Connecticut
Leyes de Orden de Restricción en Connecticut (2026): Cómo Obtener una Orden de Restricción Civil

En Connecticut, una Orden de Restricción Civil bajo la CGS 46b-15 protege a los familiares y miembros del hogar contra el abuso o las amenazas. Los tribunales emiten una orden de emergencia sin la presencia de la otra parte (ex parte) el mismo día; una orden final puede durar hasta un año y es extendible.
Si usted está en peligro inmediato, llame al 911. Para recibir ayuda confidencial las 24 horas, comuníquese con la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica al 1-800-799-7233 (envíe START por mensaje de texto al 88788).
Tipos de órdenes de restricción en Connecticut
Connecticut opera dos vías civiles separadas según su relación con la persona de la que necesita protección.
La primera vía es la Orden de Restricción Civil bajo la CGS 46b-15. Esta orden está disponible para familiares o miembros del hogar que enfrentan amenazas continuas de dolor o lesión física, abuso físico u hostigamiento. Debido a que requiere una relación familiar o de hogar que califique, a veces se le llama la vía civil de violencia doméstica. Se presenta en la División de Familia del Tribunal Superior.
La segunda vía es la Orden de Protección Civil bajo la CGS 46b-16a. Esta orden es para víctimas de acoso, agresión sexual u hostigamiento que no tienen una relación familiar o de hogar con la persona que las agrede. Cualquier persona que califique como víctima de esos delitos puede solicitar una Orden de Protección Civil, sin importar si conoce personalmente a la persona demandada.
Los tribunales de Connecticut también pueden emitir una Orden de Protección Penal bajo la CGS 54-1k cuando hay un caso penal pendiente, pero esa orden la inicia el fiscal, no la víctima. Este artículo se enfoca en las dos órdenes civiles que una parte peticionaria puede solicitar por su cuenta.
¿Quién puede obtener una orden de restricción en Connecticut?
Para una Orden de Restricción Civil (CGS 46b-15), usted debe tener una relación familiar o de hogar que califique con la persona demandada. El estatuto de Connecticut abarca una amplia gama de relaciones:

- Cónyuges actuales o anteriores
- Personas que comparten o han compartido una residencia (miembros del hogar)
- Copadres (personas que tienen un hijo en común)
- Personas en una relación de noviazgo actual o pasada
- Otros familiares que residen continuamente o han residido juntos
La ley exige que la persona demandada haya amenazado continuamente con causar dolor físico, haya causado lesión física o haya cometido hostigamiento contra la parte peticionaria.
Para una Orden de Protección Civil (CGS 46b-16a), no se requiere ninguna relación. Cualquier persona que sea víctima de acoso, agresión sexual u hostigamiento puede solicitarla. Esta vía existe precisamente porque muchas víctimas de esos delitos no tienen una relación doméstica con la persona que les hizo daño.
Si no está seguro de cuál orden aplica a su situación, el centro de autoayuda de la División de Familia del Tribunal Superior puede ayudarle a identificar el formulario y la vía correctos.
Cómo presentar una solicitud de orden de restricción en Connecticut
Ambas órdenes civiles se presentan en el Tribunal Superior. Para una Orden de Restricción Civil (CGS 46b-15), usted la presenta en la División de Familia del Tribunal Superior en el distrito judicial donde usted o la persona demandada residen. Para una Orden de Protección Civil (CGS 46b-16a), también la presenta en el Tribunal Superior.
Bajo la Ley federal de Violencia contra la Mujer (VAWA), los tribunales no pueden cobrar a la parte peticionaria una tarifa de presentación ni de notificación por una orden de protección por violencia doméstica. En Connecticut, la Rama Judicial cubre el costo de la notificación, y no hay tarifa de presentación para la parte peticionaria.
Para comenzar, usted completa un formulario de solicitud describiendo el abuso, las amenazas o el acoso. Los centros de autoayuda del tribunal, ubicados en la mayoría de las instalaciones del Tribunal Superior, proporcionan formularios y personal que puede ayudarle a completar los trámites sin darle asesoramiento legal. Connecticut también tiene defensores de violencia doméstica ubicados en muchos juzgados a través de organizaciones como Safe Connect (la línea directa estatal de violencia doméstica de Connecticut al 1-888-774-2900), quienes pueden acompañarle al tribunal y guiarle durante el proceso.
