Utah
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Utah (Guía 2026)

Utah permite dashcams, unidades de GPS y soportes para teléfono montados en el parabrisas conforme al Código de Utah 41-6a-1635, siempre que el dispositivo no obstruya materialmente la vista del conductor. Las opciones de colocación legal incluyen las 4 pulgadas superiores del parabrisas, la esquina inferior izquierda dentro de una zona de 3 por 4 pulgadas, o el tablero. Ningún estatuto de Utah prohíbe estos dispositivos por completo.
Utah regula los dispositivos montados en el parabrisas mediante el Código de Utah 41-6a-1635, titulado "Parabrisas y ventanas, polarizado, obstrucciones que reducen la visibilidad, limpiaparabrisas, prohibiciones". El estatuto establece normas claras sobre qué se puede y no se puede colocar en el parabrisas de un vehículo, incluidas unidades de GPS, dashcams, soportes para teléfono, transpondedores de peaje y películas polarizadas.
Esta guía desglosa el texto completo de la ley, explica dónde se pueden montar legalmente los dispositivos y aborda cómo el estatuto interactúa con la ley de manos libres de Utah y los requisitos de inspección de seguridad.
Prohibición Central según el Código de Utah 41-6a-1635
La norma central de la ley del parabrisas de Utah es sencilla: una persona no puede operar un vehículo automotor con un objeto o dispositivo que cuelgue o esté montado de manera que obstruya materialmente la vista del conductor.
Este lenguaje aparece en el Código de Utah 41-6a-1635. La palabra "materialmente" es importante. Utah no prohíbe todos los objetos en el parabrisas. En cambio, la ley se enfoca en los objetos que reducen de manera significativa la capacidad del conductor para ver la carretera, las señales de tránsito, los letreros y otros vehículos.
Una disposición separada del mismo estatuto agrega que una persona no puede operar un vehículo automotor con ningún letrero, cartel u otro material no transparente en el parabrisas o las ventanas laterales, salvo un certificado u otro documento que la ley exija exhibir, o el número de identificación del vehículo exhibido o grabado según las normas establecidas por el departamento.
El estatuto también prohíbe operar un vehículo con cualquier residuo, escarcha u otra sustancia que obstruya materialmente la vista del conductor.
Dónde se Pueden Montar Dispositivos en el Parabrisas
La ley de Utah no prohíbe por completo los dispositivos montados en el parabrisas. El Código de Utah 41-6a-1635 establece dos zonas específicas donde se pueden colocar materiales no transparentes.

Las Dos Zonas Permitidas
| Zona | Ubicación | Dimensiones Máximas |
|---|---|---|
| Franja del borde superior | A lo largo de la parte superior del parabrisas | No más de 4 pulgadas desde el borde superior, o por debajo de la línea AS-1, lo que sea más bajo |
| Esquina inferior izquierda | Esquina inferior izquierda del parabrisas | No más de 3 pulgadas a la derecha del borde izquierdo y no más de 4 pulgadas por encima del borde inferior |
La línea AS-1 es una marca en el vidrio del parabrisas colocada allí por el fabricante. Indica el área donde se puede aplicar material polarizado o recubrimientos sin caer por debajo del estándar mínimo de transmisión de luz exigido por las normas federales de seguridad. En la mayoría de los vehículos de pasajeros, la línea AS-1 se ubica aproximadamente entre 5 y 6 pulgadas por debajo del borde superior del parabrisas.
Lo Que la Ley No Dice
A diferencia de algunos estados (como Arizona, que permite el montaje en zonas específicas medidas en pulgadas cuadradas tanto en la esquina inferior del lado del conductor como en la del pasajero), el estatuto de Utah solo permite explícitamente material no transparente en la esquina inferior izquierda. El estatuto no menciona una zona en la esquina inferior derecha.
Sin embargo, la norma general de obstrucción sigue aplicando. Un dispositivo pequeño montado en otra parte del parabrisas que no obstruya materialmente la vista del conductor podría no infringir el estatuto, pero la colocación en las zonas permitidas ofrece la protección legal más sólida.
Soportes para GPS y Teléfono
Utah no cuenta con un estatuto que aborde específicamente los dispositivos GPS o los soportes para teléfonos inteligentes por su nombre. Estos dispositivos quedan sujetos a las normas generales de obstrucción del parabrisas del Código de Utah 41-6a-1635.

