paragraph (1) of this Subsection by live or recorded telephone message, electronic mail, the Internet, or a commercial online service.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 16 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2024
Casos destacados: State v. Batiste (Supreme Court of Louisiana 2006, 939 So. 2d 1245) · State v. Boudreaux (Louisiana Court of Appeal 2006, 945 So. 2d 898) · State v. Perry (Louisiana Court of Appeal 2012, 12 La.App. 3 Cir. 298)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Luisiana sobre Grabación con Lentes Inteligentes (2026), Leyes de Grabación de Luisiana (2026): Reglas de Consentimiento de Una Sola Parte, Leyes de Grabación de Audio de Luisiana: Reglas de Consentimiento de Una Sola Parte y Sanciones
§ 15:1303Interception and disclosure of wire, electronic, or oral communicationsVigentecitada en 36 de nuestros artículos
A. Except as otherwise specifically provided in this Chapter, it shall be unlawful for any person to: (1) Willfully intercept, endeavor to intercept, or procure any other person to intercept or endeavor to intercept, any wire, electronic or oral communication; (2) Willfully use, endeavor to use, or procure any other person to use or endeavor to use, any electronic, mechanical, or other device to intercept any oral communication when: (a) Such device is affixed to, or otherwise transmits a signal through, a wire, cable, or other like connection used in wire or electronic communication; or (b) Such device transmits communications by radio or interferes with the transmission of such communication; (3) Willfully disclose, or endeavor to disclose, to any other person the contents of any wire, electronic, or oral communication, knowing or having reason to know that the information was obtained through the interception of a wire, electronic, or oral communication in violation of this Subsection; or (4) Willfully use, or endeavor to use, the contents of any wire, electronic, or oral communication, knowing or having reason to know that the information was obtained through the…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 25 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2020
Casos destacados: Smith v. Smith (Louisiana Court of Appeal 2005, 923 So. 2d 732) · Johnson v. Aymond (Louisiana Court of Appeal 1998, 709 So. 2d 1072) · Keller v. Aymond (Louisiana Court of Appeal 1998, 722 So. 2d 1224)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Cámaras de Tablero de Luisiana: Reglas de Montaje, Grabación y Evidencia, Leyes de Grabación Arrendador-Inquilino de Luisiana: Derechos y Restricciones, Leyes de grabación médica en Luisiana: derechos del paciente y reglas de HIPAA
§ 15:1312Recovery of civil damages authorizedVigentecitada en 17 de nuestros artículos
A. Any person whose wire, electronic, or oral communication is intercepted, disclosed, or used in violation of this Chapter shall have a civil cause of action against any person who intercepts, discloses, or uses, or procures any other person to intercept, disclose, or use such communications, and be entitled to recover from any such person: (1) Actual damages, but not less than liquidated damages computed at the rate of one hundred dollars a day for each day of violation or one thousand dollars, whichever is greater. (2) A reasonable attorney's fee and other litigation costs reasonably incurred. (3) Punitive damages. B. A good faith reliance on a court order shall constitute a complete defense to any civil or criminal action brought under this Chapter.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Citada en 7 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2024
Casos destacados: Benoit v. Roche (Louisiana Court of Appeal 1995, 657 So. 2d 574) · Keller v. Aymond (Louisiana Court of Appeal 1998, 722 So. 2d 1224) · Wingrave v. Hebert (Louisiana Court of Appeal 2007, 964 So. 2d 385)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de grabación de llamadas telefónicas en Luisiana: lo que debe saber, Leyes de Cámaras de Vigilancia en Luisiana (Guía 2026)
§ 15:541DefinitionsVigentecitada en 5 de nuestros artículos
For the purposes of this Chapter, the definitions of terms in this Section shall apply: (1) "Administration of criminal justice" means performance of any of the following activities: detection, apprehension, detention, pretrial release, post-trial release, prosecution, adjudication, correctional supervision, or rehabilitation of accused persons or criminal offenders. The term also includes criminal identification activities, the collection, storage, and dissemination of criminal history record information, and the compensation of victims of crime. (2) "Aggravated offense" means a conviction for the perpetration or attempted perpetration of, or conspiracy to commit, any of the following: (a)(i) Aggravated rape (R.S. 14:42), which occurred prior to August 1, 2015, and which shall include convictions for the perpetration or attempted perpetration of, or conspiracy to commit, aggravated oral sexual battery (formerly R.S. 14:43.4, Repealed by Acts 2001, No. 301, §2) occurring prior to August 15, 2001. (ii) First degree rape (R.S. 14:42) which occurred on or after August 1, 2015. (b)(i) Forcible rape (R.S. 14:42.1) which occurred prior to August 1, 2015.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Referencias cruzadas en el propio texto legal: § 14:283
Citada en 191 opiniones judicialesAplicada por un tribunal por última vez: 2025
Casos destacados: State v. Williams (Louisiana Court of Appeal 2009, 9 La.App. 5 Cir. 48) · STATE of Louisiana v. Gary LAYTON; State of Louisiana v. Gary Layton (Supreme Court of Louisiana 2015, 168 So. 3d 358) · Quatrevingt v. State (Louisiana Court of Appeal 2018, 242 So. 3d 625)
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de eliminación de antecedentes en Luisiana: elegibilidad, costos y como limpiar su antecedente
§ 21:61Notice required for use of camera in short-term rental structuresVigentecitada en 4 de nuestros artículos
A. For the purposes of this Section, the following definitions apply: (1) "Camera" means a camcorder, motion picture camera, photographic camera of any type, or other equipment that is concealed or disguised to secretly or surreptitiously videotape, film, photograph, record, or view a person by electronic means. (2) "Common area" means all areas of the short-term rental structure, excluding any bedrooms or bathrooms. (3) "Short-term rental structure" means a building which may have previously been used as a one- or two-family dwelling but is rented from the owner of the structure by an unknown number of persons for a period of time not to exceed twenty-nine days. B.(1) Except as provided in Paragraph (2) of this Subsection, an owner or lessor of a short-term rental structure shall not install or use a camera on the premises of a short-term rental structure.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-29 · Lea la sección completa en legis.la.gov
Explore la ley
Las leyes citadas arriba hacen referencia a estas secciones relacionadas en su propio texto:
- Louisiana Revised Statutes § 14:283.1 — Voyeurism; penalties ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Louisiana Revised Statutes § 14:40.2 — Stalking ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Louisiana Revised Statutes § 14:81 — Indecent behavior with juveniles ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Louisiana Revised Statutes § 14:81.1 — Child sexual abuse materials ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
- Louisiana Revised Statutes § 14:81.3 — Computer-aided solicitation of a minor ver en nuestro registro legal · leer en la fuente oficial
Leyes relacionadas para lectura adicional; no forman parte de las citas de este artículo.
Fuentes y referencias
- La. R.S. 15:1303 - Ley de Vigilancia Electrónica(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 14:283 - Voyerismo con Video; Sanciones(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 15:1312 - Recursos Civiles por Interceptación Ilegal(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 21:61 - Restricciones de Cámaras en Alquileres Temporales(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 15:541 - Registro de Delincuentes Sexuales(legis.la.gov).gov
- Acuerdo de la FTC con Ring - Violaciones de Privacidad(ftc.gov).gov
- Blog de la FTC - Fallas de Privacidad de Ring(ftc.gov).gov
- Solicitudes de Información de Ring para las Fuerzas del Orden(ring.com)
- Guía de Grabación para Reporteros de Luisiana - RCFP(rcfp.org)