Maryland
Leyes de Poder Notarial de Maryland: Poder Duradero, Médico y Financiero (2026)

Maryland adoptó la Ley General y Limitada de Poder Notarial de Maryland, una versión modificada de la Ley Uniforme de Poder Notarial (UPOAA), codificada en Md. Code, Estates and Trusts (Est. & Trusts) secciones 17-101 a 17-204. La ley tiene dos características que distinguen a Maryland de la mayoría de los demás estados. Primero, un poder notarial escrito es duradero por defecto bajo Est. & Trusts sección 17-105: sobrevive automáticamente a la incapacidad del poderdante, a menos que el documento indique lo contrario. Segundo, el otorgamiento válido requiere la firma del poderdante, el reconocimiento ante un notario público Y la atestiguación por dos testigos adultos, y el notario puede servir como uno de esos testigos bajo Est. & Trusts sección 17-110. Maryland ofrece formularios legales tanto para poderes notariales financieros personales como para poderes limitados sobre bienes inmuebles. Las decisiones médicas y de atención médica se rigen por un instrumento completamente separado: la directiva anticipada bajo la Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland, Md. Code, Health-General secciones 5-601 a 5-618.
Qué hace un poder notarial en Maryland
Un poder notarial es un documento escrito en el que un poderdante otorga autoridad a un apoderado para actuar en nombre del poderdante en asuntos financieros, legales y de bienes. El alcance de esa autoridad puede ser tan amplio o tan estrecho como el poderdante elija.
La ley de Maryland reconoce poderes generales que cubren una amplia gama de asuntos financieros, poderes limitados restringidos a una transacción o categoría de bienes en particular, y poderes duraderos que continúan incluso si el poderdante queda incapacitado después. Todos estos caen bajo el Est. & Trusts Título 17.
Un apoderado bajo un poder notarial de Maryland es un fiduciario. Eso significa que el apoderado debe actuar en el mejor interés del poderdante, evitar conflictos de interés y llevar registros de cada transacción realizada en nombre del poderdante. La autoridad del apoderado existe para beneficiar al poderdante, no al apoderado.
Un poder notarial termina automáticamente al fallecer el poderdante. Después del fallecimiento, el representante personal o albacea de la sucesión toma el control. El apoderado no tiene autoridad para actuar una vez que el poderdante ha fallecido.
Poder notarial duradero en Maryland
Una de las características más importantes de la ley de Maryland es su regla de durabilidad predeterminada. Bajo Est. & Trusts sección 17-105, un poder notarial escrito es duradero automáticamente: la incapacidad posterior del poderdante no termina la autoridad del apoderado, a menos que el propio documento indique expresamente lo contrario. Esto significa que los poderdantes de Maryland no necesitan agregar lenguaje especial de 'durabilidad' para que un poder notarial sobreviva a la incapacidad. Un poder notarial que no dice nada sobre la incapacidad es duradero.

Los poderdantes que desean un poder notarial no duradero, uno que termina si quedan incapacitados, deben incluir en el documento lenguaje que indique que el poder termina con la incapacidad.
Md. Code, Est. & Trusts sección 17-112 establece la lista completa de circunstancias que terminan un poder notarial:
- El fallecimiento del poderdante.
- La incapacidad del poderdante, pero solo si el poder notarial no es duradero.
- La revocación por el poderdante.
- Una fecha de expiración o condición indicada en el documento.
- El cumplimiento del propósito específico del poder notarial.
- El fallecimiento, la incapacidad o la renuncia del apoderado, a menos que se nombre un apoderado sucesor.
La autoridad de un apoderado permanece ejercible hasta que se termine efectivamente, incluso si ha pasado tiempo desde que se otorgó el poder notarial, a menos que el documento disponga lo contrario.
Existe una protección separada en Est. & Trusts sección 17-106: los actos de buena fe de un apoderado que no tenía conocimiento real del fallecimiento del poderdante o de la revocación del poder notarial siguen siendo vinculantes para la sucesión del poderdante.