Opciones de Colocación Legal
Un soporte para GPS o teléfono cumple con la ley de Utah si satisface una de estas condiciones:
- Zona del borde superior: el dispositivo está montado a lo largo de la parte superior del parabrisas dentro de 4 pulgadas del borde superior (o por debajo de la línea AS-1)
- Esquina inferior izquierda: el dispositivo cabe dentro de la zona de 3 por 4 pulgadas en la esquina inferior izquierda
- Soporte para el tablero: montarlo en el tablero evita por completo las restricciones del parabrisas, siempre que el dispositivo no obstruya la vista a través del parabrisas
- Sin obstrucción material: el dispositivo se coloca en otra parte del parabrisas pero no obstruye materialmente la vista del conductor
Para obtener la mayor certeza legal, el montaje en el tablero es la opción más segura. Elimina el dispositivo del parabrisas por completo y evita cualquier duda sobre obstrucción.
Interacción con la Ley de Manos Libres
El Código de Utah 41-6a-1716 prohíbe usar un dispositivo de comunicación inalámbrica de mano mientras se opera un vehículo automotor en movimiento en una carretera. Esta es la ley de manos libres de Utah.
La ley permite a los conductores usar un teléfono para navegación o comunicación siempre que no lo sostengan con la mano. Un teléfono inteligente correctamente montado y usado para direcciones GPS cumple con este requisito.
Sanciones según la ley de manos libres:
| Infracción | Clasificación | Multa Máxima |
|---|---|---|
| Primera infracción (sin lesiones) | Delito menor de Clase C | $100 |
| Infracción que causa lesiones corporales o con condena previa | Delito menor de Clase B | $1,000 más hasta 6 meses de cárcel |
Estas sanciones son independientes de cualquier citación por obstrucción del parabrisas. Un conductor podría recibir tanto una infracción por obstrucción del parabrisas como una citación por la ley de manos libres si, por ejemplo, sostenía un teléfono mientras un soporte grande obstruía el parabrisas.
Leyes sobre Dashcams en Utah
Las dashcams son legales en Utah. El estado no prohíbe la grabación de video desde una cámara montada en el vehículo, y ningún estatuto específico prohíbe el uso de dashcams.
Requisitos de Montaje
Una dashcam puede montarse legalmente en Utah en cualquiera de estas posiciones:
- Detrás del espejo retrovisor: esta es la posición más común y recomendada. Una dashcam compacta montada aquí generalmente no obstruye materialmente la vista del conductor.
- Zona del borde superior: dentro de 4 pulgadas de la parte superior del parabrisas
- Esquina inferior izquierda: dentro de la zona permitida de 3 por 4 pulgadas
- En el tablero: fuera del parabrisas por completo
A diferencia de Arizona, Utah no cuenta con una excepción estatutaria específica para "equipo de monitoreo de seguridad" detrás del espejo retrovisor. Sin embargo, es poco probable que una dashcam pequeña montada detrás del espejo infrinja el estándar de "obstrucción material", y esta colocación es ampliamente usada por los conductores de Utah.
Grabación de Audio y Consentimiento
Utah es un estado de consentimiento unilateral para la grabación de audio según el Código de Utah 77-23a-4. Esto significa que puede grabar legalmente conversaciones en su vehículo siempre que al menos una persona en la conversación (incluido usted, el conductor) consienta la grabación.
Si su dashcam graba audio, es legal usarla en Utah siempre que usted esté presente en el vehículo. Grabar conversaciones entre pasajeros cuando usted no participa requeriría el consentimiento de al menos uno de esos pasajeros.
Interceptar comunicaciones sin el consentimiento de ninguna de las partes es un delito penal según el Código de Utah 77-23a-4, y los infractores pueden enfrentar cargos por delito grave y responsabilidad civil.
Grabación de Video en Carreteras Públicas
Grabar video en carreteras públicas en Utah no requiere el consentimiento de nadie. Las personas no tienen una expectativa razonable de privacidad en las vías públicas. Las grabaciones estándar de dashcam captadas en calles públicas son legales de grabar, almacenar y usar.
Montaje de Transpondedores de Peaje
Utah utiliza el sistema Express Pass para el cobro de peajes en sus carriles Express. Según UDOT, el transpondedor Express Pass debe montarse en el interior del parabrisas del vehículo, detrás del espejo retrovisor.
Esta colocación es consistente con el Código de Utah 41-6a-1635. El estatuto permite certificados y documentos exigidos por ley, y el pequeño transpondedor montado detrás del espejo no obstruye materialmente la vista del conductor.
