Washington
Ley Limón de Washington (2026): Cómo Calificar y Obtener un Reembolso

La Ley de Garantías de Vehículos Motorizados de Washington (RCW 19.118) cubre los automóviles de pasajeros nuevos, los camiones de menos de 19,000 libras GVW y las motocicletas con un desplazamiento de 750cc o más. Un vehículo califica como limón después de cuatro intentos de reparación para una no conformidad, dos intentos para un defecto de seguridad grave, o 30 días acumulados fuera de servicio (60 días para casas rodantes), todo dentro del periodo de elegibilidad de dos años o 24,000 millas. El consumidor elige entre una recompra total o un vehículo de reemplazo.
Panorama General de la Ley Limón de Washington
La Ley de Garantías de Vehículos Motorizados de Washington, codificada en el RCW 19.118, protege a los consumidores que compran o arriendan vehículos motorizados nuevos que resultan tener defectos sustanciales y recurrentes. Si un fabricante no puede reparar un defecto que califica después de un número razonable de intentos, la ley exige que el fabricante recompre o reemplace el vehículo.

La Oficina del Fiscal General de Washington administra el programa de ley limón y proporciona audiencias de arbitraje gratuitas para los consumidores que califican. El programa de Washington es uno de los más favorables al consumidor del país porque no cobra tarifas de presentación y no exige que los consumidores contraten un abogado.
Qué Vehículos Están Cubiertos
La ley limón de Washington cubre una amplia gama de vehículos motorizados nuevos con algunas exclusiones específicas.
Tipos de Vehículos Cubiertos
- Automóviles de pasajeros: Sedanes, cupés, hatchbacks, SUV
- Camiones: Con un peso bruto vehicular nominal inferior a 19,000 libras
- Motocicletas: Con un desplazamiento del motor de al menos 750 centímetros cúbicos
- Casas rodantes: El vehículo autopropulsado y el chasis (no la parte habitacional)
- Vehículos eléctricos: Vehículos eléctricos de batería e híbridos enchufables con garantías del fabricante
- Vehículos de demostración: Con garantía del fabricante
- Vehículos de arrendamiento con opción de compra: Con garantía del fabricante
Vehículos No Cubiertos
- Motocicletas con un desplazamiento del motor inferior a 750cc
- Camiones con un peso bruto vehicular nominal de 19,000 libras o más
- Vehículos de flotilla (10 o más comprados bajo un solo acuerdo)
- La parte habitacional de las casas rodantes (solo se cubren el chasis y el tren motriz)
Consideraciones sobre Vehículos Eléctricos
La ley limón de Washington se aplica a los vehículos eléctricos (EV) y a los híbridos enchufables de la misma manera que se aplica a los vehículos de gasolina. Los defectos comunes específicos de los vehículos eléctricos que pueden calificar incluyen la degradación de la batería más allá de las especificaciones de la garantía, las fallas del sistema de carga, los errores del software que afectan la capacidad de conducción, y las fallas del motor eléctrico. Los mismos umbrales de intentos de reparación y periodos de elegibilidad aplican sin importar el tipo de tren motriz.
Disposición Especial para las Fuerzas Armadas
La ley limón de Washington incluye cobertura especial para los miembros de las fuerzas armadas. Si usted está destinado o reside en Washington, un vehículo nuevo traído de otro estado está cubierto si:
- Fue comprado o arrendado con una garantía del fabricante dentro de los últimos 30 meses
- El vehículo cumple con la definición de vehículo motorizado nuevo conforme al RCW 19.118.021
Quién Califica Como Consumidor
Conforme al RCW 19.118.021, un "consumidor" incluye a cualquier persona que celebró un acuerdo para la transferencia, arrendamiento o compra de un vehículo motorizado nuevo, que no sea para reventa o subarrendamiento, durante el periodo de elegibilidad. Esto significa que el comprador original, el arrendatario o un cesionario subsecuente pueden calificar todos.
Cesionarios Subsecuentes
Los propietarios posteriores pueden solicitar arbitraje si:
- El vehículo fue adquirido dentro de los 2 años posteriores a la entrega original y dentro de las primeras 24,000 millas
- El vehículo cumple con los demás requisitos de elegibilidad
- La solicitud de arbitraje se recibe dentro de los 30 meses posteriores a la entrega minorista original
Categorías y Requisitos de Reclamo en Washington
Washington usa cuatro categorías distintas de reclamo. Cada una tiene requisitos específicos que deben cumplirse para un reclamo exitoso de ley limón.
