Vermont
Ley Limón de Vermont (2026): Cómo Calificar y Obtener un Reembolso

La ley limón de Vermont protege a los compradores de vehículos de pasajeros nuevos, generalmente de menos de 12,000 libras, cuando un defecto no se puede reparar. Conforme al 9 V.S.A. § 4172, Vermont presume que un vehículo es un limón después de tres intentos de reparación para el mismo problema o 30 días calendario fuera de servicio durante el periodo de garantía. El consumidor elige entre un reembolso total o un vehículo de reemplazo.
La ley limón de Vermont les da a los propietarios de vehículos un camino claro hacia un reembolso o reemplazo cuando un auto, camioneta o SUV nuevo tiene un defecto que el fabricante no puede reparar. Codificada en el 9 V.S.A. §§ 4170-4181, la ley ha protegido a los consumidores desde 1984. Vermont también financia su programa de arbitraje mediante una modesta tarifa de garantía de vehículos motorizados de $8 que se cobra al momento del registro conforme al 23 V.S.A. § 476, por lo que los consumidores no pagan nada de su bolsillo para presentar un reclamo.
Esta guía cubre qué vehículos califican, cómo construir su caso, qué recursos están disponibles y cómo navegar el proceso gratuito de arbitraje estatal.
Qué Vehículos Están Cubiertos
La ley limón de Vermont define la cobertura según el tipo de vehículo, el peso y el estado de la garantía.

Tipos de Vehículos Cubiertos
- Vehículos motorizados de pasajeros comprados, arrendados o registrados en Vermont
- Camiones con un peso bruto vehicular nominal (GVWR) de 12,000 libras o menos
- SUV y crossovers de menos de 12,000 libras GVWR
- Furgonetas de pasajeros y de carga por debajo del límite de peso
- Vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables (siempre que cumplan con los requisitos de peso y garantía)
Vehículos No Cubiertos
- Tractores
- Equipo motorizado de construcción de carreteras
- Maquinaria de construcción vial
- Motos de nieve
- Motocicletas y ciclos de motor (Vermont define un ciclo de motor en el 23 V.S.A. § 4 como un vehículo de dos o tres ruedas de no más de 50 centímetros cúbicos que alcanza un máximo de 30 mph, la categoría que la mayoría llama ciclomotor)
- Las porciones habitacionales de los vehículos recreativos
- Camiones con un GVWR superior a 12,000 libras
Esta lista de exclusiones proviene de la propia definición de "vehículo motorizado" de la ley limón en el 9 V.S.A. § 4171. La prueba de cobertura de la ley limón, descrita a continuación, también depende de si el vehículo todavía está bajo la garantía expresa del fabricante y no de un límite de peso específico, así que confirme el estatus de su vehículo con el DMV de Vermont antes de basarse únicamente en una cifra de peso.
Qué Cuenta Como un "Vehículo Motorizado Nuevo"
Conforme al 9 V.S.A. § 4171, un "vehículo motorizado nuevo" significa un vehículo motorizado de pasajeros que todavía está bajo la garantía expresa del fabricante. Esta definición amplia significa que un vehículo usado puede calificar si todavía está cubierto por la garantía original de fábrica.
Quién Califica Como Consumidor
Un "consumidor" bajo la ley limón de Vermont incluye:
- El comprador de un vehículo motorizado nuevo (no para reventa)
- El arrendatario de un vehículo motorizado nuevo (no para subarrendamiento y que no haya sido arrendado previamente)
- Cualquier persona a quien se le transfiera el vehículo durante el periodo de garantía
- Cualquier persona con derecho, conforme a los términos de la garantía, a hacer cumplir las obligaciones de garantía
Se excluyen las entidades gubernamentales. Las empresas comerciales que registran o arriendan tres o más vehículos motorizados tampoco califican.
La Presunción de la Ley Limón en Vermont
Conforme al 9 V.S.A. § 4172(g), la ley de Vermont crea una presunción refutable de que se han realizado un número razonable de intentos de reparación cuando se cumplen ciertas condiciones.
Dos Maneras de Calificar
Vermont ofrece dos métodos de presentación. Un consumidor solo necesita satisfacer uno.
| Método de Presentación | Requisito | Detalles Clave |
|---|---|---|
| Método A: Tres Veces sin Éxito | 3 o más intentos de reparación para el mismo defecto | La misma no conformidad identificada en las órdenes de reparación escritas; al menos el primer intento debe ocurrir durante el plazo de la garantía |
| Método B: 30 Días Fuera de Servicio | 30 o más días calendario acumulados fuera de servicio | Total de días durante el plazo de la garantía expresa por la reparación de una o más no conformidades |
Requisitos de Documentación de Reparación
Para que los intentos de reparación cuenten para la presunción:
- Cada intento debe estar respaldado por un examen u orden de reparación por escrito.
- Los fabricantes, sus agentes y los concesionarios autorizados no pueden negarse a proporcionar una orden de reparación por escrito conforme al 9 V.S.A. § 4172(d).
- La presunción se aplica a tres intentos de reparación realizados por el mismo agente o concesionario autorizado, a menos que el consumidor demuestre una causa justificada para visitar un concesionario diferente.
