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Leyes de Difamación en Ecuador: Civil y Penal

Verificado de forma independientePor Equipo Editorial de Recording Law10 min de lectura
Leyes de Difamación en Ecuador: Civil y Penal

Preguntas frecuentes

¿Es la difamación un delito en Ecuador?

En parte. La calumnia, la imputación falsa de un delito, sigue siendo penal según el art. 182 del COIP, sancionada con seis meses a dos años de prisión. La injuria ordinaria (el insulto) fue despenalizada en el COIP de 2014, por lo que los insultos generales ya no son un delito.

¿Qué es la calumnia en Ecuador?

La calumnia según el art. 182 del COIP consiste en imputar falsamente un delito a otra persona por cualquier medio. Es el único delito que subsiste entre los delitos contra el honor de Ecuador y se sanciona con seis meses a dos años de prisión.

¿Despenalizó Ecuador la difamación?

Ecuador despenalizó la injuria (el insulto ordinario) cuando entró en vigencia el COIP en 2014, pero mantuvo la calumnia (acusar falsamente a alguien de un delito) como delito penal según el art. 182. Por lo tanto, la difamación solo está parcialmente despenalizada.

¿Es la verdad una defensa contra la calumnia en Ecuador?

Sí. Probar la veracidad de la imputación exime al acusado, salvo cuando ya exista una sentencia en firme que confirme la inocencia de la persona, un sobreseimiento o un archivo, en cuyo caso no se admite prueba de la verdad.

¿Se puede evitar la responsabilidad por calumnia retractándose en Ecuador?

Sí. El art. 182 del COIP establece que la responsabilidad penal desaparece si el autor se retracta voluntariamente antes de una sentencia ejecutoriada, siempre que la retractación se publique a costa del autor en el mismo medio y con las mismas características que la declaración original.

¿Por cuánto se puede demandar por difamación en Ecuador?

No existe un tope legal fijo. La compensación civil por daño a la honra y al buen nombre, incluido el daño moral, la determinan los tribunales según el perjuicio demostrado. La vía civil es el principal recurso para el daño reputacional que no constituye calumnia penal.

¿Es ilegal la difamación en línea en Ecuador?

Una acusación falsa de un delito hecha en línea puede procesarse como calumnia según el art. 182, ya que el delito puede cometerse por cualquier medio. Los insultos en línea que no acusan a alguien de un delito no son penales y se tratarían, en su caso, como demandas civiles.

¿Cuál es la diferencia entre calumnia e injuria en Ecuador?

La calumnia consiste en imputar falsamente un delito específico y sigue siendo penal según el art. 182. La injuria era el delito más amplio de insultar o menospreciar a una persona sin alegar un delito, y fue retirada del código penal en 2014.

Actualizaciones

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Fuentes y referencias

  1. Código Orgánico Integral Penal (COIP), Art. 182 (Calumnia)(legal-atlas.net)
  2. Código Orgánico Integral Penal (COIP), texto actualizado (Ministerio de Defensa)(defensa.gob.ec).gov
  3. Ecuador, COIP (texto oficial de WIPO Lex)(wipo.int).gov
  4. El Diario: "La injuria ya no es delito" (COIP 2014)(eldiario.ec)
  5. Departamento de Estado de EE. UU., informe de país sobre Ecuador(state.gov).gov
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