Categoría de Reclamo 1: No Conformidad Sin Reparar
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Intentos de reparación | 4 o más intentos de diagnosticar o reparar |
| Momento | Al menos un intento durante la garantía del fabricante y durante el periodo de elegibilidad |
| Estado | La no conformidad continúa existiendo |
| Solicitud por escrito | El consumidor envió una solicitud por escrito de recompra/reemplazo |
| Respuesta del fabricante | El fabricante no respondió o no resolvió el problema dentro de 40 días |
Categoría de Reclamo 2: Defecto de Seguridad Grave Sin Reparar
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Intentos de reparación | 2 o más intentos de diagnosticar o reparar |
| Momento | Al menos un intento durante la garantía del fabricante y durante el periodo de elegibilidad |
| Estado | El defecto de seguridad grave continúa existiendo |
| Solicitud por escrito | El consumidor envió una solicitud por escrito de recompra/reemplazo |
| Respuesta del fabricante | El fabricante no respondió o no resolvió el problema dentro de 40 días |
Categoría de Reclamo 3: Múltiples Defectos de Seguridad Graves
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Número de defectos | 2 o más defectos de seguridad graves diferentes (reparados o no) |
| Periodo de tiempo | Dentro de un periodo de 12 meses durante el periodo de elegibilidad |
| Intentos de reparación | Cada defecto sujeto a diagnóstico o reparación al menos una vez durante la garantía |
| Solicitud por escrito | El consumidor envió una solicitud por escrito de recompra/reemplazo |
| Respuesta del fabricante | El fabricante no respondió o no resolvió el problema dentro de 40 días |
Nota: Para esta categoría, no importa si los defectos fueron reparados. Dos defectos de seguridad graves diferentes en un periodo de 12 meses califican.
Categoría de Reclamo 4: Días Fuera de Servicio
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Días fuera de servicio | 30 o más días calendario acumulados (60 o más para casas rodantes) |
| Días de garantía | Al menos 15 días durante la garantía del fabricante |
| Intentos de reparación | Cada defecto tuvo al menos un intento durante el periodo de elegibilidad |
| Solicitud por escrito | El consumidor envió una solicitud por escrito de recompra/reemplazo |
| Respuesta del fabricante | El fabricante no respondió o no resolvió el problema dentro de 40 días |
Definiciones Clave
- No conformidad: Un defecto que perjudica sustancialmente el uso, el valor o la seguridad, haciendo que el vehículo no sea confiable, sea inseguro o disminuya su valor de reventa
- Defecto de seguridad grave: Un mal funcionamiento que amenaza la vida y que impide la capacidad del conductor para controlar el vehículo o crea un riesgo de incendio o explosión
- Periodo de elegibilidad: 2 años o 24,000 millas desde la entrega original, lo que ocurra primero
Recursos del Consumidor: Recompra vs. Reemplazo
Cuando un vehículo califica como limón bajo la ley de Washington, el fabricante debe recomprar o reemplazar el vehículo. El consumidor elige qué recurso buscar. Conforme al RCW 19.118.041, el fabricante debe actuar dentro de los 40 días calendario posteriores a la solicitud por escrito del consumidor.
Opción 1: Recompra
Conforme al RCW 19.118.041, el fabricante debe reembolsar:
- Precio de compra: El precio en efectivo que aparece en el acuerdo de venta
- Todos los cargos colaterales: Impuesto sobre ventas, impuesto de uso, tarifas de arbitraje, tarifas de licencia/registro/título no usadas, cargos financieros, penalizaciones por pago anticipado, costos de seguro de crédito, cargos de transporte, preparación del concesionario, contratos de servicio, aplicación de material antioxidante y bajos
- Costos incidentales: Cargos de remolque y costos de transporte alternativo
Para los vehículos arrendados, el fabricante debe reembolsar todos los pagos realizados bajo el arrendamiento, incluido el valor de intercambio o el pago inicial, el depósito de seguridad, todos los cargos colaterales y los costos incidentales.