Si enfrenta una amenaza inmediata y no puede esperar al horario habitual del tribunal, comuníquese con las fuerzas del orden locales. Un agente de policía también puede remitir el asunto para una Orden de Protección Penal de emergencia.
Órdenes temporales frente a finales: cuanto duran
Cuando usted presenta una solicitud y el juez determina peligro inmediato o una amenaza creíble, el tribunal emite una orden de emergencia ex parte el mismo día o al día siguiente, sin que la persona demandada esté presente. Esta orden temporal entra en vigor de inmediato y le protege hasta que pueda celebrarse una audiencia completa.
La ley de Connecticut exige que se celebre una audiencia dentro de los 14 días posteriores a la emisión de la orden ex parte. En esa audiencia, tanto usted como la persona demandada tienen la oportunidad de presentar pruebas. Si el tribunal encuentra fundamentos suficientes, emite una orden final.
| Etapa de la orden | Duración |
|---|---|
| Emergencia ex parte (temporal) | El mismo día o al día siguiente; dura hasta la audiencia (hasta 14 días) |
| Orden de Restricción o de Protección Civil final | Hasta 1 año; extendible por el tribunal a solicitud por tiempo adicional |
Si la persona demandada no comparece a la audiencia y fue notificada debidamente, el tribunal aún puede emitir la orden final. Si necesita que la orden se extienda más allá de un año, puede presentar una moción antes de que expire y el tribunal puede extenderla por el tiempo adicional que considere necesario.
Armas de fuego y una orden de protección de Connecticut
Cuando se concede una Orden de Restricción Civil o una Orden de Protección Civil en Connecticut, el tribunal puede ordenar a la persona demandada que entregue cualquier arma de fuego, permiso de pistola o certificado de elegibilidad. El formulario de solicitud pregunta si la persona demandada posee armas de fuego o tiene un permiso de pistola o un Certificado de Elegibilidad de Armas de Fuego. Si hay armas de fuego presentes, el tribunal notifica al Departamento de Servicios de Emergencia y Protección Pública (DESPP), que administra el sistema de licencias de armas de fuego de Connecticut.

Una orden de protección final que califique también activa la prohibición federal bajo 18 U.S.C. 922(g)(8). Bajo esa ley federal, una persona sujeta a una orden final que califique no puede poseer, comprar ni transferir ningún arma de fuego o munición mientras la orden este vigente. Esta prohibición federal se aplica sin importar si el tribunal estatal ordenó específicamente la entrega de un arma de fuego.
Las personas demandadas que posean armas de fuego después de que se emita una orden que califique enfrentan responsabilidad penal tanto estatal como federal. Si usted cree que la persona demandada no ha entregado las armas de fuego según lo ordenado, notifique a su agencia local de las fuerzas del orden o comuníquese con el tribunal.
¿Qué sucede si alguien viola la orden?
Violar una Orden de Restricción Civil o una Orden de Protección Civil es un delito penal grave en Connecticut. Bajo la CGS 53a-223b, una primera violación es un delito grave de clase D castigado con hasta 5 años de prisión, no simplemente un delito menor. Esto hace que la estructura de sanciones de Connecticut sea de las más severas del país.
El cargo aumenta a un delito grave de clase C, castigado con hasta 10 años de prisión, cuando la violación implica (a) restringir a la persona o la libertad de la persona protegida, o (b) amenazar, hostigar, agredir, molestar, agredir sexualmente o atacar a la persona protegida. El aumento a clase C corresponde a las formas más graves de contacto directo y dominación física; no requiere una determinación separada de lesión física o uso de arma.
Cualquier violación de la orden también puede tratarse como desacato al tribunal, lo que conlleva sus propias sanciones separadas.
Si la persona demandada viola su orden, llame al 911 de inmediato. La policía en Connecticut puede arrestar a una persona demandada con causa probable de que violó la orden, sin necesidad de presenciar la violación ellos mismos. Reporte cada violación, incluso si parece menor. Un patrón documentado de violaciones fortalece la aplicación de la ley y respalda cualquier moción futura para extender o modificar la orden.