- Cada orden de reparación debe incluir las fechas, el millaje, un resumen por escrito de la queja y un estado de cuenta detallado de todo el trabajo realizado.
Qué Significa "Perjudicar Sustancialmente"
El defecto debe perjudicar sustancialmente el uso, el valor de mercado o la seguridad del vehículo motorizado. Los problemas menores o cosméticos generalmente no califican. Los ejemplos de defectos que sí califican incluyen las paradas persistentes del motor, las fallas repetidas de la transmisión, las fallas del sistema de frenos y los problemas eléctricos que afectan el funcionamiento del vehículo.
Extensión de los Periodos de Tiempo
El plazo de la garantía y el periodo de 30 días fuera de servicio se extienden por cualquier tiempo durante el cual los servicios de reparación no estuvieron disponibles debido a guerra, invasión, huelga, incendio, inundación u otro desastre natural. Si se aplica una extensión, el fabricante debe proporcionar un vehículo de préstamo gratuito durante el periodo fuera de servicio.
Recursos del Consumidor: Reembolso vs. Reemplazo
Cuando un vehículo califica como limón conforme a la ley de Vermont, el 9 V.S.A. § 4172(e)(1) le da al consumidor la opción de elegir el recurso, que debe ejercer dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vigencia de la orden de la Junta.
Opción 1: Vehículo de Reemplazo
El fabricante debe reemplazar el vehículo defectuoso con:
- Un vehículo motorizado nuevo del mismo fabricante (si está disponible)
- Un valor comparable a la misma marca y modelo
- Todas las opciones y accesorios originalmente incluidos
- Ajustes apropiados por diferencias de año modelo
Opción 2: Reembolso Total (Recompra)
El fabricante debe aceptar la devolución del vehículo y reembolsar:
- El precio de compra total según se indica en el contrato de compra
- Todos los créditos y descuentos por cualquier intercambio o pago inicial
- Los cargos financieros y cargos de crédito
- Las tarifas de registro
- Cargos similares y daños incidentales y consecuentes cuando corresponda
Asignación Razonable por Uso
El fabricante puede deducir una asignación razonable por uso. La ley de Vermont calcula esto con una fórmula específica:
Asignación = (Precio de Compra Total x Millas Antes de la Primera Reparación) / 100,000
La deducción se basa únicamente en las millas recorridas antes del primer intento de reparación del defecto, no el millaje total del vehículo al momento de la recompra.
Reembolso del Impuesto sobre Ventas
Si el fabricante reembolsa el precio de compra, Vermont también reembolsa al consumidor el impuesto de compra y uso de vehículos motorizados en un monto proporcional. El consumidor debe presentar un reclamo ante el Comisionado de Vehículos Motorizados dentro de los 90 días posteriores a la fecha de vigencia de la orden.
Penalización por Cumplimiento Tardío
Conforme al 9 V.S.A. § 4173(f), el fabricante debe pagar los montos de reembolso establecidos en el 9 V.S.A. § 4172(e) o (i) dentro de los 30 días posteriores a la confirmación de recepción de la transmisión por fax de la decisión de la Junta, o dentro de los 15 días posteriores a la adjudicación final. Si el fabricante no completa la transacción para la fecha de vigencia de la orden, el consumidor recibe un 10% adicional del monto total otorgado. El estatuto establece esa penalización sin excepciones.
Cómo Presentar un Reclamo de Ley Limón en Vermont
Vermont ofrece un proceso de arbitraje gratuito administrado por el estado. No hay tarifa de presentación ni costo alguno para el consumidor.
Paso 1: Documente Todo
- Conserve todas las órdenes de reparación que muestren fechas, millaje y trabajo realizado.
- Obtenga órdenes de reparación por escrito en cada visita (los concesionarios deben proporcionarlas por ley).
- Anote los síntomas y problemas específicos cada vez que ocurran.
- Guarde toda la correspondencia con el concesionario y el fabricante.
- Tome fotos o videos de los defectos cuando sea posible.
Paso 2: Reporte y Permita las Reparaciones
Reporte la no conformidad al fabricante, su agente o concesionario autorizado durante el plazo de la garantía. Permita un número razonable de intentos de reparación. Para los reclamos del Método A, esto generalmente significa al menos tres intentos para el mismo problema.
Paso 3: Envíe una Notificación por Escrito y Elija su Foro
Después de un número razonable de intentos de reparación, o después de 30 días calendario acumulados fuera de servicio, el 9 V.S.A. § 4173(a)(1) exige que notifique por escrito al fabricante y al arrendador, en los formularios que el fabricante proporciona al momento de la entrega del vehículo, sobre el defecto y su elección de proceder conforme a la ley limón.
Esa notificación también debe indicar qué foro elige. La sección 4173(a)(2) le da dos opciones: el mecanismo de resolución de disputas o arbitraje que administra el fabricante, o la Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont. La elección es una puerta de una sola vía. La sección 4173(a)(3) establece que la elección del consumidor "shall preclude his or her recourse to the method not selected" (excluye el recurso al método no seleccionado), de modo que elegir el programa del fabricante cierra el acceso a la Junta estatal, y elegir la Junta cierra el acceso al programa del fabricante. Compare ambas opciones antes de enviar la notificación.