Opción 2: Vehículo de Reemplazo
El fabricante debe proporcionar:
- Un vehículo motorizado nuevo idéntico o razonablemente equivalente al original
- El vehículo tal como existía al momento de la compra o arrendamiento
- Todos los contratos de servicio, la aplicación de material antioxidante y bajos, y las opciones instaladas de fábrica o del concesionario
- El pago del impuesto sobre ventas, licencia y tarifas de registro del reemplazo
- El reembolso de cualquier costo incidental otorgado por el árbitro
Descuento Razonable por Uso
El fabricante puede deducir un descuento razonable por uso. Conforme al RCW 19.118.041, esto se calcula así:
Vehículos estándar (autos, camiones, SUV): Descuento = (Millas en el Primer Reporte x Precio de Compra) / 120,000
Casas rodantes: Descuento = (Millas en el Primer Reporte x Precio de Compra) / 90,000
Motocicletas: Descuento = (Millas en el Primer Reporte x Precio de Compra) / 25,000
Por ejemplo, si usted pagó $40,000 por un auto y condujo 3,000 millas antes del primer intento de reparación, el descuento sería de $1,000. Si usted elige un reemplazo en lugar de una recompra, usted paga el descuento al fabricante.
Para Cesionarios Subsecuentes
- Si elige la recompra, el "precio de compra" significa el precio de compra subsecuente
- Si elige el reemplazo, el "precio de compra" significa el precio de compra original
Honorarios de Abogado y Costas
Conforme al RCW 19.118.090, si la junta de arbitraje otorga recursos al consumidor y el fabricante estuvo directamente representado por un abogado durante el proceso, la junta también debe otorgar los costos razonables y los honorarios de abogado incurridos por el consumidor. Esto se aplica cuando el fabricante usó un abogado al responder a las solicitudes de recompra/reemplazo, las negociaciones de acuerdo, o en la audiencia de arbitraje.
Cómo Presentar un Reclamo de Ley Limón en Washington
Washington ofrece un proceso de arbitraje gratuito a través de la Oficina del Fiscal General. Esta es una guía paso a paso.
Paso 1: Documente Todo
La documentación exhaustiva es la base de un reclamo sólido de ley limón. Mantenga estos registros organizados:
- Todas las órdenes de reparación con fechas, millaje y descripciones de los problemas
- Un registro de cada día en que el vehículo estuvo fuera de servicio por reparaciones
- Síntomas específicos, luces de advertencia y códigos de error
- Toda la correspondencia con el concesionario y el fabricante
- Fotos o videos de los defectos a medida que ocurren
- Copias de los acuerdos de compra o arrendamiento
Paso 2: Envíe una Solicitud por Escrito al Fabricante
Antes de presentar el arbitraje, usted debe enviar una solicitud por escrito al fabricante pidiendo la recompra o el reemplazo. Envíe esto por correo certificado con acuse de recibo para tener comprobante de entrega. Incluya el número de identificación de su vehículo (VIN), un resumen de los defectos y copias de los registros de reparación.
Paso 3: Permita el Periodo de Resolución de 40 Días
El fabricante tiene 40 días calendario desde la recepción de su solicitud por escrito para responder e intentar resolver el asunto. Si no responden, se niegan a actuar, o no pueden solucionar el problema dentro de este periodo, usted puede proceder al arbitraje.
Paso 4: Solicite Arbitraje
Presente una Solicitud de Arbitraje ante la Administración de la Ley Limón de la Oficina del Fiscal General:
- Debe recibirse dentro de los 30 meses posteriores a la fecha de entrega minorista original
- Sin costo por el proceso de arbitraje
- Incluya toda la documentación de respaldo (órdenes de reparación, correspondencia, fotos)
- Usted puede representarse a sí mismo o contratar un abogado
Paso 5: Audiencia de Arbitraje
La audiencia debe realizarse dentro de los 45 días posteriores a que la junta de arbitraje reciba su solicitud. Al menos 10 días antes de la audiencia, usted recibirá un aviso de la fecha, hora y lugar.
