Hawaii
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Hawái (Guía 2026)

Hawái permite instalar cámaras de tablero (dashcams), GPS y soportes para teléfono en el parabrisas según el HRS 291C-124, siempre que el dispositivo no obstruya la vista del conductor ni interfiera con el control del vehículo. La ley no establece una excepción específica de ubicación; la parte baja del parabrisas o el tablero son las posiciones más seguras y legalmente defendibles.
Hawái regula los dispositivos y materiales instalados en el parabrisas mediante dos leyes principales. El HRS 291-21.5 regula los dispositivos de protección solar y los materiales no transparentes en los parabrisas. El HRS 291C-124 aborda las obstrucciones generales a la vista del conductor. En conjunto, estas leyes establecen límites claros sobre lo que se puede colocar en el parabrisas de un vehículo en el estado.
Esta página cubre las reglas de Hawái sobre soportes para GPS, soportes para teléfono, dashcams, calcomanías, el polarizado del parabrisas y los cambios importantes introducidos por la Ley 129 en 2025.
Ley de Obstrucción del Parabrisas de Hawái (HRS 291C-124)
HRS 291C-124 prohíbe conducir un vehículo cuando está cargado, o cuando hay más de tres personas en el asiento delantero, de manera que obstruya la vista del conductor hacia el frente o los costados del vehículo. El estatuto también prohíbe cualquier objeto que interfiera con el control del conductor sobre el mecanismo de manejo del vehículo.
Esta es la ley general de obstrucción de Hawái. No establece medidas ni zonas de colocación específicas para los dispositivos. En cambio, establece el principio legal general de que nada dentro o sobre el vehículo debe bloquear la capacidad del conductor de ver la carretera o controlar el vehículo.
Los agentes del orden público tienen la facultad de determinar si un dispositivo instalado en el parabrisas constituye una obstrucción ilegal según este estatuto.
Zonas Permitidas para Calcomanías y Etiquetas
HRS 291-21.5 establece zonas de medida específicas para los materiales no transparentes en el parabrisas.

Hawái permite letreros, calcomanías y otros materiales no transparentes en dos áreas designadas:
| Zona | Tamaño | Ubicación |
|---|---|---|
| Lado del pasajero | Cuadro de 7 pulgadas | Esquina inferior del parabrisas más alejada del conductor |
| Lado del conductor | Cuadro de 5 pulgadas | Esquina inferior del parabrisas más cercana al conductor |
Estas zonas permiten colocar artículos como calcomanías de registro vehicular, permisos de estacionamiento, etiquetas de inspección de seguridad y transpondedores de peaje. Cualquier material no transparente colocado fuera de estas dos zonas viola el estatuto.
Artículos Exentos
El HRS 291-21.5 también exime de las restricciones del parabrisas a lo siguiente:
- Parasoles ajustables no transparentes montados por delante de las ventanas laterales y que no estén adheridos al vidrio
- Productos, materiales o dispositivos con una transmisión de luz visible de al menos el 70% cuando se aplican al parabrisas
- Materiales aplicados en la parte más alta del parabrisas, por encima de la línea AS-1
Soportes para GPS y Teléfono
Hawái no cuenta con un estatuto que aborde específicamente los soportes de GPS o teléfono en el parabrisas, a diferencia de estados como Georgia o California que han promulgado excepciones específicas para este tipo de dispositivos.

Según la disposición general de obstrucción del HRS 291C-124, un soporte de GPS o teléfono está permitido siempre que no obstruya la vista del conductor ni interfiera con el funcionamiento del vehículo. El factor determinante es si el dispositivo bloquea la capacidad del conductor de ver la carretera.
Para la colocación más segura en Hawái, monte su dispositivo en la parte baja del parabrisas, dentro o cerca de las zonas designadas para calcomanías. La esquina inferior del lado del pasajero (dentro de la zona de 7 pulgadas) o el tablero son las posiciones más defendibles legalmente.
Hawái no cuenta con una ley estatal de manos libres comparable a la Hands-Free Act de Georgia, aunque Honolulu y otros condados han promulgado ordenanzas locales que restringen el uso del teléfono con las manos mientras se conduce.
Ordenanzas Municipales de Manos Libres
La Ciudad y Condado de Honolulu prohíbe el uso de un dispositivo móvil con las manos mientras se opera un vehículo motorizado según la Sección 15-17.16 de las Ordenanzas Revisadas de Honolulu. Las infracciones conllevan multas que comienzan en $250 para una primera falta. Los soportes para teléfono instalados en el parabrisas ayudan a los conductores a cumplir con esta ordenanza local.
El Condado de Maui tiene una restricción similar. Los conductores en cualquier isla de Hawái deben verificar las ordenanzas específicas de su condado sobre el uso de dispositivos móviles con las manos.