Este artículo es información legal general, no asesoramiento legal, y no es un plan de seguridad. Las reglas de las órdenes de protección varían según el estado y cambian. Si usted está en peligro, llame al 911. Para obtener ayuda con su situación específica, comuníquese con el centro de autoayuda de su tribunal local, un defensor de violencia doméstica o un abogado con licencia.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo obtengo una orden de restricción en Connecticut?
Presente una solicitud en la División de Familia del Tribunal Superior en el distrito judicial donde usted o la persona demandada viven. Para familiares o miembros del hogar, use el formulario de Orden de Restricción Civil bajo la CGS 46b-15. Para acoso o agresión sexual por parte de alguien fuera de su hogar, use el formulario de Orden de Protección Civil bajo la CGS 46b-16a. Los centros de autoayuda del tribunal proporcionan formularios y pueden ayudarle. Un juez puede emitir una orden temporal de emergencia el mismo día.
¿Cuánto dura una orden de restricción en Connecticut?
Una orden temporal de emergencia ex parte dura hasta la audiencia, que debe celebrarse dentro de 14 días. Una Orden de Restricción Civil o una Orden de Protección Civil final dura hasta 1 año. Usted puede presentar una moción antes de que expire pidiendo al tribunal que la extienda por el tiempo adicional que sea necesario.
¿Cuánto cuesta una orden de restricción en Connecticut?
Presentar una Orden de Restricción Civil por violencia doméstica es gratuito para la parte peticionaria. Bajo la Ley federal de Violencia contra la Mujer, los tribunales no pueden cobrar una tarifa de presentación ni de notificación por una orden de protección por violencia doméstica. La Rama Judicial de Connecticut cubre el costo de notificar a la persona demandada.
¿Puedo obtener una orden de restricción sin un reporte policial?
Sí. No se requiere un reporte policial para presentar una solicitud de orden de restricción civil en Connecticut. Usted la presenta directamente ante el Tribunal Superior. Si tiene documentación como mensajes de texto, fotos o declaraciones de testigos, llévela para respaldar su solicitud, pero no es un requisito previo para la orden de emergencia ex parte.
¿Una orden de restricción quita los derechos de armas en Connecticut?
Una orden de protección final que califique puede resultar en una orden judicial de entregar armas de fuego y permisos de pistola. El tribunal notifica al DESPP. Además, una orden final que califique activa la prohibición federal bajo 18 U.S.C. 922(g)(8), que prohíbe a la persona demandada poseer o comprar armas de fuego o municiones mientras la orden este vigente.
¿Qué sucede si el agresor viola la orden?
La violación de una Orden de Restricción Civil o una Orden de Protección Civil en Connecticut es un delito grave de clase D bajo la CGS 53a-223b (hasta 5 años). El cargo aumenta a delito grave de clase C (hasta 10 años) cuando la violación implica restringir a la persona o la libertad de la persona protegida, o amenazar, hostigar, agredir, molestar, agredir sexualmente o atacar a dicha persona. Llame al 911 de inmediato si se viola la orden. La policía puede arrestar con causa probable sin una orden judicial. Reporte cada violación a la policía y al tribunal.
¿Cuál es la diferencia entre una Orden de Restricción Civil y una Orden de Protección Civil en Connecticut?
Una Orden de Restricción Civil (CGS 46b-15) requiere una relación familiar o de hogar: cónyuges, ex cónyuges, copadres, personas que han vivido juntas y parejas de noviazgo. Una Orden de Protección Civil (CGS 46b-16a) abarca a víctimas de acoso, agresión sexual u hostigamiento, sin requisito de relación. Ambas son órdenes civiles emitidas por el Tribunal Superior y conllevan la misma sanción por violaciones.
Actualizaciones
Corrected a false claim that Connecticut's Civil Restraining Order (CGS 46b-15) and Civil Protection Order (CGS 46b-16a) carry the same violation penalty. They do not: CGS 53a-223b (restraining-order violations) escalates to a class C felony (up to 10 years) for serious conduct, while CGS 53a-223c (the separate statute governing civil-protection-order violations) caps at a class D felony (up to 5 years) with no class C tier.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes