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Leyes de Protección al Denunciante en Nuevo Mexico: Protecciones y Como Reportar

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 23 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Protección al Denunciante en Nuevo Mexico: Protecciones y Como Reportar

Actualizaciones

Se corrigieron los estándares legales: la ley protege un acto ilegal o indebido según lo define NMSA 10-16C-2(E), protege las comunicaciones al empleador público o a un tercero en lugar de solo a los medios, y aplica un estándar de causalidad de factor motivador.

Fuentes y referencias

  1. Estatutos de Nuevo Mexico, Capítulo 10, Artículo 16C - Protección al Denunciante(law.justia.com)
  2. NMSA 10-16C-3 - Prohibición de Acción de Represalia del Empleador Público(law.justia.com)
  3. NMSA 10-16C-4 - Derecho a Acción Civil por Daños(law.justia.com)
  4. HB586 (Capítulo 50) - Ley de Supervisión de Consolidación de Atención Médica, disposiciones de protección al denunciante (texto promulgado)(nmlegis.gov).gov
  5. NM OSHA - Discriminación contra Denunciantes(env.nm.gov).gov
  6. Programa de Protección al Denunciante de OSHA(whistleblowers.gov).gov
  7. NMSA 1978, Capítulo 10, Artículo 16C - Protección al Denunciante (estatutos compilados oficiales, Comisión de Compilación de Nuevo Mexico)(nmonesource.com)
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