Pautas clave de montaje de las instrucciones de instalación de Express Pass de UDOT:
- Monte el transpondedor detrás del espejo retrovisor
- Evite las áreas punteadas negras (frit) del parabrisas
- Evite la base del espejo retrovisor
- Algunos vehículos con blindaje electromagnético pueden requerir una posición alternativa
Restricciones de Polarizado de Ventanas
El Código de Utah 41-6a-1635 también regula el polarizado de ventanas. Las normas de polarizado se actualizaron mediante el SB0149 (2022) y se modificaron aún más con el HB0112 (2025).
Normas Actuales de Polarizado
| Ventana | Transmisión de Luz Mínima | Reglas Adicionales |
|---|---|---|
| Parabrisas | 70% de VLT | Tira de polarizado permitida por encima de la línea AS-1 o dentro de 4 pulgadas del borde superior |
| Ventanas laterales delanteras | 35% de VLT | Tolerancia de variación del 5% para la medición de las fuerzas del orden |
| Ventanas laterales traseras | Cualquier oscuridad | Sin requisito mínimo de VLT |
| Ventana trasera | Cualquier oscuridad | El vehículo debe tener espejos laterales izquierdo y derecho |
La enmienda de 2022 (SB0149) cambió el requisito de las ventanas laterales delanteras del 43% de VLT al 35% de VLT, dando a los conductores más flexibilidad para un polarizado más oscuro en las ventanas laterales delanteras. La tolerancia de variación del 5% significa que un oficial que mida el polarizado no multará a un conductor a menos que la lectura caiga por debajo del 30% de VLT en las ventanas laterales delanteras.
Polarizado Prohibido
Ningún parabrisas o ventana puede estar compuesto, cubierto o tratado con ningún material que presente una apariencia metálica o espejada. El polarizado reflectante es ilegal en todas las ventanas en Utah.
Requisitos de Espejos
Todo vehículo con polarizado o material no transparente en cualquier ventana debe estar equipado con espejos retrovisores tanto en el lado izquierdo como en el derecho del vehículo, para brindar al conductor una vista de la carretera hacia atrás.
Excepciones Médicas para el Polarizado
El enfoque de Utah sobre las excepciones médicas para un polarizado más oscuro ha sido limitado. El estatuto no contiene un proceso de excepción claro similar al de estados como Arizona, que cuenta con una solicitud formal a través de su Departamento de Transporte. Los conductores con condiciones médicas que requieran protección contra la luz solar deben consultar a la Patrulla de Carreteras de Utah o al Departamento de Seguridad Pública para obtener la orientación más actualizada sobre si existe alguna adaptación disponible.
Requisitos sobre el Estado del Parabrisas
Más allá de las restricciones de montaje, la ley de Utah y las normas administrativas establecen requisitos sobre el estado del propio parabrisas.
Limpiaparabrisas
El Código de Utah 41-6a-1635 exige que el parabrisas de un vehículo automotor esté equipado con un dispositivo para limpiar la lluvia, la nieve u otra humedad del parabrisas. El dispositivo debe estar construido de manera que pueda ser operado por el conductor. Los limpiaparabrisas deben mantenerse en buen estado de funcionamiento.
Normas de Inspección de Seguridad
Utah exige inspecciones de seguridad periódicas para ciertos vehículos. Según los procedimientos de inspección de seguridad de la Patrulla de Carreteras de Utah, los parabrisas se inspeccionan en busca de grietas, astillas y otros daños.
El área crítica del parabrisas (la zona de visión crítica) se define midiendo 6 pulgadas hacia abajo desde el borde superior y 6 pulgadas hacia arriba desde el borde inferior, donde el vidrio se encuentra con la moldura. Dentro de esta área crítica, las siguientes condiciones harán que un vehículo no apruebe la inspección:
- Cualquier grieta que se cruce con otra grieta
- Cualquier astilla en forma de estrella o daño que no pueda cubrirse con un disco de 3/4 de pulgada de diámetro
- Cualquier daño que esté a menos de 3 pulgadas de otro daño
El daño fuera del área crítica se evalúa con mayor flexibilidad, pero cualquier grieta o defecto que obstruya materialmente la vista del conductor seguirá causando que el vehículo no apruebe la inspección.
Normas para Vehículos Comerciales
Los vehículos motorizados comerciales que operan en Utah deben cumplir con las normas de montaje en el parabrisas tanto estatales como federales. La Administración Federal de Seguridad de Transportistas Motorizados (FMCSA) modificó el 49 CFR 393.60(e) mediante una norma final vigente desde el 6 de mayo de 2022, ampliando el área de montaje autorizada para la tecnología de seguridad vehicular en los parabrisas de vehículos motorizados comerciales.