En la audiencia, prepárese para:
- Identificar cuál categoría de reclamo aplica a su situación
- Presentar evidencia de los defectos y todos los intentos de reparación
- Explicar cómo el defecto perjudica sustancialmente el uso, el valor o la seguridad del vehículo
- Presentar todas las categorías de reclamo aplicables (usted puede calificar bajo más de una)
Proceso de Arbitraje Estatal y Plazos
El proceso de arbitraje de Washington es administrado por la Oficina del Fiscal General y sigue plazos específicos establecidos en el estatuto.
Plazos Clave del Arbitraje
| Evento | Plazo |
|---|---|
| Audiencia programada | Dentro de los 45 días posteriores a que la junta reciba su solicitud |
| Aviso de audiencia enviado | Al menos 10 días antes de la fecha de la audiencia |
| Decisión por escrito emitida | Dentro de los 60 días posteriores a que la junta reciba su solicitud |
| El consumidor acepta o rechaza la decisión | 60 días desde que recibe la decisión |
| El fabricante cumple (si el consumidor acepta) | 40 días desde que recibe la aceptación del consumidor |
| El fabricante apela (si el consumidor acepta) | 30 días desde que recibe la aceptación del consumidor |
| El consumidor apela (si el consumidor rechaza) | 120 días desde la fecha del rechazo |
Posibles Resultados
- Recompra ordenada: El fabricante debe recomprar el vehículo al precio total menos el descuento por uso
- Reemplazo ordenado: El fabricante debe proporcionar un vehículo nuevo comparable
- Reclamo denegado: El consumidor puede rechazar la decisión y apelar ante el tribunal superior
Después de la Decisión
Si la junta de arbitraje falla a su favor, usted tiene 60 días para aceptar o rechazar la decisión. Si acepta, el fabricante debe cumplir dentro de 40 días calendario o presentar una apelación ante el tribunal superior dentro de 30 días.
Si usted rechaza una decisión favorable o recibe una desfavorable, usted tiene 120 días calendario para presentar una petición de apelación ante el tribunal superior conforme al RCW 19.118.100.
Cumplimiento y Penalizaciones
Conforme al RCW 19.118.095:
- El fabricante debe cumplir con una decisión de arbitraje aceptada
- El incumplimiento puede resultar en una multa de hasta $1,000
- El consumidor puede recuperar los costos y honorarios de abogado por el incumplimiento del fabricante
- No poner su vehículo a disposición dentro de los 60 días posteriores a la oferta de cumplimiento del fabricante cuenta como un rechazo de la decisión
Defensas del Fabricante
Los fabricantes pueden presentar varias defensas para evitar la responsabilidad de la ley limón. Entender estas defensas le ayuda a preparar un reclamo más sólido.
Defensas Comunes del Fabricante
| Defensa | Argumento del Fabricante | Contraargumento del Consumidor |
|---|---|---|
| No existe no conformidad | El vehículo funciona según lo diseñado | Documente los problemas recurrentes y las reparaciones fallidas |
| No hay perjuicio sustancial | El defecto no perjudica sustancialmente el uso, el valor o la seguridad | Muestre cómo el defecto hace que el vehículo no sea confiable, sea inseguro o disminuya su valor |
| Abuso, negligencia o modificación | El consumidor causó el problema | Proporcione registros de mantenimiento y muestre el cuidado adecuado |
| Intentos de reparación insuficientes | No hay suficientes intentos para cumplir el umbral | Documente todas las visitas de reparación y los días fuera de servicio |
| No se envió la solicitud por escrito | El consumidor no envió la solicitud requerida por escrito | Conserve copias de toda la correspondencia y la confirmación de entrega |
| Fuera del periodo de elegibilidad | El reclamo se presentó demasiado tarde | Verifique las fechas y el millaje cuidadosamente antes de presentar |
Protecciones para Vehículos Usados
La ley limón de Washington proporciona algunas protecciones para los propietarios subsecuentes y exige la divulgación de los vehículos de recompra.
Cobertura para el Cesionario Subsecuente
Un "cesionario subsecuente" (propietario posterior) puede solicitar arbitraje si:
- El vehículo fue adquirido dentro de los 2 años posteriores a la entrega original y dentro de las primeras 24,000 millas
- El vehículo tenía una garantía aplicable del fabricante en la venta original
- El vehículo cumple con la definición de vehículo motorizado nuevo
- La solicitud de arbitraje se presenta dentro de los 30 meses posteriores a la entrega minorista original
Divulgación de Vehículos de Recompra
Conforme al RCW 19.118.061, los vehículos recomprados bajo la ley limón:
- Deben tener el título marcado para indicar el estado de recompra
- No pueden revenderse sin divulgación completa al comprador
- Los cesionarios intermedios también deben divulgar el historial de recompra
Ley Federal Magnuson-Moss de Garantías
La ley federal Magnuson-Moss de Garantías (15 U.S.C. 2301 y siguientes) sirve como un respaldo nacional para las disputas de garantía de vehículos. Si un fabricante incumple una garantía expresa o implícita, usted puede demandar en un tribunal federal sin importar si su vehículo califica bajo la ley limón estatal. Esto es importante para los compradores de vehículos usados que ya no califican bajo la ventana de elegibilidad de dos años o 24,000 millas de Washington pero que todavía tienen una garantía vigente del fabricante. La Magnuson-Moss también permite a los consumidores recuperar honorarios de abogado si prevalecen, lo que la convierte en una vía viable incluso para reclamos de menor valor.
Otras Protecciones para los Compradores de Vehículos Usados
- Ley de Protección al Consumidor de Washington (RCW 19.86): Prohíbe las prácticas comerciales injustas o engañosas
- Reclamos de derecho consuetudinario: Incumplimiento de garantía, fraude o tergiversación
Cobertura de Casas Rodantes
La ley limón de Washington tiene disposiciones específicas para las casas rodantes que difieren de la cobertura estándar de vehículos.
Qué Está Cubierto
- El vehículo autopropulsado
- El chasis
- Los componentes directamente garantizados por el fabricante
Qué No Está Cubierto
- Las porciones designadas, usadas o mantenidas principalmente como vivienda móvil
- El espacio de oficina
- El espacio comercial
Fabricantes de Casas Rodantes
La ley define al "fabricante de casas rodantes" para incluir:
- Fabricante de primera etapa: Fabrica el chasis, las cabinas de chasis o las furgonetas
- Fabricante de componentes: Fabrica los componentes usados en la casa rodante
- Fabricante de etapa final: Ensambla la casa rodante completada
Cuando participan varios fabricantes, la responsabilidad puede distribuirse entre ellos según cuáles componentes sean defectuosos. Cada fabricante es responsable de los defectos en sus propios componentes.
Umbral de Días Fuera de Servicio para Casas Rodantes
Las casas rodantes tienen un umbral de días fuera de servicio más alto que los vehículos estándar. Una casa rodante califica bajo la categoría de días fuera de servicio después de 60 o más días calendario acumulados fuera de servicio (comparado con 30 días para autos, camiones y motocicletas). Conforme al RCW 19.118.041, un fabricante de casas rodantes también tiene 15 días desde la recepción de una demanda por escrito para responder e identificar una instalación de reparación para un intento final de reparación. Si el fabricante no responde dentro de 15 días, pierde su derecho a esa oportunidad final de reparación.
Requisitos Adicionales
Los reclamos de casas rodantes pueden involucrar a varios fabricantes, lo que puede complicar el proceso de arbitraje. El Folleto de Ley Limón de Casas Rodantes de la Oficina del Fiscal General proporciona orientación detallada para los propietarios de casas rodantes.
Consejos para un Reclamo Exitoso de Ley Limón
Seguir estos pasos prácticos fortalecerá su reclamo y ayudará a que el proceso de arbitraje se desarrolle sin problemas.
- Reporte los problemas temprano y con frecuencia. Lleve el vehículo al concesionario tan pronto como note cualquier defecto. Cada visita de reparación documentada cuenta para el umbral.
- Sea específico en las órdenes de reparación. Asegúrese de que cada orden de reparación describa los síntomas exactos, no solo un lenguaje genérico. Pida al asesor de servicio que anote su queja con sus propias palabras.
- Lleve un registro por escrito. Registre cada día que su vehículo está en el concesionario, cada llamada telefónica y cada interacción. Anote fechas, horas y nombres.
- No demore la solicitud por escrito. Envíe su solicitud de recompra/reemplazo por escrito al fabricante tan pronto como cumpla con el umbral de intentos de reparación. Use correo certificado con acuse de recibo.