Cualquier disposición o acuerdo que pretenda renunciar, limitar o negar sus derechos conforme a este capítulo es nulo por ser contrario al orden público, salvo en un acuerdo de conciliación entre usted y el fabricante o cuando la ley federal exija lo contrario.
Paso 4: Intento Final de Reparación del Fabricante
Antes de que el reclamo proceda a una audiencia, el fabricante puede solicitar una oportunidad final para reparar el vehículo dentro del periodo de arbitraje de 45 días. Se renuncia a cualquier derecho a un intento final de reparación si el fabricante no lo completa al menos cinco días antes de la audiencia programada.
Si la reparación final resuelve el problema a satisfacción del consumidor, el procedimiento de arbitraje termina sin perjuicio. Conforme a la enmienda de 2023 al 9 V.S.A. § 4173(d), el consumidor conserva el derecho de volver a presentar el reclamo si la reparación resulta insatisfactoria dentro de un año siguiente al vencimiento del plazo de la garantía expresa.
Paso 5: Presente una Demanda de Arbitraje
Presente una Demanda de Arbitraje usando el Formulario VN-219, disponible en la página de Ley Limón del DMV de Vermont en dmv.vermont.gov. En el formulario, indique si está solicitando un reembolso o un vehículo de reemplazo.
Incluya copias de:
- Todas las órdenes de reparación y registros de servicio
- El contrato de compra o arrendamiento
- La documentación de garantía
- Cualquier correspondencia con el fabricante o concesionario
Envíe por correo el formulario completo y la documentación a:
Motor Vehicle Arbitration Board PO Box 6 Fairfax, VT 05454
Envíe también una copia al fabricante. Un reclamo será devuelto si faltan los anexos requeridos.
Paso 6: Audiencia de Arbitraje
Las audiencias se realizan mensualmente. Los casos pueden resolverse mediante acuerdo, aceptación de un intento final de reparación, o desestimación administrativa antes de llegar a una audiencia. En la audiencia, usted puede representarse a sí mismo o traer un abogado.
Siga Pagando su Préstamo o Arrendamiento
Esta es la trampa que termina con los reclamos de ley limón en Vermont. El 9 V.S.A. § 4173(b) establece que "a consumer cannot pursue a remedy under this chapter if he or she has discontinued financing or lease payments" (un consumidor no puede buscar un recurso bajo este capítulo si ha dejado de hacer los pagos de financiamiento o arrendamiento).
Los propietarios de un auto que no funciona razonablemente se preguntan por qué deberían seguir pagando por él. En Vermont, dejar de hacer esos pagos elimina por completo el recurso de la ley limón, sin importar qué tan sólida sea la evidencia del defecto. Mantenga al día el préstamo o el arrendamiento mientras el reclamo está pendiente. Si usted gana, el reembolso conforme al 9 V.S.A. § 4172(e) le devuelve el precio de compra junto con sus cargos financieros y de crédito.
Plazo de Presentación
Conforme al 9 V.S.A. § 4179(a), cualquier procedimiento iniciado bajo el capítulo de la ley limón debe presentarse dentro de un año después del vencimiento de la garantía expresa del fabricante, la cual termina en el límite de tiempo o millaje indicado, lo que ocurra primero. Ese plazo de un año aplica a los procedimientos bajo todo el capítulo, no solo al arbitraje ante la Junta, así que no cumplirlo cierra los recursos del capítulo entero y no solo la vía de arbitraje estatal. Los reclamos bajo otras leyes, como una acción federal Magnuson-Moss o un reclamo bajo la Ley de Protección al Consumidor de Vermont, tienen sus propios plazos independientes.
Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont
La Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont se establece conforme al 9 V.S.A. § 4174 para escuchar y decidir los reclamos de ley limón.
Composición de la Junta
El Gobernador designa a cinco miembros y tres suplentes para periodos de tres años:
- Un miembro y un suplente que sean concesionarios de autos nuevos en Vermont
- Un miembro y un suplente que sean técnicos automotrices activos
- Tres miembros y un suplente que no tengan participación directa en el diseño, fabricación, distribución, ventas o servicio de vehículos motorizados o sus piezas
Esta composición garantiza una perspectiva equilibrada con experiencia de la industria y representación del consumidor.
Proceso de Audiencia
- Las audiencias son menos formales que los procedimientos judiciales.
- Ambas partes presentan evidencia y testimonio.
- La Junta emite una decisión por escrito, que se envía por correo al consumidor y se transmite al fabricante por fax.
- Un fabricante al que se le ordena pagar un reembolso debe hacerlo dentro de los 30 días posteriores a la confirmación de recepción de la transmisión por fax de la decisión, o dentro de los 15 días posteriores a la adjudicación final (9 V.S.A. § 4173(f)).
Posibles Resultados
| Resultado | Qué Sucede |
|---|---|
| El consumidor prevalece | La Junta ordena el reemplazo o reembolso a elección del consumidor |
| El fabricante prevalece | El reclamo es denegado |
| Acuerdo | Las partes llegan a un acuerdo antes de que la Junta emita una decisión |
Apelaciones
Una decisión de la Junta no está sujeta a la revisión de apelación ordinaria, y esta es una de las partes más comúnmente malentendidas del proceso. Conforme a la Sección 4176(a)(1) del 9 V.S.A., la decisión de la Junta es definitiva a menos que se presente una moción de reconsideración acompañada de evidencia nueva dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la decisión por parte del consumidor. La Junta puede permitir que la otra parte responda y puede reabrir la audiencia.