Reglas para el Montaje de Dashcams
Hawái no cuenta con un estatuto que aborde específicamente las dashcams. Una dashcam está sujeta a las mismas reglas generales de obstrucción del HRS 291C-124 que cualquier otro dispositivo instalado en el parabrisas.
Una dashcam montada detrás del espejo retrovisor es la colocación más segura legalmente. Esta posición ocupa un espacio que ya está bloqueado de la línea de visión principal del conductor y es poco probable que se considere una obstrucción.
Hawái es un estado de consentimiento de una sola parte para la grabación de audio según el HRS 803-42, por lo que una dashcam que graba conversaciones dentro del vehículo es legal siempre que al menos una persona en el auto esté al tanto de la grabación.
Polarizado del Parabrisas (HRS 291-21.5)
El HRS 291-21.5 es principalmente un estatuto sobre polarizado. Prohíbe operar o estacionar un vehículo motorizado en una carretera pública si el material del vidrio no cumple con el Estándar Federal de Seguridad de Vehículos Motorizados 205, o si el vehículo utiliza dispositivos de protección solar que caen fuera de las exenciones de la ley.

Requisitos Actuales de Polarizado
Antes de la Ley 129 (2025), las reglas de polarizado de Hawái exigían lo siguiente:
- Parabrisas delantero: debe permitir al menos un 70% de transmisión de luz visible (VLT). Esto equivale esencialmente a vidrio transparente, sin polarizado adicional permitido por debajo de la línea AS-1.
- Ventanas delanteras laterales (conductor y pasajero): deben permitir al menos un 35% de VLT.
- Ventanas traseras laterales: deben permitir al menos un 35% de VLT en sedanes; las camionetas SUV, vans y camionetas tenían estándares más flexibles.
- Parabrisas trasero: debe permitir al menos un 35% de VLT en sedanes.
Cambios de la Ley 129 (2025)
La Ley 129, firmada por el gobernador Josh Green el 29 de mayo de 2025, introdujo los cambios más importantes a las leyes de polarizado vehicular de Hawái desde que el estatuto se promulgó por primera vez en 1983. El proyecto se originó como el Proyecto de Ley de la Cámara 226 (House Bill 226).
Los cambios clave bajo la Ley 129 incluyen los siguientes.
Igualdad en las ventanas traseras de sedanes. Ahora se permite a los sedanes tener cualquier nivel de oscuridad en el polarizado de las ventanas traseras laterales y el parabrisas trasero, alineándolos con las SUV, vans y camionetas. Anteriormente, los sedanes estaban sujetos a un estándar más estricto de 35% VLT en todas las ventanas.
Requisito de bajar la ventana en un control de tránsito. Todos los conductores y pasajeros de vehículos con polarizado aplicado deben bajar completamente sus ventanas polarizadas cuando sean detenidos por un agente del orden público. Esta es una nueva obligación que no existía antes de la Ley 129. Existe una excepción para las personas que no pueden bajar sus ventanas debido a una discapacidad física o una falla mecánica, siempre que cooperen por otros medios razonablemente disponibles.
Certificado de cumplimiento. Los instaladores de polarizado ahora deben emitir un certificado de cumplimiento al momento de la instalación, certificando que el polarizado cumple con los estándares legales. Los conductores están obligados a mantener el certificado de cumplimiento en el vehículo en todo momento.
Restricciones de color. Se prohíben los acabados espejados o altamente reflectantes que produzcan una apariencia roja, amarilla, ámbar o azul en cualquier ventana.
Parabrisas delantero y ventanas delanteras laterales. El requisito de 70% VLT para el parabrisas delantero y el de 35% VLT para las ventanas delanteras laterales permanecen sin cambios bajo la Ley 129. Los cambios se aplican principalmente a las ventanas traseras de los sedanes.
Sin Exención Médica para el Polarizado
A diferencia de muchos otros estados, Hawái no ofrece una exención médica para un polarizado más oscuro en el parabrisas o las ventanas. Los conductores con condiciones médicas que requieren protección contra el sol no pueden obtener una exención para un polarizado no conforme. Esto no fue modificado por la Ley 129.
Los conductores que necesitan protección solar deben usar parasoles removibles en las ventanas traseras (donde ahora se permite un polarizado más oscuro en todo tipo de vehículos) o considerar vehículos con vidrio de privacidad de fábrica que cumpla con los requisitos de VLT.
Sanciones por Infracciones
El HRS 291-21.5 establece una estructura de sanciones escalonada según quién sea responsable de la infracción.
| Parte Responsable | Multa Mínima | Multa Máxima | Requisitos Adicionales |
|---|---|---|---|
| Propietario del vehículo | $250 | $500 | Por infracción |
| Instalador del polarizado | $500 | $1,000 | Debe reinstalar un polarizado conforme sin costo o reembolsar al propietario del vehículo |
Las infracciones generales por obstrucción del parabrisas según el HRS 291C-124 se tratan como infracciones de tránsito. Las multas varían según el condado, pero suelen oscilar entre $100 y $200 por una primera falta.