Según la norma de la FMCSA, los dispositivos de tecnología de seguridad pueden montarse:
| Regla de Colocación | Distancia Máxima |
|---|---|
| Por debajo del borde superior del área recorrida por los limpiaparabrisas | 8.5 pulgadas (216 mm) |
| Por encima del borde inferior del área recorrida por los limpiaparabrisas | 7 pulgadas (175 mm) |
| Posición en relación con la línea de visión del conductor | Debe estar fuera de la línea de visión del conductor hacia la carretera y las señales de tránsito |
Esto es más permisivo que el límite anterior de 4 pulgadas. Los dispositivos cubiertos incluyen sistemas de cámara del conductor, sistemas de advertencia y asistencia de frenado, sistemas de advertencia de cambio de carril involuntario, sistemas de GPS y navegación, y sistemas de reconocimiento de señales de tránsito.
Para dispositivos que no son de tecnología de seguridad (como antenas), los vehículos comerciales deben mantenerlos dentro de 6 pulgadas del borde superior del parabrisas, fuera del área recorrida por los limpiaparabrisas y fuera de la línea de visión del conductor.
Para los vehículos comerciales, cuando las normas estatales y federales difieran, rige el estándar más restrictivo.
Cambios Legislativos Recientes
Las leyes de Utah sobre parabrisas y ventanas se han modificado varias veces en los últimos años:
SB0149 (2022): Enmiendas sobre Ventanas Polarizadas de Vehículos
El SB0149 fue el cambio reciente más significativo. Este proyecto de ley:
- Redujo el requisito mínimo de transmisión de luz para las ventanas laterales delanteras del 43% de VLT al 35% de VLT
- Agregó la tolerancia de variación del 5% para la medición de las fuerzas del orden
- Obtuvo el respaldo de las fuerzas del orden después de las preocupaciones iniciales
HB0112 (2025): Modificaciones a la Inspección de Seguridad de Vehículos Motorizados
El HB0112 entró en vigor el 7 de mayo de 2025 e introdujo modificaciones al proceso de inspección de seguridad. El proyecto de ley actualizó disposiciones relacionadas con los requisitos de inspección del parabrisas como parte de cambios más amplios en la inspección de seguridad de vehículos motorizados.
La versión actual del Código de Utah 41-6a-1635 refleja todas las enmiendas hasta la sesión legislativa de 2025.
Sanciones por Infracciones
Las infracciones al Código de Utah 41-6a-1635 se clasifican como infracciones civiles según la ley de Utah. Esta es la categoría de delito menos grave.
Según el Código de Utah 76-3-301, la multa máxima por una infracción civil es de $750. Los montos reales de las multas se establecen en la Tabla Uniforme de Multas del Consejo Judicial de Utah, que proporciona montos recomendados para infracciones específicas.
| Tipo de Infracción | Clasificación | Multa Máxima |
|---|---|---|
| Obstrucción del parabrisas | Infracción civil | Hasta $750 |
| Polarizado ilegal | Infracción civil | Hasta $750 |
| Limpiaparabrisas faltantes o defectuosos | Infracción civil | Hasta $750 |
| Venta o instalación de polarizado ilegal | Infracción civil | Hasta $750 |
Una infracción civil no conlleva tiempo en la cárcel. No genera un antecedente penal. Sin embargo, puede aparecer en el historial de manejo y podría ser considerada por las compañías de seguros.
Las fuerzas del orden tienen discreción en la fiscalización. Es extremadamente improbable que una pequeña dashcam detrás del espejo retrovisor resulte en una citación. Una unidad de GPS grande o un soporte de teléfono que bloquee una porción significativa del parabrisas tiene mayor probabilidad de llamar la atención durante una parada de tránsito o una inspección de seguridad.
Resumen de las Normas de Colocación
| Tipo de Dispositivo | Opciones de Colocación Legal | Estatuto Clave |
|---|---|---|
| GPS / Navegación | Borde superior (4"), esquina inferior izquierda, tablero | Código de Utah 41-6a-1635 |
| Soporte para teléfono (manos libres) | Borde superior (4"), esquina inferior izquierda, tablero | Código de Utah 41-6a-1635, 41-6a-1716 |
| Dashcam | Detrás del espejo retrovisor (recomendado), borde superior, esquina inferior izquierda, tablero | Código de Utah 41-6a-1635 |
| Transpondedor de peaje (Express Pass) | Detrás del espejo retrovisor | Código de Utah 41-6a-1635 |
| Permiso de estacionamiento / calcomanía | Esquina inferior izquierda (zona de 3" x 4") | Código de Utah 41-6a-1635 |
| Tira de polarizado | Parte superior del parabrisas, dentro de 4" o la línea AS-1 | Código de Utah 41-6a-1635 |
Más Leyes de Utah
Preguntas frecuentes
¿Puedo montar un GPS o un teléfono en el parabrisas en Utah?