Una vez que la decisión es definitiva, un tribunal superior solo puede modificarla o anularla si una de las partes del arbitraje demuestra, con evidencia clara y convincente, uno de cuatro motivos limitados:
- La decisión fue obtenida por corrupción, fraude u otros medios indebidos
- Hubo parcialidad evidente por parte de la Junta, o corrupción o mala conducta de la Junta que perjudicó los derechos de una parte
- La Junta excedió sus facultades
- La Junta se negó a posponer una audiencia después de que se demostró causa suficiente, se negó a escuchar evidencia relevante para la controversia, o de otro modo condujo la audiencia en contra de sus propias reglas de manera que perjudicó sustancialmente a una parte
No hay reargumentación del fondo del asunto en esa lista. Una solicitud para anular o modificar la decisión debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la entrega de la decisión final, salvo que la solicitud se base en corrupción, fraude u otros medios indebidos, en cuyo caso puede presentarse dentro de los 30 días posteriores a que esos motivos se conocieron o debieron conocerse. La Sección 4176(a)(2) también establece que, si la decisión se confirma, a la parte que prevalece se le otorgan los honorarios de abogado incurridos para obtener la confirmación, además de todos los costos. Conforme a la Sección 4176(b), cuando un tribunal superior confirma mediante sentencia una decisión de la Junta, cualquier revisión adicional requiere el permiso del juez que preside, y ese permiso puede condicionarse a que el apelante pague los honorarios de abogado de apelación de la otra parte y otorgue una garantía por los costos, gastos y pérdidas financieras causadas por la demora.
Obligaciones y Defensas del Fabricante
La ley de Vermont impone obligaciones específicas a los fabricantes y limita las defensas que pueden presentar.
Requisitos de Divulgación del Fabricante
Los fabricantes deben:
- Divulgar claramente cualquier procedimiento informal de resolución de disputas en la garantía o el manual del propietario
- Proporcionar órdenes de reparación por escrito a los consumidores en cada visita de servicio, incluido un resumen de la queja y el trabajo realizado en detalle
- Cumplir con las órdenes de la Junta dentro del plazo especificado o enfrentar una penalización del 10%
Defensas Comunes del Fabricante
| Defensa | Argumento del Fabricante | Contraargumento del Consumidor |
|---|---|---|
| Ausencia de perjuicio sustancial | El defecto no perjudica sustancialmente el uso, el valor o la seguridad | Documente cómo el defecto afecta el uso diario, el valor de reventa o la seguridad |
| Abuso o negligencia del consumidor | La no conformidad resultó de un mal uso | Proporcione registros de mantenimiento y evidencia de cuidado adecuado |
| Modificaciones no autorizadas | Piezas del mercado de accesorios causaron el problema | Demuestre que el defecto existía antes de la modificación o que no está relacionado |
| Concesionarios diferentes sin causa justificada | Los intentos de reparación fueron en concesionarios diferentes sin causa justificada | Demuestre la causa justificada para usar concesionarios diferentes |
Protección de Responsabilidad para los Concesionarios
La ley limón de Vermont establece explícitamente que los concesionarios de vehículos motorizados nuevos y usados no pueden ser demandados bajo este capítulo. Todos los reclamos deben dirigirse al fabricante.
Superposición con la Ley Federal Magnuson-Moss de Garantías
La ley limón estatal de Vermont opera junto con la ley federal Magnuson-Moss de Garantías (15 U.S.C. §§ 2301-2312), que se aplica a cualquier producto de consumo vendido con una garantía escrita, incluidos los vehículos motorizados. Si un fabricante no cumple con su garantía escrita después de un número razonable de intentos de reparación, un consumidor puede presentar un reclamo bajo la Magnuson-Moss en un tribunal federal o estatal, independientemente del proceso de arbitraje de Vermont. La Magnuson-Moss también permite la recuperación de honorarios de abogado cuando el consumidor prevalece, lo que puede convertirla en un complemento poderoso para un reclamo de ley limón estatal, particularmente para los vehículos usados que todavía están bajo una garantía de fábrica pero que quedan fuera de un periodo de elegibilidad estatal más estricto.
Protecciones para Vehículos Usados
Vermont proporciona una cobertura más amplia para vehículos usados que muchos otros estados.
Cobertura de la Ley Limón para Vehículos Usados
Los vehículos usados califican bajo la ley limón de Vermont si:
- El vehículo todavía está cubierto por la garantía expresa del fabricante
- La primera reparación por el defecto reclamado ocurrió durante el periodo de garantía
- Se cumplen todos los demás requisitos de elegibilidad
Debido a que Vermont define "vehículo motorizado nuevo" como cualquier vehículo motorizado de pasajeros bajo la garantía expresa del fabricante, un vehículo de dos o tres años con cobertura restante de la garantía de fábrica todavía puede calificar.
