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Leyes de Difamación en Chile: Civil, Penal y Defensas

Verificado de forma independientePor Equipo Editorial de Recording Law10 min de lectura
Leyes de Difamación en Chile: Civil, Penal y Defensas

Preguntas frecuentes

¿Es la difamación un delito en Chile?

Sí. La calumnia y la injuria son delitos bajo los artículos 412 a 431 del Código Penal. Son delitos de acción privada, perseguidos únicamente mediante la querella de la víctima, y pueden llevar grados de prisión y multas en unidades tributarias mensuales (UTM).

¿Cuál es la diferencia entre calumnia e injuria en Chile?

La calumnia (artículo 412) consiste en imputar falsamente a alguien un delito determinado que se pueda perseguir de oficio. La injuria (artículo 416) es cualquier expresión o acción que deshonra, desacredita o menosprecia a otra persona, graduada en injurias graves y leves.

¿Se puede ir preso por difamación en Chile?

Es posible. La calumnia hecha por escrito y con publicidad puede llevar reclusión menor bajo el artículo 413, y las injurias graves pueden llevar reclusión menor bajo el artículo 418, además de multas. En la práctica, muchos casos se resuelven con multas, pero los grados de prisión permanecen en el estatuto.

¿Es la verdad una defensa frente a la difamación en Chile?

Para la calumnia, sí, porque la falsedad es un elemento del delito. Para la injuria, el artículo 420 admite la prueba de la verdad solo cuando la declaración se dirige a un funcionario público sobre su conducta oficial; de lo contrario, la verdad generalmente no es una defensa.

¿Por cuánto se puede demandar por difamación en Chile?

Las multas penales se fijan en UTM (por ejemplo, de 6 a 20 UTM para delitos escritos y publicitados, más altas bajo la ley de prensa). Los daños civiles bajo el artículo 2331 del Código Civil generalmente se limitan al daño económico demostrable, pero la compensación por daño moral está disponible cuando está involucrado un medio de comunicación regido por la Ley N.º 19.733.

¿Cuál es el plazo para presentar una demanda por difamación en Chile?

Bajo el artículo 431 del Código Penal, la acción prescribe en un año desde que la víctima tuvo o pudo tener conocimiento del delito, y no puede presentarse más de cinco años después de que se cometió el delito.

¿Quién persigue la difamación en Chile?

La calumnia y la injuria son delitos de acción privada, por lo que la víctima debe presentar una querella ante el Juzgado de Garantía. El Ministerio Público no los persigue por iniciativa propia.

¿Cubre el derecho chileno la difamación en línea y en redes sociales?

Sí. El Código Penal se aplica a cualquier medio, y cuando las declaraciones se difunden a través de un medio de comunicación social, rige la Ley N.º 19.733, con multas más altas y reglas que permiten la compensación del daño moral.

Actualizaciones

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas

Fuentes y referencias

  1. Código Penal de Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), artículos 412-431(bcn.cl).gov
  2. Estudio de la BCN: delitos de injuria y calumnia y Ley N.º 19.733(bcn.cl).gov
  3. Ministerio de Justicia: Delitos contra el honor (estudio de propuesta de reforma)(minjusticia.gob.cl).gov
  4. Análisis académico del artículo 2331 del Código Civil y la indemnización por daño al honor(scielo.cl)
  5. Ley N.º 19.733 sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo(bcn.cl).gov
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