Cómo crear un poder notarial válido en Maryland
El Est. & Trusts sección 17-110 establece los requisitos de otorgamiento para cualquier poder notarial otorgado en o después del 1 de octubre de 2010. Se requieren tres cosas:
1. Firma del poderdante. El poderdante debe firmar el documento. Si el poderdante es físicamente incapaz de firmar, otro adulto puede firmar en nombre del poderdante bajo su dirección y en su presencia física.
2. Reconocimiento ante un notario público. El poderdante debe reconocer la firma ante un notario público. El reconocimiento puede hacerse en presencia física o electrónica del notario.
3. Atestiguacion por dos testigos adultos. Dos testigos adultos deben atestiguar y firmar el documento. El notario público puede servir simultáneamente como uno de los dos testigos requeridos, reduciendo el número de personas adicionales necesarias a solo una. Los testigos deben estar en presencia física o electrónica tanto del poderdante como el uno del otro.
Para poderes notariales electrónicos o atestiguados de forma remota (que no sean los que involucran transacciones de bienes inmuebles), se aplican requisitos adicionales: las partes deben comparecer ante un abogado supervisor, el poderdante debe ser residente de Maryland o encontrarse físicamente en Maryland al momento de la firma, y el abogado supervisor debe crear una copia impresa certificada.
Maryland ofrece dos formularios legales. El poder notarial financiero personal (Est. & Trusts sección 17-202) cubre una amplia autoridad financiera, incluyendo bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, impuestos, cuentas de jubilación, beneficios gubernamentales, seguros, litigios y activos digitales. El poder notarial limitado (Est. & Trusts sección 17-203) está diseñado para transacciones específicas, como un solo cierre de bienes raíces o una categoría definida de asuntos financieros.
Bajo Est. & Trusts sección 17-104, una persona no puede exigir un formulario de poder notarial adicional o diferente para cualquier autoridad otorgada en un formulario legal de Maryland. Un tercero que rechace indebidamente un formulario legal válido de poder notarial puede ser obligado por un tribunal a aceptarlo y puede ser responsable de los honorarios de abogados y las costas incurridas para hacer cumplir la aceptación.
Los poderes notariales de otros estados son válidos en Maryland si cumplieron con la ley de la jurisdicción donde se otorgaron, bajo Est. & Trusts sección 17-108. Las fotocopias y las copias electrónicas tienen el mismo peso legal que los originales.
Qué puede y no puede hacer un apoderado en Maryland
Un apoderado que acepta un poder notarial de Maryland asume deberes fiduciarios bajo Est. & Trusts sección 17-113. El apoderado debe:

- Actuar de acuerdo con las expectativas razonables y el mejor interés del poderdante.
- Actuar con lealtad y evitar conflictos de interés que menoscaben el juicio imparcial.
- Llevar un registro de todos los ingresos, desembolsos y transacciones realizados en nombre del poderdante.
- Ejercer cuidado, competencia y diligencia apropiados a las circunstancias.
- Preservar el plan patrimonial del poderdante cuando sea factible, considerando la minimización de impuestos, las necesidades de mantenimiento del poderdante y la elegibilidad para beneficios gubernamentales.
- Cooperar con cualquier persona designada para tomar decisiones de atención médica por el poderdante.
Ciertos poderes requieren autorización explícita en el documento y las iniciales del poderdante para activarse en el formulario legal. Para el poder notarial financiero personal, estos incluyen hacer donaciones a familiares o a organizaciones benéficas, crear o cambiar derechos de supervivencia en cuentas conjuntas, cambiar designaciones de beneficiarios en seguros o cuentas de jubilación, y renunciar a bienes. Un apoderado que no sea un ascendiente, cónyuge o descendiente del poderdante no puede usar los bienes del poderdante para beneficio del apoderado sin autorización escrita expresa.
Un apoderado no tiene que aceptar el nombramiento. Pero si un apoderado ha aceptado y el poderdante solicita una rendición de cuentas, el apoderado debe responder dentro de los 30 días o explicar por escrito por que necesita más tiempo, con una prorroga máxima de 30 días permitida bajo Est. & Trusts sección 17-102.
Directiva anticipada y apoderado de atención médica en Maryland
Un poder notarial financiero de Maryland no autoriza a un apoderado a tomar decisiones de atención médica. La autoridad médica requiere un documento completamente separado: una directiva anticipada bajo la Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland, Md. Code, Health-General secciones 5-601 a 5-618.