Protecciones Adicionales para Vehículos Usados
Más allá de la ley limón, los compradores de vehículos usados en Vermont pueden tener recursos disponibles a través de:
- La ley federal Magnuson-Moss de Garantías para vehículos con garantías vigentes
- La Ley de Protección al Consumidor de Vermont (9 V.S.A. Capítulo 63) por prácticas desleales y engañosas
- Reclamos de derecho consuetudinario por incumplimiento de garantía expresa o implícita
Cobertura para Vehículos Arrendados
La ley limón de Vermont proporciona protecciones específicas para los arrendatarios conforme al 9 V.S.A. § 4172(i).
Requisitos del Arrendamiento
Conforme a las definiciones en 9 V.S.A. § 4171, para estar cubierto, el arrendamiento debe ser:
- Un contrato de arrendamiento por escrito por un plazo de dos años o más
- El vehículo no debe haber sido arrendado previamente por otra persona
Reemplazo para Vehículos Arrendados
Si el arrendatario elige el reemplazo, se incorpora un cambio colateral con los ajustes apropiados por diferencia de año modelo o millaje excedente en un contrato de arrendamiento modificado.
Cálculo del Reembolso para Vehículos Arrendados
Si el arrendatario elige un reembolso:
- El arrendatario recibe el depósito agregado y los pagos de arrendamiento previamente pagados, más los daños incidentales y consecuentes, menos la asignación razonable por uso y el impuesto de compra/uso asignado.
- El arrendador recibe el costo de compra real, el flete, los accesorios, las tarifas para obtener el arrendamiento y el 5% del costo de compra real (en lugar de los costos de terminación anticipada).
Terminación del Arrendamiento
Al emitirse una decisión de la Junta a favor del arrendatario:
- El contrato de arrendamiento y todas las obligaciones contractuales terminan.
- El arrendatario no debe más costos al fabricante o arrendador.
- El arrendador del vehículo motorizado debe liberar el título al fabricante una vez recibido el pago.
Consideraciones sobre Vehículos Eléctricos
La ley limón de Vermont se aplica a los vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables siempre que el vehículo cumpla con los requisitos estándar de elegibilidad (vehículo motorizado de pasajeros de menos de 12,000 libras GVWR y bajo la garantía expresa del fabricante).
Los propietarios de vehículos eléctricos deben tener en cuenta algunas distinciones:
- La mayoría de los fabricantes proporcionan una garantía de batería separada (típicamente 8 años o 100,000 millas) además de la garantía integral.
- Los defectos relacionados con la batería que perjudican sustancialmente el uso, el valor o la seguridad del vehículo pueden calificar bajo la ley limón si el defecto ocurre dentro del plazo de garantía aplicable.
- Los defectos del sistema de carga, las fallas del software que afectan el funcionamiento del vehículo y los problemas del tren motriz en los vehículos eléctricos se tratan de la misma manera que los defectos mecánicos en los vehículos tradicionales.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos intentos de reparación exige Vermont antes de que un vehículo califique como limón?
La presunción de ley limón de Vermont exige tres o más intentos de reparación para la misma no conformidad (Método A), o 30 o más días calendario acumulados fuera de servicio por reparaciones durante la garantía (Método B). Al menos el primer intento de reparación debe ocurrir dentro del plazo de la garantía.
¿La ley limón de Vermont cubre los autos usados? Qué hago si mi carro nuevo tiene fallas
Sí. Vermont define un vehículo motorizado nuevo como cualquier vehículo motorizado de pasajeros todavía bajo la garantía expresa del fabricante. Un auto usado con cobertura restante de la garantía de fábrica puede calificar si la primera reparación por el defecto reclamado ocurrió durante el periodo de garantía y se cumplen todos los demás requisitos de elegibilidad.
¿Hay una tarifa para usar la Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont?
No. El proceso de arbitraje a través de la Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont es gratuito para los consumidores. Vermont financia el programa mediante una tarifa de garantía de vehículos motorizados de $8 que se cobra al registrar el vehículo conforme al 23 V.S.A. Sección 476.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo de ley limón en Vermont?
Conforme a la Sección 4179(a) del 9 V.S.A., cualquier procedimiento bajo el capítulo de la ley limón de Vermont debe presentarse dentro de un año después del vencimiento de la garantía expresa del fabricante, la cual termina en el límite de tiempo o millaje indicado, lo que ocurra primero. El plazo aplica a los procedimientos bajo todo el capítulo, no solo al arbitraje ante la Junta, así que no cumplirlo cierra los recursos del capítulo entero y no solo la vía de arbitraje estatal.
¿Puedo dejar de pagar el auto mientras mi reclamo de ley limón en Vermont está pendiente?
No. La Sección 4173(b) del 9 V.S.A. establece que un consumidor no puede buscar un recurso bajo el capítulo si ha dejado de hacer los pagos de financiamiento o arrendamiento. Dejar de pagar un vehículo defectuoso elimina por completo el recurso de la ley limón, así que mantenga al día el préstamo o el arrendamiento mientras el reclamo está pendiente. Si usted gana un reembolso, la Sección 4172(e) del 9 V.S.A. le devuelve el precio de compra junto con los cargos financieros y de crédito.
¿Tengo que elegir entre el programa de arbitraje del fabricante y la Junta de Arbitraje de Vermont?