Bajo la Ley 129, el no bajar las ventanas polarizadas durante un control de tránsito puede resultar en cargos o multas adicionales, aunque la sanción específica para esta infracción en particular queda a discreción del agente.
Vehículos Comerciales
Los vehículos comerciales que operan en Hawái deben cumplir tanto con las leyes estatales sobre el parabrisas como con las Regulaciones Federales de Seguridad de Transportistas Motorizados (49 CFR 393.60). Las reglas federales prohíben cualquier obstrucción que reduzca el campo de visión del conductor a través de las ventanas requeridas.
Los conductores comerciales deben instalar los dispositivos electrónicos de registro (ELD) y las unidades de GPS en el tablero en lugar del parabrisas para evitar posibles infracciones federales durante las inspecciones del Departamento de Transporte.
Inspección de Seguridad y Parabrisas
Hawái exige inspecciones anuales de seguridad para todos los vehículos registrados. Durante la inspección, se revisa el parabrisas en busca de grietas, astillas y obstrucciones. Un parabrisas con daños significativos o con polarizado no conforme reprobará la inspección.
Los inspectores también verifican que cualquier material aplicado al parabrisas (calcomanías, tiras de polarizado) se encuentre dentro de las zonas designadas y cumpla con los requisitos de VLT.
Cambios Recientes
La Ley 129 (2025) representa la actualización más importante a las leyes de parabrisas y polarizado de Hawái en más de 40 años. Las conclusiones clave de este cambio son las siguientes.
Los propietarios de sedanes ahora tienen la misma flexibilidad de polarizado que los propietarios de SUV y camionetas para las ventanas traseras. Todos los conductores con ventanas polarizadas tienen una nueva obligación de bajarlas durante los controles de tránsito. Los instaladores de polarizado enfrentan una responsabilidad más estricta a través del requisito del certificado de cumplimiento.
No se promulgaron cambios en 2025 a las reglas de montaje de dispositivos en el parabrisas según el HRS 291C-124.
Más Leyes de Hawái
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Hawái?
Sí, pero con precaución. Hawái no cuenta con un estatuto específico que autorice los soportes para dispositivos. Según el HRS 291C-124, cualquier dispositivo instalado en el parabrisas es legal siempre que no obstruya la vista del conductor. La colocación más segura es en la parte baja del parabrisas o en el tablero.
¿Es legal usar una dashcam en Hawái?
Sí. No existe un estatuto específico sobre dashcams en Hawái. Una dashcam está permitida según las reglas generales de obstrucción siempre que no bloquee la vista del conductor. Se recomienda montarla detrás del espejo retrovisor. Hawái es un estado de consentimiento de una sola parte para la grabación de audio según el HRS 803-42.
¿Dónde puedo colocar calcomanías en el parabrisas en Hawái?
Según el HRS 291-21.5, las calcomanías y materiales no transparentes se permiten en un cuadro de 7 pulgadas en la esquina inferior del lado del pasajero y en un cuadro de 5 pulgadas en la esquina inferior del lado del conductor del parabrisas. Los materiales fuera de estas zonas violan el estatuto.
¿Hawái ofrece una exención médica para un polarizado de ventana más oscuro?
No. Hawái no otorga una exención médica para un polarizado de ventana que no cumpla con la norma. Esto no fue modificado por la Ley 129 en 2025. Los conductores que necesitan protección solar deben usar parasoles removibles o vehículos con vidrio de privacidad de fábrica.
¿Qué cambió con la Ley 129 (2025) de Hawái?
La Ley 129, firmada el 29 de mayo de 2025, alineó las reglas de polarizado de los sedanes con las de las SUV y camionetas para las ventanas traseras, exigió a los conductores bajar las ventanas polarizadas durante los controles de tránsito, ordenó certificados de cumplimiento por parte de los instaladores de polarizado y prohibió ciertos colores reflectantes en todas las ventanas.
Fuentes y referencias
- HRS 291-21.5: Regulación de dispositivos de protección solar para vehículos motorizados; sanción(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 291C-124: Obstrucción a la vista del conductor o al mecanismo de manejo(law.justia.com)
- Ley 129 (2025): Texto del HB 226 que enmienda el HRS 291-21.5(legiscan.com)
- Hawaii News Now: Actualización de las leyes de polarizado vehicular(hawaiinewsnow.com)
- HRS 803-42: Estatuto de Hawái sobre intervención de comunicaciones y escucha ilegal(capitol.hawaii.gov).gov
- Departamento de Transporte de Hawái: Reglas Administrativas(hidot.hawaii.gov).gov