Una directiva anticipada bajo Health-General sección 5-601 puede servir a dos propósitos: puede nombrar a un apoderado de atención médica para tomar decisiones médicas por el poderdante cuando este sea incapaz de tomar una decisión informada, y puede contener instrucciones escritas sobre tratamientos específicos que el poderdante desea o no desea.
Bajo Health-General sección 5-602, una directiva anticipada escrita o electrónica debe estar:
- Fechada.
- Firmada por el declarante, o firmada bajo la dirección del declarante.
- Atestiguada por dos personas en presencia física o electrónica del declarante.
El apoderado de atención médica que se nombra no puede servir como testigo. Al menos un testigo no debe beneficiarse financieramente del fallecimiento del declarante ni recibir ninguna parte de la sucesión del declarante.
No se requiere certificación notarial para una directiva anticipada de Maryland. Esto es diferente del poder notarial financiero, que requiere certificación notarial.
Las siguientes personas no pueden servir como apoderado de atención médica: un propietario, operador o empleado de un centro de atención médica que esté brindando atención al declarante (a menos que también sean un familiar que calificaría como sustituto), o cualquier persona sujeta a una orden de protección contra el declarante. Un cónyuge que esté separado o cuyo matrimonio se esté disolviendo no puede servir, a menos que el declarante lo consienta expresamente.
Cuando el poderdante es incapaz de tomar una decisión informada de atención médica, se activa la autoridad del apoderado. El apoderado está obligado por los deseos conocidos, las declaraciones previas y el mejor interés del poderdante. El apoderado debe cooperar con el apoderado del poder notarial financiero si ambos están activos.
Para revocar una directiva anticipada, un declarante puede otorgar una revocación escrita, hacer una revocación oral (documentada por el profesional de atención médica y un testigo en el expediente médico), destruir físicamente el documento u otorgar una nueva directiva anticipada. El declarante debe notificar a cualquier parte que haya recibido copias, incluyendo al apoderado de atención médica nombrado y a los médicos tratantes. Esto se rige por Health-General sección 5-604.
Revocación o terminación de un poder notarial de Maryland
Un poderdante puede revocar un poder notarial financiero en cualquier momento mientras sea competente. El método más confiable es una revocación escrita firmada y fechada por el poderdante. La revocación oral se reconoce, pero puede causar problemas prácticos cuando los terceros no han recibido aviso.

Otorgar un nuevo poder notarial no revoca automáticamente uno anterior, a menos que el nuevo documento indique expresamente que los poderes anteriores quedan revocados. Los poderdantes deben incluir lenguaje de revocación claro en cualquier poder notarial de reemplazo y deben notificar a todos los apoderados y a los terceros pertinentes, como bancos e instituciones financieras, por escrito.
Un poder notarial de Maryland también termina automáticamente cuando el poderdante fallece, cuando el apoderado fallece, queda incapacitado o renuncia sin un sucesor nombrado, o cuando se presenta una acción de disolución o anulación del matrimonio del apoderado con el poderdante, o su separación legal (a menos que el documento disponga lo contrario). Si el poder notarial se creó para una transacción específica, termina una vez que esa transacción se completa.
Un apoderado de buena fe que actúa sin conocimiento real de la revocación o del fallecimiento del poderdante está protegido bajo Est. & Trusts sección 17-106. Un apoderado puede otorgar una declaración jurada que confirme que carecía de conocimiento real de cualquier evento de terminación, y esa declaración jurada sirve como prueba concluyente de no revocación para los terceros que confían en ella.
Para una visión general más amplia de como funcionan los poderes notariales en todos los estados, consulte nuestra guía nacional de Poder Notarial.
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Esta página proporciona información legal general sobre las leyes de poder notarial de Maryland y no constituye asesoría legal. La planificación patrimonial de Maryland involucra circunstancias individuales que un abogado con licencia en Maryland puede evaluar. Consulte a un abogado calificado de Maryland antes de otorgar o confiar en cualquier poder notarial o directiva anticipada.
Última revisión: mayo de 2026. Estatutos que rigen: Md. Code, Est. & Trusts secciones 17-101 a 17-204 (Ley General y Limitada de Poder Notarial de Maryland) y Md. Code, Health-General secciones 5-601 a 5-618 (Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland).