Sí, y la elección es vinculante. Conforme a la Sección 4173(a) del 9 V.S.A., su notificación por escrito al fabricante y al arrendador debe elegir entre el mecanismo de resolución de disputas o arbitraje del fabricante o la Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont. La Sección 4173(a)(3) establece que esa elección excluye el recurso al método no seleccionado, así que compare ambas opciones antes de enviar la notificación.
¿Puedo demandar a un concesionario de autos bajo la ley limón de Vermont?
No. La ley limón de Vermont establece explícitamente que los concesionarios de vehículos motorizados nuevos y usados no pueden ser demandados bajo este capítulo. Los reclamos deben dirigirse al fabricante. Sin embargo, los consumidores pueden tener reclamos separados contra los concesionarios bajo la Ley de Protección al Consumidor de Vermont (9 V.S.A. Capítulo 63) por prácticas desleales o engañosas.
¿Cuál es la fórmula de deducción razonable por uso en Vermont?
Vermont calcula la asignación razonable por uso como: (Precio de Compra Total x Millas Antes del Primer Intento de Reparación) / 100,000. La deducción se basa únicamente en las millas recorridas antes del primer intento de reparación del defecto, no en el millaje total al momento de la recompra.
¿Qué sucede si el fabricante no cumple con una orden de ley limón?
Conforme a la Sección 4173(f) del 9 V.S.A., el fabricante debe pagar un reembolso dentro de los 30 días posteriores a la confirmación de recepción de la transmisión por fax de la decisión de la Junta, o dentro de los 15 días posteriores a la adjudicación final. Si el fabricante no completa la transacción para la fecha de vigencia de la orden, el consumidor recibe un 10% adicional del monto total otorgado. El estatuto no establece excepciones a esa penalización.
¿Puedo apelar una decisión de la Junta de Arbitraje de Vermont?
No en el sentido ordinario. Conforme a la Sección 4176(a)(1) del 9 V.S.A., la decisión de la Junta es definitiva a menos que se presente una moción de reconsideración acompañada de evidencia nueva dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la decisión por parte del consumidor. Después de eso, un tribunal superior solo puede modificar o anular la decisión si una de las partes demuestra, con evidencia clara y convincente, que fue obtenida por corrupción, fraude u otros medios indebidos; que hubo parcialidad evidente, corrupción o mala conducta por parte de la Junta; que la Junta excedió sus facultades; o que la Junta se negó a posponer una audiencia justificada, se negó a escuchar evidencia relevante, o de otro modo violó sus propias reglas en perjuicio sustancial de una parte. Si la decisión se confirma, la parte que prevalece recibe los honorarios de abogado y los costos.
Actualizaciones
Se corrigió la sección de apelaciones para reflejar los motivos limitados de evidencia clara y convincente para anular una decisión de la Junta, se agregó la elección obligatoria de foro por escrito y su efecto preclusivo, se advirtió que dejar de pagar el préstamo o arrendamiento elimina cualquier recurso, se eliminaron excepciones no fundamentadas al 10% de penalización por cumplimiento tardío y una regla inventada sobre la fecha de vigencia de la orden, se citó el plazo de un año al 9 V.S.A. § 4179(a), y se corrigieron la referencia de la orden de reparación por escrito y la lista de exclusión de vehículos.
Se eliminó una excepción de menos intentos de reparación por motivos de seguridad que no figura en 9 V.S.A. 4172(g) (que solo establece dos condiciones: 3+ reparaciones o 30+ días fuera de servicio), y se matizó la descripción de las categorías de peso de vehículos, que provienen del estatuto de tarifas de registro, no de la propia prueba de cobertura de la ley limón.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Vermont Statutes Annotated, Title 9: Commerce and Trade, Chapter 115: New Motor Vehicle Arbitration
§ 4172Enforcement of warrantiesVigente
(a) Every new motor vehicle as defined in section 4171 of this title sold in this State must conform to all applicable warranties. (b) It shall be the manufacturer’s obligation under this chapter to ensure that all new motor vehicles sold, leased, or registered in this State conform with manufacturer’s express warranties. The manufacturer may delegate responsibility to its agents or authorized dealers; provided, however, in the event the manufacturer delegates its responsibility under this chapter to its agents or authorized dealers, it shall compensate the dealer for all work performed by the dealer in satisfaction of the manufacturer’s responsibility under this chapter in the manner set forth in chapter 108 of this title known as the “Motor Vehicle Manufacturers, Distributors, and Dealers’ Franchising Practices Act” as that act may be from time to time amended.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-16 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legislature.vermont.gov
Citada en 4 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2005
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Muzzy v. Chevrolet Div., GMC (Supreme Court of Vermont 1989, 153 Vt. 179)“…repair the vehicle "after a reasonable number of attempts." 9 V.S.A. § 4172(e). It presumes that a reasonable numbe…”
- Pecor v. General Motors Corp. (Supreme Court of Vermont 1988, 150 Vt. 23)“…y. He requested a replacement vehicle as relief pursuant to 9 V.S.A. § 4172(e). The Board held a hearing and…”
- In Re Villeneuve (Supreme Court of Vermont 1998, 167 Vt. 450)“…ket value, or safety of the motor vehicle to the consumer.” 9 V.S.A. § 4172(e). The statute goes on to provide that…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 4173Procedure to obtain refund or replacement; waiver of rights voidVigente