Utah no prohíbe los soportes de GPS o teléfono en el parabrisas, pero cualquier dispositivo montado no debe obstruir materialmente la vista del conductor según el Código de Utah 41-6a-1635. Las colocaciones legales más seguras son a lo largo de las 4 pulgadas superiores del parabrisas, en la esquina inferior izquierda dentro de la zona permitida de 3 por 4 pulgadas, o en el tablero. La ley de manos libres de Utah (41-6a-1716) también exige que no sostenga el dispositivo mientras conduce.
¿Dónde debo montar una dashcam en Utah?
La posición más común y recomendada es detrás del espejo retrovisor. Aunque Utah no cuenta con una excepción estatutaria específica para equipo de monitoreo de seguridad como algunos estados, una dashcam compacta detrás del espejo generalmente no obstruye materialmente la vista del conductor. También puede montar una dashcam en la zona de 4 pulgadas superior, en la zona de la esquina inferior izquierda o en el tablero.
¿Es legal la grabación de audio con dashcam en Utah?
Sí. Utah es un estado de consentimiento unilateral según el Código de Utah 77-23a-4. Mientras usted (el conductor) esté presente y consienta la grabación, su dashcam puede grabar legalmente audio de las conversaciones en su vehículo. Grabar conversaciones de las que usted no forma parte sin el consentimiento de ninguna de las partes es un delito penal.
¿Cuál es la multa por una citación de obstrucción del parabrisas en Utah?
Una infracción de obstrucción del parabrisas según el Código de Utah 41-6a-1635 se clasifica como una infracción civil. La multa máxima por una infracción civil en Utah es de $750. Los montos reales de las multas los determina la Tabla Uniforme de Multas del Consejo Judicial de Utah y pueden variar según la jurisdicción del tribunal. Las infracciones civiles no conllevan tiempo en la cárcel.
¿Cuáles son los límites actuales de polarizado de ventanas en Utah?
El parabrisas debe permitir al menos un 70% de transmisión de luz visible (VLT). Las ventanas laterales delanteras deben permitir al menos un 35% de VLT, con una tolerancia de aplicación del 5%. Las ventanas laterales traseras y la ventana trasera no tienen un requisito mínimo de VLT, pero los vehículos con ventanas traseras polarizadas deben tener espejos laterales tanto izquierdo como derecho. El polarizado reflectante o espejado es ilegal en todas las ventanas. Estos límites se actualizaron mediante el SB0149 en 2022.
Fuentes y referencias
- Código de Utah 41-6a-1635: Parabrisas y ventanas, polarizado, obstrucciones que reducen la visibilidad, limpiaparabrisas, prohibiciones(le.utah.gov).gov
- Código de Utah 41-6a-1716: Prohibición de usar un dispositivo de comunicación inalámbrica de mano mientras se opera un vehículo automotor en movimiento(le.utah.gov).gov
- Código de Utah 77-23a-4: Ley de Interceptación de Comunicaciones(le.utah.gov).gov
- SB0149 (2022): Enmiendas sobre Ventanas Polarizadas de Vehículos(le.utah.gov).gov
- HB0112 (2025): Modificaciones a la Inspección de Seguridad de Vehículos Motorizados(le.utah.gov).gov
- Código de Utah, Título 76, Capítulo 3, Parte 3: Multas y Sanciones Especiales(le.utah.gov).gov
- Preguntas Frecuentes sobre los Carriles Express de UDOT(udot.utah.gov).gov
- Instrucciones de Instalación de Express Pass(expresstollpass.com)
- Patrulla de Carreteras de Utah - Inspección de Seguridad(highwaypatrol.utah.gov).gov
- Consejo Judicial de Utah - Tabla Uniforme de Multas 2025(legacy.utcourts.gov).gov
- Norma Final de la FMCSA: Área Autorizada del Parabrisas para Tecnología de Seguridad Vehicular (49 CFR 393.60)(federalregister.gov).gov
- 49 CFR 393.60: Vidriado en Aberturas Especificadas(ecfr.gov).gov