- Continúe haciendo los pagos. La ley limón no le permite dejar de hacer los pagos del préstamo o arrendamiento mientras su reclamo está pendiente.
- Consulte el sitio web de la Oficina del Fiscal General. La Administración de la Ley Limón proporciona formularios descargables, folletos y personal que puede responder preguntas procesales.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos intentos de reparación exige Washington antes de que un vehículo califique como limón?
Washington exige 4 o más intentos de reparar una no conformidad, o 2 o más intentos para un defecto de seguridad grave, o 30 o más días fuera de servicio. Las diferentes categorías tienen umbrales diferentes. Usted también debe enviar una solicitud por escrito al fabricante y esperar 40 días por una respuesta antes de presentar el arbitraje.
¿Hay una tarifa para el arbitraje de ley limón en Washington?
No, el proceso de arbitraje a través de la Oficina del Fiscal General es completamente gratuito para los consumidores. Usted no necesita contratar un abogado, aunque puede optar por hacerlo.
¿Cuál es el periodo de elegibilidad bajo la ley limón de Washington? Qué hago si mi carro nuevo tiene fallas
El periodo de elegibilidad es de 2 años o 24,000 millas desde la entrega original, lo que ocurra primero. Usted puede presentar el arbitraje hasta 30 meses después de la fecha de entrega minorista original.
¿La ley limón de Washington cubre los vehículos eléctricos?
Sí. La ley limón de Washington se aplica a los vehículos eléctricos y a los híbridos enchufables de la misma manera que se aplica a los vehículos de gasolina. Los defectos de batería, las fallas del sistema de carga y los errores del software que afectan la capacidad de conducción pueden calificar como no conformidades bajo la ley.
¿Los militares destinados en Washington pueden usar la ley limón para vehículos comprados en otro estado?
Sí, Washington tiene una disposición especial para las fuerzas armadas. Si usted está destinado o reside en Washington, un vehículo comprado en otro estado puede estar cubierto si fue comprado con una garantía del fabricante dentro de los últimos 30 meses y cumple con la definición de vehículo motorizado nuevo.
¿Cómo se calcula el descuento por uso en una recompra de ley limón en Washington?
La fórmula del descuento es: las Millas en el Primer Reporte multiplicadas por el Precio de Compra, dividido entre 120,000 para vehículos estándar (autos, camiones, SUV). Las casas rodantes usan un divisor de 90,000 y las motocicletas usan 25,000. Por ejemplo, si usted pagó $40,000 por un auto y condujo 3,000 millas antes del primer intento de reparación, el descuento sería de $1,000.
¿Qué sucede después de que la junta de arbitraje emite una decisión?
Usted tiene 60 días para aceptar o rechazar la decisión. Si acepta una decisión favorable, el fabricante tiene 40 días para cumplir o 30 días para apelar ante el tribunal superior. Si usted rechaza la decisión, tiene 120 días para presentar su propia apelación ante el tribunal superior.
Fuentes y referencias
- Ley de Garantías de Vehículos Motorizados de Washington (RCW 19.118), Texto Completo(app.leg.wa.gov).gov
- Fiscal General de Washington: Administración de la Ley Limón(atg.wa.gov).gov
- Fiscal General de Washington: Información General sobre la Ley Limón(atg.wa.gov).gov
- Reglas Administrativas de la Ley Limón (WAC 44-10)(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 19.118.041, Reemplazo o Recompra de Vehículo No Conforme(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 19.118.021, Definiciones(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 19.118.090, Solicitud de Arbitraje y Recursos(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 19.118.095, Cumplimiento de la Decisión de Arbitraje y Penalizaciones(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 19.118.061, Requisitos de Divulgación de Vehículos de Recompra(app.leg.wa.gov).gov
- Fiscal General de Washington: Ley Limón de Casas Rodantes(atg.wa.gov).gov
- Ley de Protección al Consumidor de Washington (RCW 19.86)(app.leg.wa.gov).gov
- Fiscal General de Washington: Después de Solicitar el Arbitraje(atg.wa.gov).gov
- Ley Magnuson-Moss de Garantías (15 U.S.C. 2301)(law.cornell.edu)