(a)(1) After reasonable attempt at repair or correction of the nonconformity, defect, or condition, or after the vehicle is out of service by reason of repair of one or more nonconformities, defects, or conditions for a cumulative total of 30 or more calendar days as provided in this chapter, the consumer shall notify the manufacturer and lessor in writing, on forms to be provided by the manufacturer at the time the new motor vehicle is delivered, of the nonconformity, defect, or condition and the consumer’s election to proceed under this chapter. The forms shall be made available by the manufacturer to any public or nonprofit agencies that shall request them. Notice of consumer rights under this chapter shall be conspicuously displayed by all authorized dealers and agents of the manufacturer. (2) The consumer shall in the notice elect whether to use the dispute settlement mechanism or the arbitration provisions established by the manufacturer or to proceed under the Vermont Motor Vehicle Arbitration Board as established under this chapter.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-08-01 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en legislature.vermont.gov
Citada en 5 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Muzzy v. Chevrolet Div., GMC (Supreme Court of Vermont 1989, 153 Vt. 179)“…normally arbitrate the consumer's complaint within 45 days. 9 V.S.A. § 4173(c). Within this 45-day period, the manu…”
- In Re Villeneuve (Supreme Court of Vermont 1998, 167 Vt. 450)“…ed a last opportunity to repair, as is its statutory right, 9 V.S.A. § 4173(d), and the continuing defects were the…”
- Pecor v. General Motors Corp. (Supreme Court of Vermont 1988, 150 Vt. 23)“…e filed a demand for arbitration with the Board pursuant to 9 V.S.A. § 4173. In this demand the consumer alleged th…”
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§ 4174Vermont Motor Vehicle Arbitration BoardVigente
(a) There is created a Vermont Motor Vehicle Arbitration Board consisting of five members and three alternate members to be appointed by the Governor for terms of three years. Board members may be appointed for two additional three-year terms. One member of the Board and one alternate shall be new car dealers in Vermont, one member and one alternate shall be persons active as automobile technicians, and three members and one alternate shall be persons having no direct involvement in the design, manufacture, distribution, sales, or service of motor vehicles or their parts. Board members shall be compensated in accordance with the provisions of 32 V.S.A. § 1010. Administrative support for the Board shall be provided as determined by the Secretary of Transportation. (b) The Board shall adopt rules under the provisions of 3 V.S.A. chapter 25 to implement the provisions of this chapter. (c) The Board may issue subpoenas to compel the attendance of witnesses to testify under oath and to produce documents. (d) The Board shall render a decision within 30 days of the conclusion of a hearing in a contested matter, and within 30 days of the manufacturer’s answer in an uncontested matter.
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Citada en 1 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 1998
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- In Re Villeneuve (Supreme Court of Vermont 1998, 167 Vt. 450)“…lished by statute with five members and two alternates. See 9 V.S.A. § 4174(a). Four members were present for the h…”
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§ 4171DefinitionsVigente
As used in this chapter: (1) “Board” means, unless otherwise indicated, the Vermont Motor Vehicle Arbitration Board. (2) “Consumer” means the purchaser, other than for purposes of resale, of a new motor vehicle or lessee of a new motor vehicle, other than for the purposes of sub-lease, that has not been previously leased by another person, any person to whom such motor vehicle is transferred during the duration of an express warranty applicable to the motor vehicle, and any other person entitled by the terms of the warranty to enforce the obligations of the warranty, but “consumer” shall not include any governmental entity or any business or commercial enterprise that registers or leases three or more motor vehicles. (3) “Early termination costs” mean expenses and obligations incurred by a motor vehicle lessee as a result of an early termination of a written lease agreement and surrender of a motor vehicle to a manufacturer under the provisions of subsection 4172(e) of this title, including penalties for prepayment of finance arrangements.
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§ 4176Appeal from BoardVigente
(a)(1) The decision of the Board shall be final unless a motion for reconsideration is filed within 30 days of the consumer’s receipt of decision accompanied by new evidence. The Board shall allow the opposing party to respond and may reconvene the hearing if deemed necessary. The decision shall then be final and shall not be modified or vacated unless, on appeal to the Superior Court a party to the arbitration proceeding proves, by clear and convincing evidence, that: (A) the decision was procured by corruption, fraud, or other undue means; (B) there was evident partiality by the Board or corruption or misconduct prejudicing the rights of any party by the Board; (C) the Board exceeded its powers; or (D) the Board refused to postpone a hearing after being shown sufficient cause to do so or refused to hear evidence material to the controversy or otherwise conducted the hearing contrary to the rules promulgated by the Board so as to prejudice substantially the rights of a party.