Preguntas frecuentes
¿Es un poder notarial de Maryland automáticamente duradero?
Sí. Bajo Md. Code, Est. & Trusts sección 17-105, un poder notarial escrito de Maryland es duradero por defecto. Sobrevive automáticamente a la incapacidad del poderdante, a menos que el documento indique expresamente que el poder termina con la incapacidad. No se requiere lenguaje especial de durabilidad para lograr la durabilidad en Maryland.
¿Cuántos testigos se requieren para un poder notarial de Maryland?
Se requieren dos testigos adultos bajo Est. & Trusts sección 17-110. El notario público que reconoce la firma del poderdante puede servir como uno de los dos testigos, por lo que en la práctica solo un testigo adicional es estrictamente necesario. Los tres elementos, la firma del poderdante, la certificación notarial y los dos testigos, deben estar presentes para que el poder notarial sea válido.
¿Necesita certificación notarial un poder notarial de Maryland?
Sí. La certificación notarial se requiere para un poder notarial financiero bajo Est. & Trusts sección 17-110. El poderdante debe reconocer la firma ante un notario público. Una directiva anticipada de atención médica bajo la Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland no requiere certificación notarial, solo dos testigos.
¿Puede un poder notarial de Maryland autorizar decisiones de atención médica?
No. Un poder notarial financiero bajo el Est. & Trusts Título 17 no autoriza decisiones de atención médica. Para nombrar a alguien que tome decisiones médicas, un residente de Maryland debe otorgar una directiva anticipada separada bajo la Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland, Md. Code, Health-General secciones 5-601 y siguientes.
¿Tiene Maryland un formulario legal de poder notarial?
Sí. Maryland ofrece dos formularios legales: un poder notarial financiero personal bajo Est. & Trusts sección 17-202 que cubre una amplia autoridad financiera, y un poder limitado para transacciones específicas bajo la sección 17-203. Bajo la sección 17-104, los terceros, incluyendo bancos e instituciones financieras, no pueden exigir un formulario diferente y pueden ser responsables de los honorarios de abogados si rechazan indebidamente un formulario legal válido.
¿Cómo se revoca un poder notarial en Maryland?
Un poderdante puede revocar un poder notarial de Maryland firmando una revocación escrita u otorgando un nuevo poder notarial que revoque expresamente el anterior, bajo Est. & Trusts sección 17-112. Un nuevo poder notarial no cancela automáticamente los anteriores, a menos que así lo indique. El poderdante debe notificar al apoderado y a los terceros pertinentes, como bancos, por escrito. La revocación oral se reconoce, pero es más difícil de hacer valer frente a terceros que no han recibido aviso.
¿Puede revocarse oralmente una directiva anticipada en Maryland?
Sí. Bajo Health-General sección 5-604, un declarante puede revocar una directiva anticipada mediante un documento escrito, una declaración oral a un proveedor de atención médica (que debe documentarse en el expediente médico por el proveedor y un testigo), la destrucción física de la directiva o el otorgamiento de una nueva directiva anticipada. El declarante debe notificar a todas las partes que tengan copias.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Fuentes y referencias
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-101 - Definiciones (Ley General y Limitada de Poder Notarial de Maryland)(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-104 - Aceptación obligatoria del formulario legal de poder notarial(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-105 - Poder notarial duradero (regla de durabilidad predeterminada)(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-106 - Protección de buena fe tras el fallecimiento o la incapacidad(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-108 - Validez de los poderes notariales de otros estados(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-110 - Requisitos de otorgamiento (notario más dos testigos)(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-112 - Terminación del poder notarial(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-113 - Deberes del apoderado y obligaciones fiduciarias(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-202 - Formulario legal de poder notarial financiero personal(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Est. & Trusts sección 17-203 - Formulario legal de poder notarial limitado(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Health-General sección 5-601 - Definiciones (Ley de Decisiones de Atención Médica de Maryland)(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Health-General sección 5-602 - Directiva anticipada: creación y requisitos de otorgamiento(mgaleg.maryland.gov)
- Md. Code, Health-General sección 5-604 - Revocación de la directiva anticipada(mgaleg.maryland.gov)