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Citada en 7 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Muzzy v. Chevrolet Div., GMC (Supreme Court of Vermont 1989, 153 Vt. 179)“…ies the standard of review on an appeal from the Board. See 9 V.S.A. § 4176. Under the Act the decision of the Boar…”
- In Re Villeneuve (Supreme Court of Vermont 1998, 167 Vt. 450)“…ing evidence” that one of the four statutory grounds exist. 9 V.S.A. § 4176(a). The statutory grounds are taken fro…”
- Cyr v. Subaru of America, Inc. (Supreme Court of Vermont 1994, 162 Vt. 226)“…In addition, the express legislative appeal scheme found in 9 V.S.A. § 4176 forecloses any analogy to Rule 60(b).…”
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§ 4170Legislative intentVigente
The Legislature finds and declares that manufacturers, distributors, and importers of new motor vehicles should be obligated to provide speedy and less costly resolution of automobile warranty problems. Manufacturers should be required to provide in as expeditious a manner as possible a refund of the consumer’s purchase price or payments to a lessor and lessee or a replacement vehicle that is acceptable to the consumer whenever the manufacturer is unable to make the vehicle conform with its applicable warranty. New motor vehicle dealers and used motor vehicle dealers cannot be sued under this chapter. (Added 1983, No. 211 (Adj. Sess.), § 1; amended 1987, No. 242 (Adj. Sess.), § 1.)
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- Muzzy v. Chevrolet Div., GMC (Supreme Court of Vermont 1989, 153 Vt. 179)“…remedies under the New Motor Vehicle Arbitration Act (Act), 9 V.S.A. §§ 4170-4181. The Vermont Motor Vehicle Arbitra…”
- Cyr v. Subaru of America, Inc. (Supreme Court of Vermont 1994, 162 Vt. 226)“…inal award. Under the New Motor Vehicle Arbitration Act, 9 V.S.A. §§ 4170-4181, “[t]he decision of the board shal…”
- Gates v. Gates (Supreme Court of Vermont 1998, 168 Vt. 64)“…domestic relations matters); New Motor Vehicle Arbitration, 9 V.S.A. §§ 4170-4181 (requires disputes concerning auto…”
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§ 4179Effective date; limitationsVigente
(a) This chapter shall apply to motor vehicles beginning with the model year following July 1, 1984. Any proceedings initiated under this chapter shall be commenced within one year following the expiration of the express warranty term. (b) Nothing in this chapter shall in any way limit the rights or remedies that are otherwise available to a consumer under any other law. (Added 1983, No. 211 (Adj. Sess.), § 1; amended 1999, No. 18, § 33, eff. May 13, 1999.)
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Vermont Statutes Annotated, Title 23: Motor Vehicles, Chapter 7: Registration, Subchapter: REGISTRATION OF DEALERS AND TRANSPORTERS
§ 476Motor vehicle warranty feeVigente
A motor vehicle warranty fee of $8.00 is imposed on the registration of each new motor vehicle in this State, not including trailers, tractors, motorized highway building equipment, road-making appliances, snowmobiles, motorcycles, motor-driven cycles, or trucks with a gross vehicle weight over 12,000 pounds. (Added 2009, No. 50, § 56; amended 2009, No. 152 (Adj. Sess.), § 19d, eff. Sept. 1, 2010; 2015, No. 159 (Adj. Sess.), § 29; 2023, No. 78, § G.122, eff. January 1, 2024.)
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Fuentes y referencias
- Ley Limón de Vermont (9 V.S.A. §§ 4170-4181), Texto Completo del Estatuto(legislature.vermont.gov).gov
- DMV de Vermont: Administración de la Ley Limón(dmv.vermont.gov).gov
- DMV de Vermont: Preguntas Frecuentes sobre la Ley Limón(dmv.vermont.gov).gov
- DMV de Vermont: Requisitos de Elegibilidad(dmv.vermont.gov).gov
- DMV de Vermont: Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados(dmv.vermont.gov).gov
- DMV de Vermont: Reglas de la Junta de Arbitraje(dmv.vermont.gov).gov
- Fiscal General de Vermont: Programa de Asistencia al Consumidor(ago.vermont.gov).gov
- Fiscal General de Vermont: Ventas y Servicio de Vehículos(ago.vermont.gov).gov
- 9 V.S.A. § 4172, Cumplimiento de las Garantías(legislature.vermont.gov).gov
- 23 V.S.A. § 476, Tarifa de Garantía de Vehículos Motorizados(legislature.vermont.gov).gov
- Ley de Protección al Consumidor de Vermont (9 V.S.A. Capítulo 63)(legislature.vermont.gov).gov
- Ley Limón de Vermont, 9 V.S.A. Capítulo 115 (Texto Completo)(legislature.vermont.gov).gov
- 9 V.S.A. § 4173, Procedimiento para Obtener un Reembolso o Reemplazo(legislature.vermont.gov).gov
- 9 V.S.A. § 4174, Junta de Arbitraje de Vehículos Motorizados de Vermont(legislature.vermont.gov).gov
- Ley de Vermont Act 41 (2023), Enmiendas al 9 V.S.A. § 4173(d)(legislature.vermont.gov).gov
- 9 V.S.A. § 4176 - Apelación de la Junta(legislature.vermont.gov)
- 9 V.S.A. § 4179 - Fecha de Vigencia; Plazos(legislature.vermont.gov)
- 9 V.S.A. § 4171 - Definiciones(legislature.vermont.gov)
- 23 V.S.A. § 4 - Definiciones de Vehículo Motorizado(legislature.vermont.gov)